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“Año 

del Bicentenario del Perú: 200 años


de Independencia”"
Instituto CERTUS

PROYECTO

Curso:

Operatividad de Comercio Exterior

Docente:

Elizabeth Carolina Gutierrez Reinoso

Integrantes:

A
INDICE

RESUMEN EJECUTIVO 4

CAPITULO 1: IDENTIFICACIÓN DE LAS OPORTUNIDADES DEL


COMERCIO INTERNACIONAL. 5

2.1 Introducción a la idea de negocio 5

Solo el 30% de limeños entre los 18 y 30 años ha usado al menos una vez
este tipo de transporte. Un 28% los usa para ir a trabajar. Es por ello que se
proyectó que este año el referido mercado llegaría a mover alrededor de S/20
millones. 5

2.2 Describir la Idea de Negocio (Brevemente) 5

2.2.1. Integrantes del Grupo 7

2.2.2. Descripción del producto a importar/exportar 8

2.2.3. Importancia 8

2.2.4. País de Origen y Destino 8

2.2.5. Tratado Internacional 9

CAPITULO 2: COMPRA Y VENTA INTERNACIONAL 10

3.1. Flujograma 10

3.2. Actores de la Cadena Logística 11

3.3. Contrato 12

CAPITULO 3: INCOTERMS 19

4.1. INCOTERM 19

4.2. obligaciones y responsabilidades 19

4.3. Flujograma 20
4.4. Responde 20

CAPITULO 4: SELECCIÓN DEL MEDIO DE TRANSPORTE Y SU


RESPECTIVA DOCUMENTACION. 21

5.1. Selección del medio de transporte 21

5.2. Documento del transporte principal 22

5.3. Peso volumétrico y Peso Bascula 23

5.4. Peso Charteable o cobrable 23

CAPITULO 5: MEDIO DE PAGO. 23

5.5. Selección del medio de pago 23

5.6. Flujograma de la operación bancaria 24

5.7. Carta de crédito 25

CAPITULO 6: SEGUROS 26

5.8. Selección de la compañía de seguros 26

5.9. Grafique el flujograma y sus actores 26

5.10. Elección del tipo de póliza de seguro 27

5.11. Determine el valor de la suma asegurable 27


RESUMEN EJECUTIVO

El presente plan de negocio tiene la finalidad de demostrar la


viabilidad del Proyecto de Importación de scooters eléctricos al mercado
de comercializadores de la ciudad de Lima, para lo cual conformaremos
la empresa Experiencia sobre Ruedas S.A.C. La oficina administrativa
de la empresa Experiencia sobre Ruedas S.A.C estará localizada en el
distrito San Martin de Porres, Lima, debido a la ubicación estratégica en
la que se encuentra cerca de las principales empresas logísticas.
Nuestro producto es una scooters eléctricos para clientes de la ciudad
de Lima. Para el plan de negocio se estableció que la importación de
nuestro producto sea de China, debido a que identificamos que es el
principal mercado para la importación de scooters eléctricos, en relación
a la partida arancelaria 8712.00.00.00. Llegaremos a nuestros
consumidores finales a través de la propaganda por redes sociales de
scooters eléctricos. Se decidió por la ciudad de Lima, debido a que es
una de las ciudades más importantes a nivel cultural, social y económico
en Perú, además de ser la ciudad con mayor población. Se identificó que
nuestra principal competencia son las empresas chinas dedicadas al
mismo rubro de venta de scooters eléctricos, sin embargo, estas
empresas no poseen el valor agregado que tendrá nuestra empresa
Experiencia sobre Ruedas S.A.C. En cuanto a la logística, el
ensamblaje estará a cargo de nosotros mismos. Se optará por trabajar
con el incoterm CIF, debido a sus características favorables para nuestra
empresa que es nueva en el negocio y porque se verifico que es el
incoterm por excelencia que elige nuestra competencia para sus
exportaciones. En cuanto a los precios se obtuvo como resultado que
nuestro precio unitario por scooter es de 399 USD, teniendo en cuenta
que nuestro mínimo de Pedidos es 20und. Finalmente, respecto al plan
económico del proyecto se obtuvo un TIR económico y financiero
positivo mayor a cero al igual que el VAN también positivo, por lo tanto,
económicamente hablando el proyecto es viable y rentable.
CAPITULO 1: IDENTIFICACIÓN DE LAS OPORTUNIDADES
DEL COMERCIO INTERNACIONAL.

2.1 Introducción a la idea de negocio


Solo el 30% de limeños entre
los 18 y 30 años ha usado al menos
una vez este tipo de transporte. Un
28% los usa para ir a trabajar. Es por
ello que se proyectó que este año el
referido mercado llegaría a mover
alrededor de S/20 millones.

El diario El País nos comparte


algunos datos interesantes: Solo en
España se repartieron a inicio de año
9,859 licencias de funcionamiento a 22 empresas.

Bolt, una multinacional de la micro movilidad estonia, tiene 25


millones de usuarios en 30 países

Estos datos confirman que las patinetas eléctricas emergen como


una tendencia mundial cuyo crecimiento acelerado difícilmente se
detendrá.

Con estos datos decidimos que la idea de negoción de importar


para la posterior venta de scooter eléctricos es una buena ida.

2.2 Describir la Idea de Negocio (Brevemente)

En Experiencia sobre Ruedas S.A.C nuestra misión es Importar a lima la


mejor calidad de scooters eléctricos del país de China, y satisfacer a nuestros
clientes limeños, así mismo, nuestro propósito es posicionar a nuestra empresa
como una de las tiendas más confiables de Lima, donde nuestros clientes
puedan realizar la compra de sus scooters eléctricos.

En el marco de la evolución los Scooter eléctricos, se presenta un proyecto de


inversión, que consiste en la importación y respectivo ensamble de Scooter
eléctricos. Se presenta como una oportunidad de negocio, ofreciendo un medio
de transporte urbano diferente a lo que se venía utilizando en nuestra ciudad.
Nuestro negocio consiste en la venta de scooters eléctricos, por lo que uno de
nuestros principales objetivos será fomentar la movilidad eléctrica y
concientizar a la sociedad sobre la importancia de la reducción de las
emisiones, pues los efectos del cambio climático son cada vez más evidentes.

Empezando con una flota inicial conservadora, si conseguimos que el negocio


sea viable, la idea de aumentar el número de scooters eléctricos y de expandir
la empresa a otras ciudades del Perú será uno de nuestros objetivos que
tendremos en mente durante el desarrollo de este plan de negocio.

2.2.1. Integrantes del Grupo

Nuestra empresa está conformada por Justin Ramírez Pure,


Romina F. Lozada Mora, Jackeli Ruiz Mejia, Diana Yenifer Horna Leyva
y Jhairo Plasencia se encuentran en el rango de Accionistas, y como
Representante legal Jhairo Plasencia. Somos la unión de un grupo de
amigos que decidió emprender en la importación de scooters eléctricos,
se estableció que nuestra razón social es “Experiencia sobre Ruedas
S.A.C”.

ACCIONISTAS VARIOS:

Representante Legal
XXXXXX

Área Área Área


RR.HH Legal Contabilidad

2.2.2. Descripción del producto a importar/exportar

Bicicletas y demás velocípedosÁrea


y 8712.00.00.00
Área
Comercial
Logística
2.2.3. Importancia

Al usar un scooter eléctrico, el ahorro de tiempo promedio es de entre 25% y


50% dependiendo de la hora. Para horas punta equivale hasta un 50% de
ahorro en tiempo.

Al usar un scooter eléctrico el ahorro de dinero promedio es de 20% cuando se


trata de trayectos cortos (comparándolo con el costo de un taxi promedio).

Actualmente se realizan 30 mil viajes por semana, esto equivale a 75 mil
kilómetros por semana recorridos. Esto equivale a 2500 galones de
gasolina no quemada equivalentes a 14 toneladas de CO2 no emitidas.

2.2.4. País de Origen y Destino

País de origen: Hong Kong, China

Destino: Lima, Perú

2.2.5. Tratado Internacional

TRATADO DE LIBRE COMERCIO PERU - CHINA.

El Tratado de Libre Comercio entre el Perú y China fue suscrito el 28


de abril de 2009 en la ciudad de Beijing-China por la entonces ministra
de Comercio Exterior y Turismo de Perú, Mercedes Aráoz y por el
viceministro de Comercio de China, Yi Xiaozhun. Dicho acuerdo entró en
vigencia el 01 de marzo de 2010.” NUESTRA PARTIDA ARANCELARIA
SE ACOJE AL 100% DEL TLC CON CHINA”
El TLC Perú-China permite estrechar las relaciones comerciales con
un país cuyo mercado es el más grande del mundo (1 397 millones de
personas) y cuyo crecimiento ha sido el más elevado a nivel mundial en
las dos últimas décadas, con tasas de 9,0% anual aproximadamente.

CAPITULO 2: COMPRA Y VENTA INTERNACIONAL


3.1. Flujograma

Transporte de mercaderia
Agente de aduanas “TIBA”
“WIZTEM INDUSTRY COMPANY LIMITED” “YUSEN LOGISTIC”

MEDITERRANEAN SHIPPING Puerto Victoria, Hong Kong


COMPANY LOGISTIC “PDC”

Puerto del Callao Perú


“APM”
Transporte de mercadería
“GRAU LOGISTICA EXPRESS “EXPERIENCIA SOBRE RUEDAS SAC”
Agente de Aduanas SA”
“COMEX”

3.2. Actores de la Cadena Logística

Transporte de mercaderia
“WIZTEM INDUSTRY COMPANY LIMITED” Agente de aduanas “TIBA”
“YUSEN LOGISTIC”

MEDITERRANEAN SHIPPING
Puerto del Callao Perú “APM” Puerto Victoria, Hong Kong
COMPANY LOGISTIC
“PDC”
Agente de Aduanas
Transporte de mercadería
“COMEX” “GRAU LOGISTICA EXPRESS “EXPERIENCIA SOBRE RUEDAS SAC”
SA”

3.3. Contrato

CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL

Conste por el presente documento el contrato de compraventa


internacional de mercaderías que suscriben de una parte: Experiencia
sobre Ruedas S.A.C, empresa constituida bajo las leyes de la
República PERUANA, debidamente representada por JHAIRO
PLASENCIA, con Documento de Identidad N° 70095929, domiciliado en
su Oficina principal ubicado en AVENIDA MALECON RIMAC 2448, SAN
MARTIN DE PORRES, LIMA, PERU, a quien en adelante se denominará
EL COMPRADOR y, de otra parte Wiztem Industry Company Limited
debidamente representada por Dave Chou, identificado con ID N°
1020304050, domiciliado en su Oficina principal ubicado en NO.1-2,
Jinshan Xi Road Choi Hung, Hong Kong, China a quien en adelante se
denominará EL VENDEDOR, que acuerdan bajo los siguientes
clausulas:
GENERALIDADES

CLAUSULA PRIMERA:

1.1. Las presentes Condiciones Generales se acuerdan en la


medida de ser aplicadas conjuntamente como parte de un Contrato de
Compraventa Internacional entre las dos partes aquí nominadas. En
caso de discrepancia entre las presentes Condiciones Generales y
cualquier otra condición Específica que se acuerde por las partes en el
futuro, prevalecerán las condiciones específicas.

1.2. Cualquier situación en relación con este contrato que no haya


sido expresa o implícitamente acordada en su contenido, deberá ser
gobernada por:

a) La Convención de las Naciones Unidas sobre la Compraventa


Internacional de Productos (Convención de Viena de 1980, en adelante
referida como CISG, por sus siglas en Ingles) y,

b) En aquellas situaciones no cubiertas por la CISG, se tomará


como referencia la ley del País donde el Vendedor tiene su lugar usual
de negocios.

1.3. Cualquier referencia que se haga a términos del comercio


(Como FOB, CIF, EXW, FCA, etc.) estará entendida en relación con los
llamados Incoterms, publicados por la Cámara de Comercio
Internacional.

1.4. Cualquier referencia que se haga a la publicación de la


Cámara de Comercio Internacional, se entenderá como hecha a su
versión actual al momento de la conclusión del contrato.

1.5. Ninguna modificación hecha a este contrato se considerará


valida sin el acuerdo por escrito entre las Partes.
CARACTERÍSTICAS DE LOS PRODUCTOS

CLAUSULA SEGUNDA:

2.1. Es acordado por las Partes que EL VENDEDOR ofrece los


siguientes productos: 20 Unidades de scooters eléctricos de carrocería
bicimoto y EL COMPRADOR pagará el precio de dichos productos como
acto conformidad con el artículo.

2.2. También es acordado que cualquier información relativa a los


productos descritos anteriormente referente al uso, peso, dimensiones,
ilustraciones, no tendrán efectos como parte del contrato a menos que
esté debidamente mencionado en el contrato.

PLAZO DE ENTREGA

CLAUSULA TERECERA:

EL VENDEDOR se compromete a realizar la entrega de la


mercancía en un periodo de 35 días hábiles luego de recibidas las
órdenes de compra debidamente firmadas por EL COMPRADOR.

PRECIO

CLAUSULA CUARTA:

Ambas Partes acuerdan el costo de envió por la suma de 7.980


USD de los productos de conformidad con la carta oferta recibida por EL
COMPRADOR el 11/07/2022.
A menos que se mencione de otra forma por escrito, los precios no
incluyen impuestos, aranceles, costos de transporte o cualquier otro
impuesto. El precio ofrecido con mayor frecuencia es sobre la base del
Incoterms CIF (“Cost, insurance and Freight”) si el envío se hará por vía
marítima.
CONDICIONES DE PAGO

CLAUSULA QUINTA:

Las Partes han acordado que el pago del precio del producto u
otra suma excedente o adicional por EL COMPRADOR a El VENDEDOR
deberá realizarse por medio de una CARTA CREDITO DEL BANCO
PERUANO BBVA a través del banco intermediario “BANCO
TRANSATLANTICO” de la cantidad debitada precio al embarque de los
productos, por pago anticipado de parte del COMPRADOR. Las
cantidades adeudadas serán acreditadas, salvo otra condición acordada,
por medio de transferencia bancaria internacional a la cuenta del Banco
INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA del VENDEDOR
en su país de origen, y EL COMPRADOR considerara haber cumplido
con sus obligaciones de pago cuando las sumas adecuadas hayan sido
recibidas por el Banco de EL VENDEDOR y este tenga acceso
inmediato a dichos fondos.

INTERES EN CASO DE PAGO RETRASADO

CLAUSULA SEXTA:

Si una de las Partes no paga las sumas de dinero en la fecha


acordada, la otra Parte tendrá derecho a intereses sobre la suma por el
tiempo que debió ocurrir el pago y el tiempo en que efectivamente se
pague, equivalente al UNO POR CIENTO (1 %) por cada día de retraso,
hasta un máximo por cargo de retraso de QUINCE PORCIENTO (15 %)
del total, de este contrato.

RETENCION DE DOCUMENTOS

CLAUSULA SEPTIMA:
Las Partes han acordado que los productos deberán mantenerse
como propiedad de EL VENDEDOR hasta que se haya completado el
pago del precio por parte de EL COMPRADOR.

TERMINO CONTRACTUAL DE ENTREGA

CLAUSULA OCTAVA:

Las partes deberán incluir el tipo de INCOTERMS acordado.


Señalando con detalle algunos aspectos que se deba dejar claro, o que
decida enfatizar.
Por ejemplo, si se opta por las condiciones de entrega en la fábrica,
EXW, es conveniente aclarar que el costo y la responsabilidad de cargar
la mercancía al vehículo, corresponde al comprador.
Hay que recordar que una operación adicional, involucra no solo costos,
como el pago a cargadores, si no también conlleva un riesgo intrínseco
en caso de daño de la mercadería durante el proceso de carga. Aunque
las condiciones de INCOTERMS son claras, es recomendable discutir y
aclarar estos detalles, ya que puede haber desconocimiento de una de
las partes.
El incoterm elegido será la del CIF. Donde la entrega de la mercadería
será en el puerto del Callao.

RETRASO DE ENVIOS

CLAUSULA NOVENA:

EL COMPRADOR tendrá derecho a reclamar a EL VENDEDOR el


pago de daños equivalente al 0,5 % del precio de los productos por cada
semana de retraso, a menos que se comuniquen las causas de fuerza
mayor por parte del EL VENDEDOR a EL COMPRADOR.

INCONFORMIDAD CON LOS PRODUCTOS


CLAUSULA DECIMA:

EL COMPRADOR examinará los productos tan pronto como le


sea posible luego de llegados a su destino y deberá notificar por escrito
a EL VENDEDOR cualquier inconformidad con los productos dentro de
10 días desde la fecha en que EL COMPRADOR descubra dicha
inconformidad y deberá probar a EL VENDEDOR que dicha
inconformidad con los productos es la sola responsabilidad de EL
VENDEDOR.
En cualquier caso, EL COMPRADOR no recibirá ninguna compensación
por dicha inconformidad, si falla en comunicar al EL VENDEDOR dicha
situación dentro de los 10 días contados desde el día de llegada de los
productos al destino acordado.

Los productos se recibirán de conformidad con el Contrato a


pesar de discrepancias menores que sean usuales en el comercio del
producto en particular.
Si dicha inconformidad es notificada por EL COMPRADOR, EL
VENDEDOR deberá tener las siguientes opciones:

a). Reemplazar los productos por productos sin daños, sin ningún
costo adicional para el comparador.

b). Reintegrar a EL COMPRADOR el precio pagado por los


productos sujetos a inconformidad.

COOPERACIÓN ENTRE LAS PARTES

CLAUSULA DECIMO PRIMERA:

EL COMPRADOR deberá informar inmediatamente a EL


VENDEDOR de cualquier reclamo realizado contra EL COMPRADOR de
parte de los clientes o de terceras partes en relación con los productos
enviados o sobre los derechos de propiedad intelectual relacionado con
estos. EL VENDEDOR deberá informar inmediatamente a EL
COMPRADOR de cualquier reclamo que pueda involucrar la
responsabilidad de los productos por parte de EL COMPRADOR.

CASO FORTUITO DE FUERZA MAYOR

CLAUSULA DECIMO SEGUNDA:

No se aplicará ningún cargo por terminación ni a EL VENDEDOR


ni a EL COMPRADOR, ni tampoco ninguna de las partes será
responsable, si el presente acuerdo se ve forzado a cancelarse debido a
circunstancias que razonablemente se consideren fuera de control de
una de las partes.

La parte afectada por tales circunstancias deberá notificar


inmediatamente a la otra parte.

ENCABEZADOS

CLAUSULA DECIMO TERCERA:

Los encabezados que contiene este acuerdo se usan solamente


como referencia y no deberán afectar la interpretación del mismo.

NOTIFICACIONES

CLAUSULA DECIMO CUARTA:

Todas las notificaciones realizadas en base al presente acuerdo


deberán constar por escrito y ser debidamente entregadas por correo
certificado, con acuse de recibo, a la dirección de la otra parte
mencionada acuse de recibo, a la dirección de la otra parte mencionada
anteriormente a cualquier otra dirección que la parte haya, de igual
forma, designado por escrito a la otra parte.
ACUERDO INTEGRAL

CLAUSULA DECIMO QUINTA:

Este acuerdo constituye el entendimiento integral entre las partes.


No deberá realizarse cambios o modificaciones de cualquiera de los
términos de este contrato a menos que sea modificado por escrito y
firmado por ambas Partes.
En señal de conformidad con todos los acuerdos pactados en el
presente contrato, las partes suscriben este documento en la ciudad de
CALLAO, a los 11 Días del mes de JULIO del 2022.

DAVE CHOU JHAIRO


PLASENCIA

Wiztem Industry Company Experiencia Sobre


Ruedas

………………………………… ………………………………
EL VENDEDOR EL
COMPRADOR

CAPITULO 3: INCOTERMS
4.1. INCOTERM

CIF

4.2. obligaciones y responsabilidades

Exportador:

● Preparar la mercancía según se haya fijado en el contrato de


compraventa, embalarla adecuadamente y marcar el embalaje.

● Contratar y asumir el transporte de la mercancía hasta el puerto EL


CALLAO.
● Contratar un seguro de transporte.

● Aportar la documentación necesaria.

● Proporcionar el documento de transporte marítimo (Bill of Lading, B/L).

Importador:

● Abonar el precio de la mercancía acordado en el contrato de


compraventa.

● Recibir la mercancía que le entregue la naviera en el puerto EL


CALLAO.

● Realizar el Despacho de importación.

● Encargarse y asumir los costes en destino, como por ejemplo el coste de


la descarga en el puerto.

4.3. Flujograma

CIF

Abonar el precio de la
mercancía acordado en el contrato de compraventa.

Puerto del Callao


Recibir la mercancía que le entregue la naviera en el puerto de destino convenido.

Realizar el Despacho de importación, si procede, realizando las


gestiones, la tramitación documental y el pago de los impuestos que
se exijan.

Encargarse y asumir los costes en destino, como por


ejemplo el coste de la descarga en el puerto, a menos que no se
haya pactado lo contrario, y del transporte hasta sus instalaciones

4.4. Responde

● ¿Dónde está la fábrica del proveedor (EXW)?


NO.1-2, Jinshan Xi Road Choi Hung, Hong Kong, China
● ¿Dónde queda el puerto de origen (FOB)?
Puerto Victoria, Hong Kong
● ¿Dónde queda el puerto de destino (CFR)
Puerto El Callao

CAPITULO 4: SELECCIÓN DEL MEDIO DE TRANSPORTE Y


SU RESPECTIVA DOCUMENTACION.
5.1. Selección del medio de transporte

❖ Marítimo
❖ MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY
❖ La elección de la línea naviera MSC para el transporte de la
mercadería desde el puerto de origen en China, Hong Kong hasta
el puerto de destino en Lima, Perú. Se da por las tarifas
accesibles que nos brinda la empresa MSC al igual que la
confianza y el prestigio que esta tiene, dándonos las siguientes
ventajas:

● Recibir asistencia experta de experimentados equipos locales.


● Aumentar la flexibilidad decidiendo cuándo cargar o descargar.
● Mover la carga rápido a través de una amplia red de envío y logística,
evitando la congestión.
● Ahorrar costes gracias a la escala de las operaciones y la amplia red.
● Reducir la huella de carbono transportando la carga por mar, en lugar de
solo por carretera o aire.
● Aumentar la capacidad mediante un volumen flexible sirviendo a empresas
de todos los tamaños.
● Mantener la carga segura con el transporte puerta a puerta en un
contenedor marítimo cerrado y sellado.
5.2. Documento del transporte principal
5.3. Peso volumétrico y Peso Bascula

PV: 14.80m x 3.70m x 0.8m PV: 43.808m3

PV TOTAL: 876.16m3

PB: 150KG PB: 0.15Tn

PB TOTAL: 3Tn

5.4. Peso Charteable o cobrable

Peso Charteable: 43.808m3

Peso Charteable Total: 876.16m3

CAPITULO 5: MEDIO DE PAGO.


5.5. Selección del medio de pago

● Carta de crédito
● La ventaja principal, es que los Bancos actúan como
un intermediario como en otras modalidades de pago,
sino que al aceptar emitir una Carta de Crédito a
nombre de su cliente (importador) de cierta forma lo
avala y añade su compromiso de pago. Las Ventajas
que tiene para el Importador, asegura, da la
tranquilidad al comprador de pagar por la que
mercadería negociada. La Ventaja del Exportador,
ofrece una forma de cobro segura al contar con el
compromiso del Banco Emisor, además la seguridad
de agregar un compromiso de otro banco para que
confirme la operación.
5.6. Flujograma de la operación bancaria

Con
trato

Experiencia sobre Wiztem Industry Company


Ruedas S.A.C Limited
Mercancía

Solicitud de apertura de L/C Pago Pago Documento


Aviso

Documento

INDUSTRIAL AND
BBVA COMMERCIAL BANK OF
CHINA

Cobertura Cobertura

Documentación Documentación

Emisión de L/C Emisión de L/C

BANCO TRANSATLANTICO
5.7. Carta de crédito
CAPITULO 6: SEGUROS
5.8. Selección de la compañía de seguros

COMPAÑÍA DE SEGUROS ¨SKHOLL¨

✔ La compañía de seguros nos respalda un 70% del valor del


producto adquirido.
✔ Las tarifas de su póliza son económicas.
✔ Es una compañía larga trayectoria de prestigio, confiabilidad
que los respalda sus clientes.

5.9. Grafique el flujograma y sus actores

Asegurado
Compañía de Seguro
“EXPERIENCIA SOBRE
¨SKHOLL¨ RUEDAS SAC”

SCOOTER ELECTRICO
5.10. Elección del tipo de póliza de seguro

POLIZA B

Riesgos contra incendios

Explosiones

Colisiones

Abordajes

Vuelcos

Averías gruesas

5.11. Determine el valor de la suma asegurable

Valor factura FOB $25000.00

Flete Marítimo $3500.00

Total CFR $28500.00

Sobreseguro 10% $2850.00

TOTAL SUMA
ASEGURABLE
$31350.00

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