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A Redactar Guia de Debate Homicidio

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CARPETA JUDICIAL No.

102355-2022-00185

HOY DOS DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL VEINTIDOS 18: Horas

FECHA DE CONTINUACION HORA OBSERVACIONES

Para este día se ha fijado audiencia de DEBATE ORAL Y PUBLICO, en el juicio


que se promueve contra el sindicado LUVIA DOROTI ALVARADO GUZMAN, por
el delito de HOMICIDIO CULPOSO, para conocer de la misma se ha designado la
jueza Unipersonal, Abogada JOSSELINE MISHAEL HERNANDEZ POGGIO .

Para el inicio se verifica la presencia de los sujetos procesales.

MINISTERIO PUBLICO…………..MEHYDER NOEL LAJOM CUXUM

QUERELLANTE ADHESIVA……. SANDI SOFIA TORRES MADRID

ABOGADO DIRESCTOR/A………. LESLEY ESTER FLORES PERERIRA


De la coordinación Nacional de Asistencia Legal gratuita a las victimas y sus
familiares del IDPP.

ABOGADO DEFENSOR…………… MONICA GABRIELA MORENO


CHACHAGUA

ACUSADO………………………….. LUVIA DOROTI ALVARADO GUZMAN

SUPUESTA VICTIMA……………… JOSE FRANCISCO TORRES MADRID

PERITOS PROPUESTOS POR EL MINISTERIO PUBLICO


1. MEDICO CIRUJANO DEL INAFIC….. YOSELIN YANIRA MERLOS
RAMOS

TESTIGOS PROPUESTOS POR EL MINISTERIO PÚBLICO:

2. LESLY PAOLA ASENCIO LÓPEZ _______________ ( Ag. PNC)


3. MARIANO CAAL COC____ _______________( Ag. PNC)
Se le solicita al Asistente de Audiencias Retirar a los Testigos de la Sala de
Debates a un área específica a espera de brindar su declaración.

SE DECLARA ABIERTO EL DEBATE. Advirtiéndole al acusado que la actividad


que se desarrolla tiene gran importancia para esclarecer su inocencia o su
culpabilidad en los hechos que se le atribuyen que son objeto de este juicio por lo
que debe estar atento a todo lo que suceda en esta audiencia y todas las demás
que sean necesarias para la conclusión de este juicio. SE LE PREGUNTA AL
PROCESADO SI HA ENTENDIDO.

Se advierte al público presente que deberán permanecer respetuosamente y en


silencio, que no deberán adoptar un comportamiento intimidatorio, provocativo o
contrario al decoro, ni producir disturbios ni manifestar de cualquier modo
opiniones o sentimientos, pues de así hacerlo se procederá a su expulsión de este
recinto, sin perjuicio de certificar lo conducente al Ministerio Público para iniciar
juicio penal por el delito que resulte.

Se le solicita al representante del Ministerio Público abogado director de


querellante adhesivo y Abogado Defensor que presenten su ALEGATO DE
APERTURA o teoría del caso, haciendo mención de los medios probatorios con la
cual pretende probar el mismo.

Se le pregunta en su orden al Ministerio público, abogado director de querellante,


Abogado defensor si tienen algún INCIDENTE que plantear.

RELACIÓN CLARA PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DEL HECHO PUNIBLE


QUE SE LE ATRIBUYE AL ACUSADO Y SU CALIFICACIÓN JURÍDICA: porque
usted señora LUVIA DOROTY ALVARADO GUZMAN el día catorce de diciembre
del año dos mil veintiuno aproximadamente a las catorce horas, a la altura de la
dieciséis calle y segunda avenida de la zona 3 de esta ciudad, se conducía a
bordo de su vehículo Mazda color negro con placa P 312 PYO de manera
imprudente y sin pericia cruzo la calle cuando el semáforo estaba en rojo cuando
el señor de nombre JOSE FRANCISCO TORRES MADRID pretendía cruzar la
calle, ocasionando como consecuencia la muerte al señor José Francisco Torres
Madrid, quien falleció a los debidos múltiples traumatismos; por consiguiente los
agentes de policía MARIANO CAAL COC Y LESLY PAOLA ASENCIO se
encontraban en el lugar realizando recorridos de seguridad ciudadana y a quienes
les consta de vista lo sucedido, quienes por estar en el lugar de los hechos por lo
que es detenida y puesta a disposición del órgano jurisdiccional para conocer el
hecho.

Se procede a recibir la declaración del acusado.


Le pregunto al sindicado ……… si desea declarar sí o no ya que de no hacerlo
el debate continuara hasta llegar a su fin y si lo desea puede abstenerse a
declarar y si así lo hiciera el debate continuará, aunque no declare, y esta decisión
no podrá ser utilizada en su perjuicio, Arts. 81, 82, 85, 370 371 y 372 CPP. Art. 16
Constitucional. Art. 8 pacto de san Jose convención de derechos humanos.

Se le pregunta al acusado sus datos personales:


a) Nombre.
b) Edad.
c) Estado Civil.
d) Profesión u oficio.
e) Nacionalidad.
f) Fecha y lugar de nacimiento.
g) Lugar de residencia.
h) Nombre del cónyuge e hijos y de las personas con quienes vive, de las cuales
depende o están bajo su guarda.
i) Número de teléfono para localizarlo.
j) Si se sabe el número de Documento de identificación personal o si no lo porta si
recuerda.

al terminar de declarar se le concede la palabra al MP abogado director


querellante, y posteriormente al Abogado Defensor, para que lo interroguen. Art.
86 CPP

1. Se procede a recibir la declaración de la doctora del inacif propuesto por el


mp.
1.1 ministerio publico interroga
1.2 abogada directora
1.3 abogada de la defesa

Los testigos que son los agentes de policía


1. lesly paola asencio
2. ministerio publico interroga
3. abogada directora
4. abogada de la defesa

5. mariano caal coc


1.1 ministerio publico interroga
1.2 abogada directora
1.3 abogada de la defesa

PROTESTA SOLEMNE:
Luego se le pide al (testigo) ponerse de pie y levantar su mano derecha a la altura
del hombro y se le dirige la siguiente protesta:
¿Promete usted como (testigo) decir la verdad, ante su conciencia y ante el
pueblo de la República de Guatemala?

Se le advierte al testigo que si no cumple será responsable del delito de falso


testimonio el cual está penado por la ley con prisión y multa.

Se le preguntará por parte del Juez lo siguiente.


1. Para que institución labora o representa en esta audiencia
2. Conoce al acusado (a)
3. conoce al ofendido (a)
4. Si les une con ellos parentesco, amistad o enemistad

Se le concede la palabra a la parte de quien lo propuso para que lo examine:


1. IDONEIDAD
2. HECHOS
3. COMPARECENCIA o RAZÓN DE SU COMPARECENCIA

Solo si tiene algún parentesco


ADVERTENCIA: En virtud de la relación de parentesco, se le advierte al testigo
que no está obligado a declarar ya que su declaración puede perjudicar a su
familiar, pero puede hacerlo si así lo desea, ¿Quiere usted declarar en el debate?

RECEPCIÓN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA DOCUMENTAL. Art. 380 CPP


De conformidad con el artículo 380 del CPP se puede prescindir de la lectura
integra de los documentos solo dando a conocer su contenido esencial con
acuerdo de las partes en ese sentido se les da audiencia al Ministerio Público
querellante, Abogado Defensor, para que se pronuncien al respecto.

DOCUMENTOS QUE DEBERÁ PRESENTAR EL MP EN LA AUDIENCIA:

D.1) Prevención policial número P740N/2022/347 de fecha ocho de febrero del


año dos mil veintidós, la oficina Consignaciones de la Policía Nacional Civil del
departamento de Guatemala, en la cual consta la aprehensión del sindicado y la
entrega de las evidencias incautadas al mismo.

D.2) Acta de inspección ocular faccionada por la Auxiliar fiscal Vilma Violeta
Santacruz Ovalle, en la que consta la recepción y efectiva existencia de los
objetos del presente proceso y sus características.

D.3) Informe número ECAT03-999-2022-986 de fecha ocho de febrero del año dos
mil veintidós, firmado por José Guillermo Ordoñez Galicia, técnico de
investigaciones criminalísticas y fotógrafo, al que adjunta cuatro fotografías que
ilustran la existencia de los objetos materiales del presente proceso que fueron
encontrados en poder del acusado.

D.4) Informe número ECAT03-999-2022-986 de fecha ocho de febrero del año dos
mil veintidós rendido por Oscar Humberto Valencia Ordóñez, embalador del
Ministerio Público que adjunta cadenas de custodia de los objetos y dinero
incautado al sindicado.

D.5) Informe número ECAT03-999-2022-55 de fecha ocho de febrero del año dos
mil veintidós firmado por Bryan Ricardo Guzmán Díaz, Técnico de Investigaciones
Criminalísticas, fotógrafo, que adjunta álbum que contiene siete fotografías que
ilustran perfectamente el lugar de los hechos y su existencia según lo refieren los
testigos.

D.6) Factura del Teléfono Celular, con el fin de acreditar que la señorita VALERIA
PAIZ es dueña del mismo, así como para acreditar el valor monetario.

D.7) Factura de la Laptop, para acreditar la propiedad, así como determinar el


valor monetario de la misma.
D.8) Certificación de la partida de nacimiento de VALERIA FERNANDA PAIZ
REYES, con partida 7208, folio 105, deli libro 45 B, extendido por el Registro
Nacional de las Personas de la República de Guatemala, que pretende
individualizar a la víctima.
D.9) Certificado del Documento Personal de Identificación del señor JORDY
AMILCAR PIRIR PINELO, con este se pretende probar la existencia del acusado y
su individualización

PRUEBA QUE DEBERA PRESENTAR LA DEFENSA EN AUDIENCIA:

1. Constancia de carencia de Antecedentes Penales, extendida por el


Organismo Judicial, Corte Suprema de Justicia.
2. Certificación de la Fiscalía de Ejecución.

Se les da audiencia a los sujetos procesales (MP Y DEF) para que ofrezcan
PRUEBA NUEVA, de conformidad con el artículo 381 del CPP.
Se da audiencia a los sujetos procesales (MP Y DEF) para que emitan sus
CONCLUSIONES.

Se les da la palabra a los sujetos procesales (MP. DEF) para que hagan uso del
derecho de REPLICA que les asiste, de conformidad con el Art. 382 del CPP.

Se le da audiencia al OFENDIDO por si desea pedir algo más, antes que este se
retire a deliberar, ART. 382 CPP.

Se le da audiencia al ACUSADO por si desea pedir algo más, antes que este se
retire a deliberar, ART. 382 CPP.

CLAUSURA DEL DEBATE: Se declara cerrado el presente debate, por lo que el


Juez Unipersonal pasa a deliberar en sesión secreta y cita a las partes a las :00
horas, en esta sala de debates, para darle lectura a la
sentencia respectiva.

LECTURA PARTE RESOLUTIVA. El Juez unipersonal después de la deliberación


y el análisis de las pruebas producidas durante el debate ha dictado la sentencia
correspondiente, sin embargo, por la complejidad del asunto y/o por lo avanzado
de la hora se hace necesario diferir la redacción de la sentencia, por lo que se
leerá tan solo la parte resolutiva y el tribunal ha designado al Juez__________
para que imponga a la audiencia sintéticamente de los fundamentos que
motivaron a la decisión.

CITACION AUDIENCIA DE REPARACION DIGNA PARA LA VICTIMA: Se cita a


las partes y al público presente para que comparezcan a esta sala de debates el
día ocho de agosto de dos mil veintidós para conocer en cuanto a la reparación
digna de la víctima.

CITACION LECTURA TOTALIDAD: Se cita a las partes y al público presente para


que comparezcan a esta sala de debates el día _________ para darles a conocer
y notificarles la totalidad de la sentencia proferida.

AMPLIACIÓN DE LA ACUSACIÓN:
Si modifica la calificación legal o la pena del mismo hecho, objeto del debate, o
integrare la continuación delictiva:
1. Recibir nueva declaración al acusado, con relación a los hechos o
circunstancias atribuidos en la ampliación.
2. Informar a las partes que tienen derecho a pedir la suspensión del debate para
ofrecer nuevas pruebas o preparar su intervención.
3. En su caso, suspender el debate por un plazo que se fijara prudencialmente,
según la naturaleza de los hechos y la necesidad de la defensa. Art. 373 CPP.

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