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PVE TOXICOLOGIA - MELGAREJO S.A.S Grupo 2

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SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO
PROGRAMA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA P.V.E
TOXICOLOGÌA- DERMATITIS POR CONTACTO

Empresa MELGAREJO S.A.S G2


Versión: 01, Fecha:14 de septiembre de 2023

TECNÓLOGO DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO


Empresa MELGAREJO S.A.S

Denominación del proyecto


Desarrollo de actividades del sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo
en empresas de clase de riesgo I, II Y III, con menos de 50 trabajadores según
normatividad legal.

Fase del proyecto:


Planeación

Actividad del proyecto:


Documentar medidas de intervención para las condiciones de trabajo y salud de
acuerdo con las características de la organización, la normatividad legal vigente
relacionada con la seguridad y salud en trabajo y gestión ambiental.

Competencia
Apoyar las actividades de salud ocupacional de acuerdo con el programa
establecido y normativa legal vigente.

Resultados de Aprendizaje
Proponer un sistema de vigilancia epidemiológica de acuerdo con las
condiciones de salud de la población trabajadora en estudio.

INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO


Cynthia Yamell Suarez Forero
Mayra Vanessa Diaz Medina
Mayra Viviana Segura Paredes

Servicio Nacional de Aprendizaje SENA


Centro Atención al Sector Agropecuario Regional Santander
Km 2 Vía Palogordo Vereda Guatiguara
Piedecuesta - Santander
13 de septiembre del 2023

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SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
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TOXICOLOGÌA- DERMATITIS POR CONTACTO

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Versión: 01, Fecha:14 de septiembre de 2023

TABLA DE CONTENIDO

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XXXXXXXXXXXXX

XXXXXXXXX

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TOXICOLOGÌA- DERMATITIS POR CONTACTO

Empresa MELGAREJO S.A.S G2


Versión: 01, Fecha:14 de septiembre de 2023

1. JUSTIFICACIÓN

La implementación de un programa de vigilancia epidemiológica en toxicología en MELGAREJO


S.A.S, una empresa dedicada a la fabricación de alimentos para mascotas, enfocado en
Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), es esencial por varias razones fundamentales:

1. Protección de la salud de los trabajadores: La exposición a sustancias tóxicas o


peligrosas en el entorno laboral puede tener efectos adversos en la salud de los
empleados. Un programa de vigilancia epidemiológica en toxicología permitirá identificar y
abordar tempranamente cualquier riesgo para la salud de los trabajadores.

2. Cumplimiento normativo: Las regulaciones y normativas en materia de SST exigen que


las empresas adopten medidas para prevenir riesgos químicos y biológicos en el lugar de
trabajo. La implementación de un programa de vigilancia epidemiológica ayudará a cumplir
con estos requisitos legales y evitar sanciones o multas.

3. Identificación de riesgos específicos: La fabricación de alimentos para mascotas puede


involucrar el manejo de ingredientes y sustancias químicas que podrían representar
riesgos para la salud de los trabajadores. La vigilancia epidemiológica permitirá identificar
los riesgos específicos asociados con la industria y tomar medidas preventivas adecuadas.

4. Promoción de un entorno de trabajo seguro: Un programa de vigilancia epidemiológica


no solo trata de identificar problemas de salud existentes, sino también de prevenir futuros
problemas. Esto fomenta un entorno de trabajo seguro y promueve la salud y el bienestar
de los empleados.

5. Mejora de la productividad y reducción de costos: La prevención de enfermedades y


lesiones relacionadas con el trabajo a través de un programa de vigilancia epidemiológica
puede contribuir a una menor rotación de personal, menos días de trabajo perdidos debido
a enfermedades y menos costos asociados con la atención médica de los trabajadores.

6. Imagen corporativa y relaciones laborales: Mostrar un compromiso con la seguridad y


el bienestar de los empleados puede mejorar la imagen de la empresa y fortalecer las
relaciones con los trabajadores. Esto puede ser beneficioso tanto en términos de atracción
y retención de talento como en relaciones laborales positivas.

En resumen, un programa de vigilancia epidemiológica en toxicología enfocado en SST es


esencial para MELGAREJO S.A.S, ya que ayuda a proteger la salud de los trabajadores,
garantizar el cumplimiento normativo, identificar riesgos específicos en la industria,
promover un entorno de trabajo seguro, mejorar la productividad, la imagen corporativa, y
fortalecer las relaciones laborales.

2. OBJETIVO

OBJETIVO GENERAL:

Promover un ambiente laboral seguro y proteger la salud de los trabajadores que laboran en la
empresa MELGAREJO S.A.S, así como garantizar la calidad de los productos para mascotas, a
través de la vigilancia e identificación de riesgos relacionados con el uso de sustancias químicas
en el proceso de producción, mediante la implementación de medidas preventivas y correctivas
basadas en la Vigilancia Epidemiológica.

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Versión: 01, Fecha:14 de septiembre de 2023

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

1. Implementar medidas preventivas y correctivas fundamentadas en la Vigilancia Epidemiológica


para mitigar los riesgos identificados.

2. Promover la constante vigilancia y la precisa identificación de los riesgos asociados al uso de


sustancias químicas en el proceso de producción.

3. Promover un ambiente laboral seguro en la empresa MELGAREJO S.A.S.

3. RESPONSABLES

● Lider SST
● Empleador
● Trabajadores
● ARL
● Proveedor o Fabricante

4. ALCANCE

La implementación de un programa de vigilancia epidemiológica en el ámbito de la toxicología en


empresas de fabricación de alimentos para mascotas, como MELGAREJO S.A.S., tiene como
alcance garantizar la seguridad de los trabajadores y la calidad de los productos. Detallando el a
dicho programa, teniendo en cuenta la seguridad y salud en el trabajo (SST):

1. Identificación de riesgos: Evaluar los posibles riesgos para la salud de los trabajadores
en la planta de producción, especialmente aquellos relacionados con la exposición a
sustancias químicas tóxicas. Esto incluye identificar las sustancias químicas utilizadas en
la fabricación de alimentos para mascotas y sus posibles efectos en la salud de los
trabajadores.

2. Vigilancia de la salud de los trabajadores: Establecer un sistema de seguimiento de la


salud de los empleados que estén expuestos a sustancias químicas potencialmente
peligrosas. Esto puede incluir exámenes médicos regulares, pruebas de laboratorio y
evaluaciones de síntomas.

3. Notificación de enfermedades ocupacionales: Implementar un proceso para que los


trabajadores notifiquen cualquier enfermedad o síntoma que puedan atribuir a su
exposición en el lugar de trabajo. Esto es fundamental para detectar problemas de salud
de manera temprana.

4. Recopilación de datos: Recopilar y analizar datos relacionados con la salud de los


trabajadores y los posibles efectos de la exposición a sustancias químicas tóxicas. Esto
puede incluir tasas de enfermedades ocupacionales, incidentes y accidentes relacionados
con sustancias químicas.

5. Capacitación y concientización: Proporcionar capacitación adecuada a los empleados

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sobre los riesgos relacionados con la toxicología en el lugar de trabajo y las medidas de
prevención necesarias para reducir la exposición.

6. Evaluación de la efectividad de las medidas preventivas: Regularmente, revisar y


evaluar la efectividad de las medidas de control de riesgos implementadas para reducir la
exposición a sustancias tóxicas.

7. Colaboración con expertos en toxicología: En caso de problemas o dudas específicas


sobre la toxicidad de ciertas sustancias químicas, buscar la asesoría de expertos en
toxicología para tomar decisiones informadas y establecer límites seguros de exposición.

8. Integración con SST: Integrar el programa de vigilancia epidemiológica en toxicología con


el programa de seguridad y salud en el trabajo (SST) de la empresa para asegurar una
gestión completa de los riesgos laborales.

9. Cumplimiento normativo: Asegurarse de cumplir con todas las regulaciones y


normativas relacionadas con la exposición a sustancias químicas en el lugar de trabajo.

10. Comunicación con los trabajadores: Mantener una comunicación abierta y transparente
con los trabajadores acerca de los riesgos para la salud, las medidas preventivas y los
resultados de la vigilancia epidemiológica.

En resumen, el programa de vigilancia epidemiológica en toxicología en empresas de fabricación


de alimentos para mascotas está enfocada en la protección de la salud de los trabajadores, la
identificación y control de riesgos químicos, y la integración adecuada con el programa de SST
de la empresa MELGAREJO S.A.S para garantizar un entorno de trabajo seguro y saludable.

5. DEFINICIONES

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DESECHOS PELIGROSOS: El Decreto 4741 de 2005, unificado en el año 2015 en el Título 6


del Decreto 1076, define a los residuos peligrosos como aquellos residuos o desechos que
por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o
radiactivas pueden causar riesgos, daños o efectos no deseados, directos o indirectos, a la
salud humana y el ambiente. Así mismo, se considera residuo peligroso a los empaques,
envases y embalajes que estuvieron en contacto con ellos.

ETIQUETADO: Son aquellas que se encuentran en el envase, empaque o bolsa del producto
químico, y proporcionan la información necesaria para el manejo seguro, utilizando colores
números y pictogramas que evidencien el riesgo ocupacional de un producto químico y los
elementos de protección personal que se deben usar para el manejo del mismo.

HOJA DE SEGURIDAD (HDS): Es un importante documento que permite comunicar, en


forma muy completa, los peligros que ofrecen los productos químicos tanto para el ser
humano como para la infraestructura y los ecosistemas. También informa acerca de las
precauciones requeridas y las medidas a tomar en casos de emergencia.

NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN CAS: (Chemical Abstracts Service), es un identificador


numérico único, que designa una única sustancia, que no tiene ningún significado químico, y
que enlaza con una gran cantidad de información acerca de esa sustancia química
específica.

PELIGRO QUÍMICO: El riesgo químico es aquel riesgo susceptible de ser producido por una
exposición no controlada a agentes químicos la cual puede producir efectos agudos o
crónicos y la aparición de enfermedades.

PICTOGRAMA: Un pictograma es un símbolo gráfico que transmite información o datos


mediante una representación clara y simplificada. Pueden ser un valioso complemento de
presentaciones e infografías, ya que ayudan a transmitir información de forma visual y más
rápida. Los pictogramas son signos pictóricos que pueden entenderse sin texto ni
explicaciones adicionales. Por lo general, un pictograma es una representación esquemática
de un objeto, acción o idea. Puede consistir en una sola línea o en una combinación de
formas, líneas y colores.

ROTULADO: Son aquellos que se encuentran en vehículos de transporte, contenedores,


tanques, canecas, cilindros y en la Hoja De Seguridad, los cuales proporcionan la información
de la peligrosidad del producto químico, mediante colores y pictogramas, que llevan un
número respectivo en la mitad inferior del mismo.

SUSTANCIAS QUÍMICAS: Se entiende por sustancia química o especie química a un tipo de


materia que es químicamente homogénea y definida, o sea, que posee una composición
química fija Tienen la característica de que sus partículas no pueden separarse mediante
ningún mecanismo físico. Sin embargo, pueden sufrir cambios físicos, químicos o
fisicoquímicos cuando se las somete a las condiciones o reacciones apropiadas.

SGA:El Sistema Globalmente Armonizado (SGA) es un sistema de comunicación de peligros


asociados a sustancias químicas puras y sus mezclas. Su objetivo es armonizar, en el plano
internacional, los criterios técnicos de clasificación para los peligros químicos y los medios
para transmitir información confiable mejorando la protección de la salud humana y el
ambiente.

TARJETA DE EMERGENCIA: Es un documento complementario de la Hoja de datos de


seguridad (HDS), que se elabora específicamente para ayudar en la atención primaria de
emergencias durante el transporte de materiales (pueden ser peligrosos o no). Suministra
información sobre el producto, su fabricante, el proveedor y representante de la información
en caso de emergencia. Identifica los peligros, la forma de protegerse, la reactividad y las

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6. CONDICIONES GENERALES

El Programa de Vigilancia Epidemiológica en Toxicología de la empresa MELGAREJO S.A.S es


esencial para identificar, prevenir y controlar los efectos adversos de las exposiciones a
sustancias tóxicas en la población trabajadora de la empresa. A continuación, se presentan
algunas generalidades del programa:

● El programa debe cumplir con un objetivo claro, para identificar, vigilar y analizar los
eventos de intoxicación y exposición a sustancias químicas en la población trabajadora.

● Para dar inicio al Programa de Vigilancia Epidemiológica en Toxicología se identifican las


sustancias químicas y los factores de riesgo asociados presentes en la empresa.

● Se recopilan y se registran los datos con el fin de analizar, evaluar y monitorear los riesgos
asociados a la exposición a sustancias químicas.

● Se determinan los recursos humanos, financieros y tecnológicos necesarios para llevar a


cabo el Programa de Vigilancia Epidemiológica (PVE) de manera efectiva.

● Es fundamental proporcionar información y recomendaciones a los trabajadores de la


empresa, relacionadas con sustancias peligrosas para garantizar su seguridad y salud en
el lugar de trabajo.

7. DETERMINACIÓN DE FACTORES QUE APORTEN AL DESARROLLO DE LA EL


“BASADOS EN LA GATISST DERMATITIS POR CONTACTO OCUPACIONAL”

La Gatisst Dermatitis por Contacto Ocupacional emite recomendaciones basadas en la

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evidencia para el manejo integral (promoción, prevención, detección precoz, tratamiento y


rehabilitación) de las dermatitis de contacto alérgica e irritativa.

Con la implementación de esta guía se obtendrán beneficios para los empleadores y los
trabajadores de la empresa MELGAREJO S.A.S, principalmente al implementar estrategias de
prevención, con la reducción de la incidencia y prevalencia de los casos de dermatitis de contacto
alérgica e irritativa.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que estos costos deben ser vistos como una
inversión en la prevención y el cuidado de la salud de los trabajadores. Al implementar la guía, se
espera reducir significativamente las complicaciones y los costos asociados a las enfermedades
laborales, como las incapacidades laborales y los gastos médicos.

Además, es necesario destacar que la implementación de la guía no solo generará beneficios


económicos para el Sistema de Seguridad Social Integral, sino que también mejorará la calidad
de vida de los trabajadores y su bienestar general. Al reducir las enfermedades laborales y
garantizar un ambiente de trabajo seguro y saludable, se promoverá la productividad y el
desarrollo humano integral de la población trabajadora.

En resumen, la implementación de esta guía tiene múltiples beneficios tanto a nivel económico
como en la salud y el bienestar de los trabajadores. Al estandarizar los sistemas de registro y
mejorar los procesos de diagnóstico y tratamiento, se podrán reducir los costos y recursos
invertidos, así como mejorar la calidad de vida de los trabajadores y promover una sociedad más
justa y equitativa.

La gatisst dermatitis por contacto ocupacional relaciona algunas recomendaciones que se


presentan a continuaciòn:

● Inventario de sustancias químicas: identificar la presencia de la totalidad de las sustancias


químicas en el lugar de trabajo, en términos de características físicas y químicas,
denominación, estado físico, naturaleza toxicológica, etc.

● Inventario de procesos: analizar la forma de producción, disposición, uso de la sustancia


en relación con el proceso productivo, procesos intermedios, procesos de mantenimiento y
apoyo, etc.

● Circunstancias de exposición de la fuerza laboral: establecer en qué circunstancias o de


qué forma se pueden exponer los trabajadores a los riesgos químicos.

● Identificación de mecanismos de control utilizados: disponer de un listado de los controles


técnicos de ingeniería que tienen por objeto mitigar el impacto de las sustancias químicas
en el ambiente de trabajo, así como controles de tipo administrativo implementados o
establecidos por la empresa. Verificar si están o no acreditados o certificados por los
organismos correspondientes.

8. DIAGNÓSTICO DE LAS CONDICIONES DE SALUD Y DE TRABAJO

DIAGNÒSTICO DE CONDICIONES DE SALUD

El diagnóstico de condiciones de salud en la empresa MELGAREJO S.A.S se llevó a cabo


mediante una encuesta de perfil sociodemográfico y morbilidad sentida entre los trabajadores,
con el objetivo de evaluar su salud en relación con la exposición a peligros químicos en el
proceso de la empresa. Los aspectos clave abordados en este diagnóstico incluyen:

● Perfil Sociodemográfico: Se analizaron datos demográficos como edad, género, nivel

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educativo, antigüedad en la empresa y estado civil para identificar posibles correlaciones


con problemas de salud relacionados con la exposición a peligros químicos. No se
encontraron trabajadores con enfermedades preexistentes.

● Exposición a Peligros Químicos: Se evaluó la exposición de los trabajadores a


sustancias químicas peligrosas, identificando sustancias específicas, frecuencia y duración
de la exposición, así como las medidas de control implementadas.

● Morbilidad Sentida: Se analizaron los resultados de la encuesta de morbilidad sentida


para identificar problemas de salud que los trabajadores han experimentado y que podrían
estar relacionados con la exposición a peligros químicos.

● Exámenes Médicos: Se evaluó si se realizaron exámenes médicos específicos para


detectar efectos adversos en la salud debido a la exposición a peligros químicos.

● Evaluación de Medidas de Control: Se verificó la implementación y efectividad de las


medidas de control existentes para minimizar la exposición a peligros químicos.

● Capacitación en Seguridad: Se evaluó si los trabajadores recibieron capacitación


adecuada sobre los riesgos y prácticas seguras relacionadas con los peligros químicos.

● Cumplimiento Normativo: Se revisó el cumplimiento de la empresa con las regulaciones


de seguridad y salud ocupacional relacionadas con sustancias químicas peligrosas.

● Recomendaciones y Acciones Correctivas: Se elaboraron recomendaciones y acciones


correctivas basadas en los hallazgos del diagnóstico para mejorar la seguridad y salud de
los trabajadores.

● Seguimiento Continuo: Se propuso la implementación de un sistema de seguimiento


para asegurar mejoras continuas en las condiciones de salud y seguridad.

Este diagnóstico debe ser realizado por profesionales de salud ocupacional y seguridad industrial
y utilizarse para desarrollar un programa de prevención de riesgos y promoción de la salud en el
lugar de trabajo. Además, se enfatiza la importancia de promover una cultura de seguridad en la
empresa para el compromiso de todos los trabajadores en la protección de su salud y seguridad.

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DIAGNOSTICO DE CONDICIONES DE TRABAJO

En la empresa MELGAREJO S.A.S. Se ha implementado la Matriz de Riesgo (MIVERP) como


una herramienta de gestión para identificar y mitigar los riesgos asociados al manejo de
productos químicos. Se han adoptado medidas preventivas como protocolos de seguridad,
equipos de protección personal y capacitación constante en seguridad y salud ocupacional.
También se han establecido medidas correctivas en caso de emergencia. El objetivo final es
garantizar la salud y bienestar de los trabajadores, evitar ausencias médicas y mejorar la
productividad en la empresa. (VER ANEXO E).

9. DESCRIPCIÓN DE LA ENFERMEDAD

A continuación, se presenta una breve descripción de las enfermedades laborales que afectan a
la población trabajadora de MELGAREJO S.A.S en el área de producción. Esta información se
ha obtenido del Decreto 1477 de 2014 y se muestra en la siguiente tabla.

ENFERMEDAD CÓDIGO SÍNTOMAS CAUSAS IMÁGENES

Los signos y La dermatitis por


síntomas de la contacto se
dermatitis por produce a causa
contacto varían de la exposición
mucho y pueden a una sustancia
incluir los que irrita la piel o
siguientes: provoca una
reacción alérgica.
-Un sarpullido con La sustancia
picazón puede ser una de
miles de
-Manchas alérgenos e
ásperas de un irritantes
color más oscuro conocidos. Con
Dermatitis por que el habitual frecuencia, las
contacto L24.0 (hiperpigmentada personas tienen
irritante por s) que suelen ser reacciones
detergente más frecuentes alérgicas e
en pieles morenas irritantes al
o negras mismo tiempo.
-Piel seca,
agrietada y La dermatitis
escamosa; esto irritativa por
es más frecuente contacto es el
en pieles blancas tipo más
frecuente. La
-Bultos y reacción cutánea
ampollas, a veces no alérgica
con secreción y ocurre cuando un
costras irritante daña la
capa protectora
-Hinchazón, ardor externa de la piel.

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o sensibilidad Algunas
personas
reaccionan a
irritantes fuertes
después de una
única exposición.
Otras personas
pueden presentar
un sarpullido
después de
exposiciones
reiteradas a
incluso irritantes
leves, como el
agua y el jabón.
Y algunas
personas tienen
tolerancia a la
sustancia con el
tiempo.

Los síntomas La causa más


suelen empezar común es una
con irritación infección viral
nasal y que produce
congestión, que tumefacción de la
progresa después laringe y la
de 12 a 48 h tráquea.
teniendo dificultad Inicialmente el
para respirar, tos, virus infecta la
Laringotraqueit J04.2 ladrido y nariz y la
is aguda ronquera. Otros garganta y
síntomas pueden después se
ser: fiebre, rash extiende a la
cutáneo, laringe y la
conjuntivitis e tráquea. Así, la
incluso infección
tumefacción de progresa hasta la
los ganglios tráquea y la
linfáticos. vuelve tumefacta,
con obstrucción
del espacio
disponible a
través del cual
entra el aire a los
pulmones.

Si tienes rinitis no Hay muchos


alérgica, es factores
probable que desencadenantes
tengas síntomas de la rinitis no
que van y vienen alérgica, que
todo el año. Los incluye:

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signos y síntomas
de la rinitis no - Irritantes
alérgica pueden ambientales u
incluir: ocupacionales.
El polvo, la
-Congestión nasal contaminación, el
o goteo de la humo de
nariz segunda mano, o
-Estornudos los olores fuertes,
-Mucosidad en la como perfumes,
garganta pueden
-Tos desencadenar la
rinitis no alérgica.
Generalmente, la Los gases
rinitis no alérgica químicos, como
no causa picazón aquellos a los
en la nariz, los que podría estar
Rinitis no J31.0 ojos o la expuesto en
alérgica garganta, determinadas
síntomas ocupaciones,
asociados con también pueden
alergias como la ser los culpables.
fiebre del heno. -Cambios
climáticos. Los
cambios de
temperatura o
humedad pueden
hacer que las
membranas del
interior de la nariz
se hinchen y
provoquen goteo
de la nariz o
congestión nasal.
-Infecciones.
Infecciones
virales como un
resfriado o
influenza
comúnmente
causan la rinitis
no alérgica.

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Los síntomas de La dermatitis de


piel de las manos, contacto irritativa
sobre todo en las en su forma
palmas y en los crónica es la
espacios causa más
interdigitales, que frecuente de
suelen aparecer dermatitis de
son: contacto en el
ámbito laboral.
-Enrojecimiento o
inflamación de la Con mayor
piel en el área frecuencia se
Dermatitis expuesta. localiza en las
alérgica de L23.5 manos,
contacto -Lesiones que especialmente en
debido a otros pueden ser de grupos de
productos cualquier tipo. población en
químicos contacto con
-Enrojecimiento, irritantes
erupción, pápulas, frecuentes como
vesículas, son las amas de
ampollas, además casa, peluqueras,
de exudado y trabajadores en
formación de climas fríos, etc.
costras.
Dentro de las
-Picor o sustancias que
quemazón. con mayor
frecuencia
-Aumento de la provocan
sensibilidad de la dermatitis de
piel. contacto irritativa
están el níquel,
cobalto, cromo,
mercurio, gomas,
etc.

10. EXAMENES MEDICOS OCUPACIONALES REQUERIDOS

Se relaciona de acuerdo al profesiograma que corresponde al componente de la vigilancia del


peligro químico en la empresa MELGAREJO S.A.S se deben tomar medidas para asegurar que
todos los empleados tengan acceso a los equipos de protección necesarios y se fomente su uso
constante y adecuado en todas las áreas de trabajo. Además, es primordial establecer un
sistema de seguimiento y control para garantizar el cumplimiento de estas medidas de seguridad,
además de que se elaborara el paso a paso a seguir para identificar la posible enfermedad
laboral, detectar oportunamente y los procesos que se aplican cuando ya está en estado
avanzado.

● Síntomas Iniciales: En el momento en que el trabajador comienza a experimentar


síntomas de una posible enfermedad relacionada con el trabajo, debe estar alerta y
consciente de su salud.

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● Notificación al Empleador: El trabajador debe informar inmediatamente a su empleador


acerca de los síntomas que está experimentando. Esto es crucial para iniciar el proceso de
registro y notificación de la enfermedad laboral.

● Reporte a la EPS: El empleador, tras recibir la notificación del trabajador, tiene la


responsabilidad de reportar la situación a la Entidad Promotora de Salud (EPS)
correspondiente. Esto se realiza para que se inicie el proceso de atención médica y
seguimiento.

● Solicitud de Cita Médica: El trabajador, a través de la Entidad Promotora de Salud


( EPS), solicita una cita con un médico especializado en salud ocupacional para una
evaluación más detallada.

● Evaluación Médica Inicial: El médico realiza una evaluación exhaustiva y, si es


necesario, ordena exámenes médicos específicos para identificar y confirmar la
enfermedad laboral.

● Resultados de Exámenes: Una vez completados los exámenes, se obtienen los


resultados que ayudarán a determinar la naturaleza y el alcance de la enfermedad.

● Calificación de Origen de la Enfermedad: Con los resultados en mano, se inicia el


proceso de calificación para determinar si la enfermedad está relacionada con el trabajo.
Este proceso puede involucrar a expertos en salud ocupacional y autoridades pertinentes.

● Inicio del Tratamiento: Si se confirma que la enfermedad es de origen laboral, se


prescribe un tratamiento adecuado para el trabajador. Esto puede incluir medicamentos,
terapia física o cualquier otra intervención médica necesaria.

● Plan de Seguimiento: Se establece un plan de seguimiento para garantizar que el


tratamiento sea efectivo y que el trabajador se recupere de manera adecuada. Esto puede
incluir visitas médicas regulares y ajustes en el tratamiento según sea necesario.

● Exámenes Periódicos: Se programan exámenes médicos periódicos para evaluar la


evolución de la enfermedad y asegurarse de que no haya recaídas. Estos exámenes son
esenciales para la atención continua y la prevención de futuros problemas de salud
relacionados con el trabajo.

Este proceso paso a paso garantiza una atención médica oportuna y adecuada para los
trabajadores que puedan verse afectados por enfermedades laborales, al tiempo que cumple con
las regulaciones y normativas de seguridad y salud en el trabajo en Colombia.

cuando la enfermedad está en estado avanzado se lleva a cabo el siguiente proceso:

El empleador llevará a cabo exámenes ocupacionales según las necesidades y limitaciones


individuales de los empleados para el desempeño de sus funciones, teniendo en cuenta las
recomendaciones y restricciones emitidas por el médico ocupacional.

11. RECOMENDACIONES PARA PREVENIR ENFERMEDAD LABORAL RELACIONADAS


CON SUSTANCIAS PELIGROSAS DE ACUERDO CON LA GATISST - DERMATITIS POR
CONTACTO

De acuerdo con la información técnica de la guía sobre dermatitis por contacto, podemos
identificar y llevar a cabo medidas de prevención que nosotros, como tecnólogos, consideramos

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pertinentes para que los trabajadores de MELGAREJO S.A.S tengan la capacidad de aplicarlas
en sus actividades diarias, evitando posibles problemas en la piel debido al uso constante de
sustancias químicas.

Aquí hay algunas recomendaciones para prevenir la dermatitis por contacto de acuerdo con la
Guía de Análisis de Trabajo e Identificación de Peligros, Riesgos y Medidas de Control
(GATISST):

1. Identificar y evaluar los peligros: Realiza una evaluación exhaustiva de los productos
químicos o sustancias peligrosas utilizadas en el lugar de trabajo. Identifica y clasifica los
peligros y riesgos asociados a cada sustancia.

2. Informar y capacitar a los trabajadores: Proporciona a los trabajadores información


detallada sobre las sustancias peligrosas utilizadas en el lugar de trabajo, sus riesgos para
la salud y las medidas de control necesarias para prevenir la dermatitis por contacto.
Capacita a los trabajadores sobre prácticas seguras de trabajo y el uso adecuado del
equipo de protección personal (EPP).

3. Implementar medidas de control de ingeniería: Utiliza sistemas de ventilación


adecuados, como campanas extractoras, para reducir la exposición a vapores, humos y
aerosoles irritantes. Asegúrate de tener adecuados sistemas de almacenamiento y
derrame para evitar la exposición innecesaria y los derrames de sustancias peligrosas.

4. Proporcionar equipos de protección personal (EPP): Asegúrate de que los


trabajadores tengan acceso y usen el EPP adecuado, como guantes de protección, gafas
de seguridad, ropa protectora y cremas barrera. Capacita a los trabajadores sobre cómo
usar y mantener adecuadamente el EPP.

5. Implementar prácticas de higiene adecuadas: Promueve el lavado frecuente de manos


con agua tibia y jabón suave antes y después de trabajar con sustancias peligrosas. Utiliza
limpiadores suaves y no irritantes para evitar dañar la piel. Proporciona cremas hidratantes
para mantener la piel en buen estado.

6. Mantener registros y llevar a cabo revisiones periódicas: Realiza registros detallados


de las sustancias peligrosas utilizadas en el lugar de trabajo y las medidas de control
implementadas. Lleva a cabo revisiones periódicas para garantizar la eficacia de las
medidas de control y realizar ajustes si es necesario.

12. POBLACIÓN OBJETO DE ESTUDIO

CARGO ÁREAS ACTIVIDADES NÚMERO DE


TRABAJADORES

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TOXICOLOGÌA- DERMATITIS POR CONTACTO

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Realizar limpieza y
desinfección del área de
producción y de los

OPERARIO PRODUCCIÓN
utensilios que van a ser
usados al inicio y final de
la jornada laboral,
7
haciendo uso de
sustancias como
detergente líquido
, amonio, y jabón líquido.

● NO CASO: De los 7 trabajadores encuestados en la empresa MELGAREJO S.A.S, se


encontró que únicamente dos de ellos no presentaron síntomas de dermatitis por contacto.
Esta diferencia se puede atribuir al hecho de que estas dos personas hacen uso de
guantes durante la realización de tareas de limpieza.

● CASO PROBABLE: En la empresa MELGAREJO S.A.S, se llevó a cabo una encuesta


entre los 7 trabajadores, de los cuales 4 manifestaron síntomas de picazón, enrojecimiento
y resequedad en sus manos. Estos síntomas se atribuyen al contacto directo con
sustancias como el amonio y el límpido, que son utilizadas en sus labores diarias sin el
uso de guantes de protección.

● CASO:En la empresa MELGAREJO S.A.S, se realizó una encuesta a 7 trabajadores para


determinar la prevalencia de la enfermedad de dermatitis por contacto. Los resultados
revelaron que solamente 1 empleado presentó un diagnóstico positivo para esta condición.
El individuo en cuestión ha experimentado irritación cutánea constante, así como la
aparición de heridas debido a la intensa picazón y la consiguiente inflamación en la piel.
Además de estos síntomas dermatológicos,los cuales se atribuyen al uso diario de amonio
sin hacer uso de los guantes de protección.

● CASO SUSCEPTIBLE: En la empresa MELGAREJO S.A.S, se realizó una encuesta entre


los 7 trabajadores, con el objetivo de conocer su susceptibilidad a contraer otras
enfermedades además de la dermatitis por contacto. Los resultados revelaron que sólo 4
de los encuestados podrían ser considerados como casos susceptibles.

Es importante destacar que estas condiciones adicionales identificadas en los


encuestados son la Laringotraqueitis aguda y la rinitis no alérgica. Ambas enfermedades,
si bien no están directamente relacionadas con la dermatitis por contacto, pueden
presentarse en conjunto con esta última debido a diversos factores, como la exposición a
sustancias irritantes o alérgenos presentes en el ambiente laboral.

13. LISTA DE SUSTANCIAS QUÍMICAS

Realizar el listado de los productos químicos usados en la empresa proyecto indicando:

DENOMINACIÓN ESTADO/
DEL PRODUCTO- SISTEMA DE OBSERVACIONES/
ITE NOMBRE USO ALMACENAMIE CANTIDAD FOTOS
M COMERCIAL NTO
1 Detergente liquido
Nombre comercial:
neutovix

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2 Amonio cuaternario
3 jabon liquido de
manos

14. HOJAS DE DATOS DE SEGURIDAD DE LAS SUSTANCIAS QUÍMICAS

La Hoja de Datos de Seguridad (HDS) es un documento esencial que proporciona una


comunicación completa de los peligros asociados con productos químicos, abarcando tanto los
riesgos para la seguridad humana como para la infraestructura y los ecosistemas. Además,
brinda información crucial sobre las precauciones necesarias y las acciones a seguir en caso de
emergencia. Comúnmente conocida como MSDS, esta sigla proviene del inglés y se traduce
como "Hoja de Datos de Seguridad de Materiales". Es importante destacar que la MSDS se
diferencia de una "ficha técnica" en que esta última se centra en las especificaciones exactas e
instrucciones de uso del producto.

¿Quién elabora las Hojas de Datos de Seguridad?

Cada producto químico o mezcla debe contar con su propia hoja de seguridad, y, por lo tanto, su
elaboración recae en aquellos que conocen a fondo sus propiedades, es decir, los fabricantes de
los productos. La creación de este documento puede requerir el envío de muestras del producto
a entidades especializadas y confiables que realicen pruebas toxicológicas y propiedades físico-
químicas, o bien, puede implicar una revisión bibliográfica exhaustiva. En este contexto, es de
suma importancia verificar la fuente de la información para asegurar su confiabilidad.

¿Quién suministra las Hojas de Datos de Seguridad?

Los fabricantes que emiten hojas de seguridad confían en centros de información, como
SISTEMA, existentes en diversos países, para gestionar y suministrar estas hojas de seguridad.
Estos centros tienen la ventaja de brindar un servicio disponible las 24 horas, lo que resulta
sumamente útil tanto en situaciones de emergencia como para consultas periódicas. De lo
contrario, cada fabricante debería contar con servicios similares exclusivamente para
proporcionar información sobre la peligrosidad de sus productos.

¿Qué normativa regula las Hojas de Datos de Seguridad?

En la actualidad, en Colombia, el Decreto 1609 de 2002, relativo al transporte de mercancías


peligrosas, exige el uso de un formato de elaboración de Hojas de Datos de Seguridad (HDS)
conforme a la norma técnica NTC 4435, con la última actualización registrada el 15 de diciembre
de 2010. Este documento sugiere la organización de la información en 16 secciones que abordan
diversas preguntas:

1. ¿Qué es el material y qué información es esencial en caso de emergencia? (Secciones 1-


3).
2. ¿Cómo debo actuar en situaciones peligrosas? (Secciones 4-6).

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3. ¿Cómo puedo prevenir situaciones peligrosas? (Secciones 7-10)

4. ¿Existe otra información relevante acerca de este material? (Secciones 11-16).

En la NTC 4435 se recomiendan títulos y un orden específico para las secciones de la Hoja de
Datos de Seguridad (HDS):

Sección 1: Identificación del producto químico y la compañía.


Sección 2: Composición, información sobre los componentes.
Sección 3: Identificación de peligros.
Sección 4: Medidas de primeros auxilios.
Sección 5: Medidas para extinción de incendios.
Sección 6: Medidas para escape accidental.
Sección 7: Manejo y almacenamiento.
Sección 8: Controles de exposición, protección personal.
Sección 9: Propiedades físicas y químicas.
Sección 10: Estabilidad y reactividad.
Sección 11: Información toxicológica.
Sección 12: Información ecológica.
Sección 13: Consideraciones sobre la exposición del producto.
Sección 14: Información sobre transporte.
Sección 15: Información reglamentaria.
Sección 16: Información adicional.

En la empresa MELGAREJO S.A.S, disponemos de hojas de datos de seguridad (HDS) de


sustancias químicas, pero desafortunadamente están en formato digital y carecen de información
completa. Para abordar esta situación, hemos creado nuevas hojas de datos de seguridad que
contienen todas las secciones necesarias y ofrecen información completa y organizada. Estas
nuevas hojas de datos se han impreso y se encuentran en excelente estado, listas para ser
utilizadas en forma física y mantenerse junto a las sustancias químicas (VER ANEXO B).

15. TARJETAS DE EMERGENCIA

El documento de la Tarjeta de Emergencia es un complemento importante de la Hoja de Datos


de Seguridad (HDS o MSDS) y se crea específicamente para facilitar la atención primaria en
situaciones de emergencia durante el transporte de materiales, ya sean peligrosos o no. La
Tarjeta de Emergencia proporciona información esencial sobre el producto, su fabricante, el
proveedor y el contacto de emergencia. Además, identifica los riesgos asociados con la
sustancia, las medidas de protección necesarias y las acciones recomendadas en caso de
incendio, derrame u otros eventos que puedan afectar a las personas o al entorno.

¿Quién es responsable de su elaboración?

La responsabilidad de elaborar la Tarjeta de Emergencia recae en el fabricante, quien la


proporciona a sus clientes y otros grupos interesados. Además, se prepara específicamente para
transportistas y está disponible para otros destinatarios, como conductores, comunidades
cercanas, servicios de respuesta a emergencias, empleados, profesionales ambientales,
personal médico y de salud, profesionales de la seguridad y salud ocupacional, autoridades de
carreteras y agencias ambientales, entre otros. La información en la Tarjeta de Emergencia debe
ser clara y de fácil comprensión, y se presenta en español para llegar al público más amplio
posible.

¿Qué normativa regula su uso?

La reglamentación relacionada con el transporte de mercancías peligrosas, establecida en el

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Decreto 1609/2002, establece que la Norma Técnica Colombiana NTC 4532 es de cumplimiento
obligatorio. En consecuencia, se debe seguir el formato sugerido por esta norma. En términos
generales, la Tarjeta de Emergencia es más concisa que la Hoja de Datos de Seguridad (HDS o
MSDS) y abarca los siguientes secciones, además de la fecha de preparación:

Sección 1: Identificación de la mercancía peligrosa, la empresa y la clasificación de las Naciones


Unidas.
Sección 2: Identificación de peligros.
Sección 3: Controles de exposición y protección personal.
Sección 4: Estabilidad y reactividad.
Sección 5: Medidas de primeros auxilios.
Sección 6: Medidas para la extinción de incendios.
Sección 7: Medidas en caso de vertido accidental.

¿Quiénes la utilizan y con qué propósito?

La Tarjeta de Emergencia tiene un propósito principal: proporcionar información rápida y


específica durante el transporte de una mercancía. Esta información es consultada por
autoridades en la carretera, equipos de respuesta a emergencias, brigadas de empresas
involucradas en el transporte y el propio conductor de la carga. Además, la Tarjeta de
Emergencia sirve como herramienta de entrenamiento y referencia para los transportistas,
ayudándoles a responder a las siguientes preguntas fundamentales:

1. ¿Qué es este material y qué debo saber de inmediato en caso de emergencia?


(Secciones 1 y 2)

2. ¿Cómo puedo prevenir que la emergencia empeore? (Secciones 3 y 4)

3. ¿Qué debo hacer si se presenta una emergencia? (Secciones 5, 6 y 7)

La Tarjeta de Emergencia es una herramienta vital para garantizar la seguridad en el transporte


de mercancías, tanto para el personal involucrado como para la protección del medio ambiente y
las comunidades cercanas. Proporciona información crítica y guía en situaciones de emergencia
para minimizar riesgos y tomar medidas adecuadas de manera eficiente.

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IMAGEN DE REFERENCIA 2

En la empresa MELGAREJO S.A.S, hemos identificado la ausencia de tarjetas de emergencia.


Con el propósito de fortalecer nuestra preparación ante posibles situaciones críticas, hemos
tomado la iniciativa de diseñar y crear estas tarjetas. Para obtener más detalles, por favor,
consulte el (ANEXO A) para una comprensión más detallada.

16. SISTEMA DE INFORMACIÓN DE LAS SUSTANCIAS QUÍMICAS

La norma NFPA 704, también conocida como el sistema de diamante del fuego, desempeña un
papel fundamental en la comunicación de los riesgos asociados con materiales peligrosos. Es
crucial que todo el personal esté familiarizado tanto con los criterios de clasificación como con el
significado de cada número en cada color del diamante. Clasificar productos químicos por cuenta
propia sin comprender completamente las variables involucradas no es recomendable ni seguro.

A continuación, se presenta un resumen conciso de los aspectos esenciales del diamante del
fuego:

1. Cuatro Secciones de Colores: El diamante se divide en cuatro secciones de colores


diferentes, cada una representando un aspecto particular del riesgo químico.

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2. Significado de los Colores: Cada color tiene un significado específico: azul para salud,
rojo para inflamabilidad, amarillo para reactividad y blanco para otros riesgos.

3. Escala Numérica: Dentro de cada sección, se utiliza una escala numérica del 0 al 4 para
indicar el nivel de peligrosidad, donde 0 representa ningún riesgo y 4 denota un riesgo
extremadamente alto.

4. Comunicación Rápida: El diamante del fuego permite una comunicación rápida y efectiva
de los riesgos, ayudando a los trabajadores y equipos de respuesta a comprender los
peligros y tomar medidas adecuadas.

5. No Clasificar Sin Conocimiento: Es importante no intentar clasificar sustancias químicas


sin un conocimiento adecuado de las variables involucradas. La clasificación precisa es
esencial para la seguridad.

El rombo se presenta de la siguiente manera:

La GTC 45 nos recomienda utilizar la siguiente tabla Para determinar el nivel de deficiencia de
los peligros químicos (sólidos, líquidos gaseosos):

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ETIQUETAS
etiqueta información impresa que se hace sobre el riesgo que puede representar una
mercancía, por medio de colores o símbolos; se ubica sobre los diferentes empaques o
embalajes de las mercancías.

Los elementos básicos de una etiqueta SGA son:

Símbolos o pictogramas: son indicaciones graficas del peligro que se enmarcan en un


rombo de color rojo para todos los tipos de peligros (Físicos, para la salud y para el Medio
ambiente) y para todas las categorías, es decir, cada clase de peligro tiene asociadas
unas categorías y subcategorias de acuerdo con la intensidad del efecto que pueda
ocasionar. Por ejemplo: una sustancia INFLAMABLE Categoría 1 indica que es
Extremadamente inflamable; mientras que un INFLAMABLE Categoría 3 es Inflamable en
menor grado.

Esto se define de acuerdo con las propiedades de cada sustancia y las condiciones del

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proceso.

● Palabra de advertencia: indica la mayor o menor gravedad del peligro. Dichas


palabras son únicamente dos: “PELIGRO” (utilizada para las categorías más
graves) o “ATENCIÓN”.

● Indicaciones de peligro: son frases asignadas a una clase y categoría para


describir la índole del peligro y el grado del mismo cuando aplique. Se conocen
actualmente como Frases H (Hazard statement).

● Consejos de prudencia: son frases que describen las medidas recomendadas que
deberían tomarse para minimizar o prevenir los efectos adversos causados por la
exposición a un producto de riesgo. Se conocen como frases P (Precautionary
statement).

A diferencia de la identificación para el transporte, el Sistema Globalmente Armonizado no utiliza


números ni elementos diferentes al pictograma dentro del rombo.

Mayor información acerca de cómo se asignan los símbolos y demás elementos, puede
consultarse en el llamado “Libro Púrpura” de las Naciones Unidas, el cual se actualiza
aproximadamente cada dos años. El SGA es obligatorio en todo el territorio Europeo y en
Estados Unidos. Por tanto, su uso tiende a ser universal.

Ejemplo de una etiqueta SGA

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En la empresa MELGAREJO S.A.S, hemos llevado a cabo una exhaustiva evaluación de


nuestros productos de limpieza y hemos identificado que, si bien estos cuentan con etiquetas,
estas se encuentran incompletas. En vista de esta situación, nos hemos propuesto como objetivo
mejorar y garantizar la seguridad y la transparencia en nuestro catálogo de productos.

Para lograr esto, hemos desarrollado nuevas etiquetas que incluyen toda la información relevante
del producto, así como pictogramas y precauciones necesarias para su correcto uso. Creemos
que es de suma importancia que nuestros trabajadores tengan acceso a todos los detalles
necesarios para utilizar los productos de manera efectiva y segura.

Estas nuevas etiquetas han sido diseñadas siguiendo las disposiciones legales y normativas
vigentes, garantizando así el cumplimiento de los estándares de calidad y seguridad. Nos hemos
asegurado de incluir toda la información necesaria sobre los componentes del producto,
instrucciones de uso y almacenamiento, así como cualquier otra advertencia o precaución
relevante. (VER ANEXO D).

17. MATRIZ DE COMPATIBILIDAD – SISTEMA DE ALMACENAMIENTO SEGURO

Una matriz de compatibilidad de sustancias químicas es una herramienta que se utiliza para
evaluar la seguridad y la interacción entre diferentes sustancias químicas. Esta matriz se crea
con el propósito de prevenir accidentes químicos, minimizar riesgos y garantizar la seguridad en
el manejo, almacenamiento y transporte de productos químicos. Su importancia radica en varios
aspectos clave:

1. Seguridad en el Trabajo: La matriz de compatibilidad ayuda a identificar


combinaciones de productos químicos que pueden generar reacciones peligrosas,
como incendios, explosiones, liberación de gases tóxicos o corrosivos, entre otros.
Esto es crucial para proteger la seguridad de los trabajadores y reducir el riesgo de
lesiones o enfermedades ocupacionales.

2. Prevención de Accidentes: Al conocer las incompatibilidades químicas, es posible


tomar medidas preventivas para evitar accidentes químicos graves en el lugar de
trabajo o en el entorno en general. Esto incluye el almacenamiento adecuado de
sustancias químicas y la separación de productos que no deben entrar en contacto
entre sí.

3. Protección del Medio Ambiente: La matriz de compatibilidad también contribuye a


la protección del medio ambiente al prevenir derrames y liberaciones no controladas
de sustancias químicas que podrían contaminar suelos, aguas subterráneas o
cuerpos de agua cercanos.

4. Cumplimiento Normativo: En muchos lugares, el cumplimiento de regulaciones y


normativas de seguridad química es un requisito legal. Una matriz de compatibilidad
ayuda a cumplir con estas regulaciones al garantizar que se tomen las medidas
adecuadas para el manejo seguro de productos químicos.

5. Planificación de Emergencias: La matriz de compatibilidad es una herramienta


esencial para la planificación de emergencias químicas. Ayuda a los equipos de
respuesta a identificar los riesgos potenciales y tomar decisiones informadas en
caso de un incidente químico.

6. Gestión Eficiente de Inventarios: Conocer las incompatibilidades químicas


también facilita la gestión de inventarios de productos químicos al permitir un

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almacenamiento más eficiente y seguro.

7. Reducción de Costos: Evitar incidentes químicos costosos, como derrames o


fugas, puede resultar en ahorros significativos en términos de limpieza,
reparaciones y costos legales.

En resumen, una matriz de compatibilidad de sustancias químicas es una herramienta


fundamental para garantizar la seguridad en el manejo de productos químicos, tanto en el lugar
de trabajo como en otros entornos. Su importancia radica en su capacidad para prevenir
accidentes, proteger la salud humana y el medio ambiente, y cumplir con las regulaciones de
seguridad química.

IMAGEN DE REFERENCIA 4

Los colores utilizados en una matriz de compatibilidad de sustancias químicas indican los niveles
de compatibilidad entre sustancias químicas, es una práctica común en la creación de matrices
de compatibilidad. Cada color representa un nivel diferente de compatibilidad o incompatibilidad
entre las sustancias químicas y facilita la identificación rápida de riesgos.

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En la empresa MELGAREJO S.A.S, contamos con instalaciones de almacenamiento


especialmente diseñadas para sustancias químicas. A continuación, adjuntamos evidencia
fotográfica.

En la empresa MELGAREJO S.A.S, se ha desarrollado un importante proceso de diseño y


establecimiento de la matriz de compatibilidad. Esta herramienta es esencial en nuestra empresa,
ya que no contábamos con ella anteriormente.

Gracias a la implementación de esta matriz, estamos trabajando en la prevención de accidentes y


protegiendo la salud de nuestros trabajadores. De esta manera, estamos promoviendo un
entorno laboral seguro y saludable.

Es de suma importancia que todos los trabajadores de MELGAREJO S.A.S comprendan la


relevancia de esta matriz y sepan cómo utilizarla. Por ello, les solicitamos que se tomen el tiempo
para leerla detenidamente y familiarizarse completamente con su contenido (VER ANEXO C).

Anteriormente mencionamos que la matriz de compatibilidad es una herramienta que nos


proporciona información valiosa sobre cómo interactúan diferentes materiales y sustancias en
nuestro lugar de trabajo. Con su comprensión adecuada, podremos evitar accidentes y minimizar
riesgos innecesarios.

Es nuestra responsabilidad como líderes de SST asegurarnos de que seamos conscientes de


los peligros y riesgos potenciales que pueden surgir de las incompatibilidades de productos
químicos o materiales en las instalaciones de la empresa.

18. PLAN DE ACCIÓN FRENTE AL PELIGRO QUÍMICO

Un plan de acción para el uso de sustancias químicas como amonio, detergente y jabón líquido
antibacterial debe incluir medidas preventivas y correctivas para garantizar un manejo seguro de
estas sustancias en el entorno laboral o doméstico.
Se garantiza el uso seguro de amonio, detergente y jabón líquido antibacterial en las
instalaciones de la empresa MELGAREJO S.A.S minimizando los riesgos para la salud y el
medio ambiente.

para comenzar con el plan de acción primero identificamos las sustancias químicas que están
presentes en la empresa MELGAREJO S.A.S como:
● el amonio.

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● detergente.
● jabón líquido antibacterial.
procedemos con la evaluación de riesgos:

● Identificar y documentar los posibles riesgos asociados al manejo, almacenamiento y uso


de estas sustancias.
● Evaluar los riesgos para la salud de los trabajadores/residentes y el impacto ambiental.

posteriormente de la identificación de las sustancias químicas, de los riesgos y la evaluación de


riesgos, se establecen las medidas preventivas y correctivas:

MEDIDAS PREVENTIVAS:

Entrenamiento y Capacitación: Proporcionar formación a todos los trabajadores de la


empresa MELGAREJO S.A.S sobre el manejo seguro de estas sustancias e informar
sobre los posibles peligros, precauciones y medidas de primeros auxilios.

Etiquetado y Almacenamiento: Etiquetar claramente los envases de amonio, detergente


y jabón líquido con sus nombres, advertencias y fecha de vencimiento y Almacenar las
sustancias en lugares designados, alejados de fuentes de calor y productos incompatibles.

Equipos de Protección Personal (EPP): Proporcionar EPP adecuados, como guantes y


gafas de seguridad, para aquellos que manejan estas sustancias de manera regular.

Ventilación: Asegurar una buena ventilación en áreas donde se utilicen estas sustancias
para reducir la exposición a vapores y aerosoles.

MEDIDAS CORRECTIVAS:

Revisión y Actualización: Realizar evaluaciones periódicas de riesgos y ajustar el plan


de acción según sea necesario.

Evaluación y Seguimiento: Realizar auditorías periódicas para asegurarse de que se


están siguiendo las medidas preventivas y correctivas.

Comunicación y Concientización: Comunicar regularmente sobre el plan de acción a


todos los trabajadores de la empresa MELGAREJO S.A.S, Fomentar una cultura de
seguridad y conciencia sobre el uso adecuado de estas sustancias.

Este plan de acción servirá como guía para promover el uso seguro de amonio, detergente
y jabón líquido, minimizando los riesgos para la salud y el entorno. Es fundamental
adaptarlo a las necesidades y regulaciones específicas de la empresa.

19. INDICADORES DE GESTIÓN

En la empresa MELGAREJO S.A.S, se ha observado una ausencia de enfermedades laborales


en los últimos años. Sin embargo, se han informado problemas de salud relacionados con
irritación ocular, inflamación e irritación cutánea que son provocados por el constante uso de
sustancias químicas, como detergentes, amonio, jabón líquido antibacterial entre otros.

Estos problemas de salud podrían ser consecuencia directa de no utilizar los elementos de
protección necesarios, tales como guantes y gafas de seguridad. Es importante destacar que el
uso correcto de estos elementos es esencial para prevenir y minimizar los riesgos de exposición

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a sustancias químicas, como las mencionadas anteriormente.

Por esta razón, es fundamental que todos los empleados de MELGAREJO S.A.S. sean
conscientes de la importancia de utilizar los equipos de protección adecuados durante sus
labores diarias. Asimismo, se recomienda realizar capacitaciones periódicas sobre seguridad
laboral y el correcto uso de dichos elementos de protección.

La empresa debe tomar medidas para asegurar que todos los empleados tengan acceso a los
equipos de protección necesarios y se fomente su uso constante y adecuado en todas las áreas
de trabajo. Además, es primordial establecer un sistema de seguimiento y control para garantizar
el cumplimiento de estas medidas de seguridad.

De esta manera, se podrá mejorar la salud y bienestar de los trabajadores de MELGAREJO


S.A.S., evitando la aparición de problemas de salud relacionados con la exposición a sustancias
químicas y promoviendo un entorno laboral seguro para todos.

Sin embargo, en caso de que se presente y registre enfermedades laborales se hace uso e
implementación de las siguientes fórmulas según la resolución 0312 del 2019:

● INDICADOR DE INCIDENCIA.

(Número de casos nuevos de E.L en el periodo “Z”


*100.000
Promedio de trabajadores en el periodo “Z”)

● INDICADOR DE PREVALENCIA.

(Número de casos nuevos y antiguos E.L. en el periodo “Z”


*100.000
Promedio de trabajadores en el periodo “Z”)

● INDICADOR DE AUSENTISMO POR CAUSA MÉDICA.

(Número días de ausencia por incapacidad laboral o común mes


*100
Número de días de trabajo programados en el mes)

● INDICADOR DE PROCESO: Desarrollo del PVE de acuerdo a CS/CT de riesgos


priorizados (Decreto.1072/15, Art.2,2,4,6,21 #8).

(Número de actividades ejecutadas del PVE en el mes


*100
Número total, de actividades programadas del PVE del año)

● INDICADOR DE RESULTADO: Cumplimiento de los PVE de acuerdo a los peligros y


riesgos (Decreto.1072/15, Art.2,2,4,6,22 #6).

(Número Total actividades ejecutadas PVE cumplidos


*100
Número total de actividades programadas PVE)

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● INDICADOR DE ESTRUCTURA: Procedimiento para DX de Condiciones de Salud


(Decreto.1072/15, Art.2,2,4,6,20 #9).

● TASA por ausentismo de la patología específica.

(Número de ausencias por tal patología del PVE


*100
Número total de trabajadores del PVE)

● TASA de conductas riesgosas.

(Número de conductas riesgosas o incidentes


*100
Número total de trabajadores del PVE)

● TASA de exámenes médicos.

(Número De exámenes realizados del PVE


*100
Número de exámenes programados PVE)

20. NORMATIVIDAD

Normatividad Artículos relacionados

“Por el cual se adopta el Sistema Globalmente


Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos
Químicos y se dictan otras disposiciones en materia de
seguridad química.”

ARTÍCULO 6. Comunicación de Peligros. Se adoptan las


DECRETO 1496 de 2018 etiquetas y las Fichas de Datos de Seguridad - FDS
definidas como los elementos de comunicación definidos en
el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y
Etiquetado de Productos Químicos; sin embargo, estos
elementos se podrán complementar con otros mecanismos
de comunicación, siempre y cuando la información sea
consistente entre los mecanismos utilizados.

ARTÍCULO 7. Etiquetas. La etiqueta de los productos


químicos deberá contener los elementos definidos en el
Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y
Etiquetado de Productos Químicos. Los productos deben
estar etiquetados incluso si están destinados para uso
exclusivo en lugares de trabajo.

PARÁGRAFO 1: Cuando se realice el trasvase de


productos químicos, el recipiente de destino deberá ser
etiquetado conforme al envase del producto original. Se
prohíbe el trasvase de productos químicos en envases que

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cuenten con etiquetado de alimentos o formas que


representan o indiquen alimentos. Se prohíbe el uso de
envases de productos químicos peligrosos para almacenar
alimentos.

ARTÍCULO 8. Fichas de Datos de Seguridad - FDS. El


fabricante y/o importador deberá elaborar la Ficha de Datos
de Seguridad de acuerdo a lo definido en el Sistema
Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de
Productos Químicos - SGA; así mismo, deben garantizar a la
autoridad competente el acceso al soporte técnico y
científico utilizado para su elaboración.

El fabricante, importador y/o comercializador, deben


suministrar a los empleadores o trabajadores que utilicen o
comercialicen productos químicos las Fichas de Datos de
Seguridad y serán responsables por la calidad de la
información de dicha Ficha.

ARTÍCULO 9. Revisión y actualización de fichas de


datos de seguridad - FDS y etiquetas. Los fabricantes e
importadores deberán incorporar la información nueva y
significativa sobre los peligros de un producto químico,
actualizando la etiqueta y la Ficha de Datos de Seguridad
correspondientes. Se entiende por información nueva y
significativa aquella que modifica la clasificación de peligros
del producto químico y requiere un cambio en la etiqueta o
en la FDS.

En todo caso, los fabricantes e importadores deberán revisar


la información de las etiquetas y fichas de datos de
seguridad cada cinco (5) años, y actualizarla de encontrarse
necesario de acuerdo con dicha revisión.

ARTÍCULO 10. Información para la atención de


emergencias. En caso de que se determine una situación
de urgencia o emergencia que requiera conocer información
confidencial de un producto químico, los organismos de
atención de emergencias que estén a cargo de la situación
podrán solicitar esta información y será responsabilidad del
fabricante. importador y/o comercializador entregar en forma
inmediata toda la información específica necesaria para el
tratamiento de la emergencia. Las entidades competentes
que den manejo a la urgencia o emergencia deberán
mantener la confidencialidad de la información.

PARÁGRAFO : Las Fichas de Datos de Seguridad deben


indicar la fecha de elaboración o actualización.

ARTÍCULO 13. Del Transporte terrestre automotor de


sustancias químicas. El transporte terrestre automotor de
productos químicos estará sujeto a lo establecido en la

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regulación vigente de transporte de mercancías peligrosas


por carretera en la Sección 8 del Capítulo 7 del Título 1 de la
Parte 2 del Decreto 1079 de 2015 o aquel que la adicione o
sustituya, incluyendo lo aplicable del Sistema Globalmente
Armonizado.

ARTÍCULO 14. Productos químicos utilizados en


lugares de trabajo. La clasificación y el etiquetado de los
productos químicos utilizados en lugares de trabajo se
realizarán de acuerdo con lo establecido en el Sistema
Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de
Productos Químicos - SGA.

“Por la cual se definen las acciones que deben


desarrollar los empleadores para la aplicación del
Sistema Globalmente Armonizado (SGA) de
Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos en los
lugares de trabajo y se dictan otras disposiciones en
materia de seguridad química”

ARTÍCULO 5. Clasificación de peligros de productos


químicos. Los empleadores deben garantizar que los
productos químicos utilizados en el lugar de trabajo estén
clasificados conforme a los criterios definidos por el SGA de
la Organización de las Naciones Unidas en la sexta edición
revisada (2015).

ARTÍCULO 7. Etiquetado para productos peligrosos.


Conforme con las especificaciones definidas en el SGA, los
productos químicos peligrosos destinados a ser usados en
los lugares de trabajo deberán encontrarse etiquetados. La
etiqueta estará en español y contendrá como mínimo la
RESOLUCIÓN 773 de siguiente información:
2021
7.1 Identificación del producto. Debe ser la misma que la
utilizada en la Ficha de Datos de Seguridad — FDS.

7.2 Identificación de proveedores, ya se trate de fabricantes,


importadores o distribuidores. Nombre, dirección y número
de teléfono proveedores ya se trate de fabricantes,
importadores o distribuidores de los productos químicos.

7.3 Elementos de comunicación de peligros del producto:

7.3.1. Pictogramas de peligro.

7.3.2. Palabra de advertencia (peligro o atención).

7.3.3. Indicaciones de peligro.

7.4 Consejos de prudencia.

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PARÁGRAFO 1. Los pictogramas de peligro, la palabra de


advertencia, las indicaciones de peligro y los consejos de
prudencia deberán aparecer juntos en la etiqueta.

PARÁGRAFO 2. Los consejos de prudencia se escogerán a


criterio del responsable del etiquetado atendiendo
principalmente a aquellos de prevención, de intervención y
de almacenamiento que sean más relevantes para minimizar
los efectos adversos para el usuario del producto químico.
Los demás consejos podrán ser consultados en la FDS.

PARÁGRAFO 3. Si el producto químico se encuentra


contenido en un tanque estacionario se deberá asegurar el
etiquetado en todo punto de descarga o cualquier otro lugar
donde los trabajadores puedan tener contacto con dicho
producto.

ARTÍCULO 8. Etiquetado para productos no peligrosos.


Los productos químicos no peligrosos conforme con los
criterios de clasificación del SGA utilizarán una etiqueta con
la identificación del producto, identificación del proveedor ya
se trate de fabricantes, importadores o distribuidores y
consejos de prudencia.

ARTÍCULO 16. Fichas de Datos de Seguridad — FDS. Los


empleadores deben garantizar que los fabricantes,
importadores y/o proveedores de productos químicos
peligrosos suministren las Fichas de Datos de Seguridad —
FDS, las que deberán estar dispuestas los lugares de
trabajo donde se utilicen y almacenen productos químicos, y
contar con los elementos definidos por el anexo 4 — Guía
para la elaboración de fichas de datos de seguridad (FDS)
del SGA de la Organización de las Naciones Unidas, sexta
edición revisada (2015), considerando lo siguiente:

16.1 Elaborarse en formato libre

16.2 Estar disponibles en idioma español, garantizando la


comprensión por parte de los usuarios en los lugares de
trabajo.

16.3 Los datos e información consignada en las FDS deben


guardar coherencia con la información de las etiquetas de
los productos químicos.

16.4 Registrar la línea de emergencias de acceso local o


número gratuito a través de línea fija o celular y con
disponibilidad 24 horas 7 días a la semana.

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16.5 Incluir la fecha de elaboración, o en caso de ser una


revisión, la fecha de la última revisión.

16.6 Estar disponibles siempre en medio físico o digital.

16.7 Estar ubicadas en un lugar visible y seguro donde no se


encuentren expuestas a la intemperie o posibles
emergencias con los productos químicos.

16.8 Contar con la información requerida en cada sección


según lo definido en el SGA. Si no está disponible dicha
información o no es aplicable, se podrán anotar el texto
completo de «no disponible» o «no aplicable» o las siglas
ND o NA, según sea el caso.

16.9 En lo relativo a la sección 8: Controles de Exposición y


Protección Personal, los valores límites de exposición
ocupacional corresponderá a los TLV definidos por la ACGIH
vigentes a la fecha de elaboración o actualización de la FDS.
En ésta misma sección se debe indicar el tipo de elementos
de protección personal recomendados, precisando
características como, por ejemplo, material de guantes, tipo
de filtro, entre otras especificaciones.

ARTÍCULO 17. Elaboración de Fichas de Datos de


Seguridad FDS en lugares de trabajo. El empleador que
hace las veces de proveedor ya sea como fabricante,
importador o distribuidor de productos químicos peligrosos, o
realiza mezclas propias o diluciones, será el responsable de
la información de la FDS y deberá garantizar a la autoridad
competente el acceso al soporte técnico y científico utilizado
para su elaboración.

ARTÍCULO 18. Actualización de la información. La


información de las etiquetas y FDS bajo el SGA se deberá
actualizar cuando se sustituyan o adicionen productos
químicos peligrosos, o cuando se cuente con información
actualizada de los peligros y riesgos de estos.

Los empleadores deberán revisar a más tardar cada 5 años


la información en la que se basan las etiquetas y las FDS de
los productos químicos peligrosos utilizados en los lugares
de trabajo, incluso si no se ha facilitado información nueva y
significativa al respecto. En caso de identificar cambios o
información nueva y significativa sobre los peligros de un
producto químico, se deberán actualizar las etiquetas y las
FDS correspondientes.
LEY 55 de 1993 “Por medio de la cual se aprueba el "Convenio No. 170 y
la Recomendación número 177 sobre la Seguridad en la
Utilización de los Productos Químicos en el trabajo",
adoptados por la 77a. Reunión de la Conferencia
General de la O.I.T., Ginebra, 1990”

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CLASIFICACIÓN Y MEDIDAS CONEXAS

ARTÍCULO 6. Sistemas de clasificación.

1. La autoridad competente, o los organismos aprobados o


reconocidos por la autoridad competente, de conformidad
con las normas nacionales o internacionales, deberán
establecer sistemas y criterios específicos apropiados para
clasificar todos los productos químicos en función del tipo y
del grado de los riesgos físicos y para la salud que entrañan,
y para evaluar la pertinencia de las informaciones
necesarias para determinar su peligrosidad.

2. Las propiedades peligrosas de las mezclas formadas por


dos o más productos químicos podrán determinarse
evaluando los riesgos que entrañan los productos químicos
que las forman.

3. En el caso del transporte, tales sistemas y criterios


deberán tener en cuenta las Recomendaciones de las
Naciones Unidas relativas al transporte de mercancías
peligrosas.

4. Los sistemas de clasificación y su aplicación deberán ser


progresivamente extendidos.

ARTÍCULO 7. Etiquetado y marcado.

1. Todos los productos químicos deberán llevar una marca


que permita su identificación.

2. Los productos químicos peligrosos deberán llevar además


una etiqueta fácilmente comprensible para los trabajadores,
que facilite información esencial sobre su clasificación, los
peligros que entrañan y las precauciones de seguridad que
deban observarse.

3. 1) Las exigencias para etiquetar o marcar los productos


químicos en consonancia con los párrafos 1 y 2 del presente
artículo deberán establecerse por la autoridad competente o
por un organismo aprobado o reconocido por la autoridad
competente, de conformidad con las normas nacionales o
internacionales.

2) En el caso del transporte, tales exigencias deberán tener


en cuenta las Recomendaciones de las Naciones Unidas
relativas al transporte de mercancías peligrosas.

ARTÍCULO 8. Fichas de datos de seguridad.

1. A los empleadores que utilicen productos químicos


peligrosos se les deberán proporcionar fichas de datos de
seguridad que contengan información esencial detallada
sobre su identificación, su proveedor, su clasificación, su
peligrosidad, las medidas de precaución y los
procedimientos de emergencia.

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2. Los criterios para la elaboración de fichas de datos de


seguridad deberán establecerse por la autoridad competente
o por un organismo aprobado o reconocido por la autoridad
competente, de conformidad con las normas nacionales o
internacionales.

3. La denominación química o común utilizada para


identificar el producto químico en la ficha de datos de
seguridad deberá ser la misma que la que aparece en la
etiqueta.

DECRETO 1973 de 1995 ARTÍCULO 1. Promúlgase el "Convenio 170 sobre la


seguridad en la utilización de los productos químicos en el
trabajo", adoptado por la Conferencia General de la
Organización Internacional del Trabajo el 25 de junio de
1990.

ARTÍCULO 6. Sistemas de clasificación

1. La autoridad competente, o los organismos aprobados o


reconocidos por la autoridad competente, de conformidad
con la normas nacionales o internacionales, deberán
establecer sistemas y criterios específicos apropiados para
clasificar todos los productos químicos en función del tipo y
del grado de los riesgos físicos y para la salud que entrañan,
y para evaluar la pertinencia de las informaciones
necesarias para determinar su peligrosidad.

2. Las propiedades peligrosas de las mezclas formadas por


dos o más productos químicos podrán determinarse
evaluando los riesgos que entrañan los productos químicos
que las forman.

3. En el caso del transporte, tales sistemas y criterios


deberán tener en cuenta las Recomendaciones de las
Naciones Unidas relativas al transporte de mercancías
peligrosas.

4. Los sistemas de clasificación y su aplicación deberán ser


progresivamente extendidos.

ARTÍCULO 7. Etiquetado y marcado

1. Todos los productos químicos deberán llevar una marca


que permita su identificación.

2. Los productos químicos peligrosos deberán llevar además


una etiqueta fácilmente comprensible para los trabajadores,
que facilite información esencial sobre su clasificación, los

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Versión: 01, Fecha:14 de septiembre de 2023

peligros que entrañan y las precauciones de seguridad que


deban observarse.

3.1. Las exigencias para etiquetar o marcar los productos


químicos en consonancia con los párrafos 1 y 2 del presente
artículo deberán establecerse por la autoridad competente o
por un organismo aprobado o reconocido por la autoridad
competente, de conformidad con las normas nacionales o
internacionales.

2 (sic). En el caso del transporte, tales exigencias deberán


tener en cuenta las Recomendaciones de las Naciones
Unidas relativas al transporte de mercancías peligrosas.

ARTÍCULO 8. Fichas de datos de seguridad

1. A los empleadores que utilicen productos químicos


peligrosos se les deberán proporcionar fichas de datos de
seguridad que contengan información esencial detallada
sobre su identificación, su proveedor, su clasificación, su
peligrosidad, las medidas de precaución y los
procedimientos de emergencia.

2. Los criterios para la elaboración de fichas de datos de


seguridad deberán establecerse por la autoridad competente
o por un organismo aprobado o reconocido por la autoridad
competente, de conformidad con las normas nacionales o
internacionales.

3. La denominación química o común utilizada para


identificar el producto químico en la ficha de datos de
seguridad deberá ser la misma que la que aparece en la
etiqueta.

ARTÍCULO 9. Responsabilidad de los proveedores.

1. Los proveedores, ya se trate de fabricantes, importadores


o distribuidores, de productos químicos deberán asegurarse
de que:

a). los productos químicos que suministran han sido


clasificados conforme al artículo 6, en base al conocimiento
de sus propiedades y a la búsqueda de información
disponible o evaluados de conformidad con el párrafo 3 del
presente artículo;

b). dichos productos químicos llevan una marca que permite


su identificación, de conformidad con el párrafo 1 del artículo
7.

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c). los productos químicos peligrosos que se suministran han


sido etiquetados de conformidad con el párrafo 2 del artículo
7.

d). Se preparan y proporcionan a los empleadores, conforme


al párrafo 1 del artículo 8, fichas de datos de seguridad
relativas a los productos químicos peligrosos.

2. Los proveedores de productos químicos peligrosos


deberán velar por que se preparen y suministren a los
empleadores, según un método conforme con la legislación
y práctica nacionales, las etiquetas y fichas de datos de
seguridad revisadas cada vez que aparezca nueva
información pertinente en materia de salud y seguridad.

3. Los proveedores de productos químicos que aún no


hayan sido clasificados de conformidad con el artículo 6
deberán identificar los productos que suministran y evaluar
las propiedades de estos productos químicos basándose en
las informaciones disponibles, con el fin de determinar si son
peligrosos.

DECRETO 1609 del 2022 "Por el cual se reglamenta el manejo y transporte


terrestre automotor de mercancías peligrosas por
carretera".

Disposiciones generales de la carga y de los vehículos

ARTÍCULO 4. Manejo de la carga:

1. Rotulado y etiquetado de embalajes y envases

El rotulado y etiquetado de los embalajes y envases de las


mercancías peligrosas debe cumplir con lo establecido para
cada clase en la Norma Técnica Colombiana NTC 1692 -
anexo N 1.

2. Pruebas de ensayo, marcado y requisitos de los


embalajes y envases

Las pruebas y el marcado establecidas en cada Norma


Técnica Colombiana para cada clase de mercancía
peligrosa, deberán realizarse por entidades debidamente
acreditadas ante la Superintendencia de Industria y
Comercio, SIC, de acuerdo con los procedimientos
establecidos dentro del Sistema Nacional de Normalización,
Certificación y Metrología, o ante instituciones
internacionales debidamente aprobadas para tal fin por la
Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, de acuerdo
con la siguiente relación:

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A. Embalajes y envases para transporte de mercancías


peligrosas Clase 1 corresponde a

Explosivos, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC


4702-1 -anexo N 4.

B. Embalajes y envases para transporte de mercancías


peligrosas Clase 2 corresponde a gases inflamables, cuya
Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-2 -anexo N 5.

C. Embalajes y envases para transporte de mercancías


peligrosas Clase 3 corresponde a líquidos inflamables, cuya
Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-3 -anexo N 6.

D. Embalajes y envases para transporte de mercancías


peligrosas Clase 4 corresponde a sólidos inflamables;
sustancias que presentan riesgo de combustión espontánea;
sustancias que en contacto con el agua desprenden gases
inflamables, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC
4702-4 -anexo N 7.

E. Embalajes y envases para transporte de mercancías


peligrosas Clase 5 corresponde a sustancias comburentes y
peróxidos orgánicos, cuya Norma Técnica Colombiana es la
NTC 4702-5 -anexo N 8.

F. Embalajes y envases para transporte de mercancías


peligrosas Clase 6, corresponde a sustancias tóxicas e
infecciosas, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC
4702-6 -anexo N 9.

G. Embalajes y envases para transporte de mercancías


peligrosas Clase 7 corresponde a materiales radiactivos,
cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-7 -anexo
N 10.

H. Embalajes y envases para transporte de mercancías


peligrosas Clase 8 corresponde a sustancias corrosivas,
cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-8 -anexo
N 11.

I. Embalajes y envases para transporte de mercancías


peligrosas Clase 9 corresponde a sustancias peligrosas
varias, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-9 -
anexo N 12.

3. Requisitos generales para el transporte por carretera de


mercancías peligrosas.

A. Ningún vehículo automotor que transporte mercancías


peligrosas podrá transitar por las vías públicas con carga
que sobresalga por su extremo delantero.

B. Todos los vehículos que transporten mercancías


peligrosas en contenedores por las vías públicas del
territorio nacional, deberán fijarlos al vehículo mediante el
uso de dispositivos de sujeción utilizados especialmente

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para dicho fin, de tal manera que garanticen la seguridad y


estabilidad de la carga durante su transporte.

C. Cada contenedor deberá estar asegurado al vehículo por


los dispositivos necesarios, los cuales estarán dispuestos,
como mínimo, en cada una de las cuatro esquinas del
contenedor.

D. Cuando un cargamento incluya mercancías no peligrosas


y mercancías peligrosas que sean compatibles, éstas deben
ser estibadas separadamente.

E. Para el transporte de mercancías peligrosas se debe


cumplir con requisitos mínimos tales como: la carga en el
vehículo deberá estar debidamente acomodada, estibada,
apilada, sujeta y cubierta de tal forma que no presente
peligro para la vida de las personas y el medio ambiente;
que no se arrastre en la vía, no caiga sobre ésta, no
interfiera la visibilidad del conductor, no comprometa la
estabilidad o conducción del vehículo, no oculte las luces,
incluidas las de frenado, direccionales y las de posición, así
como tampoco los dispositivos y rótulos de identificación
reflectivos y las placas de identificación del número de las
Naciones Unidas UN de la mercancía peligrosa
transportada.

F. La clasificación y designación, las condiciones generales


para el transporte así como las condiciones específicas para
el transporte de mercancías peligrosas, establecidas en
cada Norma Técnica Colombiana NTC, son de obligatorio
cumplimiento, teniendo en cuenta la siguiente relación:

1. Clase 1 corresponde a explosivos, la Norma Técnica


Colombiana que la identifica y condiciona su transporte y
uso es la NTC 3966 elaborada por el Organismo Nacional de
Normalización (Icontec) -anexo N 13.

2. Clase 2 corresponde a gases, la Norma Técnica


Colombiana que la identifica y condiciona su transporte y
uso es la NTC 2880 elaborada por el Organismo Nacional de
Normalización (Icontec) -anexo N 14.

3. Clase 3 corresponde a líquidos inflamables, la Norma


Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su
transporte y uso es la NTC 2801 elaborada por el Organismo
Nacional de Normalización (Icontec) -anexo N 15.

4. Clase 4 corresponde a sólidos inflamables; sustancias


que presentan riesgo de combustión espontánea; sustancias
que en contacto con el agua desprenden gases inflamables,
la Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona
su transporte y uso es la NTC 3967 elaborada por el
Organismo Nacional de Normalización (Icontec) -anexo N
16.

5. Clase 5 corresponde a sustancias comburentes y

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peróxidos orgánicos, la Norma Técnica Colombiana que la


identifica y condiciona su transporte y uso es la NTC 3968
elaborada por el Organismo Nacional de Normalización
(Icontec) -anexo N 17.

6. Clase 6 corresponde a sustancias tóxicas e


infecciosas, la Norma Técnica Colombiana que la identifica
y condiciona su transporte y uso es la NTC 3969 elaborada
por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec) -
anexo N 18.

7. Clase 7 corresponde a materiales radiactivos, la


Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su
transporte y uso es la NTC 3970 elaborada por el Organismo
Nacional de Normalización (Icontec) -anexo N 19.

8. Clase 8 corresponde a sustancias corrosivas, la


Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su
transporte y uso es la NTC 3971 elaborada por el Organismo
Nacional de Normalización (Icontec) -anexo N 20.

9. Clase 9 corresponde a sustancias peligrosas varias, la


Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su
transporte y uso es la NTC 3972 elaborada por el Organismo
Nacional de Normalización (Icontec) -anexo N 21.

ARTÍCULO 5. Requisitos de la unidad de transporte y


vehículo de carga destinado al transporte de mercancías
peligrosas. Además de las disposiciones contempladas en
las normas vigentes para el transporte terrestre automotor
de carga por carretera, en el Código Nacional de Tránsito
Terrestre y en la Norma Técnica Colombiana para cada
grupo, de acuerdo con lo establecido en el literal F del
numeral 3 del artículo 4 del presente decreto, el vehículo y la
unidad que transporte mercancías peligrosas debe poseer:

A. Rótulos de identificación de acuerdo con lo estipulado en


la Norma Técnica Colombiana 1692 segunda actualización -
anexo N 1- para cada clase de material peligroso. Para
camiones, remolques y semirremolques tipo tanque, los
rótulos deben estar fijos, y para las demás unidades de
transporte serán removibles, además, deben estar ubicados
a dos (2) metros de distancia en la parte lateral de la unidad
de transporte, a una altura media que permita su lectura; el
material de los rótulos debe ser reflectivo.

B. Identificar en una placa el número de las Naciones


Unidas (UN) para cada material que se transporte, en todas
las caras visibles de la unidad de transporte y la parte
delantera de la cabina del vehículo de transporte de carga,
el color de fondo de esta placa debe ser de color naranja y
los bordes y el número UN serán negros. Las dimensiones
serán 30 cm. x 12 cm., por seguridad y facilidad estas placas
podrán ser removibles.

C. Elementos básicos para atención de emergencias tales

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como: extintor de incendios, ropa protectora, linterna,


botiquín de primeros auxilios, equipo para recolección y
limpieza, material absorbente y los demás equipos y
dotaciones especiales de acuerdo con lo estipulado en la
tarjeta de emergencia Norma Técnica Colombiana NTC
4532, -anexo N 3.

D. Los vehículos que transporten mercancías peligrosas


clase 2, además de acatar lo establecido en este decreto,
deben cumplir lo referente a los requisitos del vehículo
estipulados en la Resolución 074 de septiembre de 1996,
expedida por la Comisión de Energía y Gas, CREG, la
Resolución 80505 de marzo 17 de 1997 expedida por el
Ministerio de Minas y Energía o las demás disposiciones que
sobre el tema emiten estas entidades o quien haga sus
veces.

E. Tener el sistema eléctrico con dispositivos que minimicen


los riesgos de chispas o explosiones.

F. Portar mínimo dos (2) extintores tipo multipropósito de


acuerdo con el tipo y cantidad de mercancía peligrosa
transportada, uno en la cabina y los demás cerca de la
carga, en sitio de fácil acceso y que se pueda disponer de él
rápidamente en caso de emergencia.

G. Contar con un dispositivo sonoro o pito, que se active en


el momento en el cual el vehículo se encuentre en
movimiento de reversa.

H. Los vehículos que transporten mercancías peligrosas en


cilindros, deben poseer dispositivo de cargue y descargue
de los mismos.

I. En ningún caso un vehículo cargado con mercancías


peligrosas puede circular con más de un remolque y/o
semirremolque.

PARÁGRAFO 1. Para los números oficiales UN de las


mercancías peligrosas a transportar, del cual trata el literal b
de este artículo, se debe remitir al libro naranja de la
Organización de las Naciones Unidas "Recomendaciones
relativas al transporte de mercancías peligrosas", elaboradas
por el comité de expertos en transporte de mercancías
peligrosas, del Consejo Económico y Social, versión vigente.

PARÁGRAFO 2. Cuando se transporte más de una


mercancía peligrosa en una misma unidad de transporte, se
debe fijar el número UN correspondiente a la mercancía
peligrosa que presente mayor peligrosidad para el medio
ambiente y la población, en caso eventual de derrame o
fuga.

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DECRETO 4741 de 2005 “por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y


el manejo de los residuos o desechos peligrosos
generados en el marco de la gestión integral.”

ARTÍCULO 5. Clasificación de los residuos o desechos


peligrosos. Los residuos o desechos incluidos en el Anexo I
y Anexo II del presente decreto se considerarán peligrosos a
menos que no presenten ninguna de las características de
peligrosidad descritas en el Anexo III.

El generador podrá demostrar ante la autoridad ambiental


que sus residuos no presentan ninguna característica de
peligrosidad, para lo cual deberá efectuar la caracterización
físico-química de sus residuos o desechos. Para tal efecto,
el generador podrá proponer a la autoridad ambiental los
análisis de caracterización de peligrosidad a realizar, sobre
la base del conocimiento de sus residuos y de los procesos
que los generan, sin perjuicio de lo cual, la autoridad
ambiental podrá exigir análisis adicionales o diferentes a los
propuestos por el generador.

La mezcla de un residuo o desecho peligroso con uno que


no lo es, le confiere a este último características de
peligrosidad y debe ser manejado como residuo o desecho
peligroso.

PARÁGRAFO. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y


Desarrollo Territorial podrá mediante acto administrativo,
incorporar nuevos residuos o desechos peligrosos a las
listas establecidas en el Anexo I y el Anexo II del presente
decreto.

ARTÍCULO 6. Características que confieren a un residuo


o desecho la calidad de peligroso. La calidad de peligroso
es conferida a un residuo o desecho que exhiba
características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas,
inflamables, infecciosas y radiactivas; definidas en el Anexo
III del presente decreto.

ARTÍCULO 7. Procedimiento mediante el cual se puede


identificar si un residuo o desecho es peligroso. Para
identificar si un residuo o desecho es peligroso se puede
utilizar el siguiente procedimiento:

a) Con base en el conocimiento técnico sobre las


características de los insumos y procesos asociados con el
residuo generado, se puede identificar si el residuo posee
una o varias de las características que le otorgarían la
calidad de peligroso;

b) A través de las listas de residuos o desechos peligrosos


contenidas en el Anexo I y II del presente decreto;

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c) A través de la caracterización físico-química de los


residuos o desechos generados.

RESOLUCIÓN 1402 de “Por la cual se desarrolla parcialmente el Decreto 4741


2006 del 30 de diciembre de 2005, en materia de residuos o
desechos peligrosos.”

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Ninguna persona natural o jurídica podrá


introducir al territorio nacional residuos nucleares.

ARTÍCULO 2. Ninguna persona natural o jurídica podrá


introducir al territorio nacional deshechos tóxicos.

ARTÍCULO 3. Ninguna persona natural o jurídica podrá


introducir al territorio nacional residuos o desechos
peligrosos si no cumple con lo consagrado en el Convenio
de Basilea, Ley 253 de 1996, Ley 430 de 1998, Ley 99 de
1993 y sus disposiciones reglamentarias. En consecuencia,
cualquier movimiento transfronterizo de residuos o desechos
peligrosos, deberá dar cumplimiento a lo establecido en las
mencionadas disposiciones.

En particular, se debe acreditar, de conformidad con el


trámite previsto por la licencia ambiental, que se manejen en
forma tal, que no lesionen el ambiente, ni atenten contra la
salud humana, la integridad física y la vida de los habitantes
o cualquier otro derecho fundamental.

En todo caso, se requiere contar con la autorización del


movimiento transfronterizo, establecida en el Convenio de
Basilea y con la licencia ambiental previa al movimiento
transfronterizo, expedidas ambas por el Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

ARTÍCULO 4. De conformidad con la Ley 430 del 16 de


enero de 1998, es obligación y responsabilidad de los
generadores identificar las características de peligrosidad de
cada uno de los residuos o desechos peligrosos que genere,
para lo cual podrá tomar como referencia cualquiera de las
alternativas establecidas en el artículo 7o del Decreto 4741
del 30 de diciembre de 2005. La autoridad ambiental podrá
exigir la caracterización fisicoquímica de los residuos o

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desechos, cuando lo estime conveniente o necesario.

ARTÍCULO 5. La presente resolución rige a partir de su


publicación en el Diario Oficial y deroga todas las
disposiciones que le sean contrarias.

21. DOCUMENTOS RELACIONADOS

A continuación se proporciona una lista de documentos y formatos relacionados que son


esenciales para la empresa MELGAREJO S.A.S Estos documentos desempeñan un papel
fundamental en el Programa de Vigilancia Epidemiológica. Estos documentos son esenciales
para garantizar un entorno de trabajo seguro y cumplir con las regulaciones aplicables.

Anexo A. Tarjetas de Emergencia.


Anexo B. Hojas de Seguridad.
Anexo C. Matriz de Compatibilidad.
Anexo D. Etiquetas.
Anexo E. MIVERP
Anexo F. Diagnóstico de Condiciones de Salud.
Anexo G. Diagnóstico de Condiciones de Trabajo.
Anexo H. EMOS (Exámenes Médicos Ocupacionales).

22. CONCLUSIONES

GENERALES:

En resumen, la implementación del Programa de Vigilancia Epidemiológica (PVE) en toxicología


en la empresa MELGAREJO S.A.S se destaca como una iniciativa de vital importancia para
salvaguardar la salud y bienestar de sus trabajadores. Este programa desempeña un papel
esencial al identificar y abordar los riesgos asociados con la exposición a sustancias químicas en
el lugar de trabajo.

Empodera a los trabajadores al proporcionarles conocimiento y capacitación en cuanto a los


riesgos específicos que enfrentan al manipular sustancias químicas peligrosas. A través de este
enfoque educativo, se fomenta un ambiente de trabajo más seguro y se exige a los trabajadores
a tomar precauciones y seguir prácticas seguras en sus tareas diarias.

Además, el PVE establece medidas de control concretas que deben implementarse para mitigar
los riesgos identificados. Estas medidas no solo protegen a los trabajadores, sino que también
contribuyen al cumplimiento de las regulaciones y normativas legales vigentes relacionadas con
el manejo, almacenamiento y transporte de sustancias químicas peligrosas.

En última instancia, el Programa de Vigilancia Epidemiológica (PVE) no solo se limita a acciones


específicas, sino que promueve una cultura de seguridad en la empresa MELGAREJO S.A.S.
Fomenta la importancia de la prevención de riesgos como un valor fundamental y resalta la
preocupación constante por la salud de los trabajadores. Es crucial que el PVE se mantenga
como un proceso continuo, con seguimiento y actualización regular, para garantizar que la
empresa siga estando a la evolución en la gestión de riesgos y la protección de su población
trabajadora.

PERSONALES:

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En conclusión, al realizar el informe de vigilancia epidemiológica en toxicología, hemos adquirido


un conocimiento valioso y esencial para garantizar la seguridad y la salud en los entornos
laborales donde se manejan sustancias químicas peligrosas. Este proceso nos ha permitido
comprender en detalle la importancia de diversas medidas preventivas y protocolos de seguridad.

En primer lugar, hemos aprendido cómo desarrollar y utilizar una matriz de compatibilidad, una
herramienta esencial para identificar y evitar interacciones peligrosas entre sustancias químicas.
Esto no solo es fundamental para proteger a los trabajadores, sino también para prevenir
incidentes graves en el manejo y almacenamiento de productos químicos.

Asimismo, hemos comprendido la importancia de las tarjetas de emergencia y las etiquetas de


sustancias químicas, que proporcionan información crucial sobre los riesgos y las medidas de
seguridad en caso de incidentes. Estas herramientas son esenciales para una respuesta rápida y
efectiva en situaciones de emergencia.

En resumen, el informe de vigilancia epidemiológica en toxicología ha reforzado nuestra


conciencia sobre la necesidad de proteger la salud y seguridad de los trabajadores en entornos
donde se manejan sustancias químicas peligrosas. Estamos comprometidos a aplicar este
conocimiento en la práctica y a promover activamente prácticas seguras en el lugar de trabajo,
con el objetivo de minimizar los riesgos y prevenir accidentes relacionados con sustancias
químicas peligrosas.

23. REFERENTE BIBLIOGRAFICO

https://quimicasthai.wordpress.com/2012/10/17/que-es-el-numero-cas/

https://www3.paho.org/hq/index.php?option=com_content&view=article&id=13056:sobre-t
oxicologia&Itemid=42283&lang=es#gsc.tab=0

http://www.ideam.gov.co/web/siac/residuospeligrosos

https://www.arlsura.com/files/hoja_seguridad.pdf

https://www.arlsura.com/index.php/153-cistema-/varios-cistema/2462-que-es-una-tarjeta-
de-emergencia

https://www.arlsura.com/files/2018/Sistema-SGA-ARL.pdf

https://es.wikipedia.org/wiki/Riesgo_qu%C3%ADmico

https://concepto.de/sustancias-quimicas/

https://miro.com/es/graficos/que-es-pictograma/

https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86326

https://www.arlsura.com/index.php?option=com_content&view=article&id=739

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de-emergencia

https://www.arlsura.com/files/hoja_seguridad.pdf

https://www.arlsura.com/images/stories/identificacion_etiquetado_sustquimicas.pdf

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24. CONTROL DE DOCUMENTOS E IDENTIFICACIÓN DE CAMBIOS

FECHA VERSIÓN DESCRIPCIÓN RAZÓN DEL OBSERVACIÓN


CAMBIO
Diseño del SG-SST
14/09/2023 01 Creación del Ninguno de la empresa
documento MELGAREJO S.A.S

REALIZADO POR:
1. Cynthia Yamell Suarez Forero. 3. Mayra Viviana Segura Paredes.

2. Mayra Vanessa Diaz Medina. 4.

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