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Introduccion Derecho Penal

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El Derecho penal

Se entiende por derecho penal a la rama del Derecho que se


encarga de normar y concebir las capacidades punitivas, es
decir, de castigo, que se reserva el Estado para aquellos que
violentan las normas de convivencia o de conducta, siempre a partir
de un principio de proporcionalidad y de imparcialidad.

Esta rama jurídica pertenece al Derecho positivo, o sea, al


contemplado en ordenanzas, códigos y leyes escritas y adscritas
por las personas. Los asuntos penales tienen que ver con la
decisión de alejar por un tiempo a un individuo del resto de la
sociedad, al considerarlo peligroso o incapaz de ajustarse a las
reglas, o de brindarle un marco de rehabilitación para que lo haga.

La única fuente posible del derecho penal es la ley misma,


contemplada en los códigos penales y leyes penales en vigencia, ya
que ni la costumbre ni la naturaleza definen lo que es punible o no,
sólo las leyes de los seres humanos.

El derecho penal es tan antiguo como la vida en sociedad,


aunque existía inicialmente en leyes de venganza tribal como la Ley
del Talión.

Gracias al Derecho Romano surge en Europa como institución


jurídica, a pesar de que luego fue reemplazado por la voluntad
inquisitorial de la Iglesia Católica, y resurgió en la Edad
Moderna con las leyes de la República.
Características del derecho penal

El derecho penal da al acusado las mismas y mínimas


oportunidades de defenderse.
El derecho penal se rige por los siguientes principios:

 La presunción de inocencia. Este principio dicta que


todo ciudadano ha de ser considerado inocente hasta que se
tengan las pruebas y deducciones necesarias para demostrar
fehacientemente su culpabilidad. Todos somos inocentes hasta
que se demuestre lo contrario.
 La igualdad ante la ley. Este principio es clave para el Estado
de derecho, y significa que todo ciudadano debe responder en
iguales términos ante la ley, lo cual equivale a decir que todos
los crímenes de todos los ciudadanos, sin importar su
clase, religión, sexo, etc., deben ser juzgados con el mismo
baremo y castigados igual.
 La proporcionalidad del castigo. Este principio establece que
el castigo impartido por el Estado ha de ser proporcional al
crimen cometido, de manera que crímenes más graves reciban
una sanción más grande que los crímenes menores.
 La legalidad del derecho. Este principio establece que las
acciones del Estado en la sanción de los delitos cometidos no
pueden ser a su vez crímenes, es decir, que el castigo impartido
no puede constituir a su vez una violación de la ley, o el Estado
sería un Estado criminal, digno también de castigo.
 El respeto al debido proceso. Conjunto con el derecho
procesal, el derecho penal se encarga de que todo acusado
reciba las mismas y mínimas oportunidades de defenderse, de
dar su versión de los hechos y de ser juzgado individualmente
por cada delito que se le impute.
 Los derechos humanos. Por último, los derechos humanos son
derechos mínimos que se merece todo ser humano, sin importar
sus condiciones, proveniencia o grado de culpabilidad, incluso si
él no respetó los derechos de otro y por ello deba ser castigado.

Elementos del derecho penal


Todo acto de interés para el derecho penal consta de los siguientes
elementos:

 Un delincuente. A quien se acusa de haber quebrantado la ley y


quien ha sido apresado por ello.
 Un delito. Una ruptura concreta de la ley atribuible a un
delincuente y del cual haya pruebas, evidencias y versiones.
 Una pena. Un castigo o sanción proporcional a la gravedad del
delito cometido e impartido por las fuerzas mismas del Estado.
 Un juez. Un ciudadano experto en leyes que supervisa el
funcionamiento del juicio y dictamina finalmente la decisión
tomada tras oír a las partes.

Derecho penal objetivo y subjetivo


Existen dos perspectivas del derecho penal, dos formas de ver
su misión: el derecho penal objetivo y el subjetivo.

Cuando hablamos del primero nos referimos a él como normativa,


como ordenamiento jurídico por el cual una sociedad
determinada decide regirse y evaluarse.

Cuando hablamos del derecho penal subjetivo, en cambio, nos


referimos al asunto de las penas o castigos impuestos por el
Estado, vale decir, a la propiedad castigadora y ejemplarizante del
mismo, esto es, a su capacidad de decisión sobre el castigo.

Ramas del derecho penal


Se considera que el derecho penal tiene las siguientes ramas:

 Material o sustantivo. Se ocupa de todo lo referente al cuerpo


de normas legales en base a las cuales se identifica un delito.
 Procesal o adjetivo. Es la parte dinámica del delito penal, pues
se encarga de la comprobación del delito y las decisiones
judiciales para determinar la pena.
 Ejecutivo o penitenciario. Aquel que se ocupa de ejecutar la
pena o el castigo y de velar porque se haga correctamente.

Responsabilidad penal
En términos generales, se entiende por responsabilidad penal a la
que se adquiere cuando se comete un delito, es decir, cuando se
lleva a cabo una acción punible por ley, tipificada en alguna ley
penal. Quienes atentan contra algún bien protegido por
el ordenamiento jurídico vigente en un país, como la vida,
la integridad física, el orden público o los patrimonios ajenos,
deberán enfrentar una responsabilidad penal administrada por el
Estado.

La responsabilidad penal deriva su nombre del hecho de


que implica la imposición de una pena, o sea, de un castigo
proporcional respecto al delito cometido. Ello puede implicar la
privación de libertad (o sea, ir a la cárcel), una multa o sanción
pecuniaria, o la pérdida de otros derechos y libertades (por ejemplo,
el porte de armas o el derecho al libre ejercicio profesional).

Existen dos formas de responsabilidad penal, de acuerdo a la


naturaleza del delito cometido:
 Responsabilidad penal común, cuando el delito cometido
puede ser cometido por cualquier individuo de a pie, o sea,
cuando se trata de delitos comunes, como el robo, el abuso
sexual o el homicidio.
 Responsabilidad penal especial, cuando el delito cometido
puede ser cometido únicamente por el sujeto en cuestión, dado
que requiere de algún tipo de posición o poder especial, como es
por ejemplo ser funcionario público, como es el caso de la
malversación de fondos públicos (peculado) o la prevaricación.

Responsabilidad penal y responsabilidad civil


A diferencia de la responsabilidad penal o delictiva la
responsabilidad civil consiste en la obligación de resarcir a
alguien por un agravio cometido en su contra, generalmente a
través del pago de una indemnización establecida por la justicia.

Este tipo de responsabilidad puede ser:

 Contractual: Cuando entre demandante y demandado media un


contrato que ha sido roto o incumplido.
 No contractual: Cuando demandante y demandado no tienen
ninguna relación previa. A su vez se distingue si el agravio
cometido fue no doloso, o sea, no intencional, accidental, o si fue
delictual, es decir, correspondiente a la comisión voluntaria y
consciente de un delito, lo cual nos llevaría a los predios de la
responsabilidad penal.

Lógicamente, las sanciones entre una y otra forma de


responsabilidad son muy diferentes, y sus capacidades y formas de
prescripción también son distintas. Por ejemplo,
los ciudadanos menores de edad no tienen ninguna responsabilidad
penal, aunque sí civil.

Además, la responsabilidad civil tiene el cometido de reparar un


daño a la víctima, mientras que la responsabilidad penal persigue
el objetivo de castigar a un culpable. Así, la primera se paga a la
persona vulnerada, mientras que la segunda se le paga al Estado.

Responsabilidad penal de las personas jurídicas


Una de las controversias más usuales en la historia
del derecho moderno es la que se refiere a la posibilidad de imputar
una responsabilidad penal a una persona jurídica, esto es, a una
empresa, institución u organización, en lugar de a un individuo
natural (una persona).

El problema radica en que las personas jurídicas no poseen una


subjetividad que pueda ser sometida a juicio, ni intenciones
propias, sino que dependen de las personas que estén a cargo de
las mismas. Ello además entra en conflicto con principios
fundamentales del derecho penal, como el de la personalidad de las
penas (o sea, que cada quien responde por el delito cometido por
su propia persona y no por el de otros).

Sin embargo, la tendencia del derecho contemporáneo occidental


es a superar la máxima del derecho romano societas delinquere
non potest (“las sociedades no pueden delinquir”), especialmente en
las naciones de raigambre anglosajona.

Así, sería posible atribuir penas delictivas a las sociedades,


una perspectiva que desde el siglo XIX ha cobrado auge,
especialmente en lo que atañe a la delincuencia en los negocios.
Aunque el sistema legal que se aplica para el castigo de los delitos
empresariales puede variar enormemente dependiendo del país y
la legislación.

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