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Modelos de Informes MPC 2023
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Modelos de Informes MPC 2023
MUNICIPALIDAD DE
OFICINA DE
PROVINCIAL PLANEAMIENTO,
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DEL CUSCO PRESUPUESTO E
INVERSIONES
INFORME Nº 24/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Esta misma norma faculta a los gobiernos regionales y gobiernos locales a utilizar hasta un 20% de los
recursos provenientes de los Canon y la Regalía Minera a que se refiere la Ley N° 28258, p ara el mantenimiento
de la infraestructura generada por los proyectos de impacto regional y local, para el financiamiento de los gastos
generados por los procesos de selección para la ejecución de proyectos de inversión pública. Asimismo, de
dicho porcentaje podrán destinar hasta un 5% para financiar la elaboración de perfiles correspondientes a los
proyectos de inversión pública que se enmarquen en los planes de desarrollo concertados que correspondan. Lo
establecido en la presente disposición no es de aplicación a los gobiernos locales o gobiernos regionales a los
que la normatividad haya otorgado la facultad del uso de un porcentaje de los recursos provenientes del Canon
en gasto corriente.
Como indica la norma, los recursos de Canon son exclusivamente para la ejecución de proyectos de
inversión, hasta un 20% para el mantenimiento de la infraestructura y 5% para la elaboración de perfiles
correspondientes a los proyectos de inversión pública. Por lo que informo a efectos de que se dé cumplimiento a
la citada norma para el correcto uso de los recursos provenientes del Canon.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 26/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que previo al informe de
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, se solicita la resolución de aprobación de la ficha técnica de la actividad de
mantenimiento, analítico correspondiente, informe de opinión respecto al reconocimiento de deuda de la UEI (si
es que existe saldo de ejecución presupuestal respecto a la ficha aprobada de mantenimiento para atención de
mencionada deuda) y posterior a ello se recomienda que mencionada documentación sea derivada a la Oficina
de Administración para la emisión del acto Resolutivo de Reconocimiento de Deuda, para seguir el trámite según
corresponde.
Atentamente,
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Econ. Joselyn Aranibar Roque
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INFORME Nº 27/OP/OGPPI/MPC-2023.
c) INFORME Nº 16-2023-OP/MPC/JAR.
d) INFORME Nº 17-2023-OP/MPC/JAR.
e) INFORME Nº 23-2023-OP/MPC/JAR.
FECHA : Cusco, 16 de enero del 2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que de acuerdo a los informes de la
referencia se remitió el MARCO PRESUPUESTAL 2023 a Oficina General de Administración, según el siguiente
detalle:
Por lo que se recomienda realizar una adecuada planificación y programación responsable de gastos
para el presente ejercicio fiscal de acuerdo al MARCO PRESUPUESTAL DISPONIBLE 2023 por cada centro de
costo que corresponde a su dependencia.
Atentamente,
C.C.
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DEL CUSCO PRESUPUESTO E
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INFORME Nº 28/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que previo al informe de
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, se solicita la resolución de aprobación de la ficha técnica de la actividad de
mantenimiento, analítico correspondiente, informe de opinión respecto al reconocimiento de deuda de la UEI (si
es que existe saldo de ejecución presupuestal respecto a la ficha aprobada de mantenimiento para atención de
mencionada deuda) y posterior a ello se recomienda que mencionada documentación sea derivada a la Oficina
de Administración para la emisión del acto Resolutivo de Reconocimiento de Deuda, para seguir el trámite según
corresponde.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 29/OP/OGPPI/MPC-2023.
b) Informe N° 0055-2023-MPC-JOF/DL.
=====================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de emitir el informe de MARCO
PRESUPUESTAL - 2023, de acuerdo al siguiente detalle:
Por lo que se recomienda realizar una adecuada programación de gastos para el presente ejercicio
fiscal de acuerdo al MARCO PRESUPUESTAL 2023.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 30/OP/OGPPI/MPC-2023.
b) Informe N° 01-2023-OP-OGPPI/MPC-PAC.
c) Informe N° 01-2023-OP-OGPPI/MPC-EPL.
d) Informe N° 01-2023-OP-OGPPI/MPC-ASG.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir los informes de la referencia con los
documentos sustentatorios respecto a las notas de modificación presupuestal TIPO 003, durante el mes de
diciembre correspondiente al año del 2022 para la emisión del Acto Resolutivo en merito a la formalización de
notas presupuestales para la Conciliación del Marco Presupuestal Anual 2022.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 32/OP/OGPPI/MPC-2023.
b) Informe N° 016-2023-OP/MPC/JAR.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de solicitar la proyección de gastos mensualizado
al mes de diciembre del presente ejercicio fiscal de las genéricas 2.1, 2.2 y 2.3.28 (por régimen laboral)
correspondiente al pago de planillas del personal para una adecuada programación de gastos.
Atentamente,
INFORME Nº 33/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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INVERSIONES
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de solicitar el registro de ingresos al 31 de
diciembre para efectos del cierre presupuestales al segundo semestre del año 2022.
Atentamente,
_________________________________
Econ. Joselyn Aranibar Roque
CEC. 1505.
INFORME Nº 35/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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b) Informe N°10-2023-OP/MPC/JAR.
c) Informe N° 22-2023-OP/MPC/JAR.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir la información solicitada en el ANEXO
01 adjunto al presente documento, asimismo mencionar que de acuerdo al reporte presupuestal de la
Programación Multianual de Presupuesto no reporta los tipos de recurso ni las cuentas bancarias a las que serán
afectadas financieramente. Asimismo, es importante mencionar que de acuerdo a la Programación de Ingresos
en el clasificador de ingresos 1.1.33.35 IMPUESTO A LOS JUEGOS DE MAQUINAS TRAGAMONEDAS se
registra el monto de S/. 2,183,704.00 y según el Presupuesto Institucional de Apertura 2023 se programó en el
RUBRO 08 OTROS IMPUESTOS MUNICIPALES para proyectos de inversión el monto de S/. 2,183,704.00; en
ese entender se deduce que el gasto programado con el RUBRO 08 OTROS IMPUESTOS MUNICIPALES para
proyectos de Inversión corresponde a la programación de ingresos por concepto del IMPUESTO A LOS
JUEGOS DE MAQUINAS TRAGAMONEDAS y los otros gastos programados en actividades por el monto de S/.
21,670,928.00 corresponde a IMPUESTOS MUNICIPALES puro.
C.C.
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Por otro lado, es importante tomar en cuenta que según la Ley N° 30607, Ley que Modifica y Fortalece
el Funcionamiento de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, Articulo 4. El capital social mínimo para el
establecimiento y funcionamiento de las CMAC será el que establece la Ley General del Sistema Financiero y
del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley 26702 y sus normas
modificatorias, en adelante la Ley General. Un mínimo del cincuenta por ciento (50%) de las utilidades de la
CMAC de cada ejercicio, después de aplicar la prelación dispuesta en los numerales 1 y 2 del artículo 66 de la
Ley General, debe ser capitalizado. El cincuenta por ciento (50%) restante podrá ser distribuido bajo la forma de
dividendos a la Municipalidad correspondiente, ser capitalizado, destinado a reservas facultativas o mantenido
en la cuenta de resultados acumulados. Si el gobierno corporativo y la gestión de riesgos de la CMAC no
alcanzan los estándares que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones establezca mediante norma de carácter general, el porcentaje mínimo de capitalización de utilidades
antes mencionado podrá ser elevado por dicha Superintendencia a setenta y cinco por ciento (75%). Ello sin
perjuicio de que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
pueda hacer uso de las facultades otorgadas por la Ley General respecto a la aplicación de restricciones para el
reparto de utilidades. En caso de que las utilidades restantes sean distribuidas bajo la forma de dividendos, la
Municipalidad correspondiente se encuentra obligada a destinarlas a obras de beneficio social de acuerdo con lo
que establezca el Directorio de la CMAC, dando prioridad al Plan de Desarrollo Municipal. Es obligación de la
Municipalidad hacer público el origen de estos recursos para la ejecución de dichas obras. Si la CMAC registra
pérdidas correspondientes a un ejercicio, se aplica a su cobertura el monto de las utilidades no distribuidas, y de
las reservas facultativas, en ese orden, si las hubiere, y por la diferencia se reduce automáticamente el monto de
la reserva legal, quedando la CMAC obligada a reponerla. Asimismo de acuerdo al Reglamento de la Ley N°
28719, Ley del Boleto Turístico, Decreto Supremo N° 003-2011-MINCETUR, Articulo 21°.- Destino y supervisión
de los recursos recaudados. 21.1. Las municipalidades destinarán el íntegro de los recursos que les corresponda
percibir a las funciones establecidas en los artículos 80º, 81º, 82º y 85º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, siempre que estén relacionadas con la conservación y el acondicionamiento de los bienes
integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación ubicados en su jurisdicción, para ello las municipalidades
deberán presentar un proyecto que sustente la conservación y el acondicionamiento de los citados bienes, de
acuerdo con lo estipulado en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio
Cultural de la Nación, el que será aprobado por el Ministerio de Cultura. 21.2. El Ministerio de Cultura utilizará los
recursos que le correspondan en las funciones establecidas en el artículo 19 de la Ley Nº 28296, Ley General
del Patrimonio Cultural de la Nación. 21.3. La supervisión del destino de los recursos recaudados por concepto
del BT estará a cargo del Ministerio de Cultura conforme a lo establecido en la Ley Nº 28296, Ley General del
Patrimonio Cultural de la Nación. Si los ingresos fueran utilizados para fines distintos a los dispuestos se
iniciarán las acciones legales que correspondan. 21.4. Lo dispuesto en el presente Artículo será también de
aplicación para el destino de los recursos a que se refiere el Artículo 10º de la Ley, por lo que se recomienda que
se cumpla con las citadas normas.
Atentamente,
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INFORME Nº38/OP/OGPPI/MPC-2023.
b) Memorándum N° 63-2023-OGA/MPC.
g) c) Informe N° 29-2023-OP/MPC/JAR.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle que en respuesta al Memorándum
N° 63-2023-OGA/MPC, según la proyección de gastos al mes de diciembre correspondiente a servicios básicos
asciende a la suma de S/. 2,851,500.00 por lo que según al reporte de Marco Presupuestal y la Ejecución de
gasto – SIAF se tiene lo siguiente:
Tal como se observa en el Cuadro; se cuenta con un PIM disponible de S/. 568,271.60 y la proyección
de gasto al mes de diciembre del 2023 es S/. 2,851,500.00 existiendo déficit presupuestal por el monto de S/.
2,283,228.40.
C.C.
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Atentamente,
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INFORME Nº 40/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de solicitar información detallada de los saldos
de balance correspondiente al ejercicio 2022 por las diferentes fuentes de financiamiento, rubros y tipos de
recurso.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 43/OP/OGPPI/MPC-2023.
Informe N° 02-2023-OP-OGPPI/MPC-PAC.
Informe N° 02-2023-OP-OGPPI/MPC-EPL.
k) Informe N° 02-2023-OP-OGPPI/MPC-ASG.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir los informes de la referencia con los
documentos sustentatorios respecto a las notas de modificación presupuestal TIPO 003, durante el mes de
diciembre correspondiente al año del 2022 para la emisión del Acto Resolutivo en merito a la formalización de
notas presupuestales para la Conciliación del Marco Presupuestal Anual 2022 en vista que ya estamos próximos
al vencimiento del Cierre Presupuestal anual.
Atentamente,
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INFORME Nº 44/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de solicitar mayor asignación
presupuestal para la contratación de 02 especialistas en presupuesto (02 MESES) y 01 asistente
administrativo (01 MES) para la Oficina de Presupuesto, según el siguiente detalle:
MONTO :
CLASIFICADOR MARCO
PRESUPUESTA
L REQUERIDO
Atentamente,
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INFORME Nº 48/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir la programación de presupuesto, acto
resolutivo de aprobación y la cartera de inversiones programadas presupuestalmente en el presente ejercicio
fiscal con el fin de solicitar la transferencia financiera de utilidades de la CMAC CUSCO S.A. a favor de la
Municipalidad Provincial del Cusco, en mérito al siguiente detalle:
N ESTADO DE
° EJECUCION CUI NOMBRE DE INVERSIONES
Expediente 0375359 REPARACION DE MURO DE CONTENCION Y CALZADA; EN EL(LA) CALLE LOS PINOS DEL PP.JJ
1 Técnico en 2513117 SAN ISIDRO - PICCHU DEL DISTRITO DE CUSCO - CUSCO – CUSCO.
Elaboración. 0281170 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO SANITARIO EN LA CALLE FLORIDA DEL
2 2461745 INCA -PARTE BAJA DE LA APV GARCILASO DE LA VEGA DEL DISTRITO DE CUSCO – CUSCO - CUSCO
0320108 MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN
LOS SECTORES DE SIPASPUCYO, INDEPENDENCIA Y SAN ISIDRO EN LA PROLONGACION AV. DEL
3 2508489 EJERCITO DISTRITO DE CUSCO - CUSCO – CUSCO.
0373971 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO EN LA
CALLE SIN NOMBRE Y CALLE B DE LA APV VILLA MARIA, CALLE SOL NACIENTE Y PSJE ZORRITOS DEL
4 2537811 PP.JJ PICCHU DEL DISTRITO DE CUSCO - CUSCO – CUSCO.
0286238 MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS Y RECREATIVOS DEL
ESPACIO RECREATIVO DE LA URBANIZACION ROSASPATA - CRUZPATA DISTRITO DE CUSCO - CUSCO
5 2471976 – CUSCO.
0357285 MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL PASAJES LOS CLAVELES,
LAS ORQUIDEAS, LAS GARDENIAS, LAS PASIONARIAS, LOS ALHELIES, LOS CCANTUS, DE LA APV.
6 2485274 CAMINO REAL, ZONA NOR OCCIDENTE DISTRITO DE CUSCO-CUSCO-CUSCO.
0320107 MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA
7 2508175 PROLONGACION AVENIDA DEL EJERCITO DEL DISTRITO DE CUSCO - CUSCO – CUSCO.
2530399 0374107 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LA PROLONGACION ARCOPATA
8 (TRAMO CALLE SIN NOMBRE - AV. TOMASA TITO CONDEMAYTA) SECTOR LA RINCONADA DEL PP.JJ
C.C.
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Se cuenta con 06 inversiones programadas con recursos provenientes del Rubro: 09 Recursos
Directamente Recaudados, según el siguiente detalle:
ESTADO DE
N° EJECUCION CUI NOMBRE DE INVERSIONES
0370224 ADQUISICION DE SISTEMA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA; EN EL(LA) DIVISION DE SEGURIDAD
Expediente CIUDADANA DE LA SUB GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y SERVICIOS MUNICIPALES, DE LA
Técnico en MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO EN LA LOCALIDAD WANCHAQ, DISTRITO DE WANCHAQ-
1 Elaboración 2547769 CUSCO.
Expediente 0320108 MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN LOS
Técnico en SECTORES DE SIPASPUCYO, INDEPENDENCIA Y SAN ISIDRO EN LA PROLONGACION AV. DEL EJERCITO
2 Elaboración 2508489 DISTRITO DE CUSCO - CUSCO – CUSCO.
0357283 MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y
PEATONAL DE LA CALLE JULIAN ACHATA DE LA JUNTA DE PROPIETARIOS QUINTA TOCOCACHI Y LA
3 En Ejecución. 2515708 CALLE B DE LA APV SAN BLAS DEL DISTRITO DE CUSCO-CUSCO-CUSCO.
0262887 MEJORAMIENTO DE LAS CAPACIDADES PARA LA PREVENCION Y TRATAMIENTO DE LA ANEMIA
4En Ejecución. 2456899 EN NIÑOS MENORES DE 5 AÑOS Y MUJERES GESTANTES DEL DISTRITO DE CUSCO – CUSCO – CUSCO.
Expediente 0205787 MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA PRESTACION DEL SERVICIO DE SALUD DEL
Técnico ESTABLECIMIENTO DE SALUD DE SAN PEDRO APV. PICCHU ALTO, DISTRITO DE CUSCO – CUSCO –
5 Aprobado 2317532 CUSCO.
Expediente 0373471 MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE ENERGIA ELECTRICA EN LA PROLONGACION AV. DEL
Técnico en EJERCITO, DISTRITO DE CUSCO - CUSCO - CUSCO
6 Elaboración 2520572
FUENTE: SIAF – OPERACIONES EN LINEA.
INFORME Nº 56/OP/OGPPI/MPC-2023..
C.C.
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b) Memorándum N° 95-2023-OGA/MPC.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que de acuerdo al Informe Nº 17-
2023-OP/MPC/JAR con fecha 11 de enero del presente ejercicio fiscal, ya se remitió el REPORTE
PRESUPUESTAL 2023 – PERSONAL; donde la Oficina de Presupuesto recomienda realizar una
adecuada planificación y programación de gastos para el presente ejercicio fiscal de acuerdo al
MARCO PRESUPUESTAL PROGRAMADO – 2023 por centro de costo.
CUADRO 01: RESUMEN DEL MARCO PRESUPUESTAL Y LA EJECUCION DEL GASTO AL 27-
01-2022.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 57/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir con el presente informe la información
solicitada en referencia al Memorándum Múltiple N°03-2023-SG/MPC, según el siguiente detalle:
A. PRESUPUESTO:
2. Acta de conciliación comparativa del Estado de Ejecución del Presupuesto de ingresos y gastos
formato EP-1 y Estado de Gestión formato EF-2 al 31 de diciembre del 2021. (Se anexa Formato
EP-1 y EP-2 al 31 de diciembre del 2021).
Asimismo, es importante mencionar que dicha información también se remitió de manera virtual a los
correos según documento de la referencia tal como se evidencia en la captura de pantalla que adjunto al
presente.
Atentamente,
Memorándum N° 09 - 2023-OP-OGPPI/MPC
C.C.
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CC : Informe N° 104-2023-MPC-JOF/DL.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de solicitar la lista de trasferencias financieras a la
MPC del RUBRO: 13 DONACIONES Y TRANFERENCIAS, correspondientes a los años 2020, 2021 y 2022 en
mérito al documento de la referencia.
Atentamente,
INFORME Nº 58/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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CC : Informe N° 104-2023-MPC-JOF/DL.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de solicitar que se remita a la Oficina de
Presupuesto los convenios de la Municipalidad Provincial del Cusco y el Gobierno Regional de Cusco,
correspondiente a los años 2020, 2021 y 2022 en mérito al documento de la referencia.
Atentamente,
INFORME Nº 60/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir la información solicitada de acuerdo
al siguiente detalle:
1. Presupuesto Institucional de Apertura 2023 por los diferentes tipos de recurso. (ANEXO 01).
3. Previsión sobre pago de remuneraciones, beneficios sociales y subsidio de sepelio y luto. (Se
remitió REPORTE PRESUPUESTAL - MARCO PRESUPUESTAL 2023 a la Oficina de Recursos
Humanos según Informes N° 017-2023-OP/MPC/JAR y N° 023-2023-OP/MPC/JAR para
programación y proyección de gastos en el presente ejercicio fiscal - ANEXO 03).
Atentamente,
INFORME Nº 61/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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INVERSIONES
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que a través de los Informes N° 017-
2023-OP/MPC/JAR, N° 023-2023-OP/MPC/JAR y N°35-2023-OP/MPC/JAR emitidos por la Oficina de
Presupuesto a través de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones se solicitó la proyección
de gastos, programación de gastos y se remitió el marco presupuestal - personal 2023, la programación de
ingresos y el análisis de la Programación de Ingresos vs Presupuesto Institucional de Apertura 2023, en ese
entender es importante mencionar que no se hizo llegar ninguna información solicitada a la Oficina de
Presupuesto. Por lo que se debe tomar en consideración lo que indica LA LEY DE PRESUPUESTO DEL
SECTOR PUBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2023, lo siguiente: DISPOSICIONES ESPECIALES SOBRE
IMPLEMENTACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL SECTOR ESTATAL, Artículo 61.- Incremento
del Monto Único Consolidado de los servidores del régimen del Decreto Legislativo 276, 61.1 Se autoriza al
Ministerio de Economía y Finanzas para que, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía
y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, apruebe el nuevo
Monto Único Consolidado (MUC) de los servidores del régimen del Decreto Legislativo 276 que pertenecen al
grupo ocupacional profesional, técnico y auxiliar, de acuerdo con la cláusula Vigésimo Quinta del Convenio
Colectivo Centralizado 2022-2023, suscrito en el marco de la Ley 31188, Ley de Negociación Colectiva en el
Sector Estatal; la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley 31365, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2022 y el Decreto Supremo 008-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba
Lineamientos para la implementación de la Ley 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal. El
nuevo MUC es de naturaleza remunerativa, tiene carácter pensionable y se encuentra afecto a cargas sociales;
asimismo, constituye base de cálculo para los beneficios laborales. 61.2 Se autoriza al Ministerio de Economía y
Finanzas para que, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, a propuesta
de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, apruebe el Monto Único Consolidado de
los servidores del régimen del Decreto Legislativo 276 que pertenecen al grupo ocupacional funcionario; así
como los criterios y otras disposiciones necesarias para la implementación de lo establecido en el presente
artículo. 61.3 El decreto supremo que se emita en el marco de lo autorizado en los numerales precedentes, entra
en vigencia a partir del 01 de enero de 2023. 61.4 En el marco del Decreto de Urgencia 038-2019, cuando el
monto afecto a cargas sociales determinado sea mayor al nuevo MUC, se mantiene el referido monto afecto a
cargas sociales; y, cuando el monto afecto a cargas sociales determinado sea menor o igual al nuevo MUC, el
monto afecto a cargas sociales es el nuevo MUC. 61.5 Para efectos de la implementación de la presente
disposición, se exonera de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 31365 y artículo 6 de la presente ley. 61.6 El
presente artículo entra en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente ley. Artículo 62.-
Incremento mensual de los servidores de los regímenes de los Decretos Legislativos 728, 1057 y Leyes 30057,
29709 y 28091 62.1 Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que, mediante decreto supremo
refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Gestión Fiscal de los
Recursos Humanos, apruebe el incremento mensual de los servidores de los regímenes de los Decretos
Legislativos 728, 1057 y Leyes 30057, 29709 y 28091, acordado en la cláusula Vigésimo Sexta del Convenio
Colectivo Centralizado 2022-2023, suscrito en el marco de la Ley 31188, Ley de Negociación Colectiva en el
Sector Estatal; la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley 31365, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2022 y el Decreto Supremo 008-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba
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Lineamientos para la implementación de la Ley 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal. 62.2
Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que, mediante decreto supremo refrendado por el
ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos
Humanos, apruebe el incremento mensual de los directivos y funcionarios de los regímenes de los Decretos
Legislativos 728, 1057 y Leyes 30057, 29709 y 28091; así como los criterios y otras disposiciones necesarias
para la implementación de lo establecido en el presente artículo. 62.3 El decreto supremo que se emita en el
marco de lo autorizado en los numerales precedentes, entra en vigencia a partir del 01 de enero de 2023. 62.4
Para efectos de la implementación de la presente disposición, se exonera de lo dispuesto en el artículo 6 de la
Ley 31365 y artículo 6 de la presente ley. 62.5 El presente artículo entra en vigencia a partir del día siguiente de
la publicación de la presente ley.
Por lo que es importante mencionar que según la Ley N° 31638 del Artículo 9.- Medidas en materia de
modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático. 9.1. A nivel de pliego, la Partida de Gasto
2.1.1 “Retribuciones y Complementos en Efectivo” no puede habilitar a otras partidas de gasto ni ser habilitada,
salvo las habilitaciones que se realicen dentro de la indicada partida en la misma unidad ejecutora o entre
unidades ejecutoras del mismo pliego. Durante la ejecución presupuestaria, la citada restricción no comprende
los siguientes casos: Reforma de la estructura del Estado en el marco del Decreto Supremo 054-2018-PCM, que
aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”. b) Traspaso de competencias en el marco del proceso
de descentralización. c) Atención de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada. d) Atención de
compensación por tiempo de servicios y beneficios sociales por cese laboral, incluye deudas por dichos
conceptos. e) Atención para el financiamiento de nuevos pensionistas bajo el régimen del Decreto Ley 20530. f)
Para el caso de los pliegos del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales para la atención de los registros
actualizados del Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos
Humanos del Sector Público (AIRHSP) y de aquellos requerimientos por registrarse en dicho aplicativo que
cuenten con opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos. g) Para el
caso de los gobiernos locales, las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático que se
realicen hasta el 10 de febrero de 2023. Para la habilitación y anulación de la Partida de Gasto 2.1.1
“Retribuciones y complementos en efectivo” por aplicación del presente numeral, para el caso de las entidades
del Gobierno Nacional y gobiernos regionales, se requiere de la opinión previa favorable de la Dirección General
de Presupuesto Público, con opinión técnica de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos
Humanos sobre la base de la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de
Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), y/o a otras materias de su
competencia. Para el caso de las entidades del Gobierno Nacional y gobiernos regionales, por aplicación de los
literales d), e) y f) del presente numeral, la opinión previa favorable de la Dirección General de Presupuesto
Público se puede efectuar a través del Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-
SP). Los gobiernos locales, bajo responsabilidad, para la habilitación y anulación de la Partida de Gasto 2.1.1
“Retribuciones y complementos en efectivo” por aplicación del presente numeral, aprueban las modificaciones
presupuestarias correspondientes, previa opinión favorable de su oficina de presupuesto o la que haga sus
veces, de conformidad con la normatividad vigente. Según lo antes mencionado de corresponder se recomienda
a las oficinas competentes realizar los informes técnicos de solicitud de las modificaciones en el nivel funcional
programático con antelación de acuerdo a los plazos y lineamientos establecidos según Ley.
Atentamente,
INFORME Nº 63/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que de acuerdo a los Informes N°
001-2023-OP/MPC/JAR y N° 010-2023-OP/MPC/JAR la Oficina de Presupuesto remitió el Presupuesto
Institucional de Apertura 2023 a cada Unidad Ejecutora para su respectiva programación y ejecución de gastos
en el presente ejercicio fiscal de acuerdo al MARCO PRESUPUESTAL 2023. La META 142 “BRINDAR
ASISTENCIA ALIMENTARIA”, cuenta con el siguiente marco presupuestal según el siguiente detalle:
CUADRO 01: MARCO PRESUPUESTAL – META 142 “PROGRAMA DEL VASO DE LECHE”.
Según el Cuadro 01, a la fecha se cuenta con un PIM de S/. 1,347,026.00 (Rubro: 00 Recursos
Ordinarios) y un saldo de S/. 1,347,026.00 (Rubro: 00 Recursos Ordinarios), donde tal como se muestra no se
realizó ninguna certificación presupuestal.
Asimismo, es importante poner de conocimiento que; la partida del presupuesto de egresos del
RUBRO: 00 Recursos Ordinarios – RO, se cierra el 31 de diciembre de cada año, con posterioridad a dicha
fecha no se podrán asumir compromisos ni devengar gastos. En tal sentido, de no ejecutarse dichos recursos al
31 de diciembre de cada año, se revierten al Tesoro Público. Por lo que informo, a efectos de que las áreas
usuarias encargadas de ejecutar dichos recursos tomen las previsiones del caso para ejecutar el 100% de
dichos recursos hasta la fase DEVENGADO, antes del plazo indicado.
Atentamente,
INFORME Nº 64/OP/OGPPI/MPC-2023.
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ASUNTO : Para conocimiento y cumplimiento de ejecución de la partida del presupuesto de egresos del
RUBRO 00 RECURSOS ORDINARIOS.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar y poner de conocimiento que; la partida del
presupuesto de egresos del RUBRO: 00 Recursos Ordinarios – RO, se cierra el 31 de diciembre de cada año, con
posterioridad a dicha fecha no se podrán asumir compromisos ni devengar gastos. En tal sentido, de no ejecutarse dichos
recursos al 31 de diciembre de cada año, se revierten al Tesoro Público.
Por lo que informo, a efectos de que las áreas usuarias encargadas de ejecutar dichos recursos tomen las
previsiones del caso para ejecutar el 100% de dichos recursos hasta la fase DEVENGADO, antes del plazo indicado.
Asimismo, adjunto al presente documento las Metas Presupuestales financiadas con el RUBRO 00 RECURSOS
ORDINARIOS.
Atentamente,
INFORME Nº 65/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de solicitar la emisión del Acto Resolutivo para
Regularización de Notas Modificatorias Aprobadas TIPO 3 correspondientes al mes de ENERO del presente
año, cuyo detalle de las modificaciones se encuentran en las notas modificatorias que se adjuntan al presente
informe, que son las siguientes:
5. Nota N° 027
6. Nota N° 028
7. Nota N° 044
Atentamente,
INFORME Nº 67/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de emitir la CERTIFICACION PRESUPUESTAL
en respuesta al documento de la referencia, según el siguiente detalle:
Atentamente,
INFORME Nº 68/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir el informe de estado situacional
presupuestal al 02/02/2023. La Oficina de Recursos Humanos a través del Informe N°
191-2023-ORH/OGA/MPC, remite la proyección de gastos correspondiente al gasto de planillas de personal de
las genéricas 2.1, 2.2 y 2.3, donde se tiene lo siguiente:
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Según el Cuadro 02; correspondiente a la ejecución presupuestal de planillas – pago de personal CAS,
actualmente se cuenta con un PIM de S/. 9,268.858.00 y se cuenta con una proyección de gasto a diciembre por
un monto de S/. 12,946,876.49 por lo que se concluye que existe un déficit presupuestal de S/. 3,678.018.49.
C.C.
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Atentamente,
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INFORME Nº 69/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de emitir el reporte de ejecución presupuestal
de inversiones y actividades que viene ejecutando la Municipalidad Provincial del Cusco al 06/02/2023 de las
diferentes Gerencias.
Atentamente,
INFORME Nº 72/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de emitir el informe de DISPONIBILIDAD
PRESUPUESTAL, en atención al documento:
La disponibilidad de Crédito Presupuestario no convalida y/o autoriza los actos que no se ciñen a la
normatividad vigente correspondiendo a cada unidad orgánica realizar el control con observancia de los
requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la utilización financiera de los
recursos públicos asignados.
Atentamente
INFORME Nº 73/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que de acuerdo al Informe N°
70/OP/OGPPI/MPC-2023; se evidencia que existe déficit presupuestal correspondiente al pago de planillas en
las genérica 2.1 y 2.3.28, por lo que realizar modificaciones presupuestales entre ambas genéricas no aminorará
el déficit presupuestal determinado. Asimismo, es importante mencionar que las diferentes gerencias, oficinas,
unidades, dependencias y otros; al 06/02/2023 cuentan con saldos presupuestales tal como se evidencia en el
cuadro adjunto , lo cual podría financiar parcialmente las genéricas en déficit presupuestal de acuerdo a la
escala de priorización que tendrían que ser identificadas por el área usuaria para realizar la modificación
presupuestal en los plazos establecidos bajo los lineamientos de la Ley N° 31638, previa opinión favorable de la
Oficina de Planeamiento en coordinación con las Unidades Ejecutoras con el fin de no obstruir el cumplimiento
de las actividades programadas por cada centro de costo.
Atentamente,
INFORME Nº 74/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar y poner de su conocimiento, de
acuerdo que d acuerdo a lo establecido en la cuarta disposición final de la LEY DE PRESUPUESTO DEL EJERCICIO FISCAL
2006, que establece lo siguiente: “los gobiernos regionales y locales utilizarán los recursos provenientes del Canon, así como
los de Regalía Minera, en el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública que comprendan
intervenciones orientadas a brindar servicios públicos de acceso universal y que generen beneficios a la comunidad, que se
enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y sean compatibles con los lineamientos de políticas sectoriales.
Estos proyectos no podrán considerar, en ningún caso, intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizados
por el sector privado.
Esta misma norma faculta a los gobiernos regionales y gobiernos locales a utilizar hasta un 20% de los recursos
provenientes de los Canon y la Regalía Minera a que se refiere la Ley N° 28258, p ara el mantenimiento de la infraestructura
generada por los proyectos de impacto regional y local, para el financiamiento de los gastos generados por los procesos de
selección para la ejecución de proyectos de inversión pública. Asimismo, de dicho porcentaje podrán destinar hasta un 5%
para financiar la elaboración de perfiles correspondientes a los proyectos de inversión pública que se enmarquen en los planes
de desarrollo concertados que correspondan. Lo establecido en la presente disposición no es de aplicación a los gobiernos
locales o gobiernos regionales a los que la normatividad haya otorgado la facultad del uso de un porcentaje de los recursos
provenientes del Canon en gasto corriente. Como indica la norma, los recursos de Canon son exclusivamente para la
ejecución de proyectos de inversión, hasta un 20% para el mantenimiento de la infraestructura y 5% para la elaboración de
perfiles correspondientes a los proyectos de inversión pública. Por lo que informo a efectos de que se dé cumplimiento a la
citada norma para el correcto uso de los recursos provenientes del Canon.
Atentamente,
INFORME Nº 76/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Para lo cual se requiere la emisión del acto resolutivo para la modificación presupuestal TIPO 002
CREDITOS SUPLEMENTARIOS, ello en merito a lo señalado en el artículo 4 numeral 4.2 de la Ley N° 31358.
La disponibilidad de Crédito Presupuestario no convalida y/o autoriza los actos que no se ciñen a la
normatividad vigente correspondiendo a cada unidad orgánica realizar el control con observancia de los
requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la utilización financiera de los
recursos públicos asignados.
Atentamente,
Memorándum N° 14 -2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir el informe de estado situacional
presupuestal al 02/02/2023. La Oficina de Recursos Humanos a través del Informe N°
191-2023-ORH/OGA/MPC, remite la proyección de gastos correspondiente al gasto de planillas de personal de
las genéricas 2.1, 2.2 y 2.3, donde se tiene lo siguiente:
Según el Cuadro 02; correspondiente a la ejecución presupuestal de planillas – pago de personal CAS,
actualmente se cuenta con un PIM de S/. 9,268.858.00 y se cuenta con una proyección de gasto a diciembre por
un monto de S/. 12,946,876.49 por lo que se concluye que existe un déficit presupuestal de S/. 3,678.018.49.
Atentamente,
INFORME Nº 78/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de emitir el informe de DISPONIBILIDAD
PRESUPUESTAL, en atención al documento:
Cabe precisar qué; La Disponibilidad Presupuestal no convalida los actos o acciones que realicen los
pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales vigentes,
en la utilización financiera de los recursos públicos asignados.
Atentamente,
INFORME Nº 79/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de emitir el informe de DISPONIBILIDAD
PRESUPUESTAL, en atención al documento:
Asimismo es importante mencionar que las actividades de mantenimiento deben estar enmarcadas de
acuerdo a lo establecido en la cuarta disposición final de la LEY DE PRESUPUESTO DEL EJERCICIO FISCAL
2006, que establece lo siguiente: “los gobiernos regionales y locales utilizarán los recursos provenientes del
Canon, así como los de Regalía Minera, en el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión
pública que comprendan intervenciones orientadas a brindar servicios públicos de acceso universal y que
generen beneficios a la comunidad, que se enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y sean
compatibles con los lineamientos de políticas sectoriales. Estos proyectos no podrán considerar, en ningún caso,
intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizados por el sector privado. Esta misma norma
faculta a los gobiernos regionales y gobiernos locales a utilizar hasta un 20% de los recursos provenientes de los
Canon y la Regalía Minera a que se refiere la Ley N° 28258, para el mantenimiento de la infraestructura
generada por los proyectos de impacto regional y local, para el financiamiento de los gastos generados por los
procesos de selección para la ejecución de proyectos de inversión pública. Por lo que informo a efectos de que
la Unidad Ejecutora dé cumplimiento a la citada norma bajo responsabilidad para el correcto uso de los recursos
provenientes del Canon.
Cabe precisar qué; La Disponibilidad Presupuestal no convalida los actos o acciones que realicen los
pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales vigentes,
en la utilización financiera de los recursos públicos asignados.
Atentamente,
INFORME Nº 84/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar y poner de su conocimiento, de
acuerdo a lo establecido en la cuarta disposición final de la LEY DE PRESUPUESTO DEL EJERCICIO FISCAL
2006, que establece lo siguiente: “los gobiernos regionales y locales utilizarán los recursos provenientes del
Canon, así como los de Regalía Minera, en el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión
pública que comprendan intervenciones orientadas a brindar servicios públicos de acceso universal y que
generen beneficios a la comunidad, que se enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y sean
compatibles con los lineamientos de políticas sectoriales. Estos proyectos no podrán considerar, en ningún caso,
intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizados por el sector privado.
Esta misma norma faculta a los gobiernos regionales y gobiernos locales a utilizar hasta un 20% de los
recursos provenientes de los Canon y la Regalía Minera a que se refiere la Ley N° 28258, p ara el mantenimiento
de la infraestructura generada por los proyectos de impacto regional y local, para el financiamiento de los gastos
generados por los procesos de selección para la ejecución de proyectos de inversión pública. Asimismo, de
dicho porcentaje podrán destinar hasta un 5% para financiar la elaboración de perfiles correspondientes a los
proyectos de inversión pública que se enmarquen en los planes de desarrollo concertados que correspondan. Lo
establecido en la presente disposición no es de aplicación a los gobiernos locales o gobiernos regionales a los
que la normatividad haya otorgado la facultad del uso de un porcentaje de los recursos provenientes del Canon
en gasto corriente. Como indica la norma, los recursos de Canon son exclusivamente para la ejecución de
proyectos de inversión, hasta un 20% para el mantenimiento de la infraestructura y 5% para la elaboración de
perfiles correspondientes a los proyectos de inversión pública.
Por lo que informo a efecto de que los mantenimientos según memorándums N° 110-2023-MPC/GI y N°
112-2023-MPC/GI, sean evaluados bajo responsabilidad por la UEI con el fin de que estén enmarcados bajo los
lineamientos en cumplimiento a la citada norma para el correcto uso de los recursos provenientes del Canon.
Atentamente,
INFORME Nº 85/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar y poner de su conocimiento, de
acuerdo a lo establecido en la cuarta disposición final de la LEY DE PRESUPUESTO DEL EJERCICIO FISCAL
2006, que establece lo siguiente: “los gobiernos regionales y locales utilizarán los recursos provenientes del
Canon, así como los de Regalía Minera, en el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión
pública que comprendan intervenciones orientadas a brindar servicios públicos de acceso universal y que
generen beneficios a la comunidad, que se enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y sean
compatibles con los lineamientos de políticas sectoriales. Estos proyectos no podrán considerar, en ningún caso,
intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizados por el sector privado.
Esta misma norma faculta a los gobiernos regionales y gobiernos locales a utilizar hasta un 20% de los
recursos provenientes de los Canon y la Regalía Minera a que se refiere la Ley N° 28258, p ara el mantenimiento
de la infraestructura generada por los proyectos de impacto regional y local, para el financiamiento de los gastos
generados por los procesos de selección para la ejecución de proyectos de inversión pública. Asimismo, de
dicho porcentaje podrán destinar hasta un 5% para financiar la elaboración de perfiles correspondientes a los
proyectos de inversión pública que se enmarquen en los planes de desarrollo concertados que correspondan. Lo
establecido en la presente disposición no es de aplicación a los gobiernos locales o gobiernos regionales a los
que la normatividad haya otorgado la facultad del uso de un porcentaje de los recursos provenientes del Canon
en gasto corriente. Como indica la norma, los recursos de Canon son exclusivamente para la ejecución de
proyectos de inversión, hasta un 20% para el mantenimiento de la infraestructura y 5% para la elaboración de
perfiles correspondientes a los proyectos de inversión pública.
Por lo que informo a efecto de que los mantenimientos según memorándums N° 110-2023-MPC/GI y N°
112-2023-MPC/GI, sean evaluados bajo responsabilidad por la UEI con el fin de que estén enmarcados bajo los
lineamientos en cumplimiento a la citada norma para el correcto uso de los recursos provenientes del Canon.
Atentamente,
INFORME Nº 86/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir el reporte de ejecución
presupuestal de inversiones y actividades que viene ejecutando la Municipalidad Provincial del Cusco al
14/02/2023 de las diferentes Gerencias. Es importante señalar que el presupuesto certificado a la fecha, es el
que solamente ha sido requerido por las unidades ejecutoras y operativas.
Atentamente,
Memorándum N° 21 -2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con el objeto de dar a conocer que, el día 15 de febrero del
presente año (en la hora de entrada) no registre mi asistencia en el horario de tolerancia, asimismo en el horario
de salida debido a que el biométrico no registraba mi huella dactilar, sin embargo, pongo en su conocimiento que
labore con normalidad el día indicado, por lo tanto, remito el presente para que por intermedio de su despacho
se autorice la justificación respectiva de dicha omisión.
Atentamente,
INFORME Nº 90/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, en atención al documento de la referencia mediante
el cual la Oficina de Tesorería remite la información concerniente al saldo de balance de los devengados y
girados al 31 de enero del 2023. En este sentido, se presentan lo siguiente en relación a los saldos de balance
del ejercicio fiscal 2022.
1. ANTECEDENTES.
2. MARCO LEGAL.
- Conforme al Decreto Legislativo N°1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto
Público en su Artículo 50.- Incorporación de mayores ingresos, numeral 50.1 señala que estos son
aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen entre otros de: "Los saldos
de balance, constituidos por recursos financieros provenientes de fuente de financiamiento distinta a
Recursos Ordinarios, que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre del año fiscal. Los saldos de
balance son registrados financieramente cuando se determine su cuantía, y mantienen la finalidad para
los que fueron asignados en el marco de las disposiciones legales vigentes. En caso se haya cumplido
dicha finalidad, tales recursos se pueden incorporar para financiar otras acciones de la Entidad, siempre
y cuando dichos recursos sean de libre disponibilidad de acuerdo con la normatividad vigente".
- Que, en la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” en el Articulo
24. Modificaciones presupuestarias en nivel institucional, 24.2 La aprobación de la incorporación de
mayores ingresos públicos, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego y se utiliza el Modelo
Nº 3/GN. Las resoluciones deben expresar en su parte considerativa el sustento legal, las motivaciones
que las originan, así como el cumplimiento de límites de incorporación de mayores ingresos públicos
aprobados por Decreto Supremo, o el dispositivo legal que sustenta la autorización por el cual no se
encuentran comprendidos dentro de los límites, de corresponder. Copias de dichas resoluciones,
anexos respectivos y el detalle de los ingresos se presentan, según el plazo establecido en el
respectivo Cuadro de Plazos, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto
Legislativo Nº 1440. La presentación de las copias antes citadas se remite a la DGPP mediante oficio
en formato físico o digital por el Sistema de Gestión Documental Digital.
3. ANALISIS.
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4. CONCLUSION.
INGRESOS EN SOLES
EGRESOS
Atentamente,
INFORME Nº 93/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad informar que a través del Informe N° 017-2023-
OP/MPC/JAR, se remitió el REPORTE PRESUPUESTAL – MARCO PRESUPUESTAL 2023, con el fin de que la
Oficina de Recursos Humanos realice la programación de sus gastos de acuerdo al marco presupuestal según
reporte SIAF. Por otro lado, se remite el saldo presupuestal al 17/02/2023 de acuerdo al siguiente detalle:
Por lo que, de acuerdo al Cuadro 01; se cuenta con un SALDO DIPONIBLE de S/. 33,678,859.00.
INFORME Nº 97/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, en atención al documento de la referencia mediante
el cual la Oficina de Tesorería remite la información concerniente al saldo de balance de los devengados y
girados al 31 de enero del 2023. En este sentido, se presentan lo siguiente en relación a los saldos de balance
del ejercicio fiscal 2022.
1. ANTECEDENTES.
2. MARCO LEGAL.
- Conforme al Decreto Legislativo N°1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto
Público en su Artículo 50.- Incorporación de mayores ingresos, numeral 50.1 señala que estos son
aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen entre otros de: "Los saldos
de balance, constituidos por recursos financieros provenientes de fuente de financiamiento distinta a
Recursos Ordinarios, que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre del año fiscal. Los saldos de
balance son registrados financieramente cuando se determine su cuantía, y mantienen la finalidad para
los que fueron asignados en el marco de las disposiciones legales vigentes. En caso se haya cumplido
dicha finalidad, tales recursos se pueden incorporar para financiar otras acciones de la Entidad, siempre
y cuando dichos recursos sean de libre disponibilidad de acuerdo con la normatividad vigente".
- Que, en la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” en el Articulo
24. Modificaciones presupuestarias en nivel institucional, 24.2 La aprobación de la incorporación de
mayores ingresos públicos, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego y se utiliza el Modelo
Nº 3/GN. Las resoluciones deben expresar en su parte considerativa el sustento legal, las motivaciones
que las originan, así como el cumplimiento de límites de incorporación de mayores ingresos públicos
aprobados por Decreto Supremo, o el dispositivo legal que sustenta la autorización por el cual no se
encuentran comprendidos dentro de los límites, de corresponder.
3. ANALISIS.
4. CONCLUSION.
INGRESOS EN SOLES
EGRESOS
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Atentamente,
INFORME Nº 98/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir el REPORTE PRESUPUESTAL –
MARCO PRESUPUESTAL DISPONIBLE 2023 al 20/02/2023 de acuerdo al siguiente detalle:
Se adjunta al presente los reportes SIAF a nivel de clasificador de gasto por dependencia orgánica.
Atentamente,
Memorándum N° 23 -2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con el objeto de dar a conocer que, el día 20 de febrero del
presente año (en la hora de entrada) no registre mi asistencia en el horario de tolerancia, debido al tráfico
vehicular, sin embargo, pongo en su conocimiento que labore con normalidad el día indicado, por lo tanto, remito
el presente para que por intermedio de su despacho se autorice la justificación respectiva de dicha omisión.
Atentamente,
INFORME Nº103/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, en atención al documento de la referencia mediante
el cual la Oficina de Tesorería remite la información concerniente al saldo de balance de los devengados y
girados al 31 de enero del 2023. En este sentido, se presentan lo siguiente en relación a los saldos de balance
del ejercicio fiscal 2022.
1. ANTECEDENTES.
2. MARCO LEGAL.
- Conforme al Decreto Legislativo N°1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto
Público en su Artículo 50.- Incorporación de mayores ingresos, numeral 50.1 señala que estos son
aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen entre otros de: "Los saldos
de balance, constituidos por recursos financieros provenientes de fuente de financiamiento distinta a
Recursos Ordinarios, que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre del año fiscal. Los saldos de
balance son registrados financieramente cuando se determine su cuantía, y mantienen la finalidad para
los que fueron asignados en el marco de las disposiciones legales vigentes. En caso se haya cumplido
dicha finalidad, tales recursos se pueden incorporar para financiar otras acciones de la Entidad, siempre
y cuando dichos recursos sean de libre disponibilidad de acuerdo con la normatividad vigente".
- Que, en la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” en el Articulo
24. Modificaciones presupuestarias en nivel institucional, 24.2 La aprobación de la incorporación de
mayores ingresos públicos, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego y se utiliza el Modelo
Nº 3/GN. Las resoluciones deben expresar en su parte considerativa el sustento legal, las motivaciones
que las originan, así como el cumplimiento de límites de incorporación de mayores ingresos públicos
aprobados por Decreto Supremo, o el dispositivo legal que sustenta la autorización por el cual no se
encuentran comprendidos dentro de los límites, de corresponder.
3. ANALISIS.
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Por lo que, conforme al resumen de los saldos presupuestales de inversiones determinados, se tiene el
siguiente resumen:
Donde se evidencia que existe un déficit financiero en el rubro 09 ya que el saldo de balance financiero
para inversiones disponible según el Informe Nº 92-2023-OT-OGA/MPC es de S/. 4,088,070.00 y la demanda de
recursos correspondiente al saldo de balance presupuestal 2022 en el mismo rubro es S/. 5,729,415.00, por lo
que existiría un déficit financiero de S/. 1,641,345.00, mencionado todo ello se recomienda cubrir el déficit
financiero con el rubro 18 ya que existe mayor disponibilidad financiera en mencionado rubro.
4. CONCLUSION.
Por todo lo expuesto, se solicita la incorporación de Inversiones no Programadas para el año 2023 a la
Programación Multianual de Inversiones, asimismo en mérito al Informe N° 28-2023-MPC/OGPPI-OPMI se
remite la propuesta para mayores ingresos en el Presupuesto Institucional de la Municipalidad Provincial del
Cusco para el ejercicio fiscal 2023 hasta por la suma de S/. 12,131,158.00, ello en referencia a los saldos de
balance del ejercicio fiscal 2022, para su respectiva aprobación mediante acto resolutivo del titular de la entidad,
conforme al siguiente detalle:
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5 CUSCO-CUSCO-CUSCO 18 19,879.00
4 275 249653 MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y 09 34,413.00 SI
6 9 PEATONAL EN LA CALLE LUCREPATA DE LA URBANIZACION
TAHUANTINSUYO EN LA ZONA NOR ESTE DE CUSCO DEL 18 6,931.00
DISTRITO DE CUSCO - CUSCO - CUSCO
4 276 251156 MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD PEATONAL EN 18 46,227.00 SI
7 4 CALLE SAN JOSE DE LA APV SANTA MARIA DE
MANZANARES DEL DISTRITO DE CUSCO - CUSCO - CUSCO
4 277 248726 MEJORAMIENTO DE LA RED COLECTORA DEL SISTEMA DE 09 43.269.00 SI
8 7 ALCANTARILLADO SANITARIO DE LAS CALLES CHANCA,
SACSAYHUAMAN, OLLANTA Y JIRONES CAHUIDE, CACIQUE 18 1,508.00
Y TAMBILLO DEL COMITE 10 DE LA APV. LOS INCAS
4 279 233245 DISTRITO DE CUSCO,CUSCO,CUSCO
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE LA TRANSITABILIDAD 18 15,069.00 SI
9 8 VEHICULAR Y PEATONAL ENTRE LA ASOCIACION PRO
VIVIENDA CRUZ VERDE - SECTOR CHINCHAYSUYO -
SECTOR HUAMPAR Y LA LOCALIDAD DE POROY, DISTRITO
DE POROY - CUSCO - CUSCO
5 285 249668 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD 09 10,951.00 SI
0 9 VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES DE 9 DE
DICIEMBRE, CORDOVA, MARISCAL GAMARRA, PP.JJ. 18 37,105.00
INDEPENDENCIA, ZONA NOR OCCIDENTE DISTRITO DE
5 288 249697 CUSCO - CUSCO DE
MEJORAMIENTO - CUSCO
LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LAS 09 2,892.00 SI
1 6 UNIDADES RECAUDADORAS Y SISTEMA DE RECAUDACION
DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO DEL 18 13,022.00
DISTRITO DE CUSCO - CUSCO - CUSCO
5 292 246939 ADQUISICION DE SISTEMA DE JUEGOS PARA PATIOS DE 09 160,308.00 SI
2 9 RECREO Y MOBILIARIO URBANO; RENOVACION DE
COBERTURA Y SERVICIOS HIGIENICOS Y/O VESTIDORES;
ADEMAS DE OTROS ACTIVOS EN EL(LA) PARQUE INFANTIL
MARISCAL GAMARRA DISTRITO DE CUSCO - CUSCO -
CUSCO
5 295 245521 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD 09 222,412.00 SI
3 1 VEHICULAR Y PEATONAL EN LA PROLONGACION GUAMAN
POMA DE AYALA - PARTE BAJA, DE LA APV GARCILASO DE
LA VEGA, DISTRITO DE CUSCO - CUSCO - CUSCO
C.C.
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INGRESOS EN SOLES
EGRESOS
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Participaciones.
Categoría de Gasto : 6. Gastos de Capital.
Tipo de Transacción : 2. Gastos Presupuestarios.
Genérica de Gasto : 6. Adquisición de Activos no Financieros S/.10,000.00
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Cusco.
Actividad/AI/Obra : 4000084: Mejoramiento de Vía Local
Fuente de Financiamiento : Recursos Directamente Recaudados.
Rubro 09. Recursos Directamente Recaudados.
Categoría de Gasto : 6. Gastos de Capital.
Tipo de Transacción : 2. Gastos Presupuestarios.
Genérica de Gasto : 6. Adquisición de Activos no Financieros S/. 34,413.00
transporte urbano
Producto/Proyecto : 2485080: Mejoramiento de la Transitabilidad peatonal con previsión
vehicular en la calle cuesta san Blas y Tocuyeros distrito de Cusco -
Provincia de Cusco - Departamento de Cusco.
Actividad/AI/Obra : 6000002: Supervisión y liquidación de obras
Fuente de Financiamiento : Recursos Determinados.
Rubro : 09 Recursos Directamente Recaudados.
Categoría de Gasto : 6. Gastos de Capital.
Tipo de Transacción : 2. Gastos Presupuestarios.
Genérica de Gasto : 6. Adquisición de Activos no Financieros S/. 25,000.00
Atentamente,
INFORME Nº 105/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar y poner de su conocimiento que en
respuesta al documento de la referencia ya se remitió el Informe Nº103/OP/OGPPI/MPC-2023 donde la Oficina
de Presupuesto remite la propuesta de incorporación de saldos de balance del ejercicio fiscal 2022 para seguir
con el trámite correspondiente.
Atentamente,
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INFORME Nº 106/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que la Oficina de Presupuesto no
realiza el registro de ingresos en el Modulo SIAF.
Atentamente,
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INFORME Nº 107/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que, si se cuenta con
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, en atención al documento:
Asimismo es importante mencionar que las actividades de mantenimiento deben estar enmarcadas de
acuerdo a lo establecido en la cuarta disposición final de la LEY DE PRESUPUESTO DEL EJERCICIO FISCAL
2006, que establece lo siguiente: “los gobiernos regionales y locales utilizarán los recursos provenientes del
Canon, así como los de Regalía Minera, en el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión
pública que comprendan intervenciones orientadas a brindar servicios públicos de acceso universal y que
generen beneficios a la comunidad, que se enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y sean
compatibles con los lineamientos de políticas sectoriales. Estos proyectos no podrán considerar, en ningún caso,
intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizados por el sector privado. Esta misma norma
faculta a los gobiernos regionales y gobiernos locales a utilizar hasta un 20% de los recursos provenientes de los
Canon y la Regalía Minera a que se refiere la Ley N° 28258, para el mantenimiento de la infraestructura
generada por los proyectos de impacto regional y local, para el financiamiento de los gastos generados por los
procesos de selección para la ejecución de proyectos de inversión pública. Por lo que informo a efectos de que
la Unidad Ejecutora dé cumplimiento a la citada norma bajo responsabilidad para el correcto uso de los recursos
provenientes del Canon.
Cabe precisar qué; La Disponibilidad Presupuestal no convalida los actos o acciones que realicen los
pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales vigentes,
en la utilización financiera de los recursos públicos asignados.
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Atentamente,
INFORME Nº 109/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar en respuesta al documento de la
referencia, lo siguiente:
1. En cumplimiento a la Ley 31358, los pliegos de gobiernos nacional, regional y local, deben realizar la
transferencia de recursos hasta 2% de su valor total desde la fase de formulación y evaluación
incorporando dentro de su estructura de sus costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro
denominado control concurrente para la entidad superior de fiscalización (Contraloría General de la
Republica y Poder Judicial), aplicable para los proyectos de inversión mayores a 10 millones; por lo
tanto las Unidades Ejecutoras deben brindar la información detallada respecto a la estructura de costos
de sus diferentes proyectos de inversión, para seguir con el tramite correspondiente.
Por las consideraciones expuestas se solicita opinión de asesoría legal para seguir con el trámite
correspondiente.
Atentamente,
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INVERSIONES
INFORME Nº 109/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que a la Oficina de Presupuesto no
llego ningún documento de solicitud de certificación presupuestal correspondiente a mencionado pago, por lo
que la Oficina de Presupuesto solicita la evaluación de dicho expediente por la Oficina que corresponda y la
solicitud de certificación presupuestal de la Oficina General de Administración en mérito al Informe Nº 017-2023-
OP/MPC/JAR, para seguir con el trámite que corresponde.
Atentamente,
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INVERSIONES
INFORME Nº 110/OP/OGPPI/MPC-2023.
ASUNTO : Análisis de los Estados Presupuestales para el cierre contable al segundo semestre 2022.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir los análisis de los estados
presupuestales; análisis cualitativo y cuantitativo sobre los programas presupuestales, análisis de inversiones
considerando metas físicas y financieras, análisis y comentarios del presupuesto de gasto por resultados y
análisis y comentarios del gasto social considerando metas físicas y financieras para el cierre contable 2022.
Atentamente,
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INFORME Nº 112/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, en atención al documento de la referencia mediante
el cual se identificó déficit presupuestal para el pago de servicios básicos de la Municipalidad Provincial de
Cusco. En este sentido, se presenta lo siguiente en relación a los saldos de balance del ejercicio fiscal 2022.
1. ANTECEDENTES.
2. MARCO LEGAL.
- Conforme al Decreto Legislativo N°1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto
Público en su Artículo 50.- Incorporación de mayores ingresos, numeral 50.1 señala que estos son
aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen entre otros de: "Los saldos
de balance, constituidos por recursos financieros provenientes de fuente de financiamiento distinta a
Recursos Ordinarios, que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre del año fiscal. Los saldos de
balance son registrados financieramente cuando se determine su cuantía, y mantienen la finalidad para
los que fueron asignados en el marco de las disposiciones legales vigentes. En caso se haya cumplido
dicha finalidad, tales recursos se pueden incorporar para financiar otras acciones de la Entidad, siempre
y cuando dichos recursos sean de libre disponibilidad de acuerdo con la normatividad vigente".
- Que, en la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” en el Articulo
24. Modificaciones presupuestarias en nivel institucional, 24.2 La aprobación de la incorporación de
mayores ingresos públicos, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego y se utiliza el Modelo
Nº 3/GN. Las resoluciones deben expresar en su parte considerativa el sustento legal, las motivaciones
que las originan, así como el cumplimiento de límites de incorporación de mayores ingresos públicos
aprobados por Decreto Supremo, o el dispositivo legal que sustenta la autorización por el cual no se
encuentran comprendidos dentro de los límites, de corresponder. Copias de dichas resoluciones,
anexos respectivos y el detalle de los ingresos se presentan, según el plazo establecido en el
respectivo Cuadro de Plazos, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto
Legislativo Nº 1440. La presentación de las copias antes citadas se remite a la DGPP mediante oficio
en formato físico o digital por el Sistema de Gestión Documental Digital.
C.C.
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3. ANALISIS.
4. CONCLUSION.
INGRESOS EN SOLES
EGRESOS
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Atentamente,
INFORME Nº 113/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, en atención al documento de la referencia mediante
el cual según el Convenio N° 042-2022-GR-CUSCO/GR con el Gobierno Regional Cusco se realizó el
compromiso de financiamiento hasta la suma de S/. 4`598,279.00, para continuar con la ejecución del proyecto
de inversión con CUI 2317532. En este sentido, se presentan lo siguiente en relación a los saldos de balance del
ejercicio fiscal 2022.
1. ANTECEDENTES.
2. MARCO LEGAL.
- Conforme al Decreto Legislativo N°1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto
Público en su Artículo 50.- Incorporación de mayores ingresos, numeral 50.1 señala que estos son
aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen entre otros de: "Los saldos
de balance, constituidos por recursos financieros provenientes de fuente de financiamiento distinta a
Recursos Ordinarios, que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre del año fiscal. Los saldos de
balance son registrados financieramente cuando se determine su cuantía, y mantienen la finalidad para
los que fueron asignados en el marco de las disposiciones legales vigentes. En caso se haya cumplido
dicha finalidad, tales recursos se pueden incorporar para financiar otras acciones de la Entidad, siempre
y cuando dichos recursos sean de libre disponibilidad de acuerdo con la normatividad vigente".
- Que, en la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” en el Articulo
24. Modificaciones presupuestarias en nivel institucional, 24.2 La aprobación de la incorporación de
mayores ingresos públicos, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego y se utiliza el Modelo
C.C.
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Nº 3/GN. Las resoluciones deben expresar en su parte considerativa el sustento legal, las motivaciones
que las originan, así como el cumplimiento de límites de incorporación de mayores ingresos públicos
aprobados por Decreto Supremo, o el dispositivo legal que sustenta la autorización por el cual no se
encuentran comprendidos dentro de los límites, de corresponder. Copias de dichas resoluciones,
anexos respectivos y el detalle de los ingresos se presentan, según el plazo establecido en el
respectivo Cuadro de Plazos, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto
Legislativo Nº 1440. La presentación de las copias antes citadas se remite a la DGPP mediante oficio
en formato físico o digital por el Sistema de Gestión Documental Digital.
3. ANALISIS.
Debido al convenio firmado entre la Municipalidad Provincial de Cusco y el Gobierno Regional de Cusco
para la ejecución de proyecto de inversión "MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA PRESTACION DEL
SERVICIO DE SALUD DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD DE SAN PEDRO APV. PICCHU ALTO, DISTRITO DE
CUSCO - CUSCO - CUSCO" con CUI: 2317532 , se remite la propuesta de incorporación del saldo de
balance del ejercicio fiscal 2022, para otorgar el crédito presupuestal a la META 103, por el monto total
de S/. 4,598,279.00 con cargo al SALDO DE BALANCE DEL 2022, según el siguiente detalle:
TOTAL 4,598,279.0
0
4. CONCLUSION.
INGRESOS EN SOLES
EGRESOS
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 115/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar y poner de su conocimiento que en
respuesta al documento de la referencia ya se remitió el Informe Nº103/OP/OGPPI/MPC-2023 donde la Oficina
de Presupuesto remite la propuesta de incorporación de saldos de balance conforme al Informe N° 28-2023-
MPC/OGPPI-OPMI, asimismo es importante mencionar que la META 108 MEJORAMIENTO DE LOS
SERVICIOS DE ENERGIA ELECTRICA EN LA PROLONGACION AV. DEL EJERCITO, DISTRITO DE CUSCO -
CUSCO - CUSCO; ACCION: 1.000; CUSCO, CUSCO, CUSCO, cuenta con presupuesto asignado en la
especifica de gasto 2.6.81.31 Elaboración de Expediente Técnico por el monto S/. 43,019.00.
Atentamente,
INFORME Nº 116/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir el reporte de ejecución
presupuestal de inversiones y actividades que viene ejecutando la Municipalidad Provincial del Cusco al
01/03/2023 de las diferentes Gerencias. Es importante señalar que el presupuesto certificado a la fecha, es el
que solamente ha sido requerido por las unidades ejecutoras y operativas.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 117/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Por intermedio del presente me dirijo a Ud. Para informarle con relación al documento en asunto de
referencia:
I. ANTECEDENTES.
- Según el Artículo 47º y numeral 47.2 de la D.L. Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de
Presupuesto Público, señala que: “47.2 Las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional y
Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto
o de la que haga sus veces en la Entidad. El titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a
través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano”.
- Según Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” en el Articulo 29 y
numeral 29.1 señala que: Son modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, las
habilitaciones y anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados en el Presupuesto
Institucional de Apertura (PIA) o en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM), según sea el caso,
debiendo formalizarse mensualmente dentro de los diez (10) días calendario siguientes de vencido el
respectivo mes, mediante Resolución del Alcaldía, a nivel de Pliego, Categoría Presupuestal, Producto
y/o Proyecto según corresponda, Actividad, Fuente de Financiamiento, Categoría del Gasto y Genérica
del Gasto. Las resoluciones que se emitan, se elaboran de acuerdo al Modelo Nº 4/GL (…)”.
III. CONCLUSIONES.
Por tanto, se solicita la emisión del acto Resolutivo para la formalización de las Notas Modificadas
Aprobadas TIPO 3 vía habilitaciones y anulaciones entre actividades y/o proyectos correspondientes al
mes de FEBRERO del presente ejercicio fiscal de la Unidad Ejecutora 300684 Municipalidad Provincial
del Cusco, cuyo detalle de las modificaciones se encuentran en las notas modificatorias que se adjuntan
al presente informe, que son las siguientes: Nota Nº 62, 66, 67, 72, 73, 79, 90, 95, 97, 98, 99, 101, 103,
104, 107, 110, 114, 115, 120, 128, 140, 146, 147, 148, 174, 175, 183, 185, 195, 197, 216, 217, 218,
219, 222, 223, 224, 226, 227, 228, 229, 230, 231, 232, 233, 234, 235, 236, 237, 238, 239, 240, 241,
242, 243, 244, 245, 246 y 252.
C.C.
OGPPI
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Atentamente,
INFORME Nº 118/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta a la solicitud de
disponibilidad presupuestal para la atención del documento de la referencia, que de acuerdo al reporte del
estado de ejecución de presupuesto de gasto corriente, a la fecha no se cuenta con disponibilidad presupuestal
para la atención de mencionado documento, asimismo tampoco se cuenta con crédito suplementario para
generar gastos adicionales que no han sido programados en el Presupuesto Institucional de Apertura del 2023.
Atentamente,
INFORME Nº 121/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar sobre las acciones y actividades
realizadas en el marco de las competencias según, lo siguiente:
1. Conciliación del Marco Legal del Presupuesto al II semestre del 2022. (ANEXO 01)
2. Análisis de los Estados Presupuestales al II semestre del 2022. (ANEXO 02)
3. Aprobación de los diferentes requerimientos solicitados por las Áreas Usuarias. (ANEXO 03)
4. Creación de metas las diferentes Actividades e Inversiones. (ANEXO 04)
5. Modificaciones Presupuestales de acuerdo a la solicitud de las diferentes UEIs. (ANEXO 05)
6. Certificaciones Presupuestales solicitadas hasta la fecha por la Oficina de Logística. (ANEXO 06)
7. Emisión de reportes presupuestales a las diferentes dependencias. (ANEXO 07)
8. Programación de Ingresos 2024 en el Modulo de Programación Multianual de Presupuesto. (ANEXO
08)
II. DIFICULTADES.
- Realizar mesas de trabajo periódicamente con las diferentes Unidades Ejecutoras y Operativas para la
evaluación de avance físico y financiero de Inversiones y Actividades para la toma de decisiones y el
cumplimiento de los objetivos de la MPC.
- Se recomienda la implementación de estrategias de parte de las Unidades Recaudadoras para
potenciar la recaudación de ingresos.
- Racionalización de contratación respecto a gastos de personal y reajuste de otros gastos corrientes que
viene ejecutando la municipalidad.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 124/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta al documento de la
referencia, mediante el cual solicitan apoyo económico a favor de un ex trabajador de la Municipalidad Provincial
del Cusco.
Sin embargo, se recomienda que la Gerencia de Desarrollo Humano y Social evalué viabilizar algún tipo
de apoyo no monetario y/o canalizar dicha petición mediante las entidades competentes.
Atentamente,
C.C.
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Memorándum N° 27 -2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con el objeto de dar a conocer lo siguiente:
1. DIA 02 DE MARZO.- No registre mi horario de tolerancia (hora de entrada) por motivo de omisión,
asimismo tampoco hice el picado del horario de salida debido a que me encontraba en una reunión de
Municipalidades Provinciales y Distritales, adjunto el Oficio Circular al presente documento.
2. DIA 03 DE MARZO.- No registre mi asistencia en el horario de tolerancia (hora de entrada), debido al
tráfico vehicular, sin embargo, pongo en su conocimiento que labore con normalidad el día indicado,
como evidencia adjunto informes emitidos el mismo 03 de marzo.
Por lo tanto, remito el presente para que por intermedio de su despacho se autorice la justificación respectiva de
dicha omisión.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 129/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que de acuerdo a los Informes de la
referencia la Oficina de Presupuesto remitió el Marco Presupuestal del 2023, correspondiente a la META 072:
SALA DE REGIDORES para la programación de gastos en el presente ejercicio fiscal. Por lo que, según la
Planilla de Pago de Dietas de Regidores correspondiente al mes de enero y febrero se tiene lo siguiente:
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 130/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que la Oficina de Presupuesto no
cuenta con la información solicitada respecto a las DEUDAS PENDIENTES DE PAGO con las diferentes
Instituciones Públicas y privadas, información financiera fidedigna de los mercados de abastos, ingresos y
egresos del terminal, bienes inmuebles de la MPC, informe financiero de los locales de SSHH ni la lista de
locales concesionados de la MPC, por lo que se recomienda derivar a las áreas competentes para la solicitud de
mencionada información.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 132/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de emitir el informe de DISPONIBILIDAD
PRESUPUESTAL, en atención al documento:
Asimismo, es importante mencionar que la asignación presupuestal será previa opinión favorable de la
Oficina de Presupuesto. Cabe precisar qué; La Disponibilidad Presupuestal no convalida los actos o acciones
que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas
legales vigentes, en la utilización financiera de los recursos públicos asignados.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 134/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que según el Informe Nº 92-2023-
OT-OGA/MPC emitido por la Oficina de Tesorería se cuenta con un monto disponible de S/. 95,355.01
correspondiente al SALDO DE BALANCE DEL 2022; RUBRO CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA
DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES, Tipo de Recurso: 13 PLAN DE INCENTIVOS.
Cabe precisar qué; La Disponibilidad Presupuestal no convalida los actos o acciones que realicen los
pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales vigentes,
en la utilización financiera de los recursos públicos asignados.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 144/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que según las coordinaciones
realizadas con la Gerencia de Medio Ambiente y la programación de gasto de Inversiones que emitió
mencionada Gerencia a la Oficina de Programación Multianual de Inversión no responde a la ejecución
programada, tal como se evidencia en el siguiente cuadro:
En ese entender no se realizará la asignación del recurso sin el cumplimiento del avance programado
en el primer trimestre del presente ejercicio fiscal en aras de una adecuada ejecución presupuestal.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 146/OP/OGPPI/MPC-2023.
m) b) Informe Nº 092-2023/MPC-TTC.
n) c) Informe Nº 046-2023-OEC-GM/MPC.
o) d) Informe Nº 48-2023-OEC-GM/MPC.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que de acuerdo al estado de
ejecución presupuestal que viene atravesando la Municipalidad, no se cuenta con disponibilidad presupuestal en
gasto corriente correspondiente a la especifica de gasto 2.3.29.11 LOCACIÒN DE SERVICIOS REALIZADOS
POR PERSONAS, por lo que se pone en conocimiento que de acuerdo al Informe Nº 017-2023-OP/MPC/JAR
con fecha 11 de enero del presente ejercicio fiscal emitido por la Oficina de Presupuesto, se remitió el reporte del
marco presupuestal 2023 correspondiente a 23.28 CONTRATO DE ADMINISTRATIVO DE SERCICIOS para
una adecuada planificación y programación de gastos, por lo que se recomienda la convocatoria de Contratos
Administrativos de Servicios para la contratación de personal de acuerdo al marco presupuestal disponible y a
los lineamientos normativos vigentes. Se adjunta al presente el reporte SIAF.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 147/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que, según el documento de la
referencia, se solicita disponibilidad presupuestal para ampliación presupuestal del proyecto “MEJORAMIENTO
DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO EN LA URB. LUCREPATA, DISTRITO DE CUSCO –
PROVINCIA DE CUSCO – DEPARTAMENTO DE CUSCO” con CUI: 2466459, de acuerdo al siguiente detalle:
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 155/OP/OGPPI/MPC-2023.
q) b) Informe Nº 167-2023-OT-OGA/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que de acuerdo al estado de
ejecución presupuestal que viene atravesando la Municipalidad, no se cuenta con disponibilidad presupuestal en
gasto corriente correspondiente a la especifica de gasto 2.3.29.11 LOCACIÒN DE SERVICIOS REALIZADOS
POR PERSONAS, por lo que se pone en conocimiento que de acuerdo al Informe Nº 017-2023-OP/MPC/JAR
con fecha 11 de enero del presente ejercicio fiscal emitido por la Oficina de Presupuesto, se remitió el reporte del
marco presupuestal 2023 correspondiente a 23.28 CONTRATO DE ADMINISTRATIVO DE SERCICIOS para
una adecuada planificación y programación de gastos, por lo que se recomienda la convocatoria de Contratos
Administrativos de Servicios para la contratación de personal de acuerdo al marco presupuestal disponible y a
los lineamientos normativos vigentes. Se adjunta al presente el reporte SIAF.
Atentamente,
C.C.
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Memorándum N° 34 -2023-OP-OGPPI/MPC.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, con la finalidad de informarle que, el día martes 20 de
febrero del presente año, se me hizo dificultoso llegar a la hora máxima permitida para el picado biométrico en
horas de la mañana; realizando tal, a horas 7:42 a.m., dicho evento se dio por motivos del alto tráfico vehicular, y
esta trajo como consecuencia mi retraso en el picado biométrico situado en el Palacio Municipal ubicado en la
Plazoleta Regocijo. Teniendo el compromiso de prevenir dicha situación en un futuro para evitar tardanzas.
Exhorto pueda justificar dicho evento para evitar descuentos a mi persona.
C.C.
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INVERSIONES
Memorándum N° 35 -2023-OP-OGPPI/MPC.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, con la finalidad de informarle que, el día martes 20 de
febrero del presente año, se me hizo dificultoso llegar a la hora máxima permitida para el picado biométrico en
horas de la mañana; realizando tal, a horas 7:42 a.m., dicho evento se dio por motivos del alto tráfico vehicular, y
esta trajo como consecuencia mi retraso en el picado biométrico situado en el Palacio Municipal ubicado en la
Plazoleta Regocijo. Teniendo el compromiso de prevenir dicha situación en un futuro para evitar tardanzas.
Exhorto pueda justificar dicho evento para evitar descuentos a mi persona.
C.C.
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INFORME Nº 160/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que de acuerdo al estado de
ejecución presupuestal que viene atravesando la Municipalidad, no se cuenta con disponibilidad presupuestal en
gasto corriente correspondiente a la especifica de gasto 2.3.29.11 LOCACIÒN DE SERVICIOS REALIZADOS
POR PERSONAS, por lo que se pone en conocimiento que de acuerdo al Informe Nº 017-2023-OP/MPC/JAR
con fecha 11 de enero del presente ejercicio fiscal emitido por la Oficina de Presupuesto, se remitió el reporte del
marco presupuestal 2023 correspondiente a 23.28 CONTRATO DE ADMINISTRATIVO DE SERCICIOS para
una adecuada planificación y programación de gastos, por lo que se recomienda la convocatoria de Contratos
Administrativos de Servicios para la contratación de personal de acuerdo al marco presupuestal disponible y a
los lineamientos normativos vigentes. Se adjunta al presente el reporte SIAF.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 166/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir el reporte de ejecución
presupuestal de inversiones y actividades que viene ejecutando la Municipalidad Provincial del Cusco al
20/03/2023 de las diferentes Gerencias. Es importante señalar que el presupuesto certificado a la fecha, es el
que solamente ha sido requerido por las unidades ejecutoras y operativas.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 183/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, en atención al documento y proveído de la referencia donde
mediante el cual la Directora de la Oficina de Recursos Humanos solicita información para la negociación
colectiva del año 2024. Al respecto, este despacho en observancia a la norma del artículo 42º y 43º del
Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Provincial del Cusco informa lo siguiente:
Tal como se observa en el Cuadro 01; en los meses de enero y febrero los ingresos son mayores a
los gastos (nivel devengado), correspondiente al mes de marzo existe un déficit presupuestal por el
monto de S/. 156,745.95, cabe mencionar que a la fecha aún no se realizó el proceso de planillas de
personal correspondiente al mes de marzo.
2. En el Anexo 01, adjunto al presente documento se remite el estado presupuestal de las diferentes
Unidades Ejecutoras correspondiente a las diferentes actividades y proyectos.
3. Por otro lado, cabe informar que según el Presupuesto Institucional de Apertura 2023,
correspondiente al Sindicato de Trabajadores Municipales (META 093) se programó en la
especifica de gasto 2.1.11.299 OTRAS RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS el monto de S/.
14`687,014.00, donde a la fecha se certificó S/. 2`845,561.84 quedando un saldo presupuestal
pendiente por certificar de S/. 11`841,452.16 para el presente ejercicio fiscal. Se adjunta al
presente el Reporte SIAF 2023.
C.C.
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proyección de gastos realizado por la Oficina de Recursos Humanos a través del Informe Nº 191-
2023-ORH/OGA/MPC, donde existe déficit presupuestal en las genéricas correspondiente al gasto
de planillas de personal en el presente ejercicio fiscal, se adjunta al presente la documentación
correspondiente.
5. Se recomienda que la evaluación solicitada para la negociación colectiva del año 2024, sea
realizada por la Oficina General de Administración en el marco del cumplimiento y correspondencia
con los sistemas administrativos y funcionales, teniendo la información emitida por las distintas
dependencias de nuestra entidad para tener en cuenta el Principio de Equilibrio Presupuestario
contenido en el literal 1 del Artículo 2. Principios del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto
Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y realizar la evaluación financiera previo a
proceder.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 184/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta a la solicitud de
disponibilidad presupuestal para la atención del documento de la referencia, que de acuerdo al reporte del
estado de ejecución de presupuesto de gasto corriente, a la fecha no se cuenta con disponibilidad presupuestal
para la atención de mencionado documento, asimismo tampoco se cuenta con crédito suplementario para
generar gastos adicionales que no han sido programados en el Presupuesto Institucional de Apertura del 2023.
Atentamente,
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, con la finalidad de informarle que, dos días del mes de
febrero del presente año, por comisión de servicio no realice mi registro en el biométrico en horas de la mañana;
exhorto pueda justificar dicho evento para evitar descuentos a mi persona.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento y proveído de la referencia, para
informar que según reporte SIAF MARCO PRESUPUESTAL 2023, se cuenta con un saldo total disponible de S/.
416,981.00 en el clasificador de gasto 2.3.13.11 COMBUSTIBLES Y CARBURANTES, según el siguiente
detalle.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para el expediente de Mayores
Metrados Nº 01 en la etapa de ejecución física para el proyecto “MEJORAMIENTO COLECTORES SAPHY, AV.
SOL, TULLUMAYO Y AV. EJERCITO” con CUI: 2235217 por la suma de S/. 165,370.33. Según el siguiente
detalle:
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para la AMPLIACIÒN
PRESUPUESTAL Nº 2 en la etapa de ejecución física para el proyecto “MEJORAMIENTO DE LA
TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES INTICAHUARINA,
PUCJIOPATA,COLLASUYO, GARCILASO DE LAS APVS CAMINO DEL INCA, HERAPATA, PUCJIOPATA Y
CUNA DEL INCA DE LA ZONA NOR OCCIDENTE, DISTRITO DE CUSCO – PROVINCIA DE CUSCO –
DEPARTAMENTO DE CUSCO” con CUI: 2416032 por la suma de S/. 1`460,041.54. Según el siguiente detalle:
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para la AMPLIACIÒN
PRESUPUESTAL Nº 1 en la etapa de ejecución física para el proyecto “MEJORAMIENTO DE LA RED
COLECTORA DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO DE LAS CALLES CHANCA,
SACSAYHUAMAN, OLLANTA Y JIRONES CAHUIDE, CACIQUE Y TAMBILLO DEL COMITÉ 10 DE LA APV.
LOS INCAS DISTRITO DE CUSCO – PROVINCIA DE CUSCO – DEPARTAMENTO DE CUSCO” con CUI:
2487267 por la suma de S/. 221,485.95. Según el siguiente detalle:
C.C.
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PRESUPUESTO
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INFORME Nº 193/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento y proveído de la referencia, para
informar que según reporte SIAF MARCO PRESUPUESTAL 2023, se cuenta según el siguiente detalle.
Por otro lado es importante informar y poner de su conocimiento, que de acuerdo a lo establecido en la
cuarta disposición final de la LEY DE PRESUPUESTO DEL EJERCICIO FISCAL 2006, que establece lo
siguiente: “los gobiernos regionales y locales utilizarán los recursos provenientes del Canon, así como los de
Regalía Minera, en el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública que comprendan
intervenciones orientadas a brindar servicios públicos de acceso universal y que generen beneficios a la
comunidad, que se enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y sean compatibles con los
lineamientos de políticas sectoriales. Estos proyectos no podrán considerar, en ningún caso, intervenciones con
fines empresariales o que puedan ser realizados por el sector privado. Esta misma norma faculta a los gobiernos
regionales y gobiernos locales a utilizar hasta un 20% de los recursos provenientes de los Canon y la Regalía
Minera a que se refiere la Ley N° 28258, p ara el mantenimiento de la infraestructura generada por los proyectos
de impacto regional y local, para el financiamiento de los gastos generados por los procesos de selección para la
ejecución de proyectos de inversión pública. Asimismo, de dicho porcentaje podrán destinar hasta un 5% para
financiar la elaboración de perfiles correspondientes a los proyectos de inversión pública que se enmarquen en
los planes de desarrollo concertados que correspondan. Lo establecido en la presente disposición no es de
aplicación a los gobiernos locales o gobiernos regionales a los que la normatividad haya otorgado la facultad del
uso de un porcentaje de los recursos provenientes del Canon en gasto corriente.
Como indica la norma, los recursos de Canon son exclusivamente para la ejecución de proyectos de
inversión, hasta un 20% para el mantenimiento de la infraestructura y 5% para la elaboración de perfiles
correspondientes a los proyectos de inversión pública. Por lo que informo a efectos de que se dé cumplimiento a
la citada norma para el correcto uso de los recursos provenientes del Canon. Se adjunta al presente REPORTE
SIAF 2023.
Atentamente,
INFORME Nº 194/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar y poner de su conocimiento, de
acuerdo a lo establecido en la cuarta disposición final de la LEY DE PRESUPUESTO DEL EJERCICIO FISCAL
2006, que establece lo siguiente: “los gobiernos regionales y locales utilizarán los recursos provenientes del
Canon, así como los de Regalía Minera, en el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión
pública que comprendan intervenciones orientadas a brindar servicios públicos de acceso universal y que
generen beneficios a la comunidad, que se enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y sean
compatibles con los lineamientos de políticas sectoriales. Estos proyectos no podrán considerar, en ningún caso,
intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizados por el sector privado. Esta misma norma
faculta a los gobiernos regionales y gobiernos locales a utilizar hasta un 20% de los recursos provenientes de los
Canon y la Regalía Minera a que se refiere la Ley N° 28258, p ara el mantenimiento de la infraestructura
generada por los proyectos de impacto regional y local, para el financiamiento de los gastos generados por los
procesos de selección para la ejecución de proyectos de inversión pública. Asimismo, de dicho porcentaje
podrán destinar hasta un 5% para financiar la elaboración de perfiles correspondientes a los proyectos de
inversión pública que se enmarquen en los planes de desarrollo concertados que correspondan. Lo establecido
en la presente disposición no es de aplicación a los gobiernos locales o gobiernos regionales a los que la
normatividad haya otorgado la facultad del uso de un porcentaje de los recursos provenientes del Canon en
gasto corriente.
Como indica la norma, los recursos de Canon son exclusivamente para la ejecución de proyectos de
inversión, hasta un 20% para el mantenimiento de la infraestructura y 5% para la elaboración de perfiles
correspondientes a los proyectos de inversión pública. Por lo que informo a efectos de que se dé cumplimiento a
la citada norma para el correcto uso de los recursos provenientes del Canon, donde será responsabilidad de las
Unidades Ejecutoras y Operativas la ejecución de las mismas.
Atentamente,
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INFORME Nº 196/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar y poner de su conocimiento, de
acuerdo al numeral 10 de la Resolución de Contraloría N° 195-88-CG, los egresos que se efectúan en las obras
deben ser concordantes con el Presupuesto Analítico aprobado por la Entidad de acuerdo a la normativa vigente,
es decir que los gastos deben efectuarse de acuerdo al contenido del Analítico de Gastos del Expediente
Técnico.
Por lo que informo a efectos de que las Unidades Ejecutoras y Operativas cumplan con lo establecido
por la citada norma para realizar los requerimientos de la ejecución de inversiones y actividades según
corresponda. Por lo que informo a efectos de que se cumpla con lo establecido por la citada norma, siendo
responsabilidad del área usuaria, supervisor y residente de obra, realizar los requerimientos y la ejecución de las
mismas. Adjunto al presente la Resolución de Contraloría N° 195-88-CG.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 197/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que, según el documento de la
referencia, el Gerente de Turismo, Cultura, Educación y Deporte solicita la aprobación del expediente técnico por
Acto Resolutivo del proyecto “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS CULTURALES PARA LA POBLACION EN
LAS INDUSTRIAS CULTURALES Y ARTES EN EL CENTRO HISTORICO DEL DISTRITO DE CUSCO –
PROVINCIA DE CUSCO – DEPARTAMENTO DE CUSCO” con CUI: 2504051, así mismo la Dirección de
Presupuesto emite la Disponibilidad Presupuestal de acuerdo al siguiente detalle:
Atentamente,
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INFORME Nº 199/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar y poner de su conocimiento, que los
expedientes de pago que viene certificando la Oficina de Presupuesto de la Sub Gerencia de Obras Públicas, no
guardan coherencia con las cantidades, adquisición de insumos y costos respecto al analítico de los expedientes
técnicos aprobados por la entidad. Por otro lado, es importante mencionar que de acuerdo al numeral 10 de la
Resolución de Contraloría N° 195-88-CG, los egresos que se efectúan en las obras deben ser concordantes con
el Presupuesto Analítico aprobado por la Entidad de acuerdo a la normativa vigente, es decir que los gastos
deben efectuarse de acuerdo al contenido del Analítico de Gastos del Expediente Técnico. Por lo que informo a
efectos de que las Unidades Ejecutoras y Operativas cumplan con lo establecido por la citada norma para
realizar los requerimientos de la ejecución de inversiones y actividades según corresponda. Por lo que informo a
efectos de que se cumpla con lo establecido por la citada norma, siendo responsabilidad del área usuaria,
supervisor y residente de obra, realizar los requerimientos y la ejecución de las mismas.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 200/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar y poner de su conocimiento que, de
acuerdo al D.S. Nº 044-2023-EF autoriza la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2023 a favor de los Gobiernos Regionales y de diversos Gobiernos Locales:
Numeral 3.4 del artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 002-2023, autoriza, excepcionalmente, al
Ministerio de Economía y Finanzas, durante el Año Fiscal 2023, a realizar modificaciones presupuestarias en el
nivel institucional, hasta por la suma de S/ 34 000 000,.00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 SOLES),
a favor de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, con cargo a los recursos de la Reserva de
Contingencia a la que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema
Nacional de Presupuesto Público, por la fuente de financiamiento3 Recursos Ordinarios, para financiar la
vinculación de funcionarios públicos de los gobiernos regionales y los gobiernos locales a que hace referencia el
numeral 3.1 del referido artículo y, priorizados según el criterio al que hace referencia el numeral 3.2 del
mencionado artículo; las que se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto
Legislativo Nº 1440, a solicitud de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), quien remite su solicitud
adjuntando el listado priorizado de entidades conforme a los criterios señalados en el numeral 3.2 del referido
artículo; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de
Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de
Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía
y Finanzas; destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los
presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la
Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y
Finanzas;
Que, mediante el Oficio Nº 000032-2023-SERVIRGG, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR)
solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a
los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 30
137 940,00 (TREINTA MILLONES CIENTO TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y 00/100
SOLES) a favor de los gobiernos regionales y diversos gobiernos locales priorizados según el criterio al que
hace referencia el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 002-2023, para financiar la vinculación
temporal y excepcional de gerentes generales regionales y gerentes municipales al régimen regulado por la Ley
Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; adjuntando, para dicho
efecto, el Informe Nº 000053-2023-SERVIR-GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de SERVIR
C.C.
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Es todo cuanto puedo informar para el cumplimiento con la normativa vigente y fines consiguientes.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 204/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo me dirijo a usted, para saludarlo e informarle que con respecto a lo que se indica en asunto,
mediante los siguientes considerandos:
I. Antecedentes y análisis:
- Que, a través de la Resolución de Alcaldía N°397-2022-MPC de fecha 30 de diciembre del 2022, se aprobó el
Presupuesto Institucional de Apertura 2023 de la Municipalidad Provincial del Cusco, por la suma de S/.
169,169,760.00.
- Que a través del Decreto Supremo Nº 044-2022-EF se autoriza la Transferencia de Partidas en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/. 170,180.00 (CIENTO SETENTA MIL
CIENTO OCHENTA Y 00/100 SOLES) a favor de diversos Gobiernos Locales priorizados para financiar la
vinculación temporal y excepcional de gerentes generales regionales y gerentes municipales al régimen regulado
por la Ley Nº 30057 Ley del Servicio Civil.
- Que, según el Anexo Nº II: Transferencia de Partidas a Favor de Diversos Gobiernos Locales, le corresponde a la
Municipalidad Provincial del Cusco el importe de S/. 170,180.00 (CIENTO SETENTA MIL CIENTO OCHENTA Y
00/100 SOLES).
- Que, el Artículo 46 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto
Público, establece los lineamientos para las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional, concordante
la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada mediante RESOLUCIÓN
DIRECTORAL Nº 0023-2022-EF/50.01.
- Que, el numeral 28.1 del artículo 28 de la DIRECTIVA N° 0005-2022-EF/50.01 01 Directiva para la Ejecución
Presupuestaria, establece: “Los mayores recursos por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios que hayan
sido autorizados al gobierno local por norma con rango de Ley o Decreto Supremo, se incorporan mediante
Resolución de Alcaldía. En caso los dispositivos legales faculten a los Pliegos a realizar la desagregación del
presupuesto se utiliza el Modelo Nº 1/GL.”
- Que, el numeral 28.2 del artículo 28 de la DIRECTIVA N° 0005-2022-EF/50.01 01 Directiva para la Ejecución
Presupuestaria, establece: “En las modificaciones presupuestarias a nivel institucional por transferencias de
partidas, la desagregación de recursos se aprueba por el Titular del Pliego mediante Resolución de Alcaldía,
utilizando el Modelo Nº 1/GL.”
C.C.
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III. Conclusiones:
Por tanto, la Oficina de Presupuesto, remite la propuesta para la incorporación de la transferencia de Partidas, por la suma
S/. 170,180.00 Soles en el Rubro de Financiamiento 00. RECURSOS ORDINARIOS en el marco del DECRETO SUPREMO
Nº 044-2023-EF, por la transferencia de partidas para el cumplimiento de la misma, el cual debe ser aprobada mediante
Resolución de Alcaldía la desagregación de recursos autorizados, conforme al siguiente detalle:
EGRESOS En Soles
Se solicita mayor celeridad en el trámite del presente expediente debido a que la presente transferencia de partidas debe
ser aprobado dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del DECRETO SUPREMO N° 044-2023-EF tal como
señala el Artículo 2 del referido dispositivo.
Es todo cuanto tengo que informar a usted para su conocimiento y fines consiguientes.
Atentamente.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para la AMPLIACIÒN
PRESUPUESTAL Nº 5 en la etapa de ejecución física para el proyecto “REPARACION DE COBERTURA,
PAVIMENTO Y BAÑO O SERVICIOS SANITARIOS; REMODELACION DE CABLEADO ELÉCTRICO O
CONDUCTOS DE CABLES; CONSTRUCCION DE COBERTURA; RENOVACION DE PUERTA DE BARRERA
DE ESTACIONAMIENTO, PUERTAS AUTOMÁTICAS Y TOPICO; ADQUISICION DE SILLAS PARA
DESCANSAR; EN EL(LA) TERMINAL TERRESTRE DEL CUSCO DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA
CUSCO, DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI: 2452129 por la suma de S/. 1`355,959.44. Según el siguiente
detalle:
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para las siguientes inversiones, según
el siguiente detalle:
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INFORME Nº 209/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta a la solicitud de
disponibilidad presupuestal para la atención del documento de la referencia, a la fecha no se cuenta con
disponibilidad presupuestal correspondiente al Recurso de Plan de Incentivos para la atención de mencionado
documento, asimismo tampoco se cuenta con crédito suplementario para generar gastos adicionales que no han
sido programados en el Presupuesto Institucional de Apertura del 2023.
Atentamente,
INFORME Nº 213/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de emitir el informe de DISPONIBILIDAD
PRESUPUESTAL, en atención al documento de la referencia:
CUADRO 01: MARCO PRESUPUESTAL 2023 - CAS (SUB GENERICA DETALLE 2.3.28).
Según el Cuadro 01; correspondiente a la ejecución presupuestal de planillas – pago de personal CAS,
actualmente se cuenta con un PIM de S/. 9,138,710.00 y se cuenta a la fecha con un saldo presupuestal de S/.
7,393,119.43. Por lo que se recomienda realizar una adecuada programación de gastos para el presente
ejercicio fiscal de acuerdo al MARCO PRESUPUESTAL 2023. Por otro lado, es importante mencionar que la
disponibilidad de Crédito Presupuestario no convalida y/o autoriza los actos que no se ciñen a la normatividad
vigente correspondiendo a cada unidad orgánica realizar el control con observancia de los requisitos esenciales
y formalidades impuestas por las normas legales, en la utilización financiera de los recursos públicos asignados.
Atentamente,
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para la AMPLIACIÒN
PRESUPUESTAL Nº 03 en la etapa de ejecución física para el proyecto “CREACION DE LOS SERVICIOS DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO EN LA APV LA ESMERALDA DE SANTA ANA, DISTRITO
DE CUSCO - PROVINCIA CUSCO - DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI: 2485219 por la suma de S/.
13,151.55. Según el siguiente detalle:
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INFORME Nº 217/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir el reporte de ejecución
presupuestal de inversiones y actividades que viene ejecutando la Municipalidad Provincial del Cusco al
31/03/2023 de las diferentes Gerencias. Es importante señalar que el presupuesto certificado a la fecha, es el
que solamente ha sido requerido por las unidades ejecutoras y operativas.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 222/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Por intermedio del presente me dirijo a Ud. Para informarle con relación al documento en asunto de
referencia:
I. ANTECEDENTES.
- Según el Artículo 47º y numeral 47.2 de la D.L. Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de
Presupuesto Público, señala que: “47.2 Las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional y
Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto
o de la que haga sus veces en la Entidad. El titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a
través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano”.
- Según Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” en el Articulo 29 y
numeral 29.1 señala que: Son modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, las
habilitaciones y anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados en el Presupuesto
Institucional de Apertura (PIA) o en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM), según sea el caso,
debiendo formalizarse mensualmente dentro de los diez (10) días calendario siguientes de vencido el
respectivo mes, mediante Resolución del Alcaldía, a nivel de Pliego, Categoría Presupuestal, Producto
y/o Proyecto según corresponda, Actividad, Fuente de Financiamiento, Categoría del Gasto y Genérica
del Gasto. Las resoluciones que se emitan, se elaboran de acuerdo al Modelo Nº 4/GL (…)”.
III. CONCLUSIONES.
Por tanto, se solicita la emisión del acto Resolutivo para la formalización de las Notas Modificadas
Aprobadas TIPO 3 vía habilitaciones y anulaciones entre actividades y/o proyectos correspondientes al
mes de MARZO del presente ejercicio fiscal de la Unidad Ejecutora 300684 Municipalidad Provincial del
Cusco, cuyo detalle de las modificaciones se encuentran en las notas modificatorias que se adjuntan al
presente informe, que son las siguientes: Nota Nº 257, 262, 278, 280, 281, 284, 285, 287, 289, 291,
292, 293, 300, 301, 304, 323, 326, 330, 340, 346, 391, 392, 393, 400, 401, 404, 405, 406, 417, 424,
431, 449, 451, 465,
Atentamente,
INFORME Nº 224/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de solicitar información (contratos, convenios u
otros) de la MPC con el ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL correspondiente al presente ejercicio fiscal.
Atentamente,
INFORME Nº 226/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de poner en conocimiento que; de acuerdo al
Informe N° 017-2023-OP/MPC/JAR, la Oficina de Presupuesto remitió el REPORTE PRESUPUESTAL –
MARCO PRESUPUESTAL 2023, con el objetivo de que las diferentes Unidades Operativas realicen la
programación de sus gastos correspondientes al presente ejercicio fiscal alineadas al MARCO PRESUPUESTAL
2023 de la MPC.
CUADRO 01: MARCO PRESUPUESTAL 2023 - CAS (SUB GENERICA DETALLE 2.3.28).
Según el Cuadro 01; tal como se observa, se cuenta con un Presupuesto Institucional de Apertura
programado en la META 94 Gerencias Recursos Humanos – Remuneraciones, correspondiente a planillas –
pago de personal CAS, donde actualmente se cuenta con un PIM de S/. 9,138,710.00 y se cuenta a la fecha con
un saldo presupuestal de S/. 7,393,119.43. Por lo que se recomienda realizar una adecuada programación de
gastos de acuerdo a las necesidades de cada Oficina de la MPC alineadas al marco normativo vigente,
directivas institucionales e instrumentos de gestión de acuerdo al MARCO PRESUPUESTAL disponible 2023.
Por otro lado, se solicita a la Oficina de Recursos Humanos que consolide la Información
correspondiente a la solicitud de disponibilidad presupuestal para el contrato de personal CAS de la MPC y no
sea solicitado por cada Unidad Operativa a fin de evitar la mala administración presupuestal y duplicidad de
solicitudes.
Atentamente,
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para la AMPLIACIÒN
PRESUPUESTAL Nº 02 en la etapa de ejecución física para el proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO EN LA URB. LUCREPATA, DISTRITO DE CUSCO -
PROVINCIA CUSCO - DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI: 2466459 por la suma de S/. 62,243.23. Según el
siguiente detalle:
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INFORME Nº 233/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Atentamente,
INFORME Nº 237/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de solicitar por su intermedio a las diferentes
Unidades Ejecutoras, Unidades Operativas, Gerencias, Oficinas, Unidades y demás dependencias, la
información para el cumplimiento de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria
2024 – 2026, dicha información deberá estar sujeta a los lineamientos de la Directiva N° 0002-2023-EF/50.01,
con plazo límite 21 de abril del presente ejercicio fiscal, de acuerdo al siguiente detalle:
INTEGRANTES:
INFORMACION SOLICITADA:
2. Resumen del cuadro de necesidades valorizado de bienes y servicios para los años (2024 – 2026) con
el objetivo de cumplir la efectividad, eficacia, oportunidad y calidad de los servicios para el logro de
resultados y objetivos institucionales adecuadamente articulados que permitan el cumplimiento de las
metas programadas de acuerdo a los indicadores de desempeño por cada centro de costo.
3. Previsiones presupuestales pendientes de pago a proveedores para los próximos años (2024,2025 y
2026).
C.C.
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4. Deudas pendientes de pago, pago del servicio de la deuda, obligaciones provenientes de contratos de
préstamos, convenio de traspaso de recursos, las que se originen por los Certificados de Inversión
Publica Regional y local (CIPRL) y otras obligaciones de deuda de corresponder.
Por otro lado, Cabe mencionar que todo gasto sujeto a la Programación Multianual Presupuestaria debe cumplir
los siguientes criterios generales:
b) Ejecutabilidad: el gasto programado debe basarse en una proyección de ejecución de las estrategias de
las entidades acorde con su capacidad operativa real y el marco legal respectivo. La Programación
Multianual Presupuestaria debe considerar los procedimientos y plazos establecidos en los sistemas
administrativos del sector público para la ejecución oportuna de sus actividades y proyectos.
d) Pertinencia y cierre de brecha: la Programación Multianual Presupuestaria debe reflejar las acciones
correctivas adoptadas por las entidades en función de las revisiones de gasto, análisis de costo-efectividad y
eficiencia, monitoreo y evaluaciones de las estrategias y programas que se hayan realizado. Asimismo, el
gasto a programarse debe sustentarse en criterios de focalización y priorización que conduzcan al cierre de
brechas de los indicadores de desempeño a nivel de resultado y productos, así como el cierre de brechas de
infraestructura y acceso a servicios establecidos en el PMI. Finalmente, dicha programación debe plasmar
los resultados priorizados y objetivos estratégicos.
Asimismo, es importante considerar el Articulo 12. Criterios específicos para la estimación del gasto público de la
Directiva N° 0002-2023-EF/50.01 para la remisión de dicha información.
Atentamente,
C.C.
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Memorándum N° 54 -2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, con la finalidad de informarle que, el día lunes 10 de abril del
presente año, se me hizo dificultoso llegar a la hora máxima permitida para el picado biométrico en horas de la
mañana; realizando tal, a horas 7:41 a.m., dicho evento se dio por motivos del alto tráfico vehicular, y esta trajo
como consecuencia mi retraso en el picado biométrico situado en el Palacio Municipal ubicado en la Plazoleta
Regocijo. Teniendo el compromiso de prevenir dicha situación en un futuro para evitar tardanzas. Exhorto pueda
justificar dicho evento para evitar descuentos a mi persona.
C.C.
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INFORME Nº 240/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de solicitar el registro de ingresos al 31 de marzo
para efectos del cierre presupuestal al primer trimestre del presente ejercicio fiscal.
Atentamente,
_________________________________
Econ. Joselyn Aranibar Roque
CEC. 1505.
C.C.
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Informe N° 243-2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para la AMPLIACIÒN
PRESUPUESTAL Nº 01 en la etapa de ejecución física para el proyecto “REFORESTACION DE VIVERO
FORESTAL; ADQUISICION DE MOBILIARIO URBANO, PAPELERA Y VOLQUETE; ADEMAS DE OTROS
ACTIVOS EN LA GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO EN
LA LOCALIDAD CUSCO - CUSCO - CUSCO” con CUI: 2524075 por la suma de S/. 352,663.52. Según el
siguiente detalle:
MODIFICACION PRESUPUESTAL N° 01
DESCRIPCION PRESUPUESTO INICIAL MONTO DE LA PRESUPUESTO FINAL
AMPLICACION
CD 1,266.450.93 82,881.42 1,349,332.35
GG 199,919.70 181,595.20 381,514.90
GS 79,698.00 88,186.90 167,884.90
EVALUACION DE E.T. 13,771.50 13,771.50
COSTO DE E.T. 13,782.04 13,782.04
COSTO DE LIQUIDACION 21,557.50 21,557.50
COSTO TOTAL DE E.T. 1,595,179.67 352,663.52 1,917,843.19
Fuente: Informe Nº 037-2023-MPC-GMA-SGGMA-AYQ-RO.
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Informe N° 246-2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del presente
expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para el Proceso de Contratación Administrativo de Servicios
CAS – Proceso de Selección N° 002-2023-MPC (Plazo determinado por Necesidad Transitoria). Sobre el particular, este
despacho informa lo siguiente:
Saldo al
Rubro PIM Devengado devengado
00. RO 130,148.00 0.00 130,148.00
07.
FONCOMUN 0.00 0.00 0.00
4,942,930.0 1,107,737.2
08. IM 0 6 3,835,192.74
4,195,780.0
09. RDR 0 658,632.32 3,537,147.68
9,268,858.0 1,766,369.5
Total general 0 8 7,502,488.42
Fuente: Reporte SIAF.
Por otro lado, se debe mencionar que el monto programado descrito en la tabla anterior considera a todo el personal
bajo el régimen CAS, en sus diferentes modalidades ya sean por confianza o contratados. Asimismo, la
disponibilidad señalada está sujeta a los ingresos financieros captados por la entidad en los rubros de
financiamiento: 08. Impuestos Municipales y 09. Recursos Directamente Recaudados, y las trasferencias recibidas
por parte del Gobierno Central del rubro de financiamiento 00. Recursos Ordinarios.
Finalmente, sobre la solicitud emitida por su despacho en base a la información proporcionada por la Oficina de Recursos
Humanos y según lo expuesto en líneas arriba, este despacho informa la DISPONIBILIDAD DE CRÉDITOS
PRESUPUESTARIOS por el importe solicitado con cargo a los rubros de financiamiento 00. Recursos Ordinarios, 08.
Impuestos Municipales y 09. Recursos Directamente Recaudados en base a lo estipulado en el Proceso de Contratación
Administrativo de Servicios CAS – Proceso de Selección N° 002-2023-MPC (Plazo determinado por necesidad transitoria) para
que siga el trámite administrativo correspondiente.
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Es todo cuanto tengo que informar a usted para su conocimiento y fines consiguientes.
Atentamente.
INFORME Nº 255/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que de acuerdo al estado de
ejecución presupuestal que viene atravesando la Municipalidad conforme a los Informes N° 38/OP/OGPPI/MPC-
2023 y N° 68/OP/OGPPI/MPC-2023 emitidos con fecha 24 de enero y 02 de febrero a Gerencia Municipal, en el
presente ejercicio fiscal no se cuenta con disponibilidad presupuestal respecto a gasto corriente.
Por otro lado, cabe informar que la Gerencia de Medio Ambiente cuenta con las siguientes secuencias
funcionales asignadas a continuación:
SALDO A
UEI META CU NOMBRE PIA PIM CERT.
NIVEL CERT.
PROYECTOS
"MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA DISPOSICION
FINAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS DE LA
CIUDAD DEL CUSCO EN LA LOCALIDAD DE JAQUIRA,
005 146133 DISTRITO SANTIAGO, CUSCO - CUSCO" 122,149.00 922,352.00 139,043.47 783,308.53
"REFORESTACION DE VIVERO FORESTAL; ADQUISICION
DE MOBILIARIO URBANO, PAPELERA Y VOLQUETE;
ADEMAS DE OTROS ACTIVOS EN EL(LA) GERENCIA DE
MEDIO AMBIENTE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
109 524075 DEL CUSCO EN LA LOCALIDAD CUSCO - CUSCO - CUSCO" 34,471.00 690,151.00 90,039.01 600,111.99
"ADQUISICION DE CAMION COMPACTADOR, CAMION
Gerencia de
COMPACTADOR, CAMION COMPACTADOR Y CAMION
Medio
COMPACTADOR; ADEMAS DE OTROS ACTIVOS EN EL(LA)
Ambiente
GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE DISTRITO DE CUSCO -
195 490176 CUSCO - CUSCO" 0.00 3,811,386.00 15,718.64 3,795,667.36
"CONSTRUCCION DE CENTRO DE ACOPIO Y ALMACEN;
ADQUISICION DE CAMION BARANDA Y MONTACARGA;
ADEMAS DE OTROS ACTIVOS EN EL(LA) DIVISION DE
SERVICIOS DE LIMPIEZA PUBLICA DISTRITO DE
196 544262 WANCHAQ,CUSCO-CUSCO" 0.00 1,155,303.00 0.00 1,155,303.00
"ADQUISICION DE TERRENO; EN EL(LA) SERVICIO DE
LIMPIEZA PUBLICA(PLANTA DE VALORIZACION)
197 561368 DISTRITO DE SANTIAGO-CUSCO-CUSCO" 0.00 2,835,572.00 1,783,735.23 1,051,836.77
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ACTIVIDADES
"ALMACENAMIENTO, BARRIDO DE CALLES Y LIMPIEZA
006 000848 DE ESPACIOS PUBLICOS" 364,948.00 1,190,873.00 974,669.64 216,203.36
"RECOLECCION Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS
MUNICIPALES"
007 000848 1,657,356.00 2,004,604.00 1,219,439.75 785,164.25
"TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS
SOLIDOS MUNICIPALES"
008 000848 5,000.00 299,165.00 209,229.65 89,935.35
"POTABILIZACION Y OTRAS FORMAS DE DESINFECCION
025 000882 Y TRATAMIENTO" 15,350.00 3,850.00 3,650.00 200.00
"OPERACION Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE
026 000882 AGUA POTABLE" 13,970.00 44,470.00 37,200.00 7,270.00
"OPERACION Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE
027 000882 DISPOSICION SANITARIA DE EXCRETAS" 21,905.00 5,905.00 1,295.00 4,610.00
"FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES A GOBIERNOS
Gerencia de
Medio 028 000882 LOCALES - AREAS TECNICAS MUNICIPALES" 13,045.00 10,045.00 1,627.00 8,418.00
Ambiente 029 000882 "EDUCACION SANITARIA PARA HOGARES RURALES" 1,926.00 1,926.00 1,893.50 32.50
118 999999 "SUB GERENCIA DE GESTION AMBIENTAL" 15,709.00 40,794.00 27,020.04 13,773.96
119 999999 "GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE - MPC" 23,125.00 89,405.00 70,927.33 18,477.67
120 999999 "SUBGERENCIA DE SANEAMIENTO AMBIENTAL" 25,680.00 82,083.00 78,300.52 3,782.48
129 999999 "MANTENER Y CONSERVAR LAS AREAS VERDES" 42,000.00 491,760.00 481,861.94 9,898.06
Fuente: SIAF – Operaciones en Línea.
Tal como se observa en el Cuadro N° 01; respecto a la ejecución de PIP cuenta con un saldo presupuestal de S/.
8,127,239.20, por otro lado, respecto a las actividades que pertenecen a la Gerencia de Medio Ambiente cuenta
con un marco presupuestal disponible de S/. 1,571,603.63.
Por otro lado, es importante informar que en la Meta Presupuestal 08 TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL
DE RESIDUOS SOLIDOS MUNICIPALES cuenta con un presupuesto programado por el monto de S/.
241,001.00 con el RUBRO: 18 CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y
PARTICIPACIONES, tal como se muestra en el Cuadro N° 02:
Cabe resaltar que los recursos programados correspondientes al RUBRO: 18 CANON Y SOBRECANON,
REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES deben ser utilizados de acuerdo a lo establecido en la
cuarta disposición final de la LEY DE PRESUPUESTO DEL EJERCICIO FISCAL 2006, que establece lo
siguiente: “los gobiernos regionales y locales utilizarán los recursos provenientes del Canon, así como los de
Regalía Minera, en el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública que comprendan
intervenciones orientadas a brindar servicios públicos de acceso universal y que generen beneficios a la
comunidad, que se enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y sean compatibles con los
lineamientos de políticas sectoriales. Estos proyectos no podrán considerar, en ningún caso, intervenciones con
fines empresariales o que puedan ser realizados por el sector privado. Esta misma norma faculta a los gobiernos
regionales y gobiernos locales a utilizar hasta un 20% de los recursos provenientes de los Canon y la Regalía
Minera a que se refiere la Ley N° 28258, p ara el mantenimiento de la infraestructura generada por los proyectos
de impacto regional y local, para el financiamiento de los gastos generados por los procesos de selección para la
ejecución de proyectos de inversión pública. Asimismo, de dicho porcentaje podrán destinar hasta un 5% para
financiar la elaboración de perfiles correspondientes a los proyectos de inversión pública que se enmarquen en
los planes de desarrollo concertados que correspondan. Lo establecido en la presente disposición no es de
aplicación a los gobiernos locales o gobiernos regionales a los que la normatividad haya otorgado la facultad del
uso de un porcentaje de los recursos provenientes del Canon en gasto corriente. Como indica la norma, los
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recursos de Canon son exclusivamente para la ejecución de proyectos de inversión, hasta un 20% para el
mantenimiento de la infraestructura y 5% para la elaboración de perfiles correspondientes a los proyectos de
inversión pública.
Mencionado todo lo anterior, conforme al estado situacional de la Gerencia de Medio Ambiente, la Unidad
Productora correspondiente a dicha actividad no cumplió con el ciclo de inversión para iniciar con la fase de
Funcionamiento donde comprende el mantenimiento de los activos generados con la ejecución de la inversión.
Por lo que informo a efectos de que se dé cumplimiento a la citada norma para el correcto uso de los recursos
provenientes del Canon, donde será responsabilidad de las Unidades Ejecutoras y Operativas la ejecución de las
mismas.
Mencionado todo lo anterior líneas arriba, se recomienda a la Gerencia de Medio Ambiente evaluar el marco
presupuestal disponible 2023 por cada centro de costo pertenecientes a la misma priorizando y programando
con antelación sus actividades para la solicitud de la modificación presupuestal en el caso corresponda,
cumpliendo con los lineamientos, el marco legal vigente y la Ley de Presupuesto del Ejercicio Fiscal 2006 para la
utilización del CANON. Se adjunta al presente el reporte SIAF por Centro de Costo.
C.C.
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INFORME Nº 256/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta a la solicitud de
disponibilidad presupuestal para la atención del documento de la referencia, que de acuerdo al reporte del
estado de ejecución de presupuesto de gasto corriente, a la fecha no se cuenta con disponibilidad presupuestal
para la atención de mencionado documento, asimismo tampoco se cuenta con crédito suplementario para
generar gastos adicionales que no han sido programados en el Presupuesto Institucional de Apertura del 2023.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 259/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, en mérito al documento y proveído de la referencia mediante
el cual la Directora de la Oficina General de Administración solicita opinión respecto a la disponibilidad
presupuestal para el cumplimiento del convenio colectivo suscrito para el presente ejercicio fiscal. Sobre el
particular, este despacho informa lo siguiente:
I. BASE LEGAL.
- Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023.
- Ley N° 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2023.
II. ANTECEDENTES.
III. ANALISIS.
C.C.
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Según el Cuadro 01; correspondiente a la ejecución presupuestal de planillas – pago de personal, actualmente
se cuenta con un PIM disponible de S/. 52,235,364.00 y se cuenta con una proyección de gasto a diciembre por
un monto de S/. 56,579,132.25, por lo que se concluye que existe un déficit presupuestal de S/. 4,343,768.25.
Según el Cuadro 02; correspondiente a la ejecución presupuestal de planillas – pago de personal CAS,
actualmente se cuenta con un PIM de S/. 9,268.858.00 y se cuenta con una proyección de gasto a diciembre por
un monto de S/. 12,946,876.49 por lo que se concluye que existe un déficit presupuestal de S/. 3,678.018.49.
C.C.
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Respecto al pago de SENTENCIAS JUDICIALES, se cuenta con disponibilidad presupuestal, según el siguiente
detalle:
IV. CONCLUSIONES.
- Pese a la recuperación de la actividad económica, los recursos programados para las actividades de
funcionamiento no son suficientes para cubrir todas las necesidades de la institución ni obligaciones de
gasto corriente.
C.C.
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V. RECOMENDACIONES.
De todo lo expuesto líneas arriba, se recomienda a la Oficina General de Administración en el marco del
cumplimiento y correspondencia con los sistemas administrativos y funcionales, teniendo la información
emitida por esta dependencia realizar un contraste con la información de las oficinas que dependen de
la Oficina General de Administración para una adecuada planificación y programación de gastos de
acuerdo al Marco Presupuestal disponible 2023 teniendo en cuenta el Principio del Equilibrio
Presupuestario contenido en el literal 1 del Artículo 2. Principios del Decreto Legislativo N° 1440,
Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público de acuerdo a la evaluación financiera
previo a proceder.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 265/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de emitir el informe de DISPONIBILIDAD
PRESUPUESTAL, en atención al documento de la referencia:
Por otro lado, es importante mencionar que la disponibilidad de Crédito Presupuestario no convalida y/o
autoriza los actos que no se ciñen a la normatividad vigente correspondiendo a cada unidad orgánica realizar el
control con observancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la
utilización financiera de los recursos públicos asignados.
Atentamente,
C.C.
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Informe N° 266-2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para la AMPLIACIÒN
PRESUPUESTAL Nº 01 en la etapa de ejecución física para el proyecto “MEJORAMIENTO DE LA
TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL DE LAS CALLES “A”, “H”, “1”, “3” Y ACCESO DEL AA.HH EL
CALVARIO ZONA NOR OCCIDENTE DEL DISTRITO DE CUSCO – PROVINCIA DE CUSCO –
DEPARTAMENTO DE CUSCO” con CUI: 2481707 por la suma de S/. 441,599.26. Según el siguiente detalle:
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Memorándum N° 61 -2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, con la finalidad de informarle que, el día martes 18 de abril
del presente año, se me hizo dificultoso llegar a la hora máxima permitida para el picado biométrico en horas de
la mañana; realizando tal, a horas 7:45 a.m., dicho evento se dio por motivos del alto tráfico vehicular, y esta
trajo como consecuencia mi retraso en el picado biométrico situado en el Palacio Municipal ubicado en la
Plazoleta Regocijo. Teniendo el compromiso de prevenir dicha situación en un futuro para evitar tardanzas.
Exhorto pueda justificar dicho evento para evitar descuentos a mi persona.
C.C.
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INFORME Nº 270/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de solicitar el monto total a requerir por cada
dependencia en mención, previa a la opinión de disponibilidad presupuestal.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 271/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de solicitar el monto total y específico para el
pago de los adeudos provenientes de Convenios Colectivos de los ejercicios fiscales en mención, previo a la
opinión de disponibilidad presupuestal.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 272/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta a la solicitud de
disponibilidad presupuestal para la atención del documento de la referencia, que de acuerdo al reporte del
estado de ejecución de presupuesto de gasto corriente, a la fecha no se cuenta con disponibilidad presupuestal
para la atención de mencionado documento, asimismo tampoco se cuenta con crédito suplementario para
generar gastos adicionales que no han sido programados en el Presupuesto Institucional de Apertura del 2023.
Atentamente,
C.C.
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Informe N° 276-2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para la AMPLIACIÒN
PRESUPUESTAL Nº 03 en la etapa de ejecución física para el proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO EN LA URB. LUCREPATA, DISTRITO DE CUSCO –
PROVINCIA DE CUSCO – DEPARTAMENTO DE CUSCO” con CUI: 2466459 por la suma de S/. 391,862.36.
Según el siguiente detalle:
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Memorándum N° 69 -2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, con la finalidad de informarle que, el día viernes 20 de abril
del presente año, me encontraba en comisión de servicio, debido al taller del Presupuesto Participativo que se
llevó a cabo mencionado día, adjunto al presente el cronograma de la Dirección General de Planeamiento,
Presupuesto e Inversiones emitido a Gerencia Municipal. Exhorto pueda justificar dicho evento para evitar
descuentos a mi persona.
Informe N° 282-2023-OP-OGPPI/MPC.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, con la finalidad de informarle que, los días: 03/03/2023,
03/06/2023, 03/07/2023, 03/08/2023, 03/13/2023, 03/14/2023, 03/15/2023 y 03/31/2023 del presente año, me
encontraba en comisión de servicio de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones. Por lo
que exhorto pueda justificar dicho evento para evitar descuentos a mi persona.
Informe N° -2023-MPC/OGPPI.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, con la finalidad de informarle que los días: 03/01/2023,
03/02/2023, 03/03/2023, 03/06/2023, 03/08/2023, 03/10/2023, 03/13/2023, 03/14/2023, 03/15/2023, 03/17/2023,
03/20/2023, 03/21/2023, 03/22/2023, 03/28/2023, 03/29/2023, 03/30/2023 y 03/31/2023 del presente año, me
encontraba en comisión de servicio por diversas actividades encomendadas a mi persona. Por lo que exhorto
pueda justificar dicho evento para evitar descuentos.
Atentamente,
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Informe N° 283-2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para la AMPLIACIÒN
PRESUPUESTAL Nº 05 en la etapa de ejecución física para el proyecto “ADQUISICION DE SISTEMA DE
JUEGOS PARA PATIOS DE RECREO; RENOVACION DE AREA VERDE, LOSA DEPORTIVA Y PISCINA;
ADEMAS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) COMPLEJO DEPORTIVO SAYLLA DISTRITO DE SAYLLA,
PROVINCIA CUSCO, DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI: 2467838 por la suma de S/. 217,652.83. Según el
siguiente detalle:
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INFORME Nº 284/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta a la solicitud de
disponibilidad presupuestal para la atención del documento de la referencia, que de acuerdo al reporte del
estado de ejecución de presupuesto de gasto corriente, a la fecha no se cuenta con disponibilidad presupuestal
para la atención de mencionado documento, asimismo tampoco se cuenta con crédito suplementario para
generar gastos adicionales que no han sido programados en el Presupuesto Institucional de Apertura del 2023.
Atentamente,
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INFORME Nº 284/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta a la solicitud del
documento de la referencia, lo siguiente:
Atentamente,
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INFORME Nº 289/OP/OGPPI/MPC-2023.
A : Gerencia del Medio Ambiente – MPC.
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que se solicitó la Certificación
Presupuestal según REQUERIMIENTO DE SERVICIOS N° 201-1676 y CUADRO COMPARATIVO N° 0955 con
fecha 20 de abril del 2023 por el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de camioneta a todo costo,
asi como también del REQUERIMIENTO BIENES N°201-1077 con COTIZACION N°606096-2023 CON FECHA
24 de abril del 2023 por la adquisición de neumáticos, afecto presupuestalmente a la META 0197
“ADQUISICION DE TERRENO; EN EL (LA) SERVICIO DEL IMPIEZA PUBLICA (PLANTA DE VALORIZACION)
DISTRITO DE SANTIAGO-CUSCO-CUSCO” con CUI: 2561368 con RUBRO: 18 CANON Y SOBRECANON,
REGALIAS, RENTA DE ADUANAS – (CSC). Donde, según los LINEAMIENTOS PARA LA IDENTIFICACION Y
REGISTRO DE LAS INVERSIONES DE OPTIMIZACION, DE AMPLIACION MARGINAL, DE REHABILITACION
Y DE REPOSICION – IOARR 2023; indica que una IOARR es una intervención puntual sobre uno o más activos
estratégicos (AE) que integran una Unidad Productora (UP) en funcionamiento y que tienen por objeto:
a. Adaptar el nivel de utilización de la capacidad actual de una UP, de modo que se logre alcanzar una
capacidad óptima en términos de los estándares de calidad y niveles de servicio correspondientes, incluyendo la
absorción de cambios menores en la demanda del servicio.
b. Evitar la interrupción del servicio de una UP o minimizar el tiempo de interrupción debido al deterioro
en sus estándares de calidad, sea por la ocurrencia de un daño, desgaste normal o por obsolescencia que afecte
gravemente su vida útil y comprometa la capacidad actual de la UP, de forma tal que se logre evitar la
interrupción del servicio brindado por una UP o que la interrupción se prolongue cuando ésta se haya producido.
Por todo lo expuesto líneas arriba, según el Informe N° 034-2023-MPC-SGSA/RO-RRVP emitido por el
residente Ing. Oscar Raul Villagaray Pacheco, solicita la atención del requerimiento correspondiente al
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LA CAMIONETA DE LA GERENCIA Y
LA ADQUISICION DE NEUMATICOS, lo que corresponde a un gasto corriente, por ser gasto que no está
contemplado en el expediente técnico de la IOARR en mención.
cumpla con lo establecido por la citada norma o esclarecer dicha solicitud, siendo responsabilidad del área
usuaria, supervisor y residente de obra realizar los requerimientos y la ejecución de inversiones.
Atentamente,
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Informe N° 292-2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir la nota de actualización de la
CERTIFICACION DE CREDITO PRESUPUESTARIO para el presente ejercicio fiscal en respuesta a los
documentos de la referencia para seguir con el tramite según corresponda.
Por otro lado, es importante mencionar que la disponibilidad de Crédito Presupuestario no convalida y/o
autoriza los actos que no se ciñen a la normatividad vigente correspondiendo a cada unidad orgánica realizar el
control con observancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la
utilización financiera de los recursos públicos asignados.
Atentamente,
INFORME Nº 313/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de emitir el informe de DISPONIBILIDAD
PRESUPUESTAL, en atención al documento:
Asimismo, es importante mencionar que la asignación presupuestal será previa opinión favorable de la
Oficina de Presupuesto. Cabe precisar qué; La Disponibilidad Presupuestal no convalida los actos o acciones
que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas
legales vigentes, en la utilización financiera de los recursos públicos asignados.
Atentamente,
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INFORME Nº 315/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir el reporte de ejecución
presupuestal de inversiones y actividades que viene ejecutando la Municipalidad Provincial del Cusco al
25/04/2023 de las diferentes Gerencias. Es importante señalar que el presupuesto certificado a la fecha, es el
que solamente ha sido requerido por las unidades ejecutoras y operativas.
Atentamente,
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INFORME Nº 316/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta a la solicitud de
disponibilidad presupuestal para la atención del documento de la referencia, que de acuerdo al reporte del
estado de ejecución de presupuesto de gasto corriente, a la fecha no se cuenta con disponibilidad presupuestal
para la atención de mencionado documento, asimismo tampoco se cuenta con crédito suplementario para
generar gastos adicionales que no han sido programados en el Presupuesto Institucional de Apertura del 2023.
Atentamente,
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Informe N° 318-2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para la AMPLIACIÒN
PRESUPUESTAL Nº 02 en la etapa de ejecución física para el proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LAS CALLES 2, 3 Y 6 DE LA APV. TICATICA DEL
DISTRITO DE CUSCO - PROVINCIA DE CUSCO - DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI: 2507890 por la suma
de S/. 81,917.40. Según el siguiente detalle:
RESUMEN DE SOLICITUD
N° DE MODIFICACION PLAZO, PRESUPUESTO PRESUPUESTO
MODIFICACION N° 01 AMPLIACION DE PLAZO N° 01 Y PTO N° 434,103.38
01
MODIFICACION N° 02 AMPLIACION DE PLAZO N° 02
MODIFICACION N° 03 AMPLIACION DE PLAZO N° 3
MODIFICACION N° 04 AMPLIACION DE PLAZO N° 4
MODIFICACION N° 05 AMPLIACION DE PLAZO N° 05 Y PTO 81,917.40
N° 02
Fuente: Informe Nº 262-2023-MPC-GM-OSO/JOCM.
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INFORME Nº 319/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta a la solicitud de
disponibilidad presupuestal para la atención del documento de la referencia, que de acuerdo al reporte del
estado de ejecución de presupuesto de gasto corriente, a la fecha no se cuenta con disponibilidad presupuestal
para la atención de mencionado documento, asimismo tampoco se cuenta con crédito suplementario para
generar gastos adicionales que no han sido programados en el Presupuesto Institucional de Apertura del 2023.
Atentamente,
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INFORME Nº 319/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta a la solicitud de
disponibilidad presupuestal para la atención del documento de la referencia, que de acuerdo al reporte del
estado de ejecución de presupuesto de gasto corriente, a la fecha no se cuenta con disponibilidad presupuestal
para la atención de mencionado documento, asimismo tampoco se cuenta con crédito suplementario para
generar gastos adicionales que no han sido programados en el Presupuesto Institucional de Apertura del 2023.
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INFORME Nº 320/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar y poner de su conocimiento que; los
proyectos:
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Informe N° 321-2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para la AMPLIACIÒN
PRESUPUESTAL Nº 02 en la etapa de ejecución física para el proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
TRANSITABILIDAD VEHICULAR EN LA CALLE INTIQUILLA (CALLE 13) Y CALLE 19 DE LA APV AYUDA
MUTUA DEL DISTRITO DE CUSCO - PROVINCIA DE CUSCO - DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI: 2503567
por la suma de S/. 263,269.55. Según el siguiente detalle:
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Informe N° 323-2023-OP-OGPPI/MPC.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para la AMPLIACIÒN
PRESUPUESTAL Nº 02 en la etapa de ejecución física para el proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA CALLE UNION DE LAS APVS. 05 DE ABRIL, SANTA
FE, VILLA SOL NACIENTE, BUENOS AIRES Y MIRADOR SALKANTAY, ZONA NOR OCCIDENT DISTRITO DE
CUSCO - PROVINCIA DE CUSCO - DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI: 2501310 por la suma de S/.
429,388.16. Según el siguiente detalle:
C.C.
OGPPI
OP
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INFORME Nº /OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que según la Solicitud de Encargo
asciende a S/. 3,352.00 y los requerimientos N° 1374-1375-1382 ascienden a la suma de S/. 3,000.00, por lo que
se solicita precisar la información solicitada por el área usuaria para la atención de dicha solicitud.
Atentamente,
C.C.
OGPPI
OP
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Informe N° -2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir la nota de CERTIFICACION DE
CREDITO PRESUPUESTARIO para el presente ejercicio fiscal en respuesta a los documentos de la referencia
para seguir con el tramite según corresponda.
Por otro lado, es importante mencionar que la disponibilidad de Crédito Presupuestario no convalida y/o
autoriza los actos que no se ciñen a la normatividad vigente correspondiendo a cada unidad orgánica realizar el
control con observancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la
utilización financiera de los recursos públicos asignados.
Atentamente,
Informe N° -2023-OP-OGPPI/MPC.
C.C.
OGPPI
OP
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que la Oficina de Presupuesto remitió el
Informe N°074//OP/OGPPI/MPC-2023 con fecha 08 de febrero del 2023, donde se informa para conocimiento y
cumplimiento de la utilización del canon a las diferentes Gerencias y dependencias.
Asimismo, también se informa que, de acuerdo a la solicitud del área usuaria y a través de las disposiciones de
la Alta Dirección, se procedió con el inicio de la atención de los diferentes requerimientos respecto a la Meta 125
“MANTENIMIENTO RUTINARIO DE VIAS DE ACCESO DEL DISTRITO DEL CUSCO”, por otro lado se adjunta
las notas de las certificaciones emitidas por la Oficina de Presupuesto, donde se indica que la disponibilidad de
Crédito Presupuestario no convalida y/o autoriza los actos que no se ciñen a la normatividad vigente
correspondiendo a cada unidad orgánica realizar el control con observancia de los requisitos esenciales y
formalidades impuestas por las normas legales, en la utilización financiera de los recursos públicos asignados.
Atentamente,
INFORME Nº 327/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
OGPPI
OP
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que la Gerencia de Medio
Ambiente cuenta con las siguientes secuencias funcionales asignadas a continuación:
SALDO A NIVEL
UEI META CU NOMBRE PIA PIM CERT.
CERT.
ACTIVIDADES
"ALMACENAMIENTO, BARRIDO DE CALLES Y LIMPIEZA DE
006 000848 ESPACIOS PUBLICOS" 364,948.00 1,190,873.00 974,669.64 216,203.36
"RECOLECCION Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS
007 000848 MUNICIPALES" 1,657,356.00 2,004,604.00 1,219,439.75 785,164.25
"TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS
008 000848 MUNICIPALES" 5,000.00 299,165.00 209,229.65 89,935.35
"POTABILIZACION Y OTRAS FORMAS DE DESINFECCION Y
025 000882 TRATAMIENTO" 15,350.00 3,850.00 3,650.00 200.00
"OPERACION Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA
026 000882 POTABLE" 13,970.00 44,470.00 37,200.00 7,270.00
"OPERACION Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE
027 000882 DISPOSICION SANITARIA DE EXCRETAS" 21,905.00 5,905.00 1,295.00 4,610.00
"FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES A GOBIERNOS LOCALES -
028 000882 AREAS TECNICAS MUNICIPALES" 13,045.00 10,045.00 1,627.00 8,418.00
Gerencia de 029 000882 "EDUCACION SANITARIA PARA HOGARES RURALES" 1,926.00 1,926.00 1,893.50 32.50
Medio 118 999999 "SUB GERENCIA DE GESTION AMBIENTAL" 15,709.00 40,794.00 27,020.04 13,773.96
Ambiente 119 999999 "GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE - MPC" 23,125.00 89,405.00 70,927.33 18,477.67
120 999999 "SUBGERENCIA DE SANEAMIENTO AMBIENTAL" 25,680.00 82,083.00 78,300.52 3,782.48
129 999999 "MANTENER Y CONSERVAR LAS AREAS VERDES" 42,000.00 491,760.00 481,861.94 9,898.06
SALDO PRESUPUESTAL 1,157,765.63
Fuente: SIAF – Operaciones en Línea.
Tal como se observa en el Cuadro N° 01; respecto a la ejecución de actividades cuenta con un saldo
presupuestal de S/. 1,157,765.63. pertenecientes a la Gerencia de Medio Ambiente, por lo que se recomienda a
la Gerencia de Medio Ambiente evaluar el marco presupuestal disponible 2023 por cada centro de costo
pertenecientes a la misma priorizando y programando con antelación bajo responsabilidad sus actividades para
la solicitud de la modificación presupuestal en el caso corresponda, cumpliendo con las normas y lineamientos
vigentes. Adjunto reportes SIAF.
INFORME Nº 328/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que la Oficina de Presupuesto
con fecha 11 de abril emitió el Informe N° 246-2023-OP-OGPPI/MPC, otorgando la disponibilidad presupuestal
para el Proceso de Contratación Administrativo de Servicios CAS – Proceso de Selección N° 002-2023-MPC
(Plazo determinado por Necesidad Transitoria), donde correspondiente a la Oficina del Terminal Terrestre se
otorgó la disponibilidad presupuestal para 9 plazas ascendiendo a la suma de S/. 17,600.00 tal como se muestra
en el documento adjunto. Por otro lado, se remite el reporte SIAF para la priorización de actividades según el
marco presupuestal disponible 2023.
C.C.
OGPPI
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INFORME Nº 329/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que la Oficina de Presupuesto
con fecha 11 de abril emitió el Informe N° 246-2023-OP-OGPPI/MPC, otorgando la disponibilidad presupuestal
para el Proceso de Contratación Administrativo de Servicios CAS – Proceso de Selección N° 002-2023-MPC
(Plazo determinado por Necesidad Transitoria), donde correspondiente a la Sub Gerencia de Comercio, Industria
y Artesanía se otorgó la disponibilidad presupuestal para 4 plazas ascendiendo a la suma de S/. 10,500.00 tal
como se muestra en el documento adjunto. Por otro lado, se remite el reporte SIAF para la priorización de
actividades según el marco presupuestal disponible 2023.
INFORME Nº 330/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar en respuesta al documento de
la referencia Memorándum N° 365-GDHS/MPC-2023, emitido por el Gerente de Desarrollo Humano y Social que
según el reporte del marco presupuestal al 02-05-2023 la META 121 DEFENSORIA MUNICIPAL DEL NIÑO Y
DEL ADOLESCENTE (DEMUNA), cuenta con S/. 5,076.81 tal como se muestra en el documento adjunto para la
priorización de actividades según el marco presupuestal disponible 2023.
C.C.
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INFORME Nº 331/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que la Gerencia de Medio
Ambiente cuenta con las siguientes secuencias funcionales asignadas a continuación:
SALDO A NIVEL
UEI META CU NOMBRE PIA PIM CERT.
CERT.
ACTIVIDADES
"ALMACENAMIENTO, BARRIDO DE CALLES Y LIMPIEZA DE
006 000848 ESPACIOS PUBLICOS" 364,948.00 1,190,873.00 974,669.64 216,203.36
"RECOLECCION Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS
007 000848 MUNICIPALES" 1,657,356.00 2,004,604.00 1,219,439.75 785,164.25
"TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS
008 000848 MUNICIPALES" 5,000.00 299,165.00 209,229.65 89,935.35
"POTABILIZACION Y OTRAS FORMAS DE DESINFECCION Y
025 000882 TRATAMIENTO" 15,350.00 3,850.00 3,650.00 200.00
"OPERACION Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA
026 000882 POTABLE" 13,970.00 44,470.00 37,200.00 7,270.00
"OPERACION Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE
027 000882 DISPOSICION SANITARIA DE EXCRETAS" 21,905.00 5,905.00 1,295.00 4,610.00
"FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES A GOBIERNOS LOCALES -
028 000882 AREAS TECNICAS MUNICIPALES" 13,045.00 10,045.00 1,627.00 8,418.00
Gerencia de 029 000882 "EDUCACION SANITARIA PARA HOGARES RURALES" 1,926.00 1,926.00 1,893.50 32.50
Medio 118 999999 "SUB GERENCIA DE GESTION AMBIENTAL" 15,709.00 40,794.00 27,020.04 13,773.96
Ambiente 119 999999 "GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE - MPC" 23,125.00 89,405.00 70,927.33 18,477.67
120 999999 "SUBGERENCIA DE SANEAMIENTO AMBIENTAL" 25,680.00 82,083.00 78,300.52 3,782.48
129 999999 "MANTENER Y CONSERVAR LAS AREAS VERDES" 42,000.00 491,760.00 481,861.94 9,898.06
SALDO PRESUPUESTAL 1,157,765.63
Fuente: SIAF – Operaciones en Línea.
Tal como se observa en el Cuadro N° 01; respecto a la ejecución de actividades cuenta con un saldo
presupuestal de S/. 1,157,765.63. pertenecientes a la Gerencia de Medio Ambiente, por lo que se recomienda a
la Gerencia de Medio Ambiente evaluar el marco presupuestal disponible 2023 por cada centro de costo
pertenecientes a la misma priorizando y programando con antelación bajo responsabilidad sus actividades para
la solicitud de la modificación presupuestal en el caso corresponda, cumpliendo con las normas y lineamientos
vigentes. Adjunto reportes SIAF.
C.C.
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INFORME Nº 332/OP/OGPPI/MPC-2023.
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La Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2022 establece lo siguiente:
Septuagésima Segunda.- Se dispone que los gobiernos regionales, y los gobiernos locales que, en el Año Fiscal
2023, sean tipo A, B, C, D y E de acuerdo a la clasificación del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión
Municipal deben utilizar el 0,5 % de su presupuesto institucional, así como los gobiernos locales que, en el Año
Fiscal 2023, sean tipo F y G de acuerdo a la clasificación de dicho Programa deben utilizar hasta el 0,5% de su
presupuesto institucional, priorizando la realización de obras, reparación o adecuación, en el marco del Sistema
Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, así como el mantenimiento, destinados a
mejorar o proveer de accesibilidad a la infraestructura urbana de las ciudades incluyendo el acceso a los
palacios y demás sedes regionales y municipales que están al servicio de todos los ciudadanos y
prioritariamente a quienes se encuentren en situación de discapacidad.
Asimismo, se establece que los gobiernos regionales, y gobiernos locales que, en el Año Fiscal 2023, sean tipo
A, B, C, D y E de acuerdo a la clasificación del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal
deben utilizar el 0,5 % de su presupuesto institucional, así como los gobiernos locales que, en el Año Fiscal
2023, sean tipo F y G de acuerdo a la clasificación de dicho Programa deben utilizar hasta el 0,5% de su
presupuesto institucional, para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por Ley deben
realizar las Oficinas Regionales de Atención a la Persona con Discapacidad (OREDIS) y las Oficinas Municipales
de Atención a la Persona con Discapacidad (OMAPED) a favor de la población con discapacidad de su
jurisdicción.
Los gobiernos regionales y los gobiernos locales informan anualmente, por escrito, a la Comisión de Inclusión
Social y Personas con Discapacidad, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del
Congreso de la República, sobre el cumplimiento de lo establecido en la presente disposición, bajo
responsabilidad del titular del pliego, gerente general y gerente municipal, respectivamente. Una copia de dicho
informe se remite al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). El plazo
para enviar el informe anual para ambas comisiones es de noventa (90) días calendario de culminado el año fi
scal correspondiente
C.C.
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En este sentido, a la fecha en la actividad es la 5005387. Mejoramiento y atención a las personas con
discapacidad se tiene programado una asignación presupuestal de S/. 39,415.00 distribuidos en las
genéricas de gasto 2.1 - Personal y obligaciones sociales y 2.3 - Bienes y servicios tal como se muestra
en el reporte SIAF adjunto. Es preciso señalar que, los insumos que están dentro del cuadro de
necesidades se programan en coordinación con la Oficina de Planeamiento mediante la elaboración y
aprobación del Plan Operativo Institucional.
CUADRO 01. Cadena funcional programática de la actividad 5005387. Mejoramiento y atención a las
personas con discapacidad
Secuencia funcional 0168
(Unidad
(Product
(Programa (División (Grupo de
o- (Actividad) (Función) (Finalidad)
Presupuestal) funcional) funcional) medida
proyecto)
)
5005387.
0093940. Oficina
Mejoramient
Municipal de
9002. Asignaciones o y atención 23. 0115. Protección
051. Asistencia Atención a las 00001 -
presupuestarias que no 3999999. a las Protecció de poblaciones en
social Personas con Acción
resultan en productos personas n social riesgo
Discapacidad -
con
OMAPED
discapacidad
Fuente: Reporte SIAF.
4. Asimismo, es importante mencionar que, también se cuenta con la actividad de mantenimiento con la
secuencia funcional 213 MANTENIMIENTO DE VEREDAS Y RAMPAS DEL CENTRO HISTORICO
PARA MEJORAR LA ACCESIBILIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO DE
CUSCO-CUSCO, con una asignación presupuestal de S/. 220,976.00, se adjunta reporte SIAF.
C.C.
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INFORME Nº 333/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de solicitar de manera reiterativa por su
intermedio a las diferentes Unidades Ejecutoras, Unidades Operativas, Gerencias, Oficinas, Unidades y demás
dependencias, la información para el cumplimiento de la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación
Presupuestaria 2024 – 2026, dicha información deberá estar sujeta a los lineamientos de la Directiva N° 0002-
2023-EF/50.01, con plazo límite 05 de mayo del presente ejercicio fiscal siendo responsabilidad de cada área en
caso no remita la información solicitada para la PROGRAMACION MULTIANUAL PRESUPUESTARIA Y
FORMULACION PRESUPUESTARIA 2024 – 2026 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO, es
importante mencionar que dicha información se solicitó para el 21 de abril y aun no remitieron todas las oficinas
en su totalidad. La información a solicitar es según al siguiente detalle:
INTEGRANTES:
INFORMACION SOLICITADA:
8. Resumen del cuadro de necesidades valorizado de bienes y servicios para los años (2024 – 2026) con
el objetivo de cumplir la efectividad, eficacia, oportunidad y calidad de los servicios para el logro de
resultados y objetivos institucionales adecuadamente articulados que permitan el cumplimiento de las
metas programadas de acuerdo a los indicadores de desempeño por cada centro de costo.
C.C.
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9. Previsiones presupuestales pendientes de pago a proveedores para los próximos años (2024,2025 y
2026).
10. Deudas pendientes de pago, pago del servicio de la deuda, obligaciones provenientes de contratos de
préstamos, convenio de traspaso de recursos, las que se originen por los Certificados de Inversión
Publica Regional y local (CIPRL) y otras obligaciones de deuda de corresponder.
Por otro lado, Cabe mencionar que todo gasto sujeto a la Programación Multianual Presupuestaria debe cumplir
los siguientes criterios generales:
b) Ejecutabilidad: el gasto programado debe basarse en una proyección de ejecución de las estrategias de
las entidades acorde con su capacidad operativa real y el marco legal respectivo. La Programación
Multianual Presupuestaria debe considerar los procedimientos y plazos establecidos en los sistemas
administrativos del sector público para la ejecución oportuna de sus actividades y proyectos.
d) Pertinencia y cierre de brecha: la Programación Multianual Presupuestaria debe reflejar las acciones
correctivas adoptadas por las entidades en función de las revisiones de gasto, análisis de costo-efectividad y
eficiencia, monitoreo y evaluaciones de las estrategias y programas que se hayan realizado. Asimismo, el
gasto a programarse debe sustentarse en criterios de focalización y priorización que conduzcan al cierre de
brechas de los indicadores de desempeño a nivel de resultado y productos, así como el cierre de brechas de
infraestructura y acceso a servicios establecidos en el PMI. Finalmente, dicha programación debe plasmar
los resultados priorizados y objetivos estratégicos.
Asimismo, es importante considerar el Articulo 12. Criterios específicos para la estimación del gasto público de la
Directiva N° 0002-2023-EF/50.01 para la remisión de dicha información.
Atentamente,
C.C.
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INFORME Nº 336-2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, para informar que el DECRETO SUPREMO Nº 082-2023-EF autoriza
Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de diversos
gobiernos locales en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal; Articulo 1; 1.1
Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por
la suma de S/ 700 000 000,00 (SETECIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos
locales por el cumplimiento de las metas establecidas al 31 de diciembre de 2022 y por concepto del Bono
Adicional del período 2022, del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, de acuerdo al
siguiente detalle:
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el Anexo I:
“Montos a transferir a favor de los gobiernos locales por el cumplimiento de las metas establecidas al 31 de
diciembre de 2022 y por concepto de Bono Adicional del período 2022, del Programa de Incentivos a la Mejora
de la Gestión Municipal”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede
digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob. pe/mef) en la misma fecha de publicación de la
presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
C.C.
OGPPI
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Donde a la Municipalidad Provincial del Cusco según ANEXO I le corresponde la suma de S/. 1,431,669.00 para
el presente ejercicio fiscal 2023 por lo que se solicita la distribución presupuestal al coordinador del Programa de
Incentivos en coordinación de las diferentes Unidades Ejecutoras y Unidades Operativas a la brevedad posible,
ello para el cumplimiento del Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los
pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante resolución, la desagregación de
los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático,
dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se
remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del
artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Atentamente,
INFORME Nº 341/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo me dirijo a usted, para saludarlo e informarle que con respecto a lo que se indica en asunto,
mediante los siguientes considerandos:
I. Antecedentes y análisis:
- Que, a través de la Resolución de Alcaldía N°397-2022-MPC de fecha 30 de diciembre del 2022, se aprobó el
Presupuesto Institucional de Apertura 2023 de la Municipalidad Provincial del Cusco, por la suma de S/.
169,169,760.00.
- Que a través del Decreto Supremo Nº 082-2023-EF se autoriza la Transferencia de Partidas en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/. 1,431,669.00 a favor de diversos Gobiernos
Locales por el cumplimiento de las metas establecidas al 31 de diciembre del año 2022 y por concepto de bono
adicional del periodo 2022, del programa de incentivos a la mejora de la gestión municipal.
- Que, según el Anexo Nº I: Transferencia de Partidas a Favor de Diversos Gobiernos Locales, le corresponde a la
Municipalidad Provincial del Cusco el importe de S/. 1,431,669.00.
- Que, el Artículo 46 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto
Público, establece los lineamientos para las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional, concordante
la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada mediante RESOLUCIÓN
DIRECTORAL Nº 0023-2022-EF/50.01.
- Que, el numeral 28.2 del artículo 28 de la DIRECTIVA N° 0005-2022-EF/50.01 01 Directiva para la Ejecución
Presupuestaria, establece: “En las modificaciones presupuestarias a nivel institucional por transferencias de
partidas, la desagregación de recursos se aprueba por el Titular del Pliego mediante Resolución de Alcaldía,
utilizando el Modelo Nº 1/GL.”
III. Conclusiones:
Por tanto, la Oficina de Presupuesto, remite la propuesta para la incorporación de la transferencia de Partidas, por la suma
S/. 1,431,669.00 Soles en el Rubro de Financiamiento 18. CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y
PARTICIPACIONES en el marco del DECRETO SUPREMO Nº 082-2023-EF, por la transferencia de partidas para el
cumplimiento de la misma, el cual debe ser aprobada mediante Resolución de Alcaldía la desagregación de recursos
autorizados, conforme al siguiente detalle:
EGRESOS En Soles
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Se solicita mayor celeridad en el trámite del presente expediente debido a que la presente transferencia de partidas debe
ser aprobado dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del DECRETO SUPREMO N° 082-2023-EF tal como
señala el Artículo 2 del referido dispositivo.
Es todo cuanto tengo que informar a usted para su conocimiento y fines consiguientes.
Atentamente.
INFORME Nº 342/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Por intermedio del presente me dirijo a Ud. Para informarle con relación al documento en asunto de
referencia:
I. ANTECEDENTES.
- Según el Artículo 47º y numeral 47.2 de la D.L. Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de
Presupuesto Público, señala que: “47.2 Las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional y
Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto
o de la que haga sus veces en la Entidad. El titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a
través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano”.
- Según Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” en el Articulo 29 y
numeral 29.1 señala que: Son modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, las
habilitaciones y anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados en el Presupuesto
Institucional de Apertura (PIA) o en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM), según sea el caso,
debiendo formalizarse mensualmente dentro de los diez (10) días calendario siguientes de vencido el
respectivo mes, mediante Resolución del Alcaldía, a nivel de Pliego, Categoría Presupuestal, Producto
y/o Proyecto según corresponda, Actividad, Fuente de Financiamiento, Categoría del Gasto y Genérica
del Gasto. Las resoluciones que se emitan, se elaboran de acuerdo al Modelo Nº 4/GL (…)”.
III. CONCLUSIONES.
Por tanto, se solicita la emisión del acto Resolutivo para la formalización de las Notas Modificadas
Aprobadas TIPO 3 vía habilitaciones y anulaciones entre actividades y/o proyectos correspondientes al
mes de ABRIL del presente ejercicio fiscal de la Unidad Ejecutora 300684 Municipalidad Provincial del
Cusco, cuyo detalle de las modificaciones se encuentran en las notas modificatorias que se adjuntan al
presente informe, que son las siguientes: Notas Nº 480, 481, 482, 486, 487, 489, 490, 492, 493, 498,
499, 504, 505, 506, 507, 510, 513, 515, 518, 546, 550, 553, 557, 570, 574, 575, 577, 580, 598, 603,
605, 608, 609, 611, 612, 616, 617, 618, 619, 623, 633, 635, 641, 642, 649, 650 y 652.
Atentamente,
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Memorándum N° 14 -2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir el informe de estado situacional
presupuestal al 03/05/2023, correspondiente al gasto de planillas de personal de las genéricas 2.1, 2.2 y 2.3,
donde se tiene lo siguiente:
Según el Cuadro 02; correspondiente a la ejecución presupuestal de planillas – pago de personal CAS,
actualmente se cuenta con un PIM de S/. 9,268.858.00 y se cuenta con una proyección de gasto a diciembre por
un monto de S/. 12,946,876.49 por lo que se concluye que existe un déficit presupuestal de S/. 3,678.018.49.
Atentamente,
INFORME Nº 343/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de emitir el informe de DISPONIBILIDAD
PRESUPUESTAL, en atención al documento:
Asimismo, es importante mencionar que la asignación presupuestal será previa opinión favorable de la
Oficina de Presupuesto. Cabe precisar qué; La Disponibilidad Presupuestal no convalida los actos o acciones
que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas
legales vigentes, en la utilización financiera de los recursos públicos asignados.
Atentamente,
INFORME Nº 346/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar según el documento de la
referencia Memorándum Múltiple Nº 024-2023-MPC/GM sobre las acciones y actividades realizadas en el marco
de las competencias respecto a la Oficina de Presupuesto según el documento adjunto.
Atentamente,
INFORME Nº 349/OP/OGPPI/MPC-2023.
======================================================================================
Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir el reporte de ejecución
presupuestal de inversiones y actividades que viene ejecutando la Municipalidad Provincial del Cusco al
09/05/2023de las diferentes Gerencias. Es importante señalar que el presupuesto certificado a la fecha, es el
que solamente ha sido requerido por las unidades ejecutoras y operativas.
Atentamente,
INFORME Nº 351/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, en mérito al documento y proveído de la referencia mediante
el cual la Directora de la Oficina General de Administración solicita opinión respecto a la disponibilidad
presupuestal para el cumplimiento del convenio colectivo aprobado con resolución de alcaldía para el año 2023.
Sobre el particular, este despacho informa lo siguiente:
I. BASE LEGAL.
- Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023.
- Ley N° 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2023.
II. ANTECEDENTES.
III. ANALISIS.
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Según el Cuadro 01; correspondiente a la ejecución presupuestal de planillas – pago de personal, actualmente
se cuenta con un PIM disponible de S/. 52,235,364.00 y se cuenta con una proyección de gasto a diciembre por
un monto de S/. 56,579,132.25, por lo que se concluye que existe un déficit presupuestal de S/. 4,343,768.25.
Según el Cuadro 02; correspondiente a la ejecución presupuestal de planillas – pago de personal CAS,
actualmente se cuenta con un PIM de S/. 9,268.858.00 y se cuenta con una proyección de gasto a diciembre por
un monto de S/. 12,946,876.49 por lo que se concluye que existe un déficit presupuestal de S/. 3,678.018.49.
132 GRATIFICACIONES
DS 051-88-PCM PENSIONES POR 16,596.00
2.2.22.12 ACCIDENTES DE
TRABAJO O
VICTIMAS
2.2.11.11 REGIMEN DE 862,424.00
PENSIONES DL. 00 947,398.00
133
20530
D.S 021-2012-EF
ESCOLARIDAD, 67,000.00
AGUINALDOS Y
2.2.11.21
GRATIFICACIONES
94 GESTION DE SUBSIDIO POR 92,983.00
RECURSOS 2.2.21.21 INCAPACIDAD
HUMANOS TEMPORAL
SUBSIDIO POR 2,870.00
MATERNIDAD
2.2.21.22
2.2.11.11 REGIMEN DE 1,522,274.00
PENSIONES DL.
20530
2.2.11.199 OTROS 11,160.00
131 PAGO DE REGIMENES DE
PENSIONES Y PENSIONES
BENEFICIOS A ESCOLARIDAD, 08 1,982,483.00 2,444,859.44
CESANTES Y 2.2.11.21 AGUINALDOS Y 96,600.00
JUBILADOS GRATIFICACIONES
2.2.11.299 OTROS 240,000.00
BENEFICIOS
PENSIONES POR 16,596.00
ACCIDENTES DE
2.2.22.12
TRABAJO O
VICTIMAS
94 GESTION DE GASTOS DE
RECURSOS SEPELIO Y LUTO
2.2.21.31 09 500,000.00 500,000.00
HUMANOS DEL PERSONAL
ACTIVO
MONTO TOTAL 3,429,881.00 3,429,881.00 2,444,859.44 985,021.56
Respecto al pago de SENTENCIAS JUDICIALES, se cuenta con disponibilidad presupuestal, según el siguiente
detalle:
Se adjunta al presente el reporte del Marco Presupuestal 2023 al 09/05/2023, según el siguiente detalle:
IV. CONCLUSIONES.
- Pese a la recuperación de la actividad económica, los recursos programados para las actividades de
funcionamiento no son suficientes para cubrir todas las necesidades de la institución ni obligaciones de
gasto corriente.
Mencionado todo lo anterior cabe indicar que a la fecha no existen créditos suplementarios por mayores
ingresos, por lo que, actualmente sigue existiendo déficit presupuestal en referencia a la proyección de
gastos según informe Nº 191-2023-ORH/OGA/MPC de fecha 02 de febrero remitido por la Directora de
la Oficina de Recursos Humanos.
V. RECOMENDACIONES.
De todo lo expuesto líneas arriba, se recomienda a la Oficina General de Administración en el marco del
cumplimiento y correspondencia con los sistemas administrativos y funcionales, teniendo la información
emitida por esta dependencia realizar un contraste con la información de las oficinas que dependen de
la Oficina General de Administración para una adecuada planificación y programación de gastos de
C.C.
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acuerdo al Marco Presupuestal disponible 2023 teniendo en cuenta el Principio del Equilibrio
Presupuestario contenido en el literal 1 del Artículo 2. Principios del Decreto Legislativo N° 1440,
Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público de acuerdo a la evaluación financiera
previo a proceder.
Atentamente,
INFORME Nº 353/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que de acuerdo al documento de la
referencia Informe N° 090-2023-MPC/OGPPI-OPMI, se remite el reporte del Marco Presupuestal
correspondiente a la Meta 233 AMPLIACION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO EN LOS DISTRITOS DE
CUSCO, SAN SEBASTIAN, SAN JERONIMO Y SANTIAGO DEL DISTRITO DE CUSCO-CUSCO-CUSCO con
CUI: 2278252 con un PIM que asciende a la suma de S/. 55,000.00. Se adjunta al presente reporte SIAF.
Cabe precisar qué; La Disponibilidad Presupuestal no convalida los actos o acciones que realicen los
pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales vigentes,
en la utilización financiera de los recursos públicos asignados. Por lo que se recomienda seguir con el tramite
bajo el marco legal y los lineamientos vigentes según corresponda.
Atentamente,
INFORME Nº 354/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que hasta el 09 de mayo del
presente ejercicio fiscal se siguen remitiendo el pago de planillas correspondiente al mes de ABRIL, donde la
Oficina de Recursos Humanos remite las planillas fraccionadas de los proyectos de inversiones y funcionamiento
por los diferentes regímenes laborales de los trabajadores de la MPC, asimismo se vienen remitiendo las
planillas por los diferentes regímenes laborales en un solo expediente de pago (memorándum) lo que induce a
registros duplicados y retrasos generando confusión en el registro del módulo SIAF, asimismo perjuicio
económico a la entidad ya que según la actual coyuntura que viene atravesando la MPC no se cuenta con
disponibilidad presupuestal para pagar intereses adicionales que se genera por el tramite retrasado de las
planillas y se solicita a través de su despacho se efectué las acciones correctivas para la consolidación de las
planillas remitidas por un solo expediente de pago y para que cada responsable del retraso de las mismas
asuma los intereses generados bajo responsabilidad administrativa. Por lo que se recomienda a la Oficina
correspondiente que se remita las planillas consolidadas clasificadas por régimen laboral para el adecuado
tramite y proceso de las mismas.
Atentamente,
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MEMORANDUM Nº 073/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informar que según el documento de la
referencia Memorándum N° 196-2023-GCH/MPC, informa sobre la disponibilidad presupuestal respecto al
proyecto de inversión CREACION DEL SERVICIO DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES EN EL
CENTRO HISTORICO DEL CUSCO, DISTRITO DEL CUSCO, PROVINCIA DE CUSCO, DEPARTAMENTO
CUSCO con CUI: 2475554 por el monto ascendente a S/. 310,321.79 para la habilitación de otras inversiones,
por lo que se remite el presente para conocimiento y acciones correspondientes bajo el marco normativo y los
lineamientos vigentes.
Atentamente,
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INFORME Nº 355/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta al documento de la
referencia Informe Nº 586-2023-MPC-GMA remitido por la Gerencia de Medio Ambiente, respecto a la solicitud
de disponibilidad presupuestal para la atención del documento de la referencia, que de acuerdo al reporte del
estado de ejecución de presupuesto de gasto corriente, a la fecha no se cuenta con disponibilidad presupuestal
para la atención de mencionado documento, asimismo tampoco se cuenta con crédito suplementario para
generar gastos adicionales que no han sido programados en el Presupuesto Institucional de Apertura del 2023.
Asimismo, se recomienda a las diferentes Gerencias, Unidades, Oficinas y otras dependencias programar bajo
responsabilidad las actividades con antelación para la previsión presupuestal y una adecuada ejecución de
gastos de acuerdo a los lineamientos vigentes.
Atentamente,
INFORME Nº 356/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta al documento de la
referencia Informe Nº 244-DI/GM/MPC-2023-EQJ remitido por la Oficina de Informática, respecto a la solicitud de
disponibilidad presupuestal para la atención del documento de la referencia, que de acuerdo al reporte del
estado de ejecución de presupuesto de gasto corriente, a la fecha no se cuenta con disponibilidad presupuestal
para la atención de mencionado documento, asimismo tampoco se cuenta con crédito suplementario para
generar gastos adicionales que no han sido programados en el Presupuesto Institucional de Apertura del 2023.
Asimismo, se recomienda a las diferentes Gerencias, Unidades, Oficinas y otras dependencias programar bajo
responsabilidad las actividades con antelación para la previsión presupuestal y una adecuada ejecución de
gastos de acuerdo a los lineamientos vigentes.
Atentamente,
INFORME Nº 357/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta al documento de la
referencia Memorándum N° 612-2023-OGA/MPC EQJ, remitido por la Oficina General de Administración,
respecto a la solicitud de disponibilidad presupuestal, que de acuerdo al reporte del estado de ejecución de
presupuesto de gasto corriente, a la fecha no se cuenta con disponibilidad presupuestal para la atención de
mencionado documento, asimismo tampoco se cuenta con crédito suplementario para generar gastos
adicionales que no han sido programados en el Presupuesto Institucional de Apertura del 2023.
Asimismo, se recomienda a las diferentes Gerencias, Unidades, Oficinas y otras dependencias programar bajo
responsabilidad las actividades con antelación para la previsión presupuestal y una adecuada ejecución de
gastos de acuerdo a los lineamientos vigentes.
Atentamente,
INFORME Nº 358/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta al documento de la
referencia Informe N° 664-2023-MPC-GDESM, remitido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios
Municipales, respecto a la solicitud de disponibilidad presupuestal, que de acuerdo al reporte del estado de
ejecución de presupuesto de gasto corriente, a la fecha no se cuenta con disponibilidad presupuestal para la
atención de mencionado documento, asimismo tampoco se cuenta con crédito suplementario para generar
gastos adicionales que no han sido programados en el Presupuesto Institucional de Apertura del 2023.
Asimismo, se recomienda a las diferentes Gerencias, Unidades, Oficinas y otras dependencias programar bajo
responsabilidad las actividades con antelación para la previsión presupuestal y una adecuada ejecución de
gastos de acuerdo a los lineamientos vigentes.
Atentamente,
INFORME Nº 359/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de emitir el informe de DISPONIBILIDAD
PRESUPUESTAL, en atención al documento:
Asimismo, es importante mencionar que la asignación presupuestal será previa opinión favorable de la
Oficina de Presupuesto. Cabe precisar qué; La Disponibilidad Presupuestal no convalida los actos o acciones
que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas
legales vigentes, en la utilización financiera de los recursos públicos asignados.
Atentamente,
INFORME Nº 362/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, en atención al documento de la referencia mediante
el cual la Oficina de Tesorería remite la información concerniente al saldo de balance de los devengados y
girados al 31 de enero del 2023. En este sentido, se presentan lo siguiente en relación a los saldos de balance
del ejercicio fiscal 2022.
I. ANTECEDENTES.
- Conforme al Decreto Legislativo N°1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto
Público en su Artículo 50.- Incorporación de mayores ingresos, numeral 50.1 señala que estos son
aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen entre otros de: "Los saldos
de balance, constituidos por recursos financieros provenientes de fuente de financiamiento distinta a
Recursos Ordinarios, que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre del año fiscal. Los saldos de
balance son registrados financieramente cuando se determine su cuantía, y mantienen la finalidad para
los que fueron asignados en el marco de las disposiciones legales vigentes. En caso se haya cumplido
dicha finalidad, tales recursos se pueden incorporar para financiar otras acciones de la Entidad, siempre
y cuando dichos recursos sean de libre disponibilidad de acuerdo con la normatividad vigente".
- Que, en la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” en el Articulo
24. Modificaciones presupuestarias en nivel institucional, 24.2 La aprobación de la incorporación de
mayores ingresos públicos, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego y se utiliza el Modelo
Nº 3/GN. Las resoluciones deben expresar en su parte considerativa el sustento legal, las motivaciones
que las originan, así como el cumplimiento de límites de incorporación de mayores ingresos públicos
aprobados por Decreto Supremo, o el dispositivo legal que sustenta la autorización por el cual no se
encuentran comprendidos dentro de los límites, de corresponder. Copias de dichas resoluciones,
anexos respectivos y el detalle de los ingresos se presentan, según el plazo establecido en el
respectivo Cuadro de Plazos, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto
Legislativo Nº 1440. La presentación de las copias antes citadas se remite a la DGPP mediante oficio
en formato físico o digital por el Sistema de Gestión Documental Digital.
III. ANALISIS.
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IV. CONCLUSION.
INGRESOS EN SOLES
EGRESOS
Atentamente,
INFORME Nº 364/OP/OGPPI/MPC-2023.
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De lo señalado en la citada norma, existen dos disposiciones sobre la programación de recursos presupuestarios
los cuales están dirigidos a la realización de obras, mantenimiento, reparación o adecuación destinados a
mejorar o proveer de accesibilidad a la infraestructura urbana de las ciudades y para financiar los gastos
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operativos, planes, programas y servicios que por Ley deben realizar las Oficinas Municipales de Atención a la
Persona con Discapacidad (OMAPED).
CUADRO 02. Cadena funcional programática de la actividad 5005387. Mejoramiento y atención a las
personas con discapacidad
SECUENCIA
FUNCIONAL 0168
(Unidad
(Product
(División (Grupo de
(Programa Presupuestal) o- (Actividad) (Función) (Finalidad)
funcional) funcional) medida
proyecto)
)
5005387.
0093940. Oficina
Mejoramient
Municipal de
9002. Asignaciones o y atención 23. 0115. Protección
051. Asistencia Atención a las 00001 -
presupuestarias que no 3999999. a las Protecció de poblaciones en
social Personas con Acción
resultan en productos personas n social riesgo
Discapacidad -
con
OMAPED
discapacidad
Fuente: Reporte SIAF.
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Memorándum N° 75 -2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted, con la finalidad de informarle que, el día viernes 12 de abril
del presente año, se me hizo dificultoso llegar a la hora máxima permitida para el picado biométrico en horas de
la mañana; realizando tal, a horas 7:41 a.m., dicho evento se dio por motivos del alto tráfico vehicular, y esta
trajo como consecuencia mi retraso en el picado biométrico situado en el Palacio Municipal ubicado en la
Plazoleta Regocijo. Teniendo el compromiso de prevenir dicha situación en un futuro para evitar tardanzas.
Exhorto pueda justificar dicho evento para evitar descuentos a mi persona.
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Informe N° 365-2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para el proyecto “MEJORAMIENTO
SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO CALLES SAN ANTONIO, CRISTO BLANCO
Y SANTA ROSA, DE LA APV TTOCOCACHI DEL DISTRITO DE CUSCO - PROVINCIA DE CUSCO -
DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI: 24976240 por la suma de S/. 121,073.47. Según el siguiente detalle:
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Informe N° 368-2023-OP-OGPPI/MPC.
A : Mgt. Eduardo Zans Loayza.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para el proyecto “MEJORAMIENTO
DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA AV. PARDO Y CALLE SAN
ANDRES DISTRITO DE CUSCO - PROVINCIA DE CUSCO - DEPARTAMENTO CUSCO” con CUI: 2472560
por la suma de S/. 135,355.01. Según el siguiente detalle:
PRESUPUESTO CALCULADO
COSTO DIRECTO 92,164.93
GASTOS GENERALES FIJOS 0
GASTOS GENERALES VAR. 13,326.22
UTILIDAD 9,216.49
SUB TOTAL 114,707.64
IGV 20,647.37
MONTO TOTAL 135,355.01
Informe N° -2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia que la Oficina de
Recursos Humanos remite de manera tardía y fraccionada las planillas de pago tal como se evidencia en los
documentos adjuntos, lo que induce a registros duplicados y retrasos en el registro del módulo SIAF generando
confusión y perjuicio económico a la entidad, por otro lado debido a la actual coyuntura que viene atravesando la
MPC no cuenta con disponibilidad presupuestal para pagar intereses adicionales que se genera por el tramite
retrasado de planillas, por lo que se solicita de manera reiterativa que a través de la Oficina General de
Administración por ser Oficinas orgánicamente dependientes la Oficina de Tesorería y Recursos Humanos se
efectúe las acciones correctivas para la consolidación de las planillas remitidas por un solo expediente de pago y
que el plazo para la remisión de planillas a la Oficina de Presupuesto se efectué antes de culminar el mes de
pago y en el caso de generarse retrasos la oficina responsable asuma los intereses generados bajo
responsabilidad. Asimismo, es importante mencionar que a través del Informe N° 354-2023-OP-OGPPI/MPC
la Oficina de Presupuesto solicitó que se efectúen las acciones correctivas para evitar inconvenientes tal
como se indica en el Informe N° 307-2023-OT-OGA/MPC emitido por la Oficina de Tesorería la misma que es
orgánicamente dependiente de la Oficina General de Administración que usted dirige.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted a fin de solicitar se adjudique la plaza ASISTENTE EN
PRESUPUESTO de la Convocatoria CAS N° 002-2023-MPC, dicha solicitud se realiza debido a que la Oficina de
Presupuesto requiere contar en la brevedad posible un Profesional especialista en Presupuesto para la
operatividad de la Oficina de Presupuesto y cumplir con los objetivos institucionales de la Municipalidad.
Informe N° 377-2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de remitir la NOTA DE CERTIFICACION DE
CREDITO PRESUPUESTARIO N° 1556 para el presente ejercicio fiscal en respuesta a los documentos de la
referencia para seguir con el tramite según corresponda.
Por otro lado, es importante mencionar que la disponibilidad de Crédito Presupuestario no convalida y/o
autoriza los actos que no se ciñen a la normatividad vigente correspondiendo a cada unidad orgánica realizar el
control con observancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la
utilización financiera de los recursos públicos asignados.
Atentamente,
Informe N° 379-2023-OP-OGPPI/MPC.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia y contenidos del
presente expediente, donde solicita DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL para el proyecto “ADQUISICION DE
SISTEMA DE JUEGOS PARA PATIO DE RECREO Y MOBILIARIO URBANO, RENOVACION DE COBERTURA
Y SERVICIOS HIGIENICOS Y/O VESTIDORES, ADEMAS DE OTROS ACTIVOS EN EL PARQUE INFANTIL
MARISCAL GAMARRA DISTRITO DEL CUSCO - PROVINCIA DE CUSCO - DEPARTAMENTO CUSCO” con
CUI: 2469399 por la suma de S/. 162,745.84. Según el siguiente detalle:
AMPLIACION DE PRESUPUESTO N° 01
DESCRIPCION SOLES
MONTO TOTAL 162,745.84
INFORME Nº 380/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta al documento de la
referencia al Informe N° 092-GTCED-MPC-2023, remitido por la Gerencia de Turismo, Cultura, Educación y
Deporte, respecto a la solicitud de disponibilidad presupuestal, que de acuerdo al reporte del estado de ejecución
de presupuesto de gasto corriente, a la fecha no se cuenta con disponibilidad presupuestal para la atención de
mencionado documento, asimismo tampoco se cuenta con crédito suplementario para generar gastos
adicionales que no han sido programados en el Presupuesto Institucional de Apertura del 2023.
Asimismo, se recomienda a las diferentes Gerencias, Unidades, Oficinas y otras dependencias programar bajo
responsabilidad las actividades con antelación para la previsión presupuestal y una adecuada ejecución de
gastos de acuerdo a los lineamientos vigentes.
Atentamente,
INFORME Nº 381/OP/OGPPI/MPC-2023.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. con la finalidad de informarle en respuesta al documento de la
referencia al Memorándum N° 674-2023-MPC/GI, remitido por la Gerencia de Infraestructura, respecto a la
solicitud de previsión presupuestal, que de acuerdo al reporte del estado de ejecución de presupuesto se cuenta
con un saldo presupuestal de S/. 1,474,126.06, según el siguiente detalle:
META: 033 MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS Y RECREATIVOS DEL ESPACIO RECREATIVO DE LA
URBANIZACION ROSASPATA - CRUZPATA DISTRITO DE CUSCO DE LA PROVINCIA DEL CUSCO DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO.
CLASIF. DETALLE PIA PIM RUB. CERT. SALDO A
NIVEL CERT.
2.6.23.99 COSTO DE CONSTRUCCION POR 349,000.00 349,000.00 08 5,239.54 343,760.00
3 ADMINISTRACION DIRECTA - PERSONAL
2.6.23.99 COSTO DE CONSTRUCCION POR 178,377.00 18 178.377.00
3 ADMINISTRACION DIRECTA - PERSONAL
2.6.23.99 COSTO DE CONSTRUCCION POR 1,149,672.0 808,775.00 18 17,116.40 791,658.60
4 ADMINISTRACION DIRECTA - BIENES 0
2.6.23.99 COSTO DE CONSTRUCCION POR 119,131.00 18 2,190.00 116,941.00
5 ADMINISTRACION DIRECTA - SERVICIOS
2.6.81.41 GASTOS POR LA CONTRATACION DE PERSONAL 28,608.00 18 28,608.00
2.6.81.42 GASTO POR LA COMPRA DE BIENES 3,219.00 18 3,219.00
2.6.81.13 GASTO POR LA CONTRATACION DE SERVICIOS 11,562.00 18 11,562.00
TOTAL 1,498,672.0 1,498,672.0 24,545.94 1,474,126.06
0 0
Por lo que se recomienda a la UEI, solicitar las modificaciones presupuestales internas según corresponda de
acuerdo a las necesidades durante la ejecución de la inversión con antelación para una adecuada ejecución de
gastos de acuerdo a los lineamientos y normas vigentes.
Atentamente,
MEMORANDUM Nº 77/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Ud. En mérito al documento de la referencia con la finalidad de
precisar las funciones que viene desempeñando en la Oficina de Presupuesto. En consecuencia, se remite la
presente con el detalle de funciones permanentes como ANALISTA EN PRESUPUESTO (PAIII) que viene
realizando para su conocimiento y acciones administrativas que correspondan
FUNCIONES:
Atentamente,
INFORME Nº 32/OP/OGPPI/MPC-2023.
C.C.
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c) Informe N° 100-2023-OGA/MPC.
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Por el presente me dirijo a usted, para referirle que, habiendo tomado conocimiento de la Resolución de
Alcaldía N° 062-2023-MPC, de fecha 09 de enero de 2023, el mismo que en su ARTICULO PRIMERO, Exceptúa
con eficacia anticipada el registro de asistencia de ingreso y salida a 14 funcionarios de la Municipalidad
Provincial del Cusco, en donde no se considera a la recurrente.
“2.5 (…) en virtud a lo dispuesto en los artículos 39 y 40 de la Constitución Política del Perú, los
empleados de confianza, al igual que otros servidores públicos y funcionarios del Estado, se
encuentran al servicio de la Nación; no obstante, están sujetos a determinadas particularidades en
el ejercicio de su función pública. Así, el Tribunal Constitucional en diversos
pronunciamientos ha señalado que una de las particularidades de la vinculación de los
empleados de confianza, es el hecho que aquellos no se encuentran sujetos a la jornada
máxima legal, por lo que, están exentos de marcación de asistencia.
“(…) para ser servidor público se ingresa por concurso público, mientras que para
acceder a un cargo de confianza basta que sea designado por el jefe del área y que
se requiera una persona de “confianza” en una institución; si bien el cargo de
confianza debe estar previsto en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP),
C.C.
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Como se puede apreciar, con relación al control de asistencia de los servidores de confianza, tanto
SERVIR, como el Tribunal Constitucional, hicieron referencia al respecto, y mi persona en fiel cumplimiento de la
normativa de carácter nacional, así como la normativa de carácter institucional, ha emitido el Informe N° 100-
2023-OGA/MPC, dirigido al Despacho de la Gerencia Municipal, solicitando la exoneración de registro de control
de asistencia, sin embargo de ser necesario el control de asistencia de mi persona, requiero se disponga a quien
corresponda la habilitación de control biométrico para el registro correspondiente.
Atentamente,
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Previo un cordial saludo, me dirijo a Usted en mérito al documento de la referencia Información, donde
el Regidor Eulogio Tapia Deza sobre el “Balance semestral de los Regidores municipales y consejeros
regionales sobre el monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización, según Resolución de
Contraloría N° 266-2022, la misma que aprobó la Directiva N° 015-2022-CG/PREVI. donde indica que los
alcances de las disposiciones contenidas en la Directiva son de cumplimiento obligatorio para todos los
Gobiernos locales (Municipalidades Provinciales y Distritales), establece que deben presentar el balance
semestral sobre la utilización del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización de los concejos
municipales y consejo regionales en el marco de la Ley, que se detalla a continuación de la siguiente manera:
1. Según la Ley N° 31433., en sus Disposiciones Complementarias finales indica que; los Recursos para
fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales Los recursos
presupuestales destinados a regidores municipales y consejeros regionales, a los que se refiere el
numeral 22 del artículo 9 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el literal del artículo 15
de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, corresponden al monto que era asignado por
la entidad correspondiente al órgano de control institucional para el pago de profesionales, previo a la
incorporación de estos a la Contraloría General de la República, de conformidad con lo dispuesto en la
C.C.
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Ley 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de
Control, sin demandar recursos adicionales al tesoro público. En el caso de las municipalidades
distritales que no cuenten con órgano de control institucional, se destina a los regidores municipales un
mínimo de 0,5 % del presupuesto devengado en el año precedente, para lo cual quedan autorizados
para realizar las modificaciones presupuestales establecidas en la normativa vigente. Los regidores
municipales y consejeros regionales estarán obligados a presentar un balance semestral sobre el monto
destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización que hubieran utilizado durante ese periodo.
La presentación se realiza mediante el procedimiento que establezca la Contraloría General de la
República.
2. Según la Resolución de Contraloría N° 266-2022-CG, aprobado la Directiva N° 015-2022-CG/PREVI,
según Disposiciones específicas en su Numeral 7.1.3. registro de información y firma del Balance
Semestral indica de la Ejecución del gasto de fiscalización, respecto a la ejecución del gasto, el regidor
municipal o consejero regional, registra, adjuntando las evidencias correspondientes y por cada
actividad de fiscalización, el detalle del gasto, describiendo la información sobre las órdenes de compra,
ordenes de servicio, encargo interno, viáticos, pasajes y gastos de transporte y otros gastos por rendir,
según corresponda.
Por todo lo antes mencionado líneas arriba, es importante mencionar que la META 90 Secretaria General, a la
fecha cuenta con un saldo presupuestal disponible de S/. 53,714.64, tal como se evidencia en el siguiente
cuadro:
Adjunto:
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