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Escritura Reconocimiento de Hijo

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ESCRITURA NÚMERO XX (XX).

En el municipio de Poptún, departamento de

Petén, el uno de octubre de dos mil veintiuno. ANTE MI: Tomás Anibal Aldana

Paredes, Notario, Comparece el señor RAYMUNDO PAREDES GARRIDO de

setenta y un años de edad, casado, guatemalteco, comerciante, de este

domicilio, quién se identifica con Documento Personal de Identificación con

Código Único de Identificación número dos mil trescientos ochenta y seis,

cuarenta y cuatro mil cincuenta y siete, cero doscientos siete (2386 44057

0207), extendida por el Registro Nacional de las Personas, del Departamento

de Guatemala. El otorgante me asegura hallarse en el libre ejercicio de sus

derechos civiles y que por el presente instrumento otorga RECONOCIMIENTO

DE HIJA, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: Expresa el

otorgante que con fecha dieciséis de abril de un mil novecientos setenta y uno

(16/04/1971), nació en el municipio de Poptún, departamento de Petén, la

señora que responde al nombre de AURA MARINA LÓPEZ, nacimiento que

quedó inscrito en el Registro Civil del municipio de Poptún, departamento de

Petén, en la partida número ciento veinticuatro (124) folio ciento cuarenta y uno

(141) del Libro doce (12) de Nacimientos; siendo hija de la señora Elena López

Caal. SEGUNDA: Declara el señor RAYMUNDO PAREDES GARRIDO, que por

este ACTO VIENE A RECONOCER como su legítima hija a la señora AURA

MARINA LÓPEZ, quién llevará desde ahora su apellido; TERCERA: Que en los

términos relacionados, el señor RAYMUNDO PAREDES GARRIDO, ACEPTA el

contenido del presente instrumento. Yo la Notario, DOY FE: a) Que todo lo

escrito me fue expuesto; b). Que tuve a la vista el Documento de Identificación

Personal del otorgante, así como la certificación de la partida de nacimiento de

la menor relacionados; c). Que advierto los efectos legales de esta declaración
y de la obligación de presentar el testimonio de esta escritura al Registro

Nacional de las Personas correspondiente y d) Que leo lo escrito al otorgante,

quien bien enterado de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo

ratifica, acepta y firma. DOY FE.


NÚMERO XX (XX) En el Municipio de Poptún, Departamento de Petén, el

diecinueve de enero de dos mil veintiuno; Ante mí: JOSÉ ANTONIO

RODRÍGUEZ MUÑOZ; Notario, comparece TOMAS ANIBAL ALDANA

PAREDES, de cuarenta años de edad, Soltero, Auditor Público, Abogado y

Notario, guatemalteco, con domicilio en el departamento de Petén, se identifica

con el documento personal de identificación número un mil novecientos ochenta

y siete, sesenta y seis mil trescientos cincuenta y uno, un mil setecientos doce

(1987 66351 1712), emitido por el Registro Nacional de las Personas de la

República de Guatemala; por la otra parte comparece JOSELINE ROSIBEL

HERNANDEZ PAREDES, de veintitrés años de edad, guatemalteca, soltera,

perito contador, de este domicilio, se identifica con el Documento Personal de

Identificación con Código Único de Identificación número tres mil trescientos

seis, sesenta y tres mil cuatrocientos veintinueve, un mil setecientos doce (3306

63429 1712), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la

República de Guatemala, quien actúa en su calidad de Administrador Único y

Representante Legal de la Entidad INVERSIONES AMB, SOCIEDAD

ANONIMA, calidad que acredita con el Acta Notarial que contiene su

nombramiento, de fecha quince de octubre del año dos mil veinte, autorizada en

el Municipio de Poptún, departamento de Petén, por el Notario José Antonio

Rodríguez Muñoz, nombramiento que está debidamente inscrito en el Registro

Mercantil General de la República al registro número seiscientos tres mil

ochocientos cinco, Folio ochocientos veintiuno, Libro setecientos cincuenta y

cuatro de Auxiliares de Comercio, estando facultada para comparecer en el

presente contrato de conformidad con lo acordado en la Escritura pública

número treinta y nueve (39), autorizada en el Municipio de Poptún,


departamento de Petén, el día quince de octubre del año dos mil veinte, de la

cual en este momento me pone a la vista el Primer Testimonio autorizada por el

Notario José Antonio Rodríguez Muñoz el día quince de octubre del año dos mil

veinte; Doy Fe: a) Que tengo a la vista toda la documentación indicada, por lo

que la representación de conformidad con la ley y a mi juicio, es amplia y

suficiente para la celebración de este acto; b) Que los comparecientes me

aseguran ser de los datos de identificación personal anotados, hallarse en el

libre ejercicio de sus derechos civiles y que por el presente acto otorgan

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE AL CONTADO, de

conformidad con las cláusulas siguientes; PRIMERA: Me manifiesta TOMAS

ANIBAL ALDANA PAREDES, bajo juramento de ley y enterada de las penas

relativas al delito de perjurio, que es legítima propietaria de un bien inmueble

inscrito en el Registro General de la Propiedad como finca número

DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO (288), inscrita a folio número

DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO (288), del libro número CIENTO SESENTA

Y UNO electrónico (161E) de El Petén, con área, medidas y colindancias que le

aparecen en la inscripción de dominio correspondiente; SEGUNDA: Me sigue

manifestando TOMAS ANIBAL ALDANA PAREDES, que por este acto y por la

cantidad de QUINIENTOS QUETZALES EN EFECTIVO (Q. 500.00), que tiene

recibidos a su entera conformidad, VENDE el bien inmueble identificado en la

cláusula primera de esta escritura y todo cuanto de hecho y por derecho

corresponde a la misma, a JOSELINE ROSIBEL HERNANDEZ PAREDES, en

la calidad con que actúa. Por advertencia del infrascrito Notario sobre las

obligaciones y responsabilidades a que se refiere el artículo treinta del código

de Notariado, TOMAS ANIBAL ALDANA PAREDES, me expresan, bajo


juramento de ley y enterado de las penas relativas al delito de perjurio,

sometiéndose al saneamiento de ley, que sobre el bien inmueble objeto del

presente contrato no existen gravámenes, anotaciones o limitaciones que

pudieran afectar la libre disposición del bien inmueble que por este acto

enajena; TERCERA: Por su parte JOSELINE ROSIBEL HERNANDEZ

PAREDES, en la calidad con que actúa, me manifiesta que acepta la venta, que

le hace TOMAS ANIBAL ALDANA PAREDES, en los términos anteriormente

relacionados; CUARTA: Los otorgantes me manifiestan que aceptan el

presente contrato de compraventa en los términos anteriormente relacionados.

Yo como Notario DOY FE: a) De todo lo expuesto. b) De haber tenido a la vista

los documentos con que los otorgantes se han identificado, así como el titulo

con el cual el vendedor acredita la propiedad del bien inmueble objeto del

presente contrato; c) Que he advertido a las otorgantes sobre los efectos

legales de la presente escritura y sobre la obligación de presentación del

testimonio respectivo al Registro General de la Propiedad, para que se realicen

las anotaciones correspondientes. d) Que he leído íntegramente el contenido de

la presente escritura a los contratantes, quienes bien enterados de su

contenido, objeto, validez, y efectos legales lo aceptan, ratifican y firman ante el

Notario autorizante.
NÚMERO XX (XX) En el Municipio de Poptún, Departamento de Petén, el

diecinueve de enero de dos mil veintiuno; Ante mí: JOSÉ ANTONIO

RODRÍGUEZ MUÑOZ; Notario, comparece TOMAS ANIBAL ALDANA

PAREDES, de cuarenta años de edad, Soltero, Auditor Público, Abogado y

Notario, guatemalteco, con domicilio en el departamento de Petén, se identifica

con el documento personal de identificación número un mil novecientos ochenta

y siete, sesenta y seis mil trescientos cincuenta y uno, un mil setecientos doce

(1987 66351 1712), emitido por el Registro Nacional de las Personas de la

República de Guatemala; por la otra parte comparece JOSELINE ROSIBEL

HERNANDEZ PAREDES, de veintitrés años de edad, guatemalteca, soltera,

perito contador, de este domicilio, se identifica con el Documento Personal de

Identificación con Código Único de Identificación número tres mil trescientos

seis, sesenta y tres mil cuatrocientos veintinueve, un mil setecientos doce (3306

63429 1712), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la

República de Guatemala, quien actúa en su calidad de Administrador Único y

Representante Legal de la Entidad INVERSIONES AMB, SOCIEDAD

ANONIMA, calidad que acredita con el Acta Notarial que contiene su

nombramiento, de fecha quince de octubre del año dos mil veinte, autorizada en

el Municipio de Poptún, departamento de Petén, por el Notario José Antonio

Rodríguez Muñoz, nombramiento que está debidamente inscrito en el Registro

Mercantil General de la República al registro número seiscientos tres mil

ochocientos cinco, Folio ochocientos veintiuno, Libro setecientos cincuenta y

cuatro de Auxiliares de Comercio, estando facultada para comparecer en el

presente contrato de conformidad con lo acordado en la Escritura pública

número treinta y nueve (39), autorizada en el Municipio de Poptún,


departamento de Petén, el día quince de octubre del año dos mil veinte, de la

cual en este momento me pone a la vista el Primer Testimonio autorizada por el

Notario José Antonio Rodríguez Muñoz el día quince de octubre del año dos mil

veinte; Doy Fe: a) Que tengo a la vista toda la documentación indicada, por lo

que la representación de conformidad con la ley y a mi juicio, es amplia y

suficiente para la celebración de este acto; b) Que los comparecientes me

aseguran ser de los datos de identificación personal anotados, hallarse en el

libre ejercicio de sus derechos civiles y que por el presente acto otorgan

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE AL CONTADO, de

conformidad con las cláusulas siguientes; PRIMERA: Me manifiesta TOMAS

ANIBAL ALDANA PAREDES, bajo juramento de ley y enterada de las penas

relativas al delito de perjurio, que es legítima propietaria de un bien inmueble

inscrito en el Registro General de la Propiedad como finca número CUATRO

MIL DOSCIENTOS CUARNETA Y CINCO (4245), inscrita a folio número

DOSCIENOS CUARENTA Y CINCO (245), del libro número DOSCIENTOS

NUEVE electrónico (209E) de El Petén, con área, medidas y colindancias que

le aparecen en la inscripción de dominio correspondiente; SEGUNDA: Me sigue

manifestando TOMAS ANIBAL ALDANA PAREDES, que por este acto y por la

cantidad de QUINIENTOS QUETZALES EN EFECTIVO (Q. 500.00), que tiene

recibidos a su entera conformidad, VENDE el bien inmueble identificado en la

cláusula primera de esta escritura y todo cuanto de hecho y por derecho

corresponde a la misma, a JOSELINE ROSIBEL HERNANDEZ PAREDES, en

la calidad con que actúa. Por advertencia del infrascrito Notario sobre las

obligaciones y responsabilidades a que se refiere el artículo treinta del código

de Notariado, TOMAS ANIBAL ALDANA PAREDES, me expresan, bajo


juramento de ley y enterado de las penas relativas al delito de perjurio,

sometiéndose al saneamiento de ley, que sobre el bien inmueble objeto del

presente contrato no existen gravámenes, anotaciones o limitaciones que

pudieran afectar la libre disposición del bien inmueble que por este acto

enajena; TERCERA: Por su parte JOSELINE ROSIBEL HERNANDEZ

PAREDES, en la calidad con que actúa, me manifiesta que acepta la venta, que

le hace TOMAS ANIBAL ALDANA PAREDES, en los términos anteriormente

relacionados; CUARTA: Los otorgantes me manifiestan que aceptan el

presente contrato de compraventa en los términos anteriormente relacionados.

Yo como Notario DOY FE: a) De todo lo expuesto. b) De haber tenido a la vista

los documentos con que los otorgantes se han identificado, así como el titulo

con el cual el vendedor acredita la propiedad del bien inmueble objeto del

presente contrato; c) Que he advertido a las otorgantes sobre los efectos

legales de la presente escritura y sobre la obligación de presentación del

testimonio respectivo al Registro General de la Propiedad, para que se realicen

las anotaciones correspondientes. d) Que he leído íntegramente el contenido de

la presente escritura a los contratantes, quienes bien enterados de su

contenido, objeto, validez, y efectos legales lo aceptan, ratifican y firman ante el

Notario autorizante.
NÚMERO XX (XX) En el Municipio de Poptún, Departamento de Petén, el

diecinueve de enero de dos mil veintiuno; Ante mí: JOSÉ ANTONIO

RODRÍGUEZ MUÑOZ; Notario, comparece TOMAS ANIBAL ALDANA

PAREDES, de cuarenta años de edad, Soltero, Auditor Público, Abogado y

Notario, guatemalteco, con domicilio en el departamento de Petén, se identifica

con el documento personal de identificación número un mil novecientos ochenta

y siete, sesenta y seis mil trescientos cincuenta y uno, un mil setecientos doce

(1987 66351 1712), emitido por el Registro Nacional de las Personas de la

República de Guatemala; por la otra parte comparece JOSELINE ROSIBEL

HERNANDEZ PAREDES, de veintitrés años de edad, guatemalteca, soltera,

perito contador, de este domicilio, se identifica con el Documento Personal de

Identificación con Código Único de Identificación número tres mil trescientos

seis, sesenta y tres mil cuatrocientos veintinueve, un mil setecientos doce (3306

63429 1712), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la

República de Guatemala, quien actúa en su calidad de Administrador Único y

Representante Legal de la Entidad INVERSIONES AMB, SOCIEDAD

ANONIMA, calidad que acredita con el Acta Notarial que contiene su

nombramiento, de fecha quince de octubre del año dos mil veinte, autorizada en

el Municipio de Poptún, departamento de Petén, por el Notario José Antonio

Rodríguez Muñoz, nombramiento que está debidamente inscrito en el Registro

Mercantil General de la República al registro número seiscientos tres mil

ochocientos cinco, Folio ochocientos veintiuno, Libro setecientos cincuenta y

cuatro de Auxiliares de Comercio, estando facultada para comparecer en el

presente contrato de conformidad con lo acordado en la Escritura pública

número treinta y nueve (39), autorizada en el Municipio de Poptún,


departamento de Petén, el día quince de octubre del año dos mil veinte, de la

cual en este momento me pone a la vista el Primer Testimonio autorizada por el

Notario José Antonio Rodríguez Muñoz el día quince de octubre del año dos mil

veinte; Doy Fe: a) Que tengo a la vista toda la documentación indicada, por lo

que la representación de conformidad con la ley y a mi juicio, es amplia y

suficiente para la celebración de este acto; b) Que los comparecientes me

aseguran ser de los datos de identificación personal anotados, hallarse en el

libre ejercicio de sus derechos civiles y que por el presente acto otorgan

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE AL CONTADO, de

conformidad con las cláusulas siguientes; PRIMERA: Me manifiesta TOMAS

ANIBAL ALDANA PAREDES, bajo juramento de ley y enterada de las penas

relativas al delito de perjurio, que es legítima propietaria de un bien inmueble

inscrito en el Registro General de la Propiedad como finca número CUATRO

MIL DOSCIENTOS CUARNETA Y CINCO (4245), inscrita a folio número

DOSCIENOS CUARENTA Y CINCO (245), del libro número DOSCIENTOS

NUEVE electrónico (209E) de El Petén, con área, medidas y colindancias que

le aparecen en la inscripción de dominio correspondiente; SEGUNDA: Me sigue

manifestando TOMAS ANIBAL ALDANA PAREDES, que por este acto y por la

cantidad de QUINIENTOS QUETZALES EN EFECTIVO (Q. 500.00), que tiene

recibidos a su entera conformidad, VENDE el bien inmueble identificado en la

cláusula primera de esta escritura y todo cuanto de hecho y por derecho

corresponde a la misma, a JOSELINE ROSIBEL HERNANDEZ PAREDES, en

la calidad con que actúa. Por advertencia del infrascrito Notario sobre las

obligaciones y responsabilidades a que se refiere el artículo treinta del código

de Notariado, TOMAS ANIBAL ALDANA PAREDES, me expresan, bajo


juramento de ley y enterado de las penas relativas al delito de perjurio,

sometiéndose al saneamiento de ley, que sobre el bien inmueble objeto del

presente contrato no existen gravámenes, anotaciones o limitaciones que

pudieran afectar la libre disposición del bien inmueble que por este acto

enajena; TERCERA: Por su parte JOSELINE ROSIBEL HERNANDEZ

PAREDES, en la calidad con que actúa, me manifiesta que acepta la venta, que

le hace TOMAS ANIBAL ALDANA PAREDES, en los términos anteriormente

relacionados; CUARTA: Los otorgantes me manifiestan que aceptan el

presente contrato de compraventa en los términos anteriormente relacionados.

Yo como Notario DOY FE: a) De todo lo expuesto. b) De haber tenido a la vista

los documentos con que los otorgantes se han identificado, así como el titulo

con el cual el vendedor acredita la propiedad del bien inmueble objeto del

presente contrato; c) Que he advertido a las otorgantes sobre los efectos

legales de la presente escritura y sobre la obligación de presentación del

testimonio respectivo al Registro General de la Propiedad, para que se realicen

las anotaciones correspondientes. d) Que he leído íntegramente el contenido de

la presente escritura a los contratantes, quienes bien enterados de su

contenido, objeto, validez, y efectos legales lo aceptan, ratifican y firman ante el

Notario autorizante.
NÚMERO XX (XX) En el Municipio de Poptún, Departamento de Petén, el

diecinueve de enero de dos mil veintiuno; Ante mí: TOMAS ANIBAL ALDANA

PAREDES; Notario, comparece DIANA MARICELA MÉNDEZ MORATAYA, de

treinta y un años de edad, Soltera, perito contador, guatemalteca, con domicilio

en el departamento de Petén, se identifica con el documento personal de

identificación número un mi novecientos ochenta y siete, veinticinco mil

seiscientos cuatro, un mil setecientos ocho (1987 25604 1708), emitido por el

Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; por la otra

parte comparece JOSELINE ROSIBEL HERNANDEZ PAREDES, de veintitrés

años de edad, guatemalteca, soltera, perito contador, de este domicilio, se

identifica con el Documento Personal de Identificación con Código Único de

Identificación número tres mil trescientos seis, sesenta y tres mil cuatrocientos

veintinueve, un mil setecientos doce (3306 63429 1712), extendido por el

Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, quien actúa

en su calidad de Administrador Único y Representante Legal de la Entidad

INVERSIONES AMB, SOCIEDAD ANONIMA, calidad que acredita con el Acta

Notarial que contiene su nombramiento, de fecha quince de octubre del año dos

mil veinte, autorizada en el Municipio de Poptún, departamento de Petén, por el

Notario José Antonio Rodríguez Muñoz, nombramiento que está debidamente

inscrito en el Registro Mercantil General de la República al registro número

seiscientos tres mil ochocientos cinco, Folio ochocientos veintiuno, Libro

setecientos cincuenta y cuatro de Auxiliares de Comercio, estando facultada

para comparecer en el presente contrato de conformidad con lo acordado en

la Escritura pública número treinta y nueve (39), autorizada en el Municipio de

Poptún, departamento de Petén, el día quince de octubre del año dos mil veinte,
de la cual en este momento me pone a la vista el Primer Testimonio autorizada

por el Notario José Antonio Rodríguez Muñoz el día quince de octubre del año

dos mil veinte; Doy Fe: a) Que tengo a la vista toda la documentación indicada,

por lo que la representación de conformidad con la ley y a mi juicio, es amplia y

suficiente para la celebración de este acto; b) Que los comparecientes me

aseguran ser de los datos de identificación personal anotados, hallarse en el

libre ejercicio de sus derechos civiles y que por el presente acto otorgan

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE AL CONTADO, de

conformidad con las cláusulas siguientes; PRIMERA: Me manifiesta DIANA

MARICELA MÉNDEZ MORATAYA, bajo juramento de ley y enterada de las

penas relativas al delito de perjurio, que es legítima propietaria de un bien

inmueble inscrito en el Registro General de la Propiedad como finca número

nueve mil ciento dieciocho (9118), inscrita a folio número ciento dieciocho (118),

del libro número doscientos cincuenta y nueve electrónico (259E) de El Petén,

con área, medidas y colindancias que le aparecen en la inscripción de dominio

correspondiente; SEGUNDA: Me sigue manifestando DIANA MARICELA

MÉNDEZ MORATAYA, que por este acto y por la cantidad de UN MIL

QUETZALES EN EFECTIVO (Q. 1,000.00), que tiene recibidos a su entera

conformidad, VENDE el bien inmueble identificado en la cláusula primera de

esta escritura y todo cuanto de hecho y por derecho corresponde a la misma, a

JOSELINE ROSIBEL HERNANDEZ PAREDES, en la calidad con que actúa.

Por advertencia del infrascrito Notario sobre las obligaciones y

responsabilidades a que se refiere el artículo treinta del código de Notariado,

DIANA MARICELA MÉNDEZ MORATAYA, me expresan, bajo juramento de

ley y enterado de las penas relativas al delito de perjurio, sometiéndose al


saneamiento de ley, que sobre el bien inmueble objeto del presente contrato no

existen gravámenes, anotaciones o limitaciones que pudieran afectar la libre

disposición del bien inmueble que por este acto enajena; TERCERA: Por su

parte JOSELINE ROSIBEL HERNANDEZ PAREDES, en la calidad con que

actúa, me manifiesta que acepta la venta, que le hace DIANA MARICELA

MÉNDEZ MORATAYA, en los términos anteriormente relacionados; CUARTA:

Los otorgantes me manifiestan que aceptan el presente contrato de

compraventa en los términos anteriormente relacionados. Yo como Notario

DOY FE: a) De todo lo expuesto. b) De haber tenido a la vista los documentos

con que los otorgantes se han identificado, así como el titulo con el cual el

vendedor acredita la propiedad del bien inmueble objeto del presente contrato;

c) Que he advertido a las otorgantes sobre los efectos legales de la presente

escritura y sobre la obligación de presentación del testimonio respectivo al

Registro General de la Propiedad, para que se realicen las anotaciones

correspondientes. d) Que he leído íntegramente el contenido de la presente

escritura a los contratantes, quienes bien enterados de su contenido, objeto,

validez, y efectos legales lo aceptan, ratifican y firman ante el Notario

autorizante.

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