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Contenido

Curso "¡Súmate al Protocolo!" ........................................................................................... 3 2

Bienvenida .............................................................................................................................. 4

El Protocolo ..............................................................................................................................6

1. ¿Por qué un Protocolo para casos de hs y as? ...................................................................... 7


2. ¿Por qué se emite con perspectiva de género y de derechos humanos? ........ 9
3. ¿Bajo qué principios lo debemos implementar? .............................................................. 12
4. ¿Cuáles son las conductas de hs y as que podrán ser sancionadas? ................. 14
5. ¿Ante quiénes se denuncia el hs y as en la APF? ..............................................................19
6. ¿Cómo deben investigarse las denuncias por hs y as? ................................................ 22
7. ¿Cómo me sumo para prevenir el hs y as en mi ambiente de trabajo?........... 23

ABC del Protocolo ............................................................................................................... 26


Curso "¡Súmate al Protocolo!"

El Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) tiene el mandato de brindar a


las dependencias y entidades de la administración pública, cursos para la
sensibilización, capacitación y formación del personal del servicio público y
garantizar la prevención y la atención integral de posibles casos de
hostigamiento y/o acoso sexual.

El hostigamiento y el acoso sexual son formas de violencia que se ejercen contra


las mujeres agraviando su integridad, salud física y mental y el ejercicio de
derechos como el de permanecer o desarrollarse en un trabajo.

Este curso forma parte de las medidas que se realizan para poner fin a este
problema. En el micrositio Cero Tolerancia, explicamos qué es, qué lo origina,
cómo identificar y qué hacer ante conductas de hs y as
(cerotolerancia.inmujeres.gob.mx).

El curso que estás por comenzar se centra en el Protocolo con el objetivo de


facilitar la comprensión de sus disposiciones y motivarte a participar en la
construcción de ambientes laborales de Cero Tolerancia al hostigamiento y
acoso sexual y favorecer la construcción de una cultura de igualdad laboral.

Lograrlo, requiere de la participación conjunta y un primer paso común es


conocer y comprender las disposiciones del Protocolo para prevenir, atender y
sancionar el hostigamiento y acoso sexual en la APF, por lo que al finalizar el curso
contarás con los elementos básicos para prevenir estas conductas y saber qué
hacer si ocurren en nuestras relaciones o ambientes de trabajo.

Recuerda que el Protocolo dispone que todo el personal del servicio público
deberá tomar al año, al menos una sensibilización en la materia. Así que, inicia tu
curso y súmate a la Cero Tolerancia.
Bienvenida

Te damos la bienvenida a este curso. Su objetivo es


que comprendas las disposiciones del Protocolo y te
motives a participar en la construcción de un
ambiente laboral de cero tolerancia al 4
hostigamiento y acoso sexual (hs y as) en la
Administración Pública Federal (APF).

El curso que estás por iniciar, fue diseñado a partir de


un conjunto de preguntas cuyas respuestas
permiten la comprensión de las principales
disposiciones del Protocolo para prevenir, atender y
sancionar el hostigamiento y acoso sexual en la
APF. En este curso nos referiremos a este
instrumento como: “El Protocolo”.

La exploración de las respuestas a cada pregunta se


hará de forma amena y didáctica. A continuación, se
presentan cada una de las preguntas que
revisaremos y los objetivos de aprendizaje a los que
nos conducen.

1. ¿Por qué un Protocolo para casos de hs y as?


Reconocerás la importancia de este instrumento para erradicar el hs y as en
las instituciones de la APF.

2. ¿Por qué se emite con perspectiva de género y de derechos humanos?


Comprenderás las implicaciones de aplicar el Protocolo desde la perspectiva
de género y de derechos humanos.

3. ¿Bajo qué principios lo debemos implementar?


Conocerás los principios que orientan la implementación del Protocolo.

4. ¿Cuáles son las conductas de hs y as que podrán ser sancionadas?


Reconocerás las conductas que según las Reglas de Integridad de la función
pública constituyen hs y as.

5. ¿Ante quiénes se denuncia el hs y as en la APF?


Comprenderás las funciones de las instancias que deben participar en la
atención de las denuncias por hs y as.
6. ¿Cómo deben investigarse las denuncias por hs y as?
Comprenderás la importancia de la investigación de casos de hs y as, con
perspectiva de género y de derechos humanos.

7. ¿Cómo me sumo para prevenir el hs y as en mi ambiente de trabajo?


Definirás cómo puedes sumarte a las acciones de prevención que las 5

autoridades deben instrumentar para erradicar el hs y as.

Nos complace contar con tu participación, ya que, si bien El Protocolo establece


deberes específicos para las autoridades, todas las personas que integramos el
servicio público debemos participar en su aplicación y el primer paso para
hacerlo es conocer este valioso instrumento que rige nuestro comportamiento
institucional ante el hs y as.

¡Súmate a la Cero Tolerancia!

Y erradiquemos estas conductas que


tanto dañan los ambientes laborales
y a la sociedad.
El Protocolo

El Protocolo que estudiaremos en este curso fue emitido por la Secretaria de


Gobernación, la de Función Pública y el Instituto Nacional de las Mujeres el 31
de agosto de 2016. Posteriormente fue actualizado el 3 enero de 2020.
6
La nueva versión entró en vigor el 17 de febrero de 2020, lo que implica que todas
las instituciones de la Administración Pública Federal deberán actuar conforme
a sus disposiciones ante casos de hs y as.

Con este instrumento, se busca cumplir las recomendaciones y disposiciones


establecidas en el marco jurídico nacional e internacional en materia de derechos
humanos y garantizar el derecho de las mujeres a vivir sin violencia, precisando
acciones preventivas ante este tipo de conductas que afectan la integridad física,
mental, la salud, la dignidad los derechos y las oportunidades de las mujeres, sus
principales víctimas. Además, son muy nocivas para los ambientes laborales.

Descarga y revisa con atención el Protocolo, su fundamento jurídico normativo y


todos los numerales, porque será de utilidad en tu evaluación final.
1. ¿Por qué un Protocolo para casos de hs y as?

¡Comencemos el curso para conocer El Protocolo! Empecemos por reconocer la


importancia de la emisión de este instrumento normativo que busca dotar al
personal del servicio público, a las autoridades e instancias competentes, de una
herramienta para actuar con prontitud, certeza y justicia ante casos de hs y as.
7

Video

Escena 1
¡Hola!
Y tú, sabes ¿Por qué la emisión del Protocolo es importante?
Por los motivos que veremos a continuación:
Escena 2
1. Porque reconoce que 1 de cada 10 mujeres que trabajan fuera de su
hogar han vivido hs o as, en el último año.
Escena 3
2. Establece un mecanismo de actuación uniforme y las funciones de las
instancias competentes de atender denuncias y sancionar responsables.
Escena 4
3. Garantiza la atención y acompañamiento especializado a las personas
víctimas de hs y as.
4. Establece las medidas de protección necesarias que podrían acordarse con
la persona denunciante.
Escena 5
5. Asegura los derechos de las víctimas, el acceso a la justicia y el fin de la
impunidad.
6. Establece acciones específicas para la prevención del hs y as.
Escena 6
7. Promueve la cultura institucional y laboral igualitaria y libre de violencia.
8. Obliga a todo el personal del servicio público a sensibilizarse y/o capacitarse
en la materia.
Escena 7
9. Sus disposiciones aplican para la ciudadanía que acude a solicitar servicios
en instituciones públicas.
10. Dispone que la atención e investigación de casos deberá realizarse con
perspectiva de género y de derechos humanos.
Escena 8
Ahora que conoces su importancia. ¡Súmate al Protocolo!
Es momento de reflexionar ...

Amalia: Hola Joaquín ¿de dónde


vienes?

Joaquín: De la Secretaría de la
Función Pública, fui a la 8
presentación del Protocolo para
prevenir, atender y sancionar el
hostigamiento y acoso sexual en
la Administración Pública
Federal. ¿Lo conoces?

Amalia: ¡Ah sí! No sé para qué


emiten esos Protocolos si se
guardan en los cajones de los
escritorios y las autoridades no
cumplen lo que les toca.

Joaquín: Mmmm… Puede ser,


pero yo creo que es un
instrumento necesario, hay que
hacer que funcionen, exigiendo
que se apliquen y participando
desde nuestras labores en el
servicio público.

Reflexiona: ¿Aplicar el Protocolo es sólo un asunto de las


autoridades? ¿Crees que este Protocolo efectivamente servirá
para erradicar el hs y as de los espacios laborales?
2. ¿Por qué se emite con perspectiva de género y de
derechos humanos?

Como vimos, con la emisión del Protocolo se busca homologar los


procedimientos de actuación ante las conductas de hs y as; y claramente 9

establece que debemos hacerlo desde la perspectiva de género y de derechos


humanos. Veamos a continuación las implicaciones de ambos enfoques:

Actuar con pg significa:

• Reconocer que el hs y as tienen sus


raíces en la desigualdad entre
mujeres y hombres y en las creencias
o estereotipos de género;

• Entender que como lo muestran los


registros estadísticos, sus principales
víctimas suelen ser mujeres. Sabías que, en 2018, el 91% de las víctimas de
hs o as en instituciones de la APF fueron mujeres; el 7% de las denuncias
fueron de hombres hacia otros hombres y un 1% denunciaron a una mujer
(es decir, 2 casos);

• Dar credibilidad a la narrativa de las víctimas y peso a las medidas para la


protección de sus derechos garantizando el acceso a la justicia;

• Reconocer que los estereotipos y prejuicios de género dañan el ejercicio


de derechos, por ejemplo, cuando se considera que las mujeres provocan
el hs o el as por su forma de ser o de vestir;

• Y por eso, al investigar un caso, las autoridades responsables deben


valorar las pruebas evitando cualquier estereotipo o prejuicio de género;

• Tener presente que, por las relaciones de género, el hs o as llegan a ser


consideradas conductas naturales y normales, lo que entraña una gran
dificultad para reconocerlas, denunciarlas y erradicarlas.
Actuar con respeto a los ddhh significa:

• Tener presente que El Protocolo es un instrumento


para garantizar el ejercicio de los derechos humanos;
• Que en todo momento se reconocen los derechos de
las víctimas y la responsabilidad del Estado para 10

respetar, proteger, garantizar y promover su pleno


ejercicio y, en caso de que sean violados, reparar el
daño.

El Protocolo hace un llamado enfático al servicio público en general, y a las


autoridades e instancias competentes, a poner en el centro de su actuación a las
víctimas de hs y as. El enfoque de derechos humanos reconoce que toda
persona es titular de derechos y que los Estados tienen la obligación de
promoverlos, protegerlos y garantizar su pleno ejercicio mediante políticas y
acciones públicas. Es decir, centrarse en grupos de atención prioritaria que son
objeto de exclusión, lo cual requiere un análisis de las diferentes formas de
discriminación y de los desequilibrios de poder. Por ello, su aplicación va de la
mano de la pg.

El Protocolo nos invita a actuar para incidir en los factores que conllevan
discriminación y también apelar a principios legales que impiden la violación de
los derechos y específicamente del debido proceso, indispensable para la justicia.

En síntesis, los derechos humanos ponen en el centro de su actuación a las


víctimas, y a la garantía de su dignidad y sus derechos.
Es momento de reflexionar…

• Susana: ¿Ya viste que el Protocolo


nos obliga a actuar desde la
perspectiva de género y de derechos
humanos? 11

• Hugo: Sí y… ¿Eso qué implica?


• Susana: Cumplir las leyes que lo
mandatan, proteger los derechos
humanos de todas las personas y
considerar las necesidades
diferenciadas de las mujeres, los y las
jóvenes, migrantes y de cada grupo de
población.
• Hugo: Pero, ¿y eso que tiene que
ver con los derechos humanos?
• Susana: Pues la Constitución lo
dice, todas las personas tenemos los
mismos derechos y debemos tener las
mismas oportunidades para ejercerlos.
• Hugo: Oh, pero entonces, cuando el Protocolo dice que se debe actuar
con la perspectiva de género, ¿implica que esto es sólo para mujeres?
• Susana: No, la perspectiva de género permite mirar y reflexionar sobre las
relaciones de desigualdad y de poder entre mujeres y hombres, y en este
caso, sobre cómo propician la ocurrencia del hostigamiento o acoso
sexual.

Reflexiona: ¿Para ti qué significa actuar desde estas


perspectivas?
3. ¿Bajo qué principios lo debemos implementar?

El Protocolo establece incluir las perspectivas de género y de derechos humanos


en las acciones de prevención, atención y sanción del hs y as; también dispone
que su actuación debe orientarse bajo estricto apego a los siguientes principios,
12
a fin de garantizar la integridad de las personas, en especial de las víctimas.

Para conocer los principios que guían la actuación del Protocolo, escucha con
atención en qué consiste cada uno:

Audio

Cero tolerancia a las conductas de hostigamiento sexual y acoso sexual:


este principio exige a las personas servidoras públicas asumir una actitud
crítica y comprometerse a rechazar todas las conductas de carácter sexual
indebidas que atentan contra la dignidad, con el fin de erradicar el
hostigamiento sexual y acoso sexual.
Es momento de reflexionar…

• Adriana: ¡¡¡Uy estoy tan enojada!!!


Mi amiga Daniela fue con la Persona
Consejera a pedir ayuda para que el
13
jefe dejara de hostigarla... y ella le dijo
que lo van a investigar... ¡imagínate!
¿Qué van a investigar? ¡Si es una
verdad a voces!
• Sofía: Recuerda que la Persona
Consejera sabe qué hacer en estos
casos. Es importante que se investigue
y que el proceso se lleve a cabo de la
manera correcta, siguiendo los
principios que establece el Protocolo.
• Mariana: Sí, Sofía tiene razón, es
primordial que se siga el Protocolo, en
apego al debido proceso y garantizar el
acceso a la justicia, que además es
fundamental en una sociedad
democrática, participativa e
igualitaria.

Reflexiona: Consideras que ¿El Protocolo protege los derechos


de todas las personas?
4. ¿Cuáles son las conductas de hs y as que podrán ser
sancionadas?

Las Reglas de Integridad de Comportamiento Digno establecen 17 conductas


que debemos identificar porque son constitutivas de hs o as, y pueden
14
manifestarse de manera física, verbal y no verbal. Es importante saber que estas
conductas no son limitativas y que pueden existir otras no enunciadas en estas
reglas que también constituyan as u hs.

Conocer e identificar estas conductas es clave para poder denunciar y persuadir


a quienes laboran entre nosotros y nosotras para prevenirlas y construir un
ambiente social y laboral intolerante a éstas y por lo tanto libre de violencia. Éstas
son:

Sexuales sexuales:
Realizar señales sexualmente sugerentes con las manos
o a través de los movimientos del cuerpo.

Contacto físico, tocamientos o manoseo:


Tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual, como
tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones.

Dar regalos a cambio de favores sexuales:


Hacer regalos, dar preferencias indebidas o notoriamente
diferentes o manifestar abiertamente o de manera indirecta el
interés sexual por una persona.
Conductas dominantes o agresivas para someter
sexualmente:
Llevar a cabo conductas dominantes, agresivas, intimidatorias
u hostiles hacia una persona para que se someta a sus deseos
o intereses sexuales, o al de alguna otra u otras personas.
Espiar a alguien mientras se cambia de ropa o está en el
sanitario:
Espiar a una persona mientras esta se cambia de ropa o está
en el sanitario.
Chantajes para obtener favores sexuales:
Condicionar la obtención de un empleo, su permanencia en
el, o las condiciones del mismo a cambio de conductas de
naturaleza sexual.

15
Represalias por rechazo de proposiciones sexuales:
Obligar a la realización de actividades que no competen a sus
labores u otras medidas disciplinarias en represalia por
rechazar proposiciones de carácter sexual.
Condicionar un trámite o servicio a cambio de conductas
sexuales:
Condicionar la prestación de un trámite o servicio publico o
evaluación escolar a cambio de que la persona usuaria,
estudiante o solicitante acceda a sostener conductas sexuales
de cualquier naturaleza.
Rumores o bromas sobre el cuerpo y/o la sexualidad de una
persona:
Expresar comentarios, burlas, piropos o bromas hacia otra
persona referentes a la apariencia o a la anatomía con
connotación sexual, bien sea presenciales o a través de algún
medio de comunicación.
Comentarios o burlas sobre la vida sexual de una persona:
• Realizar comentarios, burlas o bromas sugerentes
respecto de su vida sexual o de otra persona, bien sea
presenciales o a través de algún medio de
comunicación.

Insinuaciones de carácter sexual no recíprocas:


Expresar insinuaciones, invitaciones, favores o propuestas a
citas o encuentros de carácter sexual.

Expresiones o lenguaje denigrante hacia una persona:


Emitir expresiones o utilizar lenguaje que denigre a las
personas o pretenda colocarlas como objeto sexual.
Preguntas sobre la vida sexual de una persona:
Preguntar a una persona sobre historias, fantasías o
preferencias sexuales o sobre su vida sexual.

Exhibir o enviar imágenes de naturaleza sexual sin


consentimiento:
16
Exhibir o enviar a través de algún medio de comunicación
carteles, calendarios, mensajes, fotos, afiches, ilustraciones u
objetos con imágenes o estructuras de naturaleza sexual, no
deseadas ni solicitadas por la persona receptora.
Difusión de rumores o información sobre la vida sexual de
una persona:
Difundir rumores o cualquier tipo de información sobre la vida
sexual de una persona.

Piropos, insultos o gestos para asediar sexualmente:


Expresar insultos o humillaciones de naturaleza sexual.

Exhibicionismo:
Mostrar deliberadamente partes íntimas del cuerpo a una o
varias personas

Algunas de estas conductas suelen percibirse como “normales” y a primera vista,


no son consideradas como indebidas. Ya sea que se realicen de forma sutil o
abierta, en una ocasión, de forma reiterada una sola de ellas o combinando unas
y otras, son violatorias del comportamiento digno porque constituyen hs o as.

Sabemos que son difíciles de identificar y por eso la importancia de reconocerlas


a partir de la precisión que nos brinda el Código de Ética. Aunado a ello, una clave
valiosa para identificarlas es la ausencia de consentimiento, es decir, si la forma
en que alguien te toca, se acerca, abraza, o insiste en cierto tipo de contacto o
convivencia, si manifiesta interés sexual por ti y te molesta o incómoda,
definitivamente es hs o as y puedes denunciarlo desde la primera vez y más aún
debes hacerlo si son conductas reiteradas.

Es importante tener claro que, si bien la sola narrativa de los hechos de hs y as


son suficientes para presentar una denuncia, podrás darle sustento y fuerza si
dispones y haces acopio de pruebas que ayuden a contar con evidencia de estas.
Ahora que tienes elementos para reconocer las conductas que constituyen
hostigamiento sexual y acoso sexual, debes saber que conforme al numeral 29
del Protocolo, el Comité de Ética podrá remitir la denuncia inmediatamente
al OIC o a la Autoridad investigadora si se trata de alguna o algunas de las
siguientes 9 conductas precisadas en las Reglas de Integridad de la función
pública:
17

1. Tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual.


2. Hacer regalos, dar preferencias indebidas o manifestar abiertamente el
interés sexual.
3. Recibir tratos dominantes para someterte a deseos sexuales.
4. Condicionar prestaciones o servicios públicos a cambio de sostener
conductas sexuales.
5. Condicionar la obtención, la permanencia o las condiciones en el trabajo
a cambio de sostener conductas sexuales.
6. Recibir represalias por rechazar proposiciones sexuales.
7. Ser espiada/o cuando estás en el sanitario.
8. Expresar insultos o humillaciones de naturaleza sexual.
9. Mostrar deliberadamente partes íntimas del cuerpo a una o varias
personas.

Estas conductas son señaladas a fin de apoyar a los Comités de Ética, en


correspondencia con sus atribuciones, a distinguir qué tipos de casos es mejor
que sean remitidos a la unidad responsable de investigación en materia
jurídica. Aunque ello no excluye la posibilidad de que los Comités de Ética
puedan conocer los casos que le lleguen y atenderlos si así lo consideran.
Es momento de reflexionar…

• Ariadna: ¿Ya viste las


conductas que se consideran
hostigamiento o acoso sexual?
• Manuel: Sí, sí… Se pasan.
Ahora resulta que no se puede ni 18

decir un piropo ni hacer regalos.


¡Ya no se puede hacer nada!
• Ariadna: ¡Pues sí, a mí me
parece bien! Hay regalos y piropos
que no son ingenuos. Tienen doble
sentido.
• Manuel: Ustedes todo lo
interpretan... Y no siempre es así.
• Ariadna: ¡Serán casos
contados con los dedos de una
mano! Además, ¡las personas
sabemos cuando hay situaciones
que son consensuadas y cuando
es puro asedio y abuso!

Reflexiona: ¿Son las mujeres las que exageran o las conductas


de acoso y hostigamiento están tan arraigadas que pasan
inadvertidas?
5. ¿Ante quiénes se denuncia el hs y as en la APF?

Como hemos visto, el Protocolo es el instrumento que guía el actuar para


denunciar y sancionar el hs y as; establece las vías y las instancias
correspondientes para presentar las denuncias. Para comprender las instancias
y las competencias que tienen para la atención de denuncias, las investigaciones
19
y sanción de casos, ve el siguiente video:

Video

Denuncia de casos por hostigamiento y acoso sexual en la Administración


Pública Federal

Si eres víctima de hostigamiento o acoso sexual en alguna institución de la


Administración Pública Federal puedes elegir denunciar ante:

• Las Personas Consejeras;


• Los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés o los;
• Órganos Internos de Control.

También puedes denunciar ante Ministerios Públicos o Juntas de Conciliación


y Arbitraje laboral; la Persona Consejera puede ser tu primer contacto, te
ayudará a identificar si vives hostigamiento o acoso sexual. En caso de urgencia,
te auxiliara para recibir servicios especializados, te orientará en la narrativa de
los hechos ante el Comité de Ética o el Órgano Interno de Control, y en acuerdo
contigo propondrá medidas de protección, pero recuerda la Persona Consejera
no es tu representante legal.

Éstas personas deberán contar con una certificación y con un conjunto de


actitudes que garanticen la escucha activa, el respeto y la confidencialidad,
entre otras. Para conocer más su papel, consulta los numerales: 16, 24, 25, 26 y
42 del Protocolo.

Los Comités de Ética podrán recibir tu denuncia de manera directa o de forma


anónima, y tienen la obligación de informarte sobre:

• Las diferentes opciones de atención a tu denuncia y asesorarte en caso


de que requieras servicios médicos psicológicos o jurídicos;
• Revisar tu denuncia y si falta algún elemento te contactará;
• Emitir recomendaciones sobre las denunciaS;
• Turnar la denuncia al Órgano Interno de Control y/o Autoridad
Investigadora respectiva, y deberá hacerlo de manera inmediata si se
trata de los conductos del numeral 29 del Protocolo.

Para conocer más sobre el papel de los Comités de Ética consulta los
numerales del 28 al 34 y 41 del Protocolo.
20

Los Órganos Internos de Control podrán recibir tu denuncia y no requiere que


presentes evidencias, sino hasta el proceso de la investigación, y les
corresponde fincar las responsabilidades y determinar las sanciones
administrativas respectivas.

Algo muy importante es que tanto los Comités de Ética como los Órganos
Internos de Control pueden emitir medidas de protección si así lo requieres.
Dichas medidas evitarán que sea re victimizada y que el daño se repita y
propiciará en el acceso a la justicia, pueden incluir medidas tales como:

• La reubicación física cambios de unidad administrativa o de horario de


labores, ya sea de quien impone la denuncia o de la persona
demandada.
• También puede incluir el trabajo remoto y la restricción de contacto de
quien fue demandado.

Consulta los numerales 41, 42, 43 y 44. Finalmente ten presente que si observas
el incumplimiento de estas medidas podrán ser informarle a las Personas
Consejeras, ellas sabrán a quién denunciarlo.

Revisa el numeral 16, inciso f, sobre este punto. Recuerda que el Protocolo
garantiza tu derecho de acceso a la justicia y a una vida libre de violencia.

Para más información ingresa cerotolerancia.inmujeres.gob.mx


Es momento de reflexionar…

• Mariana: Hice el curso del


INMUJERES y vi que hay varias
instancias para denunciar acoso u 21
hostigamiento, pero no entiendo
quién hace qué.
• Adriana: El Protocolo dice
que se puede acudir ante la
Persona Consejera, el Comité de
Ética o el OIC y cada una de estas
instancias tiene una función
específica para atender las
denuncias.
• Mariana: ¡Ah eso está bien!
Entonces, ¿se puede acudir a
cualquier de las tres?
• Adriana: Sí... puedes ir con la
que te dé más confianza, pero yo
creo que en estas situaciones la
Persona Consejera te puede
orientar si tienes dudas, por lo que
es mejor acudir primero a esta
instancia.

Reflexiona: ¿Sabes si en la institución en la que trabajas, ya cuenta


con Personas Consejeras?
6. ¿Cómo deben investigarse las denuncias por hs y as?

El Protocolo que hemos estudiado en este curso reconoce en la investigación de


las denuncias, una función clave para acabar con la impunidad y garantizar el
acceso a la justicia.
22

Este Protocolo brinda por primera vez a los Órganos Internos de Control (OIC) y
a las autoridades investigadoras, una herramienta para orientar su función de
investigar los hechos de los que dan cuenta las denuncias. Precisa su
competencia ante casos de hs y as en las dependencias y entidades de la APF y,
además, subraya que la deben ejecutar con perspectiva de género y de derechos
humanos (numerales 34-38 y 45-56). También, será a partir de la investigación y
el análisis de los casos con pg y derechos humanos, que los OIC o las autoridades
equivalentes podrán fincar "las responsabilidades administrativas a que haya
lugar e impondrán las sanciones administrativas respectivas" (numeral 57).

Pero en la práctica, ¿qué significa y qué implica investigar bajo dichos


enfoques?

Es momento de reflexionar…

• Jesús: ¿Tú crees que dicen que no querían investigar


el caso de Lupita dizque porque ella siempre andaba con
él y que le coqueteaba? ¡No puedo creerlo¡!
• Carlos: ¿En serio? ¿Tú la viste?
• Jesús: Sí la vi... ¿Y eso qué? Lo cierto es que siempre
juzgan a las mujeres. Y por criterios diferentes que a los
hombres.
• Carlos: Tienes razón... lo vimos en el curso y es lo que
llaman estereotipos que afectan nuestras percepciones y
nuestros juicios.

Reflexiona: ¿Qué estereotipos de género conoces y cuáles podrían


afectar la percepción del acoso y el hostigamiento
sexual?
7. ¿Cómo me sumo para prevenir el hs y as en mi ambiente
de trabajo?

Construir una cultura libre de hostigamiento sexual y acoso sexual es


responsabilidad de todas y todos.
23

Si algo podemos hacer colaborativamente y desde cualquier espacio o función,


es confluir esfuerzos. Por eso, súmate a las acciones de prevención para fomentar
ambientes laborales igualitarios, libres de discriminación y de cualquier tipo de
violencia. Da clic en el interactivo para conocer las acciones de prevención que se
deben implementar en las instituciones públicas, y las que cada persona puede
realizar desde nuestro diario quehacer.

La siguiente actividad invita a preguntarnos y reflexionar sobre qué se hace en


las instituciones públicas y qué hacemos a nivel individual, para sumarnos a la
prevención del hs y as.

¿Cómo me sumo a la prevención del acoso y el hostigamiento sexual?

Los numerales 12 y 13 del Protocolo establecen una serie de acciones para


prevenir el acoso y el hostigamiento en la APF.

Conócelos y reflexiona cómo participar:

1. Las autoridades deben emitir un pronunciamiento de cero


tolerancia al hs y as.
¿Ya conocer el de tu institución?
Difúndelo y acátalo.
2. Contar con 1 Persona Consejera por cada 200 servidores/as
públicas en cada dependencia y entidad.
¿Sabes quiénes son las de tu institución?
3. Que la totalidad del personal sea sensibilizado en el tema.
Este curso contribuye a ello.
¿Invitarías a otras personas a este y otros cursos del INMUJERES y
de tu institución?
4. Si eres del Comité de Ética, ¡También debes capacitarte! Y si eres
Persona Consejera deberás estar. Certificada para atender a
víctimas de hs y as.
¿Ya los hiciste?
5. Difusión de campañas anuales.
¿En tu institución realizan campañas para persuadir y prevenir el
hs y as?
6. Promover y fortalecer la cultura institucional de igualdad de
género y libre de violencia.
Sabías que ¿construir esta cultura institucional, además de ser
una obligación de las autoridades, también depende de nuestras
acciones día a día? 24

Y tú, ¿cómo te sumarás?

Además de estar al tanto de que estas acciones se lleven a cabo, todas las
personas que trabajamos en el servicio público, debeos propiciar su
cumplimiento y sobre todo aportar para que la cultura de igualdad y no
violencia sea una realidad.

Reflexiona sobre las siguientes acciones:

1. ¿Hacer chistes o burlas sexistas que propician el acoso y el


hostigamiento sexual?
2. ¿Juzgas o promueves rumores sobre las personas que han denunciado
acoso u hostigamiento en tu institución?
3. ¿Te haces de la “vista gorda” ante conductas de acoso u hostigamiento
sexual hacia ti o hacia otras personas?
4. ¿Has actuado con prejuicios o estereotipos de género que afecten tu
trabajo y tus relaciones laborales o personales?

Para conocer más sobre las acciones de prevención, los elementos que deben
incluir los Pronunciamientos de Cero Tolerancia, los cursos para la capacitación
de las instancias que tienen funciones en la atención y sanción del hs y as, visita
el micrositio Cero Tolerancia: http://cerotolerancia.inmujeres.gob.mx
Es momento de reflexionar …

• Amalia: La aplicación del


Protocolo y en especial de las de
acciones para la prevención, 25
ayudarán a reducir el hs y as, y a
construir una cultura de respeto y
sin violencia contra las mujeres.
• Joaquín: Estoy de acuerdo,
además estuve pensando que los
hombres tenemos un papel muy
importante en esta labor: re-
educarnos y convocar a otros;
adultos, jóvenes y niños a vivir libres
de machismo. Ya que si los hombres
no cambiamos, difícilmente se
podrá reducir cualquier forma de
violencia.
• Amalia: Sí, todas y todos
podemos participar en la
construcción de una cultura de
igualdad y libre de violencia.

Reflexiona: ¿Se te ocurre otra acción para prevenir el


hostigamiento y acoso sexual? ¿Cómo te vas a sumar?
ABC del Protocolo

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30

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