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Reglamento Interno de Personal

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ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA , MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA AGENCIA BOLIVIANA DE CORREOS TACENCIN SOLVIANA °° CORREOS: RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 051 La Paz, 16 de septiembre de 2019 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que los Paragrafos | y II del Articulo 20 de la Constitucién Politica de! Estado, determinan que toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios basicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones y que es responsabilidad del Estado, en todos sus niveles de gobierno, la provision de los servicios basicos a través de entidades piiblicas, mixtas, cooperativas o comunitarias, La provisién de servicios debe responder a los criterios de universalidad, responsabilidad, accesibilidad, continuidad, calidad, eficiencia, eficacia, tarifas equitativas y cobertura necesaria; con participacién y control social, Que la Ley N° 164, de 8 de agosto de 2011, General de Telecomunicaciones, Tecnologias de Informacién y Comunicacién establece “el régimen general de telecomunicaciones y tecnologias de informacion y comunicacién del servicio postal y el sistema de regulacion, en procura del vivir bien’ Que el Articulo 103 de la Ley N° 164, dispone que el Estado en su nivel central a través del operador piiblico designado, prestard el servicio postal universal, garantizando a todos los habitantes en forma permanente, con frecuencia predefinida, con calidad determinada, a precios asequibles, la prestacién de servicios de oferta minima, que se estableceran en reglamento. En esa linea, el Articulo 105 de lareferida ley, sefiala que el Organo Ejecutivo del nivel central, mediante norma expresa nombraré al operador publico designado; y que el operador piiblico designado, es el responsable de prestar y desarrollar el servicio postal universal en todo el territorio nacional, cuya autorizacién estara exenta de pago. Que el Articulo 2 del Decreto Supremo N° 3495 de 28 de febrero de 2018, indica: Se crea la Agencia Boliviana de Correos denominada "Correos de Bolivia’, como una institucién publica descentralizada de derecho piblico con personalidad juridica, autonomia de gestion administrativa, financiera, legal y técnica, y patrimonio propio, bajo tuicién del Ministerio de Obras Publicas, Servicios y Vivienda. Que el Articulo § del referido Decreto Supremo establece que las funciones de la Agencia Boliviana de Correos son las Siguientes: a) Planificar, prestar, mejorar, y desarrollar en todo el territorio nacional los servicios postales basicos y no basicos, nacionales o internacionales, financieros, postales, conexos y accesorios establecidos en las disposiciones legales sobre Correos, en los convenios y Acuerdos Postales Internacionales suscritos por el Estado y en sus respectivos reglamentos y b) Prestar y promover el desarrollo del Servicio Postal Universal. Que de conformidad con el Articulo 6 del Decreto Supremo N° 3495 son atribuciones del Director General Ejecutivo, entre otras, las siguientes: a) Ejercer la representacién legal de la institucién, b) Ejercer la calidad de Maxima Autoridad Ejecutiva de la Institucién, d) Aprobar reglamentos internos, manuales y toda normativa necesaria para el cumplimiento vw cares gob bo Ty Maa Sans Cap es, Cals Oro Bit Cento de Comunicaciones La Paz Mezzanine Teletone (5912) 2152123 ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA : MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA IVIANA DE CORREOS PGENCIA ROLNIANA AGENCIA BOL! oes tana de las finalidades de la Agencia Boliviana de Correos, j) Realizar y autorizar los actos administrativos necesarios para el funcionamiento de la institucién. Que el articulo 9 del mencionado Decreto Supremo nombra a la Agencia Boliviana de Correos como el Operador Publico Designado del Estado Plurinacional de Bolivia. CONSIDERANDO: Que mediante Nota AGBC/DESP N° 0287/2019 de fecha 16 de agosto de 2019, la Agencia Boliviana de Correos remitié al Ministerio de Economia y Finanzas su Reglamento Interno de Personal para su compatibilizacion. Que a través de Nota MEFP/VPCF/DGNGPIUNPE N° 1316/2019 de 06 de septiembre de 2019, la Direccién General de Normas de Gestién Publica de! Ministerio de Economia y Finanzas Publicas determiné que el Reglamento Intemno de Personal de la Agencia Boliviana de Correos es compatible con la Normativa de Personal en actual vigencia, por lo que corresponde su aprobacion mediante Resolucién Expresa y su remision conjuntamente al instrumento de aprobacién a la Direccién General de Normas de Gestién Publica, para su registro y archivo. POR TANTO: EI Director General Ejecutivo de la Agencia Boliviana de Correos, en su condicin de Maxima Autoridad Ejecutiva - MAE y en ejercicio de las facultades conferidas por el ordenamiento juridico vigente: RESUELVE: PRIMERO.- Aprobar el Reglamento interno de Personal de la Agencia Boliviana de Correos, compatibilizado por la Direccién General de Normas de Gestion Publica del Ministerio de Economia y Finanzas Publicas, que en Anexo forma parte integrante e indivisible de la presente Resolucién Administrativa SEGUNDO.- Remitir la presente resolucién a la Direccién General de Normas de Gestin Publica de! Ministerio de Economia y Finanzas Publicas, para su correspondiente registro y archivo. TERCERO.- La Direccién Administrativa Financjerad aplicacién y cumplimiento de la presente resotd dad queda encargada de la Registrese, comuniquese y climplase. ‘AY Marisa Santa Cruze, Calle OFS ‘ait. Centro de Camansaconss a Pa Mezzanine ‘Teleons (S912) 2152423 REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL Versi6n N° 1 — R.M.033/2019 DIRECCION ADMINISTRATIVA FINANCIERA AGENCIA BOLIVIANA DECORREOS ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA La Paz - Bolivia Fecha de Aprobaci6n: Pagina 1de57_| = No. RA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL senctecains Verion ental | Rm.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION ‘GESTION DE . [AG8C SAP GRH ECOL DE PERSONAL RECURSOSHUMANOS |EMISION: INDICE PARTE PRIMERA CAPITULO | GENERALIDADES. ARTICULO 1. (OBJETO) ARTICULO 2, (AMBITO DE APLICACION). ARTICULO 3. (BASE LEGAL) ARTICULO 4, (ELABORACION DEL REGLAMENTO) ARTICULO 5. (APROBACION DEL REGLAMENTO) ARTICULO 6. (DIFUSION DEL REGLAMENTO). ARTICULO 7. (REVISION, ACTUALIZACION Y MODIFICACION DEL REGLAMENTO), ARTICULO 8, (CONSERVACION Y CUSTODIA DE DOCUMENTACION), ARTICULO 9. (INCUMPLIMIENTO) CAPITULO II DERECHOS, DEBERES, PROHIICIONES E INCOMPATIBILIDADES ARTICULO 10. (DERECHOS). ARTICULO 11. (DEBERES CON LA ENTIDAD). ARTICULO 12. (OBLIGACIONES) ARTICULO 13. (PROHIBICIONES).... ARTICULO 14, (INCOMPATIBILIDADES) CAPITULO III JORNADA LABORAL.... ARTICULO 15, (JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO) ARTICULO 16. (CONTROL DE ASISTENCIA) .. SECCION1 ee PERMISOS OFICIALES. ARTICULO 17, (PERMISO OFICIAL) : ARTICULO 18, (COMISION) «0 an ARTICULO 19, (PERMISO OFICIAL POR HORAS) ARTICULO 20. (BECAS ESTATALES) i ARTICULO 21. (ASUETO). : resent ARTICULO 22. (TOLERANCIA) - 7 2 ARTICULO 23. (TOLERANCIAS ESTABLECIDAS EN NORMA ESPECIFICA). 2 ARTICULO 24. (OTROS PERMISOS OFICIALES), 13 SECCION 2 13 Sila impresién de! presente documento no registra el selo de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una ‘version poco confiable para su aplicacion, Verifique con e! érea competente su vigencia. Pagina 2 de 57 No. RA = REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL enero RMO332019 neacerceincon | SSEUREERRINSTRACON | ESTEE Tesi PERMISOS PERSONALES 13 ARTICULO 25. (PERMISO PERSONAL CON GOCE DE HABERES) 19 ARTICULO 26, (SOLICITUD EXCEPCIONAL DEL PERMISO PERSONAL CON GOCE DE HABERES)....13 ARTICULO 27. (PERMISO PERSONAL SIN GOCE DE HABERES), sn ARTICULO 28. (DESCARGOS DEL PERMISO PERSONAL SIN GOCE DE HABERES). 14 ARTICULO 29, (SOLICITUD EXCEPCIONAL DEL PERMISO PERSONAL SIN GOCE DE HABERES POR IATENCION MEDICA)... ee 18 ARTICULO 30. (PROCESAMIENTO DE PLANILLAS POR OTORGACION DE PERMISO PERSONAL SIN GOCE DE HABERES). 15 SECCION 3... ee cin LICENCIAS ae 18 ARTICULO 31. (LICENCIAS) 45 ARTICULO 32. (LICENCIAS ESTABLECIDAS EN NORMA ESPECIFICA). sss ssnsonnnsnnn 9 CAPITULO IV re ; ss 16 VACACIONES 16 ARTICULO 33. (REGIMEN DE VACACIONES). 16 ARTICULO 34. (REPROGRAMACION EN CASO DE VACACIONES COLECTIVAS), 16 ARTICULO 35. (APLICACION DE LA ESCALA DE VACACIONES). 17 CAPITULO V 7 REMUNERACIONES, AGUINALDO Y REFRIGERIO 5 7 ARTICULO 36, (REMUNERACION) 17 ARTICULO 37, (AGUINALDO DE NAVIDAD) 7 ARTICULO 38, (REFRIGERIO). 17 CAPITULO VI 7 REGIMEN DISCIPLINARIO 7 ARTICULO 39, (REGIMEN DISCIPLINARIO) 7 ARTICULO 40. (INCENTIVOS SOCIALES Y LABORALES) 7 ARTICULO 41. (FALTAS Y SANCIONES)... : Reece ae ARTICULO 42. (FALTAS LEVES) : ses 1B ARTICULO 43. (FALTAS LEVES CON AMONESTACION VERBAL). 18 ARTICULO 44. (FALTAS LEVES CON AMONESTACION ESCRITA). 19 ARTICULO 45._(FALTAS LEVES CON SANCION ECONOMICA POR ATRASOS, INASISTENCIAS ¥ ‘AUSENCIAS EN EL PUESTO DE TRABAJO), sou 19 ARTICULO 46. (FALTAS GRAVES CON SANCION ECONOMICA) 20 ARTICULO 47. (FALTAS GRAVISIMAS CON PROCESO INTERNO) cece ae ARTICULO 48, (RETIRO POR INASISTENCIA), : ae 22 ARTICULO 49, (FALTAS DISCIPLINARIAS QUE CONSTITUYEN RACISMO ¥ DISCRIMINACION).....22 Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una version poco confiable para su aplicacion, Verifique con el rea competente su vigencia. = Pagina 3. de 57 No. RA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL. Version N° 1 R.M.033/2019 AGOCSAPGRHREGOI | SSTENADEADUNGTRACION | GESTONDE -TeisiOn: ARTICULO 50. (COMPUTOS). Co 22 ARTICULO 51. (NOTIFICACIONES Y DESCARGOS) 22 ARTICULO 52. (REPRESENTACION). 23 CAPITULO VII 23 AUTORIDAD SUMARIANTE. 23 ARTICULO 53. (AUTORIDAD SUMARIANTE). 23 PARTE SEGUNDA. ey 24 |. DERECHOS EN NORMA ESPECIFICA 26 Apendice. 37 I TOLERANCIAS EN NORMA ESPECIFICA 38 Apéndice. i 46 MM. LICENCIAS EN NORMA ESPECIFICA. 48 Apéndice. 56 ‘Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una version poco confiable para su aplicacion, Verifique con el area competento su vigencia, i ~~ | Pagina 4 de 57 = NaRA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL AGENCA BOLIVIANA | Version N° 1 eee ase - asses RM.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION GESTION DE ON: CEG SAP CH TREO! DE PERSONAL RECURSOS HUMANos | EMISION: PARTE PRIMERA Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una version poco confiable para su aplicacién, Verfique con el area competente su vigencia. Pagina 5 de 57 = | No RA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL ranean Jaana fee RM033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION ‘GESTION DE . |AGBGISAP GRHLREDOS DEPERSONAL ECURSOS HUMANoS |EMISION CAPITULO GENERALIDADES: ARTICULO 1. (OBJETO) El presente Reglamento Interno de Personal, tiene por objeto regular la relacién laboral entre la Agencia Boliviana de Correos y e! personal que presta servicios en la entidad ARTICULO 2. (AMBITO DE APLICACION) |. Elpresente Reglamento Interno de Personal es de aplicacién y cumplimiento obligatorio por todo el personal de las diferentes areas y unidades organizacionales de la entidad, sujetos al alcance de la Ley N°2027, Estatuto del Funcionario Publico. II, E] Regiamento Interno de Personal se aplicara al Personal Eventual de la entidad, salvo que en el contrato establezca lo contrario y se determinen las salvedades que correspondan ARTICULO 3. (BASE LEGAL) El presente reglamento, tiene como base legal las siguientes disposiciones normativas: Constitucién Politica del Estado, de 9 de febrero de 2009: Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990 de Administracion y Control Gubernamentales; Ley N° 2027, de 27 de octubre de 1999, Estatuto del Funcionario Publico; Ley 045 de 8 de octubre de 2010, Ley Contra el Racismo y toda Forma de Discriminacién, y su reglamentacién; Decreto Supremo N° 23318-A de 3 de noviembre de 1992, Reglamento de la Responsabilidad por la Funcién Publica f. Decreto Supremo N° 25749, de 20 de abril de 2000, que aprueba el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley N° 2027 Estatuto del Funcionario Pablico; @. Decreto Supremo N° 26115, de 16 de marzo de 2001, que aprueba las Normas Basicas del Sistema de Administracion de Personal (NB-SAP) h. Resolucién Ministerial N° 1111, de § de noviembre de 2017, emitida por el Ministerio de Economia y Finanzas Publicas que aprueba el Regiamento de Permisos Oficiales, Permisos, Personales y Becas Estatales; i. Resolucién Ministerial N°033, de 21 de enero de 2019 emitida por el Ministerio de Economia y Finanzas Piblicas, que aprueba el modelo de Reglamento Interno de Personal. » ARTICULO 4, (ELABORACION DEL REGLAMENTO) La elaboracion del Reglamento Interno de Personal es responsabilidad del Profesional de Recursos Humanos. ARTICULO 5. (APROBACION DEL REGLAMENTO) La aprobacién de! Reglamento Interno de Personal es responsabilidad del Director General Ejecutivo, mediante Resolucién Administrativa, una vez que el mismo haya sido declarado compatible por el Organo Rector del Sistema de Administracion de Personal (SAP) ARTICULO 6. (DIFUSION DEL REGLAMENTO) Es responsabilidad del Profesional de Recursos Humanos, realizar la difusién de! Reglamento Interno de Personal una vez aprobado, utlizando para ello los canales y medios de comunicacion interna, definidos en el Reglamento Especifico del Sistema de Organizacion Administrativa (RE-SOA) Si impresion del presente documento no registra el solo de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco conflable para su aplicacion, Verifique con el area competente su vigencia Pagina 6 de 87 = No. RA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL panecvounans Version Nv T eee iit RM.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION GESTION DE bn: AGBGSAP.GRHRE OO} | "DE PERSONAL RECURSOS HUMANOS | EMISION: ARTICULO 7. (REVISION, ACTUALIZACION Y MODIFICACION DEL REGLAMENTO) |. Es responsabilidad del Profesional de Recursos Humanos, la revision del Reglamento interno de Personal en base a la experiencia institucional en su aplicacién, a la efectividad y oportunidad de sus rocesos, su interrelacién con los otros sistemas administrativos y de planificacion, y la dindmica administrativa. |. EI Reglamento interno de Personal serd actualizado cuando se modifique la Ley N° 2027, el Decreto ‘Supremo N’ 25749, las NB-SAP, la normativa aplicable a la materia o cuando el érgano Rector del Sistema de Administracién de Personal (SAP) emita un nuevo modelo de Reglamento Interno de Personal El Regiamento Interno de Personal sera modificado cuando se haya determinado la necesidad producto de su revision, pro la emisién de disposiciones normativas que dispongan su modificacion, © por instruccién expresa del Director General Ejecutivo. IV. EI Profesional de Recursos Humanos, es responsable de presentar por conducto regular al Director General Ejecutivo, un proyecto de Reglamento Interno de Personal actualizado 0 modificado, segdn corresponda, para su consideraci6n, " El Reglamento interno de Personal actualizado o modificado, se aprobara segiin el proceso desorito en el Articulo 5 del presente Reglamento, ARTICULO 8. (CONSERVACION Y CUSTODIA DE DOCUMENTACION) EI Profesional de Recursos Humanos, es responsable de la conservacién y custodia del Reglamento Interno de Personal aprobado, asi como de la documentacion desarroliada y considerada de relevancia en el proceso de su aprobacién, actualizacién y modificacion. ARTICULO 9. (INCUMPLIMIENTO) Cualquier accién u omision contraria al presente Reglamento Interno de Personal, estara sujeta a la determinacion de responsabilidades y sanciones, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 1178, el Decreto Supremo N’ 23318-A, el propio Reglamento Intern de Personal y demas disposiciones normativas aplicables. CAPITULO I DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES ARTICULO 10. (DERECHOS) Los Derechos del personal de la entidad se encuentran establecidos por la Constitucién Politica del Estado, Ley N° 2027, Decreto Supremo N° 25749 y normativa vigente aplicable a la materia, mismos que se desarrollan en la Parte Segunda — |. Derechos en Norma Especifica del presente Reglamento. ARTICULO 11. (DEBERES CON LA ENTIDAD) ‘Son Deberes del personal de la entidad, ademas de los establecidos por el Articulo 8 de la Ley N° 2027, Articulo 15 Decreto Supremo N° 25749 y normativa vigente aplicable a la materia, los siguientes: a) Cumplir con lo dispuesto por el presente Reglamento Interno de Personal: ») Cumplir con la jomada laboral establecida, debiendo registrar su asistencia mediante el medio formal establecido por la entidad; Sila impresi6n del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco confiable para su aplicacion, Verifique con el area competente su vigencia, Pagina 7 de 67 = Pree REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL ena Version NY 1 panne RM.03372019 ‘SISTEMA DE ADHINSTRACION | —__ GESTIONDE ; ABBC-SAP.GRHREDM DE PERSONAL RECURSOS HUMANS | EMISION: ¢) Desarrollar sus labores © tateas y manejar la documentacion e informacion a su cargo con a e) f 9) hy ) m) n) 9) ») a) responsabilidad y diligencia, Atencién al publico y/o personal de la entidad, con calidad, calidez y oportunidad: Iniciar y desarrollar sus actividades laborales una vez que se haya constituido en su trabajo; Evitar actividades ajenas a los fines de la entidad, salvo aquellas que tengan un fin social o que promueven Ia integracion social o familiar del personal; Atender exclusivamente asuntos propios del trabajo dentro de la jomada de trabajo; Asistir a eventos y/o actividades institucionales instruidos por autoridad competente; ‘Cumplir las instrucciones emitidas por autoridades competentes; Cumplir con los mandatos y disposiciones emitidos por la entidad; Ejercer atribuciones y funciones propias de su competencia; Recabar autorizacion verbal o escrita del jefe inmediato superior; superior jerdrquico 0 de la autoridad correspondiente; para retirar de la entidad, documentos, bienes u otros objetos que sean de propiedad o estén a cargo de la entidad; Abstenerse de realizar deciaraciones a nombre de la entidad sin autorizacién o dar publicidad por cuenta propia, de trabajos o documentos de propiedad o a cargo de la entidad; Por ninguna circunstancia debe presentarse al trabajo bajo efectos de bebidas alcohdlicas, sustancias controladas u otras de similar efecto; Evitar la provocacién; promocién o participacién en actividades irregulares que afecten el normal desarrollo de actividades institucionales dentro o fuera de los ambientes de la entidad, o que dafien la imagen institucional; ‘Abstenerse de realizar actos que permitan la evasién en los mecanismos establecidos por la entidad para el control del personal; en beneficio propio o de otro miembro del personal; Bajo ninguna circunstancia generar conductas de hostigamiento, de acoso, vejatorias u hostiles en el trabajo, de caracter psicolégico, laboral o fisico, en contra de uno a varios miembros del personal de la entidad. ARTICULO 12. (OBLIGACIONES) Elpersonal de la entidad estara sujeto a las Obligaciones establecidas por los Articulos 236 y 237 de la Constitucion Politica del Estado, y demas normativa vigente aplicable a la materia ARTICULO 13. (PROHIBICIONES) El personal de la entidad estara sujeto las prohibiciones establecidas por el Articulo 236 de la Constitucion Politica del Estado, Articulo 9 de la Ley N° 2027 y demas normativa vigente aplicable a la materia. ARTICULO 14. (INCOMPATIBILIDADES) El personal de la entidad estara sujeto a las incompatibilidades establecidas por el Articulo 239 de la Constitucion Politica del Estado, Articulo 11 de la Ley N‘ 2027 y demas normativa vigente aplicable a la materia, Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco conflable para su aplicacién, Verifique con o! area competente su vigencia. Pagina 6 de 67 = NORA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL seven TERN eee R.M.033/2019 S ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION ‘GESTION DE ™ PAGERARGRHREDO DE PERSONAL RECURSOS HUMANOS | EMISION: CAPITULO I JORNADA LABORAL ARTICULO 15. (JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO) La jomada de trabajo es de 8 horas diarias conforme al siguiente horario Jornada de Trabajo | Horario. Mafiana 08:30 am. - 12:30 pm Personal Administrative = Tarde 14:30 am. - 18:30 pm Personal Operativo Turnos de trabajo Resolucién Administrativa ARTICULO 16. (CONTROL DE ASISTENCIA) La asistencia del personal de ia entidad, sera controlada a través de los mecanismos dispuestos para este fin. El registro debera efectuarse, al momento de los ingresos, y al momento de las salidas. En casos excepcionales que por la naturaleza de sus funciones ylo atribuciones, no puedan realizar el marcaje de ingresos y/o salidas de asistencia, el registro de los mismos debera ser regularizado en consistencia a lo que determine el memorandum o Resolucién Administrativa emitida por el Director General Ejecutivo para cada caso, SECCION 1 PERMISOS OFICIALES ARTICULO 17. (PERMISO OFICIAL) Son permisos oficiales: a) Comision; b) Permiso oficial por horas; ©) Petmiso para Beca Estatal; a) Asueto; ©) Tolerancia; f) Otros permisos oficiales ARTICULO 18, (COMISION) |. La Comision debera ser dispuesta por el jefe inmediato superior o superior jerérquico para la ‘ealizacion de funciones y/o actividades, en representacion de la entidad, cuando la misma se encuentre dentro de los plazos establecidos por el Reglamento de Permisos Oficiales, Permisos Personales y Becas Estatales, que son @) Cuando sea dentro del propio municipio donde se encuentre su sede habitual de trabajo, hasta tres @) meses; b) Cuando signifique trasledarse a otto municipio distinto al de su sede habitual de trabajo, dentro del ternitorio nacional, hasta dos (2) meses; ©) Cuando implique trasiadarse al exterior del pais, hasta un (1) mes, I La Comision sera dispuesta mediante Memorandum de Comisién. Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco conflable para su aplicacion, Verifique con ol érea competente su vigencia, Pagina 9 de 57 No. RA = REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL sesmesbnontren Vesa eaeeee RM.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRAGION GESTIONDE : ‘AGBC.SAP.GRHRE 001 ADEAD IST RECURSOS TUnANos [EMISION: Cuando la Comision requiera desarrollarse por plazos mayores a los establecidos en el Reglamento de Permisos Oficiales, Permisos Personales y Becas Estatales, la misma debera ser dispuesta por el Director General Ejecutivo mediante Resolucién expresa. El instrumento que disponga la Comisién, debera contener al menos informacién referente al lugar, tiempo de duracién y motivo de la misma. IM Para la Comisién en horas 0 dias no laborales, y/o que se cumplan fuera del municipio donde desarrolla sus actividades de manera regular el personal comisionado, y que no esté alcanzada por lo sefialado en el segundo parrafo del Paragrafo IV del Articulo 5 del Reglamento de Permisos Oficiales, Permisos Personales y Becas Estatales, debera llenarse el formulario habilitado que evidencie la aceptacién previa de parte del o de los comisionados, para proceder con la emision del Memorandum de Comisién. IV. Concluida la Comision, el personal comisionado debera presentar al jefe inmediato superior un informe escrito sobre las actividades desarrolladas, salvo que el instrumento que establece la comision determine otro tipo de descargo. V. _Elpersonal que sea deciarado en comisién de servicio fuera del municipio donde se encuentra la sede habitual de trabajo, tendré derecho a los pasajes de ida y vuelta en el medio de transporte conveniente y adecuado. Por otra parte, tendré derecho al reconocimiento de vidticos por el tiempo que dure Ia comision, conforme a la Norma que establece la escala de viaticos y el Reglamento Interno de Pasajes y Vidticos, ARTICULO 19. (PERMISO OFICIAL POR HORAS). EI Permiso Oficial por Horas deberd ser dispuesto por el jefe inmediato superior o superior jerarquico, Para la realizacién de actividades inherentes al cargo u otras que la entidad requiera, debiendo en estos ‘casos registrar las salidas e ingresos en el instrumento de control determinado para el efecto, En el instrumento de control se especificara el motivo del permiso, el lugar de destino, los horarios de salida y de retomno, el nombre de quien usa el permiso y la autoridad que lo ha dispuesto. En los casos en que el Permiso Oficial por Horas consigne horarios de salida o de retomo que coincidan con Ios horarios de ingreso o salida de la entidad respectivamente, ésios deberan ser consignados en 1 respectivo instrumento de control. ARTICULO 20. (BECAS ESTATALES). |. El Permiso para Beca Estatal, se lo olorgara mediante Resolucién Administrativa, Il. El beneficiario de una Beca Estatal debera acreditar periédicamente ante el Area Recursos Humanos, e! desarrollo satisfactorio de la Beca, mediante la presentacion de documentacién de acuerdo con lo siguiente: a) Para Beca Estatal de hasta seis (6) meses de duracion, una sola ver a la conclusién, b) Para Beca Estatal de hasta un (1) affo de duracién, una a la mitad del periodo y una a ia conclusién; ©) Para Beca Estatal de mas de un (1) afio de duracién, semestralmente y a la conclusion La documentacion a presentarse durante el desarrollo de la Beca Estatal de Estudios de consistiré en copias de los documentos de avance curricular emitidos por la institucién donde se cursa la Beca Estatal La entidad dara por satisfactoria la conclusién de la Beca Estatal de Estudios, una vez que el Area de Recursos Humanos realice la verificacién del titulo, certificado 0 documento correspondiente que acredite el grado obtenido, haciendo constar este hecho en la copia del documento verificado, para su posterior archivo. Sila impresién de! presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una version poco confiable para su aplicacién, Verifique con el area competente su vigencia, ] Pagina 10 de 57 | No. RA = | REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL semrcnccen — | Vario NF Peers ee] RM.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION GESTIONDE i: aosecsar creincon | SST ERMA ecunsosnunanos [EMISION: La documentacién a presentarse para Beca Estatal de Investigacion, consistiré en Informes de Avance de la investigacién, debiendo a la conclusién presentar el documento de investigacion completo, Estos documentos deberan estar debidamente aprobados por el Director Administrativo Financiero. Para las Becas Estatales que se otorguen con fines culturales, artisticos, deportivos u otros, el beneficiario de la Beca Estatal debera presentar un certificado u otro documento, que acredite la participacién y conclusién satisfactoria de la Beca, IIL. Si el beneficiario de la Beca Estatal de Estudio reprobara parcialmente en el desarrollo curricular, el Area de Recursos Humanos debera determinar en forma proporcional al grado de incumplimiento, la continuidad 0 no de la Beca. De determinarse la continuacién de la misma, el beneficiario debera correr ccon los costos en tiempo y dinero por concepto de la parcialided reprobada, pudiendo para ello la entidad otorgar un Permiso Personal sin Goce de Haberes de ser necesario. IV, Los productos intermedios y/o finales emergentes de una Beca Estatel de Investigacion, deberan ef registrados a nombre de la Agencia Boliviana de Correos, no pudiendo el beneficiario de la Beca Estatal o terceras personas utilizar total 0 parcialmente dichos productos para fines personales 0 ajenos a la entidad, salvo autorizacién de la Maxima Autoridad Ejecutiva de la entidad, mediante Resolucién Administrativa V. Los términos y condiciones para la otorgacién de la Beca Estatal, asi como los derechos y obligaciones de las partes, se estableceran previamente en el Convenio de otorgacion de Beca Estatal, que sera suscrito entre el beneficiario y el Director Administrative Financiero, mismo que debera contener entre ottas, las previsiones contempladas en el Capitulo IV del Reglamento de Permisos Oficiales, Permisos Personales y Becas Estatales, y en el presente Reglamento Intemo de Personal. VI. El Convenio de otorgacién de Beca Estatal establecerd las veces y la manera en que el beneficiario debera replicar los conocimientos adquiridos a favor de la entidad, siendo el Area de Recursos Humanos, responsable de hacer dar cumplimiento a lo establecido. En las Becas Estatales que se otorguen para fines culturales, artisticos, deportives u otros, el Convenio de otorgacion de Beca Estatal determinard la pertinencia o no de réplicas, VIL. El incumplimianto de los términos y condiciones de la Beca Estatal establecidos en el Convenio de otorgacién de Beca Estatal, sea por desvinculacién u otras causales atribuibles al beneffciario, daran lugar a la reposicién a la entidad del costo demandado en los que ésta hubiera incurrido, de forma proporcional al grado de incumplimiento. Si el incumplimiento de los terminos y condiciones de la Beca Estatal establecidos en el Convenio de otorgacién de Beca Estatal, sea por desvinculacién u otras causales, es atribulble a la entidad, la reposicién del costo residual establecido, seré cubierto por la autoridad o las autoridades que tomaron la decision que causé el incumplimiento, previo proceso administrativo. Cuando se incumplan con los términos y condiciones de la Beca Estatal establecidos en el Convenio de otorgacién de Beca Estatal en una Beca financiada por un tercero, el beneficiario debera devolver a la entidad la remuneracion percibida durante el periodo de la Beca, deduciéndose los aportes patronales, y tender sus obligaciones emergentes con el tercero financiador. Cuando [a causa del incumplimiento de los términos y condiciones de la Beca Estatal establecidos en el Convenio de otorgacién de Beca Estatal sea por desvinculacién del beneficiario de la Beca producto de una reestructuracién, disolucién institucional u otras causales no atribuibles a las partes, no procederd la reposicién del costo demandado de la Beca Estatal Vill. La Beca Estatal otorgada, podra ser financiada en efectivo, en especie o de manera combinada El financiamiento de la beca sera en efectivo, cuando el financiador haga entrega al beneficiario de los Tecursos que correspondan para cubrir los costos demandados, monto que se registrara como Fondos en Avance. Sia impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco confiable para su aplicacion, Verifique con el area competente su vigencia an ee Pagina 11 de 57 = No. RA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL aoe a Version N° 1 eect: R.M.033/2019 SISTEMADEADNINSTRACION | _GESTIONDE . hinsiienlecnioinmames DE PERSONAL RECURSOS HuMmaNos | EMISION: El financiamiento de la beca serd en especie, cuando el financiador cubra el monto de los costos demandados. EI financiamiento de la beca serd de manera combinada, cuando se apliquen los procedimientos mencionados en la proporcién que correspondan. IX. El tratamiento de las becas no consignadas como Becas Estatales, sera conforme lo establecen las NB-SAP. ARTICULO 21. (ASUETO) Los asuetos que otorgue la entidad, podran ser individuales, grupales o institucionales. La autoridad ejecutiva responsable de una determinada area organizacional, gestionara los asuetos grupales o individuales del personal a su cargo, a través del Area de Recursos Humanos, debiendo ser utorizados por el jefe inmediato superior 0 superior jerérquico de la autoridad ejecutiva que lo gestiona. Los asuetos para todo el personal o para grupos a nivel institucional, seran gestionados por el Director Administrativo Financiero y autorizados por el Director General Ejecutivo. La otorgacién del asueto para ambos casos, podra ser dispuesta en sub grupos de acuerdo a las necesidades y la demanda laboral de la entidad, I. Se otorgard asueto en los siguientes casos: a) Dia del Padre/Madre, medio dia de asueto; Para lo cual, el Area de Recursos Humanos, comunicara al interior de la entidad, el dia habil que corresponda al mencionado asueto, con al menos dos (2) dias habiles de anticipacion. b) Dia de cumpleatios, medio dia de asueto, Para lo cual, el Area de Recursos Humanos publicara la dilima semana de cada mes la lista del personal que cumple afios el mes siguiente, asi también, comunicara al beneficiario y a su jefe Inmediato superior, con al menos dos (2) dias hébiles de anticipacién, la fecha del dia habil que corresponda al mencionado asueto. Cuando la fecha de cumpleafos sea 29 de febrero, para los afios no bisiestos a los efecios de lo establecido en el presente Articulo, se tendra como fecha de cumpleafios el 1 de marzo. ¢) Fallecimiento de parientes, hasta tres (3) dias habiles de asueto; Para lo cual, el personal que solicité el asueto debe presentar una copia del Certficado de Defuncion Pertinente, dentro de los tres (3) dias habiles siguientes a su reincorporacién, al Area de Recursos Humanos, d) Asuetos que la entidad otorgue en dia laboral; El Director Administrative Financiero otorgara el asueto, especificando quien o quienes son alcanzados por éste, la razén, el tiempo de duracién del mismo y Ia hora de su inicio. €) Otros que el Estado otorgue en dia laboral a través de la reparticién estatal facultada para el efecto. Estos asuetos, seran de aplicacién inmediata de acuerdo a lo que establezca el comunicado. Il, Los asuetos serialados en los incisos a) y b) del parégrafo II del presente Articulo, seran otorgados ‘en e| mismo dia, sin embargo, cuando caigan en dia sdbado, domingo, feriado, o cualquier otro dia no laborable, asi como en periodos de Comisién, seran trasladados al siguiente dia laborable regular para ‘| beneficiario, deblendo otorgarse de manera independiente cada uno en caso de darse de forma simultanea IV. De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 11 del Reglamento de Permisos Oficiales, Permisos Personales y Becas Estatales, se otorgara un asueto de media jornada, como compensaciin laboral, cuando la realizacién excepcional de una actividad laboral determinada, sea individual 0 grupal, en horarios distintos al horario regular de trabajo, haya sido determinada de manera expresa por la autoridad jerérquica de un rea organizacional, y cuyas horas trabajadas sean en numero iguales © supetiores a cuatro (4) horas de trabajo, El asueto sera de una jomada cuando las horas trabajadas sean iguales 0 superiores a ocho (8) horas de trabajo. ‘Sila impresion del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco confiable para su aplicacién, Verifique con el area competente su vigencia, th - | Pagina 12 de 57 Ss a REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL scpetbecunana Vea ‘CORREOS RM.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION GESTION DE 7 ee eee DE PERSONAL, RECURSOS HUMANos | EMISION: ARTICULO 22. (TOLERANCIA). |. Las tolerancias otorgadas por la entidad, sean individuales, grupales o institucionales, se habilitardn ‘mediante Circular 0 Memorandum, mismo que también debera definir si la tolerancia es o no susceptible de compensacién labora La autoridad ejecutiva responsable de un rea organizacional, gestionard las tolerancias individuales 0 grupales del personal a su cargo, a través del area de Recursos Humanos debiendo ser autorizados por el jefe inmediato superior de la autoridad ejecutiva que lo gestiona. Las tolerancias para todo el personal o para grupos a nivel institucional, seran gestionadas por el Director Administrative Financiero y autorizadas por el Director General Ejecutivo, II. Cuando Ia otorgacién de tolerancia determine compensacién laboral, la autoridad que gestioné la tolerancia debera también establecer de manera expresa el cronograma de compensacién laboral previamente coordinado con el beneficiario de la tolerancia Las tolerancias deciaradas que no especifiquen la compensacién expresamente, se entendera que no son compensables laboralmente, Il, De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 11 Reglamento de Permisos Oficiales, Permisos Personales y Becas Estatales, se otorgara tolerancia por horas como compensacion laboral, cuando la realizacién excepcional de una actividad laboral determinada, sea individual o grupal, en horarios distintos al horario regular de trabajo haya sido determinada de manera expresa por la autoridad jerarquica de un rea organizacional, y cuyo niimero de horas trabajadas sean en nimero, inferiores a la media jornada de trabajo. IV. Las tolerancias que el Estado otorgue en dia laboral a través de la reparticin estatal facultada para el efecto, seran de aplicacion inmediata de acuerdo a lo que establezca el comunicado, V. El personal de la entidad, gozara de una tolerancia de cinco (5) minutos posteriores a la hora fijada para cualquiera de sus ingresos en la jomada de trabajo. Los minutos de atraso que se registren Posteriores a la tolerancia establecida, se registraran en el cmputo mensual de atrasos, Esta tolerancia no sera objeto de compensacién laboral ARTICULO 23. (TOLERANCIAS ESTABLECIDAS EN NORMA ESPECIFICA). 1. Las tolerancias establecidas en norma especifica se desarrollan en la Parte Segunda - Il Tolerancias en Norma Especitica del presente Reglamento. Se regularan de acuerdo ala normativa que las establece. Cuando éstas no cuenten con un procedimiento de aplicacion propio en su norma de creacién u otra norma que las regule, la entidad debera fijario en la mencionada Parte Segunda — Il. Tolerancias en Norma Especifica, Il, Las tolerancias establecidas en norma especffica que se emitan, abroguen, modifiquen o deroguen ‘con caracter posterior a la compatibilizacion del presente Reglamento, tendran el siguiente tratamiento, sin que se requiera gestionar nuevamente una compatibilizacién: a) Tolerancia nueva: Se incorporara al final de la Parte Segunda — II, Tolerancias en Norma Especifica, haciendo constar en este, la fecha de su incorporacién; b) Tolerancia abrogada: Sera desincorporada y conservada en un archivo historico, debidamente foliado y consignands la fecha de desincorporacién; ¢) Tolerancia derogada 0 modificada, se incorporaré al final de la Parte Segunda ~ I Tolerancias en Norma Especifica, haciendo constar en este, la fecha en que se la incorpora y la original sera desincorporada y conservada en un archivo histérico, debidamente foliado y consignando la fecha de desincorporacion, Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una version poco confiable para su aplicacion, Vorifiquo con el area competente su vigencia. sas Pagina 13 de 57 No. RA = REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL : sense Verano Boneeae RM.033/2019 nea ‘SISTEMA DE ADHINISTRACION GESTIONDE PROBS ARAGEEL RED DE PERSONAL RECURSOS HUMANOS- EMISION: ARTICULO 24. (OTROS PERMISOS OFICIALES). |. El personal de la entidad podré acceder a la otorgacién de permisos oficiales para participar en actividades culturales, académicas, artisticas, deportivas 0 de otra indole, a nivel nacional o internacional, en representacién del Estado, mediante la presentacién de Nota Expresa por parte de la instancia de participacién o por el interesado, dirigida al Director General Ejecutivo, quien la otorgard de manera expresa mediante Memorandum de Permiso Oficial, debiendo contener al menos informacion referente al lugar, tiempo de duracién y motivo del permiso, II. La entidad no sera responsable de la otorgacién de pasajes ni viaticos, cuando las actividades objeto del permiso sefialado en el paragrafo precedente se desarrollen fuera del municipio donde se encuentre la sede habitual de trabajo del beneficiario, debiendo los mismos estar a cargo de la instancia de Patticipacién que solicité el permiso o por el propio beneficiatio. SECCION 2 PERMISOS PERSONALES ARTICULO 25. (PERMISO PERSONAL CON GOCE DE HABERES). EI Permiso Personal con Goce de Haberes sera solicitado por el beneficiario, mediante la papeleta de petmiso, por horas laborales fraccionadas hasta en treinta (30) minutos, por lapsos inferiores a una Jornada laboral, siendo facultad del jefe inmediato superior o superior jerarquico otorgar 0 no este permiso. En la papeleta de permiso se especificara los horarios de salida y de retorno, el nombre de quien usa el permiso y la autoridad que lo ha otorgado. En los casos en que el Permiso consigne horarios de salida o de retorno que coincidan con los horarios de ingreso 0 salida de la entidad respectivamente, éstos deberan ser sefialados en la papeleta de Permiso. Los permisos otorgados por lapsos menores a treinta (30) minutos, deberén ser registrados en el instrumento de control determinado para el efecto, en el que se especificara los horarios de salida y Tetorno, el nombre de quien usa el permiso y la autoridad que lo ha otorgado. ‘Cuando corresponda la compensacién laboral para los Permisos Personeles con Goce de Haberes, deberd ser concertada entre el beneficiario y la entidad a través de papeleta de permiso, sea con horas de trabajo, vacaciones adquiridas 0 permiso personal sin goce de haberes segin cortesponda. ARTICULO 26. (SOLICITUD EXCEPCIONAL DEL PERMISO PERSONAL CON GOCE DE HABERES). 1. Cuando la persona que requiera el permiso se vea imposibilitada de solicitario personalmente, podra hacerlo excepcionalmente mediante algin familiar 0 persona allegada, ante el jefe inmediato superior 0 Superior jerarquico mediante la papeleta de permiso. . Cuando el permiso no pueda ser solicitado personalmente por la persona que lo requiera, ni por algtin familiar o persona allegada, el mismo podra ser solicitado ante el jefe inmediato superior o superior Jerarquico por cualquier medio de comunicacién o al siguiente dia habil por el interesado. En ambos ‘casos, la regularizacién de la solicitud debera hacérsela mediante la papeleta de permiso. IL Cuando la autoridad ante quien se hayan tramitado las solicitudes de permiso sefialades en los pardgrafos precedentes determine no otorgarles,solctara al Area de Recursos Humanos registaria ‘como inasistencia injustificada. Sila impresién det presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trala de una ‘versién poco conflable para su aplicacién, Veriique con el area competente su vigencia. a Pagina 14 de 57 | No. RA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL semeshnoxrannn Vaain ea eer R.M.033/2019 ‘SISTEWA DE ADNINISTRAGION ‘GESTIONDE I: AGES. SARCRARE CO DE PERSONAL REcURSOS HUMANOs | EMISION: ARTICULO 27. (PERMISO PERSONAL SIN GOCE DE HABERES). 1. El personal de la entidad podra acceder a la otorgacién de Permiso Personal sin Goce de Haberes, mediante la presentacién de Nota Interna por el interesado ante su jefe inmediato superior para su tramitacion. En la Nota Interna debera sefialarse el plazo solicitado para el petmiso especificando las fechas de inicio y finalizacién, asi como la causal, conforme lo establecido por el Aiticulo 15 del Reglamento de Permisos Oficiales, Permisos Personales y Becas Estatales. El petmiso seré dispuesto por la autoridad ejecutiva responsable del area organizacional mediante Memorandum y comunicado al Area de Recursos Humanos para su seguimiento y registro. La utilizacién del Permiso Personal sin Goce de Haberes se iniciara una vez concluida la utilizacién del saldo de vacaciones adquiridas del solicitante, II, Para la otorgacién de Permiso Personal sin Goce de Haberes por capacitacién, actualizacién, formacién u otras semejantes, el permiso se sujetaré a un Convenio previamente suscrito entre el solicitante y la autoridad responsable de la otorgacién del permiso, mismo que debera contener entre otras, los derechos y obligaciones de las partes asi como las previsiones contempladas en inciso c) de! Articulo 15 del Reglamento de Permisos Oficiales, Petmisos Personales y Becas Estatales, y en el presente Reglamento Interno de Personal IL. EI Permiso Personal sin Goce de Haberes para los casos en los que el beneficiario se encuentre de Comision 0 Beca Estatal, podra ser otorgado por autoridad ejecutiva responsable del area organizacional considerando la necesidad institucional En el caso de Comisién con goce de vidticos, otorgado el permiso al beneficiatio, éste deberd hacer la devolucién de los vidticos percibidos por el tiempo que dure el permiso. ARTICULO 28. (DESCARGOS DEL PERMISO PERSONAL SIN GOCE DE HABERES), |. El beneficiario del Permiso Personal sin Goce de Haberes, en un plazo no mayor a un (1) mes a partir de la fecha de su reincorporacién a su fuente laboral deberd presentar al Area de Recursos Humanos los descargos correspondientes, conforme a lo siguiente a) Atencién médica del beneficiario o familiares y personas a su cargo: Certificados Médicos de la persona objeto de la atencién médica, que acrediten ia aplicacién del permiso conforme a las ‘causas que motivaron el mismo; b) Asistencia a cursos, seminarios u otras actividades similaros: Los descargos se sujetaran a lo establecido en el Convenio suscrito para la otorgacién del permiso; ) Participacién personal en actividades culturales, académicas, artisticas o deportivas, de alcance internacional, nacional, departamental o municipal: Certificado u otra documentacién, que acrediten la participacién y conclusién en el evento que motivé el permiso; @) Otros asuntos personales: Los descargos seran solicitados de acuerdo a la naturaleza y caracteristicas de los hechos que motivaron el permiso. Il. El beneficiario de! permiso presentara sus descargos al Area de Recursos Humanos, misma que debera manifestar de manera clara si son suficientes o si se debe complementar los mismos, precisando cuales son los descargos faltantes. Concluido el término para la presentacién de descargos, el Area de Recursos Humanos, elaborara un informe en el que se pronunciaré acerca del cumplimiento 0 no de Tequisitos, el periodo otorgado para el permiso, y la presentacién a satisfaccién de la entidad de los descargos correspondientes. I La no presentacién de descargos requeridos oportunamente y a satisfaccién, daré lugar a la determinacion de responsabilidad al beneficiario, mediante proceso sumario administrativo, Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco confiable para su aplicacién, Verifique con el area competente su vigencia, = Pagina 15 de 57 ~al No. RA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL peee herrea anneal SORREOS R.M.0332019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION ‘GESTION DE Z AGBG SAP.GRH RE 004 DE PERSONAL ECURSOS HUMANS | EMISION: ARTICULO 29. (SOLICITUD EXCEPCIONAL DEL PERMISO PERSONAL SIN GOCE DE HABERES POR ATENCION MEDICA). Cuando la persona que requiera el permiso se vea imposibiltada de solicitarlo personalmente, podra hacerlo excepcionalmente mediante algun familiar o persona allegada, ante el jefe inmediato superior 0 superior jerarquico mediante Nota Expresa, dentro las veinticuatro (24) horas posteriores al inicio de la inasistencia, La autoridad ante quien se ha efectuado la solicitud, debera aceptar 0 rechazar la otorgacién del permiso solicitado en un plazo maximo de veinticuatro (24) horas, y en caso de rechazo, el tiempo no trabajado deberd computarse como inasistencia injustficada. ARTICULO 30. (PROCESAMIENTO DE PLANILLAS POR OTORGACION DE PERMISO PERSONAL SIN GOCE DE HABERES). |. La planilla salarial correspondiente al periodo del permiso, computara en su integridad las obligaciones laborales y patronales de ley cofrespondientes, debiendo deducirse el iquido pagable en proporcian a los dias no trabajados, Il, Los aportes laborales correspondientes al periodo del permiso, deberdn recuperarse en su totalidad mediante planilias salarales que cuenten con liquido pagable o mediante previo depésito en cuentas de crigen de la entidad, siendo responsabilidad de Director Administrativo Financiero la mencionada recuperacion SECCION 3 LICENCIAS ARTICULO 31. (LICENCIAS). |. La licencia serd tramitada por el beneficiario ante el jefe inmediato superior o superior jerarquico mediante la papeleta de permiso en la que se especificaré el nombre del beneficiario, el motivo de la licencia, las fechas y horarios de salida y de retorno. Otorgada la licencia se comunicara al Area de Recursos Humanos para su seguimiento y registro. I No corresponderé compensacién alguna en aquellas licencias que en su norma no especifiquen expresamente la compensacion Il, El personal que utiice la licencia, deberd presentar al Area de Recursos Humanos los descargos requeridos en los plazos establecidos para cada licencia, que correran a partir de la fecha de reincorporacion a su fuente laboral. IV. La no presentacién de descargos requeridos oportunamente dard lugar @ la determinacién de responsabilidad al beneficiario, mediante proceso sumario administrativo. [ARTICULO 32. (LICENCIAS ESTABLECIDAS EN NORMA ESPECIFICA). |. Las licencias establecidas en norma especifica se desarrollan en la Parte Segunda - Il Licencias en Norma Especifica del presente Reglamento. Se regularan de acuerdo a la normativa que las establece. Cuando éstas no cuenten con un procedimiento de aplicacién propio en su norma de creacién u otra norma que las regule, la entidad deberd fijarlo en la mencionada Parte Segunda ~ Ill Licencias en Norma Especifica. II. Las licencias establecidas en norma especifica que se emitan, abroguen, modifiquen o deroguen con caracter posterior a la compatibilizacion del presente Regiamento, tendran el siguiente tratamiento, sin que se requiera gestionar nuevamente una compatiblizacion: Sila impresion del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una vversién poco confiable para su aplicacion, Veriique con el area competente su vigencia. [Pagina 16 de 57 = NoRA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL a rexrcinoirnn Vea a eee R.M.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION ‘GESTION DE I: (COG ENP CRE REDD DE PERSONAL RECURSOS HUMANOS | EMISION: a) Licencia nueva: Se incorporara al final de la Parte Segunda - Il, Licencias en Noma Especifica, haciendo constar en este, la fecha de su incorporacién; b) Licencia abrogada: Sera desincorporada y conservada en un archivo histarico, debidamente foliado y consignando la fecha de desincorporacién; ¢) Licencia derogada 0 modificada, se incorporaré al final de la Parte Segunda Il Licencias en Norma Especifica, haciendo constar en este, la fecha en que se la incorpora y la original sera desincorporada y conservada en un archive histérico, debidamente foliado y consignando la fecha de desincorporacién, CAPITULO IV VACACIONES ARTICULO 33. (REGIMEN DE VACACIONES). |. Las vacaciones se gestionardn en dias completos o medios dias, y en ningun caso serén fraccionadas por horas; asimismo se computaran en dias habiles de trabajo I, Elrégimen de vacaciones se sujetara a lo siguiente: a) A los efectos del presente reglamento, se entiende por Vacacién Adquirida, aquella vacacién que se adqulere por cada arto de trabajo transcurrido, asimismo, se entendera por Vacacién Ganada aquella que atin no fue adquirida pero que corresponde a las duodécimas de vacacion del ultimo afio de servicios prestados en la entidad; y Vacacién Acumulada a la sumatoria de Vacaciones Adquiridas y Vacaciones Ganadas; b) Las vacaciones una vez adquiridas, deberén ser tomadas por el personal de la entidad a lo largo de la Gestion inmediata posterior a su adauisicién, mediante una programacién anual. Es responsabilidad del Area de Recursos Humanos velar por el cumplimiento de la programacién de vacaciones del personal; ¢) Alos efectos de que la programacién de vacaciones del personal de una determinada unidad o area organizacional, no comprometa el normal desarrollo de actividades laborales, es responsabilidad del jefe inmediato superior tomar las previsiones correspondientes en la programacion del cronograma de vacaciones del personal a su cargo; d) El personal podra excepcionalmente reprogramar sus vacaciones, mediante Nota Interna que debera contar con el visto bueno del jefe inmediato superior 0 superior jerarquico y comunicada al Area de Recursos Humanos; e} El jefe inmediato superior de una unidad 0 area organizacional, podra modificar la Programacién ‘Anual de Vacaciones del personal a su cargo, cuando sea producto de cambios operados en su Plan Operativo Anual, y que demanden una programacién de operaciones diferente; ) Con caracter previo a una desvinculacién, la entidad preferentemente deberd otorgar las vacaciones ‘acumuladas pendientes de uso a la persona que vaya ser desvinculada; 9) Cuando la persona presente su renuncia, ésta podra optar por tomar sus vacaciones acumuladas con caracter previo a su desvinculacion de la entidad; hh) De requerirse la compensacién econémica de vacaciones, ésta deberd efectuarse de conformidad allo establecido en la normativa vigente. ARTICULO 34. (REPROGRAMACIGN EN CASO DE VACACIONES COLECTIVAS). Cuando la reparticién estalal facultada para el efecto determine vacaciones colectivas para las entidades de! sector publico, el Area de Recursos Humanos coordinara con las unidades ‘organizacionales de la entidad, la reprogramacién de vacaciones del personal, de acuerdo a la determinacion referida; debiendo tomar las previsiones necesarias para asegurar el logro de resultados previstos para la gestion y la continuidad en la prestacién de servicios. Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una version poco confiable para su aplicacion, Verifique con el area competente su vigencia, gina 17 de 57 No. RA = REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL potacstrousain Version N° 1 GORREOS |_RM.033/2019 _ SISTEMA DE ADWINSTRAGION GESTIONDE 5 remamouinenr | STSAPERERETICN STEN Tes ARTICULO 35. (APLICACION DE LA ESCALA DE VACACIONES). Para acceder a periodos mayores a los quince (15) dias de vacacion previstos en la escala de vacaciones establecida en el Paragrafo | del Articulo 49 de la Ley N° 2027, el personal de la entidad debera presentar al Area de Recursos Humanos el documento de Calificacion de Afios de Servicio. Este reconocimiento sera aplicado a partir del mes siguiente de la fecha de presentacién del mencionado documento, CAPITULO V REMUNERACIONES, AGUINALDO Y REFRIGERIO ARTICULO 36. (REMUNERACION). Laremuneracién del personal de la entidad se regularé conforme lo establezcan las NB-SAP y normativa vigente aplicable. ARTICULO 37. (AGUINALDO DE NAVIDAD). El Aguinaldo de Navidad, sera cancelado al personal de la entidad que corresponda, en el marco de lo que establece la normativa vigente, y las disposiciones emitidas por las repatticiones estatales facultadas para el efecto. ARTICULO 38. (REFRIGERIO). |. Elreftigerio sera pagado al personal de la entidad conforme a la normativa que lo regula. No se pagara refrigerio por el tiempo que corresponda a Permisos, Licencias, Vacaciones, Inasistencias y/o Ausencias en el Puesto de Trabajo, quedando exceptuados del alcance del presente pardgrafo los Permisos Oficiales por Horas y las Comisiones que sean dentro del municipio donde se enouentre la sede habitual de trabajo. ___ CAPITULO VI REGIMEN DISCIPLINARIO ARTICULO 39. (REGIMEN DISCIPLINARIO). EI Régimen disciplinario de la entidad se desarrollar conforme a la afectacién positiva o negativa a la gestién por parte del personal de la entidad, y contendra Incentivos, asi como faltas y sanciones. ARTICULO 40. (INCENTIVOS SOCIALES Y LABORALES). |. La entidad podré otorgar incentivos de caracter social y/o laboral a su personal, de acuerdo a los criterios de calidad, calidez, oportunidad y compromiso social en el desarrollo de su gestion II, Ademas de los incentives establecidos en las NB-SAP, son incentivos sociales y laborales los siguientes: a) Incentivos de cardcter social; b) Incentives de caracter laboral: y ©) Tolerancias o Asuetos conforme a lo dispuesto por el presente Reglamento, Il. La definicion, eleccién y forma de otorgacién de los incentivos sociales y/o laborales al personal de la entidad, seran desarrolladas en normativa intema de la entidad, ‘Sila impresion del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco confiable para su aplicacién, Veriique con el drea competente su vigencia. Pagina 18 de 57 No. RA = REGLAMENTO INTERNO DEPERSONAL | __ tHttt| sernccrsman ean permene. R.M.033/2019 SISTENADE ADNINISTRAGION ‘GESTIONDE AGB SAP ORM RE.O01 ADE AOURETT REC NEE os | EMISION: ARTICULO 41. (FALTAS Y SANCIONES). |. Las faltas cometidas por el personal de la entidad en contra de lo establecido por el presente Reglamento Intemno, asi como a la normativa juridica y administrativa para el sector publico, se clasificaran en funcién al grado de afectacién que estas tengan sobre la gestion publica de la entidad, ‘asi como por su recurrencia, Las Faltas se clasifican en: Leves, Graves y Gravisimas. Il. Las sanciones a las faltas cometidas por el personal de la entidad, estaran establecidas en normativa © seran determinadas como consecuencia de Proceso Sumario Administrativo. Las sanciones podran ser administrativas ylo econdmicas. IM Las faltas cometidas y las sanciones determinadas, deberan registrarse en el expediente personal del infractor. FALTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS [ORR erat] escria [Economica] eto Love Sn Proceso Sumario Grave i a Con Proceso Gravisima Sana ARTICULO 42. (FALTAS LEVES). Las faltas leves son faltas de escasa relevancia 0 cuyos efectos no afecten de manera significativa la gestion institucional, Las faltas leves son sancionadas con Amonestacion Verbal, con Amonestacién Escrita y por Atraso con sancién econémica ARTICULO 43, (FALTAS LEVES CON AMONESTACION VERBAL). |. La amonestacién verbal por falta leve es aquella que se realiza sin la utlizacién de instrument formal, debiendo solamente realizarse su registro en un formulario habilitado para el efecto. Serd realizada a cualquier miembro del personal de la entidad por parte de su jefe Inmediato superior 0 Superior jerérquico por alguna de las causas establecidas en el presente Reglamento. N. Son Faltas Leves con amonestacién verbal las siguientes: ‘a) Negligencia en el cumplimiento de labores o tareas especificas, asi como en el manejo de documentacién o informacién a su cargo: b) Atencién 0 trato descortés al publico yio personal de la entidad; ¢) No iniciar actividades laborales luego de constituirse en su trabajo, o dejar de realizarlas sin la autorizacién correspondiente; d) Promover actividades ajenas a los fines de la entidad que revistan fines de lucro u otros de similar naturaleza; Quedan excluidas del presente inciso, las actividades que tengan un fin social o que promuevan ta integracion social o familiar del personal de la entidad, y que hayan sido autorizadas por Director Administrative Financiero; @) Atender asuntos ajenos al trabajo dentro de la jorada de trabajo, Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una ‘versién poco confiable para su aplicacién, Verifque con el area competente su vigencia, | Pagina 19 de 57 = alee REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL sespanee VersionN™ 1 eee : RM.033/2019_ SISTEMADEADNINSTRAGION | —__ GESTIONDE : G80 SAP RECON RaeeeeaRON | nec abvnos [RBON: ARTICULO 44, (FALTAS LEVES CON AMONESTACION ESCRITA). La amonestacién escrita por falta leve es aquella que se realiza mediante Memorandum, a cualquier miembro del personal de la entidad por parte de su jefe inmediato superior o superior jerarquico, 0 por el Director Administrativo Financiero cuando asi se determine, por alguna de las causas establecidas en el presente Regiamento Interno. Il, Son Faltas Leves con amonestacién escrita las siguientes: a) b) °) qd) e) f 9) hy Reincidir por segunda vez en la comisién de una determinada conducta, consignada en “Faltas Leves con Amonestacién Verbal"; No asistir a eventos o actividades dispuestos por la entidad e instruidos por autoridad competente; Por incumplimiento a instrucciones emitidas por autoridades competentes; Incumplir mandatos y disposiciones emitidos por la entidad e instruidos por autoridad competente; Ejercer atribuciones 0 funciones ajenas a su competencia; Retirar sin autorizacién verbal o escrita del jefe inmediato superior, superior jerérquico 0 de la autoridad correspondiente, documentos, bienes u otros objetos, que sean de propiedad o estén a cargo de la entidad, siempre y cuando estos hechos no constituyan conductas penalmente sancionables; Realizar cualquier tipo de dectaracién a nombre de la entidad, sin autorizacion y/o coordinacién de la autoridad correspondiente, en medios de comunicacién escritos, orales, digitales u otros medios, ylo dar publicidad por cuenta propia, de trabajos o documentos de propiedad o a cargo de la entidad; Incumplir con los deberes establecidos conforme el presente Regiamento, cuando éstas no se encuentren sancionadas en otro acapite del mismo o contengan sancién en normativa especifica. ARTICULO 45. (FALTAS LEVES CON SANCION ECONOMICA POR ATRASOS, INASISTENCIAS Y AUSENCIAS EN EL PUESTO DE TRABAJO). Atrasos en los horarios de ingreso: Los minutos de atraso que se registren posteriores a los cinco (5) minutos de tolerancia en los horarios de ingreso a la entidad, generaran sanci Ines econémicas en la remuneracién mensual, debiendo ser comunicadas mediante Memorandum emitido por el Director Administrativo Financiero, de acuerdo a la siguiente escala: CAUSAL ‘SANCION En minutos de atraso acumulados | En dias de la remuneracién enel mes ‘mensual 1430 Sin sancién 31245 Medio (%4) dia 46 2 60 Un (1) dia 61290 Dos (2) dias 90 a 120 Tres (3) dias 121 omas i por primera vez en la Gestion Cuatro (4) dias II, Inasistencia y Ausencia en el Puesto de Trabajo: Se considera inasistencia cuando alguien de! personal de [a entidad injustificadamente no asista al trabajo todo el dia o registre su asistencia pasados ‘reinta (30) minutos de la hora fijada para el ingreso sin la correspondiente justificacion ante el Director Administrativo Financiero. Se considera ausencia en el puesto de trabajo cuando después de registrar su asistencia se ausente injustificadamente de su fuente de trabajo. Sila impresién det presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una version poco confiable para su aplicacién, Verifique con el area competente su vigencia, Pagina 20 de 57 =: Naina REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL janetc VersionN™ 1 cou RM.033/2019 SISTEMA DE ADINISTRAGION | —__ GESTIONDE : Eienesiabscdlieitad DE PERSONAL REGURSOS HUMANOS | EMISION: En ambos casos, estas faltas generaran sanciones econémicas en la remuneracién mensual, mismas que serdn comunicadas mediante Memorandum emitido por el Director Administrative Financiero, de acuerdo a la siguiente escala: ‘CAUSAL ‘SANCION En dias de inasistencia o ausencia en el | En dias de la remuneracién puesto de trabaj ‘mensual Medio (14) dia Un (1) dia Un (1} dia Dos (2) dias Nota. Las sanciones disciplinarias establecidas por concepto de Inasistencia y/o Ausencia en el puesto de trabajo, engloban el dia no trabajado, asi como infraccién administrativa, Las inasistencias y ausen ll, _Omisién en el Registro de Asistencia: El registro de asistencia del personal en los horarios de ingreso y salida de la entidad es obiigatorio y se lo realizard de forma personal. Cuando por alguna razén no se realice el registro, dicha omision debera ser regularizada mediante el llenado del formulario. respectivo, habilitado para el efecto. 5 en el puesto de trabajo, se computaran por separado, El personal de la entidad que no regularice sus omisiones en el registro de asistencia, sera pasible de sanciones econémicas en la remuneracion mensual, que seran comunicadas mediante Memorandum emitido por el Director Administrative Financiero de acuerdo a la siguiente escala: CAUSAL z ‘SANCION Namoro de omisionos on el mes, en el_| En dias de Ia remuneracion Registro de Asistencia ‘menstal Primera vez Medio (%) dia ‘Segunda vez Un (1) dia ARTICULO 46. (FALTAS GRAVES CON SANCION ECONOMICA). |. Las Faltas Graves con sancién econémica son faltas relevantes cuyos efectos impactan negativamente la gestion institucional y que son abjeto de sanciones econémicas, I. La comunicacién por incurrir en una Falta Grave con sancién ecanémica, se la realiza mediante ‘Memorandum, a cualquier miembro del personal de la entidad por parte de su jefe inmediato superior 0 superior jerarquico, © por el Director Administrative Financiero cuando asi corresponda, haciéndose constar en el mismo instrumento, ademas de la falta incurrida, cual sera la sanci6n econémica que se aplica como descuento de la remuneracion mensual percibida por el personal sancionado. Il. Son Faltas Graves con sancion econémica de dos (2) dias de la remuneraciin mensual, las siguientes: a) Reincidir por tercera vez en la comisién de una determinada conducta, consignada en “Faltas Leves con Amonestacion Verbal’, 0 por segunda vez en ia comisién de una determinada conducta consignada en "Faltas Leves con Amonestacién Escrita’: b) Presentarse a su fuente laboral con incapacidad para trabajar por efectos del consumo de bebidas alcohélicas, consumo de sustancias controladas u otras de similar efecto; ©) Provocar, promover yio participar en actividades irregulares que afecten el normal desarrollo de actividades institucionales dentro o fuera de los ambientes de la entidad, asi como realizar cualquier tipo de accién que dafie la imagen institucional Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una version poco confiable para su aplicacién, Veriique con el rea competente su vigencia, Pagina 21 de 57 No. RA = REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL pesysiane Version N° 1 eee R.M.033/2019 SISTEMA DE ADMINISTRACION ‘GESTIONDE : AGBG:SAP GRE TREO} DE PERSONAL RECURSOS HUMANOS EMISION: } IV. Las Faltas Graves con sancién econdmica por causas de asistencia o registro, se regulan de la siguiente manera: ‘SANCION CAUSAL [eee eee | ae 121 mindos de atano ors en aren por | a segunda vez en la Gestion Inasistencia o ausencia en el puesto de trabajo, or 2 dias continuos en e| mes Cuesta) ca Dos (2) dias por cada dia de inasistencia, debiendo sancionarse por separado Inasistencia o ausencia en el puesto de trabajo, de hasta 5 dias discontinuos en el mes Omision en el Registro de Asistencia por tercera vez en el mes Dos (2) dias ARTICULO 47. (FALTAS GRAVISIMAS CON PROCESO INTERNO). Las faltas gravisimas con proceso interno, son faltas de alta relevancia cuyos efectos tienen un marcado impacto negativo en la gestion institucional y que su comisién supone la determinacién de Responsabilidad Administrativa previo proceso interno, Las faltas gravisimas con proceso interno son: |. Faltas Gravisimas con Sancién Econémica: Son Faltas Gravisimas con sancién econémica del 20% (6 dias) de la remuneracién mensual, previo proceso administrativa intemo, las siguientes: a) _Reincidir por cuarta vez en la comisién de una determinada condueta, consignada en “Faltas Leves con Amonestacion Verbal’, por tercera vez en la comisién de una determinada conducta consignada en “Faltas Leves con Amonestacién Escrita", o por segunda vez en la comisién de una determinada conducta consignada en “Faltas Graves con Sancién Econémica’ b) _Realizar actos en beneficio propio 0 en beneficio de otro miembro del personal, que permitan vulnerar los mecanismos establecidos por la entidad para el control del personal; ©) Generar conductas de hostigamiento, de acoso, vejatorias u hostiles en el trabajo, de cardcter psicolégico, laboral o fisico, en contra de uno a varios miembros del personal de la entidad, que afecten negativamente sus actividades laborales o relaciones del entorno laboral I, Faltas Gravisimas con destitucién: Son Faltas Gravisimas con destitucién, previo proceso administrativo interno, las siguientes: a) Reincidir por quinta vez en la comisién de una determinada conducta, consignada en “Faltas Leves con Amonestacién Verbal’, por cuarta vez en la comisién de una determinada conducta consignada en “Faltas Leves con Amonestacion Escrita’, por tercera vez en la comisién de una determinada conducta consignada en Faltas Graves con Sancién Econémica’, 0 por segunda vez en la comisién de una determinada conducta consignada en “Faltas Gravisimas con Sancién Econémica’, b) _ Incurrir en las prohibiciones establecidas conforme el presente Reglamento cuando éstas no se encuentren sancionadas en normativa especifica; ¢) _Incurriren las incompatibilidades establecidas, conforme el presente Reglamento cuando éstas no se encuentren sancionadas en normativa especitica. Sila impresion del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una version poco confiable para su aplicacion, Verifique con el érea competente su vigencia, a A, Pagina 22 de 57 = NM, REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL sesibercon Vaan Nea SORSEOS R.M.033/2018 SISTEWADE ADNINISTRAGION GESTIONDE phi: AGB. GR READ EERO [ eecseee eins [EMSION: Il Faltas Gravisimas por causas de asistencia o registto: : ‘SANCION cAUSAL Destitucién con proceso intomo 721 minutos de alraso o mas en-el mes, por tercera vez en la Gestion : ‘Ausencia en el puesto de trabajo, por S = dias continuos en el mes ‘Ausencla en el puesto de trabajo, por 6 z dias discontinuos en el mes Omision en el Registro de Asistencia por 7 uarta vez en el mes ARTICULO 48. (RETIRO POR INASISTENCIA). La inasistencia injustificada por un periodo de tres (3) dias habiles consecutivos o seis (6) discontinuos, en un mes, se considera abandono de funciones y su tratamiento sera conforme lo dispuesto por el Inciso g) del Articulo 32 (Proceso de Retiro) de las NB-SAP y su RE-SAP. ARTICULO 49, (FALTAS DISCIPLINARIAS QUE CONSTITUYEN RACISMO ¥ DISCRIMINACION), |. Segtin el Articulo 18, Decreto Supremo N* 762, las faltas discipinarias se clasifican en a) Faltas Loves: Agresiones verbales, que consiste en toda expresion o ataque verbal, que de forma directa realiza una persona hacia otra por motivos racislas 0 discriminatorios con ia intencion de ofender su dignidad como ser humano. Denegacién de acceso al servicio, entendido como la restriccién 0 negacién injustificada o ilegal de un servicio por motivos racistas o discriminatorios. b) Faltas Graves: el incurrir en la comisién de una falta leve, habiendo sido anteriormente sancionado or otra leve; ©) Faltas Gravisimas: Maltrato fisico, psicologico y sexual, que consiste en todo acto o Comportamiento que tenga motivos manifiestamente racistas 0 discriminatorios, que cause dafio Psicologico ylo fisico, que no constituya delito; ‘Asi también, la comision de una falta leve, habiendo sido sancionado anteriormente por olta grave. II, Estas faltas seran sancionadas de conformidad al Articulo 29 de la Ley N° 1178. ARTICULO 50. (COMPUTOS). A los efectos de la realizacion de los computos correspondientes para la aplicacién de las sanciones establecidas precedentemente, se entendera por Gestion al periodo de tiempo que transcurre desde el 11de enero al 31 de diciembre del mismo afio. ARTICULO 51. (NOTIFICACIONES Y DESCARGOS). |. La inasistencia, ausencia en el puesto de trabajo u omisién en el registro de asistencia por parte del Personal de la entidad, identificadas por el Area de Recursos Humanos al momento de realizar la verificacién de asistencia del personal, deberd ser notificada al responsable del hecho mediante comunicacién escrita para que éste pueda realizar a regularizacion correspondiente mediante el llenado de la papeleta habilitado para el efecto o pueda realizar su Representacion. Cuando las notificaciones © regularizaciones no sean realizadas en el plazo de 24 horas, éstas no causaran efecto. Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una ‘versién poco confiable para su aplicacién, Verifique con el area competente su vigencia. = REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL soon, Version N 1 ee R.M.033/2019 : ‘SISTEMA DE ADNINISTRACION | GESTIONDE : /AGAG:SAP.GRH REO DE PERSONAL | ecdms0s uhtnos [EMISION: I. El cémputo de los atrasos del personal de la entidad, se lo realizara a la conclusion del mes. Cuando el Area de Recursos Humanos evidencie que en el computo personal mensual se hubiera sobrepasado los treinta (30) minutos, debera determinar la sancién a aplicarse de acuerdo a lo establecido por el presente Reglamento interno de Personal, y notificaria al responsable del hecho mediante comunicacion escrita, dentro de 24 horas, IL_Las sanciones cispuestas por el jefe inmediato superior o superior jerdrquico del personal ssancionado por las causales establecidas en el presente Reglamento interno de Personal, deberan ser Notifcadas al afectado personalmente por la autoridad que lo dispuso 0 por quien ésta disponga, Pudiendo el afectado realizar su Representacién o presentar descargos si correspondieran, dentro de 24 horas a parr de su legal notificacion; remitiendose una copia al Area de Recursos Humanos para su correspondiente archivo, 1V, Cuando las notificaciones 0 descargos no puedan realizarse en los plazos establecidos en el presente Reglamento por causas ajenas a la voluntad de los involucrados, dichos plazos correrdn a partir de la desaparicién de las causas referidas, V. Las notificaciones al personal de la entidad se hardn constr mediante firma de recepeién del personal notificado, En caso de existir rechazo en la recepcion de la notificacién por parte del personal ser notificado, la persona responsable de la notificacion solicitard al Director Administrativo Financiero, la asistencia de dos (2) testigos presenciales para practicar nuevamente la notificacién; de persistir el rechazo, con la firma de los dos (2) testigos que den fe del referido rechazo, elo los documentos surtiran efectos de recepcién ARTICULO 52. (REPRESENTACION). Cuando el personal que vaya a ser sancionado considere que el motivo de la sancidn que se le impone No corresponde, podra efectuar su Representacién de forma escrita explicando o fundamentando las razones por las cuales considera la no pertinencia de la sancién dentro de los plazos establecidos en el presente Reglamento Interno de Personal. De no efectuarse la Representacion en el plazo establecido, el derecho habra caducado, CAPITULO VII AUTORIDAD SUMARIANTE ARTICULO 53. (AUTORIDAD SUMARIANTE). |. Las Autoridades Sumariantes serdn personal de la entidad, designadas mediante Resolucion expresa emitida por el Director General Ejecutivo en la primera semana habil del afio por una Gestion Il, Las actividades, facultades, decisiones y resoluciones de las Autoridades Sumariantes estarén Sujetas a lo establecido en el Decreto Supremo N° 23318-A de 3 de noviembre de 1992 y Decreto Supremo N* 26237, de 29 de junio de 2001, sobre Responsabilidad por la Funcién Publica, Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco confiable para su aplicacién, Verifique con el area competente su vigencia Pagina 24 de 57 No. RA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL soon Jenin NT CORREOS : R.M.033/2019 ln mane ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION ‘GESTION DE AGBC.SAP.GRH.RE.001 “DE PERSONAL RECURSOSHUMANos |EMISION: PARTE SEGUNDA Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una ‘version pace confiable para su aplicacion, Voriique con el area competente su vigencia. Pagina 25 de 57 = Nai RA. REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL seercianouvon VersionN® 1 RORREOS a R.M.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION GESTION DE I: SGROIEAP.GRHREDO DE PERSONAL RECURSOS HUMANOS EMISION: INSTRUCTIVO PARA SU ACTUALIZACION Los Derechos, Tolerancias 0 Licencias establecidos en norma son de aplicacién inmediata, salvo que su norma establezca plazos diferentes para su oplicacién, Sin. perjuicio de lo anterior, los Derechos, Tolerancias 0 Licencias establecidos en norma especifica que se emitan, abroguen, modifiquen 0 deroguen con carécter posterior a la compatibilizacién del presente Reglamento, tendrén el siguiente tratamiento, sin que se requiera gestionar su compatibilizacién: > Nuevos: Se incorporarén al final de su respectivo parégrajo, haciendo constar en la casilla superior derecha, la fecha de su ineorporacién, > Modificados: Se incorporarén al final de su respective pardgrafo, haciendo constar en la casilla superior derecha, la fecha en que se lo incorpora y el original serd desincorporado y conservado en un archivo histérico, debidamente foliado y consignando Ia fecha de desincorporacién. Cuando un Derecho, Tolerancia 0 Licencia no cuente con un procedimiento de aplicacién propio en su norma de ereacién u otra norma que lo regule, la entidad deberd fijarlo en el apéndice respectivo. Nota. Las modificaciones, incorporaciones y/o desincorporaciones normativas correspondientes a la Parte Segunda, que se realicen con cardcter posterior a la fecha de aprobacién del Reglamento Intern de Personal, deberdn realizarse para cada caso especifico, mediante un instrumento expreso del mismo rango normativo que el instrumento de aprobacién. Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco confiable para su aplicacion, Verifique con el area competente su vigencia. [ Pagina 26 de 57 = ealaas REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL jesellerie, Venera Sean : R.M.033/2019 ‘SISTENA DE ADMINISTRACION | GESTIONDE : AGEG.SAP.GRHREOI DE PERSONAL RECURSOS HUMANOS | EMISION: _ DERECHOS EN NORMA ESPECIFICA Sila impresién del presente documento no registra el selio de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una ‘version poco confiable para su aplicacién, Verifique con el area competente su vigencia. B Pagina 27 de 57 No.RA | = REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL ACENCIA BOLWNAKA Version N° 1 ee RM.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION ‘GESTION DE I: ‘AGBC.SAP.GRH.RE.001 ADEADANET RECURSDE Uno [EMISION: Fecha de incorporacién = = LEY N° 2027, DE 27 DE OCTUBRE DE 1999 ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PUBLICO, ARTICULO 7 (DERECHOS). |. Los servidores pablcos tienen los siguientes derechos: a) A desempefiar las funciones o tareas inherentes al ejercicio de su cargo. b) Al goce de una justa remuneracién, correspondiente con la responsabilidad de su cargo y la eficiencia de su desempefio. ©) _Alrespecto y consideracién por su dignidad personal en la funcién, d) Al goce de vacaciones, licencias, permisos y otros beneficios conforme al presente Estatuto y los Reglamentos respectivos. ) A la percepcién de las pensiones jubilatorias, asi como de invalidez y sobrevivencia para sus derechohabientes, f) Alderecho de las prestaciones de salud. 9) A qué see proporcionen los recursos materiales necesarios para el cumplimiento de sus funciones. I. Los funcionarios de carrera tendran, ademas, los siguientes derechos: a) Ala carrera administrativa y estabilidad, inspirada en los principlos de reconocimiento de mérito, evaluacion de desemperio, capacidad e igualdad b) A la capacitacién y perfeccionamiento técnico o profesional, en las condiciones previstas en el presente Estatuto, ©) A impugnar, en la forma prevista en la presente Ley y sus reglamentos, las. decisiones administrativas que afecten situaciones relativas a su ingreso, promocién o retro, © aquellas que deriven de procesos disciplinarios. 1d) A rrepresentar por escrito, ante la autoridad jerérquica que corresponda, las determinaciones que se juzguen violatorias de alguno de sus derechos, 8) A recibir y conocer informacién oportuna, de las autoridades institucionales sobre aspectos que puedan afectar el desarrollo de sus funciones. f) A representar fundadamente, observando la via jerarquica que corresponda, las instrucciones que considere técnica, legal y/o administrativamente inadecuadas, que pudiesen ocasionar un dafio a la entided. 9) Al goce de especiales incentives econémicos, conforme a las previsiones establecidas en el presente Estatuto. |h) A recibir a proteccién necesaria en materia de higiene y seguridad en el trabajo. ARTICULO 48 (LICENCIAS). Los servidores piiblicos tendran derecho al goce y uso de licencias, con derecho a percibir el 100% de sus remuneraciones y sin cargo a vacaciones. ARTICULO 49 (DERECHO A VACACION). 1. Los servidores pablicos, tendran derecho a una vacacién anual, en relacién a la antigdedad, conforme ala siguiente escala: + De un fio y un dia hasta cinco afios de antiguedad, 16 dias habiles. + De cinco afos y un dia hasta diez afos de antiguedad, 20 dias habiles, ~ De diez afios y un dia o mas, 30 dias habiles, ARTICULO 51° (BASES GENERALES). Las bases que orientan la retribucién de los servidores publicos, se fundan en los siguientes aspectos: 9) Derecho a la percepcién de un aguinaldo de navidad equivalente a un salario mensual o duodécimas correspondientes, SSla impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco confiable para su aplicacion, Verifique con el atea competent su vigencia. ra "Pagina 28 de 57 No. RA = REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL ie soaanoinans Version N° 4 fre tabate R.M.033/2019 ; ‘SISTEMA DE ADHINISTRACION | GESTIONDE 5 (RRC GRELREDH: DE PERSONAL RECURSOS Humanos | EMISION: Fecha de incorporacién: = = ANEXO AL DECRETO SUPREMO N? 25749, DE 24 DE ABRIL DE 2000 REGLAMENTO DE DESARROLLO PARCIAL A LA LEY N° 2027 ARTICULO 13 (DERECHOS). Con la finalidad de precautelar el ejercicio efectivo de los derechos de los servidores publicas contenidos en la Ley del Estatuto del Funcionario Pablico, en las entidades publicas deberan contemplar expresamente en ‘su reglamentacién interna lo siguiente: a) El desempefo de funciones en un ambiente laboral, adecuado, seguro, arménico y justo, en el cual se respete su dignidad personal; asimismo, debera contar con los recursos materiales necesarios para el ‘cumplimiento de las funciones que ejerce, orientados al logro de los objetivos de servicio a la colectividad 'b) El goce de vacaciones, licencias, permisos y otros beneficios, por enfermedad, matrimonio y otras causas establecidos por Ley y el presente Reglamento. ¢) Prestaciones de salud en el marco de la Seguridad Social, encontrandase protegidos tanto el servidor ppiblico como sus dependientes en lo que corresponde, de las contingencias de enfermedad, maternidad y riesgos profesionales. d) Seguro Social o largo plazo pensiones de invalidez de jubilacion, asi come a preservar los beneficios de sus derechohabientes en el régimen de supervivencia. ) Tolerancia de dos horas diarias, para profesores y estudiantes universitarios y de instituciones superiors. ARTICULO 14 (DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA). Los funcionarios de carrera, sin periuicio del goce de los derechos fundamentales antes eferidos, adicionalmente podrén: Impugnar, mediante el recurso de revocatoria y jerarquico cuando corresponda, las decisiones administrative referidas a su ingreso, promocién o retiro, o aquellas que deriven de procesos disciplinarios, en los plazos, términos, condiciones y requisites sefialados por las normas procesales especiales que se dicten al efecto. ARTICULO 22 (VACACION). La vacacion 0 descanso anual constituye un derecho irrenunciable y de uso obligatorio a favor de todos los servidores publicos, cuya finalidad es garantizar la conservacién de la salud fisica y mental del funcionario como requisito indispensable para lograr eficiencia y eficacia en el cumplimiento de sus funciones de acuerdo a su antigiedad y a la escala establecide en el articulo 49 de la Ley del Estatuto del Funcionario Public ARTICULO 27 (BASES GENERALES). Las bases que orientan la remuneracién de los servidores pUblicas, son’ a) Justicia: El servidor pablico tendra derecho a una remuneracién justa, digna y equltativa acorde a las funciones que desempente. ARTICULO 28 (AGUINALDO DE NAVIDAD). El pago de aguinaldos de Navidad se realizara de acuerdo o los siguientes lineamientos: |. Los servidores piblicos de las entidades publicas, auténomas, autérquicas y descentralizadas tienen dorecho o percibir e! Aguinaldo de Navidad, consistente en un sueldo que ser determinado de acuerdo al promedio de las remuneraciones percibidas en el vilimo trimestre del aro, excluyendo las bonificaciones, gastos de representacién, acumulaciones y todo otro beneficio que no constituya la remuneracion propiamente dicha. Los que hubiesen ejercido sus funciones por un tiempo menor de un afo, tienen derecho a percibir su aguinaldo por duodécima correspondiente al minimo de tres meses trabajados. ARTICULO 29 (INCORPORACION A LA CARRERA ADMINISTRATIVA). Todo servidor ptblico que ejerza funciones en la administraci6n publica tiene derecho a ser incorporado como funcionario de carrera, previo cumplimiento de las condiciones sefialados por la Ley del Estatuto del Funcionario Pablico y el presente Reglamento. Sila impresién det presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco conflable pera su apicacion, Verifique con el area competente su vigencia. Pagina 29 de 57 | = ae REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL seshcouwnns VersionN” 1 Senter R.M.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINSTRACION | —_ GESTIONDE ; eee Sr oe RE Oa! DE PERSONAL RECURSOS HUMANS | EMISION: Fecha de incorporacién: =TH= DECRETO SUPREMO N° 26115, DE 21 DE MARZO DE 2001 NORMAS BASICAS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DE PERSONAL ARTICULO 26. (PROCESO DE EJECUCION DE LA EVALUACION DEL DESEMPENO).- El proceso de ejecucién de la evaluacion del desempefio estard a cargo del jefe inmediato superior, quién debera realizar la evaluacién del cumplimiento del POAI del servidor publico. Al respecto: ©) Elresultado obtenido por el servidor publica en la evaluacién del desempero podra ser: Excelente, Bueno, Suficiente y En Observacion. Estos resultados se traduciran en reconocimientos o sanciones de acuerdo a lo siguiente: 41. Excelente: Tendra derecho a ser promovido horizontalmente, previa comprobacién de sus méritos. Podra dar lugar, ademas, a la otorgacién de un incentive monetario de acuerdo a la politica y disponibllidad presupuestaria de la entidad y a incentivos psicosociales. 2. Bueno: Tendra derecho a la otorgacién de incentives psicosociales. 3. Suficiente: Tendré derecho a permanecer en el puesto, No dara lugar la otorgacién de ningun incentivo, ARTIGULO 65. (REINGRESO A LA CARRERA ADMINISTRATIVA).- El funcionario de carrera que haya quedado cesante por haber sido suprimido su puesto, por efecto de reorganizacion de la entidad a la que pertenecia, de reubicacién de funciones, de insuficiencia financiera o de otra medida de interés institucional, tiene derecho a su reingreso a la entidad u otra entidad en el mismo nivel de puesto que ocupaba o a otro puesto para el cual retina las condiciones requeridas, con preferencia a cualquier otro aspirante a dicho puesto, manteniendo su condicion de funcionario de carrera Sila impresién det presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco confiable para su aplicacion, Veriique con el area competente su vigencia. | Pagina 30 de 57 = No.RA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL seansheo.ona Version N= 1 eee : R.M.033/2019 SISTEWAE AGHINISTRAGION | —_ GESTIONDE : ABBGIBAPIGRH REO, DE PERSONAL RECURSOS HUMANOS: EMISION: Fecha de incorporacién: LEY DE 14 DE DICIEMBRE DE 1956 CODIGO DE SEGURIDAD SOCIAL A\los efectos de su aplicacién, se reconocen los derechos para el personal de las entidades del sector piiblico establecidos en el Cédigo de Seguridad Social, debiendo su aplicacién remitirse a lo dispuesto por el referido Cédigo y sus normas regiamentarias, Sila impresién del presente documento no registra el selo de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una version poco confiable para su aplicacién, Verifique con el area competente su vigoncia, Pagina 31 de 57 = ee REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL pegucnornans Version NP ‘CORREOS : -RMO33/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION GESTIONDE ' ASHE SARSRT REE DE PERSONAL REGURSOS HUMANOs | EMISION: Fecha do incorporacién: E =TI DECRETO SUPREMO N° 20862, DE 10 DE JUNIO DE 1985 {pago de antigiiedad) ARTICULO 4.- Cuando un funcionario estatal pase a desempefiar funciones en cualquier entidad del ‘sector ptiblico contemplada dentro de la clasificacién institucional del Articulo 1* del presente Decreto ‘Supremo, se le reconocera los afios de servicios prestados solamente para efectos del pago del Bono de Antiguedad y del periodo de vacaciones que le corresponde. ARTICULO 6.- Para el derecho a la percepcién del beneficio de Bono que Antigtiedad, se debera presentar, necesariamente, el certificado de calificacion de afios de servicios prestados, otorgado por la Contraloria General de la Republica ‘Sila impresion del presente documento no resistra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una version poco confiable para su aplicacién, Veriique con el area competente su vigencia. ‘| Pagina 32 de 57 = a REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL seca | AGERCIN BOLIVIAN. Version N° 1 RORREOS | RM.033/2019 ncpcsapcrnncon | SSTEVAGEZOMNTRACIGN [| GESTONDE Temgn: Fecha de incorporacin: =TTETIOT LEY N° 975, 2 DE MARZO DE 1988 PROTECCION A LA MUJER EMBARAZADA, (inamovilidad) Articulo 1°.- Toda mujer en periodo de gestacién hasta un afio de nacimiento del hijo, gozaré de inamovilidad en su puesto de trabajo en Instituciones publicas o privadas, Sila impresion del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una version poco confiable para su aplicacién, Verifique con el area competent su vigencia. “Pagina 33 de 57 val No, RA rs REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL gestae Vesta etme RM.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRAGION GESTIONDE : Peewee DE PERSONAL RECURSOS HUMANOS | EMISION: Fecha de incorporacién: [ LEY N° 223, DE 2 DE MARZO DE 2012 (inamovilidad) Articulo 5. (DEFINICIONES). Son definiciones aplicables las siguientes: 18. Inclusion Laboral, Derecho al empleo integrado en empresas normalizadas y adaptados, es decir, LEY GENERAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD ‘empleo exactamente igual y en las mismas condiciones y equiparacién de oportunidades, de remuneraciones, horarios y beneficios sociales que el de cualquier otro trabajador o trabajadora sin discapacidad, en instituciones publicas o privadas donde la proporcién mayoritaria de empleados no tenga discapacidad alguna. Articulo 34. (AMBITO DEL TRABAJO). I.E Estado Plurinacional de Bolivia garantizara la inamovilidad laboral a las personas con discapacidad, cOnyuges, padres, madres y/o tutores de hijos con discapacidad, siempre y cuando ‘cumplan con la normativa vigente y no existan causales que justifiquen debidamente su despido. ‘Sila impresi6n del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco confiable para su aplicacién, Veriique con el area competente su vigencia | ~ | Pagina 34 de 57 No. RA = REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL ts ACENCIA BOLIMANA VersionN® 1 | eneee R.M.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION ‘GESTION DE ‘AGBO.SAP.GRHRE.01 ROR Due ee ek, | EOE Fecha de incorporacién: = = DECRETO SUPREMO N° 12, DE 19 DE FEBRERO DE 2009, (inamovilidad laboral de los padres de familia) Articulo 1*.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar las condiciones de inamovilidad labora de la madre y padre progenitores que trabajen en el sector pilblico o privado. Articulo 2°.- (Inamovilidad laboral) La madre ylo padre progenitores, sea cual fuere su estado civil, gozaran de inamovilidad laboral desde la gestacién hasta que su hijo o hija cumpla un (1) afo de edad, no pudiendo ser despedidos, afectarse su nivel salarial ni su ubicacién en su puesto de trabajo. Articulo 3°.- (Requisitos) A los efectos de beneficiarse de la inamovilidad laboral estabiecida en el presente Decreto Supremo, la madre ylo padre progenitores deberan presentar los siguientes documentos: a. Cettiicado médico de embatazo extendido por el Ente Gestor de Salud o por los establecimientos publicos de salud b, Certificado de matrimonio 0 Acta de reconocimiento ad vientre extendido por el Oficial del Registro wit ©. Certficado de Nacimiento del hijo o hija extendido por el Oficial del Registro Civil Articulo 4°.- (Fraude) Quienes incurran en la falsificacién o alteracién de los documentos requeridos en el Articulo 3 del presente Decreto Supremo, serdn pasibles a las sanciones establecidas en la normativa vigente. Articulo 5°.- (Vigoncia del beneficio) 1. No gozaran del beneficio de inamovilidad laboral la macre y/o padre progenitores que incurran en causales de conclusién de la relacién laboral atribuible a su persona, previo cumplimiento por parte del empleador piiblica o privado de los procedimientos que fjan las normas para extinguir la relacién laboral 1, La inamovilidad laboral no se aplicara en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales 0 en contratos de obra; salvo las relaciones laborales en las que bajo éstas u otras modalidades se intente eludir el alcance de esta norma, En este ultimo caso correspondera el beneficio, Ul. La inamovilidad laboral del padre ylo madre progeritores se mantendré siempre y cuando ‘cumplan con sus obligaciones legales y de asistencia para con el hijo o hija. Articulo 6°. (Incumplimiento) Si el empieador no cumple con el presente Decreto Supremo, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsién Social, previa verificacién, dispondra la reincorporacion de la madre y/o padre progenitores, con goce de haberes y otros derechos sociales por el tiempo que duré ta Suspensién de la relacién laboral, sin perjuicio de las sanciones que correspondan por inftacciones a leyes sociales, salvando los derechos de la madre ylo padre progenitores en la via judicial correspondiente. Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trala de una vversién poco confiable para su aplicacién, Verifique con el area competente su vigencia. — Pagina 35 de 57 = No.RA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL dotrancounang, Version N° ——— ‘SI ISTRACION GESTION DE Besenae ISTENA DE AWN pi: ACBC.SAP.CRHLRE Ot Se SONAL | recursos humans |EMISION: Fecha de incorporacién: = = DECRETO SUPREMO N° 29608, DE 18 DE JUNIO DE 2008 {modificacién del Decreto Supremo N° 27477) (inamovilidad) Articulo 2°.- (Modificacién) Se modifica el Articulo 5 de! Decreto Supremo N° 27477 de 6 de mayo de 2004, de la siguiente manera: *ARTICULO 5.- (INAMOVILIDAD). |. _ Las personas con discapacidad que presten servicios en los sectores publico 0 privado, gozarén de inamovilidad en su puesto de trabajo, excepto por las causales establecidas por Ley, La inamovilidad anteriormente dispuesta beneficiara a los padres o tutores que tengan bajo su dependencia a personas con discapacidad, y sélo sera aplicable cuando los hijos o los dependientes sean menores de dieciocho (18) afios, situaci6n que debera ser debidamente acreditada, salvo que se cuente con deciaratoria de invalidez permanente, contenida en el Certificado Unico de Diseapacidad, emitida por el Ministerio de Salud y Deportes, de conformidad al Decreto Supremo N° 26521." Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una vversién poco confiable para su aplicacién, Verifique con el rea competente su vigencia ] Pagina 36 de 57 No. RA = REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL soxucidnounnana Versa N71 acess 5 RM.033/2019 SISTEMA DE ADMINISTRAGION ‘GESTIONDE _ Seen, DE PERSONAL RECURSOS HuMANos | EMISION: Fecha de incorporacion =[L ETH DECRETO SUPREMO N° 115, DE 6 DE MAYO DE 2009 REGLAMENTO A LA LEY N° 3460 (obligaciones de las instituciones pablicas) Articulo 18, (OBLIGACIONES DE LAS INSTITUCIONES PUBLICAS Y PRIVADAS). Las Instituciones Publicas y Privadas, tienen las siguientes obligaciones: a) Permitir a las madres en periodo de lactancia, llevar a sus bebés a sus fuentes de trabajo y de estudio, para que proporcionen lactancia materna exclusiva durante los seis (6) primeros meses de vida. b) Otorgar a las madres en periodo de lactancia, el descanso establecido en la Ley General del ‘Trabajo, en caso de que éstas no lleven a sus bebés a sus centros de trabajo. ©) Adecuar ambientes en los lugares de trabajo y de estudio, para que las madres con nifios lactantes menores de seis meses puedan amamantar en condiciones éptimas. Sia impresién de! presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco conflable para su aplicacién, Veriique con ol area competente su vigencia Pagina 37 de 57 | = NaRA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL gaara ves ra CORREOS ff |_RM033/2019 ‘SISTEMA DE ADHINSTRACION” | ~~ GESTIONDE aN: AGS ORH RE OM Ter [nee a bwos [EMEREN: Apéndice Derechos en Norma Especifica Sila impresién del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una version poco confiable para su aplicacién, Verfique con el area competente su vigencia. 7 He Pagina 38 de 57 = No. PA. REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL 7 ACENCAA SLY, Version N° 1 eae os R.M.033/2019_ SISTEMA DE ADMINISTRACION GESTIONDE : eee DE PERSONAL RECURSOS HUMANOS EMISION: u. TOLERANCIAS EN NORMA ESPECIFICA ‘Sila impresin del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una version poco conflable para su aplicacion, Voriique con el area competente su vigencia. ce Pagina 39 de 57 = (No. RA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL spnoseoumann Version N= 7 Eeeeeieeii| R.M.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION GESTION DE . ‘AGBC.SAP.GRHRE.01 DE ADT RECURSOS HUNANOS | EMISION: Fecha do ncorporacion: [T [=| | [= ANEXO AL DECRETO SUPREMO N° 25749, DE 24 DE ABRIL DE 2000 REGLAMENTO DE DESARROLLO PARCIAL A LA LEY N° 2027 ARTICULO 21 (TOLERANCIA PARA DOCENTES, ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS Y DE POSTGRADO). 1. Los servidores publicos que ejerzan la docencia en universidades pdblicas, privadas o institutos superiores, los que se encuentren realizando estudios universitarios o de posgrado, gozarén de una tolerancia maxima de dos horas diarias, con el goce total de sus remuneraciones, debiendo acreditar Su inscripcién, asistencia regular y vencimiento semestral o anual con la presentacién de documentos originales. Este beneficio se suspenderd en los periodos de vacaciones de los centros de educacién Superior, por abandono 0 inasistencia reiterada a dichos instituciones de ensefianza y cuando se compruebe que el servidor puiblico utiliza esa tolerancia en actividades ajenas a la ensefianza o estudios. Ml, Para mantener la tolerancia de dos horas diarias, los estudiantes y universitarios en le gestién académica deberan presentar una certificacin de las materias aprobadas en el periodo lectivo anterior y el certiicado de inscripcién en el nuevo periodo lective académico, Ml. Para ejercer la docencia y gozar de la tolerancia establecida, deberan presentar el contrato suscrito con la universidad piblica, privada o instituto superior, el mismo que establece la cétedra curso que ejercera, asi como el horario y la modalidad establecida. La tolerancia de dos horas diarias, debera ser compensada con el trabajo de una hora diaria, encuéntrese en vigencia el horario continuo o discontinuo, ‘Sila impresion del presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco confiable para su aplicacién, Veriique con el area competente su vigencia Pagina 40 de 57 No. RA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL jouaibescas Versien N° 7 eneee yl RM.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION GESTION DE 6 ‘AGBCSAP.GRHRE.O01 DE PERSONAL RECURSOS HUMANoS | EMISION: Fecha de incorporacién: [T LEY DE 14 DE DICIEMBRE DE 1956 CODIGO DE SEGURIDAD SOCIAL Allos efectos de su aplicacién, se reconocen las tolerancias para el personal de las entidades del sector publico establecidas en el Cédigo de Seguridad Social, debiendo su aplicacién remitirse a lo dispuesto por el referido Cédigo y sus normas reglamentarias. SS la impresion del presente documento no registra ol sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco confiable para su aplicacién, Verifique con el area competente su vigencia Pagina 41 de 57 <= No. RA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL ie seescbeen wie Versin N° 1 enone R.M.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION ‘GESTION DE I PeSeendanidbebiithera DE PERSONAL RECURSOS HUMANoS | EMISION: Fecha de incorporacién: [] [= = LEY N° 348, DE § DE MARZO DE 2013 LEY INTEGRAL PARA GARANTIZAR A LAS MUJERES UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA ARTICULO 35. (MEDIDAS DE PROTECCION). Las medidas de proteccién que podra dictar Ia autoridad competente son las siguientes: 12. Disponer la tolerancia o reduccién del horario de trabajo de la mujer que se encuentra en situaci6n de violencia, sin que se vean afectados sus derechos laborales y salariales. Sila impresién de! presente documento no registra el sello de aqua como COPIA CONTROLADA, se trata de una vversién poco conflable para su aplicacion, Verifique con el area competente su vigencia. | Pagina 42 de 57 = Gees REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL AGENCIA BOUVANA. Version N° 4 erect R.1M.033/2019 SISTEMA DE ADMINISTRACION GESTION DE . ACBOSAP GRRE 01 CE PERSONAL | gecunsos nuMANos | EMISION: Fecha de incorporaciin =TLE TH LEY N° 798, DE 25 DE ABRIL DE 2016 LEY DE MODIFICACION A LA LEY N° 252 ARTICULO UNICO. La presente Ley tiene por objeto modifcar los Articulos 1, 2y, 3 de la Ley N° 252 de 3 de julio de 2012, quedando redactados con el siguiente texto: “Atticulo 1. (OBJETO). |. Las servidoras piiblicas y trabajadoras mayores de dieciocho (18) afios que desarrollan sus actividades con funciones permanentes o temporales en instituciones puiblicas, privadas o dependientes de cualquier tipo de empleador, gozarén de tolerancia remunerada de un dia habil al afo, a objeto de someterse a un examen médico de Papanicolaou y Mamogratia, |, Los servidores puiblicos y trabajadores mayores de cuarenta (40) afios que desarrollan sus ‘actividades con funciones permanentes 0 temporales en instituciones piblicas, privadas o dependientes de cualquier tipo de empleador, gozarén de tolerancia remunerada de un; dia habil al aflo, @ objeto de someterse a un examen médico de Prostata IIL. Las servidoras y los servidores ptiblicos y las trabajadoras y los trabajadores mayores de cuarenta (40) afios que desarrollan sus actividades con funciones permanentes o temporales en instituciones pilblicas, privadas o dependientes de cualquier tipo de empleador, gozaran de tolerancia remunerada de un dia habil al afio, a objeto de someterse a un examen médico de Colon.” “Articulo 2. (CONSTANCIA DEL EXAMEN MEDICO). Pars justificar el goce de esta tolerancia, la servidora pilblica o el servidor pilblco, la trabajadora o el trabejador, deberd presentar ante lainsttucion © lugar donde desarrolla sus actividades laborales, la constancia que evidencle programacion y realizacion del examen médico, emitido por el ente gestor de salud donde se encuentre asegurado 0 por el centro de salud autorizado, y no asi el resultado.” “Articulo 3. (GOORDINACION). La fecha y el dia de tolerancia, deberd ser establecida en coordinacion entre la beneficiaria o el beneficiario y la empleadora o el empleador.” Sila impresion det presente documento no registra el sello de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco confiable para su aplicacién, Veriique con el area competente eu vigencia. a Pagina 43 de 57 = No.BA REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL ACENG BOL WANA Version N° 1 eeecee: R.M.033/2019 ‘SISTEMA DE ADMINISTRACION ‘GESTION DE . ABER SAPGRERED DE PERSONAL RECURSOS HUMANos | EMISION: ss Fecha de incorporacién: = = DECRETO SUPREMO N° 3164, DE 03 DE MAYO DE 2017 (tolerancia para exdmenes de Papanicolaou, Mamografias o Préstata) ARTICULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar y adecuar el Decreto Supremo N’ 1496, de 20 de febrero de 2013 que reglamenta la aplicacion de la Ley N° 252, de 3 de julio de 2012, modificada por la Ley N° 798, de 25 de abril de 2016 ARTICULO 2.- (MODIFICACIONES). |. Se modifica el Articulo 4 del Decreto Supremo N* 1496, de 20 de febrero de 2013, con el siguiente texto: “ARTICULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar la aplicacién de la Ley N° 252, de 3 de julio de 2012, moditicada por la Ley N* 798, de 25 de abril de 2016." ll. Se modifica el Articulo 2 del Decreto Supremo N° 1496, de 20 de febrero de 2013, con el siguiente texto "ARTICULO 2.- (PROGRAMACION Y REALIZACION DE EXAMENES). |. Los Entes Gestores del Seguro Social Obligatorio de Corto Plazo deberan realizar la programacién anual de los exémenes referidos en la Ley N® 252, modificada por la Ley N? 788 y poner en conocimiento de la empleadora o el empleador. El cronograma debera elaborarse en el mes de noviembre para ser efectivo en la siguiente gestion En caso que los exdmenes no puedan ser realizados en el tiempo programado por alguna imposibilidad, éstos podran ser reprogramados por el Ente Gestor del Seguro Social Obligatorio de Corto Plazo y poner en conocimiento de la empleadora o el ‘empleador dentro del mismo fo. El Ente Gestor del Seguro Social Obligatorio de Corto Plazo que no cuente con la capacidad resolutiva para la realizacién de los exmenes referidos en la Ley N° 252. ‘modificada por la Ley N° 798 sea en Departamentos, Regionales 0 Distrtos, podra comprar estos servicios de otros establecimientos de salud en el siguiente orden: a) Otro Ente Gestor del Seguro Social Obligatorio de Corto Plazo; b) _Establecimientos del subsector piblico, ©) Establecimiontos del sector privado con y sin fines de lucro. |, Para la realizacién de los examenes se debe considerar lo siguiente: a) Las mujeres mayores de dieciocho (18) afios de edad tendran medio dia laboral de tolerancia para la realizacién del examen fisico de mama y Papanicolaou u otros examenes andlogos y, en caso de requerirse el examen de mamogratia, tendrén adicionalmente otro medio dia laboral de tolerancia para la realizacion del mismo, 'b) Los hombres mayores de cuarenta (40) afios de edad tendran medio dia laboral de tolerancia para la realizacién del examen fisico de préstata y, en caso de requerirse el examen de laboratorio (PSA), tendran adicionaimente otro medio dia laboral de tolerancia para la realizacién del mismo; ©) Las mujeres y los hombres mayores de cuarenta (40) afios de edad tendran medio dia laboral de tolerancia para la realizacién de la consulta médica (anamnesis y examen fisico) de colon y, en caso de requerirse examenes Sila impresién del presente documento no registra el solo de agua como COPIA CONTROLADA, se trata de una versién poco confiable para su aplicacion, Verifique con el area competente su vigencia,

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