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ENSAYO SOBRE LA CONSTITUCIÓN DE 1857.

CATEDRATICO: Lic. Bernardo Garcia Camino.

ALUMNO: Elisa Morales Argaluza.

ESPECIALIDAD EN DERECHO CONSTITUCIONAL Y


AMPARO.
Para poder comprender un texto Constitucional, es necesario que estudiemos el
trasfondo de esta Carta Magna. Situaciones políticas, sociales y económicas han
ocasionado que nuestra Ley Suprema cambie y se transforme a través del tiempo.

Acontecimientos históricos han marcado y generado un gran cambio en la vida del


pueblo mexicano, gracias a estas situaciones, nuestra Constitución ha
evolucionado. Yo considero que estas normas de carácter positivo y general se
encuentran en un vaivén. Como hemos aprendido a lo largo de nuestros estudios,
la Constitución, para poder llegar a ser lo que es ahora, ha pasado por una serie
de transformaciones.

Todas estas Constituciones han sido creadas por un poder Constituyente, que se
ha formado a partir de los acontecimientos sociales y las necesidades del pueblo;
pero a pesar de que se hablen de situaciones completamente distintas, todas se
encuentran ligadas entre si, por que cada una de estas Cartas Supremas han sido
creadas con el único enfoque de solución de problemáticas, como lo son, la
protección a los derechos humanos, soberanía nacional, educación, entre otras.

Gracias a Constituciones pasadas, como lo fue la de 1857, hemos podido lograr


un gran avance en varios ámbitos. Primordialmente a los Derechos humanos. Si
nos ponemos a leer detenidamente cada una de las Constituciones que anteceden
a la de 1917, podremos encontrar ciertos puntos que son similares entre si.

En el desarrollo de este ensayo, hablaré de la historia de la Constitución de 1857,


sus antecedentes, su aplicación y la repercusión que tuvo esta Ley en
Constituciones posteriores hasta llegar a la que actualmente se encuentra vigente.

Durante los 60 años que estuvo vigente esta Constitución, se suscitaron una
cantidad de críticas; ya que durante ese periodo, acontecieron varios sucesos
como lo fue la guerra de tres años y la paz de la dictadura porfiriana, hasta el
movimiento revolucionario que acabó con la Constitución de 1917. De tal manera
fue muy atacada, ya que para ese entonces, la Constitución de 1857 no regulaba
de manera amplia situaciones que durante ese momento se comenzaron a
presentar. No existía una regulación tan amplia, y por esta razón comenzaron las
observaciones y criticas.

ANTECEDENTES:

Después de la guerra contra los Estados Unidos de América (1846-1848), que


tuvo como consecuencia la pérdida de más de la mitad del territorio mexicano, los
pronunciamientos internos sobre cómo habría de gobernarse el país continuaron.
El general Antonio López de Santa Anna, ocupó el poder en 1853 y emitió las
“Bases para la administración de la República, hasta la promulgación de la
Constitución”. Santa Anna ejerció una dictadura despótica en la que se
autonombró “Alteza Serenísima”.

El 1º de marzo de 1854, en la población de Ayutla, Guerrero, estalló una


revolución liberal. Fue encabezada por el viejo insurgente Juan Álvarez al lado de
Ignacio Comonfort y Florencio Villarreal, cuyos ideales políticos se plasmaron en
un Plan llamado de Ayutla. Éste tenía como objetivos centrales derrocar la
dictadura de Santa Anna, y que de resultar triunfante el ejército liberal, se
convocaría a representantes de los estados para elegir a un presidente interino
quien a quince días de haber asumido el cargo, haría la convocatoria a un nuevo
Congreso extraordinario con el fin de establecer un gobierno republicano y
democrático que reorganizara el país, de tal manera que se constituiría una
nación bajo la forma de república representativa popular.

Hacia agosto de 1855, la revolución de Ayutla había triunfado y Santa Anna salió
al exilio para no regresar al poder. Comenzaba así la época liberal encabezada
por la llamada “generación de la Reforma”. Juan Nepomuceno Álvarez
Hurtado ocupó la presidencia por un corto período y de acuerdo a lo establecido
en el Plan, convocó al Congreso Constituyente el 16 de octubre del mismo año,
con la finalidad de establecer una sede en Dolores Hidalgo para redactar una
nueva constitución de ideología liberal. Al año siguiente el presidente en
turno, Ignacio Comonfort, ratificó la convocatoria trasladando la sede a la Ciudad
de México. El Congreso se reunió el 17 de febrero de 1856 e inició al día siguiente
sus sesiones.
Esta convocatoria, dio cumplimiento a lo que sobre la materia prevenía el
mencionado plan reformado en Acapulco; se trataba exclusivamente de constituir
una nación bajo la forma de Republica representativa popular y de revisar los
actos del gobierno de Santa Anna, así como los del Ejecutivo provisional, es decir,
los del presidente interino que se elegiría al ser adoptado dicho plan por la
mayoría de la nación.

Se reunieron 78 diputados, que juran cumplir leal y patrióticamente su encargo, y


el 18 de Febrero, se verifica la solemne apertura del Congreso Constituyente. Este
Congreso estuvo compuesto por los diputados que al efecto nombró cada Estado
o territorio, de acuerdo con su población.

Este Congreso tuvo como resultado la Constitución que hoy conocemos como la
de 1857, fue el resultado del 8° Congreso Constituyente de nuestra historia, fue el
reflejo de los principios que sus autores respetaron siempre de la manera más
absoluta: los de la democracia.

El Plan de Ayutla ayudo a que la Constitución que se creo y se puso a disposición


del país, respetara ante todo el principio popular; así fue que la Constitución dio
posibilidad a que los principios mas liberales, comenzaran a ser tomados en
cuenta por todo el pueblo y a partir de esto se siguiera una mejor dirección para
conseguir una soberanía popular.

El hecho de haber creado una Constitución para el pueblo mexicano y no para la


burguesía de ese entonces, dio pauta para seguir con objetivo de su contenido. La
posterior revolución liberal de Reforma completaría la obra constituyente de 1856;
de tal manera que Juárez y Lerdo forman parte de la creación de los principios
reformistas que se alcanzarán.

Esta Constitución no solo fue considerada como la más liberal de su época, si no


que también fue una de las Leyes mas representativas del Constitucionalismo
Moderno.
DESARROLLO
Uno de los conceptos más importantes que engloba esta Constitución es el
concepto de democracia. En este texto Constitucional se exige el reconocimiento
más amplio del poder del pueblo, por el pueblo y para el pueblo.

Fueron muchos principios innovadores los que imperaron en el contenido de esta


Ley Suprema; el reconocimiento de los derechos del hombre, se operó no solo en
el respeto a la dignidad humana que presentaba a esos derechos como inherentes
al hombre, sino que lo fue también, porque de esa manera se limitaba a la
autoridad, al reconocerlos como la base y el objeto de las instituciones sociales.

Como lo mencione anteriormente, la figura de democracia es un concepto que


fundamenta básicamente la existencia de esta Ley, situaciones como la
distribución de competencias entre los poderes territorialmente considerados se
encuentra prevista por el simple hecho de una mejor aplicación y reconocimiento
de los principios que garantizan la democracia nacional.

Sabemos que estos principios fundamentales de la Ley de 1857 lo fueron de casi


todas las Cartas Constitucionales del Siglo XIX, y en la mayor parte de ellas, el
fondo democrático fue decisivo en su incorporación.

El congreso constituyente tomo en cuenta los antecedentes históricos por los que
México había pasado, y decidió otorgarle al Poder legislativo las más amplias
facultades que podía disponer, a diferencia del ejecutivo, que fue limitado en su
actuación. Lo anterior a razón de las diversas dictaduras que se desarrollaron a lo
largo de la historia mexicana, y que a partir de esto, se reforzaron las funciones
del legislativo.

Estaba conformada por 8 títulos y 128 artículos, fue similar a la de carta magna de
1824, implantó de nueva cuenta el federalismo y la república representativa, la
cual constaba de veinticinco estados, un territorio y el distrito federal. Apoyó la
autonomía de los municipios en los que se divide políticamente cada estado. Los
artículos más relevantes consistían en:

2. Abolición de la esclavitud.
3. Enseñanza libre (ninguna limitación en favor del dogma).
5. Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales, sin la justa
retribución y sin su pleno consentimiento.
7. Libertad de expresión.
10. Libertad de portar armas.
13. Prohibición de fueros a personas o instituciones, supresión de tribunales
especiales (Ley Juárez).
12. No se reconocen títulos nobiliarios.
22. Prohibición de penas por mutilación, azotes, y tormento de cualquier
especie.
23. Abolición de pena de muerte, reservada solo al traidor a la patria,
salteadores de caminos, incendiarios, parricidas, y homicidas con el
agravante de alevosía, premeditación o ventaja. Así como delitos del orden
militar o piratería.
27. Ninguna corporación civil o eclesiástica tiene capacidad para adquirir o
administrar bienes raíces, a excepción de los edificios al servicio u objeto
de la institución (antecedente de la Ley Lerdo).
30. Definición de nacionalidad mexicana.
31. Obligaciones de los mexicanos.
36. Obligaciones de los ciudadanos.
39. La soberanía de la nación dimana del pueblo.
50. División de poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
124. Prohibición de alcabalas y aduanas internas.
128. Inviolabilidad de la Constitución.

Entre otras cosas, incluía un capítulo dedicado a las garantías individuales, y un


procedimiento judicial para proteger esos derechos, conocido como amparo.
También apoyaba la autonomía de los municipios, en que se dividen los estados
desde un punto de vista político. También la autonomía de los estados para elegir
a sus gobernantes y tener su propio conjunto de leyes.
Reafirma decisiones políticas fundamentales de la Constitución Federal de 1824.
Su originalidad reside, sobre todo, en la reforma de las relaciones Estado-Iglesia,
así como en la construcción de un sistema de defensa de la Constitución, para
evitar el caudillismo que caracterizó la vida pública mexicana de las primeras
décadas de vida independiente. Esos mecanismos de defensa ordinaria y
extraordinaria de la Ley Fundamental se activaron exitosamente en las
convulsiones militares que desgarraron a los mexicanos durante la Guerra de
Reforma, la Intervención Francesa y el Imperio de Maximiliano.

La Constitución de 1857 fue baluarte en la defensa de la soberanía nacional y


cimiento para la construcción y consolidación definitiva del Estado-nación
mexicano. Las decisiones políticas fundamentales contenidas en ella permanecen
vigentes hasta el día de hoy: república, derechos del hombre, democracia
representativa, federalismo y la concepción de la Constitución como norma
suprema del orden político y social.

La Constitución de 1857 refleja con claridad la filosofía política del liberalismo


mexicano al reconocer los derechos y las libertades públicas de los ciudadanos.
La Ley Fundamental limita el ejercicio de los poderes públicos y reconoce la
importancia del poder del Estado como organización de los ciudadanos sobre
cualquier otra corporación.

El amparo emerge como una defensa ordinaria de la supremacía de la


Constitución. Pero también se introduce, en 1857, un complejo mecanismo de
defensa extraordinario de la Constitución ante peligros de gran magnitud como
invasiones de potencias extranjeras y golpes internos de Estado que implican el
desconocimiento de la Ley Fundamental. Este mecanismo consiste, por un lado,
en la posibilidad de la suspensión de los derechos individuales y el otorgamiento
de poderes extraordinarios al presidente de la República, que en ambos casos
deben ser aprobados por el Congreso de la Unión. Y por otro lado, en la defensa
militar del orden constitucional desde los estados de la federación, a través de la
Guardia Nacional, que se organiza en cada uno de ellos bajo el mando de los
gobernadores.
Su influencia fue importante en la Constitución de 1917, ya que gracias a esta, el
texto constitucional que actualmente se encuentra vigente, pudo seguir un trayecto
más sencillo para la protección de garantías y derechos fundamentales de toda
una colectividad.

Las disposiciones sobre derechos humanos pasaron casi íntegras a la


Constitución de 1917, actualizadas y enriquecidas con los derechos sociales,
igualmente, las disposiciones sobre soberanía y forma federal de Estado. La
estructura del Estado federal no varió. Se buscó la integración de un Ejecutivo
equilibrado con el Legislativo bicamaral más bien basado en la reforma del
presidente Lerdo de Tejada. Se recogió el juicio de amparo y se aprovechó la
experiencia y el desarrollo jurisprudencial, por la interpretación de que la legalidad
es un derecho constitucional aplicable no sólo a leyes y actos de la autoridad, sino
también a sentencias judiciales.

En realidad fue, en todo momento, el punto de referencia de la Constitución


vigente que sí logró la inclusión de los derechos sociales.

Hubo una infinidad de criticas y ruidosas polémicas que se desencadenaron a


partir de esta Carta Suprema, se discutieron y debatieron una gran cantidad de
ideas, muchos pensadores creían que no se había observado ni garantizado el
bien común, y que el texto de esta obra no garantizaba ni reglamentaba
situaciones que en esos momentos eran de suma importancia en el territorio
nacional.

Aún así, se cree que en conjunto la Carta de 1857, representó un progreso real y
efectivo no solo en las doctrinas, sino en la práctica. El presidente en turno,
Ignacio Comonfort tuvo la decisión de no aplicarla, pues creyó imposible gobernar
con ella por a razón de que la consideró demasiado liberalista, esta mala decisión
lo condujo al fin de su gobierno y a la República a una guerra devastadora.
Muchos pensadores mencionaron que se debió de censurar y ser juzgada de tal
manera que fuera considerada como una Ley demasiado elevada para la situación
real y efectiva de su momento, creen que, dado el atraso de la comunidad
indígena, que en ese entonces era un gran número de población, y de la mínima
población ubicada en las ciudades, fue un error haber adoptado en la Ley
fundamental el sufragio universal, que supone un pueblo ilustrado y educado en
las practicas democráticas.

De esta Carta mucho se ha dicho que fue una bandera del partido progresista, a
pesar de las objeciones que a su tiempo le hicieron, tanto en el parlamento, en los
duros debates de la asamblea, o por escrito. Sin embargo, fue considerada como
un gran avance, donde fue sostenida y en su momento, mejorada.

Hablamos de un texto revolucionario y evolucionado, que genero un gran impacto


en el territorio mexicano, por una parte observamos el lado conservador, que
evidentemente se encontraba en contra de esta nueva idea, y por el otro, al lado
liberalista que dio ese gran paso de liberación, sin embargo esta Constitución llego
en un buen momento, ayudo a que la mente del pueblo mexicano se enfocara en
temas que anteriormente le eran prohibidos, dando origen a un pensamiento
independiente y racional.

Gracias a su texto hemos logrado grandes avances en ámbitos de derechos


humanos, democracia, igualdad, seguridad y desarrollo social. Mucho fue el
esfuerzo para que se pudiera aplicar este texto constitucional y gracias a grandes
esfuerzos y una lucha que duro por 3 años entre el lado conservador y el liberal,
finalmente se pudo posicionar como una Ley vigente.

Creo en lo personal, que a partir de este gran compromiso que tuvo el


Constituyente Permanente del 56, fue una pauta para comenzar la liberación del
pueblo mexicano, una revolución intelectual que dio como resultado el nacimiento
de una democracia y soberanía que reside hasta nuestros tiempos, en el pueblo.

Se le otorgo voz a todas aquellas personas que antes no eran ni siquiera


consideradas como ciudadanos mexicanos. Aún después de este gran paso, se
omitieron ciertas situaciones y derechos, pero que gracias a este texto, en un
futuro, como lo fue la Constitución de 1917, se dio paso para la consideración de
estos derechos.

BILIOGRAFÍA:

 Constitución Mexicana de 1857.


 MORENO, Daniel, “Derecho Constitucional Mexicano”, 11° Edición, Mexico,
Ed. Porrúa, 1990, 586 p.
 SAYEG HELÚ, Jorge, “El constitucionalismo social mexicano”, Mexico,
Fondo de cultura económica.

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