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DARDE / JUSTIFICANTE
DE LA DEMANDA DE EMPLEO ¿CÓMO? Podrá utilizar cualquiera de estas vías:
N.I.D.:D- / E-
D - 44702451L
· Telefónicamente, de lunes a domingo, desde las 8:00h
NOMBRE:
INMACULADA VERA CANO hasta las 20:00h.
Dentro de cada Oficina de Empleo conviven el Servicio Canario de Empleo (SCE) y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE, antiguo INEM),
siendo éste último el organismo competente en materia de PRESTACIONES Y SUBSIDIOS (solicitudes e información). Recuerde que, en caso
de querer solicitar una prestación/subsidio al SEPE, deberá estar previamente de alta como demandante de empleo ante el SCE. Su inscripción como
demandante de empleo faculta al SCE para enviarle comunicados e información que le permita encontrar un trabajo o mejorar sus posibilidades de
ocupación.
CONSECUENCIAS DE LA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA DE EMPLEO
1.- Si no renueva su demanda de empleo en la fecha prevista, causará baja en la base de datos del Servicio Público de Empleo.
2.- Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2000, la falta de renovación de la demanda implica, salvo causa justificada:
a) Que la persona solicitante y beneficiaria de prestaciones podrá ser objeto de una sanción que puede comportar la pérdida de la prestación de
uno a seis meses o su extinción, según lo previsto en el artículo 47 LISOS.
b) Que la persona no solicitante ni beneficiaria de prestaciones podrá ser objeto de una sanción que comporta el cambio de la situación
administrativa de su demanda de empleo, de la de alta a la de baja, durante un mes.
Si no ha podido renovar dentro de plazo, deberá acudir a su Oficina de Empleo a la mayor brevedad posible. En algunas ocasiones podrá justificar
no haber cumplido la obligación de renovar, para ello deberá aportar documentos oficiales que justifiquen dichas causas.
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