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NRC 3290 Taller Semana 4

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DERECHO COMERCIAL Y LABORAL –

EVALUACIÓN SUMATIVA
INFORME UNIDAD 2, SEMANA 4

Identificación
del estudiante: CLAUDIA ALEJANDRA SALAS CORDERO NRC 3290

Tema: Las sociedades en Chile.

Actividad: Describir diferentes tipos societarios, a partir del análisis de un caso.

Aprendizaje esperado: Interpretar las diferentes figuras organizacionales que


puede darse en la empresa a la luz de la actual legislación.

Sugerencias de estrategias de trabajo

Ten en cuenta cada uno de los recursos de aprendizaje a tu disposición en la


plataforma, así como la bibliografía de referencia sobre el tema. Recuerda que
antes de realizar tu trabajo debes revisar la rúbrica con la que serás evaluado(a).

Aspectos formales
Debes cumplir con los aspectos formales que se identifican a continuación:

 Utilizar formato Word de tarea entregable.


 Seguir las instrucciones de la evaluación en el orden solicitado en las
indicaciones.
 Se debe ocupar un tamaño de letra correspondiente a 12 Arial e interlineado
de 1,5.
 Uso adecuado de citas y referencias según norma APA.
 El formato de entrega debe contener como máximo 2 hojas.

El informe es de carácter individual. Recuerda que debes enviarlo a más


tardar a las 23:55 horas del día domingo de esta semana. Esta actividad
pondera un 5% de la nota final del curso.
ACTIVIDAD:

En un cumpleaños, un grupo de amigos desea crear una empresa de venta de


insumos para celulares.
Escuchas dicha conversación y comienzas a analizar la posibilidad de formar un
negocio y solicitas cordialmente participar de la conversación.
En este contexto, analizan entre todos, las diversas posibilidades de
emprendimiento.
De acuerdo a lo tratado en la unidad, responde les siguientes interrogantes,
fundamentando en cada caso tu respuesta.
Preguntas:
¿Qué tipo societario podrían acordar? Describe todas las posibilidades, sus
características y requisitos.

Sociedad de Responsabilidad Limitada


Está regulada por la ley N°3.918 y supletoriamente por el Código de Comercio y
Código Civil. Es una sociedad de personas, lo que quiere decir que se le da
mucha importancia a quienes la integran, donde lo principal es el capital por sobre
la confianza.
Las principales características de la SRL son las siguientes:
 Debe estar constituida por al menos 2 socios y no puede exceder los 50.
 La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos
aportes.
 Su giro u objeto puede ser cualquier actividad licita, excepto la realización
de negocios bancarios.
 Su administración puede estar entregada a uno o más socios, e incluso a
un tercero, el cual debe ser nombrado por unanimidad.

 La muerte de alguno de los socios no afecta su subsistencia, a menos que


se acuerde expresamente en el estatuto, continuando con los herederos del
socio fallecido.
 Dado el carácter personal de la sociedad, los derechos sociales o cuotas de
participación no se pueden transferir libremente, siendo necesario contar
con el consentimiento de todos los socios y la realización de una
modificación de los estatutos.
 Sus socios pueden ser personas naturales o jurídicas, nacionales o
extranjeras.
 No existe un mínimo en cuanto al aporte de capital.

Empresa Individual de Responsabilidad Limitada


Está regulada por la ley N°19.857. Es una empresa unipersonal por lo que en
estricto rigor no corresponde a una sociedad.
Está orientada a pequeños empresarios que quieren separar su patrimonio
personal de aquel destinado a la actividad mercantil.
Sociedad Anónima
Está regulada por la ley 18.046.
Es una sociedad de capitales, por lo que, a diferencia de la SRL, las personas que
la conforman no son lo relevante, y son siempre mercantiles. Las sociedades
anónimas pueden ser abiertas, especiales o cerradas.
Sociedad por Acciones
La Sociedad por Acciones (SpA) está regulada en el artículo 424 y siguientes del
Código de Comercio, y supletoriamente por las normas de la S.A. Al igual que la
S.A., es una sociedad de capitales que se caracteriza por ser una sociedad de
estructura liviana y flexible en cuanto a su administración. Por lo general la SpA es
la estructura social preferida por emprendedores, ya que está pensada para
empresas de capital de riesgo, y pueden ir incorporando nuevos accionistas según
las necesidades de la empresa. (Constituyendo.cl, 2020)

 Revisando los tipos de sociedades, y para comenzar este grupo de amigos


con una pequeña pyme, lo más aconsejable sería, una sociedad de
Responsabilidad Limitada, es la más común, puesto que su constitución es
simple, y cuenta con estatutos flexibles, más que una S.A., para comenzar,
es un buen principio, solo y cuando no coticen en la bolsa, pues éste tipo de
sociedades, no lo puede hacer, pero considerando que es un comienzo, lo
encuentro lo más adecuado además que salvaguarda el patrimonio propio
de cada socio, además que evitarían así también lo complejo de crear una
estructura de directorio y asambleas de accionistas.
 Para sus requisitos, es importante tener, Poder Notarial, Crear y firmar
estatutos de la Compañía, obtener rut (SII), registrar la empresa en el
Registro de Comercio, Abrir y activar cuenta bancaria corporativa

2. ¿Cómo se formaría dicho capital? Responde para cada tipo societario.


En el caso de SRL, el capital se define por cuotas, (20 cuotas) que lo constituyen,
y deben ser de igual valor y otorgar derecho a voto por cuota. Es decir que a lo
que se refiere a la suscripción del capital, en el caso de la SRL y de la S.A. debe
realizarse íntegramente en el acto de la constitución.
Además, tener capital de trabajo.
3. ¿De que forma responden los socios? Justifica para cada tipo
societario.
En el caso de SRL: La responsabilidad de los socios es solidaria entre ellos y
limitada a la cifra del capital que cada uno ha aportado, es decir, que los socios no
responden con su patrimonio. (sociedad de personas)
En el caso de EIRL: El propietario de la empresa individual responde con su
patrimonio, y sólo con los aportes efectuados o que haya comprometido a
incorporar. (sociedad de personas)
En el caso de S.A.: La responsabilidad social es limitada, los socios no responden
personalmente de las deudas societarias, sólo hasta la cifra del capital que ha
aportado cada uno. (sociedad de capital)
En el caso de SPA: Los socios responden solo por sus aportes. (sociedad de
capital)
Ahora, conforme a su conformidad, responden ante un Directorio, que son
elegidos en una junta simple de accionistas, u ordinaria, los socios pueden tener
mas accionistas, el directorio puede ser revocable.
4. Desarrolla un resumen realizando un paralelo entre los distintos tipos
de sociedades analizadas en la unidad.
Sociedad de Responsabilidad Ltda.: Está formada por un mínimo de 2
personas, máximo 50 socios, ellos limitan su responsabilidad al monto
aportado como capital. Los socios pueden ser personas naturales o jurídicas.
Sociedad Colectiva: Es una sociedad de tipo mercantil, en que varios socios
se unen bajo un nombre colectivo, y de manera solidaria para desarrollar una
actividad económica, formada por un mínimo de dos socios, quienes
responden con todo su patrimonio, y de forma solidaria con las obligaciones de
la sociedad.
Sociedades Anónimas: Persona jurídica formado por un fondo común
suministrado por sus accionistas, son responsables solo de sus aportes y es
administrada por un Directorio.
Sociedad por Acciones (SPA): Persona jurídica creada por una o más
personas, mediante acto de constitución perfeccionado, cuya participación en
el capital es representada por acciones.
Sociedad Comandita Simple: Es de carácter personalista, en la que existen
dos tipos de socios, los colectivos que aportan trabajo, y si lo deciden, también
capital. Y por otro lado, los socios comanditarios, que solo pueden realizar
aportes al capital social.

Bibliografía
Constituyendo.cl. (2020). Obtenido de https://constituyendo.cl/que-sociedad-me-conviene/

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