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Escritura Pública 126 Del 2 de Febrero de 2018 Final
Escritura Pública 126 Del 2 de Febrero de 2018 Final
Escritura Pública 126 Del 2 de Febrero de 2018 Final
AOUY9I HJUGOG3Y4G
domiciliado en esta ciudad identificado con cédula de. ciudadanía número:
/ / ¡
70.509.535 expedida en ltagui; é nacionalidad colombianas quien actúa en su
)1i)c I uOtar t Ipara tigo exc limúo be cov iao
j,tpd .'riit pm u
En Bogotá D.C., siendo las 8:30 am. del día 17 de enero de 2018, en cumplimiento
de lo previsto en el Articulo 26 de los Estatutos de la Sociedad contenidos en la
Escritura Pública No. 5291 del 14 de Diciembre de 2016 de la Notaría Primera de!
Circulo de Bogotá, se efectuó la Reunión Extraordinaria de la Asamblea General de
Accionistas de la Empresa Metro de Bogotá S.A. en la Sala de Juntas Calle 72 de la
empresa Metro de Bogotá, previa convocatoria realizada mediante oficio de fecha 21
de diciembre de 2017 que fuera enviado físicamente y por correo electrónico por el
Gerente General y Representante Legal de Empresa Metro de Bogotá S.A. a cada
uno de los miembros de la Asamblea.
En la reunión participaron:
Miembros de la Asamblea General de Accionistas:
c LLLU
SAC203127927
Pág. No 3
Otros asistentes.
Dr. Andrés Escobar Gerente General de la Empresa Metro de Bogotá S.A.
Dra Gloria Cristina Orozco Gerente Administrativa y Financiera de la Empresa Metro
de Bogotá S.A.
Dra, Sandra Saavedra, Gerente de Contratación de la Empresa Metro de Bogotá S.A.
Dr. Daniel Isaza Gerente Ejecutivo y de Estructuración de la Empresa Metro de
Dra. Luisa Fernanda Mora Mora, Jefe Oficina Asesora Jurídica de la Empresa Metro.
de Bogotá S.A.
De conformidad con la convocatoria el orden del día sometido a consideración fue el;
DM18ZTCNX6Q66TM2
siguiente:
Verificación del QuorLim.
1. Designación de Presidente de la Asamblea.
2. Designación del Secretario de la Asamblea.
3. Propuesta de modificación de estatutos sociales de la Empresa Metro de Bogotá.
4. Varios.
S. Lectura y aprobación del acta.
DESARROLLO DEL ORDEN DEL DIA
1. Verificación del Quórum.
En virtud de lo previsto en el artículo 30 de los estatutos, QUORUM
DELIBERA TIVO. "Constituirá quórum para de/ibera,; un número plural de socios que
representen, por lo menos, la mitad más una de las acciones suscritas a la fecha de
la reunión". Verificado el quórum requerido en estatutos y al encontrarse
representadas la totalidad de las acciones suscritas por estar reunidos y
representados válidamente la totalidad de los socios, se deja constancia expresa
que hay quórum para deliberar y decidir.
A ¡,04 02 0874 7
.R.ág. No 5
SAC40352792
deben surtirse para dar cumplimiento a los compromisos son los siguientes:
a. La Asamblea de accionistas deberá sesionar y aprobar la modificación
estatutaria;
IUfJJ
b. El acta de la Asamblea deberá protocolizarse mediante escritura pública;
IIIllillifli II
c. Previamente a la protocolización, deberá surtirse el procedimiento de reparto
bo
día hábil).
III Iii II
d. La protocolización dependerá del procedimiento y tiempos definidos por la
IM pava 1I50 exiiiioiuo be copiao be cocritiivao púbLtcao
U35X3DJAN5IEG4HH
cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de cofinanciación:
1. Con ocasión de estas obligaciones, a partir de las recomendaciones del:
Consultor Deloitte-Durán& Osario, y de las mesas do trabajo realizadas con el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se elaboró una propuesta de
modificación de estatutos, que se somete hoy a consideración de la
Asamblea.
2. En materia de la Declaración Unilateral o Acuerdo de Accionistas, la EMB
solicitó a la Secretaría Jurídica Distrital el liderazgo en el cierre del texto, por
tratarse de un documento que suscribe el Alcalde Mayor y los demás
accionistas.
3. Para la nominación de los miembros independientes (3), el MHCP propone
que el acuerdo de accionistas o declaración unilateral de los mismos, prevea
la obligación de los socios de la EMB de votar a favor de los miembros
designados por el Gobierno Nacional de manera expresa, a efectos de dar
cumplimiento a lo previsto en el Convenio de Cofinanciación.
tI 11 \.IU II ' f 1 1 1I
Pág. No.6
604F30AP3F3320O)
estar conformada por 1) El y) un delegado permanente del Ministro
Alcalde Mayor del Distrito de Transporte;
Capital o su delegado; Ii) El vi) Un delegado permanente del Director
Secretario Distrital de Movilidad; de Planeación Nacional y
iii) El Secretario Distrital de vii) Tres miembros independientes que
Hacienda; iv) Un delegado del serán nombrados de conformidad con lo
Ministro de Hacienda; y) un previsto en los presentes estatutos.
delegado del Ministro de
Transporte; vi) Un delegado del Parágrafo 1: Los miembros de Junta Directiva
Director de Planeación Nacional que tengan el carácter de servidores públicos
y vi¡) Tres miembros actuarán en razón del cargo que ocupan y no
independientes que serán a título personal. En consecuencia, si se
nombrados de conformidad con desvincula del cargo el puesto en la junta
los previsto en los presentes será suplido automáticamente por quien sea
estatutos. designado en s7rectnplazo.
(p&l i&ilC i1I ttI 1 fl ('1h 1%Cr. tu lt%c1 puIni ' (itow.,a r 1i It tE, 1
Pág. No 8
SAC903527924
a) Los gastos de alojamiento,
alimentación y transporte aéreo y terrestre, de
acuerdo con lo establecido en el Reglamento
lililif111111111111 III
que adopto la EMB, CO/7 el fin de que puedan
ejercer su función a cabal/dad,
b) Los gastos relacionados con
capacitaciones y actualizaciones que
requiera;
c) Los costos asociados a la póliza de
responsabilidad civil para directores y
KNJ3RGXOFEWOVU2
administradores de la Empresa Metro do
Bogotá, o cualquier otra garantía que haga
sus veces.
2. ARTÍCULOS TRANSITORIOS
ARTICULO TRANSITORIO 1. - PROCEDIMIENTO DE NOMBRAMIENTO DE
MIEMBROS INDEPENDIENTES.
(1) PROCESO DE NOMINACIÓN Y ELECCIÓN DE MIEMBROS
INDEPENDIENTES: Los tres (3) miembros independientes de la Junta Directiva de
la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ serán elegidos y nombrados por la Asamblea
General de Accionistas así: dos (2) miembros nominados de común acuerdo entre el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Transporte a partir de
ternas elaboradas y presentadas por la Sociedad Colombiana de Ingenieros y una
institución de Educación Superior debidamente acreditada por el Ministerio de
Educación Nacional; y el otro miembro será nominado por el Alcalde Mayor de
Bogotá D. C., a partir de una (1) terna elaborada y presentada por ProBo gotá.
Pág. No 11.
27923
6.2 de la Cláusula 6 del Convenio de Cofinanciación.
Las ternas que proveerán las mencionadas entidades deberán estar integradas por,
personas idóneas para ocupar esa posición, en los términos que establece el
numeral (III) del presente artículo.
En el evento en que algún miembro independiente de la Junta Directiva rcnuncie
su designación, fallezca, se incapacite, o incurre en una inhabilidad o
incompatibilidad para el ejercicio de sus funciones, el Presidente de la Junta.
p úb licas iei Li tl
Directiva, pedirá una nueva terna a la entidad que hubiese provisto la terna de donde
fue seleccionado el respectivo miembro de junta, y proveerá el reemplazo:
correspondiente siguiendo el procedimiento consagrado en esta cláusula.
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pp e l notaI, (P,11,1 ii ocxdu to bc cop lasbe c t r,l u
(i,) Ministro,
(ii) Viceministro;
(iii) Director de Departamento Administrativo
del orden nacional o territorial;
SAC303527922
(iv) Superintendente,-
uperintendente;
tertificaba0 p bortinicatow M n icIjibo notarial
(v)
(y) Director de Unidad Administrativa Especial
del orden nacional o territorial;
Jiipil t,Çiiipaca
Bogotá y un año más, cualquier modificación a los Estatutos Sociales deberá contar
con la aprobación previa cíe la Junta Directiva.
3. ADICIONES A LOS ARTÍCULOS EXISTENTES
ARTICULO 44— FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA.
[ 1
14. Establecer los criterios con los que deberá cumplir quien sea designado como
Gerente General cíe la Empresa.
15. Evaluar el desempeño del Gerente General y emitir un informe al respecto
para consideración cíe! Alcalde Mayor de Bogotá D. C., cuando lo considere
pertinente.
16. Solicitar al Alcalde Mayor de Bogotá D. C., la remoción del Gerente General,
cuando lo considere pertinente.
17. Proponer al Alcalde Mayor de Bogotá D. C., una terna de candidatos para la
posición cíe Gerente General de la Empresa cuando se ejerza la facultad a la que se
refiere el numeral anterior, o cuando se deba nombrar o reemplazar el Gerente
General.
18. Revisa,; complementar y adoptar el Código de Buen Gobierno de la Empresa,
el cual será de obligatorio cumplimiento para todos los estamentos de la misma.
19. Ejercer las demás funciones que le establezca la Ley, estos Estatutos y el
Código de Buen Gobierno.
20. Revisar y proponer cambios a los términos del convenio de co financiación.
21. Aprobar los cambios de las condiciones de las operaciones de
endeudamiento de la EMB.
ARTÍCULO 75— PROCEDIMIENTO INTERNO DE REPORTE DE DENUNCIAS.---
La Junta Directiva deberá establecer el Procedimiento Interno de Reporte de
Denuncias que deberá adoptar la Empresa con el objetivo de crear canales
eficientes de denuncia y reporte de conductas ilegales, fraudulentas y/o contrarias a
los intereses de la Empresa. Para estos efectos, la Junta Directiva podrá solicitar
propuestas al Gerente de la Empresa.
Este procedimiento debe incluir mecanismos orientados a proteger a los funcionarios
que hagan denuncias, con el fin de evitar que sean despedidos de la Empresa, o
que su posición en la misma pueda ser afectada en cualquier forma, COO
191
tii11k.' 3_'I tt!3IIifl.'I.1
.1
fi 11 r 14 i
SAC50352792
Directiva determinará autónomamente si dicha función habrá do ser cumplida por el 1L
personal interno de la entidad, o por una entidad externa especializada que deberá
LL5BU8I7ZJH1HUPN
resultado de estas evaluaciones será divulgado al público de manera inmediata.
ipc( notarial para 1100 ex t 0ibo bt (013 ia0b
5. Varios.
El Doctor Andrés Escobar, Gerente de la Empresa Metro informa a la Asarnhlea
fli
- -
IIIII IIISAC703527920
- MINISTERIO DE JUST:ÍCIA Y DEL DERECHO
•
SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
DE Í3OGOTA - D. C.
A N E X 0 5
B48JUS1TKXW6NVA5
CLASE CONTRATO : 19* REFORMA ESTATUTOS
"ACTO SIN CUANTIA"
VALOR : $ O
NUMERO UNIDADES.:.
'.:. 1
OrÓRGANTE-UNO :: EMPRESA METRO 1E B-0-GOTA S. A.
OTORGANTE-DOS
.CATEGdRIA :A5' QUINTA
NOTARIAASIGNAJ)A: 12 DOCE HUELLA DACTILAR
Entrega SNR
5zól1tNotarílDoCe
Recibido por .985
HUELLA I)ACT1LAI-1
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1!ti .) Lf5IorA
ÁMAYOR
o Aoc D.c
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ACTA DEPOSESIÓNNo. 028
En Bogotá D.C., a los diezJiQ) días del mes de enero del año dos mil diecisiete (201,
compareció el doctor ANDRÉS DE JESÚS ESCOBAR URIBE, con el objeto de tomar posesión
20i a
ALCALOLA MAYOR
DE BoGOIA D.C.
MOVIIIDAO
Moho do Cogotá S.A.
SAC90352791
En Bogotá D.C., siendo las 8:30 a.m. del día 17 de enero de 2018, en cumplimiento de lo
previsto en el Artículo 26 de los Estatutos de la Sociedad contenidos en la Escritura Pública
En la reunión participaron:
Página 1 de 11
ALCALOk MAYOR
DE UOGOTÁ o..
MOVILiAO
Me,O de horQtJ S A.
Otros asistentes
Dr. Andrés Escobar Gerente General de la Empresa Metro de Bogotá S.A.
Dra, Gloria Cdstira Orozco Gerente Administrativa y Financiera de la Empresa Metro de
Bogotá S A.
Dra. Sandía Saavedra, Gerente de Contratación de la Empresa Metro de Bogotá S.A.
Dr. Daniel lsaza, Gerente Ejecutivo y de Estructuración de la Empresa Metro de Bogotá S.A.
Dr, Jorge Mario Tobón, Gerente Técnico de la Empresa Metro de Bogotá S.A.
Dra. Datila Hernandez, Secretaria Jurídica Distrital
Dr. Juan Pablo Bocarejo, Secretario Distrital de Movilidad
Dr. Camilo Barco, Director de Participaciones Estatales del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público
Dr. Felipe Calderón, Asesor del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Dra. Luisa Fernanda Mora Mora, Jefe Oficina Asesora Jurídica de la Empresa Metro de
Bogotá S.A.
Página 2 do 11
•.P
ALGA LO LA MAYOR
DE BOGOTA oc,
MOVaIDAD
Metro de 8ontá SA
Directiva y, a falta de éste, por su delegado y, a falta de ellos por la persona a quien designe
la Asamblea por mayoría de los votos correspondientes a las acciones representadas en la
reunión", la Asamblea por unanimidad designa a la Doctora Beatriz Arbeláez. como
Presidente de la reunión de Asamblea.
De conformidad con lo previsto en el articulo 29 de los estatutos "( ... ) La Asamblea tendrá
por secretario a la persona que designe el presidente de la misma Asamblea" se designa a
la Dra. Luisa Fernanda Mora Mora, como secretaria de la reunión ordinaria de la Asamblea.
El Bogotá
El señor Gerente General de la empresa Metro de Bogotá S.A. informa que el objeto de la
asamblea es (i) Cumplir los compromisos asumidos por el Distrito Capital al firmar el
Convenio de Cofinanciación el 9 de noviembre de 2017 y (II) Fijar la remuneración de los
miembros de la Junta Directiva.
Y9WFVCL7PSFFFX5C
"E/ Distrito se compromete en un plazo de tres (3) meses contados a partir de la firma del
Convenio a: (i) modificar los estatutos sociales de la EMB, a efectos de incluir, entre otros,
una función en cabeza de la Junta Directiva, en virtud de la cual ésta., a) deberá evaluar y, a
discreción de la Junta Directiva, informar al Alcalde Mayor de Bogotá de la gestión cJe!
Gerente. General de la EMB y solicitar su remoción; y b) proponerle al Alcalde Mayor cíe
Bogotá una tema de candidatos a ser nombrado como Gerente General cíe la EMB, y que
durante el periodo de construcción del Proyecto y un año más, cualquier modificación a los
estatutos sociales deberá contar con la aprobación y validación de su Junta Directiva, (u)
j emitir una declaración unilateral, y/o adoptar un acuerdo de accionistas, en el cual se
incluirá, entre otros, el compromiso de garantizar que la Nación tenga mayoría en la Junta
Directiva durante el periodo de construcción del Proyecto y un año más, y (iii,) en general, a
tomar todas (as medidas que• sean necesarias para que la EMB cumpla de manera
permanente con los más altos estándares de gobierno corporativo."
El plazo para cumplir lo acordado vence el 9 de febrero de 2018 y los pasos que 'deben
surtirse para dar cumplimiento a los compromisos son los siguientes:
El Gerente informa a la Asamblea sobre los avances en las actividades para dar
cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de cofinanciación:
ARTICULO
TEXTO ORIGINAL
36°.
MODIFICACIÓN
FUNCIONES. ARTICULO 360. FUNCIONES. Corresponde a la
7
Corresponde a la Asamblea de Asamblea de Accionistas dentro del marco legal que ¡
Accionistas dentro del mareo legal que autoriza la constitución de esta empresa:
autoriza la constitución de esta .
empresa:
( ... ) 3. Designar los miembros que (....) 3. Designar los miembros que integrarán la Junta
integrarán la Junta Directiva, Directiva conforme a lo dispuesto en los presentes
incluyendo los dos (2) miembros estatutos. :
independientes del articulo 38 de los
estatutos; salvo lo dispuesto en el
parágrafo del articulo 38 de los
estatutos y mientras se mantenga la
!'condición a!Ii prevista.
Página 4de 11
EIW
20 8 SAC30352791 7
ALCALDLA MAYOR
DE BOGOTA D.C.
MOVIUOAO
M.Un (le nogotá S.A.
¡ [
—Articulo 38 - Integración. La dirección y Artículo 38 - Integración. La dirección y administración
Administración de la empresa estará a de la Empresa estará a cargo de su Junta Directiva.
cargo de una Junta Directiva integrada
por un número impar de siete (7) En cumplimiento de lo previsto en 'el parágrafo del
miembros designados de conformidad artículo, 6 del Acuerdo 642 de 2016, y con ocasión de la
con los presentes estatutos. das de los suscripción del convenio de co financiación entra la
cuales serán independientes. (EP Nación y el Distrito Capital el 9 de noviembre de 2017,
2200/201 7) la conformación transitoria de la Junto Directiva, será
de 9 miembros, asl:
Parágrafo 1: Una vez se suscribo y
legalice con la Nación el Convenio de Q El Alcalde Mayor del Distrito Capital o su
Cofinanciación para la etapa de delegado permanente;
construcción del metro, más un año fi) El Secretario Distrital de Movilidad;
más, la Junta Directiva de la Empresa iii) El Secretario Disidía! de Hacienda,
METRO DE Bogotá S.A. deberá estar iv) Un delegado permanente de! Ministro de
conformada por 1) El Alcalde Mayor del Hacienda;
Distrito Capital o su delegado; Ii) El V) un delegado permanente del Ministro de
Secretario Distrital de Movilidad; ¡¡¡)¡El Transporte;
Secretario Distrital de Hacienda; iv) Un vi,) Un delegado permanente del Director de
delegado del Ministro de Hacienda; y) Planeación Nacional y
un delegado del Ministro de vii) Tres miembros independientes que serán
Transporte; vi) Un delegado del nombrados de conformidad con lo previsto en los
Director de Planeación Nacional y vi¡) pro.enles estatutos.
Tres miembros independientes que
serán nombrados de conformidad con Parágrafo 1: Los miembros de Junta Directiva que
los previsto en tos presentes estatutos. tengan el carácter de servidores públicos actuarán en
RY8DQM04COJM699R
razón del cargo que ocupan y no a título personal. En
Parágrafo 2: Los miembros de Junta consecuencia, si se desvinculo del cargo ol puesto en
Directiva que tengan el carácter de la junta será suplido automáticamente por quien sea
servidores públicos actuarán en razón designado en su reemplazo.
del cargo que ocupan y no a titulo
personal. En consecuencia, si se Parágrafo 2: Superado el periodo cíe construcción y un
presenta el retiro de la administración año más, según lo establecido en el artículo 6 del
pública de uno de estos servidores, el Acuerdo 642 de 2016, la Junta Directiva estará
cargo será suplido por quien sea integrada por 7 miembros, así:
designado en su reemplazo. i) El Alcalde Mayor del Distrito Capital o su
delegado permanente;
Ji) El Secretario Distrito! de Morilidacl;
iii) E! Secretario Distrito! de Hacienda:
iv,) El Secretario Distrito! do Planeación
y,) Tres miembros independientes que serán
ncmbrados de tres (3) ternas que le serán solicitadas
con treinta (30) dis calendario de anticipación a la
fecha de celebración de la respectiva asamblea a las
siguientes organizaciones: una (1) terna a ProBogotá,
una (1) tema a una institución de Educación Superior
debidamente acreditada por el Ministerio de Educación
Nacional y una (1) terno a la Sociedad Colombiana de
Ingenieros.
Página 5 de 11
ALCAUJtA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
MOVIIIOA()
Metro de Bogotá SA
2. ARTíCULOS TRANSITORIOS
Página 6 d 11
EJA - fJ
SAC50352791 6
u
ALCALDLA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
MOVIUDAD
Meto do Boginá S.A.
Las ternas que proveerán fas mencionadas entidades deberán estar integradas por personas
idóneas para ocupar esa posición, en /os términos que establece él numeral (ti/) del
presente artículo.
'IO PERIODO: Los miembros independientes serán designados por periodos de cinco (5)
años, y podrán ser reelegidos hasta por dos periodos. es decir, sin exceder los quince (15
j arios en total.
/
La solicitud de no reelección de un miembro independiente, 'tendrá que ser suscrita por el
Ministro de Hacienda y Crédito Público y el Ministro de Transporte, cuando se trato de los
miembros nominados por la Nación, o el Alcalde Mayor de Bogotá D. C.. cuando se trate de
los miembros nominados poro! Distrito, y la organización que elaboró la terna do candidatos,
según corresponda.
'lll IDONEIDAD: Las personas naturales que sean propuestas para ser miembros
independientes de la Junta Directiva de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., deberán
cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:
Página 7 de 11
ALCALDÍA MAYOR
DE aoGoTA D.C.
MOVLL}OAD
Met,o de 8ogiIá SA,
FORMA CI N ACADÉMiCA
Titulo Profesional en las siguientes áreas del conocimiento:
1. Economía, Administración; Contaduriay Afines
2. Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo y Afines
3. Ciencias Sociales y_Humanas
Titulo de Postprado
EXPERIENCIA
Qüince (15) años de experiencia profesional, cinco (5) de los
cuales, deberán ser acreditados, en una o varias de las
siguientes posiciones:
a) Cargos del primer nivel directivo en entidades
oficiales del orden nacional o territorial, incluyendo
las empresas de servicios públicos domiciliarios;
b) Cargos de primer nivel en empresas del sector
privado relacionadas con el diseño, estructuración,
construcción u operación, en los sectores de
construcción, infraestructura o transpoile;
c) Ejercicio académico de investigación o docencia en
temas relacionadas con el diseño, estructuración,
construcción u operación, en los sectores de
construcción, infraestructura o transporte;
REQUISITO PARA LOS d) Consultorías para organismos multilaterales en
PARTICULARES QUE SEAN temas relacionados con los sectores de
MIEf1BROS DE LA JUNTA construcción, infraestructura o transporte.
DIRECTIVA
Para las entidades oficiales del orden nacional o territorial, se
entiende por cargos de primer nivel directivo los de dirección,
conducción y orientación institucionales, cuyo ejercicio
implica la adopción de politices o directrices definidos en la
Ley 909 de 2004, circunscritos a los siguientes cargos.
(,) Ministro;
(u) Viceministro:
(¡¡¡)Director de Departamento Administrativo del orden
nacional o territorial;
(iv) Superintendente;
fr) Director de Unidad Administrativa Especial del orden
nacional o territorial;
(vi) Presidente, Vicepresidente, Director o Gerente
General de entidad descentralizada dol orden
nacional o territorial:
Página 8de 11
. I,
SAC703527915
ALCALDIA MAYOR
DE IOGOTA D.C.
1OVI1IDAfl
Mut,o de Rofl
previstas en el parágrafo 20 del artIculo 44 de la Ley 964 de 2005, el Decreto Nacional 128
de 1976 y las demás normas que las adicionen, modifiquen, sustituyan o complemen(n.
burante el periodo de construcción del Proyecto de la Primera Línea del Mefro de Bogotá y
un año más, cualquier modificación a los Estatutos Sociales deberá contar con la aprobación
previa do la Junta Directiva.
[...1
14. Establecer los criterios con los que deberá cumplir quien sea designado corno
Gerente General de la Empresa.
15. Evaluar el desempeño del Gerente General y emitir un informe al respecto para
consideración del Alcalde Mayor de Bogotá D. C., cuando lo considere pertinente.
16. Solicitar al Alcalde Mayor de Bogotá D. C., la remoción del Gerente General, cuando
lo considero pertinente.
17. Próponer al Alcalde Mayor de Bogotá D. C., una terna de candidatos para la posición
de Gerente General de la Empresa cuando se ejerza la facultad a la que se refiere el
numeral anterior, o cuando se deba nombrar reemplazar el Gerente General.
19. Ejercer las demás funciones que le establezca la Ley, estos Estatutos y el Código de
Buen Gobierno.
Página 9 d 11
/
ALCA%.DIA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
MOVILIDAD
Metto cJe BooI.. SA.
Este procedimiento debe incluir mecanismos orientados a proteger a los funcionarios que
hagan denuncias, con el fin de evitar que sean despedidos de la Empresa, o que su posición
en la misma pueda ser afectada en cualquier forma, como consecuencia de las respectivas
denuncias. La identidad de los denunciantes se mantendrá en reserva, y cuando ello no
fuere posible, lá Junta Directiva, tomará las medidas necesarias para evitar que los
funcionarios puedan sufrir consecuencias negativas por razón de sus denuncias.
Para efectos de designar al encargado de diseñar y/o operar los canales especiales para
instrumentalizar el Procedimiento Interno de Reporte de Denuncias, la Junta Directiva
deteirninará autónomamente si dicha 'función habrá de ser cumplida por el personal interno
de la entidad, o por una entidad externa especializada que deberá ser contratada por la
Empresa.
Cada dos (2) años la Empresa deberá contratar una firma idónea para la evaluación externa
del gobierno corporativo a la luz de los parámetros ¡nfernaCionalmente reconocidos sobre el
buen gobierno de las empresas públicas. Esta evaluación se referirá tanto a las políticas de
gohernanza que hayan sido adoptadas por la Empresa como a la aplicación práctica del
gobierno corporativo en la misma. El resultado de estas evaluaciones será divulgado al
público de manera inmediata.
S. Varios
1
. Página 10de 11
SAC003527914
ALCALDÍA MAYOR
OC BOGOTÁ D.C.
MOVIL lOAr)
11v Borotá S.A.
por unanimidad de los Accionistas asistentes a la reunión, sin modificación alguna, esto es
por el voto favorable del 100% de las acciones actualmente suscritas y en circulación.
Una voz, agotado el orden del día, termina la reunión ordinaria de la Asamblea General de
Accionistas de la Empresa Metro de Bogotá S.A. siendo las 12:30 pm. en la ciudad de
Bogotá D.C.
i f\ IN
'
--
BEATR ^ Y. ELAEZ '- LUI RNAN AVORA MO
Presidente Secr tara
pú&,(uc bc ccr IIat
1149TK7U7OR2KFOG
ip I iio(ari. L p ira tigo ex IiuiI. o be top1,19:
Anexo - Poderes - Presentación en Power Poirrt soporte de los temas desarr'oUacios en eL Orden del Día
o
- j.
Página 11de1i .
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C)
SAC203527913
ALCALOLA MAYOR
OB BOGOTÁ D.C.
MOVILIOAO
Mello d., QotoO S.A.
SAC20352791
(16 de junio de 2017)
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Acuerdo l)istrital 642 de 2016, así
como el Acta de Constitución y los Estatutos de la empresa Metro de flogo(á S.A., Pi'oiocolizados mediante
Escr'i ulra Pública No .5291 de 14 de diciembre (le 2016 en la Notaria Primera del Circulo de Bogotá; y lo
dispueso en los Acuerdos de la .lunta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá No. 02 y 03 de 9 de fcbi'ero de
2017.
RESUELVE:
A rl icii lo 1'-: Nombrara la doçcorn Luisa Fernanda Mora Mora, identificada con la cédula de ciuclaclan la No.
52.847.031 de Bogotá, en el cargo cte Jefe de Ofleina Asesora Jurídica Código 115 orado 04. de la Planta co
Global (le la empresa Mcl ro de Bogotá. D.C. m
Articulo 2"-: Notificar a la doctora LUISA FERNANDA MORA MORA, el contenido (le la presente
Resolución.
1
Artículo 3°-: Comunicar e presente Acto Administrativo a la Gerencia Administrativa y Financiera (le la
empresa Metro de Bogolá.S.A., o'quicn haga sus veces, para i'eaIizaios trámites legales correspondientes.
1
Artículo 4"-: t..a presente Resolución rige a partir de la recha de su e>ecIieión.
acta en Bogotá D.C., a los dieciséis (16) días del mes de junio de 2017.
li11,d11
N1)RS ESCOBAR t U BE
L co
Gerente General.
Elaboró: C'I'ovar"
Revisó
1
o
Carrera 7 No.7 1.52 Torre AOl. 902
Sogotó, Colombia
Código Postal: 110231 n0GOTA
TeL (+571) 5 553333
VA'V.lflelIodcbO9Ola.9OV.CO MEJOR
Metro
de Bogotá
lnfollnea 195 PAPA TODOS
r
A.CA'.D!( AAYOT<
I)ECIUTO No. 0 07 DE
1Q5 EME 2017 •
"Por medio del cual se hace mi nombrnntientó"
J.n ejercicio cte. sus faculiudes.legales, en especial las conferidas por-0 articulo ^)8 del Decreto
Ley 1421 de 1993 y el Decreió Nacional 1083 1Q2O15.-y
flECRETA:
Arglculo )°.- Nonibrrtr a partir de la fecha, al doctor ANDRÉ DI JESci.S ESCOBAR UE;
identificado, con la cédula de ciudadanía o, 70.509.535, cii I' cargo de Gerente General-do IWtdad
Descentralizada Código OSO Grado 04 de la Empresa Metro do Bogotá S.A.
Artrdo. 2u. Notificar al doctor ANDRÉS DE JESÚS ESCOBAR URIBE, elconiertido del presente
Decreto a través de la Suhdirección de Servicios Administrativos-de la Secretaria Genero) de la Alcaldía
Muy-ir de Bogotá, D.C.
Aükulo .30.-. Comunicar a la linpiesa Metro de Bogota S.A y a la-Dirección de Talento Humano de la
Secretaría General de In AlcakUa Mayor de P.C., el contenido del presento Decreto, a través de
)o Subdireceión do Servicios Adminisrativcs d la tnisrna Secretaria.
05 EME 2011
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BOGO E
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PARA TODOS
2214200.FT.60 Versión 02
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PÉg. No.. 17
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de seguridad,,/ números: ,Aa049'2087451 ,Aa049208746/ Aa0492087471
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be copia% be cocriturno púb1itl5, crI iCitAbQ5 p oel nien low h t UcI,iiO IlOtar iI
Aa049208753.
DERECHOS NOTARIALES: (Resolución 0858 del 31 de Enero 2018)
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o SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO:
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CÍRCIJL() I)E BÓGOTÁ, 1)
T. 142- 2.018 8150. - SOCt1DA01
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SAC402.52784
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REPUBLKA DE COLOME4A
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