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Borrador Carta Poder Autorizando A Que Menor Salga Del Pais

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En Santa María Cahabón, departamento de Alta Verapaz el día diecisiete de

noviembre de dos mil veintidós; nosotros MAURICIO TZÚL CHUB, de cuarenta y

nueve años de edad, casado, guatemalteco, agricultor, de este domicilio, se identifica

con el documento Personal de Identificación –DPI- dos mil trescientos seis; catorce mil

seiscientos noventa y ocho; mil seiscientos doce; (2306 14698 1612), y la señora

ELVIRA ICAL CAAL de cuarenta y cuatro años de edad, casada, guatemalteca, ama

de casa, de este domicilio, se identifica con el documento Personal de Identificación -

DPI- dos mil trescientos once; cincuenta y seis mil ochocientos veinte; mil seiscientos

doce (2311 56820 1612), ambos extendido por el Registro Nacional de las personas

de la República de Guatemala, Centroamérica. Aseguramos que nos encontramos en

el libre ejercicio de nuestros derechos civiles y que por este medio otorgamos CARTA

PODER de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: Somos progenitores

del joven GILMER GEOVANY TZUL ICAL quien se identifica con su certificado de

nacimiento, en la partida ciento cuarenta y tres (143) del folio sesenta y cinco

(65), del libro ciento cuarenta y cinco (145), del Registro Civil de Santa María

Cahabón, departamento de Alta Verapaz, que contiene el código de

Identificación -CUI- tres mil trescientos treinta y dos; cincuenta y dos mil ochocientos

cuarenta y cinco; mil seiscientos doce (3332 52845 1612), extendido por el

Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala,

Centroamérica; SEGUNDA: Manifestamos de forma voluntaria que nuestro

menor hijo a viajado a los Estados unidos de Norte América por lo que se

encuentra solo, en esa virtud, y en el ejercicio de la patria potestad que

ejercemos sobre nuestro menor hijo, otorgamos CARTA PODER a ELIAS ICH

MACZ, quien se identifica con el documento Personal de Identificación -DPI- dos


mil trescientos setenta y uno; cero seis mil cuatrocientos cuarenta y dos; mil

seiscientos trece (2371 06442 1613), extendido por el Registro Nacional de las

personas de la República de Guatemala, Centroamérica, persona de nuestro

Conocimiento, con residencia en 2619 Sur Pulaski Chicago IL, 60623, quien puede ser

contactado en el celular +1 312 4146 592; para que en nuestro nombre y

representación autorizamos: a) Tenga autoridad de cuidado temporal de nuestro

menor hijo, en tanto y en cuanto nuestro hijo vuelva a nuestra custodia física; o una

agencia local, estatal o federal modifique su estado de custodia o un tribunal de

justicia lo cambie. B) Proporcione atención de salud mental, odontológica y médica a

nuestro hijo, c) Proporcione bienestar mental y físico a nuestro hijo, que incluye, entre

otros suministros de alimentos, refugio y vestimenta. D) inscriba a nuestro hijo en la

escuela, e) En el caso de una emergencia (enfermedad grave, destrucción de hogar

etc.), puede transferir temporalmente la custodia física de nuestro menor hijo a otra

persona que cumpla con los términos de este acuerdo que se otorga. TERCERA: La

presente carta poder se otorga con tiempo indefinido e inicia a partir de la presente

fecha. Por lo que solicitamos respetuosamente, la autorización del presente

documento que por este acto otorgo. No habiendo más que hace constar y enterada

de su contenido, objeto, validez y efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y Firma

únicamente el señor Mauricio Tzúl Chub no así la señora Elvira Ical Caal quien por

ignorar firmar deja la impresión dactilar de nuestro dedo pulgar de su mano derecha,

firmando a su ruego la señora Gloria Xol, quien es testigo civilmente capaz, idónea y

de mi anterior conocimiento.
En el municipio de Santa María Cahabón, departamento de Alta Verapaz el diecisiete

de noviembre de dos mil veintidós, como Notaria DOY FE: Que las firmas que

anteceden son auténtica por haber sido signada el día de hoy en mi presencia por

MAURICIO TZÚL CHUB, quien se identifica con el documento Personal de

Identificación –DPI- dos mil trescientos seis; catorce mil seiscientos noventa y ocho;

mil seiscientos doce; (2306 14698 1612), y la impresión dactilar del dedo pulgar de la

mano derecha de la señora ELVIRA ICAL CAAL de cuarenta y cuatro años de edad,

casada, guatemalteca, ama de casa, de este domicilio, se identifica con el documento

Personal de Identificación -DPI- dos mil trescientos once; cincuenta y seis mil

ochocientos veinte; mil seiscientos doce (2311 56820 1612), ambos extendido por el

Registro Nacional de las personas de la República de Guatemala, Centroamérica,

firmando a su ruego la señorita firmando a su ruego la señora Gloria Xol, quien es

testigo civilmente capaz, idónea y de mi anterior conocimiento.


En Santa María Cahabón, departamento de Alta Verapaz el día ocho de noviembre de

dos mil veintidós; nosotros MANUEL ERNESTO MAQUIN CU, de cuarenta y un años

de edad, soltero, guatemalteco, agricultor, de este domicilio, se identifica con el

documento Personal de Identificación –DPI- mil ochocientos cincuenta y uno; ochenta

y ocho mil ochenta y siete; mil seiscientos siete (1851 88087 1607), y la señora

LUCIA CU CAAL de treinta y cinco años de edad, soltera, guatemalteca, ama de

casa, de este domicilio, se identifica con el documento Personal de Identificación -DPI-

dos mil setecientos veintisiete; cuarenta mil ciento noventa y cinco; mil seiscientos

siete (2727 40195 1607), ambos extendido por el Registro Nacional de las personas

de la República de Guatemala, Centroamérica. Aseguramos que nos encontramos en

el libre ejercicio de nuestros derechos civiles y que por este medio otorgamos CARTA

PODER de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: Somos progenitores

del joven WILSON RAMIRO MAQUIN CU quien se identifica con su certificado de

nacimiento que contiene el código de Identificación -CUI - tres mil doscientos

ochenta y cuatro; setenta y siete mil doscientos veintidós; mil seiscientos siete (3284

77222 1607), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la

República de Guatemala, Centroamérica; SEGUNDA: Manifestamos de forma

voluntaria que mi menor hijo a viajado a los Estados unidos de Norte América

por lo que se encuentra solo, en esa virtud, y en el ejercicio de la patria

potestad que ejercemos sobre nuestro menor hijo, otorgamos CARTA PODER

a su hermano MANUEL ERNESTO MAQUIN CU, quien se identifica con el

documento Personal de Identificación -DPI-,tres mil doscientos ochenta y cuatro;

setenta y siete mil doscientos catorce; mil seiscientos siete (3284 77214 1607),
extendido por el Registro Nacional de las personas de la República de Guatemala,

Centroamérica, persona de nuestro Conocimiento y a la vez es hermano de nuestro

menor hijo, con residencia en 610 28th st. Cicero, IL 60804 Chicago Ilinois, Chjicago,

quien puede ser contactado en el celular +1 331 262 3324; para que en nuestro

nombre y representación autorizamos: a) Tenga autoridad de cuidado temporal de

nuestro menor hijo, en tanto y en cuanto nuestro hijo vuelva a nuestra custodia física;

o una agencia local, estatal o federal modifique su estado de custodia o un tribunal de

justicia lo cambie. B) Proporcione atención de salud mental, odontológica y médica a

nuestro hijo, c) Proporcione bienestar mental y físico a nuestro hijo, que incluye, entre

otros suministro de alimentos, refugio y vestimenta. D) inscriba a nuestro hijo en la

escuela, e) En el caso de una emergencia (enfermedad grave, destrucción de hogar

etc.), puede transferir temporalmente la custodia física de nuestro menor hijo a otra

persona que cumpla con los términos de este acuerdo que se otorga a su primo.

TERCERA: La presente carta poder se otorga con tiempo indefinido e inicia a partir de

la presente fecha. Por lo que solicitamos respetuosamente, la autorización del

presente documento que por este acto otorgo. No habiendo más que hace constar y

enterada de su contenido, objeto, validez y efectos legales, lo aceptamos, ratificamos

y Firma únicamente el señor Oscar Maquin Xol no así la señora Lucia Cu Caal quien

por ignorar firmar deja la impresión dactilar de nuestro dedo pulgar de su mano

derecha, firmando a su ruego la señora Gloria Yoj, quien es testigo civilmente capaz,

idónea y de mi anterior conocimiento.


En el municipio de Santa María Cahabón, departamento de Alta Verapaz el ocho de

noviembre de dos mil veintidós, como Notaria DOY FE: Que las firmas que anteceden

son auténtica por haber sido signada el día de hoy en mi presencia por OSCAR

MAQUIN XOL, quien se identifica con el documento Personal de Identificación –DPI-

mil ochocientos cincuenta y uno; ochenta y ocho mil ochenta y siete; mil seiscientos

siete (1851 88087 1607), y la impresión dactilar del dedo pulgar de la mano derecha

de la señora LUCIA CU CAAL quien por ignorar firmar la deja y se identifica con el

documento Personal de Identificación -DPI- dos mil setecientos veintisiete; cuarenta

mil ciento noventa y cinco; mil seiscientos siete (2727 40195 1607), ambos extendido

por el Registro Nacional de las personas de la República de Guatemala,

Centroamérica, firmando a su ruego la señorita firmando a su ruego la señora Gloria

Yoj, quien es testigo civilmente capaz, idónea y de mi anterior conocimiento.


En la ciudad de Cobán, departamento de Alta Verapaz el día veintinueve de octubre

de dos mil veintidós; yo OLGA COL CUCUL DE CAAL, de treinta y cuatro años de

edad, casada, guatemalteca, ama de casa, de este domicilio, se identifica con el

documento Personal de Identificación –DPI- mil novecientos cincuenta y siete; ochenta

y un mil cuatrocientos cincuenta y siete; mil seiscientos uno (1957 81457 1601).

Aseguro que me encuentro en el libre ejercicio de mis derechos civiles y que por este

medio otorgo CARTA PODER de conformidad con las cláusulas siguientes:

PRIMERA: Soy progenitora de la joven KLIMBERLY VIOLETA CAAL COL quien se

identifica con su certificado de nacimiento que contiene el código de

Identificación -CUI- tres mil doscientos cincuenta y uno; cero cuatro mil novecientos

noventa y nueve; mil seiscientos uno (3251 04999 1601), extendido por el Registro
Nacional de las Personas de la República de Guatemala, Centroamérica;

SEGUNDA: Manifestó de forma voluntaria que mi menor hija a viajado a los

Estados unidos de Norte América por lo que se encuentra sola, en esa virtud, y

en el ejercicio de la patria potestad que ejerzo sobre mi menor hija, otorgo

CARTA PODER al señor WILLIAM BURKE WESLEY RAX CAAL, quien se

identifica con el documento Personal de Identificación -DPI-, dos mil seiscientos

setenta y ocho; veinte mil doscientos treinta y dos; mil seiscientos uno (2678 20232

1601), extendido por el Registro Nacional de las personas de la República de

Guatemala, Centroamérica, persona de mi Conocimiento y a la vez es primo de mi

menor hija, con residencia en 2048 Royal LN, Apto. 1180 Dallas, Tx 75229-3232,quien

puede ser contactado en el celular 2148932342; para que en mi nombre y

representación autorizo : a) Tenga autoridad de cuidado temporal de mi menor hija,

en tanto y en cuanto mi hija vuelva a mi custodia física; o una agencia local, estatal o

federal modifique su estado de custodia o un tribunal de justicia lo cambie. B)

Proporcione atención de salud mental, odontológica y médica a mi hija, c) Proporcione

bienestar mental y físico a mi hija, que incluye, entre otros suministro de alimentos,

refugio y vestimenta. D) inscriba a mi hija en la escuela, e) En el caso de una

emergencia (enfermedad grave, destrucción de hogar etc.), puede transferir

temporalmente la custodia física de mi menor hija a otra persona que cumpla con los

términos de este acuerdo que se otorga a su primo. TERCERA: La presente carta

poder se otorga con tiempo indefinido e inicia a partir de la presente fecha. Por lo que

solicito respetuosamente, la autorización del presente documento que por este acto
otorgo. No habiendo más que hace constar y enterada de su contenido, objeto, validez

y efectos legales, lo acepto, ratifico y firmo.

En la ciudad de Cobán, departamento de Alta Verapaz el veintinueve de octubre de

dos mil veintidós, como Notaria DOY FE: Que las firma que antecede es auténtica por

haber sido signada el día de hoy en mi presencia por OLGA COL CUCUL DE CAAL,

se identifica con el documento Personal de Identificación –DPI- mil novecientos

cincuenta y siete; ochenta y un mil cuatrocientos cincuenta y siete; mil seiscientos uno

(1957 81457 1601), ambos extendido por el Registro Nacional de las personas de la

República de Guatemala, Centroamérica, quien vuelve a firmar.

En Santa María Cahabón, departamento de Alta Verapaz el día dieciocho de

septiembre de dos mil veintidós; nosotros OSCAR MAQUIN XOL, de cuarenta y un

años de edad, soltero, guatemalteco, agricultor, de este domicilio, se identifica con el

documento Personal de Identificación –DPI- mil ochocientos cincuenta y uno; ochenta

y ocho mil ochenta y siete; mil seiscientos siete (1851 88087 1607), y la señora

LUCIA CU CAAL de treinta y cinco años de edad, soltera, guatemalteca, ama de


casa, de este domicilio, se identifica con el documento Personal de Identificación -DPI-

dos mil setecientos veintisiete; cuarenta mil ciento noventa y cinco; mil seiscientos

siete (2727 40195 1607), ambos extendido por el Registro Nacional de las personas

de la República de Guatemala, Centroamérica. Aseguramos que nos encontramos en

el libre ejercicio de nuestros derechos civiles y que por este medio otorgamos CARTA

PODER de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: Somos progenitores

del joven WILSON RAMIRO MAQUIN CU quien se identifica con su certificado de

nacimiento que contiene el código de Identificación -CUI - tres mil doscientos

ochenta y cuatro; setenta y siete mil doscientos veintidós; mil seiscientos siete (3284

77222 1607), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la

República de Guatemala, Centroamérica; SEGUNDA: Manifestamos de forma

voluntaria que mi menor hijo a viajado a los Estados unidos de Norte América

por lo que se encuentra solo, en esa virtud, y en el ejercicio de la patria

potestad que ejercemos sobre nuestro menor hijo, otorgamos CARTA PODER

al joven ROGELIO TZUL XO, quien se identifica con el documento Personal de

Identificación -DPI-, dos mil quinientos treinta y uno; cero cero cuatrocientos

veintinueve; mil seiscientos siete (2531 00429 1607), extendido por el Registro

Nacional de las personas de la República de Guatemala, Centroamérica, persona de

nuestro Conocimiento y a la vez es primo de mi menor hijo, con residencia en 2639

Melbourne Ave Baltimore MD21230,quien puede ser contactado en el celular

4437681476; para que en nuestro nombre y representación autorizamos: a) Tenga

autoridad de cuidado temporal de nuestro menor hijo, en tanto y en cuanto nuestro hijo

vuelva a nuestra custodia física; o una agencia local, estatal o federal modifique su
estado de custodia o un tribunal de justicia lo cambie. B) Proporcione atención de

salud mental, odontológica y médica a nuestro hijo, c) Proporcione bienestar mental y

físico a nuestro hijo, que incluye, entre otros suministro de alimentos, refugio y

vestimenta. D) inscriba a nuestro hijo en la escuela, e) En el caso de una emergencia

(enfermedad grave, destrucción de hogar etc.), puede transferir temporalmente la

custodia física de nuestro menor hijo a otra persona que cumpla con los términos de

este acuerdo que se otorga a su primo. TERCERA: La presente carta poder se otorga

con tiempo indefinido e inicia a partir de la presente fecha. Por lo que solicitamos

respetuosamente, la autorización del presente documento que por este acto otorgo.

No habiendo más que hace constar y enterada de su contenido, objeto, validez y

efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y Firma únicamente el señor Oscar Maquin

Xol no así la señora Lucia Cu Caal quien por ignorar firmar deja la impresión dactilar

de nuestro dedo pulgar de su mano derecha, firmando a su ruego la señora Gloria Yoj,

quien es testigo civilmente capaz, idónea y de mi anterior conocimiento.

En el municipio de Santa María Cahabón, departamento de Alta Verapaz el dieciocho

de septiembre de dos mil veintidós, como Notaria DOY FE: Que las firmas que

anteceden son auténtica por haber sido signada el día de hoy en mi presencia por

OSCAR MAQUIN XOL, quien se identifica con el documento Personal de

Identificación –DPI- mil ochocientos cincuenta y uno; ochenta y ocho mil ochenta y
siete; mil seiscientos siete (1851 88087 1607), y la impresión dactilar del dedo pulgar

de la mano derecha de la señora LUCIA CU CAAL quien por ignorar firmar la deja y

se identifica con el documento Personal de Identificación -DPI- dos mil setecientos

veintisiete; cuarenta mil ciento noventa y cinco; mil seiscientos siete (2727 40195

1607), ambos extendido por el Registro Nacional de las personas de la República de

Guatemala, Centroamérica, firmando a su ruego la señorita firmando a su ruego la

señora Gloria Yoj, quien es testigo civilmente capaz, idónea y de mi anterior

conocimiento.
Santa María Cahabón, departamento de Alta Verapaz el día veintiuno de julio de dos

mil veintidós; nosotros PEDRO RAX CHOC, de cuarenta y siete años de edad,

casado, guatemalteco, agricultor, de este domicilio, se identifica con el documento

Personal de Identificación -DPI-, mil ochocientos cuarenta y cuatro; setenta y un mil

quinientos dieciséis; mil seiscientos doce (1844 71516 1612), y la señora MARIA

CAÁL COC de cuarenta y dos años de edad, casada, guatemalteca, ama de casa, de

este domicilio, se identifica con el documento Personal de Identificación -DPI-, mil

ochocientos ochenta y cuatro ; treinta y cuatro mil ochocientos cuarenta y cuatro; mil

seiscientos doce (1884 34844 1612), ambos extendido por el Registro Nacional de las

personas de la República de Guatemala, Centroamérica. Aseguramos que nos

encontramos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles y que por este medio

otorgamos CARTA PODER de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA:

Somos progenitores del joven SERGIO MANUEL ALEXANDER RAX CAAL quien se

identifica con su certificado de nacimiento que contiene el código de


Identificación -CUI- tres mil trescientos treinta y ocho; cero ocho mil seiscientos

ochenta y uno; mil seiscientos doce (3338 08681 1612), extendido por el Registro

Nacional de las Personas de la República de Guatemala, Centroamérica;

SEGUNDA: Manifestamos de forma voluntaria que mi menor hijo a viajado a

los Estados unidos de Norte América por lo que se encuentra solo, en esa

virtud, y en el ejercicio de la patria potestad que ejercemos sobre nuestro

menor hijo, otorgamos CARTA PODER al joven WILSON ROBERTO MAQUIN

RAX, quien se identifica con el documento Personal de Identificación -DPI-, tres

mil trescientos treinta y dos; cincuenta y tres mil trescientos ochenta y ocho, mil

seiscientos doce (3332 53388 1612), ambos extendido por el Registro Nacional de las

personas de la República de Guatemala, Centroamérica, persona de nuestro

Conocimiento y a la vez es primo de mi menor hijo, con residencia en 122 High Street

Apto B Seaford Delaware, para que en nuestro nombre y representación autorizamos:

a) Tenga autoridad de cuidado temporal de nuestro menor hijo, en tanto y en cuanto

nuestro hijo vuelva a nuestra custodia física; o una agencia local, estatal o federal

modifique su estado de custodia o un tribunal de justicia lo cambie. B) Proporcione

atención de salud mental, odontológica y médica a nuestro hijo, c) Proporcione

bienestar mental y físico a nuestro hijo, que incluye, entre otros suministro de

alimentos, refugio y vestimenta. D) inscriba a nuestro hijo en la escuela, e) En el caso

de una emergencia (enfermedad grave, destrucción de hogar etc.), puede transferir

temporalmente la custodia física de nuestro menor hijo a otra persona que cumpla con

los términos de este acuerdo que se otorga a su primo. TERCERA: La presente carta

poder se otorga con tiempo indefinido e inicia a partir de la presente fecha. Por lo que

solicitamos respetuosamente, la autorización del presente documento que por este

acto otorgo. No habiendo más que hace constar y enterada de su contenido, objeto,

validez y efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y por ignorar firmar, firman la

señorita María Elizabeth Martínez, y dejamos la impresión dactilar de nuestro dedo

pulgar de la mano derecha, respectivamente.


En el municipio de Santa María Cahabón, departamento de Alta Verapaz el veintiuno

de julio de dos mil veintidós, como Notaria DOY FE: Que la firma que antecede es

auténtica por haber sido signada el día de hoy en mi presencia por la señorita María

Elizabeth Martínez, y las impresiones dactilares de los dedos pulgares de la mano

derecha de los señores PEDRO RAX CHOC, de cuarenta y siete años de edad,

casado, guatemalteco, agricultor, de este domicilio, se identifica con el documento

Personal de Identificación -DPI-, mil ochocientos cuarenta y cuatro; setenta y un mil

quinientos dieciséis; mil seiscientos doce (1844 71516 1612), y la señora MARIA

CAÁL COC de cuarenta y dos años de edad, casada, guatemalteca, ama de casa, de

este domicilio, se identifica con el documento Personal de Identificación -DPI-, mil

ochocientos ochenta y cuatro ; treinta y cuatro mil ochocientos cuarenta y cuatro; mil
seiscientos doce (1884 34844 1612), ambos extendido por el Registro Nacional de las

personas de la República de Guatemala, Centroamérica. Quien vuelve a firmar y dejar

la impresión dactilar del dedo pulgar de la mano derecha, respectivamente.


En Santa María Cahabón, departamento de Alta Verapaz el día trece de junio dos mil

veintidós; nosotros MARTÍN RÁX CHOC, de cuarenta y ocho años de edad, casado,

guatemalteco, agricultor, de este domicilio, se identifica con el documento Personal de

Identificación -DPI-, mil novecientos veintinueve, sesenta y siete mil doscientos treinta

y siete; mil seiscientos doce (1929 77237 1612), y la señora HILARIA BOLÓN TÉ de

cuarenta y ocho años de edad, casada, guatemalteca, ama de casa, de este domicilio,

se identifica con el documento Personal de Identificación -DPI-, mil ochocientos

ochenta y tres; cincuenta y nueve mil ciento cuarenta y uno; mil seiscientos doce

(1883 59141 1612), ambos extendido por el Registro Nacional de las personas de la

República de Guatemala, Centroamérica. Aseguramos que nos encontramos en el

libre ejercicio de nuestros derechos civiles y que por este medio otorgamos CARTA

PODER de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: Somos progenitores

del joven HENRY VALDEMAR RAX BÓLOM quien se identifica con su certificado

de nacimiento que contiene el código de Identificación -CUI - tres mil trescientos

treinta y siete; noventa y nueve mil doscientos cuarenta, mil seiscientos doce (3337

99240 1612), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la

República de Guatemala, Centroamérica; SEGUNDA: Manifestamos de forma

voluntaria que mi menor hijo a viajado a los Estados unidos de Norte América

por lo que se encuentra solo, en esa virtud, y en el ejercicio de la patria


potestad que ejercemos sobre nuestro menor hijo, otorgamos CARTA PODER

al joven WILSON ROBERTO MAQUIN RAX, quien se identifica con el

documento Personal de Identificación -DPI-, tres mil trescientos treinta y dos;

cincuenta y tres mil trescientos ochenta y ocho, mil seiscientos doce (3332 53388

1612), ambos extendido por el Registro Nacional de las personas de la República de

Guatemala, Centroamérica, persona de nuestro conocimiento y a la vez es primo de

mi menor hijo, con residencia en 122 High Street Apto B Seaford Delaware, para que

en nuestro nombre y representación autorizamos: a) Tenga autoridad de cuidado

temporal de nuestro menor hijo, en tanto y en cuanto nuestro hijo vuelva a nuestra

custodia física; o una agencia local, estatal o federal modifique su estado de custodia

o un tribunal de justicia lo cambie. B) Proporcione atención de salud mental,

odontológica y médica a nuestro hijo, c) Proporcione bienestar mental y físico a

nuestro hijo, que incluye, entre otros suministro de alimentos, refugio y vestimenta. D)

inscriba a nuestro hijo en la escuela, e) En el caso de una emergencia (enfermedad

grave, destrucción de hogar etc.), puede transferir temporalmente la custodia física de

nuestro menor hijo a otra persona que cumpla con los términos de este acuerdo que

se otorga a su primo. TERCERA: La presente carta poder se otorga con tiempo

indefinido e inicia a partir de la presente fecha. Por lo que solicitamos

respetuosamente, la autorización del presente documento que por este acto otorgo.

No habiendo más que hace constar y enterada de su contenido, objeto, validez y

efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y por ignorar firmar, firman la señorita María

Elizabeth Martínez, y dejamos la impresión dactilar de nuestro dedo pulgar de la mano

derecha, respectivamente.
En el municipio de Santa María Cahabón, departamento de Alta Verapaz el doce de

junio de dos mil veintidós, como Notaria DOY FE: Que la firma que antecede es

auténtica por haber sido signada el día de hoy en mi presencia por la señorita María

Elizabeth Martínez, y las impresiones dactiles de los dedos pulgares de la mano

derecha de los señores MARTÍN RÁX CHOC, de cuarenta y ocho años de edad,

casado, guatemalteco, agricultor, de este domicilio, se identifica con el documento

Personal de Identificación -DPI-, mil novecientos veintinueve, sesenta y siete mil

doscientos treinta y siete; mil seiscientos doce (1929 77237 1612), y la señora

HILARIA BOLÓN TÉ de cuarenta y ocho años de edad, casada, guatemalteca, ama

de casa, de este domicilio, se identifica con el documento Personal de Identificación -

DPI-, mil ochocientos ochenta y tres; cincuenta y nueve mil ciento cuarenta y uno; mil

seiscientos doce (1883 59141 1612), ambos extendido por el Registro Nacional de las

personas de la República de Guatemala, Centroamérica. Quien vuelve a firmar y dejar

la impresión dactilar del dedo pulgar de la mano derecha, respectivamente.


En la ciudad de Cobán, Alta Verapaz, el veinticinco de enero de dos mil veintiuno Yo Martha

Guisela Diaz Alonso, Notaria, DOY FE: Que la firma que antecede es AUTENTICA, por haber

sido puestas hoy, en mi presencia, por el señor REYNA NOHEMI CHOC CHOC DE MACZ, se
identifica con el documento Personal de Identificación -DPI-, mil seiscientos ochenta y cuatro;

cero dos mil novecientos sesenta y tres; mil seiscientos uno (1684 02963 1601), ALVARO

MACZ CÚ se identifica con el documento Personal de Identificación -DPI-, mil ochocientos

cincuenta y uno; noventa y cuatro mil novecientos ochenta y dos; mil seiscientos uno (1851

94982 1601),ambos Extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de

Guatemala, la cual constan en CARTA PODER EN DOCUMENTO PRIVADO, contenido en

una hojas de papel bond tamaño oficio, las cuales, numero, sello y firmo. EL signatario vuelve a

firmar al pie de la presente acta de legalización de firmas, junto a la notaria que autoriza.
En la ciudad de Coban, Alta Verapaz el día diez de junio dos mil veintiuno; yo ELVIRA

SAGUI ACTE, de treinta y nueve, casa, guatemalteco, ama de casar, de este

domicilio, se identifica con el documento Personal de Identificación -DPI-, DOS MIL

SEISICIENTOS DIEIDICESISEIS ( 2559 14741 16041, casada, guatemalteca, ama de

casa, de este domicilio, se identifica con el documento Personal de Identificación -

DPI-, mil ochocientos seiscentos dieciste; setenta y seite omill , mil sesientros nueve

( 16178 14557 19096), ambos extendido por el Reistro Nacional de laS perSONASa}

quieh se identifica con el documento Personal de Identificación –DPI- 2559 14744) y

quien se encuentra registrado en el Registro Civil Del Registro Nacional de las

Personas, de la República de Guatemala, con Código Único de Identificación -CUI-

tres mil trescientos treinta y seis; treinta mil diecisiete; mil seiscientos doce (3336

30017 1612), de nacimientos; así como su certificado de nacimiento partida número

seiscientos once (611), folio doscientos sesenta y nueve (269), libro ciento cuarenta y

uno (141) de Santa María Cahabón, Alta Verapaz, Guatemala. Así mismo ruego a las

autoridades Migratorias, Aduanales, de Policía, y Consulares de la República de los

Estados Unidos de Norte América, NO OBSTACULIZAR SU LIBRE TRANSITO, Y

PRESTARLE EL AUXILIO NECESARIO, cuando así lo requiera, toda vez que goza

de las más amplias facultades como amigo del menor, y que doy la más amplia

autorización para que él pueda viajar fuera del país y en especial a la República de los

Estados Unidos de Norte América, en busca de mejorar su calidad de vida, y poder


estudiar. No habiendo más que hacer constar finalizo y queda contenida en esta única

hoja de papel bond. Le doy lectura al documento y bien enterado de su contenido,

objeto, efectos legales, lo acepto, ratifico y firmo.

En Santa María Cahabón, Alta Verapaz, el dos de junio de dos mil veintiuno Yo Martha

Guisela Diaz Alonso, Notaria, DOY FE: Que las firmas que anteceden son

AUTENTICAS, por haber sido puestas hoy, en mi presencia, por RAMIRO IXÍM

CHOC, se identifica con el documento Personal de Identificación -DPI-, dos mil

quinientos cincuenta; diez mil ochocientos dieciocho; mil seiscientos doce (2550 10818

1612), y CONCHITA CAAL CAC DE IXÍM se identifica con el documento Personal de

Identificación -DPI-, mil ochocientos noventa y dos; treinta y nueve mil cuatrocientos

noventa y dos; mil seiscientos doce (1892 39492 1612), ambos extendidos por el

Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, la cual constan en

CARTA PODER EN DOCUMENTO PRIVADO, contenido en una hojas de papel bond

tamaño oficio, la cual, numero, sello y firmo. Los signatarios vuelven a firmar al pie de

la presente acta de legalización de firmas, junto a la notaria que autoriza.


En la ciudad de Cobán, Alta Verapaz el día veinticinco de enero dos mil

veintiuno; yo OSWALDO ADÁN CHIQUIN CAAL, de cuarenta y siete años,

casado, guatemalteco, pastor evangélico, de este domicilio, se identifica con

e+l documento Personal de Identificación -DPI-, tres mil seiscientos veintiocho;

treinta y dos mil cuatrocientos setenta y uno; mil seiscientos doce (3628 32471

1612), Extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de

Guatemala, para hacer constar por medio de esta CARTA PODER EN

DOCUMENTO PRIVADO, expresamente se autoriza a mi esposa ANA DALIA

POP PRADO DE CHIQUIN, quien se identifica con el documento Personal de

Identificación –DPI- dos mil seiscientos treinta y tres; cincuenta y siete mil

quinientos cuarenta y seis; mil seiscientos uno (2633 57546 1601), extendido

por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, para

que pueda recibir a nuestro menor hijo que responde al nombre de FRANK

HAMILTON ADÁN CHIQUIN POP, quien se encuentra registrado en el

Registro Civil Del Registro Nacional de las Personas, de la República de

Guatemala, con Código Único de Identificación -CUI- tres mil quinientos

noventa y ocho; ochenta mil doscientos sesenta y seis; mil seiscientos uno

(3598 80266 1601), de nacimientos; así como su certificado de nacimiento

partida número tres mil seiscientos noventa y siete ( 3697), folio ochenta ( 80),

libro doscientos setenta y cuatro( 274) de Cobán, Alta Verapaz. Así mismo

ruego a las autoridades Migratorias, Aduanales, de Policía, y Consulares de la

República de los Estados Unidos de Norte América, NO OBSTACULIZAR SU


LIBRE TRANSITO, Y PRESTARLE EL AUXILIO NECESARIO, cuando así lo

requiera, toda vez que goza de las más amplias facultades como madre del

menor, y que doy la más amplia autorización para que él pueda viajar fuera del

país y en especial a la República de los Estados Unidos de Norte América, en

busca de mejorar su calidad de vida, y poder estudiar. No habiendo más que

hacer constar finalizo y queda contenida en esta única hoja de papel bond. Le

doy lectura al documento y bien enterado de su contenido, objeto, efectos

legales, lo acepto, ratifico y firmo.

En la ciudad de Cobán, Alta Verapaz, el veinticinco de enero de dos mil

veintiuno Yo Martha Guisela Diaz Alonso, Notaria, DOY FE: Que la firma que

antecede es AUTENTICA, por haber sido puestas hoy, en mi presencia, por el

señor OSWALDO ADÁN CHIQUIN CAAL, se identifica con el documento

Personal de Identificación -DPI-, tres mil seiscientos veintiocho; treinta y dos

mil cuatrocientos setenta y uno; mil seiscientos doce (3628 32471 1612),

Extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de

Guatemala, la cual constan en CARTA PODER EN DOCUMENTO PRIVADO,

contenido en una hojas de papel bond tamaño oficio, las cuales, numero, sello

y firmo. EL signatario vuelve a firmar al pie de la presente acta de legalización

de firmas, junto a la notaria que autoriza.


En la ciudad de Cobán, Alta Verapaz el día veinticinco de enero dos mil

veintiuno; yo REYNA NOHEMI CHOC CHOC DE MACZ, de treinta y siete

años, casado, guatemalteco, ama de casa, de este domicilio, se identifica con

el documento Personal de Identificación -DPI-, mil seiscientos ochenta y cuatro;

cero dos mil novecientos sesenta y tres; mil seiscientos uno (1684 02963

1601), Extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de

Guatemala, y ALVARO MACZ CÚ de treinta y seis años, casado,

guatemalteco, albañil, de este domicilio, se identifica con el documento

Personal de Identificación -DPI-, mil ochocientos cincuenta y uno; noventa y

cuatro mil novecientos ochenta y dos; mil seiscientos uno (1851 94982 1601),

Extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de

Guatemala para hacer constar por medio de esta CARTA PODER EN

DOCUMENTO PRIVADO, expresamente se autoriza a ANA DALIA POP

PRADO DE CHIQUIN, quien se identifica con el documento Personal de

Identificación –DPI- dos mil seiscientos treinta y tres; cincuenta y siete mil

quinientos cuarenta y seis; mil seiscientos uno (2633 57546 1601), extendido

por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, para

que pueda recibir a nuestro menor hijo, que responde al nombre de CRISTIAN

ADRIAN MACZ CHOC, quien se encuentra registrado en el Registro Civil Del

Registro Nacional de las Personas, de la República de Guatemala, con Código

Único de Identificación -CUI- dos mil ochocientos cuarenta y uno; cincuenta y dos

mil quinientos ochenta y siete; mil seiscientos uno (2841 52587 1601), de

nacimientos; así como su certificado de nacimiento partida número tres mil


cuatrocientos cincuenta y ocho (3458), folio cuatrocientos cuarenta y siete

(447), libro trescientos cuatro (304) de Cobán, Alta Verapaz. Así mismo ruego a

las autoridades Migratorias, Aduanales, de Policía, y Consulares de la

República de los Estados Unidos de Norte América, NO OBSTACULIZAR SU

LIBRE TRANSITO, Y PRESTARLE EL AUXILIO NECESARIO, cuando así lo

requiera, toda vez que goza de las más amplias facultades como tía del menor,

y que damos la más amplia autorización para que él pueda viajar fuera del país

y en especial a la República de los Estados Unidos de Norte América, en busca

de mejorar su calidad de vida, y poder estudiar. No habiendo más que hacer

constar, finalizo y está contenida en esta única hoja de papel bond. Le damos

lectura al documento y bien enterados de su contenido, objeto, efectos legales,

lo acepto, ratifico y firmamos.

En la ciudad de Cobán, Alta Verapaz, el veinticinco de enero de dos mil veintiuno Yo Martha

Guisela Diaz Alonso, Notaria, DOY FE: Que la firma que antecede es AUTENTICA, por haber

sido puestas hoy, en mi presencia, por el señor REYNA NOHEMI CHOC CHOC DE MACZ, se

identifica con el documento Personal de Identificación -DPI-, mil seiscientos ochenta y cuatro;

cero dos mil novecientos sesenta y tres; mil seiscientos uno (1684 02963 1601), ALVARO

MACZ CÚ se identifica con el documento Personal de Identificación -DPI-, mil ochocientos

cincuenta y uno; noventa y cuatro mil novecientos ochenta y dos; mil seiscientos uno (1851

94982 1601),ambos Extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de

Guatemala, la cual constan en CARTA PODER EN DOCUMENTO PRIVADO, contenido en

una hojas de papel bond tamaño oficio, las cuales, numero, sello y firmo. EL signatario vuelve a

firmar al pie de la presente acta de legalización de firmas, junto a la notaria que autoriza.
En la ciudad de Cobán, Alta Verapaz el día veinticinco de re de dos mil

dieciocho; nosotros EDWIN ARTURO CHACÓN GONZÁLEZ, de sesenta y tres

años, casado, guatemalteco, comerciante, de este domicilio, se identifica con el

documento Personal de Identificación -DPI-, mil novecientos ochenta, setenta y

cuatro mil doscientos noventa y ocho, mil seiscientos uno (1980 74298 1601),

Extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de

Guatemala y la señora LILIAN ELISABETH ALONSO GARCÍA DE CHACÓN,

de sesenta y tres años, casada, guatemalteca, Jubilada del Estado, de este

domicilio, se identifica con el documento Personal de Identificación -DPI-, mil

setecientos veintiséis, sesenta mil quinientos setenta y dos, mil seiscientos uno

(1726 60572 1601), Extendido por el Registro Nacional de las Personas de la

República de Guatemala; ambos con residencia en la quinta avenida uno guion

cero cinco de la zona siete de Cobán, Alta Verapaz, para hacer constar por

medio de esta CARTA PODER EN DOCUMENTO PRIVADO, expresamente

se autoriza a MARTHA GUISELA DIAZ ALONSO, quien se identifica con el

documento Personal de Identificación –DPI- dos mil doscientos treinta y uno,

noventa y tres mil trescientos cincuenta y seis, cero ciento uno (2231 93356

0101), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de

Guatemala, para que pueda sacar del país a nuestro menor hijo que responde

al nombre de EDWIN ALEJANDRO CHACON ALONSO, quien se encuentra

registrado en el Registro Civil Del Registro Nacional de las Personas, de la

República de Guatemala, con Código Único de Identificación -CUI- dos mil

setecientos setenta y tres, veinticinco mil ciento cuarenta y cinco, mil

seiscientos uno (2773 25145 1601), de nacimientos; así como su pasaporte


Guatemalteco con número doscientos setenta y siete millones trescientos

veinticinco mil ciento cuarenta y cinco (277325145), extendido por la República

de Guatemala. Así mismo ruego a las autoridades Migratorias, Aduanales, de

Policía, y Consulares de la República de los Estados Unidos de Norte América,

NO OBSTACULIZAR SU LIBRE TRANSITO, Y PRESTARLE EL AUXILIO

NECESARIO, cuando así lo requiera, toda vez que goza de las más amplias

facultades como hermana del menor, y que damos la más amplia autorización

para que él pueda viajar fuera del país y en especial a la República de los

Estados Unidos de Norte América. No habiendo más que hacer constar se

termina la presente en el mismo lugar y fecha treinta minutos más tarde de su

inicio, la que está contenida en esta única hoja de papel bond. Le damos

lectura al documento y bien enterados de su contenido, objeto, efectos legales,

lo aceptamos, ratificamos y firmamos.

En la ciudad de Cobán, Alta Verapaz, MAGDA LUCILA ISEM DE LA ROSA,

Notaria, DOY FE: Que las firmas que anteceden son AUTENTICAS, por haber

sido puestas hoy, en mi presencia, por los señores EDWIN ARTURO CHACÓN

GONZÁLEZ, quien se identifica con el documento Personal de Identificación -

DPI-, mil novecientos ochenta, setenta y cuatro mil doscientos noventa y ocho,

mil seiscientos uno (1980 74298 1601), y la señora LILIAN ELISABETH

ALONSO GARCÍA DE CHACÓN, quien se identifica con el documento


Personal de Identificación -DPI-, mil setecientos veintiséis sesenta mil

quinientos setenta y dos mil, mil seiscientos uno (1726 60572 1601), ambos

extendidos por el Registro Nacional de las Personas de la República de

Guatemala, las cuales constan en CARTA PODER EN DOCUMENTO

PRIVADO, contenido en dos hojas de papel bond tamaño oficio, las cuales,

numero, sello y firmo. Los signatarios vuelven a firmar al pie de la presente

acta de legalización de firmas, junto a la notaria que autoriza.

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