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Términos de Referencia Ejecucion de Obras Posta de Salud
Términos de Referencia Ejecucion de Obras Posta de Salud
Términos de Referencia Ejecucion de Obras Posta de Salud
OBRA:
“REMODELACION DE POSTA MEDICA O PUESTO DE
SALUD, CONSTRUCCION DE OFICINA
ADMINISTRATIVA Y CONSULTORIOS; EN EL (LA) EESS
MONOBAMBA – MONOBAMBA DISTRITO DE
MONOBAMBA, PROVINCIA JAUJA DEPARTAMENTO
JUNIN”
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS Y OTRAS CONDICIONES
CONTRACTUALES PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA:
Los presentes términos de referencia tienen como objeto señalar y establecer las condiciones
mínimas bajo las cuales el CONTRATISTA ejecutará las prestaciones con el fin de cumplir las
metas previstas en el Proyecto: “REMODELACION DE POSTA MEDICA O PUESTO DE SALUD,
CONSTRUCCION DE OFICINA ADMINISTRATIVA Y CONSULTORIOS; EN EL (LA) EESS
MONOBAMBA – MONOBAMBA DISTRITO DE MONOBAMBA, PROVINCIA JAUJA
DEPARTAMENTO JUNIN” CUI N° 2512727.
Departamento : Junín
Provincia : Jauja
Distrito : Monobamba
Sector : Santa Rosa
Nombre del PIP o Inversión “REMODELACION DE POSTA MEDICA O PUESTO DE SALUD,
CONSTRUCCION DE OFICINA ADMINISTRATIVA Y
CONSULTORIOS; EN EL (LA) EESS MONOBAMBA –
MONOBAMBA DISTRITO DE MONOBAMBA, PROVINCIA
JAUJA DEPARTAMENTO JUNIN” CUI N° 2512727.
I. FINALIDAD PÚBLICA
El presente requerimiento tiene por finalidad la ejecución de la obra: “REMODELACION DE
POSTA MEDICA O PUESTO DE SALUD, CONSTRUCCION DE OFICINA ADMINISTRATIVA
Y CONSULTORIOS; EN EL (LA) EESS MONOBAMBA – MONOBAMBA DISTRITO DE
MONOBAMBA, PROVINCIA JAUJA DEPARTAMENTO JUNIN” CUI N° 2512727. En ese
sentido, la obra se encuentra alineado con los objetivos para lograr un acceso adecuado a los
servicios de Salud en el Establecimiento de Salud de Monobamba y dotar de un servicio de
salud integral a la población en general del distrito.
Las condiciones a que se refieren los numerales precedentes, deben ser cumplidas dentro de los
quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato. En caso no se
haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las demás
condiciones. La Entidad puede acordar con el contratista diferir la fecha de inicio del plazo de
ejecución de la obra según los supuestos previstos en el numeral 176.9 del artículo 176 del
Reglamento.
PRESUPUESTO BASE
El valor referencial para la ejecución de obra asciende a la suma de S/. 192,859.50 (CIENTO
NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 50/100 SOLES),
incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la
ejecución de la obra, el valor referencial ha sido calculado al mes de mayo del 2023, el valor
referencial incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el
caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto
que pueda tener incidencia sobre el costo de la ejecución de la obra a ser contratada; excepto
la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.
PERSONAL CLAVE
A. RESIDENTE DE OBRA:
Ingeniero Civil o Arquitecto Titulado.
Experiencia como Residente de Obra y/o Supervisor de Obra y/o inspector
y/o Jefe de Supervisión de obra, en obras de edificaciones de salud o
puesto de salud y/o edifiaciones de instituciones Educativas o la
combinación de estos, debiendo acreditar como mínimo una experiencia
efectiva no menor de (02) años de experiencia, los cuales se computarán
desde la colegiatura del profesional.
Las mismas que deberán haber sido ejecutadas en periodos de tiempo
distinto sin traslaparse, para el computo del tiempo de dicha experiencia
solo se considerara una vez el periodo traslapado.
3. EQUIPOS Y MAQUINARIAS
Todos los equipos y maquinarias necesarios para la ejecución satisfactoria de los
trabajos a realizar deberán llevarse a obra en forma oportuna y no podrán retirarse
de la misma salvo autorización escrita del Supervisor, que no podrá negarla sin
justa razón.
Las pérdidas o daños causados a los equipos y maquinarias durante la ejecución
de las obras corren por cuenta del Contratista.
Si el Supervisor demuestra que los equipos, maquinarias, herramientas y
andamiajes son insuficientes o inapropiados para asegurar la calidad de la obra y
el cumplimiento de los plazos, el Contratista está obligado a efectuar enmiendas
y/o adiciones necesarias, por su cuenta y costo.
EQUIPO MÍNIMO
La Relación de Equipo mínimo será conforme al siguiente detalle:
Nº DESCRIPCIÓN CANT.
01 MEZCLADORA DE CONCRETO TAMBOR 18HP 11P3 01
02 VIBRADOR DE CONCRETO 4 HP 3/4" 01
03 NIVEL TOPOGRAFICO 01
04 HERRAMIENTAS MANUALES 01
05 COMPACTADOR VIBR. TIPO PLANCHA 4HP 01
06 CAMIONETA PICK UP 01
Los criterios de diseño involucrarán, sin excepción, las mejores prácticas de ejecución de
Obras, empleando procedimientos constructivos de calidad, equipos y técnicas de última
generación acordes con las tecnologías vigentes y con la consideración que se trata de un
establecimiento de atención al público, a fin de asegurar un producto de calidad, estando
sujetos a la aprobación y plena satisfacción de la Entidad.
Por otra parte, los procedimientos de construcción reflejan la suposición básica que el
Contratista es el especialista y conoce las prácticas de construcción y equipamiento de
establecimientos de atención al público.
3. RESPONSABILIDADES
La ENTIDAD es el encargado de realizar las evaluaciones y monitoreo necesarias durante
la ejecución y culminación de la obra: “REMODELACION DE POSTA MEDICA O PUESTO
DE SALUD, CONSTRUCCION DE OFICINA ADMINISTRATIVA Y CONSULTORIOS; EN
EL (LA) EESS MONOBAMBA – MONOBAMBA DISTRITO DE MONOBAMBA,
PROVINCIA JAUJA DEPARTAMENTO JUNIN” CUI N° 2512727, a través de la Sub
Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano Rural de la Municipalidad Distrital de
Monobamba.
1. PERSONAL
El Contratista empleará obligatoriamente a los Profesionales propuestos para la Dirección
Técnica de la Obra, salvo que la Supervisión solicite su sustitución.
El Contratista deberá emplear personal técnico calificado, obreros especializados y demás
personal necesario para la correcta ejecución de los trabajos.
El Contratista tiene la obligación de reemplazar el personal no competente o no
satisfactorio, de acuerdo con las órdenes del Supervisor.
El Contratista tiene la obligación de suministrar a los trabajadores las condiciones más
adecuadas de salubridad e higiene, así como dar el debido cumplimiento a lo dispuesto en
el Decreto Supremo Nº 001-98-TR, y sus normas complementarias y modificatorias.
El Contratista tiene la obligación de velar por la seguridad de los trabajadores durante la
ejecución de todos y cada uno de los trabajos brindando el equipo y material necesario
para tal efecto.
El Contratista deberá suministrar en los intervalos que prescriba el Supervisor o la
Entidad, la nómina detallada de todo el personal superior y de los obreros que están
empleados a la fecha del Informe.
Se deberá presentar un cuadro de actividades programadas para la correcta ejecución de
la obra, firmada por el residente propuesto.
El Contratista no podrá modificar el listado de personal profesional designado a la obra y
consignado en su propuesta sin el consentimiento previo y por escrito de la Entidad.
3. SEGURIDAD
El Contratista está obligado a tomar todas las medidas de seguridad necesarias para
evitar peligros contra la integridad, la vida y la propiedad de las personas, instituciones o
firmas durante la realización del proyecto. En este sentido deberá dotar a su personal, de
los equipos y herramientas pertinentes para la realización de todos los trabajos, quedando
terminantemente prohibido la realización de trabajos en circuitos energizados para ello el
Contratista contará con implementos de seguridad según NG–050.
4. MATERIALES Y EQUIPOS
Todos los materiales y equipos destinados a la Obra deberán cumplir con las características
técnicas exigidas en las Bases y se deberán someter a los ensayos necesarios para
verificar sus características y calidad.
Se podrán aceptar otras propiedades o calidades especificadas y/o normas indicadas en las
Bases que sean similares o equivalentes mientras que se ajusten a especificaciones y/o
normas reconocidas, que aseguren una calidad igual o superior a la indicada y siempre que
el Contratista aporte la documentación y demás elementos de juicio que permitan evaluar el
cumplimiento de las exigencias establecidas en las Bases y que los cambios propuestos no
alteren las especificaciones técnicas de la obra, siempre que este represente una ventaja
técnica y económica que lo justifique.
La ENTIDAD se reserva el derecho de rechazar la lista de materiales propuesta por el
Contratista, si éstos no concuerdan con lo estipulado en las Bases. Correrán por cuenta del
Contratista las muestras de materiales requeridos por el Supervisor.
Asimismo, correrán por cuenta del Contratista los ensayos necesarios para verificar la
calidad de los materiales y las pruebas de los equipos.
La aprobación de los materiales y/o de los equipos por el Supervisor no libera al Contratista
de su responsabilidad sobre la calidad de los materiales y/o equipos.
5. ERRORES O CONTRADICCIONES
El Contratista debe hacer notar a la ENTIDAD cualquier error o contradicción en los
documentos, poniéndolo de inmediato en conocimiento del Supervisor.
Trabajos Topográficos
El Contratista procederá a la ejecución y control de los trabajos topográficos iniciales
consistentes en el replanteo del eje de diseño, nivelación y levantamiento de secciones
transversales de ser el caso, lo que será sometido a la aprobación de la supervisión.
Quedarán a cargo del Contratista, todos los trabajos topográficos complementarios relativos
a la ejecución y terminación de la Obra, los que consistirán en la colocación de estacas de
construcción y puntos topográficos de referencia, y otras indicadas por el Supervisor. Estas
estacas y puntos fijos constituirán el control en el campo o en la obra, por cuyo intermedio y
de acuerdo con los cuales el Contratista deberá dirigir y ejecutar la Obra. Asimismo, el
Contratista deberá conservar todas las estacas y referencias y reponerlas en caso de
destrucción.
El Supervisor verificará todas y cada una de las mediciones realizadas por el Contratista
para la correcta ejecución de la Obra. El Contratista proporcionará al Supervisor todas las
facilidades y cooperación necesarias para esta verificación.
La verificación de cualquier trazado o de cualquier línea o nivel por el Supervisor, no
relevará de ninguna manera al Contratista de su responsabilidad por la exactitud de los
mismos.
XXV. CORRESPONDENCIA
Cualquier comunicación entre el Contratista y la ENTIDAD o Supervisor se deberá hacer
por escrito.
El Contratista llevará un Cuaderno de Obra donde se anotarán las instrucciones del
Supervisor y las observaciones del Contratista además de cualquier hecho o
acontecimiento importante de la Obra.
La ENTIDAD y el Supervisor tendrán derecho a examinar este cuaderno en cualquier
momento y anotar en él sus observaciones.
El Contratista deberá entregar mensualmente al Contratante o al Supervisor, copias del
Cuaderno de Obra. El Contratista permitirá al Supervisor, en cualquier momento, examinar
las planillas de jornales y los inventarios de los materiales que estén en relación con los
trabajos.
El Contratista tendrá siempre en el sitio, a disposición del Supervisor, un juego de todos
los planos y Bases de especificaciones.
XXX. VALORIZACIONES
La forma de las valorizaciones y facturas de pago será la preparada por el Contratista en
coordinación con el Supervisor. El Contratista consignará en sus valorizaciones todos los
trabajos ejecutados, de acuerdo con las cantidades establecidas en las mediciones.
VALORIZACIONES MENSUALES
Las valorizaciones mensuales, se presentarán al supervisor o inspector para su
aprobación, durante los tres (03) primeros días contados a partir del primer día hábil del
mes siguiente a la ejecución de los trabajos en (02) original y una (01) copia,
acompañadas según el caso por los cómputos métricos resultantes de las mediciones de
los trabajos ejecutados hasta la fecha y verificados por el Supervisor.
El valor del pago mensual del Contrato ejecutados durante el mes en cuestión será:
El monto acumulado por los trabajos ejecutados hasta la fecha.
Menos el total facturado por trabajos ejecutados hasta el mes anterior.
Menos la amortización de los adelantos otorgados, si los hubiera, de acuerdo a los
porcentajes establecidos.
Menos cualquier otra retención o penalidad que sea necesario aplicar según lo previsto
en estos términos de referencia o en el Contrato.
Tomando en cuenta el valor resultante se extenderá la orden de pago mensual. Las
estimaciones del progreso de los trabajos pueden ser reajustadas conforme se efectúen
las estimaciones finales.
La inclusión de cualquier trabajo o material en las estimaciones de pagos mensuales, no
deberá ser interpretada como aceptación de tal trabajo o material y en consecuencia no
impedirá el rechazo de aquel trabajo, así estuviera cancelado parcialmente, si se descubre
que el mismo no está en estricto acuerdo con las especificaciones. Este rechazo incluirá
también el trabajo posteriormente ejecutado, si hay secuencia de dependencia. Todos los
equipos instalados, materiales y trabajos comprendidos en los pagos mensuales
ejecutados, serán considerados como propiedad de la ENTIDAD, pero esta disposición no
libera al Contratista de la responsabilidad total del mantenimiento hasta la conclusión del
Contrato.
LIQUIDACIÓN TÉCNICA
Documentos Sustentatorios
1. Generalidades
2. Descripción de Proyecto
3. Cuadro de Resumen de Liquidación de Obra
4. Ficha de Identificación de la Obra
5. Informe de Liquidación de Obra del Residente
6. Informe de Liquidación de Obra del Supervisor
7. Documentación de Adelanto Directo
8. Documentación de Adelanto de Materiales
9. Memoria Descriptiva Valorizada
10. Declaratoria de Fábrica
11. Liquidación de Contrato de Obra
12. Resumen de Valorizaciones Pagadas
13. Cálculos de Valorizaciones Recalculadas
14. Reajuste o Cálculo de Reintegros Recalculados
15. Deducción por Adelanto en Efectivo
16. Deducción por Adelanto de Materiales
17. Cálculo de mayores gastos generales
18. Cálculo de Multa
19. Cálculo de Interés
20. Cronograma valorizado de obra y progr. PERT CPM inicial
21. Cronograma valorizado de obra y progr. PERT CPM actualiz. y/o reprog.
22. Metrados Finales de Adicional, Deductivo
23. Informe para Devolución de Fondos de Garantía
24. Documentación de Cambio de Residente
25. Informe de Modificaciones de Obra
26. Planos de Replanteo
27. Certificado de Control de Calidad Originales
28. Panel Fotográfico
29. Levantamiento de Observaciones
30. Expediente Técnico Original
31. Expediente Técnico de Adicionales y Deductivos
32. Expediente del Proceso de Selección
33. Resumen de cumplimento del plan de seguridad y salud en el trabajo.
34. Resumen del cumplimiento del plan de mitigación ambiental.
LIQUIDACIÓN FINANCIERA
Documentos Sustentatorios
35. Valor Referencial
36. Resumen de Liquidación Financiera de Obras por Contrata
37. Presupuesto Final de Ejecución de Obra
38. Cuadro de Valorizaciones Pagadas
39. Carta Fianza de Garantía de Fiel Cumplimiento
40. Carta Fianza de Garantía de Adelantos
41. Cuadro de Conformidad de Pagos al Contratista
42. Facturas Emitidas y Comprobantes de Pago
43. Copia de PDT SUNAT, CONAFOVICER, Constancia de NO ADEUDO emitido por
SENCICO y otros
44. Copia Legalizada de Planilla de Obreros
45. Declaración Jurada
RESOLUCIONES
46. Ficha SNIP del Proyecto
47. Resolución de Aprobación del Expediente Técnico (copia fedateada)
48. Resolución del Comité de Recepción (copia fedateada)
49. Modificación del Expediente Técnico
50. Contrato de Ejecución de Obra (copia fedateada)
51. Contrato de Residente de Obra (copia)
52. Contrato y/o Designación del Inspector o Supervisor (copia)
53. Resolución de Adicionales y Deductivos (copia fedateada)
54. Resolución de Ampliación de Plazo (copia fedateada)
ACTAS
55. Acta de Otorgamiento de la Buena Pro (copia)
56. Acta de Entrega de Terreno Original (original)
57. Acta de Inicio de Obra Original (original)
58. Acta de Recepción de Obra (original)
59. Acta de Observaciones de Obra (original)
60. Acta de Paralización, Suspensión y Reinicio de Obra (copia fedateada)
61. Adenda de Contrato (copia fedateada)
OBSERVACIONES, CONCLUSIONES
62. Observaciones
63. Conclusiones
64. Recomendaciones
ANEXOS
65. RNP (copia)
66. Ficha RUC (copia)
67. Certificado de Habilidad de los Profesionales (copia)
68. Certificado de Vigencia de la Empresa (copia)
69. Adjuntar cd de Liquidación de Contrato de Obra (obligatorio)
XXXVII.PENALIDADES
La ENTIDAD ha considerado cualquiera de las partes de resolver el contrato, de
conformidad con los Artículos 32° y 36° de la Ley de Contrataciones del Estado,
concordante con los Artículos 164°, 165°, 166° y 177° de su Reglamento, de darse el caso
la Entidad procederá de acuerdo con lo establecido en el Artículo 207° del Reglamento de
la Ley de Contrataciones del Estado.
NOTA:
Asimismo, la ENTIDAD ha considerado la aplicación de penalidad de darse el caso, según
lo establecido el Artículo 161° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
1. Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su
cargo, pese haber sido requerido para ello.
2. Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por mora o el monto
máximo para otras penalidades, en la ejecución de la prestación a su cargo; o
3. Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese haber sido
requerido para corregir tal situación.
El Cuaderno de Obra será cerrado cuando la obra haya sido recibida definitivamente por la
Entidad. Y el contratista dispondrá la entrega a la Entidad el cuaderno de obra al finalizar
el proceso de recepción.
XL. ADELANTOS:
La Entidad establece la entrega de adelantos directos y adelantos para materiales o
insumos, de conformidad con el artículo 180 del Reglamento de la Ley de Contrataciones
del Estado.
1. ADELANTO DIRECTO
La Entidad otorgará adelanto directo del 10% del monto del CONTRATO ORIGINAL,
conforme a lo establecido en el artículo 181° del Reglamento.
NOTA IMPORTANTE:
El Expediente Técnico será entregado a los participantes al momento de adquirir las
bases. Previo pago por concepto de reproducción del mismo.
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.
Importante
No corresponde solicitar como equipamiento que el postor cuente con oficinas, locales u otros
espacios físicos. Asimismo, no se puede requerir características, años de antigüedad y demás
condiciones del equipamiento que no consten en el expediente técnico.
A.2 CALIFICACIONES DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE
FORMACIÓN ACADÉMICA DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE
Requisitos
- (01) Residente de Obra
Profesional Titulado, Colegiado y Habilitado: Ingeniero Civil y/o Arquitecto
Acreditación:
Se acreditará con copia simple de Título Profesional, Titulo Técnico, copia simple de la colegiatura y
copia simple de habilidad.
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.
Importante
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.
Importante
El residente de la obra debe cumplir la experiencia mínima establecida en el artículo 179 del
Reglamento.
Acreditación:
La experiencia del postor se acreditará con copia simple de: (i) contratos y sus respectivas actas de
recepción de obra; (ii) contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o (iii) contratos y sus
respectivas constancias de prestación o cualquier otra documentación 1 de la cual se desprenda
fehacientemente que la obra fue concluida, así como el monto total que implicó su ejecución;
correspondientes a un máximo de diez (20) contrataciones.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de
consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las
obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia
proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del
20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en
Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones
equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso
que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las
obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en
caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo acompañar la
documentación sustentadora correspondiente.
Si el postor acredita experiencia de una persona absorbida como consecuencia de una reorganización
societaria, debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9.
Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, debe indicarse el
tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la
fecha de suscripción.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 10 referido a la experiencia
del postor en la especialidad.
Importante
En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva
“Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
1
Asimismo, la Entidad puede adoptar el siguiente requisito de calificación:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases, así como el
requisito de calificación, si este no ha sido incluido
Importante
Si como resultado de una consulta u observación corresponde precisarse o
ajustarse el requerimiento, se solicita la autorización del área usuaria y se
pone de conocimiento de tal hecho a la dependencia que aprobó el
expediente de contratación, de conformidad con el numeral 72.3 del artículo
72 del Reglamento.
CAPÍTULO IV
FACTORES DE EVALUACIÓN
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se
considera lo siguiente:
PUNTAJE / METODOLOGÍA
FACTOR DE EVALUACIÓN
PARA SU ASIGNACIÓN
A. PRECIO
Pi = Om x PMP
Oi
I = Oferta
Pi = Puntaje de la oferta a evaluar
Oi = Precio i
Om = Precio de la oferta más baja
PMP = Puntaje máximo del precio