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ACUSACION
ACUSACION
ACUSACION
Sumilla
ACUSACIÓN
Observación
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"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO"
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DISTRITO FISCAL DE PIURA
PRIMERA FISCALÍA PROVINCÍAL
EXPEDIENTE: 03232-2016-0-20tH<^R-PE-02 y v
CARPETA FISCAL: 1065-2015 > /.
MATERIA: Lesiones Graves y Daño Ágra^íd^'
4.- IRIS CRIS flNiM LIÑAN PORTILLA: 35 años, lugar de nacimiento José Leonardo Ortiz -
Chiclayo - La mbayeque, fecha de nacimiento: 08/06/1982, grado de instrucción Segundo
año Secundar astado civil Soltera con hijos, DNI N°42401573, domiciliada en Calle los
Andes Mza 48 lote 15 AH Gonzales Prada - Castilla, hija de Augusto LIÑAN y de Ana
PORTILLA.
CARACTERÍSTICAS PERSONALES: De sexo femenino, cara redonda de 1.50 metros de
estatura , dej aproximadamente 60 kilogramos de peso, de contextura mediana, cabellos
lacios cortos ;olcr negro, orejas semi grandes semi abiertas, cejas semi pobladas semi
curvas depilacjas, ojos almendrados negros marrones, nariz grande, fosa nasales abiertas,
boca grande, Ikbiós semi gruesos, datos según ficha de RENIEC.
\". c •-
Abogado DeW nsor: Dr. Alonso Quintana Requena
5.- RICARDO PAJLZETA SAUCEDO: 22 años, lugar de nacimiento Castilla- Piura, fecha
de nacimiento 20^02/1994, grado de instrucción Tercero Secundaria, estado civil Soltero,
DNI N° 74234D75I, domicilio en Mza D lote 08 AH Campo Ferial - Castilla, hijo de Ricardo
ZETA y de Bla ica ris Saucedo,
CARACTERÍSTICAS PERSONALES: De sexo masculino 1.63 metros de estatura , de
aproximadamente f>0 kilogramos de peso, de contextura mediana, cabellos ondulados cortos
color negro,i breas grandes semi cerradas, cejas semi pobladas semi curvas, ojos
almendrados- neg -©s, nariz grande ancha, fosa nasales medianas cerradas, boca grande,
labios semi gruesos, no tiene bigote se afeita, según ficha RENIEC.
Abogado Defensor: Dr. Walter Arboleda.
Domicilio Procesal: Av. Bolognesi N° 349 Oficina 102- Piura.
7.- LISBETH VANIESSA SAUCEDO CHAVEZ, 30 años, lugar de nacimiento Castilla- Piura,
fecha de nacimiento 10/11/1969, grado de instrucción, Quinto Secundaria, estado civil
Soltera - cor) hijos, DNI N° 44741924, domiciliada en Mza C lote 52 AAHH. Campo Ferial -
Castilla, hija be Carlos Edilberto Saucedo y de Marcela CHAVEZ.
CARACTERÍSTICAS PERSONALES: De sexo femenino 1.55 metros de estatura, de
aproximadamente] 75 kilogramos de peso, de contextura mediana, cabellos largos lacios
color negro, oiiejas grandes, cejas semi pobladas depiladas, ojos negros almendrados, nariz
semi recta, fosa ijiasales medianas semi abiertas, boca grande labios semi gruesos, datos
obtenidos de \k FliCHA REMIEC.
Abogado Defensor: Dr. Luis Chamba Pinto
Domocilio Pro¿es;al: Av. Sánchez Cerro N° 1226-2do Piso- Piura (Defensoría Pública).
8.- MARCELA Ch ÁVEZ PASAPERA: 51 años, lugar de nacimiento Castilla- Piura, fecha de
nacimiento 2|2/07y1 966, grado de instrucción quinto Secundaria, estado civil Soltera - con
hijos, DNI Nf |02/ 74285, domiciliada en Calle Augusto Salazar Bondy N°.215 AH. Campo
Polo -Castilla, hij lie Jorge Chavez y de Magna PASAPERA.
CARACTERISTICJÁS PERSONALES: De sexo femenino 1.65 metros de estatura, de
aproximadamente |75 kilogramos de peso, de contextura robusta, cabellos largos lacios
color negro, orejs s grandes, cejas semi pobladas, ojos negros almendrados, nariz grande
semi recta, fosa rásales medianas semi cerradas, boca grande labios semi delgados, datos
obtenidos de \k FICHA REMIEC.
Abogado Defensor Dr. Luis Chamba Pinto
Domicilio Procesal : Av. Sánchez Cerro N° 1226-2do Piso- Piura (Defensoría Pública).
-PARTE AC RA VIADA:
- Miguel N f /ARRO CARMEN
Domicilio! Fjtea : Mza G lote 26 AH Calixto Balarezo - Castilla.
Abogado!c efertsor: Dr. Julio C. Carrasco Sánchez.
Domicilio Procesal. Av. Bolognesi N°361-A1 Oficina 01 Primer Piso - Piura.
Maritza Sorar ra YAMUNAQUE ZAPATA.
Domicilio Fleal: Mza G lote 26 AH Calixto Balarezo - Castilla.
Abogado defensor: Dr. Julio C. Carrasco Sánchez.
Domicilio Frocesal. Av. Bolognesi N° 361-A1 Oficina 01 Primer Piso - Piura.
3.- Evelyn Marve ly NAVARRO YAMUNAQUE.
DomicilioiRea j Mza G lote 26 AH Calixto Balarezo - Castilla,
Abogado defenbor: Dr. Julio C. Carrasco Sánchez.
DomicilioíProceisal. Av. Bolognesi N°.361-A1 Oficina 01 Primer Piso - Piura.
2.3.-CIRCUNÍSTINCIAS POSTERIORES:
1
Con fecha Ofl/Oá/2015, Maritza YANUMAQUE ZAPATA y Evelyn Marvelly NAVARRO
YAMUNAQUE concurrieron a la Fiscalía a denunciar a las personas de Iris LIÑAN
PORTILLA R cardo ZETA SAUCEDO, RICHARD ZETA OLIVARES, JÚNIOR JHOSIMAR
PALACIOS SAUCEDO, KARIN SAUCEDO RAMÍREZ, MARCELA CHAVEZ , KARLA
SAUCEDO CHAvEZ, VANESSA SAUCEDO CHAVEZ, por los delitos de Lesiones y Daño
Agravado. De gual modo, con fecha 03/09/17, la PNP de El Indio realizó la Constatación de
Daños Materiales en el inmueble citado adjuntando fotografías.
De ¡gual modc, a a agraviada Evelyn Marvelly Navarro se le practicó el Certificado Médico
Legal N° 01C38o-pL de fecha 01/09/2015, concluyendo: Lesión traumática traumática
externa de pijige i cortante y contuso que no puso en riesgo la vida de la paciente,
prescribiendo ncci||ac¡dad Médico Legal: 08 días.
En cuanto a Ik agraviada Maritza Soraira YAMUNAQUE ZAPATA se le practicó el RML.
010435-OL coi feqha 02/09/2015 concluyendo: Lesiones Traumáticas externas recientes de
origen contuso po--mecanismo activo, prescribiendo Incapacidad Médico Legal: 05 días.
_ -viado Miguel Navarro Carmen se le practicó el Certificado Médico Legal
En cuanto al ágra
N° 010604-DáX con fecha 07/09/2015 que concluyó: trauma abdominal abierto por arma
blanca, perforación de epiplon más laceración de estómago, prescribiendo 40 días de
Incapacidad Médix) Legal.
17/127Í15 añoras 13.00, haber sido victima de daños de su equipo de sonido nuevo,
por las personas que se encuentran denunciadas siendo ellas: Iris Cristina LINAN
PORTILLA, Ricardo ZETA SAUCEDO, RICHARD ZETA OLIVARES, JÚNIOR
PALACIOS SAUCEDO, KARIN BENITA SAUCEDO RAMÍREZ, MARCELA CHAVEZ,
CARLA S+EFAMY SAUCEDO CHAVEZ, VANESSA SAUCEDO CHAVEZ, por los
delito-.Dañós agravados., en su agravio y de Miguel Navarro Carmen.
9. Declaración de Evelyn Marvelly NAVARRO YUMUNAQUE (a folios 79 al 82), de
fecha? 17/1*2/15 a horas 10:00, que formula denuncia ante la Fiscalía de Turno de
Castilla contra Iris Cristina LIÑAN PORTILLA, Ricardo Paúl ZETA SAUCEDO,
RICARDO ZETA OLIVARES, JÚNIOR PALACIOS SAUCEDO, KARIN BENITA
SAUCEDO RAMÍREZ, MARCELA CHAVEZ PASAPERA, CARLA STEFANY
SAUCEDQ CHAVEZ, VANESSA SAUCEDO CHAVEZ, por los delitos de Lesiones
Graves producidas por arma blanca, Leves por arma blanca y objeto contundente, y
Daños agravados., en su agravio y de Miguel Navarro Carmen., y la autora de las
lesiones en su agravio fue caria SAUCEDO CHAVEZ, y lo hizo en momentos que ella
trato de ayudar a su padre y la Karla la coge de sus cabellos y con un cuchillo la
lesiona a á altura del cuello, es donde Júnior lo hiere con un cuchillo a su padre
MiguejIÍNa/arro, y luego ellos han ingresado a la casa y efectuaron los daños y ellas
no puerro ¿vitarlo en razón que eran numerosos y se han refugiado en casa de sus
vecinoá, s altando por el techo, y el arma blanca que le fue sacado a su padre fue
entregado a un efectivo policial de apellido SILVA PEÑA Winston.
10. Declarjacióii de Kelvin Evander NAVARRO YAMUNAQUE (a folios 83 al 85), de
fecha 17/12/15 a las 11:30, manifestó que los hechos se han suscitado cuando ellos
habían recresado de su trabajos de albañilería y a las 18:30 aproximadamente, en
momeritos que el se encontraba en el interior de su habitación y su señor padre se
encontraba cenando pudo escuchar gritos amenazantes y al salir los investigados Iris
Cristina LIÑAN PORTILLA, Ricardo Paúl ZETA SAUCEDO, RICARDO ZETA
OLIVARES!, JÚNIOR JHOSIMAR PALACIOS SAUCEDO, KARIN SAUCEDO
RAMÍREZ MARCELA CHAVEZ PASAPERA, CARLA SAUCEDO CHAVEZ,
VANBSSA SAUCEDO CHAVEZ, se encontraban provistos de piedras, palos y
cuchillos, y el salir con su padre para ver lo que estaba sucediendo su padre Miguel
fue les oni do con arma blanca por parte de Júnior con un cuchillo en el abdomen, y
al verle saigrando lo lleva hasta el Hospital, sin antes hacer entrega del arma blanca
al efeclivo policial de nombre Winston Silva Peña, y al retornar se da con la sorpresa
que los investigados ingresaron al interior de la casa y efectuaron provocado daños
y habían lesionado a su madre MARITZA Y SU HERMANA EVELYN, y ellas habían
formulado la denuncia ante la Fiscalía de Castilla.
11. Declárkcióh de Miguel Ángel NAVARRO YAMUNAQUE (a folios 86 al 88), de
fecha! 17/1 á/15 a horas 11.00 que con relación a los hechos en agravio de su padre,
en moí lenfos que los denunciados Iris Cristina LIÑAN PORTILLA, Ricardo Paúl
ZETA1 gAUbEDO, RICARDO ZETA OLIVARES, JÚNIOR PALACIOS SAUCEDO,
KARIN BE NITA SAUCEDO RAMÍREZ, MARCELA CHAVEZ PASAPERA , CARLA
STEFAJINY RAUCEDO CHAVEZ, VANESSA SAUCEDO CHAVEZ, por los delitos de
Lesiones iraves producidas por arma blanca, Leves por arma blanca y objeto
contundenIte, y Daños agravados., en agravio y de Miguel Navarro Carmen, el logra
poners buen recaudo y después toma conocimiento que el autor de la lesión de
Miguel fue el investigado Júnior Palacios Saucedo, que habia utilizado un arma
blanca cuc hillo.
12. Declaración de Miguel NAVARRO CARMEN (a folios 89 al 91), de fecha 17/12/15
a horas 0 3:00, que de los hechos suscitados en su agravio en momentos que él
habia! reto-nado de su trabajo, y se encontraba cenando llegaron las personas de
JUNIO* JHOSIMAR PALACIOS SAUCEDO, CARLA STEFANY SAUCEDO
CHAVEZ IRIS CRISTINA LIÑAN PORTILLA, RICARDO PAUL ZETA SAUCEDO,
RICARDO! ZETA OLIVARES, KARIN BENITA SAUCEDO CHAVEZ, LISBETH
VANESSAÍ SAUCEDO CHAVEZ Y MARCELA CHAVEZ PASAPERA, los mismos que
se encontraban portando piedras, palos y cuchillos, y el autor de la lesión con arma
blanca¡cudhillo, fue JÚNIOR JHOSIMAR PALACIOS SAUCEDO. Y por versiones de
sus familiares estas personas investigadas también causaron daños y lesiones a su
espos;a e hija, por ello ya fueron denunciadas.
13. OnceHomas Fotográficas (a folios 92 al 97), de la destrucción de los vidrios de la
puerta ¡y ventana, así como muebles, artefactos y Lesión de la agraviada Evelyn
Marvelly NAVARRO YAMUNAQUE, Miguel NAVARRO CARMEN, Estilita de Jesús
AQUINO URBINA.
14. Declaración Jurada con legalización de Notario (a folios 105 al 112) de fecha
04/017Í201J6, presentada por Miguel NAVARRO CARMEN, por la suma de
S/.17,850.bo ns. De inmuebles conforme a la declaración.
15. Boleta; de| Venta e Insta de Vidrios N°.000011 (a folios 115) a nombre de Miguel
Navarro Carmen, por la suma de S/.400.oo ns.
16. Boletais d^ Venta por compras de medicamentos (a folios 117 al 142), N°399789
por la! sunjia de S/.20.00 ns, N°.399763 por la suma de S/.8.00 ns, N°.399782 por
sumaíde S/I20.00 ns, N°.399801 por la suma de S/.130.oo ns, N°.400018 por la suma
S/.74'5:b, s|¡°.399784 por la suma de S/.35.00, N°.021662 por la suma S/.10.00,
N°.399780 por la suma de 46.00 ns, N°.002961 por la suma de 41.50 ns, N°.400019
por la ^;um á de S/.3.00 ns, N°.399761 por la suma de S/.114.50 ns, N°.400371 por la
suma ¿le Si/.8.00, N°.399765 por la suma de S/.25.00 ns, N°.244773 por la suma de
S/.11.ob rs, N°.400271 por la suma de S/:5.00 ns, N°.030297 por la suma de
S/.10.20 n >, N°.021920 por la suma de S/.700.00 ns.
17. Declamación del Imputado Ricardo Paúl ZETA SAUCEDO(a folios 225 al 227), de
fecha 06 de Junio del 2016, a horas 11:20, niega los hechos imputados.
18. Declaración de Iris Cristina Uñan Portilla (a folios 231 al 232), de fecha 06/07/16
a horas 10:20, negó los cargos imputados.
19.Ampl|ciición de declaración de MARITZA SORAIRA YAMUNAQUE ZAPATA (a
folios ¡235 al 236), se ratifico en todo el contenido de su denuncia y la autor de sus
lesiones f i e la persona de Karla Saucedo, ella la agrede con piedras u le impacta en
su bra;:o clercho y la otra en su pierna la misma que estaba operada, cesaron las
agresicnes. cuando ella habia saltado a casa de su vecina y en la actualidad esta
recibiendo terapaias en el hospital Santa Rosa de Piura, y el que acuchillo a su
espose fue la persona de Júnior Jhosimar después en compañía de Ricardo ZETA
OLIVA!\Ei ; y otros han ingresado y asu merced han quebrado todas sus bines que
se encontraban en la sala.
20. Ampta cien de Declaración de Miguel NAVARRO CARMEN (a folios 239 al 240),
de fecfía Cié 2016, a horas 08:20, declaro haber sido victima de lesiones con arma
blanda cuchillo, y el autor de sus lesión fue Júnior Jhosimar , es donde lo han
auxiliado n\ Hospital Santa Rosa de Castilla, y después a su recuperación le han
contada lo 3, hechos ya denunciados.
21. Amplié cicrí de declaración de Evelyn Marvelly NAVARRO YAMUNAQUE (a folios
246 al 247), de fecha 06 de Junio del 2016,a horas 09:55, se ratifica en todo el
conteníido de la denunca en agravio y de Maritza Soraira Yamunaque Zapata y de
Miguel Navarro Carmen, contra todos los denunciados, por delito de lesiones graves,
leves con arma blanca y lesiones con objeto contundente y daños a la bienes
propioL.
22. Declaración de Imputado Ricardo Zeta Olivares (a folios 253 al 255), de fecha
09/07T 6 a[horas 11:00, NEGÓ LAS IMPUTACIONES POR LOS AGRAVIADOS.
23 Ofici¿ N°.4970-2016-CSJPI/PJ, (a folios 307 al 308), de fecha 18/05/16, informa
queüunicr Jhosimar PALACIOS SAUCEDO, Carla Stefany SAUCEDO CHAVEZ,
RicarSo Z r TA OLIVARES, Iris Cristhina LIÑAN PORTILLA, Karin Benita SUCEDO
••• •••
1 ¡:
Así, se les imputa a todos los acusados la comisión del delito de Daños Agravado en calidad
de CO-AUTO&E al haber realizado de manera conjunta la conducta ilícita, acción que han
realizado de |manfera consciente y voluntaria teniendo todos el dominio del hecho, siendo la
intervención p cada uno relevante para la realización del hecho delictivo y asumiendo con
ello la resporlsabi ¡dad.
Es la realización ¿01íjunt* de un delito por varias personas que colaboran consciente y voluntariamente, por lo que se señala que el
dominio del hecho es comí m a varias personas, interviniendo cada una de ellas de forma relevante, asumiendo por igual la responsabilidad
de la realización del h ;cho delictivo. Se encuentra regulada en el artículo 23° del CP. que señala: "...los que lo cometan conjuntamente..."
Respecto del Aporte Individual que realiza cada imputado se tiene que, conforme ha
señalado la agraviada Maritza Soraida Yamunaque Zapata escuchó que en las afueras de
su casa había! gehte gritando, lanzando piedras, rompiendo las lunas y cuando su esposo
abrió la puerta és'tas personas estaban gritando liderados por KARIN BENITA SAUCEDO
RAMÍREZ y que Guando su hija Evelyn salió a ver a su papá CARLA STEFANY SAUCEDO
CHAVEZ jala [a sü hija de los cabellos y le cortó con un cuchillo cerca del cuello y mi hija
herida entró conmigo y a los minutos mi hijo Kelvin empezó a gritar que a mi esposo Miguel
lo había ac|i chillad o JÚNIOR JHOSIMAR PALACIOS SAUCEDO; luego también llegó
RICHARD ZETA 'OLIVARES y con JÚNIOR JHOSIMAR PALACIOS SAUCEDO siguieron
lanzando piedras! y a insultar, rompiendo el portón, entrando los denunciados quienes
empezaron a ¿ausar destrozos amenazando que querían incendiar la casa y con la finalidad
de salvaguardar s|us vidas se han subido al segundo piso de su casa y vimos que JÚNIOR
JHOSIMAR PALACIOS SAUCEDO y RICHARD ZETA OLIVARES subían queriéndonos
hacer daño, y éstas personas seguían en mi casa causando destrozos. (Fs. 73) También
precisa: fui agredida por CARLA SAUCEDO CHAVEZ, ella me agredió con piedras y me
cayó en la pierna ¿ue estaba operada (derecha), Júnior también me agredió, siendo que le
moretearon lájpieNia, no podía caminar bien porque estaba operada de la pierna, que optó
por resguardarse ¡porque Júnior con Ricardo Zeta (papá) nos seguían con machetes,
precisando adema? que Júnior acuchillo a mi esposo, comenzó a quebrar las cosas, Ricardo
Zeta Olivares ¡con su hijo comenzaron a tirar machetazos y piedras al portón, lo abrieron el
portón y luego se metieron Ricardo e hijo y Júnior a romper las cosas y las otras personas
estaban afuera tirando piedras con dirección a la casa. (Fs. 235-236)
De igual mod¿, Estelita del Jesús Aquino Urbina precisa que empezaron a tirar piedras y
decir palabras soe ¡ees y en ese momento salió mi esposo y mi suegro a ver lo que pasaba, y
empezaron a. quebrar todas las lunas del portón de la ventana de la puerta de la casa donde
vivo con mi esposo y su familia, y cuando empezaban a tirar la piedra y quebrar los vidrios,
comenzaron ¡a caerles a mis hijos y a mi suegro por la espalda, y cuando mi suegro sale, en
ese momentrj) o acuchillan en el estómago, y nosotras nos quedamos solas y comenzaron a
gritar la señora Kíirín, Júnior, César, que nos iban a matar a cualquiera de nosotros. (Fs. 77)
Por su parte, Evslyn Marvelly Navarro Yamunaque precisa que: al promediar las seis y
treinta aparecí aron todos los denunciados empezando a romper las lunas de las ventanas de
mi casa, lanzande piedras y ladrillos, gritando palabras soeces, saliendo mi papá para evitar
que estas personas sigan causando daños acompañado de mi hermano Kelvin y yo salí para
ayudar a mi papá y CARLA STEFANY SAUCEDO CHAVEZ me cogió de los cabellos y con
un cuchillo me certó cerca del cuello y al estar sangrando mi hermano Kelvin me dijo que
entrara y al pasar unos minutos Kelvin entró con las manos con sangre gritando que mi papá
había sido herdo don un cuchillo por parte de JÚNIOR JHOSIMAR PALACIOS SAUCEDO;
y al ver ésUs personas que mi hermano se había llevado a mi papá al hospital,
aprovecharon a ir grasaron a mi casa y empezaron a romper todo lo que estaba en mi casa
gritando, y pa"a salvaguardar sus vidas nos fuimos al segundo piso de donde nos hemos
lanzado al inte rior ¡de la casa de la vecina, quedándose éstas personas en el interior de mi
domicilio caus ando destrozos. (Fs. 80) Posteriormente, a nivel de ampliación de declaración
se ha ratificado en que fue agredida por CARLA SAUCEDO con un arma blanca (una navaja
puede ser) a La altura del cuello, que quienes llegaron a romper las lunas de mi casa fue la
señora Karin, Ricardo Zeta y su hijo, Vanessa, Carla su esposo, Marcela, los portilla,
empezaron a rorr per las lunas que nos iban a matar, Ricardo decía que traigan gasolina
para quemarnos Júnior también llegó a romper las lunas, rompieron el eternit del segundo
piso, una hija (Yadira Montenegro Saucedo) de la señora Karin ingresaron a mi casa
también a roijnber cosas en mi casa, todos rompían lo que querían, ingresaron a la cocina, a
mi cuarto, ro6<i, cosas tiradas al suelo, a mi se me perdió dinero, Júnior cogía los televisores
y los tiraba aípisc.;(Fs. 246-247)
En el mismo sentido Kelvin Evander Navarro Yamunaque ha precisado: vi a los denunciados
provistos con piec ras, palos y cuchillos, siendo la señora MARCELA CHAVEZ PASAPERA,
f "
quien gritaba j / llamaba a mi hermano Miguel diciendo que quería matarnos, al igual que
habían matado a| su hijo en el Ecuador, yo salí con mí padre y JÚNIOR JHOSIMAR
PALACIOS SAUCEDO con un cuchillo lo hirió en el abdomen, llevando a mi papá al
hospital, habiendo causado destrozos y daños los denunciados en mi casa aprovechando
para agredir p mi ínadre y mi hermana. (Fs. 84)
Por su parte! él testigo Miguel Ángel Navarro Yamunaque ha señalado que se apersonó a
casa de su padre ¡observando a todos los denunciados quienes provistos de piedras y palos
estaban rompiendo las cosas en la casa de mi padre y cuando ellos me vieron quisieron
agredirme, siendo Ricardo Zeta Saucedo y Gerson (el hijo de Karina) quienes estaban con
piedras listos i a ¡agredirme, por lo que tuve que correr para salvaguardar mi vida; al
promediar las ocho de la noche tomé conocimiento que mi papá había sido agredido con un
cuchillo por parte be Júnior Palacios Saucedo. (Fs. 87)
También el agraviado Miguel Navarro Carmen, señaló: al promediar las 19:00 horas y en
circunstancias!qufcí estaba merendando llegaron JÚNIOR PALACIOS SAUCEDO, CARLA
SAUCEDO CHAVEZ, IRIS LIÑAN PORTILLA, RICARDO ZETA SAUCEDO, RICHARD
ZETA OLIVARES; KARIN SAUCEDO CHAVEZ, LISBETH VANESSA SAUCEDO CHAVEZ
Y MARCELA | CHAVEZ PASAPERA, quienes provistos con cuchillos, piedras y ladrillos
rompieron la pluerta de mi domicilio, empezando a gritar la señora Marcela Chávez "¿dónde
está tu hijo Migue?", porque lo voy a matar al igual que mataron a mi hijo en Ecuador"; y en
esas circunstancias junto a los demás denunciados causaron destrozos en mi domicilio,
rompiendo las'lunas, mis artefactos eléctricos, conforme ha quedado constatado en el Acta
Policial de Constatación de Daños y de las fotografías de la carpeta fiscal. Después apareció
JÚNIOR PALACIOS SAUCEDO quien me incrustó un cuchillo grande en el abdomen y así
herido apareció el hijo de la imputada Karin Saucedo Chávez quien me golpeó en la cabeza
motivo por el cual mi hijo Kelvin me llevó al hospital. (Fs. 90) También precisó
í
con un ladrill
que Júnior fi^d
i) qi ien le metió el cuchillo, Marcela tiraba piedras en la puerta y decía sal que
te voy a matár, Ricardo Zeta Olivares y su hijo Ricardo Zeta Saucedo el portón lo
malograron, ris Uñan Portilla tiraba piedras, todos los daños descritos los hicieron antes
que yo saliera y liego es que entraron a destruir la casa. (Fs. 240)
1.- Júnior Jh osilmar PALACIOS SAUCEDO, por la comisión del delito de LESIONES
GRAVES, producidas con arma blanca (Cuchillo), en agravio de Miguel NAVARRO
CARMEN se s!olicita la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD
al encontrarse dentro de los parámetros del tercio inferior.
2.- Júnior Jrosii mar PALACIOS SAUCEDO, Ricardo ZETA OLIVARES, Iris Cristina
LIÑAN PORT LLAÍ Ricardo Paúl ZETA SAUCEDO, Karin Benita SAUCEDO RAMÍREZ,
Carla Stefany SAUCEDO CHAVEZ, Lisbeth Vanessa SAUCEDO CHAVEZ y Marcela
CHAVEZ PA^SJAP 3RA, por la comisión del delito de DAÑO AGRAVADO, en agravio de
MIGUEL NAVAR ip CARMEN, MARITZA SORAIDA YAMUNAQUE ZAPATA Y EVELIN
MARVELLY NAVARRO YAMUNAQUE, se solicita la pena de DOS (02) AÑOS DE PENA
PRIVATIVA DE LIÓERTAD al encontrarse todos los acusados dentro de los parámetros del
tercio inferior por carecer de antecedentes penales.
De ¡gual mod<p, al advertise un CONCURSO REAL de delitos por parte de las conductas
desplegadas por leío acusado JÚNIOR JHOSIMAR PALACIOS SAUCEDO de conformidad
con el artícul 0 del Código Penal se debe proceder a la sumatoria de las penas
solicitadas, ra quir endo se le imponga la sanción de: SEIS AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE
LIBERTAD ;
DAÑO MORAL: Conforme a lo indicado en el articulo 1984, del código civil, debe ser
indemnizadoíqons} iderando su magnitud y el menoscabo producido a la victima o su familia,
\y en el caso jrjatejria de investigación el estado de desesperación e inseguridad causados a
los agravia que obviamente acarrea un daño moral que no se puede ver, por que esta
en el interior persona, en su psiquis, y que ello influye en sus temores o fobias a ser
nuevamente v ctin de otro delito de esta naturaleza, por ello este Ministerio Publico estima
a
que es procedente fijar en S/.1,000.00 SOLES,a favor de los agraviados, monto que deberá
ser cubierto pe r tddos los acusados de manera solidaria.
DAÑO PATRIMONIAL: Que se ha logrado acreditar con las fotografías adjuntas a la carpeta
fiscal donde dam lastra la magnitud de los daños ocacionados en los bienes de propiedad
de los agraviados bs prudente que se indemnice por la suma de S/.2,000.00 SOLES a los
agraviados, rhp ntci ique deberá ser cubierto por todos los acusados de manera solidaria.
DECLARACIONES
1. Miguel NAVARRO CARMEN, el mismo que declarará sobre los hechos suscitados
en su ¡jgríivio específicamente la forma como fue acuchillado y por quién así como
sobre, Ips daños ocasionados a sus bienes y por quién fueron realizados éstos, el
mismo qué deberá ser notificado en su domicilio real sito en Mzas G lote 26 Calixto
Balarei:o- Castilla.
2. Evelyjn Mlarvelly NAVARRO YAMUNAQUE, la misma que declarará sobre los
hechos su scitados en su agravio, de como fue víctima de lesiones y por quién, así
como de los daños a su propiedad que ha presenciado y quienes son los autores de
los mismo >, el mismo que deberá ser notificado en su domicilio real sito en Mzas G
lote 26 ixto Balarezo - Castilla.
3. Maritza Soraira YAMUNAQUE ZAPATA, La misma que declarará sobre los hechos
suscitados! en su agravio sobre cómo es que ha sido víctima de lesiones y quien es el
autor ele las mismas así como sobre los daños ocasiones a su propiedad y los
autores de los mismos, la que deberá ser notificado en su domicilio real sito en Mzas
G lote) 26 Calixto Balarezo - Castilla.
4. KelvijiI Evander NAVARRO YAMUNAQUE, el mismo que declara sobre los hechos
que ha presenciado, así como describa la forma y circunstancias en las que su padre
resulta lesionado y por quién, de igual forma sobre los daños materiales en casa de
sus padres, debiendo notificarse en Mza G Lote 26 AH Calixto Balarezo - Castilla.
5. Estilita) del Jesús AQUINO URBINA, la misma que declarará sobre los daños que
ha presenciado a la propiedad de sus suegros así como de las lesiones que han
sufridosu yerno, nuera y cuñada, e identifique a los autorres de los mismos, a quien
se le deberá ser notificada en su domicilio real sito en Mza G lote 26 AH Calixto
Balarezo Castilla.
PERICIALES:
1. Yeni Beatriz RODRÍGUEZ LAZO, la misma que se ratificará sobre el contenido del
Certificado Medico Legal N° 010383-OL practicado a Evelyn Navarro Yamunaque, se
deberá! de Notificarse en Medicina Legal.
2. José Carlos GUERRERO RUIZ, el mismo que se ratificará sobre el contenido del
Certificadc Medico Legal N° 010435-OL practicado a Maritza Yamunaque Zapata, se
notificajr er su domicilio laboral sito en Medicina Legal.
3. Jorge ¡Eduardo LEÓN SEMIMARIO, el mismo que se ratificará sobre el contenido
del Certificado Medico Legal N° 010604-DCA practicado al agraviado Miguel Navarro
Carmen, y se Notificara en su centro laboral Medicina Legal.
ú
DOCUMENTALES:
1. Acta pe Constatación de Daños Materiales (a folios 01 al 02) de fecha 03/09/15
que ac"edi:a los daños ocasionados en la propiedad de los agraviados.
2. Tomas Fotográficas del Inmueble sito en la Mza g lote 26 AH. Calixto Balarezo -
Campo Polo Castilla, (a folios 03 al 10 - 92 al 97), donde se verifica e ilustra sobre la
magnitud de los daños ocasionados que han dejado inoperativos los bienes de los
agravia dos.
3. Acta ,de ['enuncia Verbal (a folios 20 al 21), de fecha 01/09/15, que acredita el
conocimienlo de la noticia criminis por parte del Ministerio Público.
4. Bolera de Venta e Insta de Vidrios N°.000011 (a folios 115) a nombre de Miguel
Navar;rp Carmen, por la suma de S/.400.00 ns, a efectos de acreditar el quantum de
los dañjos ocasionados.
5. Boletajs d í,Venta por compras de medicamentos (a folios 117 al 142), N°.399789
por la suma de S/.20.00 ns, N°.399763 por la suma de S/.8.00 ns, N°.399782 por
suma ce S/:20.00 ns, N°.399801 por la suma de S/.130.oo ns, N°.400018 por la suma
S/.74.50, M°.399784 por la suma de S/.35.00, N°.021662 por la suma S/.10.00,
N°.399f80 por la suma de 46.00 ns, N°.002961 por la suma de 41.50 ns, N°.400019
por la ¿urna de S/.3.00 ns, N°.399761 por la suma de S/.114.50 ns, N°.400371 por la
suma.de £;/.8.00, N°.399765 por la suma de S/.25.00 ns, N°.244773 por la suma de
S/.11J0D ns, N°.400271 por la suma de S/:5.00 ns, N°.030297 por la suma de
S/.10J20 rs, N°.021920 por la suma de S/.700.00 ns; que acreditan los gastos
medidos incurridos por el agraviado.
6. Oficio N° 4970-2016-CSJPI/PJ, (a folios 307 al 308), de fecha 18/05/16, que
inforrry sobre los Antecedentes Penales de los acusados que han sido considerados
para deiterninar la pena.
PRIMER OTROS! DIGO: Para los fines previstos en el numeral 1 del artículo 350 del Código
Procesal Penal, adjunto ejemplares del presente requerimiento acusatorio y así se pueda
notificar oportuna(nente el requerimiento de acusación penal con las formalidades de ley a
todos los sujetos procesales distintos al Ministerio Público.
I
POR LO EXPUESTO:
Reitero a Usted, 4eñor Juez, tener por formulado el requerimiento de ACUSACIÓN PENAL
en contra loshmpütados, por la comisión delito Contra la vida el cuerpo y la salud -
Lesiones en (la mqdalidad de LESIONES GRAVES (producidas con arma blanca) y por el
delito de Daños Agravados.
JRSH/ ' i