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Bloque I Evaluación Diaria Del Riesgo de Incendio Forestal

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BLOQUE I

EVALUACIÓN DIARIA DEL RIESGO

DE INCENDIO FORESTAL

CONTENDIDO

1. Evaluación diaria del riesgo de incendio forestal

1.1 Principales índices de riesgo diario. Variables utilizadas en la elaboración de


los índices de riesgo diario.

1.2 Tipos y caracterización de niveles de alerta por incendio forestal.

1.3 Principales restricciones de usos y actividades asociadas a niveles de alerta.

1.4 Tipos de medios de extinción. Tipos y número de medios de extinción


necesarios según el nivel de alerta.
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Bloque I Supervisión de la Intervención en Incendios Forestales y Quemas Prescritas


ÍNDICE DE FOTOGRAFÍAS

Fotografía 1: (Bloque 3 fotografías): NDVI Extremadura. Mapa de municipios,


vegetación antes del incendio y NDVI antes y después del incendio.

Fotografía 2: (Bloque 5 fotografías): FWI Canadá

Fotografía 3: Air Tractor 502B. www.airtarctor.com

Fotografía 4: ACO del MAGRAMA. López, P. 2008. A la derecha detalle

de la cámara de infrarrojos. Caamaño, J.

Fotografía 5: Canadair CL-215 descargando. López, P. 2012.

Fotografía 6: Canadair CL-215T en descarga. López, P. 2012.

Fotografía 7: Canadair CL-415 “Bombardier” en descarga. López, P. 2012.

Fotografía 8: Air Tractor 802F “Fire Boss”. www.airtarctor.com

Fotografía 9: Air Tractor 802F. López, P. 2016.

Fotografía 10: Air Tractor 802F en descarga

Fotografía 11: C-130 Fire Hércules. Google. 2016.

Fotografía 12: Evergreen 747 Supertanker. Mc Millan, M. 2009.

Fotografía 13: Bell 407. López, P. 2015.

Fotografía 14: Bell 206L4 Longranger. López, P. 2016.

Fotografía 15: Bell 206 JetRanger. UDIF. 2016.

Fotografía 16: Bell 205. López, P. 2009

Fotografía 17: Bell 212. López, P. 2009.

Fotografía 18: Bell 212.Colocación del bambi. López, P. 2009.


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Fotografía 19: Bell 412. López, P. 2016.

Fotografía 20: A119 Augusta “Koala”. López, P. 2013.

Fotografía 21: Sokol PZL. López, P. 2008.

Fotografía 22: A la izquierda, Mil Mi- 8MTV, a la derecha un Superpuma. DGCN.

Fotografía 23: A la izquierda, Puma, a la derecha detalle del interior. DGCN.

Fotografía 24: Kamov en helipista López, P. 2012.

Fotografía 25: KAMAN K-MAX. Wikipedia.

ÍNDICE ILUSTRACIONES

Ilustración: 1. Actividad fotosintética. Junta Extremadura

Ilustración:2. FWI, Forest Fire Weather Index

Ilustración 3: IRDI de Xunta de Galicia

Ilustración 4: IRDI de AEMET

ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1.Clasificación de la actividad fotosintética según NDVI (Duncan et al., 1993).

Tabla 2: IRIDI Xunta Galicia

Tabla 3: Estimación impacto global.

Tabla 4: Flota de vehículos bomberos Comunidad de Madrid


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1. EVALUACIÓN DIARIA DEL RIESGO DE INCENDIO FORESTAL

1.1 Principales índices de riesgo diario. Variables utilizadas en la elaboración de los


índices de riesgo diario.

Definición de índice (indicador):

Expresión numérica, dato o información que sirve para conocer o valorar las
características y la intensidad de un hecho o para determinar su evolución futura.

Definición de riesgo de incendios:

Es la probabilidad de que se produzca un incendio en una zona en un intervalo de


tiempo determinado y dependerá de los siguientes factores que determinan el
comportamiento del fuego:

- Características de la vegetación y condiciones de los combustibles.

- Características orográficas.

- Clima y condiciones meteorológicas

-Actividades humanas u otros agentes susceptibles de originar incendios.

Los índices de riesgo

- Estáticos

- Dinámicos

-Índice de riesgo estático son aquellos que se calculan siendo validos los resultados
durante un periodo de tiempo prolongado (1 ó 2 años). El más importante es el índice
de riesgo estructural, estrés hídrico y frecuencia de incendios. (Si se calculan para un
periodo de tiempo largo se da una matriz de aplicación estática).
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-Los índices dinámicos son aquellos que se calculan con una periodicidad
determinada, diaria, semanal o mensual. Dentro de éstos se encuentran el índice de
vegetación (NDVI), índice canadiense (FWI), índice de riesgo diario de incendios
forestales (IRDI) es una adaptación del FWI para Galicia

-Índice de vegetación de diferencia normalizada NDVI.

El NDVI, es un índice de vegetación que se utiliza para estimar la cantidad, calidad y


desarrollo de la vegetación que se basa en la medición (por medio
de sensores remotos instalados comúnmente en una plataforma espacial) de la
intensidad de la radiación de ciertas bandas del espectro electromagnético que la
vegetación emite o refleja. Su principio consiste en determinar la densidad de color
verde sobre el área de la superficie terrestre de interés (normalmente biomasa o vigor
vegetal y temperatura de la superficie)

http://www.prevencionincendios.gva.es/Meteorology/NDVI

https://mappinggis.com/2015/06/ndvi-que-es-y-como-calcularlo-con-saga-desde-qgis/

Fotografía 1 (Sucesión 3 fotografías). Municipios que conforman Sierra de Gata, en rojo el límite de la
zona quemada. Perimetración oficial del INFOEX y el mapa de municipios de Extremadura.

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Vegetación antes del incendio, según la unión de las capas del MAPAMA.

NDVI antes (2 de agosto de 2015) y después (7 de septiembre de 2015) del incendio.

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Para completar los resultados anteriores, se utiliza el NDVI como índice que estima la
cantidad de biomasa verde, independientemente de las especies que formen la
comunidad (Blackburn y Milton, 1995) y constituye una buena herramienta para
cuantificar globalmente el recubrimiento vegetal (Duncan et al., 1993). Este índice de
vegetación ha sido uno de los más aplicados por su alto éxito, debido a la fuerte
relación existente entre la severidad del fuego y la cantidad de vegetación consumida
(De Santis y Chuvieco, 2007).

El resultado del NDVI se puede agrupar en las siguientes clases según la actividad
fotosintética:

Tabla 1.Clasificación de la actividad fotosintética según NDVI (Duncan et al., 1993).

Actividad fotosintética Rango


Nula <0
Muy baja 0 a 0,1
Baja 0,1 a 0,2
Media 0,2 a 0,3
Media - Alta 0,3 a 0,4
Alta 0,4 a 0,6
Muy alta > 0,6

Ilustración 1. Actividad fotosintética

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La actividad fotosintética de los castañares sufrió una grave reducción, de ser
mayoritariamente alta pasó a baja o muy baja, principalmente por la pérdida de las
hojas durante el incendio. Son árboles de hoja caduca que en agosto las mantenían
con actividad fotosintética superior a otras especies con hojas escleróticas (hojas duras
y gruesas) y más resistentes a las temperaturas altas como las encinas o en esta zona
los matorrales. Los melojares redujeron su actividad fotosintética, pasando las
categorías media y altas de NDVI del 98% al 32% de su superficie. Esto indica la
calcinación de las hojas en un alto porcentaje de la superficie afectada. Las zonas de
pinar, que ya presentaban valores discretos de actividad fotosintética antes del
incendio, pasaron a presentar tras el incendio valores de actividad fotosintéticas muy
baja en la mayoría de su superficie (más del 90% de su extensión pasó a los valores
bajos, muy bajos o nulos), confirmando que estas masas vegetales experimentaron un
incendio de alta severidad, con calcinación de sus hojas y ramas. Los matorrales
presentaban aún una actividad fotosintética previa más baja, típica del verano para
estas formaciones, lo que favoreció la combustibilidad, y originó que la fotosíntesis se
redujera al mínimo (sólo el 3% de su superficie mantenía valores de NDVI medios o
superiores).

En resumen, el NDVI (o actividad fotosintética) previa era media y baja debida en parte
a las elevadas temperaturas y a la sequía propia del verano y evoluciona a muy baja y
baja en las zonas más castigadas por el incendio como las de matorral y pinares.

-Índice Canadiense FWI.

http://cwfis.cfs.nrcan.gc.ca/maps/fw?type=fwi

El Sistema FWI es el resultado de muchos años de investigación llevados a cabo en


Canadá y actualmente tiene una gran aceptación internacional. En España, AEMET lo
aplica desde 2011. Se caracteriza porque los datos que intervienen en los cálculos se
obtienen el mismo día del cálculo, siendo las variables de entrada:
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- Temperatura del aire seco T (ºC),

- Humedad relativa del aire Hr (%),

- Velocidad del viento Vv (km/h) y

- Precipitación registrada en las últimas 24 horas Pp (mm).

Definición de Humedad relativa, Hr (%).

Relación entre la cantidad de vapor de agua que tiene una masa de aire y la máxima
que podría tener a una misma temperatura.

La humedad relativa en el desierto suele estar en torno al 20% con lluvia significativa
entre 80 y 90%.

Ilustración: 2 Forest Fire Weather Index (Cálculo del FWI).

Los tres primeros subíndices (FMMC, DMC, DC) se refieren al contenido


de humedad del combustible considerando tres capas de suelo orgánico de diferente
profundidad, lo que permite medir diferentes velocidades de desecación y una mayor
eficacia en la ignición (Proceso que inicia o desencadena una combustión, es decir la
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acción y efecto de arder o quemar).

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- FFMC (Fine Fuel Moisture Code) o Código de Humedad de los Combustibles Ligeros o
Finos Muertos: Este código o subíndice estima el contenido de humedad de los
combustibles ligeros muertos y de la materia orgánica de una capa de suelo de unos
1,2 cm de profundidad.

Su valor en un día cualquiera depende de la temperatura, la humedad relativa, la


velocidad del viento y la precipitación acumulada en las últimas 24 horas.

- DMC (Duff Moisture Code) o Código del Contenido de Humedad de la Hojarasca:


Estima el contenido de humedad de los combustibles de tamaño mediano con
diámetro entre 3,8 y 7,6 cm y de la materia orgánica de una capa del suelo de unos 7
cm de profundidad. Depende de la temperatura, la humedad relativa del aire, la
precipitación acumulada en 24 horas.

- DC (Drought Code) o Código de Sequía: Estima el contenido de humedad de los


combustibles de gran tamaño con un diámetro entre 12,7 y 17,8 cm y de la materia
orgánica de una capa del suelo de unos 18 cm de profundidad. Su valor depende de la
temperatura del aire, la precipitación registrada en las últimas 24 horas, el valor del
subíndice del día anterior (DC0) y de la duración del día. La precipitación necesaria
para modificarlo es de 2,8 mm. Es un buen indicador de los efectos estacionales de la
sequía en los combustibles de gran tamaño.

- ISI (Initial Spread Index) o Índice de Propagación Inicial: Mediante una combinación
del subíndice FMMC y de la velocidad del viento se estima la velocidad de propagación
del fuego en el frente de llamas, en terreno llano y en ausencia de medidas de
extinción, sin la influencia de la variabilidad debida al combustible.

- BUI (Build-Up Index) o Índice de Combustible Disponible: Se obtiene con una


combinación de los índices DMC y DC. Estima el combustible total disponible
(partículas medias y gruesas) para la combustión y propagación del fuego, incluyendo
los combustibles pesados que se hallan en el suelo y que pueden alimentar el fuego.
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- FWI (Fire Weather Index) o Índice Meteorológico de Incendios Forestales: Se obtiene
combinando linealmente un indicador de la velocidad de propagación del incendio (ISI)
y un indicador del combustible disponible (BUI); es decir, el FWI constituye una buena
medida de la probabilidad de ignición, relacionada a su vez con el contenido de
humedad de los combustibles, la posible extensión del incendio y con la dificultad de
su extinción. El índice FWI representa la intensidad de propagación del fuego y puede
ser considerado como un índice de comportamiento del fuego.

- DSR (Daily Severity Rating) o Índice de Severidad Diaria: Este es un subíndice


posterior que se obtiene mediante una función exponencial del FWI. Se considera una
medida de la dificultad existente para controlar un incendio.

Normalmente el valor del índice FWI se halla dentro del rango (0 100) aunque en la
práctica se estratifica en cinco clases o niveles de riesgo estimados, cuyas
características principales son las siguientes:

 Clase 1: Bajo (0 - umbral 1).

La humedad de los combustibles superficiales no mantiene los incendios que puedan


iniciarse. La ignición puede tener lugar cerca de intensas y prolongadas fuentes de
calor, y en general, el fuego resultante no se propaga lejos del punto de origen; si lo
hace, se consigue el control con facilidad. Con suficiente déficit de humedad, el
combustible puede arder lentamente sin llamas, bajo las cenizas. La altura de la llama
no es visible.

 Clase 2: Moderado (umbral 1 - umbral 2).

Los combustibles pueden sostener la ignición y la combustión de los tizones


inflamados y no inflamados. El avance del fuego en superficie será lento. El control de
este tipo de incendios es relativamente fácil, pero pueden causar problemas al
personal de extinción y producir pérdidas cuantiosas. La altura de la llama puede llegar
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hasta 1,3 metros.

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 Clase 3: Alto (umbral 2 - umbral 3).

Es muy probable que se produzcan incendios de rápido y vigoroso avance y que el


control del incendio se haga gradualmente más difícil si no se ataja en su comienzo. La
altura de la llama puede llegar a ser de 1,4 a 2,5 metros.

 Clase 4: Muy Alto (umbral 3 - umbral 4).

Las condiciones del incendio son críticas y puede observarse una intensa superficie con
árboles ardiendo, incluso en las copas. La altura de la llama puede llegar a ser de 2,6 a
3,5 metros.

 Clase 5: Extremo (> umbral 4).

La situación es explosiva o supercrítica, con incendios violentos (elevada velocidad de


propagación, incendios en copas de árboles, focos secundarios, pavesas, columnas de
convección y grandes paredes de llamas). La altura de la llama es superior a 3,5
metros.

Se realiza un mapa diario de riesgo: la información se actualiza diariamente con el


riesgo de incendio forestal, basado en el índice canadiense Fire Weather Index (FWI)
modificado por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) para el caso español de
acuerdo con la situación meteorológica estadísticamente habitual. Puede consultar la
versión AEMET de estos mapas, con un alcance de dos días, en el siguiente enlace:
Mapa de riesgo de incendios forestales de AEMET
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Fotografía 2: (sucesión 5 fotografías): FWI Canadá

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-IRDI, índice de Riesgo diario de incendios forestales. Adaptación del FWI para
Galicia.

IRDI es el índice de riesgo diario de incendios forestales. Fue creado en el año 2007, y
se fundamenta en el Forest Fire Weather Index (FWI) o también denominado índice
canadiense, que consiste en el análisis de diversos factores meteorológicos que
influyen en el comportamiento del fuego. La idea básica del FWI es calcular el
contenido de humedad en tres capas del suelo de menor a mayor profundidad de ahí
dar un valor de riesgo que se incrementa a medida que disminuye el contenido de
humedad de cada capa.
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Se elabora.

Diariamente se estudian variables como la temperatura T (ºC), la velocidad del viento


Vv (km/h), la humedad relativa de aire Hr (%) o la precipitación registrada en las
últimas 24 horas Pp (mm), junto con el estado de la biomasa vegetal o la situación de
los distintos suelos en todo el territorio. Todos estos datos se analizan a través de un
modelo estadístico y se plasman en un mapa donde se diferencian por colores los
cinco niveles en los que se clasifica el riesgo de incendio (bajo, moderado, alto, muy
alto y extremo).

¿Para qué se usa?.

Fue creado como una herramienta de apoyo para los responsables del operativo de
defensa contra incendios forestales. Conocer dónde resulta más probable que se
produzca un fuego sirve, entre otras cosas, para realizar una gestión más eficaz de los
medios humanos y técnicos de prevención y extinción. Igualmente, para poner en
marcha iniciativas concretas que impidan que se inicie un fuego. Así, por ejemplo, se
ha prohibido el uso de cohetes pirotécnicos en zonas con un IRDI (índice de riesgo
diario) extremo.

¿Dónde puede consultarse?.

Ej. En la página web de la Consellería de Medio Rural en el caso de Galicia, dentro de la


sección forestal y del apartado de incendios forestales. La dirección de Internet
completa es http://mediorural.xunta.es/nc/areas/forestal/incendios_forestais/irdi/,
aunque la opción más sencilla es poner en cualquier buscador las palabras
irdi+incendios

Los datos del análisis y pronóstico se refieren a las 12 UTC (tiempo universal
coordinado, por el cual se regulan los relojes) con el fin de obtener el valor de máximo
riesgo diario, lo que sucede en torno al mediodía, si bien su valor tiene validez desde
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varias horas antes hasta varias horas después de las 12 UTC.

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En la AEMET los datos que intervienen en el cálculo de los niveles de riesgo proceden
de su red de estaciones sinópticas y automáticas y del modelo HIRLAM 0.05
(resolución espacial de 0.05º y ventana de trabajo de 47.367 puntos de rejilla). Cada
punto de rejilla se sitúa en el centro de un cuadrado o píxel de 5 km de lado, por tanto,
las variables de cálculo son representativas de un área de 25 km2 o 2500 ha.

Ilustración 3: Riesgo de nivel de incendios. Xunta Galicia

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- Clase 1: Bajo La humedad de los combustibles superficiales no mantiene los incendios
que puedan iniciarse. La ignición puede tener lugar cerca de intensas y prolongadas
fuentes de calor, y en general, el fuego resultante no se propaga lejos del punto de
origen; si lo hace, se consigue el control con facilidad. Con suficiente déficit de
humedad, el combustible puede arder lentamente sin llamas, bajo las cenizas.

- Clase 2: Moderado Los combustibles pueden sostener la ignición y la combustión de


los tizones inflamados y no inflamados. El avance del fuego en superficie será lento. El
control de este tipo de incendios es relativamente fácil, pero pueden causar problemas
al personal de extinción y producir pérdidas cuantiosas.

- Clase 3: Alto Es muy probable que se produzcan incendios de rápido y vigoroso


avance y que el control del incendio se haga gradualmente más difícil si no se ataja en
su comienzo.

- Clase 4: Muy Alto Las condiciones del incendio son críticas y puede observarse una
intensa superficie con árboles ardiendo, incluso en las copas.

- Clase 5: Extremo La situación es explosiva o supercrítica, con incendios violentos


(elevada velocidad de propagación, incendios en copas de árboles, focos secundarios,
pavesas, columnas de convección y grandes paredes de llamas).

Se elaboración de boletines diarios. Los realiza la AEMET

Cada boletín elaborado consta de dos partes: una primera parte con la representación
de los niveles de riesgo calculados para cada Comunidad Autónoma para el día actual
así como la predicción para los dos días siguientes, y una segunda parte donde se
indican los valores del índice particularizado para aquellas zonas en las que se
organizan los efectivos de la lucha contra incendios en cada comunidad. Para su
cálculo se utiliza un valor mínimo, máximo y medio, tal y como se representa en la
tabla adjunta en cada boletín.
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Ilustración 4: IRDI. AEMET

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Tabla 2: IRIDI Xunta Galicia

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1.2 Tipos y caracterización de niveles de alerta por incendio forestal.

Son marcados por las Comunidades Autónomas, según la Directriz Básica de


Planificación de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales, se realizará
una evaluación de los medios humanos y materiales necesarios para la extinción y, en
todo caso, la protección de personas y bienes, en relación con los efectivos disponibles
en función de:

-Las condiciones topográficas de la zona donde se desarrolle el o los incendios


simultáneos.

-La extensión y características de las masas forestales que se encuentran amenazadas.

-Las condiciones del medio físico e infraestructuras (cortafuegos, red viaria, reservas y
puntos de agua...)

-Los posibles peligros para las personas no relacionadas con las labores de extinción y
para instalaciones, edificaciones e infraestructuras.

Tomando esta valoración, se realizará una previsión de la gravedad que la situación


comporta, de acuerdo con la siguiente escala.

- Nivel 0: Referido a aquellos incendios que pueden ser controlados con los medios de
extinción propios previstos en los respectivos planes de cada Comunidad Autónoma y
que, aún en su evolución más desfavorable, no suponen peligro para personas no
relacionadas con las labores de extinción, ni para bienes distintos a los de naturaleza
forestal.

- Nivel 1: Referido a aquellos incendios que pudiendo ser controlados con los medios
de extinción previstos en el Plan de Comunidad Autónoma, se prevé por su posible
evolución, la necesidad de la puesta en práctica de medidas para la protección de las
personas y de los bienes que puedan verse amenazados por el fuego. Asimismo se
considerarán de nivel 1 aquellos incendios en los que concurra alguna de las siguientes
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circunstancias:- Necesitan más de 12 horas para poder ser controlados.

Bloque I Supervisión de la Intervención en Incendios Forestales y Quemas Prescritas


- Por su posible evolución se prevé que pueden peligrar masas arboladas superiores 30
Has.

- Por su posible evolución se prevé que van a suponer una evaluación de impacto
global superior a 4.

La necesidad de definir y precisar los efectos de los incendios forestales se concretó


en el año 1.990 incluyendo en el Parte de Incendio un nuevo apartado titulado
"Efectos ambientales: Estimación de impacto global", sobre:

a) Superficie quemada autorregenerable.

b) Efectos en la vida silvestre.

c) Riesgo de erosión

d) Alteración del paisaje

e) Efecto en la economía local

La estimación que hace el Parte de Incendio es «Cualitativa» puntuando los efectos:


con 0 el bajo, con 1 el moderado y con 2 el alto. Con esta puntuación se estima:

Tabla 3: estimación impacto global

a+b+c+d+e Impacto
0-3 (puntos) Bajo
4-6 (puntos) Moderado
7-10 (puntos) Alto

-Nivel 2: Referido a aquellos incendios para cuya extinción se prevé la necesidad de


que, a solicitud del órgano competente de la Comunidad Autónoma, sean
incorporados medios estatales no asignados al Plan de Comunidad Autónoma, o
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puedan comportar situaciones de emergencia que deriven hacia el interés nacional.

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La simultaneidad de varios incendios forestales con Nivel de Gravedad 1 podrá
suponer la declaración de un Nivel de Gravedad 2, a criterio del Director del Plan.

Se considerarán incendios con nivel de gravedad 2 aquellos en que concurren alguna


de las siguientes circunstancias:

- Intervención de medios de las Fuerzas Armadas.

- Evacuaciones.

- Cortes de carreteras nacionales y/o autonómicas.

- Vías férreas cortadas.

- Instalaciones singulares amenazadas (industrias químicas, polvorines, ...).

- Siempre que puedan comportar situaciones de grave riesgo para la población y


bienes distintos a los de naturaleza forestal.

La calificación inicial de la gravedad potencial de los incendios, en los niveles


anteriores, será efectuada por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Dicha calificación podrá variar de acuerdo con su evolución, el cambio de las
condiciones meteorológicas, etc.

Nivel 3 aquellos incendios en que habiéndose considerado que está en juego el interés
nacional así sean declarados por el Ministro del Interior en aplicación de lo que prevé
el artículo 9 de la Norma Básica de Protección Civil.

Son emergencias en las que está presente el interés nacional:

a) Las que requieran para la protección de las personas y bienes la aplicación de la Ley
Orgánica 4/81, de 1 de junio, reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio.
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b) Aquellas en que sea necesario prever la coordinación de Administraciones diversas
porque afecten a varias Comunidades Autónomas y exijan una aportación de recursos
a nivel supraautonómico.

c) Las que por sus dimensiones, efectivas o previsibles, requieran una dirección
nacional de las Administraciones Públicas implicadas.

La declaración de interés nacional será hecha por el Ministro de Interior, por su propia
iniciativa o a propuesta del Presidente de la Comunidad Autónoma o del Delegado del
Gobierno.

(Fuente: proteccioncivil.org)

1.3 Principales restricciones de usos y actividades asociadas a niveles de alerta.

Lo marca cada Comunidad Autónoma. Ejemplo Comunidad Autónoma de Andalucía.

-Disposiciones generales. Consejería de Medio Ambiente

Orden de 21 de mayo de 2009, por la que se establecen limitaciones de usos y


actividades en terrenos forestales y zonas de influencia forestal.

La Comunidad Autónoma de Andalucía, por su climatología y características naturales,


presenta un alto riesgo de incendio forestal durante los meses más cálidos del año. En
este período, cualquier negligencia puede desencadenar situaciones verdaderamente
catastróficas.

Ello obliga a los poderes públicos a adoptar medidas tendentes a disminuir en la


medida de lo posible las situaciones que provocan riesgo de incendio forestal, y en
especial aquellas que conllevan el uso del fuego o la circulación de vehículos a motor
por los terrenos forestales y zonas próximas a estos.
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Bloque I Supervisión de la Intervención en Incendios Forestales y Quemas Prescritas


En esta línea se publicó con carácter permanente la Orden de 11 de junio de 2008, por
la que se establecen las limitaciones, usos y actividades en terrenos forestales y zonas
de influencia forestal durante las épocas de mayor riesgo de incendio.

La experiencia acumulada a lo largo de este último año hace necesario realizar algunas
modificaciones en el contenido de la citada Orden, en el sentido de ampliar las
excepciones a la prohibición de circulación de vehículos a motor a determinadas
actividades, como el acceso a instalaciones industriales y conducciones de energía y la
celebración de romerías tradicionales.

Asimismo, se ha decidido que el período de máximo riesgo de incendios forestales,


sobre el que se establecen las limitaciones de usos y actividades, sea permanente, y
fijado en base al análisis histórico de las condiciones climatológicas y el estrés de la
vegetación durante el año.

En su virtud, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 5/1999, de


29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales, y la disposición final
primera del Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.

Artículo 1. Uso del fuego

Artículo 2. Excepciones al régimen general

Artículo 3. Autorización de las excepciones

Artículo 4. Empleo de ahumadores para el manejo de colmenas.

Artículo 5. Circulación de vehículos a motor.


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Artículo 1. Uso del fuego.

Se prohíbe, del 1 de junio al 15 de octubre de cada año, ambos inclusive, con las
excepciones que se derivan del artículo siguiente, el uso del fuego en los terrenos
forestales definidos en el artículo 1 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de
Andalucía, y en el artículo 2 del Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se
aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, así como en las Zonas de Influencia
Forestal, definidas en el artículo 3 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y
Lucha contra los Incendios Forestales, y en particular:

1. La quema de vegetación natural.

2. La quema de residuos agrícolas y forestales.

3. Encender fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad,


incluidas las áreas de descanso de la red de carreteras, y las zonas recreativas y de
acampada, aun estando habilitadas para ello.

4. El uso del fuego en calderas de destilación, y en hornos de carbón y piconeo.

5. El uso del fuego en la actividad apícola, excepto en el empleo de ahumadores para el


manejo de colmenas en aquellas explotaciones apícolas inscritas en el Registro General
de Explotaciones Ganaderas, regulado por el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo,
por el que se establece y regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas,
siempre que se cumpla con las condiciones del Plan de Autoprotección establecidas en
el artículo 4 de la presente Orden.

Artículo 2. Excepciones al régimen general.

No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, podrán realizarse las actividades que a


continuación se relacionan, previa autorización de la Delegación Provincial de la
Consejería de Medio Ambiente correspondiente:
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1. Uso de barbacoas y hornillos de gas en establecimientos de alojamiento turístico
autorizados, de acuerdo con la definición que aparece en el artículo 36 de la Ley
12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo, con la única finalidad de preparar
alimentos.

2. Uso de barbacoas en restaurantes rurales.

3. Preparación de alimentos en acampadas y campamentos juveniles con contenido


educativo autorizados, de acuerdo con la definición que aparece en el artículo 2 del
Decreto 45/2000, de 31 de enero, sobre la organización de acampadas y campamentos
juveniles en Andalucía, y en el artículo 1 de la Orden de 11 de febrero de 2000, por la
que se desarrolla el Decreto 45/2000, de 31 de enero, sobre organización de
acampadas y campamentos juveniles de Andalucía.

4. Uso de calderas de destilación, y de hornos de carbón y piconeo, en zonas donde


estas actividades sean tradicionales.

Artículo 3. Autorización de las excepciones.

1. Para la obtención de la autorización a que se alude en el artículo anterior, se deberá


presentar solicitud, debiendo tener entrada en el Registro correspondiente de la
Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la provincia de que se
trate, con una antelación mínima de treinta días respecto a la fecha de comienzo de la
actividad.

En el caso de que la actividad solicitada sea el uso de calderas de destilación y de


hornos de carbón y piconeo se utilizará el modelo de solicitud del Anexo 3 de la Orden
de 11 de septiembre de 2002, por la que se aprueban los modelos de determinadas
actuaciones de prevención y lucha contra los incendios forestales y se desarrollan
medidas de protección. Para el resto de actividades, las solicitudes serán formuladas
conforme al modelo que figura en el Anexo de la presente Orden.
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2. La solicitud a la que alude el apartado anterior deberá indicar como mínimo la
ubicación del lugar donde se usará el fuego o, si fuera móvil, la programación de los
emplazamientos de las calderas y hornos, indicando las fechas en que esté prevista su
instalación en cada localización, así como los datos del titular o responsable de la
actividad o instalación y de la finca donde se ubica.

3. A la solicitud deberá acompañarse el Plan de Autoprotección e la instalación o


actividad, para que la Consejería de Medio Ambiente, en razón de la entidad, alcance
territorial y singularidad de la actividad o instalación evalúe su grado de adecuación al
principio de precaución y prevención que establece el artículo 33 del Decreto
247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Prevención y
Lucha contra los Incendios Forestales

4. Las solicitudes se presentarán preferentemente en las Delegaciones Provinciales de


la Consejería de Medio Ambiente, o en los lugares y por los medios establecidos en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo
82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
ajustándose a los modelos oficiales referidos en el apartado 1 de este artículo.

5. Las solicitudes, suscritas y dirigidas a la persona titular de la Delegación Provincial de


la Consejería de Medio Ambiente cualquiera que sea la forma de presentación, se
presentarán en el plazo establecido en el apartado 1 y se acompañarán de la siguiente
documentación, de acuerdo al art. 38.5 de la Ley 30/1992:

a) Persona jurídica: CIF.

b) NIF del/la representante legal, en su caso.

c) Plan de Autoprotección de la actividad. Se entiende como autoprotección al sistema


de acciones y medidas encaminadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las
personas y los bienes, a dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de
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emergencia y a garantizar la integración de estas actuaciones con el sistema público de
protección civil.

6. La documentación a la que se refiere el apartado anterior deberá presentarse en


documento original y copia para su cotejo.

7. La presentación de solicitudes podrá efectuarse también por medios telemáticos a


través de internet, en los términos previstos en el Decreto 183/2003, de 24 de junio,
por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de los
procedimientos administrativos por medios electrónicos (internet), y demás normativa
de aplicación, mediante el acceso a la correspondiente aplicación situada en la
dirección especificada en el apartado 4 de este artículo.

Dicha presentación podrá efectuarse durante las veinticuatro horas, originándose la


consignación electrónica de hora y fecha, que respecto a esta última producirá los
mismos efectos que el procedimiento administrativo establece para el cómputo de
términos y plazos. En estas circunstancias, las personas interesadas deberán disponer
de la correspondiente firma electrónica reconocida, regulada en el artículo 3 de la Ley
59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, o del sistema de firma electrónica
incorporado al Documento Nacional de Identidad, de conformidad con los artículos 13,
14 y 15 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a
los Servicios Públicos. Se podrán emplear todos los certificados reconocidos por la
Junta de Andalucía mediante convenio con las entidades proveedoras de servicios de
certificación electrónica.

En los casos de presentación de solicitudes a través de medios telemáticos, los


interesados podrán aportar copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con
el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.5 del Decreto 183/2003, de 24 de


junio, se emitirá un recibo electrónico de la presentación electrónica de la solicitud, de
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forma que el interesado tenga constancia de la recepción de la misma por la

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Consejería de Medio Ambiente. Asimismo, conforme al artículo 25.3 de la Ley 11/2007,
de 22 de junio, los registros electrónicos emitirán automáticamente un recibo
consistente en una copia autenticada del escrito, solicitud o comunicación de que se
trate, incluyendo la fecha y hora de presentación y el número de entrada de registro.

La Administración Pública podrá requerir el cotejo del contenido de la documentación


aportada. Ante la imposibilidad de este cotejo y con carácter excepcional, podrá
requerir la exhibición del documento o de la información original. La aportación de
tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la
información personal contenida en tales documentos.

Las solicitudes que incluyan la firma electrónica reconocida y que cumplan las
previsiones del Decreto 183/2003, de 24 de junio, producirán, respecto a los datos y
documentos consignados de forma electrónica, los mismos efectos jurídicos que las
solicitudes formuladas de acuerdo con el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.

El interesado podrá, una vez iniciado un procedimiento bajo un concreto sistema,


practicar actuaciones o trámites a través de otro distinto.

8. La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente correspondiente


deberá dictar resolución en el plazo de quince días, a contar desde la fecha en la que la
solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su
tramitación, entendiéndose favorable de no notificarse la misma en dicho plazo. La
resolución motivada de la solicitud de estas autorizaciones deberá establecer el
período de vigencia de estas, y podrá incluir las condiciones que se consideren
oportunas, sin perjuicio de las condiciones y obligaciones que se deriven de la
aplicación de la normativa en materia de prevención y lucha de incendios forestales.
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9. Asimismo, la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente
correspondiente, mediante resolución motivada en circunstancias sobrevenidas, podrá
revocar o suspender la autorización, notificándolo al interesado al menos con 24 horas
de antelación al día y hora previsto para la actividad.

10. Las instalaciones fijas o móviles, contempladas en el apartado 4 del artículo 2,


tanto calderas de destilación como hornos de carbón y piconeo, deberán cumplir las
condiciones del Plan de Autoprotección que a continuación se detallan:

a) Contar con una faja cortafuegos perimetral libre de pastos, de 4 a 8 metros de


ancho según la entidad de la instalación o pantallas ignífugas homologadas y
debidamente instaladas.

b) Durante la actividad correspondiente deberán contar obligatoriamente con


extintores y/o depósito de agua con retardante, de volumen ajustado a la entidad de la
instalación.

c) Los titulares de las explotaciones deberán contar con un seguro de responsabilidad


civil obligatorio.

11. Los establecimientos de alojamiento turístico, restaurantes rurales, los lugares de


realización de acampadas y campamentos juveniles y hornos de carbón a que alude la
presente Orden deberán contar con el correspondiente Plan de Autoprotección, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del Decreto 247/2001, de 13 de
noviembre.

Artículo 4. Empleo de ahumadores para el manejo de colmenas.

El empleo de ahumadores para el manejo de colmenas, deberá realizarse con las


siguientes condiciones:
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1. El asentamiento apícola deberá contar con una faja cortafuegos perimetral libre de
pastos, de 2 metros de ancho.

2. Durante el ahumado de las colmenas se deberá contar obligatoriamente con un


extintor tipo ABC de 6 kg o una mochila con un depósito lleno de agua de 16 litros de
capacidad.

3. Los titulares de la explotación apícola deberán contar con un seguro de


responsabilidad civil obligatorio.

4. El ahumador debe portarse en un recipiente metálico con un mecanismo hermético


que facilite su extinción definitiva una vez concluida la actividad; además, el ahumador
deberá encenderse dentro del citado recipiente y permanecerá en él siempre que no
se esté utilizando.

Artículo 5. Circulación de vehículos a motor.

1. Queda prohibida desde el 1 de junio hasta 15 de octubre de cada año la circulación


con vehículos a motor campo a través, por cauces secos o inundados, vías pecuarias,
vías forestales de extracción de madera y pistas forestales situadas fuera de la red de
carreteras.

2. Se exceptúan de dicha prohibición:

a) Las servidumbres de paso existentes.

b) El acceso a instalaciones agroforestales, industriales, empresariales o turísticas.

c) El acceso a infraestructuras de comunicaciones terrestres, transporte de agua,


energía eléctrica o gas.

d) La necesaria gestión agroforestal y los servicios ecoturísticos autorizados.


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e) La circulación para labores de vigilancia y extinción de incendios forestales,
vigilancia medioambiental o servicios de emergencia.

f) La circulación necesaria para la celebración de romerías tradicionales autorizadas

1.4 Tipos de medios de extinción. Tipos y número de medios de extinción


necesarios según el nivel de alerta.

- Medios Terrestres

 Autobomba Forestal Ligera (BFL).

Vehículo cuya aplicación más indicada es en zonas forestales y que gracias a sus
dimensiones y prestaciones acceden a lugares prácticamente inaccesibles para los
vehículos más pesados.

Como norma general, debido a las zonas donde se desarrollan los incendios forestales,
necesitan fuentes de abastecimiento de agua próximas, permitiéndose impulsar agua
con el vehículo en movimiento y llevar a cabo las maniobras elementales que se les
exigían a los BRL (autobomba rural ligera).

Se podría decir que este vehículo aplicado al ámbito forestal es muy similar al BRL y,
por tanto, reúne muchas de las características comunes, predominando mangueraje
de 25 mm utilizando normalmente la alta presión y el material que posee esta
simplificado, además de incluir alguno especifico para extinción de incendios
forestales.

 Autobomba Forestal Pesado (BFP).

Vehículo cuya aplicación más indicada es en la lucha contra incendios forestales de


gran envergadura debido a su mayor reserva de agua y la potencia hidráulica de su
bomba. Al igual que ocurría con los BRP, el abastecimiento puede establecerse con los
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medios auxiliares que lleva el vehículo o bien a través de cisternas de agua, por
consiguiente, este vehículo aplicado al ámbito forestal es muy similar al BRP.

 Autobomba nodriza.

Las autobombas nodrizas (pesadas, BNP, o ligeras, BNL) están destinadas para trabajar
en lugares con buena accesibilidad, no siendo recomendable meterlas por pista o
caminos. Su característica fundamental es la gran reserva de agua que transportan, o
de espuma en algunos casos, además también llevan incorporada una bomba
hidráulica potente y equipamiento para instalaciones de manguera suficiente para
plantear un ataque a incendios que requieran grandes cantidades de agua, como
sucede en los incendios industriales por ejemplo. Las autobombas nodriza se
emplazaran en el lugar de la emergencia para alimentar a otros vehículos o bien para
actuar directamente en caso necesario .Las BNL pueden realizar maniobras en lugares
y situaciones con vías de acceso relativamente difíciles por sus dimensiones más
reducidas

 Vehículos ligeros de patrullaje e intervención.

En la mayoría de los Servicios de Extinción de incendios, existen una serie de vehículos


los cuales no están englobados dentro de la normativa anteriormente mencionada
correspondiente a vehículos contra incendios. Estos vehículos están compuestos
básicamente por un coche todo terreno con 4x4, tipo pick-up y una cuba de entorno a
500 litros de agua.

La cuba lleva incorporada una motobomba con capacidades para aspirar e impulsar
agua, y dos carretes de 100 metros de manguera aproximadamente cada uno
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Tabla 4: Flota de vehículos bomberos Comunidad de Madrid

La dotación de personal que suelen llevar es de 2, 3 o 4 personas, por vehículos; en


algunas zonas les suelen llamar vehículos de apoyo o patrullaje.
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El conjunto formado por el vehículo con la dotación de personal se le suele llamar, en
función de la Comunidad Autónoma, Grupo de Apoyo (GA), Brigada de Intervención
Rápida (BIR) etc.

 Vehículos de comunicaciones.

Para facilitar las comunicaciones en los incendios, el conocimiento in situ de las


condiciones meteorológicas y para mejorar la gestión de los recursos, el Plan INFOCA
(Andalucía) dispone de unos vehículos especiales que además sirven como
infraestructura de soporte para montar el Puesto Avanzado de Incendios (PAIF) y hacer
efectiva la aplicación del denominado Sistema de Manejo de Emergencia por Incendios
Forestales (SMEIF), permitiendo situar una oficina de campo en las proximidades del
incendio.

Existen dos tipos de estos vehículos:

a) Unidad Móvil de Meteorología y Transmisiones (UMMT actualmente UMAP),


son medios estatales.

https://www.mapama.gob.es/es/desarrollo-rural/temas/politica-forestal/incendios-
forestales/extincion/ummt/default.aspx

La UMMT o UMAP está constituida por un vehículo todo terreno (4x4) dotado de
estación de meteorología, equipo de transmisiones, sistema informático, receptor–
transmisor de imágenes y equipo complementario. Su utilización en los incendios
facilita las comunicaciones tierra–tierra y tierra–aire y suministra información
meteorológica instantánea, permitiendo realizar estimaciones sobre el
comportamiento y evolución del fuego, o realizar análisis posteriores sobre el mismo.
Los instrumentos de meteorología y la antena principal se encuentran guardados
cuando no están en uso en un contenedor situado sobre el techo del vehículo.
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b) Unidad de Análisis y Seguimiento de Incendios Forestales (UNASIF)

La UNASIF para el caso de grandes incendios con la intervención de un elevado número


de efectivos o que la zona afectada sea de gran importancia, se cuenta con el vehículo
UNASIF, que permite un adecuado seguimiento y control de los medios humanos y
materiales que hayan sido desplazados al incendio. Básicamente es como una UMMT
pero con tres puestos de trabajo y con equipos más potentes. La UNASIF dispone de
sistemas de meteorología y comunicaciones vía radio y telefonía móvil, equipos
informáticos con aplicaciones avanzadas y sistema de recepción de imágenes que
permiten realizar funciones como:

- Planificación de las tareas de extinción.

- Predicción y simulación del comportamiento del fuego.

- Seguimiento y control de los medios materiales utilizados.

- Gestión del personal que interviene en la extinción.

- Coordinación de todos los elementos que intervienen en la extinción.

En la extinción de los grandes incendios, la UNASIF es un elemento esencial para


constituir en la misma el PAIF (Plan de autoprotección de incendios forestales),
mediante el que se facilita la dirección de la extinción, especialmente en lo que se
refiere a las funciones de planificación y coordinación.

 Maquinaria Pesada.

Cuando el tamaño de un incendio es grande, la llama lo suficientemente alta como


para impedir el ataque directo o la velocidad de propagación muy alta, los directores
de extinción suelen movilizar a la maquinaria pesada.
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Estos tractores oruga (bulldozer) cuando son llamados por la emisora para que acudan
al incendio se transportan por carretera utilizando un camión-góndola acompañado de
un vehículo de apoyo. El mismo conductor del camión y el del vehículo de apoyo suele
ser los palista (conductor del tractor) o el personal de apoyo. El personal de apoyo le
marca al palista lo que va a encontrarse dado que muchas veces con el polvo que
generan al trabajar o el humo que hay en el incendio no ven lo que tienen delante.

Los tractores oruga pueden realizar ataque directo, primero porque las cabinas
protegen de la altura de las llamas y segundo porque el aire acondicionado baja la
temperatura dentro de la cabina, que genera la radiación del fuego. Las condiciones de
trabajo en el ataque directo son muy extremas dado que un error puede ser fatal, por
mucho aire y cabina que lleven tienen mucho valor y son profesionales muy
especializados.

 Vehículos de patrullaje y disuasión.

Son utilizados para patrullar zonas donde se considera que, bien por valor ecológico o
simplemente por la reiteración de incendios en días anteriores, son necesarios para
disuadir a posibles pirómanos.

 Vehículos ligeros de transporte de personal.

Otra clase de vehículos que, aunque no son de extinción, en algunas zonas como es el
caso de la Región de Murcia, forman parte de una brigada para extinción de incendios
forestales, que son los vehículos de transporte de personal. Se trata de un vehículo
todo terreno 4x4 con capacidad para transportar personal así como herramientas y
material.

- Medios aéreos.

 Aviones.
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Los aviones, considerados como medios aéreos de ala fija, hasta el momento se
emplean fundamentalmente en misiones de extinción (uso táctico), para lanzamiento
de agua con o sin retardantes o espumógenos.

-Realización de misiones de apoyo a la lucha contra los incendios forestales.

-Vigilancia y detección de los incendios de amplias zonas forestales.

-Coordinación de medios aéreos que intervienen en la extinción.

-Observación y transmisión de imágenes de los incendios a los Centros Operativos.

Como ejemplos podemos citar el ACOVI (Avión de Coordinación y Vigilancia de la


Región de Murcia) o el ACO (Avión de Comunicación y Observación del MAPAMA

Una de las "ventajas" de los anfibios sobre los helicópteros es la de poseer mayor
capacidad de carga, salvando algunas excepciones, y la posibilidad de realizar
descargas con retardantes amónicos de color rojo, y pueden aterrizar en tierra o en
agua.

Tienen el inconveniente de, normalmente, necesitar más tiempo para realizar las
cargas de agua, pues tienen menos disponibilidad de puntos de agua, debiendo acudir
a embalses como los anfibios o a una base aérea, como puede ser el caso de los
aviones de carga en tierra.

En definitiva, son muy eficientes, con puntos de agua a menos de 25 km del incendio.
Las descargas son discontinuas, por ello su uso es diferente que al de los helicópteros.

A. Los aviones más comunes en la lucha contra incendios son los siguientes:
AVIONES LIGEROS (ALC.
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Los aviones ligeros de carga en tierra han sido las aeronaves más utilizadas para la
extinción de incendios, aunque su uso original era agrícola para fumigación. Debido a
su versatilidad y bajo coste, se utilizan en campañas estivales contra el fuego.

i. Air Tractor y M-18B Dromader

Capacidad: 1800–2500 litros por parte del Dromader y hasta de 3.100 litros el Air
Tractor. Las descargas se realizan de una sola vez, cabe la posibilidad de incorporar al
agua espumógenos retardantes.

Ventajas:

-Alta velocidad de crucero

- Posibilidad de operar en pistas pequeñas y poco preparadas.

- Muy maniobrables.

- Necesidad de una infraestructura mínima para su operación.

- Coste reducido de puesta en servicio.

Limitaciones:

- Su radio de acción no debe sobrepasar los 30-40km.

- Sensibilidad a condiciones meteorológicas (viento y turbulencias) debido a su bajo


peso.
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Fotografía 3: Air Tractor 502-B, 802-B. www.airtarctor.com

ii. Avión de Comunicaciones y Observación.

Fotografía 4: ACO del MAPAMA López, P. 2008. A la derecha detalle de la cámara de


infrarrojos. Caamaño, J.

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B.AVIONES MEDIOS O SEMILIGEROS.

Son aviones de mayor capacidad, generalmente mayor a 4.000 litros y con mayor
autonomía horaria. Se diferencian dos tipos:

C. ANFIBIOS.

Son aviones diseñados desde su origen para la extinción de incendios forestales. Estos
aviones, en época estival se despliegan en el territorio nacional en base a criterios de
riesgo y de posibilidades de utilización por la existencia de mayor número de puntos
de carga. Capacidad: 3.500 a 5.500 litros. Los Canadair disponen de un depósito de
espumógeno y no necesita mezclador en su interior.

Ventajas: Tienen la ventaja de poder llenar las cisternas mediante el deslizamiento


sobre una superficie liquida. Los Canadair tardan 12 segundos en llenarla.

Limitaciones: Su uso sólo es posible si en las proximidades del incendio existe una
superficie de agua adecuada (máx. 50 Km). En España hay gran cantidad pantanos
aptos para carga de agua.
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i. Canadair CL-215.

Fotografía 5: Canadair CL-215 descargando. López, P. 2012.

El Canadair CL-215 fue el primer modelo de una serie de aviones contra-incendios


construidos por Canadair y posteriormente por Bombardier. Los aviones anfibios
cargan normalmente en embalses, o en el mar. Llamados comúnmente “super
scooper” en inglés o “botijo” en español.

Necesitan poca infraestructura de apoyo, aunque si una pista de aterrizaje en buenas


condiciones (no necesariamente un aeropuerto). El CL-215 lleva motor de pistón.
Tienen una autonomía de 4 horas y una posibilidad de carga de agua de 5.500 litros.
Pueden utilizar espumógeno (con depósito de hasta 18 descargas). Tienen dos
compuertas de apertura, por lo que tienen la posibilidad de realizar una descarga larga
o dos descargas intermitentes en una pasada.

ii. Canadair CL-215T.

En 1987 apareció el Canadair CL-215T, también llamado “foca” con mejoras en servicio
por cambios en las alas y motores turbohélice más potentes, que sustituyen a los
pistones.
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Estas aeronaves pertenecen al 43 grupo de las Fuerzas Aéreas del Ejército del Aire, y
están bajo el mando operativo de la Unidad Militar de Emergencias. Tienen un total de
14.

Fotografía 6: Canadair CL-215T en descarga. López, P. 2012.

El Canadair CL-415 presenta mayor pontencia que los CL-215T y cuatro compuertas en
lugar de dos. Capacidad de carga de 6.100 litros. Estas aeronaves pertenecen al
MAPAMA y están bajo el mando operativo de la Unidad Militar de Emergencias. Tienen
un total de 3 aeronaves.

Fotografía 7: Canadair CL-415 “Bombardier”en descarga. López, P. 2012.

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iii. Air Tractor Fire Boss AT-802F

Se trata de la versión anfibia del Air Tractor. Tiene una autonomía de 4 horas y
capacidad de carga de agua de hasta 3.500 litros (cuando van con poco combustible),
generalmente suelen cargar unos 3.100 litros. Pueden utilizar retardante amónico o
espumógeno. Tienen la capacidad de realizar descargas múltiples computerizadas.

Actualmente el MAPAMA cuenta con 6 AT 802F repartidos por el territorio Español.

Fotografía 8: Air Tractor 802F “Fire Boss”. www.airtarctor.com

CARGA EN TIERRA.

Destaca como avión de carga en tierra el Air Tractor AT-802F.

Capacidad: carga superior a 3.000 l, normalmente cargan unos 3.100 litros.

Ventajas: Propulsor turbohélice que le confiere alta fiabilidad. Posibilidad de operar en


mismas pistas que los ALCT. Gran velocidad de crucero.

Inconvenientes: necesidad de infraestructura y condicionados por el tiempo al punto


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de carga.

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Fotografía 9: Air Tractor 802F. López, P. 2016.

El AT-802F presenta una autonomía de 4 horas, con capacidad de carga de agua de


3.100 litros. Pueden recargar retardante amónico. La apertura de la compuerta es
variable con lo que pueden regular la descarga, haciéndola más larga, o más corta y
concentrada, según se le solicite. Este avión, diseñado desde el origen para la extinción
de incendios, parece la herramienta más idónea para la actuación en ataques
ampliados, e incluso en zonas de responsabilidad. Sustituirá paulatinamente a los
ALCT.

Pertenecientes a MAPAMA con un total de 10 repartidos por el territorio, y a diversas


Comunidades Autónomas.
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Fotografía 10: Air Tractor 802F en descarga

AVIONES PESADOS.

Son aviones de carga que han sido acondicionados para ser utilizados en las tareas de
extinción de incendios. Estos aviones ya no se utilizan en la actualidad en España. Sólo
se utilizaron una vez en 2010, debido a su bajo rendimiento.

Capacidad: La carga de estas aeronaves oscila entre 7.500 y 42.000 l.

Ventajas: La única ventaja que presentan es la gran capacidad de carga que tienen.

Limitaciones: Su principal inconveniente es una muy limitada maniobrabilidad.


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Fotografía 11: C-130 Fire Hércules. Google. 2016.

Fotografía 12: Evergreen 747 Supertanker. Mc Millan, M. 2009.

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 Helicópteros.

Los helicópteros son considerados como medios aéreos de ala rotativa móvil al igual
que los aviones, se emplean fundamentalmente en misiones de extinción, para el
lanzamiento de agua sin retardantes sobre el incendio. Otro uso que se les da, sería en
misiones de:

-Lanzamiento de agua con o sin espumógenos.

-Transporte rápido del personal y sus equipos.

-Coordinación de medios aéreos.

-Labores de vigilancia

-Asistencia, salvamento y transporte de accidentados

Helicóptero EC-135 (HU-26) de la Unidad Militar de Emergencias.

Son más numerosos que los aviones, ya que presentan mayor maniobrabilidad y
reducen la cadencia entre descargas, puesto que pueden cargar en los mismos puntos
que los aviones y además en balsas de riego, depósitos etc. Estas aeronaves se usan
principalmente para transporte de personas, Brigadas helitransportadas y retenes
terrestres, y para lanzamiento de agua.

Su eficacia está condicionada por la cantidad de personas a transportar, por la


cantidad de agua que son capaces de lanzar y por la proximidad de los puntos de agua
al frente del incendio en que está actuando. La velocidad y la altura de la descarga es
importante, ya que puede dar la posibilidad de que por la acción de las hélices del
rotor principal reaviven el frente, o lo activen más, con el consiguiente peligro para los
combatientes, por lo que, en algunos casos será aconsejable que la descarga sea
realizada desde una mayor altura Los helicópteros más usados son para transporte y
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extinción y bombarderos.

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A. HELICÓPTEROS LIGEROS (HL).

La capacidad de los HL es para transportar entre 5 o 6 especialistas con sus


herramientas de ataque. Pueden ir dotados de un helibalde de 500 a 800 litros de
capacidad, que puede ir equipado con sistema de inyección de espumógeno.

Sus principales ventajas son:

Son modelos de helicópteros ampliamente probados y por tanto de gran fiabilidad.


Ofrecen una buena relación precio/prestaciones para conseguir una adecuada
cobertura de medios, en especial para el primer ataque.

Su versatilidad permite en los grandes incendios su utilización en labores colaterales a


la extinción, pudiendo eximir a las aeronaves medias y pesadas de estas labores.

Sus principales limitaciones son:

La limitada capacidad de carga.

Su limitación operativa en condiciones de elevadas velocidades de viento.

i. Bell 407.

El Bell 407 es un helicóptero monoturbina de uso civil, fabricado por Bell Helicopter
Textron, derivado del Bell 206L Longranger con rotor principal de cuatro palas.

Tiene capacidad para piloto, copiloto y 5 pasajeros, y un gancho de carga útil de hasta
1200 kg. Normalmente carga 800 litros de agua.
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Fotografía 13: Bell 407. López, P. 2015.

ii. BELL 206 L4 LongRanger.

Helicóptero monoturbina, con un sistema de rotor de dos palas de alta inercia.


Helibalde de 500 litros con posibilidad de utilizar espumante. Espacio para piloto,
copiloto y 5 personas.

Fotografía 14: Bell 206L4 Longranger. López, P. 2016.

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iii. Helicoptero de coordinacion BELL 206 JetRanger.

Helicóptero monoturbina, con un sistema de rotor de dos palas de alta inercia..


Espacio para piloto, copiloto y 2 personas.

Fotografía 15: Bell 206 JetRanger. UDIF. 2016.

B. HELICÓPTEROS MEDIOS (HM)

El helicóptero medio tiene mayor capacidad, con objeto de que las cuadrillas de
transporte estén compuestas por 8-10 personas y puedan portar un helibalde con
1200-1500 litros de agua.

En España hay varios modelos de helicópteros medios utilizados.

i. BELL 205.

Helicóptero monoturbina, con helibalde de 1.200 litros con posibilidad de utilizar


espumante.

Espacio para piloto y 11 personas.


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Fotografía 16: Bell 205. López, P. 2009

Anterior a la reforma que se efectuó por cuestiones de seguridad, algunas aeronaves


como el Bell205 o el 212, llevaban incorporado un tangue de agua en lugar de un
helibalde. Estos tanques llamados “depósito ventral” resultaban increíblemente
prácticos y versátiles, puesto que además de cargar la misma cantidad que un
helibalde, podían cargar agua en cualquierzona con unos 15cm de lámina de agua, tal
es el caso como acequias, pozos, etc. Posteriormente han sido sustituidos por
helibaldes.

ii. BELL 212.

Helicóptero biturbina, con helibalde de 1.200 litros con posibilidad de utilizar


espumante. Espacio para piloto y 11 personas.
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Fotografía 17: Bell 212. López, P. 2009.

Fotografía 18: Bell 212.Colocación del bambi. López, P. 2009.

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iii. BELL 412.

Helicóptero biturbina, con helibalde de 1.200 litros e incluso 1500 litros. Espacio para
piloto y 12 personas. Utilizan espumante. Esta aeronave la utilizan varias comunidades.
Actualmente se está utilizando para el transporte de las BRIF sustituyendo
progresivamente al Sokol. Concrétamente esta aeronave, se utiliza también como
helicóptero de rescate, puesto que consta de una grúa para carga externa.

Fotografía 19: Bell 412. López, P. 2016.

iv. A 119 AUGUSTA.

Aeronave también designada como “Koala”. Helicóptero biturbina, con helibalde de


1.200 litros, aunque generalmente utilizan de 800 litros. Espacio para piloto y 6
especialistas. Es bastante utilizado en España debido a su bajo coste y elevadas
prestaciones, además de ser una aeronave de reciente fabricación.
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Fotografía 20: A119 Augusta “Koala”. López, P. 2013.

v. SOKOL PZL.

El PZL Sokoł (en polaco el nombre significa halcón) es un helicóptero utilitario mediano
de origen polaco. Se trata de un aparato bimotor que cuenta con un rotor principal de
cuatro palas y otro de cola de tres palas., con helibalde de 1.500 litros. Espacio para
piloto y 11 personas. No suelen utilizar espumante.

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Fotografía 21: Sokol PZL. López, P. 2008.

C. HELICÓPTEROS PESADOS (HP)

Los helicópteros pesados que se han utilizado son principalmente bombarderos de


agua de capacidad superior a 4.000 litros.

Asimismo para el transporte de cuadrillas se utilizarán helicópteros de gran capacidad


de pasaje, con la posibilidad de utilización mixta de helibalde para lanzamiento de
agua. En España se pretendía encontrar aeronaves con mayores prestaciones, sobre
todo en lo referente a la capacidad de carga, obligó a recurrir al mercado de los países
del Este, por ser el único que puede disponer de ellos a un precio razonable.

La BRIF utilizó durante varios años el helicóptero Mil Mi- 8MTV, con capacidad para 24
especialistas con sus equipos y con la posibilidad de utilizarse para el lanzamiento de
agua con helibalde de hasta 3000 litros. En algunas Comunidades Autónomas y en
algunas BRIF MAPAMA, se ha utilizado el Puma y su nueva versión, el Superpuma.
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i. Mil Mi-8MTV, Puma y Superpuma.

Fotografía 22: A la izquierda, Mil Mi- 8MTV, a la derecha un Superpuma. DGCN.

Fotografía 23: A la izquierda, Puma, a la derecha detalle del interior. DGCN.

ii. Kamov.

Helicóptero biturbina con un solo rotor, en el que hay dos pares de hélices que giran
en sentido contrario. No tiene rotor de cola. Con autonomía de 2 horas. Capacidad de
carga de 4500 litros. Considerado como helicóptero bombardero, no transporta
personal. El MAPAMA cuenta actualmente con un total de 8 Kamov K32 repartidos por
el territorio nacional.
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Fotografía 24: Kamov en helipista López, P. 2012.

iii. KAMAN K-MAX

El Kaman K-1200 K-MAX es un helicóptero estadounidense con rotores entrelazados


construido por Kaman Aircraft. Está optimizado para operaciones de carga extrema, y
es capaz de elevar una carga útil de más de 2700 kg, que es más del peso en vacío del
helicóptero.

Hay más helicópteros pesados como el Sikorsky S64, Skycrane y el Chinnok

Fotografía 25: KAMAN K-MAX. Wikipedia.

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-Tipo y número de medios de extinción necesarios según el nivel de alerta.

No es algo fijo depende de la Comunidad Autónoma, simultaneidad de incendios


(medios disponibles), gravedad del incendio y de las directrices del propio dispositivo.

Recibido el aviso de un incendio forestal, el Coordinador Provincial de Medios, moviliza


los medios del despacho automático. En los primeros momentos el mando de las
unidades movilizadas valora la gravedad del incendio, en función de la cual se
movilizan nuevos recursos. Se establece el PMA y los nuevos recursos se incorporan
conforme a una determinada estructura de intervención por sectores de incendio, con
tareas y misiones determinadas, de acuerdo con lo que establezca el Director del PMA.
Desde el PMA se determinará la retirada de medios así como las tareas de repaso de
perímetros u otras que deban realizar las unidades de retén que permanezcan hasta
dado por extinguido el incendio.

Recibida la notificación en el CCE provincial, este realizará la movilización de los


medios de acuerdo con las instrucciones del Coordinador Provincial de Medios de
dicho centro. El Coordinador Provincial será el técnico o mando designado por el
Consorcio Provincial de Bomberos para realizar dicha función. Podrá ser asesorado por
un Técnico Forestal de guardia de incendios de la Consejería competente en materia
de medio ambiente. Sus misiones básicas son: asegurar la movilización de los
despachos automáticos y asignar prioridades de movilización de medios ante incendios
simultáneos.

Despacho automático

Una vez que se conoce el conato de incendio, y si generalmente este se ha originado


en un perímetro inferior a 50 kilómetros de la ubicación de una de las bases del
Ministerio, la base, en colaboración con la Comunidad Autónoma, puede enviar de
forma preventiva medios aéreos y brigadas, exceptuando los aviones anfibios de gran
capacidad.
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Este tipo de operación se denomina “despacho automático”, que el técnico de base
comunica también, de forma inmediata, a la Central de Coordinación del Ministerio en
Madrid. Gracias a la agilidad en la respuesta se ha conseguido que muchos incendios
no pasen de conatos.

Ataque ampliado

Cuando el incendio reviste mayor gravedad, o cuando se constatan dificultades para su


extinción o se prevé que pueda aumentar, las Comunidades Autónomas solicitan a la
Central de Coordinación de Madrid medios complementarios para ayudar a los
dispositivos autonómicos.

Este proceso, denominado “ataque ampliado”, conlleva la autorización del envió de


medios por parte del técnico de guardia de la Central de Coordinación, que contacta
con las bases ubicadas en las distintas CCAA para que se proceda al despliegue de los
medios asignados.

El técnico de guardia, especialista en esta materia, es el que decide desde que bases se
desplegarán los medios aéreos o humanos solicitados, en base a la simultaneidad de
incendios y la movilización de medios que ocurra en ese momento, para que el apoyo
sea lo más rápido y eficiente posible.

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