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Ley 5 1983, de 30 de Diciembre
Ley 5 1983, de 30 de Diciembre
Ley 5 1983, de 30 de Diciembre
(*) Esta Ley ha sido modificada parcialmente por la Ley 6/1987, de 23 de septiembre.
Artículo 16 TITULO H
El Presidente de la Generalidad, Del Consell
en sus funciones de Presidente del
Gobierno Valenciano, dirige y coor- CAPITULO I
dina sus acciones, sin perjuicio de las Del Consell y su composición
atribuciones y responsabilidad de
cada Conseller en su gestión; a tal Artículo 17
efecto le corresponde: El Consell es el órgano colegiado
a) Establecer las directrices gene- que ostenta la potestad ejecutiva y re-
rales de la acción de Gobierno. glamentaria y dirige la administración
b) Nombrar y separar a los Con- de la Generalidad Valenciana.
sellers de la titularidad de las distin-
tas Consellerías, dando cuenta a las Artículo 18
Cortes Valencianas y asignar compe-
tencias a cada Consellería. El Consell se compone del Presi-
c) Nombrar y cesar a los Conse- dente y los Consellers.
llers sin cartera. El número de Consellers con fun-
d) Convocar al Consell, fijar el ciones ejecutivas no excederá de diez,
Orden del Día, presidir sus reunio- además del Presidente.
nes, dirigir sus deliberaciones y levan-
Artículo 19
tar sus sesiones.
e) Nombrar representantes del 1. El Presidente de la Generali-
Consell en las instituciones y entida- dad podrá nombrar o cesar uno o va-
des que legalmente corresponda. rios Vicepresidentes del Consell. Los
f) Coordinar el programa legisla- Vicepresidente, según su orden o, en
tivo del Consell. su defecto, según su antigüedad inin-
g) Firmar los Decretos del Con- terrumpida en el cargo, asumirán las
sell. funciones de la Presidencia del Con-
h) Coordinar la ejecución de los sell, como órgano colegiado, en caso
acuerdos del Consell. de ausencia, vacante o enfermedad
i) Resolver la sustitución de los del Presidente. Cuando no existan
miembros del Consell en los casos de Vicepresidentes, asumirá estas fun-
ausencia o enfermedad. ciones el Conseller más antiguo. Los
j) Resolver los conflictos de atri- Vicepresidentes desempeñarán tam-
buciones entre las distintas Conse- bién las funciones que el Presidente
llerías. les encomiende o delegue.
Artículo 75
CAPITULO II
De la organización, competencias Son funciones de los Secretarios
y estructura Generales la realización de estudios y
recopilación de documentación sobre
Artículo 69
materias propias de cada Consellería,
Se atribuye al Consell la regulación especialmente en orden a:
reglamentaria de la organización o es-
1. Elaborar proyectos o planes de
tructura de la Administración de la
actuación y programas de necesida-
Generalidad Valenciana, y en todo
caso, la determinación del número y des de la Consellería.
denominación de las Consellerías. 2. Prestar asistencia técnica al
Conseller y Directores Generales en
Artículo 70 todo lo que se requiera.
Se aprobará por el Consell un Re- 3. Informar al personal directivo
glamento orgánico de cada Conselle- de cada Consellería de la proceden-
ría a propuesta del Conseller res- cia legal y viabilidad económica de
pectivo. sus programas de actuaciones.
Articulo 82 Primera
Los servicios periféricos tienen Quedan derogadas cuantas normas
competencia sólo en su propio ámbi- de igual o inferior rango se opongan
to territorial, en los términos estable- a la presente.
cidos en los artículos 46 y 47 del Es-
tatuto de Autonomía (reiterado). Segunda
Queda expresamente derogado el
TITULO V Reglamento de Régimen Interior del
Consell de la Generalidad Valencia-
De la responsabilidad na aprobado por Decreto de 3 de di-
de los miembros del Consell ciembre de 1982 (R. 1234).
y de la Administración Pública
de la Generalidad Valenciana
Artículo 83 DISPOSICIONES FINALES
La responsabilidad penal de los Primera
miembros del Consell y, en su caso, Se autoriza al Consell para adop-
la del Presidente, se exigirá a pro- tar cuantas disposiciones reglamenta-
puesta de las Cortes Valencianas, rias precise la aplicación y desarrollo
ante el Tribunal Superior de Justicia de lo dispuesto en la presente Ley.
Valenciano.
Segunda
Artículo 84
Las responsabilidades de orden Para lo no previsto en esta Ley se-
penal y civil de las autoridades y fun- rán de aplicación las disposiciones le-
cionarios de la Generalidad Valencia- gales del Estado en la materia, equi-
na serán exigidas de acuerdo con lo parándose los órganos por analogía
previsto en las disposiciones genera- de sus funciones.
les del Estado en la materia, con la
salvedad de que las referencias al Tri- Tercera
bunal Supremo se entenderán hechas La presente Ley entrará en vigor el
al Tribunal Superior de Justicia Va- día de su publicación en el «Diario
lenciano. Oficial de la Generalidad Valenciana».