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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR
“Año de la Universalización de la Salud”
NFORME N° -2020-ARRHH-UAF-CSJLIMASUR/PJ
A : Dr. Juan Vicente Veliz Bendrell
Presidente Corte Superior de Justicia de Lima Sur De : Abog. Javier Hernán Vega Carbajal Coordinador del Área de Recursos Humanos Corte Superior de Justicia de Lima Sur Asunto : Memorándum Nº 000217-2020-SG-CSJLIMASUR/PJ Remisión de Record Vacacional
Fecha : 21 de julio de 2020
__________________________________________________________________ Tengo el honor de dirigirme a usted, en atención al asunto de la referencia, con fines de informar lo siguiente: I. Antecedente Conforme a lo requerido, mediante Expediente Nº 1821-2020, remitido por la Magistrada Nelly Nancy Espinoza Asto, quien solicita la remisión del record vacacional actualizado y revisado, en razón a observarse un error del mismo, se precisa elaborar un informe para el correspondiente registro de información real en el sistema. II. Análisis De la revisión del récord vacacional correspondiente a la Magistrada Nelly Nancy Espinoza Asto, Juez Especializado Titular del Juzgado de Familia de Villa María del Triunfo de esta Corte Superior de Justicia, se aprecia que en el periodo vacacional aplicable para el año judicial 2020 la Magistrada en mención, habría hecho efectivo 29 días de goce vacacional, en razón a los reportes registrados en el CCA; y, siendo la información real que le habría correspondido solamente 23 días, conforme a lo establecido en la Resolución Administrativa Nº 2247- 2019-P-CSJLIMASUR/PJ, es necesario precisar la corrección efectuada el sistema del CCA. Asimismo, se requiere que la información remitida a esta dependencia en razón a Licencias y Vacaciones otorgadas a los Magistrados debe ser oportuna y correcta, brindando la documentación necesaria para su respectivo registro. III. Conclusión Por lo expuesto, se concluye que el derecho a vacaciones en el periodo 2020 de la Magistrada Nelly Nancy Espinoza Asto, Juez Especializado Titular del Juzgado de Familia de Villa María del Triunfo, se registra en razón a solo 23 días de goce vacacional, debiendo considerar su petición de Licencia por el periodo desde el 24 de febrero al 01 de marzo de los corrientes, el cual debe ser evaluado por su despacho Coordinación de Recursos Humanos Esquina Manco Cápac cuadra 02 con Bolognesi – San Gabriel - Villa María del Triunfo Teléfono 5194600 – Anexo 17550 - 17560- www.pj.gob.pe/csjlimasur CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR “Año de la Universalización de la Salud” conforme a lo reglamentado en la Resolución Administrativa Nº 018- 2004-CE-PJ.
IV. Anexo
Récord de vacaciones expedido por el Área de Recursos Humanos de
la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
Es todo cuanto tengo que informar, salvo mejor parecer.
Atentamente,
Coordinación de Recursos Humanos
Esquina Manco Cápac cuadra 02 con Bolognesi – San Gabriel - Villa María del Triunfo Teléfono 5194600 – Anexo 17550 - 17560- www.pj.gob.pe/csjlimasur