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01 TDR Retroexcavadora
01 TDR Retroexcavadora
01 TDR Retroexcavadora
1. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Servicio de alquiler de 01 retroexcavadora – cargadoras sobre llantas de 62-95 hp con
capacidad de 0.5 a 0.75 yd3 incluye operador, mantenimiento y combustible para la obra:
“MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA Y DESAGUE DE LOS 5
BARRIOS DE LA LOCALIDAD DE CAJAMARQUILLA, DISTRITO DE YANACANCHA -
PASCO - PASCO”.
Los mismos que están orientados a la atención de las necesidades y poder cumplir las
metas establecidas de la obra: “MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SISTEMA DE
AGUA Y DESAGUE DE LOS 5 BARRIOS DE LA LOCALIDAD DE CAJAMARQUILLA,
DISTRITO DE YANACANCHA - PASCO - PASCO”.
3. ANTECEDENTES
La población de Pillco Marca carece de los servicios básicos de saneamiento básico por lo que
el Gobierno Regional de Pasco, ha considerado ejecutar la obra: “MEJORAMIENTO,
AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA Y DESAGUE DE LOS 5 BARRIOS DE LA
LOCALIDAD DE CAJAMARQUILLA, DISTRITO DE YANACANCHA - PASCO - PASCO”,
Obra que permitirá mejorar la calidad de vida de población.
4. OBJETIVOS DE LA CONTRATACIÓN
Objetivo General:
El objetivo principal es culminar con la ejecución de todas las partidas y actividades
contempladas en el proyecto que de tal modo el sistema de agua potable y alcantarillado
entren en funcionamiento o en servicio para atender aquellos sectores carentes de los
servicios básicos de saneamiento, por consiguiente, mejorar las condiciones de vida del
usuario.
Objetivo Específico:
Es la contratación del Servicio de alquiler de 01 retroexcavadora – cargadoras sobre
llantas de 62-95 hp con capacidad de 0.5 a 0.75 yd3 incluye operador, mantenimiento y
combustible para realizar trabajos de excavación e zanja para instalación de tuberías de
agua potable y alcantarillado.
5.2. ACTIVIDADES
5.2.1. Con la maquinaria se deberá ejecutar todo tipo excavación de zanjas para redes
de agua potable y alcantarillado, así como el carguío en la eliminación de material
excedente de corte, explanaciones, eliminación de demoliciones y todo cuanto
corresponda a carguío de material suelto.
5.2.2. El tiempo de permanencia de la maquinaria será en función a la programación de
actividades para la prestación del servicio de la maquinaria,
5.2.3. La contabilización del servicio es por horas efectivas de trabajo, para el cual se
respetará la programación alcanzada dentro del contrato, pudiendo ser esta
modificado las veces que fuere necesario previa coordinación y acuerdo de partes.
5.2.4. El horario de servicio será dentro de lo establecido en el horario de trabajo y los días
laborables, pudiendo esta modificarse por acuerdo de partes.
5.2.5. Para casos de necesidad mayor del servicio, como el de incrementar más unidades,
esta acción se podrá realizar solo cuando el residente considere necesario para el
avance de oba previo informe técnico, para lo cual se anticipará al proveedor para
los acuerdos correspondientes.
5.3. PROCEDIMIENTO
No corresponde.
5.7. SEGUROS
No corresponde.
Departamento : Pasco.
Provincia : Pasco.
Distrito : Yanacancha.
Lugar : campamento de obra y frentes de trabajo.
5.9.2. PLAZO
El plazo de ejecución del servicio iniciará al día siguiente de notificado al proveedor
mediante orden de servicio y culminará hasta cumplir las 70 horas maquina
contratada, según las condiciones establecidas.
A. EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO
N° DESCRIPCIÓN N°
Retroexcavadora – cargadoras sobre
01 llantas de 62-95 hp con capacidad de 01
0.5 a 0.75 yd3
7.4. CONFIDENCIALIDAD
No corresponde.
La entidad designará a través del residente de obra, el personal que se hará cargo del
control de actividades y el conteo de horas máquina, para el cual se optará el apunte en el
parte diario de máquinas concedido por el proveedor, este parte diario para efectos de pago
estará firmado por el controlador, operador y residente de obra.
El pago se efectuará en nuevos soles, con abono en cuenta, a través del Código de Cuenta
Interbancaria (CCI) 20 dígitos.
7.9.1. Incumplimiento injustificado del servicio referidos en el numeral 5.1, 6.2 y 7.1
7.9.2. Incumplimiento injustificado a la programación de actividades, el mismo que deberá ser
informado por el Residente de obra o constatación, bajo acta realizado por funcionarios
de la entidad cuya sanción será equivalente a 2 veces el valor de la hora máquina del
tiempo que estuvo paralizado dicha maquinaria.
7.9.3. Se podrá resolver el contrato por incumplimiento injustificado del servicio por más de 48
horas; y que vaya en perjuicio directo con el avance de la obra.