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Evaluacion Final 2021 Lisbeth

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EVALUACIÓN FINAL 2021-20

Semipresencial – Programa a Distancia


Asignatura
PERITAJE CONTABLE

Datos personales: LISBETH QUISPE TTURUNCO


NRC: ASUC-00655-14053-VV2-202120-V00

1. Consideraciones:

Criterio Detalle
Tiempo 90 Minutos
aproximado:
Enunciado INFORME PERICIAL CONTABLE CASO PENAL
/Consigna
1. El estudiante elaborará de manera clara y ordenada el informe
Pericial Contable Penal según la estructura del Nuevo Código
Procesal Penal; DE AUTORIA PROPIA (no se permitirá copias)
detallándose a continuación los puntos de Presentación del
informe pericial:
a. Letra Arial 12
b. El Informe Pericial contendrá la Estructura de acuerdo al
Nuevo Código Procesal Penal Artículo N° 178
c. Precisar las hojas de trabajo o evidencia del tema
desarrollado.
d. Precisar la información pertinente; suficiente y sustancial
concerniente al asunto pericial.
e. Demostrar claridad, exactitud, concisión y precisión en los
antecedentes de la pericia contable.
f. Formulación y secuencias de las explicaciones e ilustraciones
de manera lógica, razonable, comprensible y objetiva en el
desarrollo de la pericia contable.
g. Considerar las normas que respalden el informe pericial
contable.
Se empleará como instrumento de evaluación la Rúbrica cuyo formato
se adjunta.

Instrucciones Tomar Lectura con atención de la consigna empezar a desarrollar


para empezar a tomando en cuenta los puntos indicados.
elaborar la
evaluación final

1|Página
2. Rúbrica de evaluación: Se adjunta Rúbrica

2|Página
INFORME PERICIAL CONTABLE CASO PENAL

CARPETA FISCAL : 524-2020

DELITO : APROPIACION ILICITA

IMPUTADO : SIMON VALDEZ PUMA

AGRAVIADO : DISTRIBUIDORA SEÑOR DE POTOSI SCRL

DENUNCIANTE : JAVIER ESPINOZA DIAZ

SUMILLA : INFORME PERICIAL CONTABLE

SEÑOR DOCTOR:

RICHARD MIGUEL CHOQUE MANCILLA

FISCAL PROVINCIAL TITULAR

PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA

MADRE DE DIOS. -

A. CONTENIDO DEL INFORME PERICIAL OFICIAL (Art. 173 y 179 del CPP).
CPCC LISBETH QUISPE TTURUNCO, Contador Público Colegiado, con Matrícula
N.º 02-325, del Colegio de Contadores Públicos de Madre de Dios, identificado con
DNI N.º 72743002, con domicilio en la Mz. D lote 05, de la Urbanización Upis
Continental III etapa Santa Lucia, de esta ciudad; perteneciente al REPEJ de la Corte
Superior de Justicia de Madre de Dios, con teléfono numero 940872660; ante usted
con el debido respeto expongo.

B. DESCRIPCION DE LA SITUACION O ESTADO DE HECHOS.

Con fecha 15 de Enero del 2020, que corre a folios del uno al siete del presente
expediente, el representante legal de la Empresa “DISTRIBUIDORA SEÑOR DE
POTOSI SCRL” INTERPONE DENUNCIA PENAL, por el Delito de Apropiación Ilícita
contra el inculpado arriba indicado en el presente caso perjuicio del denunciante
Distribuidora Señor de Potosi SCRL.

A folios diez al doce del presente expediente, se encuentra el INFORME CONTABLE,


relacionado con las Cobranza del cliente que ha no reportado a la Empresa
denunciante, por parte del ex Vendedor-Cobrador don Simón Valdez Puma. Así
mismo dicho informe esta sustentado por cartas notariales donde manifiesta el cliente

3|Página
Ademir Quispe Collanque de que la Boleta de Venta ha sido debidamente cancelado
al ex Vendedor-Cobrador.

La empresa DISTRIBUIDORA SEÑOR DE POTOSI SCRL es la distribuidora directo


de la empresa LECHE GLORIA SA, se dedica a la distribución al por mayor y menor,
comercialización, importación y exportación, representación comercial de productos
de alimentos, bebidas y tabaco para el consumo humano.

Que la empresa denunciante, como medio de Control, de intermedio del Área de


Créditos, procedió a practicarle una auditoria interna de los créditos otorgados al
Vendedor-Cobrador de ese entonces don Simón Valdez Puma, a quien se le detecto
importe apropiado de S/.12,000.00 nuevos soles.

Con fecha cinco de Mayo del presente año, se me nombra Perito Contable,
procediendo a prestar Juramento de Ley, sobre el caso de la Carpeta Fiscal N.º 524-
2020, por el delito de Apropiación llicta, en agravio de la empresa denunciante y con
el objeto de determinar la veracidad de la documentación Contable y el monto del
delito, de la Empresa DISTRIBUIDORA SEÑOR DE POTOSI SCRL.

C. EXPOSICION DE LO COMPROBADO EN RELACION AL ENCARGO.

C.1 Se ha procedido a examinar la documentación contable que se encuentra en el


presente expediente, tales como el informe contable, la facturación de la boleta de
venta, documentos de control interno tales como Cartas Notariales. Relaciones a
Cargos de Cobranzas como el recibo de cobranza N.º 1028449 (Anexo Nº03),
Liquidaciones de Cobranzas; así como el cruce de información contable; con los
documentos y libros contables proporcionado por la Gerencia de la Empresa
Agraviada, tales como el contrato de trabajo (Anexo N.º 01); facturación de la Boleta
Venta N.º B100-00071147 (ANEXO N.º 02), reporte del sistema informático de Control
Interno, Registro de Ventas, Balance General y Estados Financieros.

C.2 La empresa agraviada contrato los servicios del ex Vendedor-Cobrador de don


Simón Valdez Puma con Contrato de Trabajo sujeto a modalidad, a partir del primero
de Enero al treinta uno de Diciembre del 2019, donde consta en el folio quince del
expediente, donde se le hace notar las funciones y responsabilidades del trabajador
para con la empresa agraviada.

C.3 Así mismo se ha comprobado que el indicado ex trabajador, ha realizado cobranza


de la Boleta de Venta B100-00071147 del cliente Ademir Quispe Tturunco en el
departamento Madre de Dios, Puerto Maldonado, Tambopata y el recibo de cobranza,
la liquidación de cobranza acreditada en el cuadernillo numero dos que forma parte
del expediente.

D. MOTIVACION O FUNDAMENTACION DEL EXAMEN TECNICO.

4|Página
Determinar ara el examen y análisis de las cuentas indicados en los cuadros de los
ítems precedentes, hemos tenido como motivación y fundamentación los siguientes
documentos:

D.1 Copia de la Boleta de Venta (B100-00071147).

D.2 Copia del Recibo de Cobranza (N.º 1028449).

D.3 Copia de la Liquidación de Cobranza.

D.4 Copia del Registro de Venta.

D.5 Copia del Balance General al 31/12/2019.

E. CRITERIOS CIENTIFICOS O TECNICOS.

Se han utilizado los criterios científicos y técnicos de la Contabilidad de acuerdo a los


principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y Normas Internacionales de
Contabilidad (NICs), así como el Reglamento de Comprobantes de Pagos y la
Estructura del Nuevo Código Procesal Penal utilizado en la Pericia Contable y otras
normas conexas.

F. CONCLUSIONES.

Se ha comprobado que de acuerdo al examen y análisis de las cuentas tratados en el


presente peritaje de cobranzas pendientes a cargo del ex Vendedor-Cobrador
investigado, existen un importe cobrado de s/.12,000.00 nuevos soles por depositar
de acuerdo a los siguientes cuadros detallados:

F.1.- Que el ex Vendedor-Cobrador don Simón Valdez Puma realizo cobranzas de la


empresa DISTRIBUIDORA SEÑOR DE POTOSI SCRL y falta depositar por el importe
de s/.12,000.00 nuevos soles de acuerdo al siguiente cuadro resumen:

RESUMEN DE COBRANZA PENDIENTE A CARGO DEL SR. SIMON VALDEZ


PUMA CORRESPONDIENTE A LA EMPRESA DISTRIBUIDORA SEÑOR DE
POTOSI SCRL.

RUC CLIENTE IMPORTE


10564526721 ADEMIR QUISPE COLLANQUE S/ 12,000.00
TOTAL POR DEPOSITAR S/ 12,000.00

F.2.- Que, de acuerdo a los cuadros arriba indicado, de cobranza pendiente por
depositar a cargo del ex Vendedor-Cobrador don Simón Valdez Puma es por el monto
de s/.12,000.00 nuevos soles, importe bajo su responsabilidad ante la empresa
Distribuidora Señor de Potosí SCRL.

Es todo lo que tengo que informar a Usted, en honor a la verdad.

5|Página
G. FECHA, SELLO Y FIRM DEL PERITO DEL PRESENTE CASO.

Madre de Dios, 15 de Junio del 2020.

CPC Lisbeth Q. TT

Matrícula N. ª 02-325

Urb. Upis Continental

6|Página
ANEXOS 01

7|Página
ANEXO 02

IMPORTE TOTAL VENTA S/. 12,000.00

8|Página
ANEXO 03

S7. 12,000.00
DISTRIBUIDORA SEÑOR DE
POTOSI SCRL

ADEMIR QUISPE COLLANQUE

B/V 00071147 12,000.00

9|Página

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