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I. GENERALIDADES
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Contratar los servicios de un/a (01) Analista Administrativo para brindar el soporte en
la gestión administrativa y desarrollar las actividades administrativas de acuerdo a la
normatividad vigente, para contribuir con el cumplimiento de las funciones de IFIS.
2. ORGANO SOLICITANTE
Intendencia de Fiscalización y Sanción - IFIS
4. BASE LEGAL
a) Ley N° 31564, Ley de prevención y mitigación del conflicto de intereses en el acceso
y salida de personal del servicio público.
b) Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.
c) Ley N° 28970, Ley que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos,
modificado por el Decreto Legislativo N° 1377; y su Reglamento, aprobado con
Decreto Supremo N° 008–20019-JUS.
d) Ley N° 29607, Ley de simplificación de la certificación de los antecedentes penales
en beneficio de los postulantes a un empleo.
e) Ley 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del
Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales.
f) Ley N° 30353, Ley que crea el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles.
g) Ley N° 30794, Ley que establece como requisito para establecer servicios en el
sector público, no tener condena por terrorismo, apología del delito de terrorismo y
otros delitos.
h) Ley N° 31131, Ley que establece Disposiciones para erradicar la Discriminación en
los Regímenes Laborales del Sector Público.
i) Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023.
j) Ley N° 31912, Ley que aprueba Créditos Suplementarios para el financiamiento de
mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la
emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el
Año 2023 y dicta otras medidas.
k) Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 107-2011-SERVIR/PE y sus modificatorias,
que aprueba reglas y lineamientos para la adecuación de los instrumentos internos
conforme a los cuales las entidades ejercen el poder disciplinario sobre los
trabajadores contratados bajo el régimen laboral especial del D. Leg. N° 1057.
l) Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 238-2014-SERVIR/PE que aprueba la
Directiva N° 002-2014-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Sistema
Administrativo de Gestión de Recursos Humanos de las entidades públicas”.
m) Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE que aprueba la
Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de
Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos – MPP”.
n) Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 313-2017-SERVIR/PE que aprueba la
“Guía metodológica para el Diseño de Perfiles de Puestos para entidades públicas,
aplicable a regímenes distintos a la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil” y la “Guía
metodológica para la elaboración del Manual de Perfiles de Puestos - MPP,
aplicable al régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”.
o) Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 330-2017-SERVIR-PE que aprueba la
modificación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 61-2010-SERVIR/PE,
en lo referido a procesos de selección.
p) Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000065-2020-SERVIR-PE, que aprueba la
Guía para la virtualización de concursos públicos del D.L. 1057.
q) Resolución de Presidencia Ejecutiva N°000029-2023-SERVIR-PE, el cual aprueba
la “Guía para la elaboración de perfiles en el sector público”
r) Resolución de Secretaría General N° 072-2017-SUSALUD/SG, que aprueba la
Directiva N° 008-2017-SUSALUD/SG “Disposiciones que regulan la contratación y
gestión de servidores contratados bajo el Decreto Legislativo N° 1057 en
SUSALUD”.
s) Demás disposiciones que regulen el régimen de la Contratación Administrativa de
Servicios.
Experiencia General:
Experiencia general de dos (02) años en el sector público y/o privado.
Experiencia Específica:
Experiencia Experiencia específica de dos (02) años desempeñando funciones
afines al puesto en el sector público y/o privado, de los cuales un (01)
año como Auxiliar o Asistente en el sector público.
● Trabajo en equipo
Competencias ● Vocación de servicio
● Adaptación al cambio
Conocimientos para el
puesto y/o cargo • Gestión de trámite documentario.
(Podrá ser evaluado • Manejo de procesos.
durante el proceso de • Ofimática: nivel básico
selección)
III. CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO
Funciones principales a desarrollar:
CONDICIONES DETALLE
S/. 4 500 (Cuatro mil quinientos y 00/100 soles). Incluyen los montos
Remuneración mensual y afiliaciones de ley, así como toda deducción aplicable al
trabajador.
Del 08 al 21 de
Publicación del Proceso en el Portal Talento Perú – COMITÉ DE
1 noviembre del
SERVIR https://www.servir.gob.pe/talento-peru/ SELECCIÓN
2023
ETAPAS DEL PROCESO CRONOGRAMA RESPONSABLE
23 al 27 de
4 Evaluación Curricular noviembre del
2023
27 de noviembre
5 Publicación de resultados de la Evaluación Curricular COMITÉ DE
del 2023
SELECCIÓN
28 de noviembre
6 Entrevista (virtual)
del 2023
28 de noviembre
7 Publicación de Resultado Final
del 2023
SUSCRIPCIÓN Y REGISTRO DE CONTRATO
Hasta los cinco (5)
primeros días
8 Suscripción del Contrato y Registro del Contrato. hábiles después OGPER
de publicado el
resultado final
Consideraciones:
Cursos:
Deben ser en materias específicas afines a las funciones puesto, incluye cualquier
modalidad de capacitación: cursos, talleres, seminarios, conferencias, entre otros.
Se podrá considerar un mínimo de horas de capacitación, las cuales son
acumulativos.
Deberá acreditarse con copias simples de los certificados y/o constancias donde
Cursos y/o se indique el número de horas.
Programas de
Especialización y/o Programas de Especialización y/o Diplomados:
Diplomados (*) Son programas de formación orientados a desarrollar determinadas habilidades
y/o competencias en el campo profesional y laboral, con no menos de noventa (90)
horas de duración o, si son organizados por disposiciones de un ente rector en el
marco de sus atribuciones normativas, no menor de ochenta (80) horas.
Deberá acreditarse con los certificados y/o constancia donde indique el número de
horas.
Experiencia General:
Experiencia Específica:
Para el caso de: Se acreditará con:
** Sólo se considerará el tiempo de Experiencia Laboral por el periodo en una actividad sin
superposición temporal con otras, es decir no se considerará la Experiencia Laboral que se
superponga en el mismo periodo de tiempo.
1En caso de los extranjeros, además es indispensable que cuenten con la calidad migratoria de trabajador y el contrato será previamente aprobado por el MTPE,
sujetándose a los requisitos, plazos y condiciones establecidos por el Decreto Legislativo N° 689 y su Reglamento. El título profesional o los certificados
correspondientes deben estar debidamente legalizados por las autoridades correspondientes.
Se debe tener en cuenta que los Registro de Títulos, grados o estudios de posgrado obtenidos en el extranjero, se encuentra regulado por la octava disposición
complementaria final de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; la décimo sexta disposición complementaria final del Reglamento General de la Ley Nº 30057,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, y por la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GDCRSC aprobada según Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 010-2014/SERVIR/PE.
En dicho marco, la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GDCRSC- Directiva para el funcionamiento y consulta del Registros de Títulos, grados o estudios de posgrado
obtenidos en el extranjero, especifica dentro de su alcance que "El registro es obligatorio para las personas que prestan servicios en las entidades y
empresas públicas, es decir, personas que han resultado ganadoras en un proceso de selección y se encuentren en proceso de incorporación, o ya
incorporadas".
c. Es responsabilidad exclusiva del postulante verificar los resultados obtenidos en
cada etapa del proceso de selección a través de la publicación realizada en la
página web de la Superintendencia Nacional de Salud.
d. Los requisitos y su calificación, se establecen y evalúan de acuerdo a los principios
del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, y las normas orientadas a la simplificación administrativa.
e. La Entidad se reserva el derecho de brindar información en detalle de los resultados
alcanzados en las diferentes etapas respecto de candidatos distintos del
peticionante de la información, de conformidad con la Ley 29733, Ley de Protección
de Datos Personales.
f. Respecto a los resultados del proceso de selección, los/las postulantes que
consideran un acto que supuestamente viole, desconozca o lesione un derecho o
interés legítimo, podrán presentar un recurso de reconsideración o apelación para
su resolución o traslado al Tribunal del Servicio Civil según corresponda en la
normatividad legal vigente. La interposición de los mencionados recursos no
suspende el proceso selección ni el proceso de vinculación.
g. La Oficina General de Gestión de las Personas (OGPER) o el Comité de Selección,
según corresponda, deberá resolver el recurso de reconsideración en un plazo
máximo de quince (15) días hábiles, de presentado el recurso formulado.
h. Los recursos de impugnación (reconsideración y apelación), se interponen dentro
de los quince (15) días hábiles computados desde el día siguiente de la publicación
del acto definitivo con el que concluye el proceso de selección (publicación del
resultado final o lista de ganadores) resultando improcedente que se impugnen los
resultados preliminares o calificaciones obtenidas en alguna de las etapas del
proceso o cualquier acto emitido antes de la emisión y publicación de los resultados
finales del concurso.
i. Los/las postulantes estarán facultados para presentar un recurso de apelación para
su traslado al Tribunal del Servicio Civil, cuando consideren pertinente; el mismo
que resolverá de acuerdo a la normatividad legal vigente.