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Firmado por: Editora

Peru
Fecha: 17/11/2023 00:20

96 NORMAS LEGALES Viernes 17 de noviembre de 2023 / El Peruano

Artículo Segundo.- ALCANCES VISTOS:


Podrán acogerse a la presente Ordenanza todas las
personas naturales y/o jurídicas que tengan la calidad de En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de
contribuyentes o responsables tributarios, cuyas deudas la fecha; el Memorando Nº 1345-2023-GM/MDMP de
tributarias se encuentren canceladas, tomando en cuenta la Gerencia Municipal; el Informe Legal Nº 458-2023-
las siguientes especificaciones: MDMP/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica,
el Memorando Nº 0185-2023-MDMP/OGPP de la Oficina
1. Contribuyentes que se encuentren sin deudas por General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando
el concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, Nº 237-2023-MDMP/GDSE-SGSVE de la Gerencia de
antes de la entrada de vigencia de la presente ordenanza, Desarrollo Social, Vecinal y Económico, el Memorando
hasta el término de la misma. Nº 001-2023-MDMP/OGPP de la Oficina General de
2. Contribuyentes que se encuentren sin deudas por Planeamiento y Presupuesto el Memorando Nº 050-2023-
el concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, MDMP/GDSE-SGDE de la Subgerencia de Desarrollo
desde la entrada de vigencia de la presente ordenanza, Económico, el Memorando N° 945-2023-MDMP-GSCF
hasta el término de la misma. de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización,
La presente Ordenanza tiene como objetivo la el Memorando Nº 050-2023- MDMP/GDSE-SGDE de
exoneración del derecho de tramitación de la Constancia la Subgerencia de Desarrollo Económico, el Informe
de No Adeudo Tributario por la cancelación de las deudas Nº 340-2023-MDMP-GSCF/SGFCT de la Subgerencia
tributarias, en la jurisdicción del Distrito de Mi Perú. de Fiscalización, Control y Transporte, el Memorando
Nº 048-2023- MDMP/GDSE-SGDE de la Subgerencia
Artículo Tercero.- RÉGIMEN DE BENEFICIOS de Desarrollo Económico, el memorando Nº 011-2023-
TRIBUTARIOS MDMP/OPIM de la Oficina de Planificación, Inversiones
y Modernización, el Memorando Nº 988-2023-GM/MDMP
a) Los contribuyentes que no se encuentren con de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 223-2023-MDMP-
deuda por concepto de Impuesto Predial y en los Arbitrios GDSE de la Gerencia de Desarrollo Social y Económico,
Municipales, gozarán del siguiente beneficio: el Informe Nº 245-22023-MDMP/GDSE-SGDE de la
Subgerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº
• Exoneración del 100% del Derecho de Tramitación
265-2023-MDMP-GDSE-SGSPA de la Subgerencia de
para la solicitud de Constancia de No Adeudo Tributario.
Salud y Programas Alimentarios, el Memorando Circular
Artículo Cuarto.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Nº 032-2023-MDMP-GDSE de la Gerencia de Desarrollo
El descuento establecido como beneficio tributario Social y Económico, el Memorando Nº 164-2023-
señalado en la presente Ordenanza es aplicable al MDMP/GPVAH de la Gerencia de Participación Vecinal
derecho de trámite regulado en el TUPA vigente de la Asentamientos Humanos, el Informe Nº 307-2023-MDMP-
Municipalidad Distrital de Mi Perú, siempre y cuando se GSCF/SGFCT de la Subgerencia de Fiscalización,
cumpla con la cancelación total del Impuesto Predial y de Control y Transporte, el Informe Nº 135-2023-MDMP-
los Arbitrios Municipales en las fechas límites señaladas SGFCT-SCHT emitido por la Coordinadora General
en el artículo segundo de la presente. de Fiscalización, sobre el proyecto de Ordenanza que
Regula la Formalización del Comercio Ambulatorio en los
Artículo Quinto.- VIGENCIA Espacios Públicos Regulados del Distrito de Mi Perú y
La presente Ordenanza tendrá un plazo vigente hasta Promueve su Emprendimiento Local y;
el 31 de Diciembre de 2023, a partir del día siguiente de
su publicación en el Diario Oficial El Peruano. CONSIDERANDO:

DISPOSICIONES FINALES Que, el artículo 194 de la Constitución Política


del Perú establece que los gobiernos locales gozan de
Primera.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, autonomía política, económica y administrativa en los
Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento asuntos de su competencia, en concordancia con el
de la presente Ordenanza, a la Oficina General de artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Administración y Finanzas, a la Oficina General de la Municipalidades, Ley N° 27972, que señala que la
Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de autonomía que otorga la Constitución Política del Estado
Recaudación y Fiscalización Tributaria, su implementación a las municipalidades, radica en la facultad de ejercer
Segunda.- ENCARGAR a Oficina General de actos de gobierno, administrativos y de administración,
Secretaria y Gestión Documentaria su publicación en con sujeción al ordenamiento jurídico;
el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina General de Que, el artículo 195° de la Constitución Política
Planeamiento y Presupuesto la publicación en la página del Perú, señala que las municipalidades promueven
web de la Municipalidad el desarrollo y la economía local, y la prestación de
Tercera.- FACÚLTESE al Sr. Alcalde, para que los servicios públicos de su responsabilidad, siendo
mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la competentes, entre otros, para planificar el desarrollo
presente norma o dicte las disposiciones reglamentarias urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la
que puedan ser necesarias para su mejor aplicación, si la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial;
gestión operativa de los tributos indicados así lo amerita. Que, la Constitución Política del Estado establece
en su artículo 73° que los bienes de dominio público son
Regístrese, comuníquese y cúmplase. inalienables e imprescriptibles. Los bienes de uso público
pueden ser concedidos a particulares conforme a ley, para
IRVIN T. CHAVEZ LEON su aprovechamiento económico;
Alcalde Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo IV
del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades
2235579-1 N° 27972, los gobiernos locales tienen por finalidad
representar al vecindario, promoviendo la adecuada
Ordenanza que Regula la Formalización prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo
integral sostenible y armónico de su circunscripción;
del Comercio Ambulatorio en los Espacios correspondiéndoles en materia de abastecimiento y
Públicos del distrito de Mi Perú comercialización, en áreas públicas de su jurisdicción y
con sujeción y concordancia con la Constitución Política
ORDENANZA Nº 142-MDMP del Perú, el regular y controlar el comercio ambulatorio, de
acuerdo con las normas establecidas por la municipalidad
Mi Perú, 6 de noviembre de 2023 provincial, con la finalidad de velar por la seguridad,
salubridad y desarrollo local del vecindario.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE Que, el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972 –
MI PERU Ley Orgánica de Municipalidades prescribe: “Corresponde
El Peruano / Viernes 17 de noviembre de 2023 NORMAS LEGALES 97
al Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Memorando Nº 1358-MDMP/GM de Gerencia Municipal,
ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos” así como el Informe Nº039-2023-MDMP-GAT, de la
Que, el Reglamento de la Ley General del Sistema Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº
Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto 00282-2023-MDMP-GAT-SGRFT de la Subgerencia de
Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, estipula en el literal a) Recaudación y Fiscalización Tributaria;
del numeral 2.2. del artículo 2° que Bienes de Dominio
Público son aquellos bienes estatales destinados al uso CONSIDERANDO:
público, entre otros, plazas, parques, infraestructura
vial, caminos y otros, cuya administración, conservación Que, el artículo 194º de la Constitución Política
y mantenimiento corresponde a una entidad. Tienen el del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de
carácter de inalienables e imprescriptibles. Sobre ellos, el Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades
Estado ejerce su potestad administrativa, reglamentaria y Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local,
de tutela conforme a ley; tienen autonomía política, económica y administrativa
Que el numeral 3.2) del artículo 83° de la Ley N° 27972, en los asuntos de su competencia, en concordancia con
dispone que son funciones específicas exclusivas de las el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
municipalidades distritales, en materia de abastecimiento Municipalidades, Ley Nº 27972;
y comercialización de productos y servicio, regular y Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de
controlar el comercio ambulatorio. Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que el alcalde
Asimismo, señala que se han efectuado reuniones ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en
con los dirigentes de las asociaciones que representan la indicada ley mediante decretos de alcaldía, asimismo
al comercio ambulatorio del distrito, explicándoles el artículo 42º refiere que los decretos de alcaldía
los alcances de la propuesta de ordenanza y que establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
la Municipalidad cautelaría el orden de la actividad ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios
ambulatoria y por ende la tranquilidad pública del para la correcta y eficiente administración municipal
vecindario; y resuelven o regulan asuntos de orden general y de
Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de interés para el vecindario, que no sean de competencia
las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo del concejo municipal;
9º, y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Que, mediante Ordenanza Nº 136-MDMP,
Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de debidamente publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el
los señores regidores asistentes a la sesión extraordinaria día 27 de setiembre de 2023, se establecieron una serie
de concejo de la fecha, y con la dispensa de la lectura y de beneficios a favor de los contribuyentes del Distrito de
aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: Mi Perú para el pago de sus obligaciones tributarias hasta
el 15 de noviembre de 2023;
ORDENANZA QUE REGULA LA FORMALIZACIÓN Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza
DEL COMERCIO AMBULATORIO EN LOS ESPACIOS Nº 136-MDMP, faculta al Sr. Alcalde, para que mediante
PÚBLICOS DEL DISTRITO DE MI PERÚ decreto de alcaldía, disponga las disposiciones
complementarias necesarias para la adecuada aplicación
Artículo Primero.- APROBAR la ORDENANZA de la referida ordenanza, asimismo pueda prorrogar su
QUE REGULA LA FORMALIZACIÓN DEL COMERCIO vigencia en ese sentido.
AMBULATORIO EN LOS ESPACIOS PÚBLICOS DEL Que, mediante Informe Nº 039-2023-MDMP-GAT,
DISTRITO DE MI PERÚ, que en anexo se adjunta y firma la Gerencia de Administración Tributaria, recaído en
parte integral del presente dispositivo. el Informe Nº00282-2023-MDMP-GAT-SGRFT, señala
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia que resulta necesario ampliar una vez más el plazo
Municipal, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a la de los beneficios otorgados con la referida ordenanza
Subgerencia de Fiscalización, Control y Transporte y denominada “Ordenanza que otorga beneficios
demás áreas competentes el cumplimiento de la presente tributarios en el Distrito de Mi Perú”, a fin de continuar
Ordenanza. con el desarrollo de diferentes proyectos en beneficio
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de la población de las zonas más vulnerables, así como
de Secretaría y Gestión Documentaria la publicación de incentivar a la población a tener una adecuada cultura
la presente Ordenanza en el diario oficial “El Peruano” y tributaria proponiendo que su prórroga sea hasta el 31
a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la de diciembre del 2023;
publicación de la Ordenanza y su reglamento en el portal Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la
institucional (www. munimiperu.gob.pe). Oficina General de Asesoría Jurídica, según Informe Legal
Nº 464-2023-MDMP/OGAJ, y lo dispuesto en el artículo
Regístrese, comuníquese y cúmplase. 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley Nº 27972;
IRVIN T. CHAVEZ LEON
Alcalde DECRETA:

2235581-1 Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de


la Ordenanza Nº 136-MDMP, denominada “Ordenanza
que otorga beneficios tributarios en el Distrito de Mi
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Perú”, hasta el 31 de diciembre del 2023, según los
Nº 136-MDMP, denominada “Ordenanza considerandos expuestos.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
que otorga beneficios tributarios en el Administración Tributaria adoptar las acciones pertinentes
Distrito de Mi Perú” para el cumplimiento del presente decreto de alcaldía.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General
DECRETO DE ALCALDÍA de Secretaría y Gestión Documentaria la publicación del
Nº 010-2023-MDMP presente decreto de alcaldía en el Diario Oficial El Peruano
y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, su
Mi Perú, 9 de noviembre de 2023 publicación en el portal institucional de la Municipalidad
Distrital de Mi Perú, con dirección electrónica: http://
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE munimiperu.gob.pe.
MI PERÚ.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
VISTO:
IRVIN T. CHAVEZ LEON
El Memorando Nº 1377-2023-MDMP/GM, de la Alcalde
Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 464-2023-MDMP/
OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el 2235570-1

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