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RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE GESTIÓN DE

CONDICIONES OPERATIVAS PARA EL AÑO 2023

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 002-2023/ DRE-CAJ/ UGEL J/ I.E 16867 CCJ

Cuyca 30 de diciembre del 2023


CONSIDERANDO:

Que, el artículo 66º de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que la
Institución Educativa, como comunidad de aprendizaje, es la primera y principal instancia de gestión
del sistema educativo descentralizado;

Que, el artículo 32° del Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación aprobado
mediante Decreto Supremo N° 011-2012-ED, establece que el director de la institución educativa
pública, en coordinación con los docentes, es responsable de garantizar que los equipos, materiales y
espacios educativos se encuentren a disposición plena de los estudiantes y se usen de manera
pertinente;

Que, de conformidad con el artículo 127° del precitado Reglamento, la Institución Educativa
tiene autonomía en el planeamiento, ejecución, supervisión, monitoreo y evaluación del servicio
educativo, en el marco de la normatividad vigente;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 006-2021-MINEDU que aprueba los “Lineamientos


para la gestión escolar de instituciones educativas públicas de Educación Básica” se establece que
las Instituciones Educativas públicas de Educación Básica deberán conformar tres Comités de
Gestión Escolar: el Comité de Gestión de Condiciones Operativas, el Comité de Gestión Pedagógica
y el Comité de Gestión del Bienestar;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° ° -2021-MINEDU que aprueba las “Disposiciones


para los Comités de Gestión Escolar en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”
se establece el consolidado de integrantes y funciones de los Comités de Gestión Escolar que se
conforman en las instituciones educativas públicas Educación Básica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el


Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011- 2012-ED,
el Decreto Supremo N° 006-2021-MINEDU, la Resolución Ministerial N° -2021- MINEDU y estando
conforme a lo acordado por la comunidad educativa;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Reconocer a los miembros del Comité de Gestión de Condiciones Operativas,
para el año escolar 2023, de la Institución Educativa 16867 del distrito Colasay, del ámbito de la
UGEL Jaén, conformado de la siguiente manera:
CARGO APELLIDOS Y N° DNI N° CELULAR CORREO
NOMBRES ELECTRÓNICO
(opcional)

Director/a de la IE Goicochea Llatas Rosa Aidita 27729781 979278153 rosalovening@gmail.com

Subdirector/a de la IE
(en caso —-- —--- —-
corresponda)

Representante de las Perez Suxe Didier Alldair 63382289


y los estudiantes

Representante 46390028 932421779


Limay Valdivia Eufem —-
del CONEI

Representante de los Pérez Barreros Marialuisa 10086826 974802913


padres y madres de —-
familia, tutores
legales o
apoderados/as

El/la presidente de Marroquín Pérez Rossmel 46390028 983396351


APAFA —--

1er representante del


personal
administrativo
(cuando se cuente —--- —-- —---
con personal —----
administrativo en la
IE)

2do representante del


personal
administrativo
(cuando se cuente —---- —-- —--- —--
con personal
administrativo en la
IE)

Representante del
personal docente —- —--- —--- —--

Responsable de
Gestión del riesgo de
desastres

Artículo 2.- Notificar la presente resolución a cada integrante de la comisión


conformada por la presente resolución para su conocimiento y cumplimiento de funciones, de
acuerdo con la normativa vigente.

Artículo 3.- Comunicar a la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local

sobre lo actuado para las acciones administrativas de Ley.

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE
ANEXO 05

RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE GESTIÓN


PEDAGÓGICA PARA EL AÑO 202

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°

…………………., ……. de del 202 .

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 66º de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que la Institución
Educativa, como comunidad de aprendizaje, es la primera y principal instancia de gestión del sistema
educativo descentralizado;

Que, el artículo 32° del Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 011-2012-ED, establece que el director de la institución educativa
pública, en coordinación con los docentes, es responsable de garantizar que los equipos, materiales y
espacios educativos se encuentren a disposición plena de los estudiantes y se usen de manera
pertinente;

Que, de conformidad con el artículo 127° del precitado Reglamento, la Institución Educativa
tiene autonomía en el planeamiento, ejecución, supervisión, monitoreo y evaluación del servicio
educativo, en el marco de la normatividad vigente;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 006-2021-MINEDU que aprueba los “Lineamientos para
la gestión escolar de instituciones educativas públicas de Educación Básica” se establece que las
Instituciones Educativas públicas de Educación Básica deberán conformar tres Comités de Gestión
Escolar: el Comité de Gestión de Condiciones Operativas, el Comité de Gestión Pedagógica y el Comité
de Gestión del Bienestar;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° ° -2021-MINEDU que aprueba las “Disposiciones


para los Comités de Gestión Escolar en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica” se
establece el consolidado de integrantes y funciones de los Comités de Gestión Escolar que se
conforman en las instituciones educativas públicas de Educación Básica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Reglamento


de la Ley General de Educación aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2012- ED, el Decreto
Supremo N° 006-2021-MINEDU, la Resolución Ministerial N° ° -2021- MINEDU y estando conforme a
lo acordado por la comunidad educativa;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Reconocer a los miembros del Comité de Gestión Pedagógica, para el año escolar
20 , de la Institución Educativa del distrito del ámbito
de la UGEL , conformado de la siguiente manera:
CARGO APELLIDOS Y NOMBRES N° DNI N° CELULAR CORREO
ELECTRÓNICO
(opcional)

Director/a de la IE

Subdirector/a de la
IE (en caso
corresponda)

Representante del
CONEI

Representante de
los padres y
madres de familia,
tutores legales o
apoderados/as

Representante del
personal docente
por nivel o ciclo

Representante de
las y los
estudiantes

Representante del
personal
administrativo
(cuando exista el
cargo)

Artículo 2.- Notificar la presente resolución a cada integrante de la comisión


conformada por la presente resolución para su conocimiento y cumplimiento de funciones, de
acuerdo con la normativa vigente.

Artículo 3.- Comunicar a la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local


sobre lo actuado para las acciones administrativas de Ley.

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE
ANEXO 06

RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE GESTIÓN DEL


BIENESTAR PARA EL AÑO 202

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°

…………………., ……. de del 202 .

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 66º de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que la
Institución Educativa, como comunidad de aprendizaje, es la primera y principal instancia de
gestión del sistema educativo descentralizado;

Que, el artículo 32° del Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2012-ED, establece que el director de la
institución educativa pública, en coordinación con los docentes, es responsable de garantizar
que los equipos, materiales y espacios educativos se encuentren a disposición plena de los
estudiantes y se usen de manera pertinente;

Que, de conformidad con el artículo 127° del precitado Reglamento, la Institución


Educativa tiene autonomía en el planeamiento, ejecución, supervisión, monitoreo y evaluación
del servicio educativo, en el marco de la normatividad vigente;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 006-2021-MINEDU que aprueba los


“Lineamientos para la gestión escolar de instituciones educativas públicas de Educación
Básica” se establece que las Instituciones Educativas públicas de Educación Básica deberán
conformar tres Comités de Gestión Escolar: el Comité de Gestión de Condiciones Operativas,
el Comité de Gestión Pedagógica y el Comité de Gestión del Bienestar;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° ° -2021-MINEDU que aprueba las


“Disposiciones para los Comités de Gestión Escolar en las Instituciones Educativas Públicas de
Educación Básica” se establece el consolidado de integrantes y funciones de los Comités de
Gestión Escolar que se conforman en las instituciones educativas públicas de Educación
Básica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el


Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-
2012-ED, el Decreto Supremo N° 006-2021-MINEDU, la Resolución Ministerial N° ° -2021-
MINEDU y estando conforme a lo acordado por la comunidad educativa;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Reconocer a los miembros del Comité de Gestión del Bienestar, para el
año escolar 20 , de la Institución Educativa del distrito del
ámbito de la UGEL , conformado de la siguiente manera:
CARGO APELLIDOS Y NOMBRES N° DNI N° CELULAR CORREO
ELECTRÓNICO
(opcional)

Director/a de la IE

Coordinador/a de
tutoría

Responsable
de convivencia

Responsable
de inclusión

Representante de
los padres y
madres de familia,
tutores legales o
apoderados/as

Representante de
las y los
estudiantes

Psicólogo/a,
cuando exista el
cargo en la IE

Artículo 2.- Notificar la presente resolución a cada integrante de la comisión


conformada por la presente resolución para su conocimiento y cumplimiento de funciones, de
acuerdo con la normativa vigente.

Artículo 3.- Comunicar a la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local


sobre lo actuado para las acciones administrativas de Ley.

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE

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