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PL-SS0-01

PLAN DE SEGURIDAD Y Fecha de


SALUD EN EL TRABAJO Aprobación:
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PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL


TRABAJO – PSST.

“INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE EN


EL CASERÍO ELADIO TAPULLIMA Y ANEXOS,
DISTRITOS DE SAN JOSÉ DE SISA - PROVINCIA DE EL
DORADO - SAN MARTÍN”

ELABORADO POR: REVISADO POR: APROBADO POR:

______________________ ________________________ ____________________

Contenido
1. OBJETIVO DEL PLAN.............................................................................................................4
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PLAN DE SEGURIDAD Y Fecha de
SALUD EN EL TRABAJO Aprobación:
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2. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO..........4


3. RESPONSABILIDADES EN LA IMPLEMENTACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN..........................6
3.1. Residencia de Obra.......................................................................................................6
3.2. Especialista de SST........................................................................................................6
3.3. Asistente SST y Prevencionista de Riesgos (PDR)..........................................................7
3.4. Jefes de Área/Supervisores de Trabajo/Maestros de Obra/Jefes de Cuadrilla.............8
3.5. Trabajadores.................................................................................................................9
3.6. Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo..................................................................9
4. ELEMENTOS DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.....................................10
4.1. Identificación de Requisitos Legales y Contractuales Relacionados con la Seguridad y
Salud en el Trabajo.................................................................................................................10
4.2. Análisis de Riesgos: Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Acciones
Preventivas.............................................................................................................................11
4.3. Mapas de Riesgos.......................................................................................................11
4.4. Procedimientos de Trabajo para las Actividades de Alto Riesgo................................11
4.5. Capacitaciones y Sensibilización del Personal de Obra – Programa de Capacitación. 12
4.6. Gestión de No Conformidades – Programa de Inspecciones y Auditorías..................13
4.7. Política, Objetivos y Metas de Seguridad y Salud en el Trabajo..................................13
4.8. Investigación de Accidentes de Trabajo, Enfermedades Ocupacionales e Incidentes
Peligrosos...............................................................................................................................15
4.9. Estadísticas de Seguridad y Salud en el Trabajo.........................................................15
4.10. Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y Reglamento Interno de Seguridad y
Salud en el Trabajo.................................................................................................................15
4.11. Plan de Contingencia y Respuesta ante Emergencias.............................................16
5. MECANISMOS DE SUPERVISIÓN Y CONTROL..................................................................16
6. ANEXOS.........................................................................................................................17
ANEXO N°01: Procedimiento para la identificación de peligro, evaluación y control de riesgos18

ANEXO N°02: Procedimiento de trabajo de Excavaciones………………………………………………………30

ANEXO N°03: Procedimiento de trabajo en Caliente…………………………………………………………….. 34

ANEXO N°04: Procedimiento de trabajo para almacenamiento y manipuleo de materiales…..37

ANEXO N°05: Programa de Capacitaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo……………………..41

ANEXO N°06: Programa para las Inspecciones de Seguridad y Salud en el Trabajo………………..45

ANEXO N°07: Procedimiento para el tratamiento de no conformidades………………………………..52


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SALUD EN EL TRABAJO Aprobación:
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ANEXO N°08: Programa de Auditorías…………………………………………………………………………………….60

ANEXO N°09: Procedimiento para Atención, Notificación e investigación de Incidentes y


Accidentes………………………………………………………………………………………………………………………………68

ANEXO N°10: Procedimiento del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo………………………….75

ANEXO N°11: Procedimiento de Seguimiento y Medición de Seguridad y Salud en el trabajo…86

ANEXO N°12: Procedimiento de análisis seguridad en el trabajo…………………………………………….88

ANEXO N°13: Procedimiento de monitoreo de agentes de riesgos físicos, químicos, biológicos,


factores Ergonómicos y Psicosociales……………………………………………………………………………………96

ANEXO N°14: Dotación de Equipos de Protección Personal y Equipos de Protección


Colectivas……………………………………………………………………………………………………………………………..101

ANEXO N°15: Plan de Contingencia…………………………………………………………………………………….111

ANEXO N° 16: Plano de Evacuación………………………………………………………………………………………133

ANEXO N° 17: Mapa de Riesgos……………………………………………………………………………………………134


PLAN DE SEGURIDAD Y PL-SSO-01
SALUD EN EL TRABAJO

1. ALCANCE

El Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo se aplica a todas las áreas, y


Colaboradores de XXX

2. ELABORACIÓN DE LÍNEA BASE DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE


LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo (SSST) es el responsable realizar


el análisis de la Lista de verificación de lineamientos del Sistema de Gestión de
Seguridad y Salud en el Trabajo para la mejora continua del Sistema, prevención
de riesgos laborales y mejora del bienestar de los trabajadores.
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SALUD EN EL TRABAJO

3. POLÍTICA DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN


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SALUD EN EL TRABAJO

4. OBJETIVOS Y METAS

Los objetivos y metas establecidos se detallan a continuación:

1. Cumplimiento de la legislación en Seguridad y Salud en el Trabajo

1. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) que el XXX implementará, tiene
como base la normativa general que incluye la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Ley N° 29783, su
Reglamento aprobado mediante D.S. 005-2012-TR y la normativa sectorial, en este caso la NTE G.050
Seguridad Durante la Construcción, las cuales se encuentran vigentes y es de cumplimiento obligatorio en
el Perú.

La planificación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo del XXX se compondrá de:

Documentación:
 Política Integrada de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Objetivos y Metas de Seguridad, Salud en el Trabajo.
 Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Medidas de Control.
 Mapas de Riesgos.
 Plan de Contingencia y Respuesta ante Emergencias.
 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Libro de Actas del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Procedimientos:
 Procedimiento para la Identificación de Peligros, Evaluación y Control de Riesgos.
 Procedimiento para la Identificación, Interpretación y Evaluación de los Requisitos Legales y
Otros Requisitos de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Procedimiento de Manejo de Comunicaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Procedimiento de Seguimiento y Medición de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Procedimiento para Atención, Notificación e Investigación de Incidentes y Accidentes.
 Procedimiento para el Tratamiento de no Conformidades.
Procedimiento de Revisión por la Dirección.
 Procedimiento para las Inspecciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Procedimiento de Análisis de Seguridad en el Trabajo (AST).
 Procedimientos Escritos de Trabajos de Alto Riesgo.
 Procedimiento de trabajo de excavaciones.
 Procedimiento de trabajo en caliente.
 Procedimiento de trabajo en espacios confinados.
 Procedimiento de trabajos de demolición.
 Procedimiento de trabajo para almacenamiento y manipuleo de materiales.
Programas:
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SALUD EN EL TRABAJO

 Programa de Capacitaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.


 Programa de Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Programa del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Programa de Auditorías.
 Programa de Monitoreo de Agentes Físicos, Químicos, Biológicos, Factores ergonómicos y
Psicosociales.

Registros:
 Registros Obligatorios del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Registro de Investigación de Accidentes de Trabajo.
 Registro de Investigación de Enfermedades Ocupacionales.
 Registro de Investigación de Incidentes Peligrosos e Incidentes.
 Registro de Inducción, Capacitación, Entrenamiento y Simulacros de Emergencia.
 Registro de Inspecciones Internas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Registro de Estadísticas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Registro de Auditorías de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Registro de Monitoreo de Agentes Físicos, Químicos, Biológicos, Disergonómicos y
Psicosociales.
 Registro de Equipos de Seguridad.
 Permisos Escritos de Trabajo de Alto Riesgo.
 Formatos de Registros de Gestión.
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SALUD EN EL TRABAJO

3. RESPONSABILIDADES EN LA IMPLEMENTACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN.

3.1. Residencia de Obra.


El Residente de Obra se responsabiliza de la implementación integral de este programa. Entre sus
responsabilidades figuran:
 Liderar y asegurarse del cumplimiento del contenido del Plan de Seguridad y Salud en el
Trabajo (PSST), manifestando un compromiso visible con la Política Integrada y Objetivos de
Seguridad y Salud en el Trabajo en el Consorcio.
 Facilitar los recursos requeridos para el cumplimiento de las actividades del PSST.
 Fomentar un enfoque SST serio en todas las actividades del Proyecto.
 Presidir el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, evaluando el desempeño del personal y
el cumplimiento de las actividades programadas en las diferentes áreas.
 Evaluar el desempeño y liderazgo de las Áreas del Consorcio a fin de establecer una dirección
y control de incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales.
 Asegurarse que se promueva el reporte de peligros / incidentes por parte de los trabajadores
así como apoyar las sugerencias para reducir el potencial de accidentes.
 Informarse del grado de cumplimiento de las medidas consideradas para corregir los
accidentes / incidentes reportados por el personal.
 Establecer las regulaciones SST para los subcontratistas antes del inicio de los trabajos.
 Asegurar la dotación adecuada a todos los trabajadores de los Equipos de Protección Personal
necesarias para la ejecución de las actividades generales y especiales que realicen.
 Participar y/o recibir retroalimentación de las actividades planeadas y programadas por el
Especialista de SST.
 Asegurarse que se tomen apropiadas medidas disciplinarias cuando sea necesario.
3.2. Especialista de SST.
El Especialista SST tiene la autoridad del Residente de Obra y entre sus principales
responsabilidades figuran:
 Planificar, organizar, ejecutar, dirigir y controlar el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Conducir la Inducción general, entrenamiento y simulacros. Asistir y apoyar en las reuniones
diarias y semanales de SST.
 Colaborar con los Jefes de Área en la Implementación del PSST. Realizar revisiones del PSST
y participar en las auditorias.
 Informar mensualmente a la Residencia de Obra sobre el desenvolvimiento del PSST.
 Conducir investigaciones y reportes legales de SSOT. Conservar la documentación referida al
cumplimiento de este Plan y demás registros requeridos.
 Establecer relaciones con afectados externos de asuntos SST.
 Realizar inspecciones continuas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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SALUD EN EL TRABAJO

 Efectuar un acompañamiento permanente e intensivo, mediante el asesoramiento y


capacitación al personal del XXX en relación a los riesgos de índole laboral asociados a las
actividades desarrolladas en las distintas áreas.
3.3. Asistente SST y Prevencionista de Riesgos (PDR).
El Asistente SST y los Prevencionistas de Riesgos (PDR) son las personas encargadas de la
Implementación “día a día” del PSST. Poseen la autoridad y responsabilidad de su administración,
siendo responsables de:
 Planificar la seguridad y Salud en el Trabajo:

 Proporcionar inducción específica al personal en función a las labores que les serán
encomendadas.

 Preparación del personal, control y emisión de procedimientos de trabajo.

 Revisión de todas las medidas de protección SST una vez instaladas a fin de verificar su
efectividad y realizar los ajustes necesarios.

 Conducir inspecciones de SST regulares en el área de trabajo así como verificar


específicamente la presencia de peligros y asegurarse de la efectividad de las medidas de
control.

 Inspección permanente de todos los almacenes de Sustancias peligrosas. Igualmente se


encarga de capacitar y asegurarse que el personal utilice dichas sustancias de manera
adecuada.

 Asegurarse de que se provean todos los equipos y herramientas a fin de permitir el trabajo
seguro y de que dichos artículos se mantengan en condiciones operativas seguras.

 Conservar el lugar(es) de trabajo bien organizado(s) y ordenado(s) todo el tiempo.

 Determinar el equipo y las instalaciones de primeros auxilios y las de emergencia y lucha


contra incendios.

 Establecer y hacer cumplir procedimientos de respuesta en emergencias.

 Establecer con todos los subcontratistas los requerimientos SST antes de comenzar las
actividades.

 Conocer y hacer cumplir las Regulaciones, leyes y códigos vigentes del Perú así como
licencias y requerimientos especiales de modo que se asegure su cumplimiento.

 Educación y Capacitación:

 Asegurarse que todo el personal, empleados, subcontratistas y visitantes asistan a las


sesiones informativas necesarias del proyecto.

 Asegurarse que todos los subcontratistas brinden evidencias de la experiencia,


capacitación y pericia de los trabajadores antes de comenzar las actividades.

 Identificar las necesidades de capacitación del personal y organizar la capacitación


adecuada para ellos.
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SALUD EN EL TRABAJO

 Informe de Accidentes e Incidentes:

 Establecer y mantener registros de todos los accidentes, incidentes peligrosos de


seguridad. De igual forma, se documentará el cumplimiento de las medidas correctivas
que se establecieron por estos eventos.

 Alentar la participación del trabajador en la prestación de reportes sobre incidentes y


peligros.

 Asegurarse de que se envíen los informes y estadísticas de seguridad y salud en el


trabajo a la Residencia de Obra.

 Asegurarse de que todos los incidentes y accidentes sean investigados, difundidos en


el área e informados a la Residencia de Obra y al Especialista SST.

 Disciplina:

 Asegurarse de que se apliquen las medidas disciplinarias adecuadas acorde con los
procedimientos establecidos.

 Comunicar al Residente de Obra sobre todas las violaciones de las medidas de


Seguridad y Salud en el Trabajo.

3.4. Jefes de Área/Supervisores de Trabajo/Maestros de Obra/Jefes de Cuadrilla.


Los Jefes de Área/Supervisores de Trabajo/Maestros de Obra/Jefes de Cuadrilla se responsabilizan
directamente de la seguridad y salud de todas las personas a su cargo. Entre sus responsabilidades
se encuentran:
 Asegurarse que todos los trabajadores sean informados de los procedimientos de seguridad y
el procedimiento para realizar la Actividad.

 Asegurarse de que los trabajadores hayan recibido el Equipo de Protección Personal (EPP)
adecuado y que lo utilicen correctamente y en todo momento.

 Asegurarse de que los trabajadores sepan y estén físicamente aptos para realizar la labor
asignada de una manera segura y eficiente.

 Tomar medidas correctivas a fin de eliminar o controlar cualquier peligro potencial en el lugar
de trabajo.

 Informar e investigar todos los incidentes y accidentes según los procedimientos del proyecto.

 Contribuir en el dictado y participación de las charlas diarias de seguridad. Asegurarse que las
charlas diarias de trabajo sean dictadas antes del inicio de cada jornada.

 Asegurarse de que se mantengan estándares aceptables para mantener el orden y limpieza.

 Asegurarse que la maquinaria pesada, equipos y herramientas funcionen de modo eficiente y


seguro en todo momento.

 Asegurarse que las medidas de seguridad designadas para tareas específicas se encuentren
implementadas antes de comenzar los trabajos.
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SALUD EN EL TRABAJO

 Inspeccionar a diario su lugar de trabajo a fin de asegurarse de que se realice el trabajo de


modo eficiente y seguro.

 Asegurarse que todos los subordinados conozcan la ubicación del puesto(s) de primeros
auxilios y el procedimiento para recibir atención.

 Cumplir las disposiciones de los estándares, normas y procedimientos de Seguridad y Salud en


el Trabajo que el Consorcio emita.

3.5. Trabajadores.
Cada trabajador es responsable de conducirse a sí mismo de una manera segura cumpliendo con
este Plan y los Procedimientos establecidos. Esto comprende lo siguiente:
 Realizar toda acción conducente a prevenir incidentes, accidentes y en caso de ocurrir informar
a su jefe inmediato y al área de SST.

 Comprender y cumplir los Procedimientos de trabajo.

 Utilizar el EPP según sea instruido.

 Notificar a su jefe inmediato de algún peligro potencial que resulte de las prácticas y/o
procedimientos laborales.

 Conservar las buenas normas de higiene personal.

 Utilizar de modo seguro y apropiado las herramientas, equipos, vehículos e instalaciones.

 Asistir a trabajar en buenas condiciones físicas.

 Participar de manera activa personalmente, a través de sus representantes del Comité de


Seguridad y Salud en el Trabajo, en el mejoramiento continuo de las condiciones físicas de las
instalaciones de la obra, condiciones de trabajo y bienestar del trabajador.
 Cumplir con los lineamientos establecidos asumiendo actitudes preventivas en todas las tareas
que deban emprender, priorizando las actividades que protejan a las personas y los bienes de
la empresa.
3.6. Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Promover la seguridad y salud en el trabajo, asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto
por el reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y la normatividad nacional,
favoreciendo el bienestar laboral y apoyando el desarrollo del empleador.

 El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo desarrollan sus funciones con sujeción a lo


señalado en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, no están facultados a
realizar actividades con fines distintos a la prevención y protección de la seguridad y salud.

 Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los trabajadores en


la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz, la participación de
los trabajadores en la solución de los problemas de la seguridad y la salud.
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SALUD EN EL TRABAJO

 Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el medio


ambiente de trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su
eficacia.
4. ELEMENTOS DEL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
4.1. Identificación de Requisitos Legales y Contractuales Relacionados con la Seguridad y Salud en el
Trabajo.
El Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo está diseñado para cumplir con las normas básicas de
prevención de riesgos laborales, según la normativa nacional vigente en materia de seguridad y salud
en el trabajo la misma que se identifica a continuación:

Seguridad y Salud Ocupacional:


Ley N° 29783. Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
D.S. 005-2012-TR. Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
R.S. 021-83-TR. Normas Básicas de Seguridad e Higiene en Obras de
Edificación.
D.S. 010-2009-VIVIENDA. Modifican Norma G.050 Seguridad durante la Construcción.
D.S. 011-2006-VIVIENDA. Normas Técnicas Reglamento Nacional de Edificaciones.
Ley N° 29981. Ley que crea SUNAFIL.
D.S. 003-98-SA. Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajos de
Riesgo.
R.M. 148-2012-TR. Guía para el Proceso de Elección de los Representantes ante
el CSST y su instalación en el Sector Público.
R.M. 375-2008-TR Norma Básica de Ergonomía.
D.S. 033-2001-MTC Reglamento Nacional de Tránsito.
R.M. 210-2000-MTC 15.02. Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor
para Calles y Carreteras.
D.S. 028-2006-MTC. Modificación del D.S. 033-2001-MTC – Reglamento Nacional
de Tránsito.
DIGESA Manual de Salud Ocupacional.
MINTRA Identificación de Peligros y Evaluación y Control de Riesgos.
Documentos de Referencia:

OHSAS 18001:2007 Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional.


OSHA 29 CFR 1926 Regulaciones de Seguridad y Salud para Construcciones.
NTP 350.043 Norma Técnica sobre Uso, Inspecciones, Señalizaciones de
Extintores Portátiles.
NTP 399.010-1 Señales de Seguridad. Colores, símbolos, formas y
dimensiones de señales de seguridad.
NTP 400.034 Andamios. Definiciones y clasificación y sus modificaciones.
NTP 400.050 Manejo de Residuos de la Actividad de la Construcción.

4.2. Análisis de Riesgos: Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Acciones Preventivas.


El análisis de riesgo es una herramienta de la gestión de seguridad y salud en el trabajo que nos
permitirá estimar la criticidad o nivel de los riesgos de acuerdo con la identificación de las tareas y
actividades de trabajo, a las cuales se les realizará la evaluación y determinará el nivel de riesgo,
considerando el conocimiento y la experiencia práctica del residente de obra, ingenieros de campo,
maestros de obra y trabajadores.
El Equipo de trabajo realizará el IPER (Residente, Especialista de SST, Jefes de Áreas y
Representantes de los Trabajadores) definiendo las actividades y procesos para luego identificar los
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SALUD EN EL TRABAJO

peligros y evaluar los riesgos a los que se encuentran expuestos en los procesos y actividades
realizadas durante la jornada del trabajo.

A partir de la evaluación de riesgos, mediante el procedimiento adecuado (Anexo N°1 -


Procedimiento de Para la Identificación de Peligros, Evaluación y Control de Riesgos) se determinó
las tareas críticas en la ejecución de la obra, por el cual se procedió a la evaluación de riesgos de las
siguientes actividades de construcción:

 Código: CC – IPER - 001. Topografía.


 Código: CC – IPER - 002. Excavación y movimiento de tierra.
 Código: CC – IPER – 004. Habilitación e instalación de estructuras de acero.
 Código: CC – IPER – 005. Encofrado y desencofrado de estructuras.
 Código: CC – IPER – 006. Vaciado de concreto.
 Código: CC – IPER – 007. Albañilería.
 Código: CC – IPER – 008. Instalaciones sanitarias.
 Código: CC – IPER – 009- Imprimación asfáltica
 Código: CC – IPER – 010- Colocación de capa asfáltica
 Código: CC – IPER – 011- Pintura
 Código: CC – IPER – 012- Relleno compactado
 Código: CC – IPER – 013. Taller de Mantenimiento y Maquinarias.
 Código: CC – IPER – 014. Almacenes.
 Código: CC – IPER – 015. Administración.
 Código: CC – IPER – 016. Vigilancia.
 Código: CC – IPER – 017. Eliminación de desmonte.
 Código: CC – IPER – 018. Actividades no rutinarias.
 Código: CC – IPER – 019. Actividades de emergências.
 Código: CC – IPER – 020. Actividades ajenas al proyecto.
4.3. Mapas de Riesgos.
El XXXXX implementará el Mapa de Riesgos del lugar donde se ejecutará la obra de construcción
(una vez implementadas las matrices IPER), con el fin de brindar la información previa
correspondiente a los riesgos y restricciones de seguridad en las distintas zonas de riesgo de la obra.
El desarrollo del mapa de Riesgos considerará la ubicación, lo ingresos/salidas que se ubican en el
proyecto.
4.4. Procedimientos de Trabajo para las Actividades de Alto Riesgo.
Se implementarán controles y procedimientos operacionales para asegurar que las actividades de
trabajo se desempeñen con seguridad, protegiendo la salud del colaborador y cumpliendo con las
disposiciones reglamentarias. Se difundirá a los colaboradores involucrados en la ejecución de las
actividades de alto riesgo.
Lista de Procedimientos de Trabajo de Alto Riesgo:

 Procedimiento de trabajo en excavaciones.


 Procedimiento de trabajo en caliente.
 Procedimiento de trabajo para almacenamiento y manipuleo de materiales.
4.5. Capacitaciones y Sensibilización del Personal de Obra – Programa de Capacitación.
Se implementará un programa de capacitaciones con el fin proveer formación y entrenamiento
apropiado a los trabajadores, de acuerdo a las necesidades del puesto de trabajo, enfocado con la
prevención de incidentes, accidentes, enfermedades ocupacionales; de manera tal que, cada uno de
los colaboradores pueda ejecutar en forma segura y consciente de sus riesgos las tareas de trabajo
asignadas.
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SALUD EN EL TRABAJO

Los colaboradores en función de los riesgos inherentes a sus actividades recibirán formación y
capacitación apropiada en temas de seguridad, salud en el trabajo que pueden ser mediante
inducciones, charlas, capacitaciones específicas, cursos teóricos y prácticos, para lo cual se
establecerá un programa de capacitación adecuado a las necesidades del consorcio, el mismo que
será ejecutado por personal capacitado en la materia.
Toda actividad de este componente debe ser registrada y controlada, también se debe verificar la
comprensión y entendimiento de las capacitaciones brindadas.
El seguimiento al cumplimiento del programa se realizará a través de las verificaciones de los
registros e informes según aplique.
Elementos de Capacitación:

4.5.1. Capacitaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.


Finalidad: Desarrollar habilidades y competencias para mejorar el desempeño en la seguridad y
salud en el trabajo, basándose en el desarrollo de una cultura de prevención de riesgos.

Periodicidad de Capacitaciones: De acuerdo al programa.

Duración: De 1 a 2 horas.

Participantes: Residente de Obra, Jefes de Área, Responsables de Subcontratos y trabajadores en


general.

4.5.2. Capacitación de Emergencias y Simulacros.


Finalidad: Desarrollar habilidades y competencias para responder de manera adecuada y oportuna
en caso de emergencia durante el desarrollo de la obra.

Periodicidad de Capacitaciones: De acuerdo al programa.

Periodicidad de Simulacros: De acuerdo a programa.

Duración de Capacitaciones: De 1 a 2 horas.

Duración simulacros: Hasta 1 hora.

Participantes: Residente de Obra, Jefes de Área, Responsables de Subcontratos y trabajadores en


general.

4.6. Gestión de No Conformidades – Programa de Inspecciones y Auditorías


Se utiliza las herramientas de inspección de seguridad y salud en el trabajo para determinar in situ
los peligros y riesgos generados por las distintas actividades realizadas en la obra. Las inspecciones
son consideradas como una piedra angular en la administración de programas de prevención de
accidentes, debido a que estos procesos permiten identificar en forma proactiva el control de los
riesgos identificados, antes de que desencadenen en accidentes con lesiones o daños a la
propiedad. Las no conformidades y potenciales no conformidades encontradas durante las
inspecciones se tratarán de acuerdo al Procedimiento de Tratamiento de No Conformidades que el
Consorcio implemente.
Se elaborará un Procedimiento de Inspecciones de Seguridad y Salud en el Trabajo donde se detalla
responsables, tipo y frecuencia.
Para el desarrollo de las inspecciones y herramientas de evidencias a verificar en las auditorías, se
contarán con los siguientes registros de inspección:
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SALUD EN EL TRABAJO

 Inspección de Uso de Equipos de Protección Personal.


 Inspección de Extintores.
 Inspección de Botiquín de Primeros Auxilios.
 Registro de Inspecciones Internas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Inspección de Seguridad y Salud en el Trabajo.

4.7. Política, Objetivos y Metas de Seguridad y Salud en el Trabajo.


Las metas y objetivos SST generales para este proyecto son:
 Cero accidentes fatales.
 Cero lesiones con tiempo perdido.
 Implementación total de este Plan.
 Prevenir, minimizar, administrar y supervisar el impacto de SST de las actividades realizadas
en el XXXXXX, de modo que se cumpla con todas las obligaciones contractuales y legales.
 Optimizar la efectividad en la protección del personal.
 Contar con una fuerza laboral capacitada y capaz de controlar los riesgos inherentes a las
operaciones del proyecto.
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4.8. Investigación de Accidentes de Trabajo, Enfermedades Ocupacionales e Incidentes Peligrosos.


El objetivo principal es transmitir a la línea de mando la información para atender, investigar y
notificar accidentes e incidentes ocurridos en la obra, permitiendo identificar y corregir las causas que
lo desencadenaron, y evitar la recurrencia de accidentes por las mismas causas.
El XXXXX implementará el Procedimiento Atención, Notificación e Investigación de Incidentes y
Accidentes, lo que permitirá atender en forma oportuna todos los incidentes y accidentes laborales;
asegurar la implementación de acciones correctivas, compartir las lecciones compartidas y mejorar el
desempeño de seguridad y salud evitando la reincidencia de estos eventos.
4.9. Estadísticas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
El Especialista SST deberá actualizar continuamente el registro de estadísticas de seguridad y salud
en el trabajo, el cual incluirá estadísticas mensuales del resumen de los resultados alcanzados. La
información proporcionada en el registro debe incluir la siguiente información:
 Número, área y tipo de incidentes, incidentes peligros, accidentes leves, accidentes
incapacitantes, accidentes mortales, enfermedades ocupacionales.
 También se requerirá:
 Número de trabajadores del mes y horas hombre trabajadas.
 Capacitaciones y horas hombre capacitadas.
 Índices estadísticos de seguridad y salud en el trabajo: índice de frecuencia, gravedad y
accidentabilidad, mensual y acumulado de acuerdo a las normativas sectoriales.
4.10. Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el
Trabajo.

4.10.1. Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.


El XXXXXX constituirá su Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, en base a la Ley de
Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento. Lo conformarán con igual número de
representantes del empleador y de los trabajadores como miembros titulares. La constitución,
funcionamiento y responsabilidades se detallará en el Programa del Comité de Seguridad y Salud
en el Trabajo.
Las funciones principales del Comité de SST son las siguientes:
 Elaborar el Acta de Conformación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Tendrán carácter de un ente consultivo para apoyar el desarrollo del programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Los temas a tratar deberán establecer cronogramas sobre prevención de accidentes,
incidentes, incendios y riesgos ante cualquier eventualidad en el centro de labores.
 Elaborar Acta de Reunión.
 Reuniones Ordinarias por cada mes.
4.10.2. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
El XXXXXX, elaborará su Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, el mismo
deberá cumplir con lo estipulado en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. El reglamento será
entregado bajo cargo al personal involucrado en las actividades de la obra; las disposiciones
establecidas en este reglamento serán difundidas por lo menos una vez durante la ejecución de la
obra al personal del consorcio asegurando su cumplimiento.
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SALUD EN EL TRABAJO

4.11. Plan de Contingencia y Respuesta ante Emergencias.


XXXXXXXXXXXXXX implementará un Plan de Contingencia y Respuesta a Emergencias cuyo
objetivo será detallar las medidas básicas que se deben tomar para dar una respuesta efectiva a los
posibles casos de emergencias que podrían ocurrir durante el desarrollo de la obra. Implementar la
organización y los procedimientos que permitan brindar una respuesta adecuada y oportuna, ante
una situación de emergencia; utilizando de la manera más eficiente los recursos internos de la obra.
Este Plan cubrirá las emergencias con potencial de daño a las personas, ambiente o bienes que
pudieran generarse en las actividades de construcción cumpliendo con las exigencias legales del
sector y de las exigencias de la entidad.
Se han identificado las situaciones de emergencia que pudieran afectar el normal desarrollo de las
actividades de la obra y los procedimientos de actuación, se mencionan:
 Procedimiento de Emergencias para casos de Sismos.
 Procedimiento de Emergencias para casos de Incendios.
 Procedimiento de Emergencias para casos de Accidentes Laborales.
 Procedimiento de Emergencias para casos de Derrames de Combustibles.
5. MECANISMOS DE SUPERVISIÓN Y CONTROL.
El consorcio establecerá mecanismos de supervisión efectiva para garantizar condiciones adecuadas en
cuanto a la seguridad y salud en el trabajo, con ello se verificará el cumplimiento de los estándares que la
normatividad legal y el consorcio establezcan.
Se monitoreará de manera constante las condiciones de seguridad y salud en el trabajo durante la
ejecución de actividades de construcción en la obra, se contará con la presencia de un Especialista SST,
Asistente SST y Prevencionistas de Riesgos. El Especialista de SST será el encargado de brindar el
soporte en cuanto a la seguridad y salud en la obra.
Se estableció un procedimiento el cual establecerá la metodología para el seguimiento y la medición de
seguridad y salud en el trabajo de acuerdo a las características fundamentales de las operaciones de la
empresa que pudieran tener un impacto significativo en la seguridad y salud en nuestros colaboradores.
La responsabilidad de supervisar el cumplimiento de los estándares, normas y procedimientos de
seguridad y salud quedará delegada al Jefe Inmediato de cada trabajador.
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6. ANEXOS.

Anexo N°01 Procedimiento para la Identificación de Peligros, Evaluación y Control de


Riesgos.

Anexo N°02 - Procedimiento de Trabajo de Excavaciones.


.
Anexo N°03 - Procedimiento de Trabajo en Caliente.

Anexo N°04 - Procedimiento de Trabajo para Almacenamiento y Manipuleo de


Materiales
Anexo N°05 Programa de Capacitaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Anexo N°06 Programa para las Inspecciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Anexo N°07 Procedimiento para el Tratamiento de No Conformidades.

Anexo N°08 Programa de Auditorías.

Anexo N°09 Procedimiento para Atención, Notificación e Investigación de Incidentes y


Accidentes.

Anexo N°10 Registro de Estadísticas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Anexo N°11 Procedimiento del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Anexo N°12 Programa del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Anexo N°13 Procedimiento de Seguimiento y Medición de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Anexo N°14 Procedimiento de Análisis de Seguridad en el Trabajo.

Anexo N°15 Procedimiento de Monitoreo de Agentes de Riesgos Físicos, Químicos,


Biológicos, Factores Ergonómicos y Psicosociales.

Anexo N°16 Dotación de Equipos de Protección Personal y Equipos de Protección


Colectivas.

Anexo N°17 Mapas de Riesgos.


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Anexo N°01: Procedimiento para la Identificación de Peligros, Evaluación y Control de


Riesgos

1. OBJETIVO:

Establecer los lineamientos para Identificar los peligros asociados a las actividades realizadas
por XXX; y sobre las que tenga influencia, con la finalidad de determinar, implementar y mantener
los controles necesarios para prevenir daños a las personas (daño en término de lesión o
enfermedad).

2. ALCANCE:

Este procedimiento se aplica a cada proceso desarrollado por XXX es decir a toda tarea que
realiza el personal de carácter operativo, de mantenimiento, administrativos o tareas relacionadas
con servicios, ya sea que las realicen personal propio o contratistas.

3 RESPONSABILIDAD:

3.1 Gerencia General.


Es el responsable de la aprobación del presente procedimiento y de asegurar los recursos
necesarios para la aplicación del procedimiento.

3.2 Representante de la Dirección (RD): Es el responsable de verificar el cumplimiento del


procedimiento y de la capacitación del personal en el uso del documento. Es el responsable de
la supervisión de las actividades mencionadas en el presente procedimiento en las diferentes
áreas de la empresa, asimismo de difundir la matriz de Identificación de Peligros y Evaluación
de Riesgos IPERC a todo el personal de XXX

3.3 Comité de SST (CSST): El comité de SST debe participar en la aprobación del Programa Anual
de Seguridad y Salud en el Trabajo, participar en la aprobación del Plan anual de
capacitaciones de los trabajadores sobre seguridad y salud en el trabajo, revisar por lo menos
una vez al año la Matriz de Identificación Evaluación y Control de Peligros y Riesgos IPERC
con el fin de identificar mejoras o modificaciones.

3.4 Responsable del proceso: Son responsables de participar en la identificación de peligros y las
evaluaciones de riesgo a nivel específico y garantizar la participación de los trabajadores con
mayor conocimiento sobre las actividades a realizar, sitios de trabajo, sustancias químicas,
herramientas, máquinas y otros. Establecer, implementar y mantener las medidas de control
para mitigar los riesgos y comunicar sobre éstas a los trabajadores. Cuando se realicen
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trabajos en los que intervengan trabajadores contratistas y/o proveedores, verificarán que los
trabajadores de dichas empresas identifiquen y cumplan las instrucciones adecuadas en
relación con los peligros y riesgos en las tareas; las medidas de prevención y protección
correspondientes; así como las medidas a seguir en caso de emergencias.

3.5 Colaboradores: Es responsable de participar y contribuir en la continua identificación de


peligros y evaluación de riesgos. Asistir a los talleres y reuniones, asimismo, responder
debidamente a las solicitudes y comunicaciones. Todo trabajador tiene la autoridad de parar
una actividad en coordinación con su Jefe inmediato cuando se encuentre frente a un riesgo
inminente.

3.6 Responsable de área Seguridad y Salud en el Trabajo; Actualizar el presente procedimiento


cuando sea necesario. Asesorar a las Divisiones o Jefaturas sobre las Medidas de Control a
implementar a su solicitud.

4 DEFINICIONES:

a) IPER: Documento en el cual se identifican los peligros, se evalúan los riesgos y se establecen los
controles para la mitigación de los riesgos asociados a las diferentes actividades de la empresa.

b) Peligro: Fuente, situación o acto con potencial para causar daño en términos de daño humano o
deterioro de la salud o una combinación de estos (OHSAS 18001:2007).
Situación o característica intrínseca de algo capaz de ocasionar daños a las personas, equipos,
procesos y ambiente (D.S. 005-2012 TR).

c) Riesgo: Combinación de la probabilidad de que ocurra un suceso o exposición peligrosa y la


severidad del daño o deterioro de la salud que puede causar el suceso o exposición (OHSAS
18001:2007).
Probabilidad de que un peligro se materialice en determinadas condiciones y genere daños a las
personas, equipos y al ambiente (D.S. 005-2012 TR).

d) Probabilidad: Es la estimación de la ocurrencia de un evento peligroso o exposición bajo


condiciones específicas.

e) Severidad: Es la estimación de la gravedad asociada a las consecuencias de una lesión o


enfermedad.

f) Incidente: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con el trabajo en el que la
persona afectada no sufre lesiones corporales, o en la que éstos solo requiere cuidados de
primeros auxilios. (D.S. 005-2012 TR).
Suceso o sucesos relacionados con el trabajo en el cual ocurre o podría haber ocurrido un daño o
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deterioro de la salud (sin tener en cuenta la gravedad), o una fatalidad. (OHSAS 18001:2007).

Nota 1: Un accidente es un incidente que ha dado lugar a un daño, deterioro a la salud o


fatalidad.
Nota 2: Se puede hacer referencia a un incidente donde no se ha producido un daño, deterioro a
la salud o una fatalidad como cuasi accidente.
Nota 3: Una situación de emergencia es tipo particular de incidente.
g) Lugar de trabajo: Todo sitio o área donde los trabajadores permanecen y desarrollan su trabajo o
adonde tienen que acudir para desarrollarlo.

h) Control Operacional: Son aquellos medidas aplicados a los Peligros Identificados para una
actividad, con el objetivo de prevenir, minimizar, controlar, monitorear, trasladar o eliminar los
Riesgos

i) Actividad: Conjunto de tareas relacionadas entre sí que cumplen un objetivo.

j) Actividades no rutinarias: Actividades que se desarrollan eventualmente, las mismas que no se


repiten periódicamente.
k) Actividades rutinarias: Secuencia de actividades que se realizan repetidamente, las cuales
pueden ser programadas o no programadas.
l) Trabajo de Alto Riesgo: Aquella tarea cuya realización implica un alto potencial de daño grave a
la salud o muerte del trabajador. La relación de actividades calificadas como de alto riesgo será
establecida por la empresa tales como: trabajo en caliente, espacios confinados, excavación de
zanjas, derrumbes, trabajos en altura y eléctricos.

5 DOCUMENTOS DE REFERENCIA
 OHSAS 18001.
 Ley 29783, Ley de seguridad y salud en el trabajo.
 D.S. 005-2012-TR, Reglamento de la Ley 29783.

6 PROCEDIMIENTO:

6.1 CONDICIONES GENERALES:


Para la Identificación de peligros y Evaluación de Riesgos se debe tomar en cuenta:
a) Actividades Rutinarias y No Rutinarias, en condición normal, y emergencia, para todo el personal con
acceso a los lugares de trabajo (incluyendo contratistas y visitas).
b) Comportamiento humano, capacidades y otros factores humanos (condiciones psicosociales).
c) Peligros identificados que se originan fuera del sitio de trabajo capaces de afectar adversamente la
Salud y Seguridad de las personas bajo control de la Organización en el lugar del Trabajo.
d) Peligros creados en el entorno del sitio de trabajo por actividades relacionadas con el Trabajo bajo el
Control de la Organización.
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e) Infraestructura, equipos y materiales en el sitio de trabajo, que sean proporcionados por la organización
u otros.
f) Cambio o cambios propuestos en la Organización, sus actividades o materiales.
g) Modificaciones al sistema de gestión de SSO, incluyendo cambios temporales, y sus impactos sobre las
operaciones, procesos, y actividades.
h) Cualquier obligación legal aplicable relacionada con la Evaluación de Riesgos e implementación de los
controles necesarios.
i) El diseño de áreas de trabajo, procesos, instalaciones, maquinaria/ equipos, procedimientos operativos y
trabajo de la Organización, incluyendo su adaptación a las capacidades humanas.

Se debe considerar en la evaluación de riesgos todas las actividades que realizan todos los puestos de
trabajo en la empresa, teniendo en cuenta:

a) Las condiciones de trabajo existentes o previstas.


b) La posibilidad de que el trabajador que lo ocupe sea especialmente sensible, por sus características
personales o estado biológico conocido, a alguna de dichas condiciones.
c) Identificar la legislación vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, las guías nacionales, las
directrices específicas, los programas voluntarios de seguridad y salud en el trabajo y otras
disposiciones que haya adoptado la organización.
d) Determinar si los controles previstos o existentes son adecuados para eliminar los peligros o controlar
riesgos.

La identificación de los peligros se realiza considerando la siguiente información:


- Proceso, actividades.
- Conocimiento de los requisitos legales y voluntarios
- Investigación de Accidentes /Incidentes
- Resultados de Auditorías
- Resultados de Inspecciones, Monitoreo.
- Revisión de la Gerencia
- Nuevas actividades
- Reclamos y Sugerencias

Ninguna actividad (Rutinaria y No Rutinaria) puede ser realizada sin antes haber pasado por una identificación
de peligros, evaluación y control de riesgos.

Contratistas:
 Los contratistas deben designar a un responsable para el cumplimiento del presente procedimiento
en caso realicen actividades rutinarias dentro de la empresa.
Para los contratistas que realicen actividades no rutinarias deberá seguir lo establecido en el
instructivo de Análisis de Trabajo Seguro (ATS) y registrar el formato de Permiso de trabajo y
análisis de trabajo seguro
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6.2 DESARROLLO

ACTIVIDAD RESPONSABLE DESCRIPCION REGISTROS


El Responsable del proceso, y su personal (en caso cuente o como mínimo uno de
ellos) realizan un mapeo del proceso e identifican las actividades del proceso y el
tipo de actividad (Rutinaria o No Rutinaria).
Identifica los pasos de la actividad (tarea), al responsable de la tarea y registran la
1. Identificación de información en la Matriz IPERC.
Matriz IPERC
actividades - tareas Responsable del Asimismo, de existir, se debe considerar:
proceso / personal - Registros de incidentes (accidentes) ocurridos relacionados a los procesos en
los cuales se realiza la identificación de peligros y evaluación de riesgos.
- Inventarios de los materiales que se utilicen en los procesos.
- Procedimientos, planos de disposición de áreas.
Identifican y registran la siguiente información asociada a cada tarea en la Matriz
IPERC:
- Peligro (considerar actividades, parte de una actividad, el ambiente de trabajo,
Responsable del proceso/ instalaciones o equipos, materiales, herramientas, etc.).
2. Identificación de
Personal/ RD - Riesgo asociado al peligro. Matriz IPERC.
peligros y riesgos
- Mecanismo de control actual (en caso lo tengan)

Se tiene como guía la clasificación para la identificación de peligros. Ver Tabla N°5
Tabla general de riesgos.
3. Evaluación de Se evalúa el Riesgo en función a la Probabilidad y a la Severidad. Matriz IPERC
riesgos (riesgo base)
Probabilidad:
- Se determinan y registran en la Matriz IPER los índices de cada criterio de
probabilidad, según Tabla N°1 “Criterio de Evaluación de Probabilidad” (Ver
Anexo).
- Se suman los índices, calculando así la probabilidad.
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Severidad:
Responsable del proceso/ Se determina la severidad según Tabla N°2 “Criterio de Evaluación de Severidad”
Personal/ RD (Ver Anexo).

Se realiza un cruce entre la severidad y probabilidad de acuerdo a la Tabla N°3


“Criterio Probabilidad versus Severidad” (Ver Anexo), obteniéndose el nivel del
riesgo el cual se clasificará en “Intolerable, Importante, Moderado, Tolerable,
Trivial”.

Ver en Tabla Nº 4 Interpretación del Nivel de riesgo.

Medidas de control:
 Se debe establecer para todos aquellos riesgos que resultaron con un
Responsable del proceso/ nivel “Intolerable, Importante”.
Personal/ RD  Se debe evaluar establecer medidas de control cuando el nivel del riesgo
es “Moderado, Tolerable”.
 No se requiere establecer medidas de control para un nivel de riesgo
“Trivial”.
Para ello se deberá considerar reducir los riesgos de acuerdo con la siguiente
4. Medidas de control jerarquía:
Matriz IPERC
de riesgos
- Eliminación: Eliminar el riesgo removiendo el peligro.
- Sustitución: Sustituir materiales, equipos, procesos o substancias peligrosos
por otros menos peligrosos.
- Controles de ingeniería: Realizar cambios estructurales en el ambiente de
trabajo, sistemas de trabajo, herramientas o equipos con el fin de que sean
más seguros
- Señalización/advertencias y/o controles administrativos: Establecer
procedimientos administrativos apropiados tales como políticas, lineamientos,
procedimientos operativos estandarizados, registros, permisos de trabajo,
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señalización, rotación laboral, turnos de trabajo, mantenimientos de rutina,


capacitación, orden y limpieza.
- Equipos de protección personal: Proveer el equipo de protección personal
(EPP) en las tallas adecuadas y en buenas condiciones, y/o la vestimenta de
protección así como la capacitación en su uso.

Registrar las medidas de control en la Matriz IPERC.


Luego de haber implementado los controles nuevos se reevaluan los riesgos a fin
de determinar si los riesgos se han minimizado.
Responsable del proceso/
Personal/ RD La reevaluación se realiza siguiendo desde el punto 3. Según el nivel de riesgo
obtenido se determinará si se puede o no ejecutar la actividad.
5. Reevaluación de
Matriz IPERC
riesgos  Nivel de Riesgo Moderado, Tolerable, Trivial: Se puede realizar la
actividad.
 Nivel de Riesgo Importante, Intolerable: La actividad se debe prohibir y
no ejecutar, hasta lograr encontrar controles adecuados y minimizar el
riesgo a un nivel Moderado, Tolerable o Trivial.
Se debe revisar y/o actualizar Matriz IPERC, cuando:
- Se adquiera o instale un nuevo equipo.
- Se contrate un nuevo servicio.
- Se ejecute un proyecto.
6. Revisión y
- Se identifiquen nuevos peligros y riesgos asociados.
actualización de la
- Como resultado de las acciones correctivas o preventivas.
matriz de
- Se realicen cambios en la metodología o sistemas de trabajo. Matriz IPERC
identificación de
Responsable del proceso/ - Se den cambios de la legislación vigente u otros requisitos que la
peligros, evaluación
Personal/ RD/ Gerencia organización suscriba.
y control de riesgos
- Ocurran incidentes (accidentes).
- Se realicen cambios en los procesos.
- Se cambien las responsabilidades.
- Se ejecute expansión, contracción, reestructuración de la organización.
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- Existan emergencias.
- Se realicen cambios durante el monitoreo de la efectividad de los controles.
- Cambio en los procesos
- En la creación de un nuevo puesto que implique el desarrollo de nuevas
actividades que no han sido evaluadas anteriormente.
- Cambios en la infraestructura.
Asimismo, revisar por lo menos una vez al año este proceso con el fin de identificar
mejoras o modificaciones.

6.3 NOTAS
Nota 1: Queda expresamente prohibido el inicio de cualquier trabajo de alto riesgo (Intolerable, Importante) sin su respectiva autorización (con todas las
firmas).
Nota 2: Cuando se realice una actividad nueva, se deberá revisar si esta se encuentra dentro de la Matriz IPERC. De no encontrase, el Responsable del
proceso con una persona operativa del mismo deberá elaborar la matriz en mención antes de iniciar las actividades
Nota 3: Una vez definidos los controles operacionales de los riesgos Importantes e Intolerables, se agruparan adecuadamente estos controles y darán
origen al Programas Anuales de Seguridad y Salud, Ocupacional definiéndose objetivos, metas, actividades, responsables, tiempo de implementación y
recursos de ser el caso
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7 ANEXOS
Tabla N° 1 Criterio de Evaluación de Probabilidad

PROBABILIDAD

Exposición al
Capacitación
INDICE

expuestas

existentes
Controles
Personas

riesgo
Existen son Personal entrenado. A menos una vez al año
1 De 1 a 3 satisfactorios y Conoce el peligro y lo
suficientes previene Esporádicamente
Existen Al menos una vez al mes
Personal parcialmente
parcialmente y
entrenado, conoce el
2 De 4 a 12 no son
peligro pero no toma
satisfactorias o Eventualmente
acciones de control
suficientes
Personal no entrenado, Al menos una vez al día
3 Más de 12 No existen no conoce el peligro, no
toma acciones de control Permanentemente

Tabla N° 2 Criterio de evaluación de severidad

NIVEL DE SEVERIDAD
Lesión sin incapacidad: pequeños cortes o magulladuras,
Ligeramente
1 irritación de los ojos por polvo
dañino
Molestias e incomodidad: dolor de cabeza, disconfort
Lesión con incapacidad temporal: fracturas menores.
Dañino 2 Daño a la salud reversible: sordera, dermatitis, asma,
trastornos musculo esqueléticos
Lesiones con incapacidad permanente: amputaciones,
Extremadame fracturas mayores. Muerte
3
nte dañino Daño a la salud irreversible: lesiones múltiple, lesiones
fatales

Tabla N° 3 Criterio Probabilidad versus Severidad


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SEVERIDAD
Ligeramente Dañino Dañino Extremadamente dañino
Bajo Trivial Tolerable Moderado
4 5-8 9-16
PROBABILIDAD
Medio Tolerable Moderado Importante
5-8 9-16 17-24

Alto Moderado Importante Intolerable


9-16 17-24 25-36

Tabla N°4 Nivel de Riesgo

NIVEL DE INTERPRETACIÓN
RIESGO

Intolerable No se debe comenzar ni continuar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. Si


no es posible reducir el riesgo, incluso con recursos limitados debe prohibirse el
25-36
trabajo.

No se debe comenzar el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo. Puede


Importante que se precisen recursos considerables para controlar el riesgo. Cuando el riesgo
17-24 corresponda a un trabajo que se está realizando, debe remediarse el problema en
un tiempo inferior al de los riesgos moderados.

Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo, determinando las inversiones


precisas. Las medidas para reducir el riesgo deben implantarse en un periodo
Moderado determinado.
Cuando el riesgo moderado está asociado con consecuencias extremadamente
9-16
dañinas (mortal o muy grave), se precisará una acción posterior para establecer, con
más precisión, la probabilidad de daño como base para determinar la necesidad de
mejora de las medidas de control.

No se necesita mejorar la acción preventiva. Sin embargo, se deben considerar


Tolerable soluciones más rentables o mejoras que no supongan una carga económica
importante.
5-8
Se requieren comprobaciones periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia
de las medidas de control

Trivial
No se necesita adoptar ninguna acción.
4

Tabla N°5 Tabla General de Riesgos


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1. Mecánico 5. Físicos
 Caídas de personas en el mismo nivel  Ruido
 Caídas de personas desde distinto nivel  Carga térmica
 Caída de herramientas, materiales desde altura  Radiaciones no ionizantes
(derrumbes)  Radiaciones ionizantes
 Pisadas sobre objetos  Vibraciones
 Atrapamiento por o entre objetos
 Atrapamiento por vuelco de máquinas o vehículos 6. Biológicas
 Choques contra objetos inmóviles  Infecto Contagioso
 Choques contra objetos móviles  Picaduras Insectos
 Golpes por o contra  Vegetales
 Golpes con partes de máquinas (en movimiento o
estáticas)
 Proyección de fragmentos o partículas
 Sobreesfuerzo 7. Fisiológicas
 Cortes con objetos  Gasto energético excesivo
 Contactos térmicos
 Contactos con sustancias causticas o corrosivas
 Atropello por vehículos
2. Eléctrico 8. Biomecánicos
 Contacto eléctrico directo  Movimiento repetitivo
 Contacto eléctrico indirecto  Sobrecarga postural
 Electricidad estática  Uso de fuerza excesiva en extremidades
superiores
 Manejo manual de carga de forma
inadecuada.
3. Fuego y Explosión 9. Mentales y/o Psicosociales
 Fuego y explosión de gases  Elevadas exigencias cognitivas (atención
 Fuego y explosión de líquidos sostenida o simultaneidad de tareas que
 Fuego y explosión de sólidos exigen manejo de información)
 Fuego y explosión combinados  Elevada probabilidad de error con
 Incendios consecuencias importantes.
 Incendios eléctricos  Tareas muy poco variadas que se repitan a lo
 Incendios – Medio de lucha largo de la jornada
 Incendios Evacuación  Trabajo con turnos
4. Químicos 10. Otros
 Polvos (Sílice, granos, otros)  Asaltos
 Metales (Soldaduras, Fundición y otros)  Hurtos
 Solventes orgánicos (pinturas, barnices, desengrasantes,  Altura geográfica
lavado de piezas, otros)  Hiperbárismo (ej. Buzos)
 Ácidos  Trabajo en espacios confinados.
 Álcalis (soda caustica, otros)
 Gases y vapores
 Plaguicidas

ANEXO N°2. Procedimiento escrito de trabajo de excavaciones.


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1. PROPÓSITO

Establecer los lineamientos de seguridad y salud en el trabajo para desarrollar trabajos de excavación, de
manera que se prevenga los riesgos laborales relacionados a esta tarea.

2. ALCANCE

Comprende a cualquier trabajo que involucre excavaciones dentro de las actividades del XXXX, en los
diversos frentes de trabajo.

3. DOCUMENTO DE REFERENCIA

 D.S. 010-2009-VIVIENDA.
 NTE Norma G.050 Seguridad Durante la Construcción.
 Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo de XXX

4. DEFINICIONES

Excavación: Es el resultado de la extracción de tierra y otros materiales del terreno.

Permiso de Trabajo de Excavación: Autorización por escrito que permite llevar a cabo trabajos de
excavación y zanjas.

SST: Seguridad y Salud en el Trabajo.

Constructora: Para fines del presente procedimiento se entiende por XXX

5. PROCEDIMIENTO

5.1. Requisitos Generales.

 Antes de iniciar las labores se deberá contar con el Permiso de Trabajo de Excavación
correctamente diligenciado y autorizado por los profesionales responsables.
 Se ejercerá una supervisión frecuente por parte del profesional responsable de la obra y/o
actividad, que garantice que se han tomado las medidas de seguridad indicadas.
 Antes de iniciar la excavación del perímetro de la superficie se limpiará de materiales sueltos. Se
eliminarán todos los objetos que puedan desplomarse y que constituyen peligros para los
trabajadores, tales como árboles, rocas, rellenos, etc.
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 Si se encontrara una tubería, línea de servicios públicos u otra instalación durante la excavación,
se suspenderá inmediatamente el trabajo, hasta que se tomen las previsiones del caso y se
reanudará bajo la autorización del profesional responsable del trabajo.
 No se realizará excavación mecánica cerca de líneas eléctricas, tuberías y otros sistemas a
menos que se les hubiera desconectado la energía y tomado medidas de prevención.
 Se deberá prevenir los peligros de caída de materiales u objetos, o de irrupción de agua en la
excavación; o en zonas que modifiquen el grado de humedad de los taludes de la excavación.
 No se permitirá la presencia de personal en una excavación durante la realización de
operaciones con equipo mecánico, durante la operación de relleno de la zanja ni bajo la vertical
del equipo o tubería a instalarse.
 En los momentos de nivelación y compactación de terreno, el equipo de colocación de material
de relleno, trabajará a una distancia no menor de 20 metros, de la zona que se esté nivelando o
compactando.
 Las tareas para efectuar taludes y apuntalar se harán cumpliendo con el siguiente
procedimiento:
- En excavaciones donde el personal trabaje a 1.20 metros o más de profundidad, se
deberá proporcionar una escalera de mano u otro medio de acceso equivalente. Las
escaleras deberán sobresalir por lo menos 1 metro sobre la superficie del terreno y
deberán sujetarse para evitar movimientos.
 El personal que trabaje en excavaciones deberá usar el equipo de protección personal mínimo y
en casos especiales de acuerdo a los riesgos evaluados por el Área de SSOMA.
 Durante las interrupciones del trabajo de excavación, el operador del equipo hará una inspección
visual en torno al equipo para detectar la existencia de condiciones de riesgo.
 Las excavaciones que crucen caminos y vías de acceso deberán cubrirse con plataformas de
una resistencia adecuada para el pase de los vehículos, de no contar con el acceso adecuado se
procederá a poner barreras y clausurar el camino.
 En los casos en que las zanjas se realicen en terrenos estables, se evitará que el material
producto de la excavación se acumule a menos de 2 metros del borde de la zanja.

5.2. Instalación de Barreras.

 Las excavaciones deberán ser apropiadamente identificadas con señales de seguridad,


acordonamiento y barricadas o caballetes.
 Las barreras de advertencia y protección deberán colocarse a no menos de 1.80 metros
del borde de la excavación o zanja.
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 Si la excavación se realiza en la vía pública, la señalización será hecha con elementos de clara
visibilidad durante el día y pintadas con colores y pinturas que permitan identificarlas durante la
noche.
 Si la excavación se realiza en una zona adyacente a una edificación existente, se preverá que la
cimentación del edificio existente suficientemente garantizada.
 En caso de lluvias u otro motivo que produzca la presencia de agua de manera que genere
condiciones inadecuadas de trabajo, se contará con un sistema de bombeo de agua, de manera
que se mantengan condiciones adecuadas para el trabajo.

Al término del trabajo o jornada se deberá realizar labores de orden y limpieza, disponiendo de manera
adecuada los residuos generados durante la actividad.

6. RESPONSABILIDADES.

Jefes de Área

Tiene la responsabilidad general para este procedimiento y es responsable de apoyarlo y asegurar que
todo el personal y proveedores de servicios participen activamente.

Jefe de SST.

Difundir, implementar y hacer cumplir este procedimiento.

Responsable de la Actividad

Son responsables del cumplimiento de los lineamientos establecidos en este procedimiento en los
trabajos bajo su cargo.

Gestionar el Permiso de Trabajo de Excavaciones, su correcto llenado y las firmas de los responsables.

Trabajadores.

Cumplir y participar activamente con los lineamientos establecidos en el presente procedimiento.


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6. ANEXOS 1: Formato de permiso de excavación y zanjas


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ANEXO N°2. Procedimiento Escrito de Trabajo en Caliente

1. PROPÓSITO

Establecer los lineamientos de seguridad y salud en el trabajo para desarrollar trabajos en caliente, de
manera que se prevenga los riesgos laborales relacionados a esta tarea.

2. ALCANCE

Comprende a cualquier trabajo que involucre trabajos en caliente dentro de XXX

3. DOCUMENTO DE REFERENCIA

 D.S. 010-2009-VIVIENDA.
 NTE Norma G.050 Seguridad Durante la Construcción.
 Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. XXX

4. DEFINICIONES

Trabajo en Caliente: Cualquier trabajo que implique soldadura, oxicorte, esmerilado, fuego abierto o
cualquier otro trabajo u operación capaz de producir fuegos o explosiones.

Permiso de Trabajo en Caliente: Autorización por escrito que permite llevar a cabo trabajos en caliente.

SST: Seguridad y Salud en el Trabajo.

Constructora: Para fines del presente procedimiento se entiende por Constructora, a XXX

5. PROCEDIMIENTO

5.1. Consideraciones Generales

 Antes de que se realice un trabajo en caliente, se requerirá y diligenciará un “Permiso de Trabajo


en Caliente”, el cual deberá colocarse en forma visible en lugar donde se esté realizando la
labor. En general, el permiso tendrá una validez como máximo por un turno de trabajo, según
sea el caso. Antes de firmar el permiso de trabajo e iniciar el trabajo, deberá verificarse que se
cumpla con los requerimientos del permiso.
 Los trabajadores que vayan a ejecutar un trabajo en caliente deberán contar y usar de manera
adecuada los equipos de protección personal respectivos para cada tipo de trabajo.
 Solo se realizará un trabajo en caliente en áreas abiertas y/o designadas para esta labor. No se
permitirá el desarrollo de un trabajo en caliente en las áreas cerradas, definidas como
restringidas y propensas a incendiarse.
 El equipo a utilizar para trabajos en caliente se encontrará en condiciones de operación
satisfactoria y en buen estado.
 Retirar todo material combustible o inflamable en un radio de 11 metros, en caso que la
reubicación no sea posible se deberán proteger de la proyección de partículas incandescentes.
 Todo trabajo de oxicorte, soldadura por gas o soldadura eléctrica dentro de un espacio
confinado, debe realizarse con los cilindros/máquina de soldar ubicados fuera del recinto
cerrado.
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 Las cubiertas o grietas en las paredes, suelos o conductos situados a 11 metros dentro de la
zona, se deberá cubrir herméticamente con un material ignífugo o no combustible, con el fin de
prevenir el pase de chispas a áreas adyacentes.
 Si el trabajo en caliente se realiza cerca de paredes, tabiques, techo o cubiertas de construcción
combustible, se proveerán de protecciones ignífugas o dispositivos protectores para prevenir la
ignición.
 Si el trabajo en caliente se realiza cerca de paredes, tabiques, techo o cubierta, tomarán
precauciones para prevenir la ignición de combustibles en el otro lado, reubicando dichos
combustibles. Si esta reubicación no es posible se dispondrá de un vigilante de incendios en el
lado opuesto al del trabajo.
 Se debe contar con extintores en condiciones perfectas de operatividad y apropiadas para la
clase de fuego latente, en las áreas de trabajo donde se estén realizando trabajos en caliente.
 Si el trabajo en caliente se realiza en proximidad a una cabeza de rociador automático, se
colocará un trapo mojado sobre esta y se retirará al finalizar el trabajo. Durante el trabajo en
caliente se tomarán especiales precauciones para evitar la operación accidental de los sistemas
automáticos de detección o extinción de incendios.
 Al término del trabajo o jornada se deberá realizar labores de orden y limpieza, disponiendo de
manera adecuada los residuos generados durante la actividad.

6. RESPONSABILIDADES.

Jefes de Áreas

Tiene la responsabilidad general para el cumplimiento de este procedimiento y es responsable de


apoyarlo y asegurar que todo el personal propio y proveedores de servicios participen activamente.

Jefe o Encargado de SST

Difundir, implementar y hacer cumplir este procedimiento.

Responsables del Trabajo / Responsables de los Proveedores de Servicios

Son responsables del cumplimiento de los lineamientos establecidos en este procedimiento en los
trabajos bajo su cargo.

Gestionar el Permiso de Trabajo en Caliente, su correcto llenado y las firmas de los responsables.

Trabajadores

Cumplir y participar activamente con los lineamientos establecidos en el presente procedimiento.


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7. ANEXOS: Formato de Permiso de Trabajo en Caliente


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ANEXO N°3. Procedimiento de Almacenamiento y Manipuleo de materiales

1. PROPÓSITO

Establecer los lineamientos de seguridad y salud en el trabajo para desarrollar trabajos de


almacenamiento y manipuleo de materiales, de manera que se prevenga los riesgos laborales
relacionados a esta tarea.

2. ALCANCE

Comprende a cualquier trabajo que involucre almacenamiento y manipuleo de materiales dentro de


CONSORCIO CUMBAZA.

3. DOCUMENTO DE REFERENCIA

 D.S. 010-2009-VIVIENDA.
 NTE Norma G.050 Seguridad Durante la Construcción.
 Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de XXX

4. DEFINICIONES

Almacén: Lugar donde se guardan los materiales y equipos a utilizarse.

Apilamiento: Amontonamiento.

Carga: Queda definida como la suma de los pesos de hombre, materiales y equipos que soportará las
superficies.

Constructora: Para fines del presente procedimiento se entiende por Constructora, a XXX.

5. DESARROLLO

5.1. Consideraciones Previas a las Actividades de Trabajo

De la zona de almacenaje

 La zona de almacenaje tendrá la menor cantidad de elementos contaminantes que hagan variar
las propiedades de los materiales apilados.
 Los estantes, anaqueles y estructuras no se sobrecargarán.
 Cuando la altura del anaquel exceda tres veces su ancho se arriostrará.
 Prohibido escalar los anaqueles.
 Los cuartos con controles eléctricos no se usan nunca como depósitos o almacenes.
 El almacenamiento debe ser limpio y ordenado. Debe permitir fácil acceso al personal y a los
equipos.
 Se emplean escaleras para alcanzar los niveles de los anaqueles que tengan más de 1.80
metros de altura.
 Los materiales deben ser apilados en áreas niveladas (horizontales) y estables (que no se
hundan).
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 La altura total de la ruma no debe exceder tres veces la dimensión más pequeña de la base. En
ningún caso tendrá una altura mayor a 2.40 metros.
 Las pilas adyacentes no deben soportarse entre sí.
 Se debe dejar espacio suficiente entre filas como para que pase cómodamente una persona y
debe mantenerse libre de obstrucciones.
 Deben tomarse las precauciones del caso como señales barricadas y otras, para evitar que los
vehículos choquen contra las pilas, si estas se encuentran cerca de su tránsito o de lugares por
donde circulan vehículos, a fin de que no se afecte la estabilidad de la pila.
 Las parihuelas usadas para apilar deben encontrase en buenas condiciones. Los encargados de
los apilamientos serán los responsables de asegurar su buena condición.

De los Materiales

 Los cilindros de gas comprimido deben almacenarse en posición vertical con las válvulas
protegidas por sus capuchas o tapas. No se aceptará el ingreso al almacén de cilindros sin tapa.
Los cilindros estarán asegurados por una cadena que pasará entre la mitad y tres cuartas partes
de su lado superior.
 Los cilindros de oxígeno y acetileno (o cualquier oxidante y combustible) se almacenarán a una
distancia de 8 metros entre sí. Dentro de cada clase de producto, los cilindros llenos estarán
separados de los vacíos. Tantos cilindros llenos como vacíos se encontrarán asegurados.
 Deberán mantenerse almacenes independientes de acuerdo a la naturaleza de los materiales
(comunes, peligrosos, hidrocarburos y sus derivados).
 Los artículos más pesados se almacenarán en la parte más baja del anaquel.
 Los productos químicos (incluyendo ácidos o bases) se almacenarán de forma que se evite el
contacto accidental entre sustancias cuyas mezclas generen reacciones químicas violentas o
que liberen humos o gases peligrosos.
 Todos los productos químicos incluyendo hidrocarburos y sus derivados, deberán contar con la
hoja de datos de seguridad del material (MSDS).
 Los productos con riesgo de derrame se almacenará con su respectiva bandeja de contención.
 El almacenaje de materiales líquidos en tanques y el de sustancias peligrosas debe ser
previamente aprobado por el Encargado de SST.
 No se apila material de modo que obstruya el equipo contra incendios, las duchas, lavaojos, la
iluminación, los paneles eléctricos o la ventilación.
 Los tubos u otro material de sección circular deben almacenarse en estructuras especialmente
diseñadas, a falta de estas se colocarán sobre durmientes de sección uniforme en número tal
con respecto a su longitud que no permita su flexión, debiendo colocarse además cuñas de
madera apropiadas en ambos lados de su base.
 Los materiales apilados y almacenados deben estar claramente definidos y etiquetados en forma
adecuada. Las etiquetas incluirán precauciones contra el peligro, si existe la necesidad.

De la Capacitación
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 El personal involucrado es capacitado en las acciones preventivas a tomar con respecto a la


seguridad en la actividad de almacenamiento.
 El personal de almacenes y todo el personal involucrado deberá recibir capacitación sobre las
hojas de datos de seguridad de los materiales (MSDS) del producto que manipula, lo cual estará
debidamente registrado.
 Para el caso de servicios contratados estos se regirán por el presente procedimiento.

5.2. Consideraciones Adicionales

Apilamientos no autorizados

El Prevencionista en coordinación con el personal de almacén debe determinar el lugar de apilamiento,


quedando prohibido hacerlo entre otros:

 Bajo las escaleras.


 Frente y al costado de las puertas.
 En los pasillos peatonales.
 Superficies inestables.
 Obstruyendo el acceso a equipos de emergencias.

Almacenamiento de material inflamable y/o combustible

El Prevencionista en coordinación con el personal de Almacén, deberá asegurar que toda área
seleccionada para almacenamiento de materiales combustibles y/o inflamables sea adecuada y:

 Que estos estén en recipientes específicamente diseñados para el tipo de material.


 Que los materiales inflamables y/o combustibles no sean almacenados, transferidos o
trasladados de un contenedor a otro en las proximidades de trabajos con llama abierta o
cualquier otra fuente de ignición.
 Que tenga ventilación adecuada para prevenir acumulación de vapores o gases en el área de
almacenamiento.
 No se debe almacenar inflamables y/o combustibles a menos de 7 metros de cualquier
estructura adecuada habitada y a menos de 15 metros de cualquier fuente de ignición.

6. RESPONSABILIDADES

Jefes de Almacén

Tiene la responsabilidad general para este procedimiento y es responsable de apoyarlo y asegurar que
todo el personal y proveedores de servicios participen activamente.

Jefe o Encargado de SST

Difundir, implementar y hacer cumplir este procedimiento.

Personal de Almacén
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Son responsables del cumplimiento de los lineamientos establecidos en este procedimiento en los
trabajos bajo su cargo.

Trabajadores

Cumplir y participar activamente con los lineamientos establecidos en el presente procedimiento.


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Anexo N°04.- Programa de Capacitaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.


1. OBJETIVO.

Mejorar el desempeño de seguridad y salud en el trabajo durante el desarrollo de las actividades


de cada trabajador.
Reducir el nivel de riesgo relacionado con la necesidad de conocimiento o su reforzamiento
hacia los trabajadores en las distintas actividades y tareas que realizan.

2. RECURSOS.

Para el desarrollo del programa se cuenta con los siguientes recursos:

2.1. Recursos Humanos.

 Personal del XXX: Trabajadores calificados.


 Personal de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.
 Personal tercero que pueda prestar servicios de capacitación y entrenamiento en temas
de seguridad y salud en el trabajo.

2.2. Recursos materiales, tecnológicos e infraestructura.

 Ambiente para capacitación deseablemente equipado con pizarra, mesa y sillas.


 Equipo de proyector multimedia.
 Computadora portátil.
 Fotocopiadora.
 Impresora a color.
 Útiles de escritorio.
 Manuales, procedimientos, folletos, otros.
 Internet.

3. DOCUMENTACIÓN.

Como material de consulta y marco de orientación se cuenta con la siguiente documentación:


 Legislación vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo:
 Ley N° 29783: Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento D.S.
005-2012-TR.
 NTE Norma G.050 Seguridad Durante la Construcción.
 Normas Técnicas Peruanas, otras de aplicación.
 Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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 Plan de Contingencias y Respuesta a Emergencias.


 MSDS de los Materiales Peligrosos.
 Literatura en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

4. RESPONSABILIDADES.

Representante Legal.

Es el responsable de brindar los recursos necesarios para el cumplimiento y control del


Programa de Capacitación.

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Es el responsable de aprobar el presente Programa de Capacitación, así mismo dispone a través


de los representantes del empleador y los trabajadores la coordinación con la residencia y las
áreas para su cumplimiento y control.

Residencia de Obra.

Responsable de administrar y asegurar el cumplimiento del programa de capacitación en la obra.

Ingenieros de Campo y Jefes de Cuadrilla.

Ejecutan las actividades programadas en el programa de capacitación, asegurando la


participación de todos los trabajadores bajo su cargo. Registran cada actividad realizada y
elevan cada copia de estos al Especialista SST.

Especialista SST.

Es responsable de supervisar el cumplimiento del programa, asesorar y apoyar en la ejecución


de las actividades programadas. Mantiene un archivo con los registros correspondientes.

Trabajadores.

Tienen la responsabilidad de participar en las charlas, capacitaciones y entrenamientos


programados y firmar su asistencia en los registros correspondientes.

5. CONTROL DE LA EJECUCIÓN.

El control será liderado por el Especialista SST, quien contará con el respaldo de la Residencia
de Obra y Responsables de Área; y en forma facultativa los miembros del Comité de Seguridad y
Salud en el Trabajo. El control se realizará mensualmente y consistirá en la revisión de registros,
entrevista con el personal y resultados obtenidos.

6. CHARLAS DIARIAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.


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El Especialista SST en coordinación con el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y


Residencia de Obra, programará charlas que no se encuentran identificadas en este Programa,
los temas serán tratados de acuerdo a la necesidad de los trabajadores para la ejecución segura
de sus actividades. El alcance se determinará según los acuerdos, pudiendo abarcar charlas
diarias por cuadrillas, por áreas de trabajo o en el mejor de los casos el total del trabajador.
7. Formatos.
7.1. Formato de Registro de Charlas de Seguridad y Salud en el Trabajo
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Anexo N°06.- Programa de Inspecciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.


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1. OBJETIVOS.

1.1. Objetivo General.

Establecer el procedimiento general para realizar inspecciones planeadas, como una


herramienta de mejora continua, seguimiento y control del Sistema de Gestión de Seguridad y
Salud en el Trabajo.

1.2. Objetivos específicos.

 Vigilar los comportamientos, la orientación, el entrenamiento, los instructivos, la


comunicación, supervisión y prácticas seguras en los lugares de trabajo.
 Proveer al consorcio una herramienta de retroalimentación para las acciones de mejoras
correctivas y preventivas.
 Identificar actos y condiciones Subestándares y situaciones peligrosas derivadas
fundamentalmente del comportamiento humano.
 Determinar la necesidad, idoneidad y mejoras necesarias de los procedimientos de
seguridad y salud en el trabajo del consorcio.

2. ALCANCE.

Se aplica a todo el Sistema de Gestión del XXX

3. DEFINICIONES.
Observaciones Planeadas: Técnica o herramienta cualitativa básica para la prevención de
accidentes e incidentes, a través de la identificación de las deficiencias, durante el desarrollo de
las actividades específicas, así como el control de las medidas existentes para evitarlos.
Inspección de Seguridad y Salud en el Trabajo: Observación metódica donde se examina las
condiciones e identifican los peligros y riesgos en estructuras, materiales, equipos y prácticas de
trabajo que se ejecutan con determinada frecuencia en forma sistemática.
Mandos Inmediatos: Ingenieros, jefes de cuadrilla, maestros con personal y procesos que le han
sido asignados bajo su responsabilidad directa o indirecta.
Tareas críticas: Son los trabajos y actividades que tengan un potencial para ocasionar pérdidas,
fallas retrasos de cualquier tipo en el consorcio.
Acto Subestándar: Todo acto u omisión del trabajador que produce desviaciones en el
cumplimiento de procedimientos, normas y otros estándares en materia de seguridad y salud en
el trabajo.
Especialista de SST: Responsable asignado por la Alta Dirección para supervisar el
cumplimiento y correcto desarrollo del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

4. RESPONSABILIDADES.
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Representante Legal.
 Liderar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Disponer la asignación de los recursos para la implementación eficaz de este programa.
Pudiendo delegar esta tarea al encargado de los recursos del Consorcio.

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.


 Realizar las inspecciones de seguridad y salud en el trabajo que le corresponda.
 Proponer acciones preventivas y correctivas de acuerdo a las observaciones y no
conformidades registradas en las inspecciones.

Residente de Obra.
 Liderar en la obra el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Disponer la asignación de los recursos para el cumplimiento eficaz del programa.

Especialista SST.
 Supervisar el cumplimiento del presente programa por parte de los mandos inmediatos
directos e indirectos.
 Evaluar bimestralmente en forma conjunta con el residente, ingenieros de producción y el
Comité de Seguridad y salud en el Trabajo las observaciones y no conformidades, las
acciones preventivas y correctivas y el avance de su implementación registradas en las
inspecciones realizadas.
 Registrar en el Formato de Registro de Inspecciones Internas los resultados de las
inspecciones realizadas.

Ingenieros Responsables
 Realizar las inspecciones planeadas que les corresponda en los plazos establecidos.
 Revisar los resultados de las inspecciones realizadas en su área de trabajo, proponer
acciones preventivas y correctivas y ejecutarlas.
 Participar de las inspecciones internas de seguridad programadas a sus áreas de trabajo.

Mandos Inmediatos
 Liderar y promover el cumplimiento de los estándares de seguridad de su personal.
 Levantar las observaciones de seguridad y salud en el trabajo realizadas en su área de
trabajo.
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5. CRITERIO DE INSPECCIÓN
En el siguiente cuadro se presenta los tipos de inspecciones de seguridad y salud en el trabajo que
se realizará durante la ejecución de la obra.

TIPOS DE INSPECCIONES FRECUENCIA OBJETIVOS INSPECCIÓN A: RESPONSABLE REPORTADO A: DOCUMENTADO

Asegurar el Herramientas, maquinaria,


cumplimiento de los equipos, estado de los
estándares para cada equipos de protección Maestro de Obra, Jefes de Residencia de Obra,
INSPECCIONES DIARIAS DIARIO labor, reducir, personal. Todo aquello con Cuadrilla, Responsables de Área SST, Área de Sólo a los aplicables
minimizar y/o controlar lo que trabajamos Subcontratos. Producción.
los riesgos y prevenir diariamente y nos podría
accidentes ocasionar daños.

Asegurar el
cumplimiento de los
Residencia de Obra, Área
estándares para cada
INSPECCIONES de SST. Responsables de Residencia, Área SST,
SEMANAL labor, reducir, Uso y estado de Epp. SI
SEMANALES Áreas, Responsables de Área de Producción.
minimizar y/o controlar
Subcontratos.
los riesgos y prevenir
accidentes
Asegurar el
Extintores, botiquines,
cumplimiento de los
equipos de emergencia Área SST, CSST,
estándares para cada
INSPECCIONES médica, Kit contra Residente de Obra, Gerencia, General Área
MENSUAL labor, reducir, SI
MENSUALES derrames, Inspección Responsables de de SST
minimizar y/o controlar
general de SST, inspección Subcontratos.
los riesgos y prevenir
de Herramientas.
accidentes
Asegurar el
cumplimiento de los El Cumplimiento de los
Área SST, CSST,
estándares para cada estándares del Sistema de
INSPECCIONES Residente de Obra, Gerencia, Residencia de
TRIMESTRAL labor, reducir, Gestión de Seguridad y SI
BIMENSUALES Responsables de Obra, Área de SST
minimizar y/o controlar Salud en el Trabajo,
Subcontratos.
los riesgos y prevenir Infracciones de SST.
accidentes

En el siguiente cuadro se muestra el cronograma y tipo de inspecciones de seguridad y salud en el


trabajo a realizar.
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6. FORMATOS.
6.1. Formato de Inspección de Uso de Equipo de Protección Personal (EPP).
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6.2. Formato de Inspección de Extintores.


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6.3. Formato de Inspección de Botiquín de Primeros Auxilios.


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6.4. Formato de Registro de Inspecciones Internas de Seguridad y Salud en el Trabajo.


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SEGURIDAD PL-
SSO-
Y SALUD EN 01
EL TRABAJO
ÁREA DE SEGURIDAD Y Págin
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Anexo N°07. Procedimiento para el Tratamiento de no Conformidades.

1. PROPÓSITO

Definir los controles, responsabilidades y autoridades relacionadas con el procedimiento de una


No Conformidad de Seguridad y Salud en el Trabajo.

2. ALCANCE

Aplica a todos los procesos que comprende el Sistema de Gestión de Seguridad Salud en el
Trabajo del Consorcio Consuelo

3. DOCUMENTO DE REFERENCIA

Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.


D.S. 005-2012-TR Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
D.S. 010-2009-VIVIENDA NTE Norma G.050 Seguridad Durante la Construcción.
OHSAS 18001:2007 Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional.

4. DEFINICIONES

 Conformidad: Cumplimiento de un requisito normativo.


 No Conformidad (NC): Incumplimiento de un requisito del sistema de gestión de
seguridad y salud en el trabajo; estos pueden ser normativas legales, normas o
procedimientos internos y/o los estipulados por el cliente.
 No Conformidad Mayor: Incumplimiento de requisito normativo propio de la
organización y/o legal, que vulnera o pone en serio riesgo la integridad del
Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Puede corresponder a la
no aplicación de un artículo de una norma, el desarrollo de un proceso sin control,
ausencia consistente de registros declarados por la organización o exigidos por la
norma, o la repetición permanente y prolongada a través del tiempo de pequeños
incumplimientos asociados a un mismo proceso o actividad.

 No Conformidad Menor: Desviación mínima en relación con requisitos normativos,


propios de la organización y/o legales. Estos incumplimientos son esporádicos,
dispersos y parciales y no afecta mayormente la eficacia e integridad del sistema
de gestión.

 No Conformidad Potencial (NCP): Probable incumplimiento de un requisitito del sistema


de gestión de seguridad y salud en el trabajo; estos pueden ser normativas legales,
normas internas o estipulado por el cliente.

 Acción Correctiva (AC): Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad
detectada, u otra situación indeseable. La acción correctiva se toma para prevenir que
algo vuelva a producirse.
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 Solicitud de Acción Correctiva y/o Preventiva (SACP): Formato donde se registran las no
conformidades detectadas o potenciales, las acciones correctivas y/o preventivas a
tomar y la verificación de las acciones tomadas.

 Consorcio: Para fines del presente procedimiento se entiende por Consorcio, al


Consorcio Consuelo

5. PROCEDIMIENTO.

5.1. Detección de una No Conformidad de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Cualquier persona que participe del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo,
incluye clientes y proveedores de servicios, puede detectar la ocurrencia de una situación
potencialmente indeseable en las diferentes etapas del proceso constructivo e incluso antes
del inicio de dicho proceso.
Las No Conformidades pueden ser detectadas durante una auditoría interna, una auditoría
externa, una revisión del sistema de gestión o en algún momento durante el desarrollo de los
procesos.

5.2. Identificación de la No Conformidad de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Se generará el reporte de No Conformidades en la identificación de situaciones y/o


condiciones con potencial de daño, en la ocurrencia de accidentes, incidentes potenciales, el
incumplimiento de las normas y estándares de Seguridad y Salud en el Trabajo que son
parte del sistema de gestión y aquellos contemplados contractualmente por el cliente.
La identificación de situaciones y/o condiciones con potencial de daño se realiza con la
finalidad de no continuar laborando o usando dispositivos, herramientas y/o equipos bajo las
condiciones Subestándares identificadas; para este fin pueden emplearse etiquetas
autoadhesivas, carteles y/o marcadores de tinta o pintura con el texto “ELEMENTO NO
CONFORME” o “FUERA DE SERVICIO” y colocarlo en un lugar visible del mismo, de ser
factible.

5.3. Registro de la No Conformidad.

La descripción de la ocurrencia de la No Conformidad se registra en el Formato Tratamiento


de No Conformidad de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Para aquellas situaciones consideradas como No Conformidades con causas repetitivas
detectadas en una misma auditoría, actividad, área o proceso de observación, se agrupará
como una sola No Conformidad y se registrará en el Formato Tratamiento de No
Conformidad de Seguridad y Salud en el Trabajo.

5.4. Codificación de la No Conformidad de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Codificación
Para la identificación de los registros se utiliza el Formato Tratamiento de No Conformidad
de Seguridad y Salud en el Trabajo con la siguiente estructura:

NC – XX – YY – CVN – SST

Dónde:
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XX : Número correlativo de la No Conformidad.


YY : Año en curso.
CC : Consorcio Consuelo
SST : Atribuye No Conformidad de Seguridad y Salud en el Trabajo.

5.5. Tratamiento de la No Conformidad de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Las No Conformidades se tratan de la siguiente manera:


 Tomando acciones para eliminar la No Conformidad. Estas acciones pueden estar
indicadas en los procedimientos que corresponden a la etapa donde fue detectada la No
Conformidad.
 Autorizando su uso, liberación o aceptación bajo ciertas condiciones impuestas por el
Residente de Obra, el Especialista SST, Jefes de Áreas u otra Autoridad Pertinente.
 Tomando acciones para impedir su uso o aplicación originalmente prevista, esto incluye
la eliminación de las No Conformidades.
 Todas estas acciones tomadas en este punto deben de anotarse en el Formato
Tratamiento de No Conformidades de Seguridad y Salud en el Trabajo.

5.6. Verificación de las Acciones Tomadas.

Cuando una No Conformidad se corrige debe someterse a una nueva verificación, para
demostrar y evidenciar la conformidad con los requisitos.
Los resultados de estas verificaciones deben de anotarse en el Formato de Tratamiento de
No Conformidad de Seguridad y Salud en el Trabajo.

5.7. Acciones Correctivas.

Si se considera que es posible que vuelva a repetirse la No Conformidad, No Conformidad


Potencial o persiste la causa que lo generó, entonces deben de tomarse las acciones
correctivas y/o preventivas pertinentes, indicando el plan de acción para la gestión y
eliminación de las causas, usando los formatos de Solicitud de Acción Correctiva (SAC),
Solicitud de Acción Preventiva (SAP) y se verificará el avance y estado de las mismas a
través del Formato Reporte de Seguimiento de las SACP.
Si se detecta una No Conformidad Mayor, esta se gestionará como una No Conformidad
reincidente, aplicando los formatos indicados en el párrafo anterior.

6. RESPONSABILIDADES.

Residente de Obra.

Asegurarse de que se brinden los recursos necesarios para el cumplimiento de este


procedimiento.

Velar por el cumplimiento de este procedimiento en la ejecución de actividades del consorcio.


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Especialista SST.

Registrar y conservar los registros de las no conformidades halladas en el desarrollo de la


obra en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

7. FORMATOS.

FORMATO N°1: TRATAMIENTO DE NO CONFORMIDADES.


FORMATO N°2: SOLICITUD DE ACCIÓN PREVENTIVA (SAP).
FORMATO N°3: SOLICITUD DE ACCIÓN CORRECTIVA (SAC).
FORMATO N°4: REPORTE DE SEGUIMIENTO DEL ESTADO DE LAS SACP.
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FORMATO N°1: TRATAMIENTO DE NO CONFORMIDADES.

COD. F-SSO-22
TRATAMIENTO DE NO CONFORMIDADES DE SEGURIDAD
Registro N°:
Y SALUD EN EL TRABAJO Ver.00
INFORMACIÓN GENERAL

TIPO: NO CONFORMIDAD NO CONFORMIDAD POTENCIAL CÓDIGO

NATURALEZA ORIGEN

OPERACIONES AUDITORÍA INTERNA INSPECCIÓN DE SST


FECHA:
GESTIÓN AUDITORÍA EXTERNA INICIATIVA DE MEJORA

Descripción de la No Conformidad / No Conformidad Potencial

Registrada por:
Estándares / Requisitos vulnerables relacionados

TRATAMIENTO DE LA NO CONFORMIDAD
a) Corregir el acto / condición subestándar

Opciones de Tratamiento: b) Autorizar su uso o continuar en la misma situación con autorización vigente
c) Impedir su uso o paralización de las actividades

ACCIONES TOMADAS
Acción inmediata
Tipo de Acción: Acción Correctiva

Acción Preventiva

CAUSA DE LA NO CONFORMIDAD

Acciones Propuestas Responsable Fecha de Cierre


Corrección Inmediata Función / Nombre

Acción Correctiva Función / Nombre

Acción Preventiva Función / Nombre

Fecha de Cierre General:


Seguimiento de las Acciones Propuestas
Fecha Auditor Resultado Nuevo Plazo Responsable

Observaciones: Documentos Adjuntos


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SALUD EN EL TRABAJO
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REVISIÓN: 00 ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
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FORMATO N°2: SOLICITUD DE ACCIÓN PREVENTIVA (SAP).

COD. F-SSO-23
SOLICITUD DE ACCIÓN PREVENTIVA (SAP) Registro N°:
Ver.00

PROCESO / ÁREA: POTENCIAL NO CONFORMIDAD N°:


EMITIDO POR: REQUISITO:
ORIGEN: AUDITORÍA INTERNA AUDITORÍA EXTERNA HALLAZGO DEL PERSONAL
FECHA DE EMISIÓN: FECHA LÍMITE DE LEVANTAMIENTO:
DESCRIPCIÓN DE LA POTENCIAL NO CONFORMIDAD

SAP Asignada a: Fecha:


ANÁLISIS DE CAUSAS

Responsable: Fecha:
ACCIÓN PREVENTIVA

Responsable: Fecha:
VERIFICACIÓN DE LA EFECTIVIDAD DE LAS ACCIONES

Responsable: Fecha:
Abierta
Cerrada
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SALUD EN EL TRABAJO
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REVISIÓN: 00 ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
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FORMATO N°3: SOLICITUD DE ACCIÓN CORRECTIVA (SAC).

COD. F-SSO-24
SOLICITUD DE ACCIÓN CORRECTIVA (SAC) Registro N°:
Ver.00
PROCESO / ÁREA: NO CONFORMIDAD N°:
EMITIDO POR: REQUISITO:
ORIGEN: AUDITORÍA INTERNA AUDITORÍA EXTERNA HALLAZGO DEL PERSONAL
FECHA DE EMISIÓN: FECHA LÍMITE DE LEVANTAMIENTO:
DESCRIPCIÓN DE LA NO CONFORMIDAD

SAC Asignada a: Fecha:


ANÁLISIS DE CAUSAS

Responsable: Fecha:
ACCIÓN CORRECTIVA

Responsable: Fecha:

VERIFICACIÓN DE LA EFECTIVIDAD DE LAS ACCIONES

Responsable: Fecha:
Abierta
Cerrada
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SALUD EN EL TRABAJO
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REVISIÓN: 00 ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
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FORMATO N°4: REPORTE DE SEGUIMIENTO DEL ESTADO DE LAS SACP.

COD. F-SSO-25
REPORTE DE SEGUIMIENTO DEL ESTADO DE LAS SACP Registro N°:
Ver.00

Tipo de SACP Estado de SACP


Fecha de Emisión Fecha de
N° C: correctiva Emisor Responsable del Área Observaciones
de SACP Seguimiento Abierta Cerrada
P: preventiva
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SALUD EN EL TRABAJO
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Anexo N°08. Programa de Auditorias.

1. OBJETIVO.

Establecer los lineamientos generales para realizar los procesos de Auditoría Interna, con la finalidad
de:
 Determinar si el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo se ha
implementado y mantenido correctamente.
 Verificar la eficacia de la política y objetivos del Consorcio.
 Comprobar que las actividades de prevención realizadas luego de la evaluación de
riesgos, se adecúan a las normas de seguridad y salud vigentes.
 Proponer las medidas preventivas y correctivas necesarias para eliminar o controlar los
riesgos asociados al trabajo.

2. ALCANCE.
Se aplica a todos los procesos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo del
Consorcio Cumbaza

3. DEFINICIONES.

Auditoría: Proceso sistemático, independiente y documentado para obtener evidencias y


evaluarlas de manera objetiva con el fin de determinar la extensión en el que se cumplen el
conjunto de políticas, procedimientos o requisitos utilizados como referencia.
Auditor Interno: Persona calificada para realizar auditorías internas.
RD: Representante de la dirección.
Especialista SST: Persona designada por la alta dirección para supervisar el cumplimiento y
correcto funcionamiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Conformidad: Cumplimiento de un requisito normativo.
No Conformidad: Incumplimiento de un requisito normativo.
Observación: Situación específica que no implica desviación ni incumplimiento de requisitos, pero
que constituye una oportunidad de mejora o potencial no conformidad.
Acción Correctiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad detectada, u otra
situación indeseable. La acción correctiva se toma para prevenir que una no conformidad vuelva a
producirse.
Acción Preventiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad potencial u otra
situación indeseable.
Criterios de Auditoría: Conjunto de políticas, procedimientos o requisitos utilizados como
referencia.
Evidencia de la Auditoría: Registros, declaración de hecho o cualquier otra información que son
pertinentes para los criterios de auditorías y que son verificables.
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SALUD EN EL TRABAJO
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REVISIÓN: 00 ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
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Solicitud de Acción Correctiva y/o Preventiva (SACP): Formato donde se registran las no
conformidades detectadas o potenciales, las acciones correctivas y/o preventivas a tomar y la
verificación de las acciones tomadas.

4. RESPONSABILIDADES.

Representante Legal.
 Evaluar los resultados presentados en la auditoría y preparar las acciones necesarias para
mejorar los procesos.
 Realizar seguimiento a la implementación de las acciones correctivas y recomendaciones.

Representante Legal / Residente de Obra / Jefes de Áreas Auditadas / Jefes de Cuadrillas / Área
de SST.
 Participar en las reuniones de apertura y clausura de auditorías cuando sea necesario.
 Implantar en coordinación con el Área de SST las acciones correctivas y recomendaciones
del caso.
 Proponer acciones correctivas para eliminar las no conformidades; así como la fecha de
solución.

Área de SST.
 Elaborar, proponer y difundir el Programa de Auditorías.
 Proponer los equipos de auditores y auditores líderes.
 Supervisar la ejecución de las auditorías.
 Consolidar el informe de auditorías.
 Efectuar el seguimiento de las acciones correctivas y/o preventivas propuestas para dar
solución a las no conformidades.
 Ordenar y archivar las Solicitud de Acciones Correctivas y Preventivas en un file.
 Elaborar el estado de las solicitudes de acción correctiva y preventiva y remitir
mensualmente un informe a todas las áreas para que procedan a solucionarlas.
 Remitir a la Alta Dirección y al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo un Informe sobre
los resultados de la Auditoría Interna y las SACPs generadas después de cada auditoría
interna.
 Mantener al día la información de las no conformidades detectadas.

Equipo Auditor
 Preparar y efectuar auditorías.
 Revisar la documentación correspondiente a los procesos que van a auditar y preparar las
listas de verificación y los informes de auditoría.
 Coordinar con los auditados el día y hora; y ejecutar la auditoría.
 Comunicar a los auditados, si hubiera, las no conformidades, observaciones y solicitudes
de acción correctiva y preventiva.
 Coordinar con las gerencias la aplicación y seguimiento de las acciones correctivas y
recomendaciones del caso.
 Mantener un archivo con los informes de cada uno de los procesos.

Todo el Personal
 Conocer la existencia del sistema de auditorías y sus objetivos.
 Colaborar durante el desarrollo de la auditoría de manera proactiva.
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SALUD EN EL TRABAJO
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REVISIÓN: 00 ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
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5. PROCEDIMIENTO.

5.1. General:

Consorcio Cumbaza asegurará que se practiquen auditorías internas del Sistema de Gestión de
Seguridad y Salud en el Trabajo con una frecuencia mínima de una vez por cada 12 meses, en
este caso la programación será de una auditoría interna por la obra ya que este tiene un plazo
de desarrollo aproximado de 06 meses.
Las auditorías cubrirán el cumplimiento de estándares, performance y existencia de sistemas de
acuerdo a los requerimientos legales y propios del Consorcio.
El proceso involucrará entrevistas, revisión de documentos y verificaciones de campo para
asegurar que los sistemas están implementados.
Las observaciones deben ser documentadas y las acciones correctivas deben tomarse en un
plazo apropiado.

5.2. Selección de Auditores:

El Comité de SST y el Área de SST organizan al personal que va a realizar la auditoría, que
tengan la competencia o calificación apropiada para realizar auditorías y que además no tengan
compromiso directo con la actividad a realizar. Los auditores no podrán auditar su propio trabajo.
Los auditores también pueden ser externos al Consorcio o profesionales contratados para la
objetividad del caso.
De preferencia los auditores deberán cumplir los siguientes requisitos:
 Haber llevado curso de interpretación de la Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el
Trabajo y su Reglamento D.S. 005-2012-TR.
 Conocer o haber llevado curso de interpretación de la NTE Norma G.050 Seguridad
Durante la Construcción.
 Contar con un curso aprobado y certificado de Auditores Internos de Seguridad y Salud en
el Trabajo.
 Ideal haber llevado cursos de auditorías de Sistemas Integrados de Gestión ISO 9001, ISO
14001 y OHSAS 18001 y/o Auditoría de Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud
Ocupacional OHSAS 18001:2007.

5.3. Preparación de la Auditoría:

 El Especialista SST elabora un Plan de Auditoría, donde incluye las fechas, horario,
relación de auditores y auditados. Una vez realizado el Plan éste se envía a todas las
áreas involucradas con un mínimo de 3 días de anticipación.
 El auditor con dos días útiles de anticipación, confirma con el responsable del área a
auditar, la fecha e itinerario de la auditoría, con la finalidad de contar con todo el personal
del área para ejecutar la auditoría.
 En el caso de que el área no pueda participar de la auditoría, enviará una solicitud al
auditor, al Especialista SST y al Residente de Obra comunicando los motivos por los
cuales no podrá participar de la auditoría, proponiendo una fecha para su reprogramación.
 El equipo auditor, antes de la auditoría, realiza el estudio de escritorio de la documentación
del área a auditar y elabora la Lista de Verificación.
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SALUD EN EL TRABAJO
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REVISIÓN: 00 ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
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5.4. Ejecución de la Auditoría:

 Los auditores proceden a realizar la reunión de apertura, en la cual hacen referencia a los
objetivos y metodología a seguir durante la auditoría interna. Luego procederá a recoger
evidencias del área auditada, a través de entrevistas, observaciones de las actividades y
revisiones de registros, con la finalidad de verificar la implementación del Sistema de
Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y su eficacia.
 Los auditores no deben restringirse a realizar la auditoría en base a la Lista de Verificación,
pudiendo solicitar mayor información o profundizando en los puntos que el auditor o equipo
auditor requiera. Para la evaluación de los hallazgos encontrados, se deben considerar los
siguientes criterios:
Conforme:
 Cumple con los requisitos especificados.
 El producto está controlado.
 La prueba existente.
No Conforme:
 Incumplimiento con los requisitos especificados. Puede originar no
conformidades de consecuencias ilimitadas o mayores.
Observaciones / Potencial no Conformidad:
 Falta evidencia para declarar que se incumple con los requisitos especificados.
 Situación potencial de incumplimiento de un requisito.
No Aplica:
 El requisito evaluado no es aplicado al Consorcio.

 El auditor genera la Solicitud de Acción Correctiva y/o Preventiva (SACP) para los
hallazgos encontrados durante la ejecución de la auditoría interna. En el caso de una no
conformidad genera una SAC y en el caso de una observación o potencial no conformidad,
genera una SAP.
 El equipo auditor prepara el Informe de la Auditoría Interna realizada en cada área, de
acuerdo a los documentos auditados, declarando las no conformidades y observaciones
encontradas, requisitos de la norma que afecta, conclusiones y recomendaciones. El
informe de la auditoría junto con las SACP serán presentadas durante la reunión de cierre
al área auditada para su aceptación.
 Se realizará la investigación de las causas y el planteamiento de las acciones correctivas y
preventivas, se recomienda elaborar un procedimiento.
 El auditor líder entrega al Especialista SST una copia de las SACP generadas y el informe
de auditoría interna de su equipo, para su análisis, registro y posterior seguimiento.
 El Especialista SST en base a ello, prepara un informe general de la auditoría, el cual es
presentado al Representante Legal, Residencia de Obra y Comité de Seguridad y Salud en
el Trabajo para su evaluación. Los resultados de la auditoría interna también serán
publicados en el periódico mural para difusión al personal.
PROGRAMA DE AUDITORIA
PR-SSO-03

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REVISIÓN: 00 ÁREA DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE 141

6. CATEGORÍA DE EVALUACIÓN DE AUDITORÍA INTERNA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

Clase Mundial : 90.00 – 100 %


Excelente : 75.00 – 89.99 %
Habilidades : 60.00 – 74.99 %
Fundamental : 40.00 – 59.99 %
Básico : 00.00 – 39.99 %
PROGRAMA DE AUDITORIA
PR-SSO-03

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REVISIÓN: 00 ÁREA DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE 141

7. FORMATOS

7.1. PLAN DE AUDITORÍA INTERNA

PLAN DE AUDITORÍA INTERNA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

AUDITORÍA N° ALCANCE Y EXCLUSIONES

FECHAS EQUIPO AUDITOR

FECHA HORA PROCESO AUDITADO AUDITADOS CRITERIOS DE AUDITORÍA AUDITOR RESPONSABLE

AUDITOR LIDER REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN


PROGRAMA DE AUDITORIA
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REVISIÓN: 00 ÁREA DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE 141

8.2 REGISTRO DE REPORTE DE NO CONFORMDAD.


PROGRAMA DE AUDITORIA
PR-SSO-03

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REVISIÓN: 00 ÁREA DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE 141

REPORTES DE NO CONFORMIDAD

Consorcio Auditado: NC Número:


Área bajo Revisión: NORMA: Cláusula N°:
Deficiencia

Auditor:
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SALUD EN EL TRABAJO
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8.3 REGISTRO DE AUDITORÍAS.

CONSORCIO
REGISTRO DE AUDITORÍAS VIRGEN DE LA NATIVIDAD

DATOS DEL EMPLEADOR


DOMICILIO (Dirección, distrito, ACTIVIDAD N° DE TRABAJADORES EN EL CENTRO
RAZÓN SOCIAL RUC
provincia, región) ECONÓMICA LABORAL

CONSORCIO CONSUELO 20602737536 JR. MIGUEL GRAU N°802-TARAPOTO CONSTRUCCIÓN

NOMBRE(S) DEL(DE LOS) AUDITOR(ES) N° DE REGISTRO / CARGO (AUDITORÍA MENOR A 2 AÑOS)

FECHAS DE AUDITORÍAS PROCESOS AUDITADOS NOMBRE DE LOS RESULTADOS DE LOS PROCESOS AUDITADOS

NÚMERO DE NO
INFORMACIÓN A ADJUNTAR
CONFORMIDADES

MODELO DE ENCABEZADOS PARA EL PLAN DE ACCIÓN PARA EL CIERRE DE NO CONFORMIDADES


DESCRIPCIÓN DE LA NO CONFORMIDAD CAUSAS DE LA NO CONFORMIDAD

DESCRIPCIÓN DE MEDIDAS CORRECTIVAS FECHA DE EJECUCIÓN ESTADO


NOMBRE DEL de la implementación de la medida correctiva
RESPONSABLE DIA MES AÑO (realizada, pendiente, en ejecución)

RESPONSABLE DEL REGISTRO


Nombre:
Cargo:
Fecha:
Firma:
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SALUD EN EL TRABAJO
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REVISIÓN: 00
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Anexo N°09. Procedimiento para Atención, Notificación e Investigación de


Incidentes y Accidentes.

1. PROPÓSITO.

Establecer el procedimiento para atender, notificar e investigar en forma oportuna todos los
incidentes y accidentes laborales. Asegurar la implementación de acciones correctivas, compartir
las lecciones aprendidas, con el fin de prevenir la reincidencia de incidentes y/o accidentes y
mejorar el desempeño de la seguridad y salud en el Trabajo.

2. ALCANCE.

Aplica a todos los procedimientos que se encuentren dentro del alcance del Sistema de Gestión
de Seguridad y Salud en el Trabajo del Consorcio Cumbaza
3. DOCUMENTO DE REFERENCIA.

Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.


D.S. 005-2012-TR Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
D.S. 010-2009-VIVIENDA NTE Norma G.050 Seguridad Durante la Construcción.
OHSAS 18001:2007 Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional.
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo – Consorcio Cumbaza

4. DEFINICIONES.

Para los propósitos del presente procedimiento se aplican las siguientes definiciones:

 Accidente de Trabajo: Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del
trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional,
invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo, aquel que se produce durante la
ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad,
y aun fuera del lugar y horario de trabajo. Según su gravedad, los accidentes de trabajo con
lesiones pueden ser:
 Accidente Leve: Suceso cuya lesión, resultado de la evaluación médica, que genera en
el accidentado un descanso breve con retorno máximo al día siguiente a sus labores
habituales.
 Accidente Incapacitante: Suceso cuya lesión, resultado de la evaluación médica, da
lugar a descanso, ausencia justificada al trabajo y tratamiento. Para fines estadísticos,
no se tomará en cuenta el día de ocurrido el accidente. Según el grado de incapacidad
los accidentes de trabajo pueden ser:

- Total Temporal: Cuando la lesión genera en el accidentado la imposibilidad de


utilizar su organismo; se otorgará tratamiento médico hasta su plena
recuperación.
- Parcial Permanente: Cuando la lesión genera la pérdida parcial de un miembro
u órgano o de las funciones del mismo.
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SALUD EN EL TRABAJO
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REVISIÓN: 00
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- Total Permanente: Cuando la lesión genera la pérdida anatómica o funcional


total de un miembro, o de las funciones del mismo. Se considera a partir de la
pérdida del dedo meñique.

 Accidente Mortal: Suceso cuyas lesiones producen la muerte del trabajador. Para
efectos estadísticos debe considerarse la fecha del deceso.

 Causas de los Accidentes: Son uno o varios eventos relacionados que ocurren para generar
un accidente. Se dividen en:

 Falta de Control: Son fallas, ausencias o debilidades administrativas en la conducción


del empleador o servicio y en la fiscalización de las medidas de protección de la
seguridad y salud en el trabajo.
 Causas Básicas: Referidas a factores de personales y factores de trabajo.
- Factores Personales: Referidos a experiencias, fobias y tensiones presentes en
el trabajador.
- Factores de Trabajo: Referidos al trabajo, las condiciones y medio ambiente de
trabajo: organización, métodos ritmos, turnos de trabajo, maquinaria, equipos,
materiales, dispositivos de seguridad, sistemas de mantenimiento, ambiente,
procedimientos, comunicación, entre otros.
 Causas Inmediatas: Son aquellas debidas a los actos y condiciones Subestándares.
- Condiciones Subestándares: Es toda condición en el entorno del trabajo que
puede causar un accidente.
- Actos Subestándares: Es toda acción o práctica incorrecta ejecutada por el
trabajador que puede causar un accidente.

 Enfermedad Profesional u Ocupacional: Es una enfermedad contraída como resultado de la


exposición a factores de riesgos relacionados al trabajo.
 Incidente: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con el trabajo, en el que la
persona afectada no sufre lesiones corporales, o en el que éstas solo requieren cuidados de
primeros auxilios.
 Incidente Peligroso: Todo suceso potencialmente riesgoso que pudiera causar lesiones o
enfermedades a las personas en su trabajo o a la población.
 Lesión: Alteración física u orgánica que afecta a una persona como consecuencia de un
accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.
 Primeros Auxilios: Protocolos de atención de emergencia a una persona en el trabajo que ha
sufrido un accidente o enfermedad ocupacional.
 SST: Seguridad y Salud en el Trabajo.

5. PROCEDIMIENTO
5.1. Condiciones Básicas.
La Residencia de Obra, Jefes de Áreas y Encargados de los Subcontratos deben promover el
reporte de todos los incidentes y accidentes que observen o experimenten los trabajadores bajo
su cargo, incluyendo al personal de subcontratos; garantizando los recursos necesarios para la
atención, investigación y toma de acciones correctivas frente a los sucesos reportados.
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REVISIÓN: 00
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Reporte de incidentes y accidentes: Todo trabajador que sufra un incidente o accidente de


trabajo debe reportar inmediatamente el mismo hacia su Jefe Inmediato. Los accidentes que no
sean reportados durante el turno de trabajo no serán considerados como accidentes de trabajo.
Los accidentes de trabajo que no generen lesiones y generen otro tipo de pérdidas materiales
también deben ser reportados e investigados: daños a infraestructura/equipos/materiales,
incendios/explosiones, derrames de materiales peligrosos.

Investigación de incidentes y accidentes: La Residencia de Obra, Jefes de Áreas y Encargados


de subcontratos asegurarán que todos los incidentes y accidentes ocurridos en su área de
trabajo sean investigados con la finalidad de evitar la reincidencia de los mismos. El responsable
directo del área de la persona accidentada debe asumir el liderazgo en la investigación del
incidente/accidente reportado, asimismo debe involucrar durante el proceso de investigación al
personal del Área de SST y al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Consorcio.

Lecciones aprendidas: El Área de SST será responsable de emitir un informe mensual los
accidentes ocurridos, las causas y acciones correctivas definidas. Los Jefes de Área coordinarán
la difusión de lecciones aprendidas a sus trabajadores. Es responsabilidad del Residente de
Obra, asegurar que se tomen las medidas preventivas necesarias para evitar la recurrencia de
accidentes similares en sus instalaciones.

Registros: El Especialista SST debe mantener actualizados los registros de incidentes peligrosos
y accidentes, así como otros registros relacionados a la investigación que se consideren
necesarios, tales como: Registro de entrega de EPP, Registro de Capacitaciones, IPER del Área
de la persona accidentada, otros.

Charlas y Capacitaciones: Todo el personal del centro de trabajo debe recibir charla o
capacitación relacionada a prevención y reporte de incidentes/accidentes.

Participación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: El Especialista SST, debe revisar e
informar en reunión mensual del Comité de SST los informes de investigación de incidentes y
accidentes ocurridos así como el estatus de las acciones correctivas. Esta acción de revisión
debe ser registrada en Libro de Actas del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

5.2. Condiciones Específicas.

Reporte Inicial: Los responsables de cada área incluyendo los Proveedores de Servicios deben
reportar los incidentes/accidentes ocurridos al Área de SST de manera inmediata vía verbal o
telefónica. Posteriormente, dentro del turno de trabajo, se entregará diligenciado el “Reporte de
Accidentes”, donde deberán llenar los datos de manera preliminar referentes a:
 Empleador del trabajador accidentado.
 Datos del trabajador accidentado.
 Descripción del accidente, incluyendo fecha, clasificación de la gravedad del accidente.
 Declaración del(os) testigo(s).

El propósito del reporte inicial es asegurarse que se cumple con los niveles y tiempos de
notificación dentro del consorcio o hacia la autoridad competente según sea el caso, tomando en
cuenta que todo accidente mortal e incidente peligroso debe notificarse al Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo dentro de las primeras 24 horas.
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SALUD EN EL TRABAJO
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Atención de Accidentes: El Área de SST en conjunto con el encargado de Asistencia Social


realizan las coordinaciones de atención a la persona lesionada, desde los primeros auxilios
hasta las coordinaciones de traslado a centros médicos. El Encargado de la Asistencia Social
realizará el seguimiento de tratamiento y alta de la persona lesionada cuando sea necesario.
Toda persona lesionada que necesite ser trasladada a un centro médico para ser atendida a
través de las pólizas de seguro deberá ser trasladada con el formulario “Declaración de
Accidentes” debidamente firmada. El Encargado de la Asistencia Social de ser posible entregará
los formatos al Área de SST para su disposición inmediata frente a un accidente, en caso se
cuente con más de un centro de labor.
En el caso de ocurrir un accidente mortal o incidente peligroso dentro de las instalaciones del
Consorcio, generado durante la ejecución de actividades de personal propio y/o terceros, se
debe reportar obligatoriamente al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dentro
del plazo máximo de 24 horas mediante el formulario electrónico N°1 colocado en el portal
institucional del MTPE.
El reporte al MTPE en el caso de accidentes de trabajo incapacitantes y enfermedades
ocupacionales debe ser realizado por el Centro Médico donde el trabajador accidentado es
atendido dentro de los plazos establecidos.

Investigación Final de Incidentes y Accidentes: La investigación final de incidentes/accidentes se


realizará dentro de las 96 horas de ocurrido el mismo, el responsable del área donde ocurrió el
accidente liderará la investigación y coordinará la participación del área de SST y el Comité de
Seguridad y Salud en el Trabajo, así como con otras áreas que crea necesario. El resultado de la
investigación se registrará en el formato de “Registro de Accidentes de Trabajo” o “Registro de
Incidentes Peligrosos e Incidentes” según sea el caso; en donde se deberán llenar todos los
datos solicitados. El objetivo principal de la investigación de incidentes y accidentes es prevenir
la reincidencia de estos por causas similares. Con el fin de lograr este objetivo es necesario que
las investigaciones:
 Identifiquen las causas raíces de los incidentes/accidentes reportados.
 Definir las acciones correctivas con el fin de eliminar las causas encontradas.
 Compartir el aprendizaje con las áreas, que puedan estar expuestas a riesgos similares.
 Revisar los peligros y riesgos identificados en el área de trabajo y fortalecer los
controles operacionales en caso se considere necesario.

Seguimiento de Acciones Correctivas: El Especialista SST debe realizar el seguimiento de la


implementación de acciones correctivas o preventivas y al cabo de treinta (30) días de
implementadas comprobar su eficacia o no ocurrencia de incidentes similares, en caso contrario,
debe comunicar a la Residencia de obra y Responsable del Área para que evalúe las acciones
propuestas inicialmente y replantee las mismas. El Especialista SST, manejará un estatus
mensual de las acciones correctivas definidas en las investigaciones realizadas.

6. RESPONSABILIDADES.

Residente de Obra / Representante Legal. Asegurarse de que se brinden los recursos


necesarios para el cumplimiento de este procedimiento y velar por el cumplimiento de este
procedimiento durante la ejecución de actividades del Consorcio.

Jefes de Área y Responsables de Subcontratos: Participar en el cumplimiento de sus tareas de


acuerdo a las responsabilidades designadas en el presente procedimiento.
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Especialista SST. Apoyar en el proceso de comunicación al personal en cuanto al procedimiento.


Asesorar y apoyar en el proceso de investigación de accidentes.

7. FORMATOS.
7.1. Formato de Registro de Accidente de Trabajo.
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7.2. Formato de Registro de Incidentes Peligrosos e Incidentes.


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7.3 Formato de Registro de Estadísticas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

COD. F-SSO-18
REGISTRO DE ESTADÍSTICAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Registro N°
Ver. 00

DATOS DEL EMPLEADOR


N° DE TRABAJADORES EN EL
RAZÓN SOCIAL RUC DOMICILIO (Dirección, distrito, provincia, región) ACTIVIDAD ECONÓMINA
CENTRO LABORAL
CONSORCIO CONSUELO JR MIGUEL GRAU N°802- TARAPOTO
20602737536 CONSTRUCCIÓN
CONSTRUCCION
DESCRIBIR LOS RESULTADOS ESTADÍSTICOS
(COMPARAR CON LOS OBJETIVOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO)

ANÁLISIS DE LAS CAUSAS QUE ORIGINARON LAS DESVIACIONES

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

RESPONSABLE DL REGISTRO
Nombre:
Cargo:
Fecha:
Firma:
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REVISIÓN: 00
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Anexo N°10. Procedimiento del Comité de Seguridad y Salud En El Trabajo.

1. PROPÓSITO

Informar los resultados del Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo e índices obtenidos
durante el periodo, asimismo tomar acuerdos para el tratamiento de los riesgos específicos del
desarrollo de las actividades. Asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento
Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST) y la normatividad legal aplicable promoviendo un
buen desempeño de la seguridad y salud en el trabajo.

2. ALCANCE.

Aplica a todo el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo del Consorcio Cumbaza.

3. DOCUMENTO DE REFERENCIA.

Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.


D.S. 005-2012-TR Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
NTE Norma G.050 Seguridad Durante la Construcción.
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo – Consorcio Cumbaza

4. DEFINICIONES.

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: Es un órgano bipartito y paritario constituido por


representantes del empleador y de los trabajadores, con las facultades y obligaciones previstas por la
legislación y la práctica nacional, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones del
empleador en materia de prevención de riesgos.

Comité: Para fines del presente procedimiento se entiende por Comité, al Comité de Seguridad y
Salud en el Trabajo.

Consorcio: Para fines del presente procedimiento se entiende por Consorcio, a Consorcio Cumbaza
5. PROCEDIMIENTO.

5.1. Generalidades.

 El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo estará constituido en forma paritaria, es decir,


con igual número de representantes de la parte empleadora y de la parte trabajadora.
 El Consorcio conformará el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Se realizarán las reuniones del Comité (en forma ordinaria) por lo menos una (1) vez por
mes, en día previamente fijado.
 Las reuniones del Comité pueden realizarse dentro o fuera de las horas de trabajo, según
acuerdo de los miembros del Comité.
 En forma extraordinaria, el Comité se reúne a convocatoria de su Presidente, a solicitud de
dos o más de sus miembros, en caso de ocurrir un accidente o enfermedad ocupacional
grave o cuando las circunstancias lo exijan.
 Para que el Comité pueda sesionar es requisito mínimo la asistencia de la mitad más uno de
sus integrantes.
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 Cuando a la fecha de sesión del Comité, no asista el mínimo requerido establecido en el


punto precedente, dentro de los ocho (8) días subsiguientes se cita a una nueva reunión.
Esta se llevará a cabo con el número de asistentes que hubiere, levantándose en cada caso
un acta respectiva.
 Las reuniones versarán sobre temas de Seguridad y Salud en el Trabajo y no de otros
asuntos.
 El Comité procura que los acuerdos sean adoptados por consenso y no por sistema de
votación. En caso de no conseguirse consenso, se requiere la mayoría simple. En caso de
empate el Presidente tiene el voto dirimente.
 Todos los miembros del Comité recibirán una identificación que acredite su condición de tal.
 Todos los miembros del Comité deben ser capacitados en temas relacionados a las
funciones que van a desempeñar.

5.2. Integrantes del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

 Para ser integrante del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo se requiere:


- Ser trabajador a tiempo completo del consorcio.
- Tener 18 años de edad como mínimo.
- De preferencia, tener capacitaciones en temas de Seguridad y Salud en el Trabajo
o laborar en un puesto que permita tener conocimiento o información sobre riesgos
laborales.
 El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo está conformado por:
- El Presidente: De acuerdo a la norma sectorial es el Residente de Obra y/o puede
ser elegido por el propio Comité entre los representantes de la parte empleadora y
actúa como nexo entre el Comité y la Alta Dirección del consorcio.
- El Secretario: Se recomienda que sea el Encargado del Servicio de Seguridad y
Salud en el Trabajo quien pertenece al Comité, o ser otro de los miembros del
Comité elegido por consenso. Cuando el Comité no se encuentre sesionado, es el
nexo entre el presidente y los miembros.
- Los Miembros: Son los demás integrantes del Comité de Seguridad y Salud en el
Trabajo (representantes del empleador y representantes de los trabajadores).
- Participantes Invitados: Serán considerados como participantes invitados las
personas invitadas a participar del Comité cuya presencia sea necesaria para tratar
un tema específico de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 El número de personas que componen el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es
definido por el consorcio no pudiendo ser menor de cuatro (4) ni mayor de doce (12)
miembros. Entre otros criterios, se podrá considerar el nivel de riesgo y el número de
trabajadores. A falta de acuerdo, el número de miembros del Comité no es menor de
seis (6) miembros si se cuenta con más de cien (100) trabajadores, agregándose al
menos a dos (2) miembros por cada cien (100) trabajadores adicionales, hasta un
máximo de doce (12) miembros.
 En caso de contar con subcontratistas, pueden participar el representante de las
mismas o su Encargado de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 La duración del cargo como miembro del Comité será durante toda la ejecución de la
obra, por esta menor a dos (2) años.
 Los cargos que pudieran quedar vacantes en el Comité, deben ser cubiertos de
inmediato por el suplente o los suplentes que hubieran, hasta que se complete el
periodo.
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 El cargo de miembro de Comité queda vacante en los siguientes casos:


- En caso de muerte.
- En caso de renuncia como trabajador del consorcio.
- En caso de renuncia como miembro del Comité, debidamente justificada.
- Inasistencia injustificada a tres (3) sesiones consecutivas del Comité o a cuatro (4)
de manera alternada, en el lapso de su vigencia.
- Por cualquier otra causa que extinga la relación laboral.

5.2.1. Representantes de la parte empleadora.

 La Alta Dirección del consorcio designará sus representantes titulares y suplentes


para el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Serán representantes de la parte empleadora del Comité de Seguridad y Salud en
el Trabajo:
- Aquel personal que conforma la Línea de Mando del consorcio o que es
considerado como personal de confianza por el cargo desempeñado.

5.2.2. Representantes de la parte trabajadora.

 Los trabajadores eligen sus representantes, titulares y suplentes, ante el Comité,


según el número que le corresponda y que representen a diferentes secciones o
áreas del Consorcio.
 Serán representantes de la parte trabajadora del Comité:
- Aquel personal que es considerado como trabajador del Consorcio.
- Se excluye al personal de la Línea de Mando o Dirección y/o considerado
personal de confianza del consorcio.

5.2.2.1.Elección de los representantes de la parte trabajadora.

El proceso de elección para los representantes de la parte trabajadora para el Comité


será de la siguiente manera:

- Los candidatos serán propuestos para los trabajadores.


- La elección de los representantes será a través de votación o elecciones.
- Los resultados serán publicados por el Encargado del Área de SST.

5.3. Libro de Actas del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

El acto de constitución e instalación, así como toda reunión, acuerdo o evento del Comité debe
ser asentado en un Libro de Actas. Dicho Libro puede estar constituido por hojas sueltas
debidamente foliadas, fechada y suscritas por los representantes.
Como resultado de la constitución e instalación del Comité se levanta el acta respectiva de la
misma, la que debe contener:

- Nombre del Consorcio.


- Nombres y cargos de los miembros titulares del Comité.
- Nombres y cargos de los miembros suplentes.
- Lugar, fecha y hora de la instalación.
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- Otros datos de importancia.


 El acta de constitución e instalación se asienta a partir de la segunda página del Libro de
Actas.
 Para las demás reuniones ordinarias y extraordinarias, se levantará un acta, la que debe
contener:
- Nombre del Consorcio.
- Participantes de la reunión.
- Lugar, fecha y hora de la instalación.
- Descripción de los temas tratados.
- Otros datos de importancia.

6. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES.

6.1. Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Las atribuciones del Comité son las siguientes:


 El Comité tiene carácter promotor, consultivo y de control en las actividades orientadas a la
prevención de riesgos y protección a la salud de los trabajadores.
 Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo del consorcio.
 Asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Seguridad y Salud en
el Trabajo en el desarrollo de las actividades y la normativa nacional, y de esta forma
promover la seguridad y salud en el trabajo.
 Participar en las inspecciones periódicas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones relacionadas
con la seguridad y salud en el trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas adoptadas
y examinar su eficacia.
 Vigilar el cumplimiento de los reglamentos, procedimientos, instructivos y otros relacionados
a la seguridad y salud en el trabajo manejados en el consorcio.
 Asegurarse que todos los trabajadores reciban capacitaciones adecuadas para seguridad y
salud en el trabajo.
 Asegurarse que todos los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, avisos y
demás material escrito o gráfico relativo a la seguridad y salud en el trabajo del consorcio.

Las obligaciones del Comité son las siguientes:

 Participar en la investigación de todos los accidentes laborales ocurridos en el consorcio.


 Hacer recomendaciones pertinentes y verificar que estas se implementen, para evitar la
repetición de los accidentes.
 Procurar la colaboración de todos los trabajadores en el fomento de la seguridad y salud en
el trabajo.
 Estudiar las estadísticas de los accidentes y todos los indicadores de seguridad y salud en el
trabajo.
 Evaluar y definir las sanciones por incumplir con lo descrito en el Reglamento Interno de
Seguridad y Salud en el Trabajo y con las reglas de seguridad y salud en el trabajo.
 Llevar en el libro de actas el control del cumplimiento de los acuerdos y propuesta del
comité.
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6.2. El Presidente.

El Presidente del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrá las siguientes


responsabilidades:

 Presidir y dirigir las reuniones del Comité y facilitar la aplicación y vigencia de los
acuerdos de este, canalizando el apoyo de la Dirección del consorcio.

6.3. El Secretario.

El Secretario del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrá las siguientes


responsabilidades:

 Convoca a reuniones a los miembros del Comité ya sea para las reuniones ordinarias
y/o extraordinarias.
 Preparar la agenda para la reunión mensual y distribuir a todos los miembros en forma
anticipada.
 Preparar la minuta de los acuerdos y temas tratados.
 Llevar el estatus del cumplimiento de los acuerdos, los mismos que son revisados en
cada reunión.
 Mantener al día el Libro de Actas.
 Distribuir una copia del acta levantada a cada uno de los miembros del Comité y a la
Dirección del consorcio.

6.4. Representante de los Trabajadores.

Los representantes de los trabajadores tendrán las siguientes responsabilidades:

 Recoger todas las inquietudes de los trabajadores antes de la reunión y las presentarán
ante el Comité.
 Comunicar al Comité, los asuntos de seguridad y salud en el trabajo que considere que
no están siendo correctamente tratados en el consorcio.
 Recoger y responder a las inquietudes sobre seguridad y salud en el trabajo de parte
de los trabajadores en forma constante durante el desarrollo de las actividades.
 Recibir temas adecuados en materia de seguridad y salud en el trabajo, a través del
Programa de Capacitación de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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7. ACTAS.
7.1. Acta de instalación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

ACTA Nº -201…-CSST

De acuerdo a lo regulado por la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, su


Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, en ____, siendo las _____ del ___
de _____ de 201…, en las instalaciones de (la empresa) ________________, ubicada en
_______________, se han reunido para la instalación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
(CSST), las siguientes personas:
1. (nombre de la más alta autoridad o su representante, 26º LSST)
Miembros titulares del empleador:
1.- (Nombre, DNI/C.E. y cargo que ocupa en la empresa)
2.-

Miembros suplentes del empleador:
1.- (Nombre, DNI/C.E. y cargo que ocupa en la empresa)
2.-

Miembros titulares de los trabajadores:
1.- (Nombre, DNI/C.E. y cargo que ocupa en la empresa)
2.-

Miembros suplentes de los trabajadores:
1.- (Nombre, DNI/C.E. y cargo que ocupa en la empresa)
2.-

Observador del Sindicato Mayoritario (Si lo hubiera)
1.- (Nombre, DNI/C.E. y cargo)
Adicionalmente participaron: (De ser el caso)
1.-

Habiéndose verificado el quórum establecido en el artículo 69º del Decreto Supremo Nº 005-2012-
TR, se da inicio a la sesión.
I. AGENDA: (propuesta)
1. Instalación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
2. Elección del Presidente por parte de los miembros titulares del CSST
3. Elección del Secretario por parte de los miembros titulares del CSST
4. …
5. Otros.
6. Establecimiento de la fecha para la siguiente reunión
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II. DESARROLLO DE LA REUNIÓN

1. Instalación del CCSST


A efectos de proceder a la instalación del CSST para el periodo ___,el titular de la empresa o su
representante toma la palabra manifestando ____________________________________
_________________________________________________________________________________
___, y de esta forma da por instalado el CSST.
2. Elección del Presidente por parte de los miembros titulares del CSST.

Acto seguido, los representantes titulares coincidieron en la necesidad de elegir al Presidente del
Comité de SST, de acuerdo al inciso a) del artículo 56º del Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, que
establece que el Presidente es elegido por el CSST entre sus representantes, tomando en cuenta
que para adoptar este acuerdo, el artículo 70º de la norma citada, establece que éstos se adoptan
por consenso, y sólo a falta de ello, el acuerdo se toma por mayoría simple.
Con el procedimiento claro, se procedió a la deliberación (Se puede incluir un resumen de los
argumentos expuestos por los miembros que hayan solicitado el uso de la palabra) y se arribó a la
siguiente decisión por consenso / mayoría simple de votos (Especificar los votos emitidos)

3. Elección del Secretario por parte de los miembros titulares del CSST

De acuerdo al inciso b) del artículo 56º del Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, el cargo de Secretario
debe ser asumido por el responsable del servicio de seguridad y salud en el trabajo o uno de los
miembros elegido por consenso.
(Párrafo a incluir si se cuenta con el responsable del servicio de seguridad y salud en el trabajo). En
la medida que el responsable del servicio de seguridad y salud en el trabajo es (Nombre) de acuerdo
a (Documento donde conste su designación), a partir de la fecha se constituye en Secretario del
CSST. (En caso exista responsable del servicio de seguridad y salud en el trabajo)
(Párrafo a incluir si NO se cuenta con el responsable del servicio de seguridad y salud en el trabajo).
En la medida en que la empresa aún no ha definido al responsable del servicio de seguridad y salud
en el trabajo, se procede a la elección por consenso del Secretario. (En caso no exista responsable
del servicio de seguridad y salud en el trabajo).
Una vez precisado ello, se procedió a la deliberación (Se puede incluir un resumen de los
argumentos expuestos por los miembros que hayan solicitado el uso de la palabra) y posterior
votación, donde salió elegido por consenso como Secretario (Nombre del miembro del CSST elegido)

4. Definición de la fecha para la siguiente reunión.

De acuerdo al artículo 68º del Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, el CSST se reúne con periodicidad
mensual en día previamente fijado, por lo que corresponde definir la fecha para la siguiente reunión
ordinaria del CSST.
Luego de la deliberación y posterior votación se definió por (Consenso/mayoría simple) citar a
reunión ordinaria para el __ de ______ de ___, a las _____, en ____________.

III. ACUERDOS

En la presente sesión de instalación del CSST, los acuerdos a los que se arribaron son los
siguientes:

1. Nombrar como Presidente del CSST a: ___________________.


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2. Nombrar como Secretario del CSST a: ___________________.


3. Citar a la siguiente reunión de trabajo para el __ de _____ de ___, en ________.

Siendo las _____, del __ de _____ de ___, se da por concluida la reunión, firmando los asistentes en
señal de conformidad.

Representantes de los Trabajadores Representante de los Empleadores


________________________________ ________________________________
Nombre Nombre
Presidente/Secretario/Miembro Presidente/Secretario/Miembro

________________________________ ________________________________
Nombre Nombre
Presidente/Secretario/Miembro Presidente/Secretario/Miembro

________________________________ ________________________________
Nombre Nombre
Presidente/Secretario/Miembro Presidente/Secretario/Miembro

7.2. Agenda de Reunión del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

AGENDA PARA LAS REUNIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO


AGENDA

Reunión (Ordinaria/Extraordinaria) Nº ____-201…-CSST


Fecha: _ de ______ de 201__
Lugar: _________________
Hora: _________________

AGENDA PROPUESTA:

1. Firma del Acta de la Reunión Nº ___


2. Aprobación de la Agenda.
3. Informes de la Presidencia.
4. (Los puntos de agenda que hubieran sido planteados en la reunión anterior o que fueron
propuestos por los miembros a la Secretaría del Comité)
5. _________________________________________.
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6. _________________________________________.

7. Determinación de la fecha para la siguiente reunión.
8. Conclusiones.

ANEXOS:
(En caso se remitan documentos para ser evaluados por los miembros del CSST para la toma de
decisiones en la reunión programada).

7.3. Acta de Reunión del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

ACTA DE REUNIÓN (ORDINARIA/EXTRAORDINARIA) Nº -201…-CSST

De acuerdo a lo regulado por la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, su


Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, en ____, siendo las _____ del ___
de _____ de 201…, en las instalaciones de (la empresa) ________________, ubicada en
_______________, se han reunido para la reunión (ordinaria/extraordinaria) del Comité de Seguridad
y Salud en el Trabajo (CSST), las siguientes personas:

Miembros del empleador:

1.- (Nombre y cargo que ocupa en la empresa y dentro del CSST)


2.-

Miembros de los trabajadores:
1.- (Nombre y cargo que ocupa en la empresa y dentro del CSST)
2.-

Observador del Sindicato Mayoritario (Si lo hubiera)
1.- (Nombre y cargo)
Adicionalmente participaron: (De ser el caso)
1.-

Habiéndose verificado el quórum establecido en el artículo 69º del Decreto Supremo Nº 005-2012-
TR, se da inicio a la reunión.

IV. AGENDA: (propuesta)

1. Firma del Acta de la Reunión Nº ___


2. Aprobación de la Agenda.
3. Informes de la Presidencia del CSST.
4. (Los puntos de agenda que hubieran sido planteados en la reunión anterior o que fueron
propuestos por los miembros a la Secretaría del Comité)
5. _________________________________________.
6. _________________________________________.

7. Determinación de la fecha para la siguiente reunión.
8. Conclusiones
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V. DESARROLLO DE LA REUNIÓN

1. Firma del Acta de Reunión Nº ____


Una vez revisada el Acta de la Reunión Nº ___, los miembros del CSST proceden a firmar el Acta
respectiva en señal de conformidad.

2. Aprobación de la Agenda
Acto seguido, el Presidente solicita al Secretario del CSST de lectura a la agenda propuesta para
esta reunión, luego de lo cual los miembros del CSST expresan su conformidad con la misma (o en
caso de no haber conformidad, explicar los motivos para excluir algún punto de la agenda).

3. Informes de la Presidencia.
(Si hay informes que presentar) La Presidencia toma el uso de la palabra para informar
_____________
(Si no hay informes que presentar) La Presidencia no tiene informes que presentar al CSST.

4. (Colocar el punto 4 de la agenda)


Con relación a este tema (se pasa a resumir lo tratado con los miembros sobre este punto de
agenda).
Luego del debate se toma la decisión por (consenso / por mayoría) sobre _________
(Esto se repite por cada punto de la agenda)

5. Determinación de la fecha para la siguiente reunión.


De acuerdo al artículo 68º del Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, el CSST se reúne con periodicidad
mensual en día previamente fijado, por lo que corresponde definir la fecha para la siguiente reunión
ordinaria del CSST.
Luego de la deliberación y posterior votación se definió por (Consenso/mayoría simple) citar a
reunión ordinaria para el __ de ______ de ___, a las _____, en ____________.

VI. ACUERDOS
En la presente reunión, los acuerdos a los que se arribaron son los siguientes:
1. ___________________.
2. ___________________.
3. Citar a la siguiente reunión de trabajo para el __ de _____ de ___, en ________.
Siendo las _____, del __ de _____ de ___, se da por concluida la reunión, firmando los asistentes en
señal de conformidad.

Representantes de los Trabajadores Representante de los Empleadores

________________________________ ________________________________
Nombre Nombre
Presidente/Secretario/Miembro Presidente/Secretario/Miembro

________________________________ ________________________________
Nombre Nombre
Presidente/Secretario/Miembro Presidente/Secretario/Miembro
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7.4 Programa del Comité De Seguridad y Salud En El Trabajo.

PROGRAMA DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO


ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO TOTAL AVANCE OBS
ITEM PROGRAMA DE CSST ACTIVIDADES PROGRAMADAS
P R P R P R P R P R P R P R 0.00%

1 Reuniones del Comité de SST Comité de SST 1 1 1 1 1 1 6 0 0.00%

Funciones y Obligaciones del Comité de


1 1 0 0.00%
Seguridad y Salud en el Trabajo
Capacitación para el Cumplimiento de
2 Investigación de Accidentes e Incidentes 1 1 0 0.00%
sus funciones

Inspecciones SST 1 1 0 0.00%

Inspecciones del Comité de Seguridad


3 Inspecciones SST 1 1 1 1 1 5 0 0.00%
y Salud en el Trabajo
Informe de Comité de Seguridad y Informe de Gestión de Comité de Seguridad y
4 1 1 1 1 1 5 0 0.00%
Salud en el Trabajo Salud en el T rabajo
TOTAL 1 0 4 0 5 0 3 0 3 0 3 0 19 0
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Anexo N°11. Procedimiento de Seguimiento y Medición de Seguridad y Salud en el


Trabajo.
1. PROPÓSITO.

Establecer la metodología para el seguimiento y la medición regular de las características fundamentales


de las operaciones de la empresa que pudieran tener un impacto significativo en el Sistema de Gestión
de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Consorcio.

2. ALCANCE

Aplica a todos los procedimientos que se encuentren dentro del alcance del Sistema de Gestión de
Seguridad y Salud en el Trabajo del Consorcio Cumbaza

3. DOCUMENTOS DE REFERENCIA.

Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.


D.S. 005-2012-TR Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
D.S. 010-2009-VIVIENDA NTE Norma G.050 Seguridad Durante la Construcción.
OHSAS 18001:2007 Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional.

4. DEFINICIONES.

Desempeño de la Seguridad y Salud en el Trabajo: Resultados medibles de la gestión que hace una
organización de sus riesgos para la seguridad y salud en el trabajo.
La medición del desempeño de la SST incluye la medición de la eficacia de los controles de la
organización.
En el contexto de los sistemas de gestión de SST, los resultados se pueden medir respecto a la
política Integrada de SST, los objetivos de SST del Consorcio y otros requisitos de desempeño de
SST.

Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo: Aplicación de los principios de la administración


moderna a la seguridad y salud, integrándola a la producción, calidad y control de costos.

SST: Seguridad y Salud en el Trabajo.

Consorcio: Para fines del presente procedimiento se entiende por Consorcio, a Consorcio Cumbaza

5. PROCEDIMIENTO.

Seguimiento y Medición.
La identificación de peligros y la evaluación de riesgos que han sido desarrollados para los procesos
desarrollados por el Consorcio y en cada proceso se han considerado las diferentes tareas
realizadas.
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Tomando como base esta identificación de actividades y/u operaciones, las operaciones que pudieran
tener un impacto significativo en la seguridad y salud de los trabajadores (Riesgo Intolerable) se han
definido actividades de control, los cuales se señalan en el formato de identificación de peligros y
evaluación de riesgos.
El seguimiento y medición pueden servir para muchos propósitos tales como:

 Realizar el seguimiento del progreso en el cumplimiento de la política, el logro de los objetivos,


las metas, las actividades programadas y las acciones de mejora.
 Reducir y/o eliminar los peligros identificados en las instalaciones y los inherentes a las
actividades desarrolladas en el trabajo.
 Suministro de datos para evaluar el desempeño y el grado de cumplimiento del Programa Anual
de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Suministro de información para la Revisión por la Dirección.
 La evaluación del cumplimiento de los requisitos legales, es una herramienta del seguimiento y
medición.

6. RESPONSABILIDADES.

Residencia de Obra.
Aprobar y asegurar que se brinden los recursos necesarios para el cumplimiento de este
procedimiento.
Velar por el cumplimiento de este procedimiento durante la ejecución de actividades del consorcio.

Especialista SST.
Registrar y conservar los registros seguimiento y medición de la obra en materia de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
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Anexo N°12. Procedimiento de Análisis de Seguridad en el Trabajo.


1. PROPOSITO.
Identificar de manera sistemática los peligros asociados en la ejecución de una tarea y establecer los
mecanismos de control requeridos para minimizar las posibilidades de pérdidas.
2. ALCANCE.
Es de aplicación a todo personal del Consorcio Cumbaza y subcontratistas que deban ejecutar trabajos
sobre algún proceso considerado de Riesgo Significativo o Alto, dentro de las actividades que realiza el
consorcio.

3. REQUISITOS LEGALES.

Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

D.S. 005-2012-TR Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

D.S. 010-2009-VIVIENDA NTE Norma G.050 Seguridad Durante la


Construcción

OHSAS 18001:2007 Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional.

D.S. 003-98-SA Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.

Suplemento de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición diaria).

4. DEFINICIONES.
Análisis de Seguridad en el Trabajo (A.S.T.): Método usado para la identificación de peligros, con el
propósito de controlar o eliminar los riesgos relacionados con las tareas a ejecutar.

Riesgo: Es la medida de la probabilidad y la gravedad del daño que podría experimentar una persona,
un equipo, el medio ambiente o una propiedad en general.
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Peligro: Es una condición existente o potencial resultante de un fenómeno producido por el hombre o la
naturaleza, que por sí sola o por la interacción con otras variables es capaz de producir lesiones,
muerte, o daños a la propiedad y otras pérdidas.

Lesión: Es todo perjuicio o daño físico al cuerpo como resultado de un intercambio de energía
mecánica, térmica u otra índole ambiental que sobrepase los límites de tolerancia o resistencia del
cuerpo.

Seguridad: Es la evaluación del grado de aceptabilidad del riesgo.

Seguro: Un trabajo es seguro cuando los riesgos asociados al mismo se consideran aceptables, por
estar debidamente controlados.
Paso de trabajo: Una actividad individual y separada que permite el paso y avance de una tarea para
lograr el trabajo integral que se ejecuta.
Procedimiento: Es la descripción paso a paso referida a “cómo hacer un trabajo”, desde el principio
hasta el final.

Elementos de Protección Personal (EPP): Son aquellos equipos o elementos que tienen la función de
resguardar total o parcialmente a la persona de los riesgos originados en sus trabajos y que ante la
imposibilidad técnica y/o económica de eliminar tales riesgos, debe proveerse a todo el personal que
está expuesto a los mismos a fin de preservar su salud e integridad psicofísica. Estos elementos y
equipos tienen el carácter de uso obligatorio.

Representante Designado: Se entiende como tal a aquella persona designada para estar a cargo de la
planificación y ejecución de la tarea.

5. PROCESO.

5.1. Finalidad del Análisis de Seguridad en el Trabajo.


El Análisis de Seguridad en el Trabajo es una técnica sencilla y efectiva para el control o eliminación de
peligros y que permite la prevención de incidentes. El A.S.T. utilizado como herramienta nos permitirá:

 Identificar los peligros y el potencial de incidentes asociados con cada paso.


5.2. El proceso del A.S.T.
El proceso del A.S.T. consiste básicamente en el desarrollo de los siguientes pasos:
 Selección de la tarea: Elegir la actividad que se va a analizar.
 Pasos básicos: Dividir la actividad en pasos perceptibles u observables.
 Identificación de Peligros: Identificar para cada paso básico, las formas en que los trabajadores
pueden lesionarse mientras realizan la actividad.
 Medidas de Control: Especificar para cada peligro detectado en los pasos básicos las acciones a
tomar a fin de minimizar o eliminar la posibilidad de un incidente.
 Proceso de Revisión del A.S.T.: Luego de concluido el A.S.T. se procede a revisar el mismo con la
finalidad verificar que se hayan contemplado todos los puntos y si es necesario corregir o bien
agregar nuevas observaciones.
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 Implementación: El A.S.T constituye un proceso constante, para lograr todos sus beneficios, este
debe ser integrado al ambiente de trabajo y revisado en forma periódica.
5.3. Confección del Análisis de Seguridad en el Trabajo.
La confección del A.S.T. se prepara por escrito en el formulario respectivo. Para su realización el
ejecutor debe tener en cuenta los siguientes pasos:
 Selección de la tarea que se va a realizar.
 Descomponerlo en pasos sucesivos, en el mismo orden en que se producen.
 Identificar los peligros asociados a cada paso y los posibles incidentes.
 Establecer los modos de eliminar los peligros identificados y de evitar posibles incidentes.

5.3.1. Selección de la tarea.


Un trabajo es una secuencia definida de pasos o actividades separadas que juntos se dirigen a
cumplir un fin.
Los trabajos que se adaptan para la realización del A.S.T. son aquellos que pueden realizar un
ejecutor o un grupo de personas como por ejemplo:
 Excavación y movimiento de tierra.
 Habilitación de acero.
 Habilitación de estructuras en acero
 Habilitación de estructuras en madera (encofrados).
 Trabajos de izaje que impliquen manipulación de cargas en obra.
 Manipulación y Traslado de Materiales.
 Trabajos en ambientes confinados, en altura, con exposición a flama.
 Otros que queden bajo evaluación del profesional responsable.
Trabajos que no son adecuados para la realización de los A.S.T.
Excepción Nº1: Existen trabajos que pueden definirse, en términos generales en función de aquello
que se realiza, por ejemplo:
 Fabricar papel.
 Construir una planta.
 Construir ductos.
 Reparar ductos.
 Etc.
Estos trabajos encierran una definición muy amplia que no es adecuada para realizar un A.S.T.
Excepción Nº2: En cambio otros trabajos se definen por una sola acción como por ejemplo:
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 Cerrar la puerta.
 Apretar un botón.
 Apretar un tornillo.
 Etc.
Esta definición tan estricta tampoco es conveniente para realizar un A.S.T.

6. PROCEDIMIENTO.
El proceso de AST se hará siguiendo los siguientes pasos:

 Identificar el trabajo a analizar.


 Descomponer el trabajo en pasos o actividades.
 Identificar los riesgos (consecuencias) y los peligros presentes.
 Desarrollar soluciones o medidas de control.
 Establecer un compromiso con los trabajadores.
 Registrar y Firmar.
1.1. Identificar el trabajo a analizar.
 Consiste en la identificación del trabajo que va a ejecutar y el área donde se va a desarrollar.
 De ser necesario, contar con los procedimientos de trabajo e IPER respectivo.

1.2. Descomponer el trabajo en pasos o actividades.

 Observe el trabajo y descomponga en tareas básicas (pasos secuenciales).


 Anote cada actividad producto de la descomposición.
 Verificar los pasos con el personal que realiza el trabajo.
 Una descomposición tan general no considera los pasos básicos.
 Una descomposición muy minuciosa da lugar a un número de pasos innecesarios.

1.3. Identificar los riesgos (consecuencias) y peligros.

Observe y pregúntese si el trabajador puede resultar:

 ¿Golpeado contra algo y/o por algo?


 ¿En contacto perjudicial con algún objeto?
 ¿Atrapado dentro, sobre o entre objetos?
 ¿Resbalar o tropezar y/o caer a un mismo o diferente nivel?
 ¿Tendrá que esforzarse demasiado para empujar, tirar de, o levantar algo?
 Estar expuesto a algún agente físico, químico, biológico y ergonómico que perturbe el normal
desarrollo del trabajo.

1.4. Desarrollar soluciones o medidas de control.

 Identifique las medidas de control.


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 Si no existe otra forma mejor de desarrollar el trabajo aplique medidas de control para cada tarea
mencionada.
Ejemplo:

- Procedimiento de lock out - tag out.


- Haga que todos los trabajadores participen mediante sugerencias.
- Modificar las condiciones física que ocasionan peligros.
- Si es necesario haga una revisión al procedimiento.

1.5. Establecer un compromiso con los trabajadores.

 Los trabajadores deberán de participar activamente en la elaboración del AST.


 Que el mismo trabajador realice dicho análisis asesorado por el Supervisor.
 Lea en voz alta cuales son las tareas que componen dicho trabajo y cuáles son los riesgos que
implican dicha actividad y cuáles son las medidas de control al respecto.

1.6. Registrar y Firmar.

 El AST Deberá ser firmado por todos los trabajadores participantes, el Supervisor a cargo, y con el
visto bueno del Supervisor de SSOMA.
 Este deberá de realizarse en forma diaria antes de iniciar cualquier trabajo.
 El AST deberá ser cerrado con la firma de todos los participantes del trabajo.

7. RESPONSABILIDADES.

Supervisor de SST.

 Es responsable por su implementación y verificación del cumplimiento.

Supervisor de Trabajo.

 Es responsable del cumplimiento de este procedimiento, verificando la elaboración correcta y


diaria del AST en todas sus áreas de trabajo, así como la implementación de las medidas de
control determinadas en el análisis y su efectividad.
 Coordinar con el Supervisor del área para informar y obtener su aprobación.

Maestro de Obra.

 Verificar que las condiciones generales del trabajo a realizar no afecten o sean afectada desde el
resto de las actividades que se desarrollan normalmente en las operaciones.
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Trabajadores.

 Participar activamente en la elaboración de los AST. Comunicar al Supervisor inmediato si no


cuenta con el entrenamiento o tiene ilimitación para realizar la labor.

8. REGISTROS.
Todos los formularios de Análisis de Seguridad en el Trabajo (A.S.T.) se elaborarán previos al inicio de los
trabajos. Los mismos deberán ser exhibidos y aprobados en forma simultánea con la emisión de los
Permisos de Trabajos de Alto Riesgo correspondientes, por el Responsable Designado para ese fin.

9. ANEXOS
9.1 Diagrama de Flujo.
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9.2 Formato de Análisis Seguro en el Trabajo – Anverso.


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Anexo 2: Formato de Análisis Seguro en el Trabajo – Reverso.


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Anexo N°13. Procedimiento de Monitoreo de Agentes de Riesgos Físicos, Químicos,


Biológicos, Factores Ergonómicos y Psicosociales.

1. PROPÓSITO
Establecer los registros para lograr el cumplimiento de controlar y mantener en niveles permisibles los
distintos tipos de agentes, que existen en los procesos asociados al consorcio, y que puedan generar,
según circunstancias, deterioros en la salud del trabajador, pudiéndole afectar en su desempeño laboral a
largo o corto plazo.

2. ALCANCE
Está táctica será utilizada en todo el dominio infraestructural de la organización.
3. DOCUMENTO DE REFERENCIA.

Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

D.S. N° 005-2012-TR Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

R.M. 375-2008-TR Norma Básica de Ergonomía y de Procedimiento de Evaluación de


Riesgos Disergonómicos.

D.S. N° 015-2005-SA Reglamento sobre los Valores Límite Permisible para Agentes
Químicos en el Ambiente de Trabajo.

D.S. N° 055-2010-EM Reglamento de Seguridad e Higiene en Minería

R.M. 510-2005-MINSA Manual de Salud Ocupacional

4. RESPONSABILIDADES.
Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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Registrar y conservar los registros seguimiento y medición de la obra en materia de seguridad y salud
en el trabajo.

Residente de Obra.
Aprobar y asegurar que se brinden los recursos necesarios para el cumplimiento de este
procedimiento.
Velar por el cumplimiento de este procedimiento durante la ejecución de actividades del consorcio.

5. PROGRAMA.
El monitoreo de los agentes FÍSICOS, QUÍMICOS, BIOLÓGICOS, PSICOSOCIALES Y FACTORES DE
RIESGO DISERGONÓMICOS se realizaran de acuerdo a las consideraciones establecidas (cada 6
meses).
6. REGISTROS.
REGISTRO DEL MONITOREO DE AGENTES FÍSICOS, QUÍMICOS, BIOLÓGICOS, PSICOSOCIALES Y
FACTORES DE RIESGO DISERGONÓMICOS
El monitoreo permite al consorcio vigilar los niveles de emisión y exposición de los agentes presentes en el
entorno laboral para la protección de la seguridad y salud de los Trabajadores.
El monitoreo permite:
a) Identificar qué factores de riesgo o agentes están presentes en el ambiente de trabajo, indicando su
concentración o intensidad. Los resultados se comparan con los valores límite establecidos para
cada agente.
b) Determinar los niveles de riesgos para la salud en el trabajo.
c) Comprobar la eficiencia de los métodos de control de los agentes que sobrepasaron los valores
límite.
d) Comprobar el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo.
e) Orientar las acciones de control y prevención.
Aquellos agentes o factores a ser monitoreados son:
1) Físicos: ruidos, vibraciones, iluminación, ventilación, presión alta o baja, temperatura (calor, frio),
humedad, radiación en general, otros.
2) Químicos: gases, vapores, polvos, neblinas, rocío, polvo, humos, líquidos, otros.
3) Biológicos: virus, bacilos, bacterias, hongos, parásitos, microbios, insectos, roedores, otros.
4) Disergonómicos: manipulación manual de cargas,
Sobre esfuerzos, posturas de trabajo movimientos repetitivos, otros.
5) Psicosociales: hostigamiento psicológico, estrés laboral, mobbing (acoso laboral), otros.
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6) Los instrumentos para medir los agentes o factores que tienen influencia en la generación de
riesgos que afectan la seguridad y salud de los trabajadores deben estar calibrados, para ello es
necesario contar con un programa de calibración de estos instrumentos.

7. INSTRUCTIVO.

FICHA TÉCNICA DEL REGISTRO DEL MONITOREO DE AGENTES FÍSICOS, QUIMICOS,


BIOLÓGICOS, PSICOSOCIALES Y FACTORES DE RIESGO DISERGONÓMICOS
DATOS DEL EMPLEADOR
1. RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN SOCIAL
Completar la razón social o denominación social según corresponda del empleador principal.
2. RUC
Completar número de registro único del contribuyente.
3. DOMICILIO
Completar el domicilio donde se realizará el monitoreo.
4. TIPO DE ACTIVIDAD ECONÓMICA
Describir en detalle la actividad económica.
5. NÚMERO DE TRABAJADORES EN EL CENTRO LABORAL
Indicar número total de trabajadores presentes en el centro laboral, incluyendo trabajadores de
intermediación o tercerización.
DATOS DEL MONITOREO
6. ÁREA MONITOREADA
Completar el nombre del área monitoreada.
7. FECHA DE MONITOREO
Completar fecha del monitoreo.
8. TIPO DE RIESGO A SER MONITOREADO
Indicar tipo de riesgo a ser monitoreado (agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores
de riesgo disergonómicos).
9. PROGRAMA DE MONITOREO
Indicar si tiene programa de monitoreo.
10. FRECUENCIA DEL MONITOREO
Completar con qué frecuencia se realizan los monitoreos según el programa.
11. N° TRABAJADORES EXPUESTOS EN EL CENTRO LABORAL
Completar número total de trabajadores expuestos al agente o factor.
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12. NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN QUE REALIZA EL MONITOREO


Completar el nombre de la organización que realiza el monitoreo.
13. RESULTADOS DEL MONITOREO
Describir los resultados del monitoreo de los agentes o factores presentes en el trabajo.
14. DESCRIPCIÓN DE LAS CAUSAS ANTE DESVIACIONES PRESENTADAS
Describir las causas de las desviaciones presentadas en el resultado del monitoreo.
15. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Describir las medidas que se adoptaran para corregir las desviaciones presentadas en el monitoreo.
Adjuntar:
- Programa anual de monitoreo.
- Informe con resultados de las mediciones de monitoreo, relación de agentes que son objetos de la
muestra, limite permisible del agente monitoreado, metodología empleada, tamaño de muestra, relación
de instrumentos utilizados, entre otros.
- Copia del certificado de calibración de los instrumentos de monitoreo, de ser el caso.
16. RESPONSABLE DEL REGISTRO
Completar el nombre del responsable del registro.
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8. ANEXOS:
8.1 Formato de Registro del m monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y
factores de riesgo disergonómicos.
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Anexo N°14. Dotación de Equipos de Protección Personal y Equipos de Protección


Colectivas.

1. OBJETIVOS.

Garantizar que el equipo de protección personal sea el adecuado y esté disponible, para proteger a los
trabajadores de todo peligro que pudiera causar lesión o enfermedad en las actividades.
Es obligatorio que todos los trabajadores usen los equipos y vestimentas de trabajo proporcionados
por el consorcio los preserven, mantengan limpios y en condiciones seguras.

2. ALCANCE.

Esta Instrucción de Trabajo comprende a todos los equipos y vestimentas de trabajo, incluyendo equipos
colectivos utilizados en las Actividades del Consorcio Cumbaza
3. DOCUMENTOS DE REFERENCIA.

Decreto Supremo Nº 009-2005-TR Reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo


Norma Técnica Peruana NTP (INDECOPI) 399.018, 392.003, 350.063-1989, 241.004-2003,
241.016-1987, 399.047:1977
Normas COVENIN 815:1999, 955:1976, 39:1997
ANSI Z359.1-1992 Requisitos de Seguridad para los Sistemas de Protección Personal de Caídas,
Sub - Sistemas y Componentes.
OSHA 29 CFR 1910 Estándares de Seguridad y Salud Ocupacional.
OSHA 29 CFR 1926.503 Requisitos para Equipos de Protección Personal.
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo – Consorcio Cumbaza
4. DEFINICIONES.

dB.   Decibel.
EPP.  Equipo de Protección Personal 
Luminosidad.   Intensidad de la luz. 
EPC. Equipo de Protección Colectiva.

5. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.

Residente de Obra/ Asistentes de Residencia.


Garantizar y proporcionar los recursos necesarios y las facilidades para la implementación del
presente instructivo.

Especialista de Seguridad y Salud en el Trabajo/ Prevencionistas de Riesgos.


Asegurar que el Equipo de Protección Personal (EPP) esté disponible, sea suficiente y se le dé a
todo el personal las instrucciones para su uso, mantenimiento y almacenamiento.
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Asegurar que a todos los colaboradores se les proporcionen los Equipos de Protección Personal
(EPP) según lo indicado en la Lista de Distribución de Equipos de Protección Personal (EPP),
Formato "1", para actividades nuevas de la empresa deberá analizarse y modificarse la distribución
y frecuencia de entrega de equipos.
Trabajadores, Técnicos, Operarios, Oficiales, Peones, Personal Subcontratista y Visitas.
Tener cuidado de su salud y seguridad, así como de las demás personas que pudieran resultar
afectadas por sus actos u omisiones. Cooperar con los Supervisores y jefes de área en el
cumplimiento de este documento.

6. NECESIDAD DE USO DE LOS EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL.

Reconocido y evaluado un peligro presente en una zona de trabajo, el siguiente paso es la aplicación de
medidas correctivas con el propósito de eliminar o controlar dicha condición insegura. En la práctica,
determinados peligros no son posibles de ser eliminados o las alternativas de control, tendientes a
minimizar su potencial para inducir un daño, resultan insuficientes o poco efectivas. Ante la perspectiva
de no poder eliminar o controlar el riesgo asociado a la condición insegura existente, la convivencia
obligada con dicho peligro da como última alternativa la adopción de medidas protectoras en el grupo de
trabajadores expuestos, a través del uso de los Equipos de Protección Personal (EPPs).

En determinados casos, las medidas de corrección (eliminación/control) pueden resultar posibles de


concretar sólo a mediano o largo plazo; bajo esta circunstancia y en el lapso que demore el alcanzar
dichos objetivos, el uso de los EPPs resulta pertinente e imperativo.

Durante una emergencia, situaciones específicas, como las actividades de salvataje o rescate, o
el empleo de determinadas vías de escape pueden también requerir el uso de EPCs. Los EPP, deberán
ser entregados en la cantidad y frecuencia que se crea conveniente al ingreso del personal.

7. REQUISITOS PARA EL USO DE LOS EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL.

Es importante señalar que, considerando que los EPPs no eliminan ni controlan el peligro en su origen,
ya que sólo establecen una barrera defensiva entre el trabajador y el peligro, es menester realizar una
adecuada selección, uso y mantenimiento de los mismos; en otras palabras, esta barrera defensiva
deberá escogerse apropiadamente en función al riesgo, inspeccionarse antes de su uso y conservarse;
usarse permanente y correctamente.

Los EPP, deberán cumplir con los requisitos mínimos de:

 SER LOS ADECUADOS


 ESTAR EN BUEN ESTADO
 EMPLEARSE CORRECTAMENTE

8. CRITERIOS GENERALES PARA LA SELECCION DE LOS EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL.

Para facilitar la revisión de la cabeza a los pies considere la siguiente clasificación de los EPPs:
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SALUD EN EL TRABAJO
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REVISIÓN: 00
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 Protección para la cabeza.


La cual puede subdividirse en:
- Protección craneal.
- Protección ocular o visual.
- Protección facial.
- Protección auditiva.

 Protección respiratoria.
 Protección para el tronco.
 Protección para las extremidades.
 Protección corporal total.
 Protección para casos especiales.
 Protección para trabajos en altura.

 Otros aspectos a tener en cuenta son los siguientes:


- El EPP, asumiendo un correcto uso del mismo, deberá proporcionar una defensa efectiva
contra el peligro.
- No deberá poseer características que interfieran o entorpezcan significativamente el trabajo
normal del usuario.
- El equipo deberá ser cómodo o de rápida adaptación. El ponérselo o quitárselo, en lo
posible, tampoco deberá ser incómodo.
- El deterioro o inutilización del EPP deberá ser detectable a través de inspecciones simples
o sencillas.
- El mantenimiento del EPP deberá ser sencillo y los componentes deteriorados deberán ser
de fácil reposición o, en su defecto, posibles de reparar sin que ello represente
un costo significativo ni una merma en la capacidad protectora del equipo.
- El EPP no deberá originar problemas para la integridad física del usuario, considerando
que existen materiales en los EPPs que pueden causar alergias en determinados
individuos, o son fácilmente combustibles y pueden derretirse sobre la piel del trabajador,
agravando aún más las quemaduras.
- El EPP deberá tener aprobación de normas técnicas nacionales (IRAM,
INDECOPI/ITINTEC, etc.) o normas de reconocimiento internacional (UL, FM, MSHA, DIN,
BS, AFNOR, etc.).

8.1. PROTECCION PARA LA CABEZA.


8.1.1. PROTECCIÓN CRANEAL.
Los equipos de protección craneal tienen por objeto evitar que un trabajador se lesione dicha zona
de la cabeza o que, en el caso de personas con cabellera larga, éstas no sufran una lesión por
atrapamiento del cabello en las piezas móviles de las máquinas.

Para la protección del cráneo se cuenta con los cascos de seguridad. Los cascos de seguridad,
según su diseño, son de dos tipos:

 Tipo I Con ala


 Tipo II Con visera
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Las cuales a su vez, de acuerdo al peligro a proteger, se pueden clasificar en:

CLASE A: CAPACIDAD PARA PROTEGER CONTRA RIESGO A


- Trabajos industriales en general.
- Tensiones eléctricas no menores a 2,200 voltios, C.A., 60 Hz

CLASE B: CAPACIDAD PARA PROTEGER CONTRA RIESGO B


- Trabajos industriales en general. Con grado de protección igual al de la Clase A.
- Tensiones eléctricas no menores a 20,000 voltios, C.A., 60 Hz

CLASE A: CAPACIDAD PARA PROTEGER CONTRA RIESGO C


- Trabajos industriales especiales. Con grado de protección igual al de la Clase A.
- No dan protección contra riesgos eléctricos, dada la naturaleza metálica del material con
que se confeccionan.

Los materiales empleados para la fabricación de los cascos de Clase A y B deben ser resistentes
al agua y de combustión lenta (velocidad de propagación de la llama = 75 Mm./minuto).
Los de Clase B no deben tener agujeros en la copa o coraza (parte que cubre el cráneo) y estarán
totalmente exentos de partes metálicas.
Normas como la IRAM exige que el fabricante garantice que el material del casco conserve sus
propiedades hasta un año después de fabricado.
Esto no significa que después de un año no sirva. Una inspección ocular y la verificación de
la elasticidad del material nos pueden dar una idea del grado de envejecimiento. Hay factores que
influyen notablemente, por ejemplo la acción de la luz solar o el cemento. Un casco expuesto al sol
durante muchas horas al día envejece mucho más que otro que está usualmente en una estantería.

8.1.2. PROTECCIÓN OCULAR.

Los equipos de protección ocular son necesarios en trabajos donde existen riesgos para la vista por
proyección de partículas, de líquidos y de gases, por deslumbramiento debido a radiación visible
intensa o por exposición a radiación infrarroja (IR) o ultravioleta (UV).

Existen dos tipos de protectores visuales: las gafas y los anteojos.


Las gafas de seguridad a su vez se pueden subdividir según su diseño en monovisores o gafas
panorámicas y gafas de copas, y según su ventilación en directa o indirecta.
Los anteojos de seguridad se subdividen en anteojos de montura metálica y de montura plástica, los
que a su vez pueden ser con o sin protector lateral.
Tanto para las gafas como para los anteojos de seguridad, en caso de requerirse protección contra
radiación visible de alta intensidad, IR o UV (por ejemplo el arco producido por soldadura eléctrica),
el lente o los lentes tendrán un determinado color y número de sombra (matiz).
8.1.3. PROTECCIÓN FACIAL.

Cuando el riesgo por proyección de partículas, líquidos o gases, o por la emisión de energía
radiante de alta intensidad, involucra no sólo la vista, sino también a otras partes del rostro del
trabajador, será necesario el uso de un equipo de protección facial.
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Entre los equipos de protección facial podemos mencionar a los escudos o caretas, las
máscaras, y las capuchas.

El escudo o careta facial, también conocido como antiparras, consiste en una lámina removible, de


rejilla metálica o de plástico transparente u opaco con visor, un cabezal pivotable y una suspensión
ajustable.

Según su diseño, existen diferentes clases de caretas:


- Sin corona.
- Con corona.
- Con corona y protector de barbilla o mentón.
- Acoplables a cascos de seguridad.

Las máscaras están diseñadas para dar protección en los trabajos de soldadura y constan


principalmente de una suspensión o un mango, el cuerpo de la máscara y el visor que contiene el
cristal o filtro óptico.

Existen tres clases de máscaras:


- De cuerpo rígido, con suspensión y visor fijo o rebatible.
- De cuerpo rígido, con mango y visor fijo.
- De cuerpo no rígido, con suspensión y visor fijo o rebatible.

8.1.4. PROTECCIÓN AUDITIVA.

En áreas de trabajo donde los equipos generan ruidos por encima de los 85 dB (A) y la exposición
del trabajador es continua para una jornada de 8 horas/día, será necesario el uso de un equipo de
protección auditiva.

Para la Obra existen 2 Clases de protectores auditivos:

- Protectores Endoaurales o tapones.


- Protectores Circunaurales u orejeras.

8.1.5. PROTECCION RESPIRATORIA.

Los equipos de protección respiratoria son requeridos en trabajos donde existe contaminación del
aire o deficiencia de oxígeno (< 17 %). Se clasifican en dos grandes grupos:

- Dependiente del ambiente (purificadores de aire).


- Independiente del ambiente (abastecidos de aire).
Entre los equipos dependientes del ambiente podemos mencionar a:

- Mascarilla autofiltrantes contra polvos, gases o vapores.


- Respirador buconasal con uno o dos cartuchos, los que pueden ser de tipo:
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ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL Página 111 de
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 Mecánico (para contaminantes particulados) o químico (para gases o vapores).


 Máscara antigás con canister tipo barbilla o montado en arnés.

8.1.6. PROTECCION PARA EL TRONCO.

La protección de esta parte del cuerpo se logra básicamente mediante el uso de chaquetas y
delantales confeccionados de diversos materiales tales como: cuero, fibra de vidrio, fibras sintéticas
(PVC, neopreno, NBR, kevlar, tyvek, nomex, etc.). En otros casos son de tela con almohadillas o
refuerzos.

8.1.7. PROTECCION PARA LAS EXTREMIDADES.

8.1.7.1. Protección para las manos.


Para este propósito se emplean principalmente los guantes.
Los guantes y mitones se confeccionan de muchos materiales, los hay de cuero amarillo o
cuero cromo, de fibras sintéticas (PVC, NBR, neopreno, kevlar), de fibra de vidrio, de tela
simple o impregnada de fibra sintética, de tejido metálico, etc.
Ciertos tipos de guantes de fibra sintética poseen un recubrimiento interno o forro de
yérsey, algodón o material similar que absorbe la transpiración de las manos; otros poseen en
la palma y dedos una terminación rugosa que mejora la capacidad de agarre de los objetos.

8.1.7.2. Protección para los pies y piernas.


El calzado de seguridad es aquel diseñado y fabricado especialmente para proporcionar a los
pies del usuario una protección adecuada contra potenciales accidentes como aplastamiento,
golpes, pinchaduras, quemaduras por contacto con superficies calientes, resbalones, etc.
Para la protección de los dedos, este tipo de calzado tiene incorporada una puntera de acero, la
cual debe cumplir con los requisitos indicados por norma (p. ej. IRAM 3643,
INDECOPI/ITINTEC 350.063); además, con el propósito de prevenir resbalones, la planta
posee una terminación que le confiere una superficie antideslizante.

Existen calzados de seguridad que poseen adicionalmente otros dispositivos protectores tales
como una plantilla flexible de acero o un resguardo metatarsiano, que son útiles para riesgos
específicos de pinchadura o impacto por objetos pesados, respectivamente.

En áreas de trabajo donde resulta usual caminar sobre superficies impregnadas de productos
químicos corrosivos, de consistencia grasosa o continuamente húmedas será necesario usar
botas de caucho o de material sintético tales como PVC, neopreno o NBR, según el tipo de
sustancia con la cual vayan a tener contacto, y para la que, obviamente, deben tener
la resistencia química del caso.

Para la protección de las piernas, las perneras o polainas resultan adecuadas dado que las
envuelven desde el tobillo hasta la rodilla y tienen una solapa en la parte inferior para
resguardar el empeine. La parte frontal puede ser reforzada con el objeto de aumentar su
capacidad para proteger contra impactos; otro requisito es que las perneras deben ser fáciles
de quitar en caso de emergencia.
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8.1.8. PROTECCION CORPORAL TOTAL.

El ámbito industrial moderno aporta riesgos que involucran exposiciones a cuerpo entero, a agentes
físicos, químicos o biológicos de alta peligrosidad; es en este sentido que se han confeccionado
trajes que, dadas sus características de diseño, son capaces de proteger íntegramente al usuario,
entre los que podemos mencionar:

 Los polos y pantalones aluminizados para trabajo en áreas de excavaciones, donde


existen fuentes apreciables de emisión de energía o en combate de incendios y labores de
rescate que requieran el aproximarse o ingresar temporalmente a la zona de fuego.
 Los trajes resistentes a productos químicos se emplean para ingresos de emergencia o
para trabajos de rutina en ambientes contaminados y para situaciones que impliquen un
contacto con materiales peligrosos (químicos o biológicos).

8.1.9. PROTECCION PARA TRABAJOS ESPECIALES - EQUIPOS DE PROTECCIÓN


COLECTIVA.

8.1.9.1. Protección para Trabajos en Altura.


La realización de labores en lugares elevados reviste, en quien las ejecuta, la posibilidad de
una caída y de una consecuente lesión. Considerando que esta posibilidad puede presentarse
prácticamente durante todo el tiempo que dure el trabajo en altura, se han diseñado equipos de
protección personal teniendo en cuenta dos usos: el normal y el de emergencia.
El uso normal es aquel que genera en el equipo tensiones relativamente moderadas que, de
ordinario, no superan el equivalente al peso estático del usuario.
En este tipo de uso se incluyen actividades tales como levantar o bajar una persona, y el
proporcionar un medio de soporte o suspensión al trabajador para la ejecución de sus tareas.
El uso de emergencia consiste en la detención del trabajador ante una caída. En este caso, las
tensiones generadas en el equipo pueden exceder en varias veces el peso del usuario.

Por norma se consideran cuatro clases de equipos:


- Cinturón o correa de seguridad.
- Arnés torácico.
- Arnés completo tipo paracaidista.
- Correa de suspensión.

De los cuales sólo el arnés completo es apropiado para usos de emergencia. Esta clase de
equipo se emplea también en labores de rescate o recuperación de personas atrapadas en
espacios cerrados tales como tanques u otro tipo de depósitos. Asimismo es conveniente su
uso en trabajos que requieran el ingreso a ambientes contaminados o con concentraciones
desconocidas o insuficientes de oxígeno (<17%), dado que, en caso de alguna emergencia,
servirá como medio de rescate.

8.1.9.2. Andamios.
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El Andamio es una estructura auxiliar o construcción provisional con la que se pueden realizar
desde torres hasta pasarelas o puentes. El uso más habitual es permitir el acceso a los obreros
y materiales de construcción a todos los puntos de la edificación en construcción o en proceso
de rehabilitación, en obra civil, mantenimiento industrial o etc.
Las estructuras de andamios pueden tener diversas alturas, pudiendo llegar a alcanzar hasta
más de veinticinco metros, según la complejidad de su plan de montaje y siguiendo un estudio
de resistencia y estabilidad, así como unas instrucciones para su montaje especificadas en un
plan de montaje, utilización y desmontaje. La altura será referenciada dependiendo de la
actividad.

9. PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA ENTREGA DE LOS EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL.

Se reconocerá que el uso del equipo protector personal es una consideración importante y necesaria en
el desarrollo de un programa de seguridad. El Consorcio Cumbaza entregará a cada uno de sus
trabajadores el Equipo de Protección Personal necesario. Cada vez que los mismos sean solicitados,
remplazados o provistos regularmente.
Deberá darse la conformidad de recepción mediante el Formato de Entrega de Equipo de Protección
Personal.
En el sitio de trabajo existen peligros que pueden afectar a la integridad física y a la salud. La
manera correcta de administrarlos es utilizando el Equipo de Protección Personal a fin de reducir el
riesgo de exposición.
Los requerimientos deben ser establecidos para cada trabajo y estableciéndose criterios para
la selección, distribución, uso y mantenimiento del equipo.

10. CONSIDERACIONES ESPECIALES PARA LA ASIGNACION DE EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL DE


ACUERDO A LA ACTIVIDADES ESPECIALES.

10.1. Personal de maniobras en altura para trabajos de soldadura y corte de estructuras


metálicas.
- Zapatos punta reforzada con suela antideslizante y resistencia a químicos.
- Overol con protección para trabajos en Caliente
- Guantes de Cuero con protección para trabajos en Caliente.
- Protección respiratoria contra polvo y gases.
- Caretas de Proyección.
- Caretas de Soldadura.
- Mandiles de cuero, escarpines u otros.

10.2. Personal en trabajos eléctricos y Soldadura.


- Zapatos dieléctricos con suela antideslizante y resistencia a químicos.
- Ropa de Trabajo.
- Guantes de Cuero con protección para trabajos en Caliente.
- Protección respiratoria contra polvo y gases.
- Caretas de Proyección.
- Caretas de Soldadura.
- Mandiles de cuero, escarpines u otros.
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10.3. Persona en trabajos de Vaciado de concreto.


- Traje Tyveck
- Ropa de Trabajo
- Botas de seguridad de jebe con suela antideslizante
- Guantes de seguridad de jebe.
- Lentes de Seguridad

11. ANEXOS.

11.1. LISTA DE DISTRIBUCIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP).

DESCRIPCION UND
ANTEOJOS DE OBRA TRANSPARENTES UND
ANTEOJOS DE OBRA OSCUROS UND
ARNES UND
LINEAS DE ANCLAJE UND
BARBIQUEJOS UND
BOTAS DE JEBE PAR
CAPOTAS - IMPERMEABLES UND
CARETAS DE PROYECCION UND
CASCO AMARILLO UND
CASCO AZUL UND
CASCO BLANCO UND
CASCO NARANJA UND
CASCO PLOMO UND
CASCO ROJO UND
CHALECO ROJO UND
CORTAVIENTOS UND
ESCARPIN DE CUERO CROMO UND
FAJA LUMBAR UND
GUANTES DE CUERO CORTO PAR
GUANTES DE CUERO LARGO PAR
GUANTES DE HILO PAR
GUANTES DE NITRILO PAR
MANDIL DE CUERO UND
MASCARILLAS BELLSAFES X6 CAJA
PANTALON DRILL S/T UND
POLOS DE ALGODÓN S/L UND
RACHET REGULABLE CASCOS UND
TAPONES AUDITIVOS UND
ZAPATOS PUNTA REFORZADA PAR
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MASCARILLA 3M DOBLE FILTRO UND


CARETA DE SOLDADURA UND
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11.2. REGISTRO DE ENTREGA DE EQUIPOS E IMPLEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL


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Anexo N° 15. PLAN DE CONTINGENCIA

1. INTRODUCCION

El propósito del presente Plan de Contingencias es promover la protección del


ambiente y la seguridad del personal asociado y terceros relacionados con las
actividades de construcción y operación de una obra. Todo el personal
asociado con la obra deberá examinar y cumplir con los procedimientos
contenidos en este Plan.

Las emergencias que podrían surgir son de diversa naturaleza.

Las contingencias están referidas a la ocurrencia de efectos adversos sobre el


ambiente por situaciones no previsibles, de origen natural o por acción del
hombre, que están en directa relación con el potencial de riesgo y
vulnerabilidad del área y de la obra misma. Estas contingencias, de ocurrir,
pueden afectar el proceso constructivo, la seguridad de las obras, la integridad
o salud del personal que trabajara en la misma y de terceras personas, así
como a la calidad ambiental del área de influencia del proyecto.

2. OBJETIVOS

El objetivo principal del Plan es prevenir y controlar sucesos no planificados,


pero previsibles, y describir la capacidad y las actividades de respuesta
inmediata para controlar las emergencias de manera oportuna y eficaz. Los
objetivos específicos son:

 Establecer un procedimiento formal y escrito que indique las acciones a


seguir para afrontar con éxito un accidente, incidente o emergencia, de
tal manera que cause el menor impacto a la salud y al ambiente.
 Optimizar el uso de los recursos humanos y materiales comprometidos
en el control de emergencia.
 Establecer procedimientos a seguir para lograr una comunicación
efectiva y sin interrupciones entre el personal.
 Cumplir con las normas y procedimientos de seguridad y salud en el
trabajo establecidos.
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Este plan contiene la estrategia de respuesta para cada tipo de accidentes y/o
emergencias potenciales que podrían ocurrir, y permite flexibilidad para
responder eficazmente a situaciones imprevistas.

3. ALCANCE
El alcance de este procedimiento aplica a todos los trabajadores de
CONSORCIO CUMBAZA y/o sub contratistas designados a la Obra.

4. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES.
a) Representante Legal
Facilitar todos los medios (físicos y económicos) para que este procedimiento
se cumpla.

b) Residente de Obra.
Responsable Civil en campo, asegurarse que el procedimiento se difunda y
se cumpla en campo.

c) Supervisor de Seguridad.
Monitorear que las normas de seguridad establecidas en este procedimiento
se cumplan, verificar el estado de los equipos y el uso adecuado de los EPP
´s, verificar los permisos de trabajos correspondiente y que cuenten con el
equipo adecuado para ello, coordinar con el supervisor de campo cualquier
actividad fuera de este procedimiento y que necesite de cambios y/o
adiciones en temas de seguridad, recabar y archivar adecuadamente toda la
documentación pertinente.

5. SISTEMA DE INFORMACIÓN AL PERSONAL.

La divulgación de la política de seguridad y salud en Trabajo, se hace a través


de la distribución de la misma en cuadros, manuales de seguridad y en el plan
de seguridad y salud en el trabajo.
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6. DEFINICIONES
Emergencia: Evento o suceso grave que surge debido a factores naturales o
como consecuencia de riesgos y procesos peligrosos en el trabajo que no
fueron considerados en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo.

Plan de Emergencia: Documento guía de las medidas que se deberán tomar


ante ciertas condiciones o situaciones de gran envergadura e incluye
responsabilidades de personas y departamentos, recursos del empleador
disponibles para su uso, fuentes de ayuda externas, procedimientos generales
a seguir, autoridad para tomar decisiones, las comunicaciones e informes
exigidos.

Primeros Auxilios: Protocolos de atención de emergencia a una persona en


el trabajo que ha sufrido un accidente o enfermedad ocupacional.

Desastre: Es una situación de daño o alteraciones intensas en las personas,


los bienes, los servicios y el medio ambiente, causados por un suceso natural
o generados por la actividad humana, que exceden la capacidad de respuesta
de la comunidad afecta y que, por tanto, requieren la atención y la adopción de
medidas excepcionales por parte de los organismos en el ámbito superior del
Estado o de Organizaciones Internacionales. En general una situación de
desastre implica que a pesar de que realicen planes de rehabilitación,
reconstrucción y recuperación, las comunidades y áreas afectadas no
regresan a una situación igual a las antecedentes a la ocurrencia del desastre.

Manejo de incidentes: Son todas las acciones que emprenda el Plan de


Contingencia a partir del momento en que se presenta una emergencia a
causa de la ocurrencia o probable ocurrencia de un accidente o fenómeno
peligroso que pueda generar un desastre, hasta el momento en que culminan
las actividades de rehabilitación física, económica, social y ambiental en el
territorio y con la población afectados.

Alerta: Es el aviso que se da sobre posibles ocurrencias de un desastre o


emergencia, con el fin de que los organismos de socorro activen los
procedimientos de acción previamente establecidos en los planes de
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contingencias, y para que la población amenazada tome las precauciones


específicas frente a la inminente ocurrencia de un evento peligroso.

Riesgo: Es la probabilidad de que un suceso exceda un valor específico de


daños sociales, ambientales y económicos en un lugar dado y durante un
tiempo determinado. Siempre que en un lugar estén presentes los factores
(amenaza - vulnerabilidad) existe la posibilidad de manifestarse el riesgo.

Amenaza: Es el factor externo del riesgo, representado por la potencial


ocurrencia de un suceso natural o generado por la actividad humana que
puede manifestarse en un lugar específico con una intensidad y duración
determinada.

Vulnerabilidad: Es el factor interno del riesgo de un sujeto, objeto o sistema


expuesto a una amenaza que corresponde a su disposición intrínseca de ser
dañado. Tiene una disposición intrínseca de ser dañado porque hay una
debilidad o incapacidad de resistencia ante el fenómeno.

7. DESARROLLO
a. Tipo de emergencia a considerar:
- Natural: Terremotos, vientos fuertes, neblina muy densa y
lluvia.
- Tecnológico: Incendios, ruptura de tuberías, cortó circuito,
incendios.
- Emergencias médicas: Cualquier respuesta a una
emergencia médica dependerá fuertemente de la situación, del
trabajador y de la disponibilidad de recursos para asistirlo. Se
deberá considerar: los golpes, fracturas, cortes, hemorragias,
intoxicación, etc. la cual impida al trabajador realizar sus
labores normales.
- Fatalidades: Muerte
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b. Niveles de Emergencia
- Nivel Bajo - Contacto de Emergencia
Es una situación que puede ser controlada y solucionada de forma sencilla y
rápida por el personal y medios de protección de la empresa, se informará al
Coordinador General de la Emergencia.
- Nivel Medio - Emergencia Parcial
Situación que para ser dominada requiere la actuación de las brigadas, se
activa el comité de emergencia y se solicita apoyo externo, se informará al
Coordinador General de la Emergencia. Puede darse una evacuación
parcial.

- Nivel Alto - Emergencia General


Situación para cuyo control se precisa de todos los equipos y medios de
protección propios y la ayuda de medios externos, se convoca al comité de
apoyo y se da aviso a la Gerencia General. Puede darse una evacuación
General.

8. RESPONSABLES DE LA EMERGENCIA

a) Comité de emergencias

El Comité de emergencias es el organismo responsable del plan. Sus


funciones básicas son: Programar, dirigir, ejecutar y evaluar el desarrollo del
plan, organizando asimismo las brigadas.

Sólo sí se trata de una Emergencia General, el director de la emergencia


convocará al comité de apoyo e informará a la Gerencia General, quién
asumirá el comando de la emergencia o designará un responsable. El
comité de emergencias seguirá trabajando subordinado a las decisiones de
la Gerencia General.

Para enfrentar la emergencia se constituirá un Comité de Emergencia


Central, que lo integrarán las siguientes personas:

NOMBRE CARGO
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Ing. Jorge Miguel Meléndez ING. RESIDENTE


Moncada
Ing. Gaby Sánchez Piña Jefe SSOMA
Abelardo Ayala PDR

9 OPERATIVIDAD Y FUNCIONES DE LAS BRIGADAS

9.1 BRIGADA DE EMERGENCIAS


Se constituirá brigadas para la atención de emergencias (brigadas de Control de
Incendios, brigada de primeros auxilios y brigada de evacuación) formada por
personal voluntario debidamente entrenada dentro de la zona de trabajo. Todos los
miembros de la brigada se pondrán bajo subordinación del director de la
emergencia.

9.2 FUNCIONES DE LA BRIGADA

Las brigadas de emergencias son un equipo de prevención en materia de


seguridad, cuyo objetivo principal es salvaguardar vidas y bienes de los miembros
de la empresa y la comunidad a la cual pertenecen. Esta brigada ha sido creada
con el fin de prevenir y controlar cualquier emergencia que pueda presentarse.

De manera específica, la brigada deberá:

 Actuar inmediatamente se presente una emergencia.


 Prevenir y/o controlar el pánico
 Identificar y minimizar riesgo.
 Realizar periódicamente inspecciones a los equipos y herramientas
utilizadas para atender emergencias.

9.3 JEFE DE BRIGADA:


 Comunicar de manera inmediata al director de emergencias la ocurrencia
de la emergencia.

 Verifica la prevención, y que integrantes de las brigadas se encuentran en


la planta para afrontar la emergencia.
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 Estar al mando de las operaciones para enfrentar la emergencia


cumpliendo con las directivas apoyado por el jefe de prevención y / o
director.

9.4 BRIGADA DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS

 Comunicar de manera inmediata la ocurrencia de un amago de incendio


al jefe inmediato y PDR.
 Actuar de inmediato, haciendo uso de los equipos contra inicios de
incendio como: extintores portátiles, mantas, arena u otro sistema para el
cual debe estar entrenado.
 Estar lo suficientemente capacitados y entrenados para actuar en caso de
conatos de incendio.
 Arribando al fuego se evaluará la situación, y si es crítica se dará la voz
de alarma por lo cual se parará las labores y se pondrá a buen recaudo a
los trabajadores, hasta que la emergencia haya terminado
 Se informará inmediatamente al responsable de SSOMA de la
emergencia, para conjuntamente tomar las medidas necesarias.
 Adoptará las medidas de ataque que considere conveniente para
combatir el inicio de incendio.
 Se tomarán los recaudos sobre la utilización de los equipos de protección
personal para los integrantes que realicen las tareas de extinción.
 Sí estamos frente a un amago de incendio el PdR en comunicación con la
supervisión se comunicará con la Compañía de Bomberos Voluntarios y
sólo en este caso se informará las medidas adoptadas y las tareas que se
están realizando, entregando el control los mismos y ofreciendo
colaboración.

9.5 BRIGADA DE PRIMEROS AUXILIOS

 Conocer la ubicación del botiquín y estar pendiente del buen


abastecimiento de los mismos.
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 Brindar los primeros auxilios a los heridos o que sufren una emergencia
médica sin exponerse a sufrir el mismo daño y comunicar de la
emergencia.
 En caso de una emergencia que requiera evacuación proceder a realizar
la evacuación de acuerdo a los procedimientos correspondientes.
 Estar suficientemente capacitados y entrenados en primeros auxilios
para afrontar las emergencias médicas.
 En caso de una emergencia con heridos graves (o varios) comunicará al
jefe de brigadas y jefe de seguridad, de las acciones tomadas o por
tomar.

9.6 BRIGADA DE EVACUACIÓN

 Debe apoyar en mantener los pasadizos y puertas de evacuación


despejadas y libres.
 Dar la indicación de evacuación cuando se trate de una emergencia que
lo requiera y para lo cual ha sido entrenada.
 Comunicar de manera inmediata al jefe de brigada el inicio del proceso
de evacuación.
 Reconocer las señales, zonas seguras, zonas de riesgo y las rutas de
evacuación de las instalaciones a la perfección.
 Abrir las puertas de evacuación del local inmediatamente si éstas se
encuentran cerradas.
 Dirigir al personal y visitantes durante la evacuación de las instalaciones.
 Coordinar que todo el personal y los visitantes de su entorno hayan
evacuado las instalaciones.
 Conocer la ubicación de los tableros eléctricos, llaves de suministro de
agua y tanques de combustibles.
 Estar suficientemente capacitados y entrenados para mantener
condiciones seguras antes que ocurra este tipo de emergencias.
 En caso de encontrarse cerca de una puerta de salida, debe evacuar y
estando fuera controlar al personal.
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CONFORMACIÓN DE LOS EQUIPOS DE RESPUESTAS A EMERGENCIAS


BRIGADAS

GERENTE DE PROYECTO

JEFE SSOMA RESIDENTE DE OBRA

BRIGADA LUCHA CONTRA BRIGADA PRIMEROS AUXILIOS BRIGADA DE EVACUACIÓN


INCENDIO

9.7 PAUTAS PARA EL PERSONAL EN GENERAL

Todo el personal del área debe conocer las directivas generales del plan de
evacuación.
El personal que observe una situación anómala en el área donde desarrolla
sus tareas, deberá dar aviso inmediatamente de la siguiente manera:

a) Avisar al personal de Seguridad PDR, brigadista o coordinador de área.


b) Seguidamente, procederá a abandonar el lugar respetando las normas
establecidas para la evacuación.
c) No perder tiempo recogiendo o llevando objetos personales, bultos.
d) No correr, caminar rápido
e) Bajar las escaleras caminando rápido, sin hablar, sin gritar, ni correr.
f) Se retirará en orden a la zona de evacuación.
g) No regresar por ningún motivo durante la evacuación.
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h) El humo y los gases tóxicos suelen ser más peligrosos que el fuego.
i) Evitar el pánico.

9.8 EMERGENCIAS

9.8.1 IDENTIFICACIÓN DE EMERGENCIAS: Se considerarán


como emergencia los siguientes casos:

a. Accidentes con consecuencias graves o fatales a trabajadores.


b. Siniestros a equipos y / o instalaciones.
c. Accidente de trabajadores suspendidos, atrapados en estructuras elevadas,
etc.
d. Situaciones o condiciones que coloquen en grave o inminente peligro a
personas, equipos, instalaciones o medio ambiente.
e. Derrames y contaminación provocadas por sustancias tóxicas, combustibles,
aceites, reactivos, productos químicos, etc.

9.8.2 DETECCIÓN DE LA EMERGENCIA

Todo trabajador deberá ser capaz de identificar las situaciones de


emergencia y en caso de duda, procederá a actuar del mismo modo como
si se tratara de una emergencia, hasta que el Supervisor que tome a cargo
la situación determine lo contrario.
En caso de detectar una situación de riesgo y/o emergencia, los
supervisores o encargados de área, deberán ponerse en contacto
inmediato con el área de SSOMA, y continuar con el procedimiento
correspondiente.

9.8.3 PRIMERA ACTUACIÓN


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Una vez detectada e identificada la emergencia, se procederá a tomar las


medidas que la situación amerite, a saber:

9.8.3.1 Accidentes con lesiones:


(1) Quién participe o se encuentre en el área deberá Comunicar al
Comité de Emergencia, quién asumirá la responsabilidad de dicha
situación.

(2) Se evaluará la gravedad de las lesiones.

(3) Prestar atención de Primeros Auxilios, con personal autorizado y


calificado.

(4) Contactar con SSOMA lo más pronto posible

(5) Proceder de acuerdo a flujo grama para accidentes.

9.8.3.2 Incendio ocurridos a equipos e instalaciones:

(1) Controlar el amago de incendio con los equipos extintores


disponibles.
(2) Comunicar al Comité de Emergencia, quién se hará cargo de la
situación

(3) Aislar el área comprometida.

(4) Comunicar a su Jefatura Directa, la ocurrencia del incidente.


(5) Se identificará y evaluará los daños

9.8.4 SISTEMA DE COMUNICACIÓN

Se procederá de la siguiente manera:

a) Quién detecte la situación de emergencia, deberá identificarse y


comunicarlo al responsable más cercano, describiendo claramente
lo sucedido, indicando el lugar exacto del hecho, señalando si
existen personas. equipos o instalaciones comprometidas.
b) La persona que recepcione la alarma de emergencia, asume la
responsabilidad de comunicar esta situación al Comité de
Emergencia.
c) El Comité, asume la responsabilidad total de la emergencia,
exigiendo silencio de radio, hasta que esta, este bajo control.
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d) Seguridad debe permanecer en alerta para reaccionar ante un


requerimiento del Comité de Emergencia.
e) Los usuarios de radio deberán acatar la determinación de silencio de
radio
ordenado por el Comité, hasta que este proceda a su liberación.

9.8.5 AISLAMIENTO DEL ÁREA.

Una vez confirmada la emergencia se procederá a impedir el acceso al


sector con los medios que se tengan disponibles, ya sean físicos o
humanos, permitiéndose el paso solo a aquellas personas que sean
requeridas para enfrentar la emergencia. También se detendrán todos
los trabajos en el área de la emergencia, permitiéndose solo trabajos o
tareas que ayuden a enfrentarla.

9.8.6 TERMINO DE LA EMERGENCIA.

Solo el comité estará facultado para indicar cuando ha cesado la


Condición de emergencia.

Las condiciones normales de trabajo solo se pueden restablecer una


vez decretado el cese de la emergencia. Una vez finalizada la
emergencia, el comité elaborará un informe técnico que permita
establecer las causas o condiciones que la produjeron, asimismo se
indicarán las medidas que sean necesarios implementar para actuar en
forma más eficaz ante la repetición del evento, además se evaluará los
daños ocurridos.

9.8.7 INFORMACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.


Una vez aprobado este procedimiento, se difundirá a los trabajadores
por medio de charlas, dictadas por la línea de mando y el Comité de
Emergencias, de modo que exista el mayor conocimiento posible del
personal involucrado, dentro del cual se incluye a las Empresas
subcontratistas.
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En esta difusión se deberá capacitar a los trabajadores de modo que


estén debidamente informados de los riesgos y preparados para actuar
ante estas eventualidades.

10. EN CASO DE SISMO

ANTES DEL SISMO

a. Organizar simulacros de evacuación.


b. Verificar e identificar las zonas seguras, salida de emergencias, escaleras,
luces de emergencia.
c. Ubicar las instalaciones de gas, agua y electricidad y revisarlas
constantemente. 
d. Evitar la colocación de obstáculos en pasillos y puertas.
e. Tener a la mano identificación, números telefónicos de emergencia, un
botiquín, un radio portátil y una linterna con pilas.
f. Fijar a un punto fijo los estantes, porta herramientas entre otros.
g. De ser posible, contar con provisiones (en lata) y agua embotellada. 

DURANTE EL SISMO

a. No corra y mantenga la calma

b. Use las escaleras para salir de la zanja


c. No se precipite a los miradores
d. Corte el agua, luz, gas
e. Evite las aglomeraciones
f. No use fósforos ni velas
g. Use solo linternas a pila
h. Nunca vuelva atrás
i. Aléjese de murallas y cables eléctricos
j. Aléjese de los reservorios de agua
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k. Aléjese de estructuras, piezas o equipos móviles

l. Diríjase a los lugares o zonas de seguridad.

m. Siga las instrucciones de los líderes del comité de emergencia

DESPUES DEL SISMO

a. Acudir a punto de reunión indicado por supervisor de área


b. Realizar conteo del personal
c. Identificar las ocurrencias existentes en general
d. Comité de emergencia dirigirá las operaciones a realizar
e. No actúe sin la supervisión del comité de emergencia

11. EN CASO DE INCENDIO

La práctica es importante para los trabajadores en todas las áreas de la empresa.


La práctica genera confianza y prepara a todos para responder ante una
emergencia, competentemente y con conocimiento.

El objetivo de las capacitaciones, a los trabajadores de Consorcio Global, es de


mantenerlos debidamente informados de los riesgos y prepararlos para actuar en
caso de emergencias. Las capacitaciones también se realizan con el nuevo
personal que se integre a las labores.

a. Identificación de las vías de salida.


b. Simulacro de "refugios en el lugar" tanto al aire libre como en las distintas
áreas de lugares seguros designados.
c. Revisión de los planes de emergencia para mantener la información
actualizada.
d. Cambio una vez al año las baterías almacenadas.
e. Mantener la información médica de cada empleado
f. Ubique la planilla de asistencia diaria en la puerta para que pueda ser
llevada fácilmente si es necesario evacuar.
Entrenar periódicamente al personal en el uso de extintores.
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DURANTE EL INCENDIO:

a. No corra, mantenga la calma.


b. No use los ascensores utilice las escaleras de emergencia
c. En caso de quedar aislado acérquese al borde y avise su presencia.
d. Utilice el extinguidor de la zona, saque el seguro del gatillo, apunte a la
base del fuego y oprima la manija, use el pitón abanicando sobre el fuego.
e. Evite el humo
f. Aire fresco encontrará cerca del piso, sírvase gatear
g. Si sus ropas arden ruede en el suelo tapándose la cara con las manos
h. Utilice las salidas de emergencia
i. Diríjase a los lugares o zonas de seguridad.
j. Siga las instrucciones de los líderes del comité de emergencia
k. Su vida corre peligro no regrese al lugar incendiado
l. Los simulacros se realizarán periódicamente y serán documentadas.

DIAGRAMA DE FLUJO PLAN DE CONTINGENCIA ANTE UN INCENDIO


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12. EN CASO DE UN ACCIDENTE LABORAL

La ocurrencia de accidentes laborales se origina principalmente por deficiencias


humanas o fallas mecánicas en la utilización de los equipos, vehículos y maquinarias
pesadas, actividades de transporte de materiales de construcción y otras cargas,
Operación de sistemas eléctricos, etc…

Para evitar dichos accidentes se deberán seguir los siguientes procedimientos:

 Se coordinara y comunicara previamente a los centros asistenciales que


presten servicio a la empresa, el inicio de las obras, para que estas estén
preparadas frente a cualquier accidente que pudiera ocurrir.
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 Con el propósito de minimizar los efectos de cualquier tipo de accidentes, la


Empresa Consorcio Global proporcionara todo su personal los Equipos de
Protección Personal EPP para cada actividad.
 Se procederá a prestar los primeros auxilios al personal accidentado.
 Se procederá previo a la llegada de la ayuda externa, al aislamiento del
personal afectado, procurándose que sea en un lugar adecuado, libre de
excesivo polvo, humedad y/o condiciones atmosféricas desfavorables.
 El lugar de obra cuenta con 2 puertas de ingreso y salida, ya sea para
ambulancias, Camillas, sillas de rueda, etc…
 En particular cuando sea necesario se colaborara con los integrantes de la
evacuación, colocando rampas y guiando a los profesionales por el mejor
camino de obra.

ROL DE LA BRIGADA DE EMERGENCIAS ANTE UN ACCIDENTE LABORAL

La Brigada de emergencias se hará presente en el lugar en donde ocurra el accidente,


y procederá a brindar los primeros auxilios básicos al accidentado, el mismo personal
integrante de la brigada establecerá la ruta de emergencia para la ambulancia y
despejara el camino de acceso al lugar del accidente. Al ser la zona de obra un lugar
muy transitado, el personal de la brigada tomara las precauciones necesarias a fin de
evitar la acumulación de personas ajenas al operativo.

DIAGRAMA DE FLUJO ANTE UN ACCIDENTE LABORAL

Plan de contingencia ante Accidentes Laborales

Ocurrencia de Accidentes
Laborales

Se Analizaran y Evaluaran el evento se brindaran la


atención de primeros auxilios a los afectados

NO
¿El
es de afectado.
gravedad?
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SALUD ENSI EL TRABAJO
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Comunicación Inmediata al Centro de
Salud más cercano

NO
Se realizó comunicación con el Centro Traslado inmediato al Centro de
de Salud más cercano Salud más cercado

SI

Atención en obra y traslado a


centro asistencial

Informe del accidente a


Fin de la acción
Residencia

13. PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE

13.1 EN CASO DE DERRUMBES

Los derrumbes se pueden generar por operaciones deficientes en las excavaciones y


rellenos, por lluvias intensas o inundaciones. Se relacionan con la afectación en
excavaciones que podrían afectar al personal así como a la infraestructura en
cualquier etapa o fase del proyecto.

 En la obra se cuenta con portones y puertas auxiliares de ingreso y salida para


camiones de Bomberos, Defensa Civil, Equipos y Herramientas Necesarias
para el trabajo de rescate, apuntalamiento y adecuación de la zona.
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SALUD EN EL TRABAJO
ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL Página 135
REVISIÓN: 00
TRABAJO. de 141

 Se deberán controlar los fenómenos geomorfológicos que puedan ocurrir en el


lugar.
 En caso de derrumbe, se impedirá el paso de personas y vehículos por la zona
afectada mediante su adecuada delimitación y señalización, en caso de ser
necesario se evacuaran a las personas que se encuentren en peligro, y se
realizaran las tareas de reconformación cuidando de no causar un mayor
derrumbe.
 Todo el personal debe salir con calma de la excavación.
 Una vez afuera se debe tomar lista del personal para descartar que alguien
haya quedado atrapado en el derrumbe.
 Si alguien quedara atrapado en el derrumbe se dará aviso urgente de la
situación y se procederá al rescate por parte de la brigada de emergencias.
 Se debe verificar el manejo de drenaje superficial, su funcionamiento, y
adecuar dicho drenaje según sea el caso.
 Realizar las mediciones topográficas y monitoreo a la zona inestable.

ROL DE LA BRIGADA DE EMERGENCIAS

En caso de derrumbe la Brigada de emergencias deberá:

 Enviar a delimitar la zona y mandara a prohibir la circulación de vehículos en el


lugar afectado.
 Despejar una vía de evacuación.
 Preparar en la zona extintores manuales.
 Llevar a la zona afectada los botiquines existentes, camillas rígidas, cuerdas,
iluminación de la zona, escaleras, etc.
 Hacer llegar al lugar maderas para realizar apuntalamientos.
 De ser necesario instalar equipos de renovación el aire.
 Hacer uso obligatorio de camilla rígida para la extracción del personal
atrapado. Se dará prioridad de rescate a las personas atrapadas
superficialmente
 En caso de que la víctima haya sufrido alguna lesión pero se encuentre
consciente, se debe proceder a una extracción lenta, asegurar las condiciones
del sitio, inmovilizar en camilla rígida.
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SALUD EN EL TRABAJO
ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL Página 136
REVISIÓN: 00
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 Si la victima sufre alteración de la conciencia súbita (desmayo) se procederá a


una extracción rápida.

DIAGRAMA DE FLUJO ANTE DERRUMBES

Plan de Contingencia ante Derrumbes

Se produce un derrumbe
en la excavación

Se da información inmediata al Jefe del Sector y Jefe


de seguridad
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SALUD EN EL TRABAJO
ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL Página 137
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Aviso a brigada de Verificación de tareas


emergencia y servicio realizadas, procedimientos
externo de emergencia y forma de enfrentar el
evento
Se ejecuta el
procedimiento para casos
de derrumbes

Atención de primeros Confección y entrega de


auxilios a las victimas informe de lo sucedido
atrapadas

Apuntalamiento de lugar y
delimitación del mismo

Fin de la Acción

14. DERRAMES DE COMBUSTIBLES Y ACEITES

14.1 PROCEDIMIENTO ANTE DERRAMES

 AISLAR (OBTURAR) las fugas utilizando accionamientos, herramientas,


maquinaria y equipos convenientes, como así también colocarse los elementos
de protección personal asignados para estas etapas.
 CONTENCION del derrame por los medios más adecuados (material
absorbente, aserrín, arena, etc.), evitando que el derrame ingrese a conductos
de drenajes pluviales, cloacales o cursos de agua. Todas las unidades de
construcción estarán equipadas con equipamiento apropiado.
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SALUD EN EL TRABAJO
ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL Página 138
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 DELIMITAR el área del derrame cercándola con carteles fijos, cintas de


prevención, etc
 IMPEDIR el ingreso al área del derrame de toda persona ajena a las tareas,
permitiendo solo el ingreso del personal autorizado y que lleve los elementos
de protección personal asignados.
 DISPONER la adecuada eliminación del material utilizado para la contención
del derrame.
 Si el derrame se produce sobre el terreno natural, proceder al retiro de la capa
de suelo afectada y reemplazarla por las capas necesarias según el orden de
los horizontes del suelo. Posteriormente disponer la adecuada eliminación del
suelo contaminado.
ROL DE LA BRIGADA DE EMERGENCIAS

En caso de derrames de productos inflamables, la brigada de emergencias se


ocupara de:

 Mantener alejadas las Fuentes de ignición, y prohibirá fumar a todo el personal


que se encuentre en alrededores

Plan de Contingencia ante Derrames de Combustibles y Aceites

Ocurrencia de Derrames

Se da información inmediata al Jefe del Sector y Jefe


de seguridad

Aviso a brigada de emergencia


Verificación de tareas
realizadas, procedimientos
y forma de enfrentar el
evento
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SALUD EN EL TRABAJO
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REVISIÓN: 00
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Ejecución del plan de


contingencia

Eliminación de la fuente

Contención
Confección y entrega de
informe de lo sucedido
Recolección

Almacenamiento Temporal

Fin de la Acción
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ANEXO 16: PLANO DE EVACUACIÓN


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ANEXO 17: MAPA DE RIESGOS

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