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Compraventa de Bien Rústico Al Contado

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NUMERO DOS (200) En el municipio de Amatitlán, departamento de

Guatemala, el día seis de diciembre del año dos mil veintidós, ANTE MI:

xxxxxxx Notaria, COMPARECEN los señores: xxxxxxxx, de cincuenta y ocho

años de edad, casado, guatemalteco, Comerciante, de este domicilio, quien se

identifica con el Documento Personal de Identificación DPI con código único de

identificación CUI: dos mil trescientos trece, , (2313) extendido por el Registro

Nacional de las Personas de la República de Guatemala; yxxxxxxxxx, de

cincuenta y ocho años de edad, casada, guatemalteca, comerciante, de este

domicilio, quien se identifica con el Documento de Identificación DPI Código

Único de Identificación CUI un mil setecientos cuarenta y nueve, espacio,

(1749) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de

Guatemala, a quienes en el transcurso del presente Instrumento Público se le

podrá llamar “LA PARTE VENDEDORA”. Y por la otra parte el señor: xxxxxxx

SANTIAGO, de cuarenta y nueve años de edad, soltero, guatemalteco,

Comerciante, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal

de Identificación DPI con código único de identificación CUI: tres mil seiscientos

(3698) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de

Guatemala, a quien en el transcurso del presente instrumento se le llamara “LA

PARTE COMPRADORA”. Yo la Notaria doy fe: a) que los comparecientes me

aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y ser de los datos

de identificación consignados, b) que tuve a la vista los Documentos Personales

de Identificación relacionados, la que es suficiente de conformidad con la ley y a

mi juicio para la celebración de presente acto y, c) que por el presente acto

convienen en celebrar: CONTRATO DE COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE

RÚSTICO AL CONTADO, de conformidad con las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Manifiestan los señores xxxxx y xxxxxx que son legítimos


propietarios de la finca inscrita en el Registro General de la Propiedad de la

zona central al número CUATRO MIL SETECIENTOS (4700), FOLIO

DOSCIENTOS (200), DEL LIBRO NÚMERO MIL CIENTO TREINTA (1130 )

DE GUATEMALA, que consiste en un terreno rústico en carretera al relleno,

Aldea el Salitre, Lote número dos (2), ubicado en Amatitlán, departamento de

Guatemala tal y como le aparece en su respectiva inscripción de dominio.

SEGUNDA: Sigue manifestando la PARTE VENDEDORA que por el precio de

CINCO MIL QUETZALES (Q.5000.00) los cuales declara tener por bien

recibidos en efectivo y en moneda de curso legal, a su entera satisfacción,

VENDE CEDE Y TRASPASA EL TERRENO DE SETECIENTOS TREINTA Y

SIETE PUNTO OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS

(737.836 m²) al señor xxxxxxx la presente venta se hace con todo cuanto de

hecho y por derecho corresponda a la misma con el área medidas y colindancias

siguientes: de estación cero a punto observado número uno con un azimut de

cuarenta y cinco grados, treinta minutos y cincuenta y dos segundos con una

distancia de veinte punto cero cero metros colinda con Ramiro Contreras; de la

estación uno al punto observado dos, con un azimut de ciento cincuenta y tres

grados, diez minutos y cincuenta segundos, con una distancia de treinta y nueve

punto cero veintiún metros, colinda con Erick Giovani Perez Giron y Thelma

Lorena Muñiz Diaz de Perez; de la estación dos al punto observado tres, con un

azimut de doscientos veintinueve grados, cuatro minutos y cincuenta y nueve

segundos, con una distancia de veinte punto cero cero metros, colinda con

Servidumbre de Paso; de la estación tres al punto observado número cero, con

un azimut de trescientos treinta y tres grados, cuarenta y un minutos cincuenta

y cuatro segundos, con una distancia de treinta y siete punto ochocientos

veinticinco metros, colinda con Jorge Mariano Chiquin Pineda. TERCERA: Sigue
manifestando la PARTE VENDEDORA que sobre el inmueble de terreno que

hoy vende, no pesan anotaciones, gravámenes, ni limitaciones que pudieran

afectar los derechos de la parte compradora; y el Notario le advierte sobre las

responsabilidades en que incurre si lo que dijere no fuere cierto quedando en

todo caso sujeto al saneamiento por evicción como es de ley. CUARTA: Ambas

partes contratantes, vendedor y compradora manifiestan BAJO JURAMENTO

SOLEMNE y enterados sobre lo relativo a la pena del delito de perjurio, que el

valor de la presente compraventa es el real de la presente negociación, así

mismo que el valor consignado es el mayor que consta en los registros

respectivos. QUINTA: continua manifestando LA PARTE COMPRADORA que

en los términos indicados ACEPTA la venta del inmueble que hoy se hace a su

favor; y ambos comparecientes manifiestan que aceptan todas y cada una de las

cláusulas antes consignadas. Yo, el Notario DOY FE: a) de que todo lo escrito

me fue expuesto por los comparecientes; b) de haber tenido a la vista el

Documento Personal de Identificación relacionadas, así como el primer

testimonio de la escritura pública número dieciséis (16), autorizada en el

municipio de Amatitlán del departamento de Guatemala con fecha veinte de

mayo del año dos mil veintiuno (20-05-2021), por el notario xxxxxxxx,

documento con el cual LA PARTE VENDEDORA acreditó la propiedad de la

finca relacionada, c) que se hizo la advertencia a los otorgantes de la obligación

del pago del impuesto al valor agregado y, de la inscripción del testimonio del

presente instrumento público en el Registro respectivo. d) que por designación

recaída en mi le di integra lectura al presente instrumento público, a los

interesados, quienes bien impuestos de su contenido, objeto, validez y demás

efectos legales, lo aceptan, ratifican y firma, junto con el Notario autorizante.

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