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Analisis Deuda Mercantil
Analisis Deuda Mercantil
Analisis Deuda Mercantil
Los títulos de crédito son documentos que permiten ejercer el derecho textual
que por sí mismos otorgan. Estos documentos son la representación del derecho y
son necesarios para poder ejercerlo. Por ejemplo, para cobrar un cheque es
necesario presentar el cheque y que cumpla con requisitos como el correcto
llenado.
Hoy en día los títulos de crédito han sustituido al dinero como tal, pues las
personas ahora hacen uso de ellos en lugar de entregar cantidades grandes en
efectivo. La regulación de estos documentos está dada por la Ley General de Títulos
y Operaciones de Crédito publicada en 1932.
CASO.
Juan Luis Pérez, quiere constituir una sociedad mercantil con su primo Jorge
Pérez, por lo que decide pedir prestado a María Josefna Ruiz, para poder contar
con el capital.
Juan Luis Perez, quien tiene su domicilio en Calle Álvaro Obregón número 1,
colonia Centro en Jacala, Hidalgo. suscribió de puño y letra un pagaré a favor de
María Josefina Ruiz por la cantidad de $50,000.00, (cincuenta mil pesos 00/100
M.N.), donde se pactó el pago del 10% por concepto de interés moratorio; dicho
título de crédito fue suscrito en Zimapán, Hidalgo el día 4 de enero del 2019 y el
deudor se obligó a pagar dicha cantidad en calle Lázaro Cárdenas número 1,
Colonia Centro, Cardonal, Hidalgo en fecha 26 de enero del mismo año, además
como aval firmó Luis Flores Ramírez con domicilio en calle Alama Minera número
13, Zimapán, Hidalgo.
Acciones y caducidad.
Tal y como lo prevé los artículos 77, párrafo final, 79, 80, 81, 85, 86, 88, 90,
109 al 116, 126 al 132, 139, 140, 142, 143 párrafos segundo, tercero y cuarto, 144,
párrafos segundo, tercero y cuarto, 148, 149, 150 fracciones II y III, 151 al 162 y 164
al 169 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Si dentro de este proceso no se obtinen bienes que cubran la deuda o en su
caso el deudor ejercite acciones tendientes a esconder su patrimonio, o solvencia,
se podrá interponer denuncia por Fraude, debido a que este de manera dolosa y
con pleno conocimiento de ser insoluto, suscribió un documento sabedor de que no
podría pagar la cantidad solicitada.
CONCLUSION.