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Inf. Ampliación de Plazo #06
Inf. Ampliación de Plazo #06
Inf. Ampliación de Plazo #06
26.23.26 COSTO DE CONSTRUCCION POR ADMINISTRACION DIRECTA - SERVICIOS 652,196.00 58,714.56 42,750.00 101,464.56 15.56
26.32.999 MAQUINARIAS Y EQUIPOS MOBILIARIOS DE OTRAS INSTALACIONES 10,000.00 6,000.00 2,000.00 8,000.00 80.00
2,064,609.00 842,890.17 165,503.90 1,008,394.07 48.84%
TOTAL DEL MES 2,064,609.00 842,890.17 165,503.90 1,008,394.07 48.84%
ELABORADO: EQUIPO TECNICO
GOBIERNO REGIONAL AYACUCHO
GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA
SUB-GERENCIA DE OBRAS
“Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
3. ANTECEDENTES
Ampliación de Plazo N°01 (30 días calendarios): Desde el 29/11/2022 Hasta el 28/12/2022.
Ampliación de Plazo N°02 (18 días calendarios): Desde el 29/12/2022 Hasta el 15/01/2023.
Ampliación de Plazo N°03 (71 días calendarios): Desde el 16/01/2023 Hasta el 27/03/2023.
Siendo la fecha de término actual el 28 de noviembre del 2022 y la nueva fecha de término el 27 de
marzo del 2023.
• Mediante Resolución Gerencial Regional N°0218-2023-GRA/GGR-GRI de fecha 09 de junio del
2023 se aprueba la Ampliación de Plazo N° 04, para la ejecución del proyecto: “CREACION DEL
PUENTE COLGANTE PEATONAL YAUYAKU SOBRE EL RIO APURIMAC EN LA COMUNIDAD
DE SAN IGNACIO DEL DISTRITO DE ORONCCOY - PROVINCIA DE LA MAR - DEPARTAMENTO
DE AYACUCHO” con CUI N.°: 2517488, con el siguiente detalle:
Ampliación de Plazo N°04 (10 dias calendarios): Desde el 30/05/2023 Hasta el 09/06/2023.
Ampliación de Plazo N°05 (62 dias calendarios): Desde el 17/07/2023 Hasta el 16/09/2023
5. ANÁLISIS
5.1. PRESUPUESTO
RESUMEN DE PRESUPUESTO VALORIZADO EJECUTADO ACUMULADO
IMAGEN N°03: RESUMEN DE PRESUPUESTO EJECUTADO ACUMULADO
Costo Directo 1,105,648.38
GASTOS GENERALES (8.00 %) 8.00% 88,452.05
COSTO DE OBRA 1,194,100.43
GASTO DE SUPERVISION (3.30%) 3.30% 39,405.32
PLAN COVID-19 50,000.00
PRESUPUESTO TOTAL 1,283,550.80
PORCENTAJE DE AVANCE EJECUTADO 36.84%
ELABORADO: EQUIPO TECNICO
199.1. Las ampliaciones de plazo en los contratos de obra dan lugar al pago de mayores costos
directos y mayores gastos generales variables, ambos directamente vinculados con dichas
ampliaciones.
Artículo 1º.- APROBAR las siguientes normas que regulan la ejecución de Obras Públicas por
Administración Directa.
1. Las Entidades que programen la ejecución de obras bajo esta modalidad, deben contar con la
asignación presupuestal correspondiente, el personal técnico administrativo y los equipos
necesarios.
Las ampliaciones de plazo son aquellas que modificaran la fecha de término programada y
se fundamentara en la siguiente causal:
• INICIO DE CAUSAL: Se considera como inicio de causal el día 06/03/2023, ya que ese día debió
iniciarse con la ejecución de las partidas 05.03.01 PL-400mmx200mmx1/4” y 05.03.02 BARRA
ROSCADA ASTM A193M -2”x360mm.
de plazo parciales, a fin de permitir que el contratista valorice los gastos generales por dicha
ampliación parcial, para cuyo efecto se sigue el procedimiento antes señalado.
Se configuró y sustentó como ampliación de plazo parcial debido a que la causal aún no se
concluye, como se detalla a continuación:
•Con fecha 02/03/2023, el exresidente Ing. Max J. Cárdenas Alarcón, presentó el informe N°27-
2023-GRA-GRI-SGO/MJCA-RO, con el requerimiento del Servicio de Adquisición e Instalación de
Accesorios de Fijación para el puente colgante. Este requerimiento no fue atendido en su totalidad.
•Con fecha 11/05/2023 se volvió a requerir los accesorios de anclaje con el Informe N°10-2023-
GRA/GRI-SGO-MLAS-RO.
•Con fecha 02/06/2023 se realizó la convocatoria del proceso AS-SM-87-2023-GRA-
SEDECENTRAL-1
• Con fecha 23/06/2023 se realizó la convocatoria de la buena Pro a la empresa CONTRATISTAS
DISTRIBUIDORA Y REPRESENTACIONES D&J S.R.L., por un monto de S/.168,560.00.
• Con fecha 20/09/2023 se notifica a la Sub Gerencia de Obras acerca del Incumplimiento en su
Totalidad del servicio de Adquisición e Instalación de Accesorios de Fijación Según O/S N°2594.
7. SUSTENTO TÉCNICO DE AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 06
2. Mediante asiento de cuaderno de obra Nº 319 del 05 de julio del 2023, el Residente de Obra
indica: “(…) Se le comunica a la supervisión que se le dio el consentimiento Contratista
Distribuidora y Representaciones D & J S.R.L. de adquisición e instalación de accesorios de
fijación para el puente colgante, por el servicio de contratación de fabricación e instalación de
accesorios de fijación para e puente colgante para la obra, y tiene ahora 08 días para que
presente sus documentos. (…)”.
3. Mediante asiento de cuaderno de obra Nº 320 del 05 de julio del 2023, el Supervisor de Obra
indica: “(…) Se exige realizar el seguimiento correspondiente hacia la entidad sobre el
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4. Mediante asiento de cuaderno de obra Nº 323 del 07 de julio del 2023, el Residente de Obra
indica: “(…) Las causas que motivaron las desviaciones y atrasos: las partidas comprendidas
dentro del Ítem 06 Cámara de anclaje del puente colgante no se pueden ejecutar aún debido
a que no se cuenta con los accesorios de anclaje…necesario para la fijación de los cables de
la superestructura del puente, pese que se presentó el requerimiento de adquisición el día
02/03/2023 con informe N°27-2023-GRA-GRI-SGO/NSCA-RO y se volvió a requerir el día 11-
05-2023 con el informe N° 10-2023-GRAGRI-SGO /MLSA-RO y hasta ahora no se cuenta con
estos accesorios para la correcta continuación de los trabajos programados (…)”.
5. Mediante asiento de cuaderno de obra Nº 324 del 07 de julio del 2023, el Supervisor de Obra
indica: “(…) Se observan causales como los retrasos que afectan la ruta crítica, como las
partidas de la cámara de anclaje del puente colgante, estás no están aún incluidas los anclajes
debido a que recién cuentan con la buena Pro…por lo que también se notifica a la Residencia
que las actividades de movimiento de tierras quedan por realizar…por lo que se evidencia y
corrobora que estas causales afectan directamente la ruta crítica y existe el riesgo de no
cumplir con las metas programadas. (…)”.
6. Mediante asiento de cuaderno de obra Nº 368 del 05 de agosto del 2023, el Residente de
Obra indica: “(…) Se está a la espera que el proveedor de accesorios del dado de anclaje,
cumpla con la primera entrega la cual sigue afectando la ruta crítica y esta ocasionará
ampliación de plazo. (…)”.
7. Mediante asiento de cuaderno de obra Nº 369 del 05 de agosto del 2023, el Supervisor de
Obra indica: “(…) Exijo a la Residencia reiterar el trámite correspondiente ya que se tiene a la
espera que el proveedor del dado de anclaje aún no cumple con la entrega por lo que se
observa en obra que se está afectando la ruta crítica. (…)”.
8. Mediante asiento de cuaderno de obra Nº 399 del 24 de agosto del 2023, el Supervisor de
Obra indica: “(…) Mediante Informe N°134-2023-GRA/GRI-SGO-MLAJ con fecha 22 de
agosto el Residente de obra Remite el incumplimiento del primer entregable del servicio de
instalaciones de anclaje de equipos, según orden de servicio N°0002594, anexo en el acta de
constatación de incumpliendo de servicio realizado el 17 de agosto. (…)”.
9. Mediante asiento de cuaderno de obra Nº 405 del 28 de agosto del 2023, el Supervisor de
Obra indica: “(…) Reitero el incumplimiento de la O/S N°0002594 del servicio de instalación
de anclaje, solicito al residente y Asistente adm. realizar el seguimiento sobre la notificación
presentado por incumplimiento del O/S N°0002594 hacia la entidad para su notificación al
proveedor. (…)”.
10. Mediante asiento de cuaderno de obra Nº 407 del 29 de agosto del 2023, el Supervisor de
Obra indica: “(…) A la fecha viene incumpliendo el O/S N° 0002594 del servicio de instalación
de anclaje, por lo que se reitera a la administrativa en realizar el seguimiento a la entidad
presentado por el Residente de Obra notificando a la entidad por el incumplimiento. (…)”.
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11. Mediante asiento de cuaderno de obra Nº 407 del 29 de agosto del 2023, el Supervisor de
Obra indica: “(…) Exijo a la residencia acelerar con los trabajos programados, ya que existe
el riesgo por incumplimiento del servicio del dado de anclaje se afecte a la ruta crítica en su
totalidad y existe el riego de suspender la obra a la fecha. (…)”.
12. Mediante asiento de cuaderno de obra Nº 408 del 31 de agosto del 2023, el Residente de
Obra indica: “(…) Con referencia al asiento N°407, del supervisor, ya se coordinó con la
Asistenta Administrativa para que realice el seguimiento, sobre los dados de anclaje (O/S
0002594). (…)”.
13. Mediante asiento de cuaderno de obra Nº 408 del 31 de agosto del 2023, el Residente de
Obra indica: “2.3. Con respecto a la exigencia del supervisor de realizar los trabajos
programados, se sabe muy bien que está sujeta al incumplimiento del servicio de dados de
anclaje, y esta a su vez está afectando la Ruta Crítica.
f) El incumplimiento del primer entregable por parte del proveedor afecta directamente la
ruta crítica de la programación de obra vigente ya que la colocación de concreto
f’c=210kg/cm2 habilitación y colocación de acero, encofrado y desencofrado de la cámara
de anclaje derecha, está sujeta a la instalación previa de los siguientes accesorios: 08
und. de riel ASCE 60, 08 und barra forjada de 2” SAE 1045, 16 und, barra roscada ASTM
A193K-2”X3600mm y 32 und de tuerca de anclaje de 2”, 08 und plancha PL-
400mmx200mmx1/4”.
15. Mediante asiento de cuaderno de obra Nº 409 del 31 de agosto del 2023, el Residente de
Obra indica: “(…) Con fecha 29/08/2023 según Informe N°115-2023-GRA-GGR/GRI-SGO-
DGQG, se verifica dicho documento para evaluación sobre informe sobre contratación del
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Que debido a paralizaciones que se dieron en distintos lapsos, se tuvo retrasos de obra,
donde se tuvo un avance físico acumulado de 36.84%.
A la fecha aún queda un saldo de avance físico por ejecutar de 63.16%; a lo que, según la
asignación presupuestal del año fiscal 2023, se tiene 86 días calendarios por ejecutar tal
como se observa en el diagrama Gantt.
9. CONCLUSIONES:
a) La fecha de inicio de obra fue el 22 de junio del 2022.
b) La fecha de culminación de obra, según la ampliación de plazo N ° 05, es el 16
de septiembre del 2023.
c) Del sustento expuesto y del análisis, se concluye que se encuentra justificado en
parte la solicitud de AMPLIACIÓN DE PLAZO N° 06 dentro de los parámetros
establecidos por la Supervisión, por un plazo de 86 días calendarios,
contabilizados a partir del 17 de setiembre del 2023 hasta el 11 de diciembre del
2023.
d) Por tanto, la situación de plazo de la obra es como se muestra:
10. RECOMENDACIONES:
Se recomienda emitir Resolución que apruebe en parte la AMPLIACIÓN DE PLAZO N° 06,
POR 86 DÍAS CALENDARIOS.
Esta Residencia de Obra deberá cumplir con la presentación de la reprogramación de la obra
teniendo en cuenta la nueva ampliación de plazo.
Se debe tener en cuenta que las causas de ampliación de plazo, están registradas en el
Cuaderno de Obra.
Atentamente,