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2000 Competencia Desleal Lexco VS Datacvol Fvje
2000 Competencia Desleal Lexco VS Datacvol Fvje
2000 Competencia Desleal Lexco VS Datacvol Fvje
NOTIFÍQUESE.
El Magistrado,
I. ANTECEDENTES
a)
Desde la constitución de Lexco S.A.,
mediante escritura pública No.1277 de 26 de agosto de 1983 de la Notaría
16 de este círculo, se dedicó a desarrollar su objeto social en la distribución y
comercialización en el mercado nuestro de los productos Canon, tales como
copiadoras Canon P.C., copiadoras Canon N.P. y facsímiles Canon,
colocando todo su empeño en abrir los mercados, conseguir clientela y
colocar en primeros lugares la línea en mención a través de la capacitación y
formación de personal para cumplir con amplia solvencia la difícil labor de
aglutinar clientes.
b)
Mediante escritura pública No. 4531 de
octubre 28 de 1994 de la Notaría 35 de Bogotá se constituyó la sociedad
comercial Datacol S.A. y, desde el mismo momento de su creación dio inicio
a un proceso de sustracción de personal calificado al servicio de Lexco S.A.
(entrenado y capacitado por la entidad actora), vinculándolos mediante
procedimientos vedados por las leyes y prácticas mercantiles, tales como
ofrecimiento de mejores salarios, lo que significó el traslado de esos
conocimientos y procedimientos comerciales, así como la desvinculación de
numerosos e importantes clientes que había conseguido la demandante a lo
largo de más de 10 años de actividad comercial, entre ellos, el Banco de la
República, Banco de Colombia, Inextra, Color Copias, Auros Copias, B.P.
Exploration, E & S Distribuidor Medellín, Canel Distribuidor Cartagena,
Proventas Distribuidor Ibagué, Ericsson de Colombia, entre otros.
2.
El artículo 333 de la Carta Política
preceptúa “La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de
los límites del bien común. Para su ejercicio, nadie podrá exigir permisos
previos ni requisitos, sin autorización de la ley. La libre competencia
económica es un derecho de todos que supone responsabilidades. La
empresa, como base del desarrollo, tiene una función social que implica
obligaciones…”.
3. LEY APLICABLE
Relación de causalidad
6. LAS EXCEPCIONES
III. DECISION
Exp.No. 0364A. Competencia Desleal : Lexco S.A. Vs. Datacol S.A.. 19
RESUELVE:
CÓPIESE Y NOTIFÍQUESE
I. ANTECEDENTES
III. DECISION
RESUELVE:
CÓPIESE Y NOTIFÍQUESE.