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Prevencion Del LAyFT - 24MAY2019
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Prevencion Del LAyFT - 24MAY2019
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CYMPERU SAC 2019
2018
Res. SBS N° 5060-2018
Reglamento PLA/FT
COOPAC
D. Supremo
Ley N° 27693 N° 020-2017-JUS
2017 (12/04/2002) (16/10/2017)
Res. SBS N° 4705-2017
Mod. Res N° 2660-2015 Creación UIF-PERU Reglamento
Ley N° 27693
Ley N°29038 12/06/2007.
SUJETOS OBLIGADOS MARCO LEGAL SPLA/FT – SUJETOS OBLIGADOS BAJO SUPERVISIÓN UIF
Son sujetos obligados a informar y, como tal, están obligados a
Resol SBS N° 789-2018 UIF Resol. SBS N° 369-2018 UIF Acotado
proporcionar la información a que se refiere el artículo 3º de la Ley N°
1 Agente inmobiliario 1 Comercio de antigüedades
27693, las personas naturales y jurídicas siguientes:
2 Comerc. Maquin. y equipos 2 Gestores de intereses adm. pública
Las empresas del sistema financiero y del sistema de seguros, 3 Comercio de joyas, metales y 3 Los martilleros públicos
Las administradoras de fondos de pensiones. piedras preciosas
Las cooperativas de ahorro y crédito. 4 Empresas mineras 4 Procesadores de tarjetas de crédito y/o
Los administradores de bienes, empresas y consorcios. debido
Las sociedades agentes de bolsa, las sociedades agentes de productos y las 5 Compraventa de divisas 5 Agencias de viaje y turismo y hospedaje
sociedades intermediarias de valores. 6 Compraventa vehículos y 6 Los clubs de futbol profesional de 1ra y
Las sociedades administradoras de fondos mutuos, fondos de inversión y fondos embarcaciones 2da División
colectivos. 7 Construcción y/o inmobiliarias 7 La central de compras públicas
La Bolsa de Valores, otros mecanismos centralizados de negociación e 8 Comercio de monedas, objetos de 8 Emp. del estado: JNE, ONPE, OSCE,
instituciones de compensación y liquidación de valores. arte y sellos postales Gobiernos regionales y municipalidades
La Bolsa de Productos. 9 Compraventa de aeronaves 9 Organizaciones sin fines de lucro (OSFL)
Los agentes de aduana. 10 Hipódromos y sus agencias
Los laboratorios y empresas que producen y/o comercializan insumos químicos y 11 Juegos de loterías y similares
bienes fiscalizados. 12 Organizaciones sin fines de lucro
Las empresas que distribuyen, transportan y/o comercializan insumos químicos 13 Prestamos y/o empeño
que pueden ser utilizados en la minería ilegal,
Los notarios, entre otros.
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Objetivos Estratégicos
del Negocio
Políticas
Factores de Riesgo:
Identificación de Riesgos de Actividad
lavado de activos Productos
Zonas Geográficas
Probabilidad de Ocurrencia e
Impacto
MANUAL Y CODIGO DE
(-) CONDUCTA
Eficacia de
Controles Internos
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Implementación del SPLA/FT por el Sujeto Obligado 2/2 Implementación del SPLA/FT – Sistema Acotado
Aprobar procedimientos para prevenir y detectar
El SO tiene únicamente la obligación de designar un OC a
operaciones inusuales, así como contar con un registro de
DEDICACION NO EXCLUSIVA, y prevenir, detectar y
dichas operaciones.
comunicar UIF, operaciones sospechosas a través del ROS.
Aprobar procedimientos para prevenir, detectar y
comunicar a la UIF en el plazo establecido, las operaciones El SPLAFT Acotado debe ser aplicado por toda la
sospechosas que estén presuntamente vinculadas al LA/FT, organización administrativa y operativa del SO, ya sea PN
a través de un ROS. o PJ , así como por su OC , sus trabajadores, gerentes y
directores, si fuese el caso .
Emitir el informe anual del oficial de cumplimiento (IAOC) El sistema debe detectar operaciones inusuales y la
sobre la situación del SPLA/FT y su cumplimiento. prevención, detección y reporte de operaciones
sospechosas que estén presuntamente vinculadas al
Registrar y conservar la información del SPLAFT que LA/FT, con el fin de comunicarlas a la UIF.
corresponda.
El organismo supervisor lleva a cabo visitas de supervisión
Implementar mecanismos de atención de los requerimientos del SPLAFT, de acuerdo a su planificación.
de información que realice la UIF-Perú y las autoridades El organismo supervisor ejerce respecto de sus
competentes supervisados la facultad sancionadora por el
Art 4° incumplimiento de las obligaciones.
Art 3°, 4°, 5°- R 369-2018
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El manual tiene como finalidad que los directivos, gerentes y El código de conducta de las COOPAC debe contener,
trabajadores tengan a su disposición las políticas y procedimientos los principios rectores, valores y políticas , establecer
que deben ser observados en el ejercicio de sus funciones dentro de los incumplimientos al sistema de prevención del
la COOPAC, contiene como mínimo lo siguiente: LA/FT que se consideran como infracción,
I. Aspectos generales: estableciendo su gravedad y la aplicación de las
II. Funciones y responsabilidades:
sanciones, así como las medidas para garantizar el
III. Mecanismos generales de gestión de riesgos de lavado de
activos y del financiamiento del terrorismo: deber de reserva y contener lo siguiente:
IV. Procedimientos de registro y comunicación: I. Objetivo.
V. Referencias internacionales y normativas sobre prevención del II. Alcance.
lavado de activos y del financiamiento del terrorismo III. Principios éticos. Código
IV. Deberes; Conducta de
Además los procedimientos siguientes: V. Infracciones por el incumplimiento del SPLAFT; Prevención
1. DD en el CC y el beneficiario final LA/FT
VI. Sanciones aplicables por la comisión de alguna
2. Conocimiento de directivos, trabajadores y infracción identificada por el sujeto obligado.
proveedores
3. Identificación OI y/o OS
COOPAC: Pueden contar con un código único a nivel grupal
COOPAC: Pueden contar con un manual único a nivel grupal
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Reporte de Operaciones Sospechosas – Afecto SPLA/FT Requisitos del Oficial de Cumplimiento (OC) COOPAC
Deben ser acreditados con Declaración Jurada
El SO tiene la obligación de comunicar a la UIF-Perú, a través de su OC, 1. Tener experiencia en las actividades propias de la COOPAC.
las operaciones detectadas en el curso de sus actividades, que sean 2. No haber sido condenado por la comisión de delito doloso.
consideradas como sospechosas, sin importar los montos involucrados. 3. No haber sido destituido de cargo público o haber cesado en él por
La comunicación debe ser realizada de forma inmediata y suficiente, es falta grave.
decir, en un plazo que en ningún caso debe exceder las 24 horas desde 4. No tener deudas vencidas por más de ciento veinte (120) días en el
que la operación es calificada como sospechosa. SF o en CJ, ni protestos en los últimos cinco (5) años.
5. No haber sido declarado en quiebra.
Procedimiento de Operaciones Inusuales 6. No ser ni haber sido el auditor interno de la COOPAC, de ser el caso,
Operación OI durante los seis (6) meses anteriores a su designación.
Operación Sospechosa - ROS
detectada, se os SI 7. No estar incurso en algún otro impedimento, señalado en el art. 365
Comunicación UIF, dejando
califica LGC.
constancia documental del
(art.23, Nr. 8. No estar incurso en los impedimentos del artículo 33 de la LGC.
NO analísis y evaluación realizada por Plantilla
23.41) 9. No ser cónyuge o conviviente de algún miembro del CA o del GG.
OC. ROSEL-SBS
10. En caso OC no es a dedicación exclusiva, no pueden desempeñar
Operación Inusual – OI dicho cargo los directivos de la COOPAC, así como el GG.
Una OI no calificada como OS y no reportada UIF, Reporte 11. Tener vínculo contractual o laboral directo con la COOPAC.
se deja constancia documental del analísis y Operacione
evaluaciones, indicando el motivo por el cual no s Inusuales El OC que deje de cumplir con algunos de los requisitos, no puede seguir
fue calificada como OS. actuando como tal y debe comunicarlo en máximo de 5 días hábiles
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Dedicación exclusiva del oficial de cumplimiento COOPAC Requisitos del Oficial de Cumplimiento (OC) Acotado
El oficial de cumplimiento de la COOPAC de nivel 3 realiza sus funciones
Deben ser acreditados con Declaración Jurada
a dedicación exclusiva. De forma excepcional, las COOPAC de nivel 3
a) Tener experiencia en las actividades propias SO o en materia
pueden solicitar de manera sustentada sobre los siguientes aspectos:
lucha contra LA/FT o como OC o como trabajador en el área a
a) Funciones y composición de la oficialía de cumplimiento;
cargo de un OC.
b) Descripción de la distribución de la carga laboral del funcionario que
b) No haber sido condenado por la comisión de delito doloso
realizará las funciones de oficial de cumplimiento a dedicación no
c) No haber sido destituido de cargo publico o cesado por falta
exclusiva;
grave
c) Descripción de otras características de la COOPAC;
d) No tener deuda vencida por mas 120 días SF, o en cobranza
d) Informe que describa el nivel de exposición a los riesgos de LA/FT que
judicial, ni protesto últimos 5 años
enfrenta la COOPAC de acuerdo a lo señalado en el artículo 23 de este
e) No haber sido declarado en quiebra
Reglamento; y,
f) No haber sido auditor interno del SO, durante los 6 meses
e) Fundamentos de la solicitud de designación de oficial de cumplimiento a
anteriores a su designación.
dedicación no exclusiva.
g) No estar incurso impedimento art. 365 de la Ley 26702
h) Tener vinculo laboral o contractual directo con el SO y gozar
La COOPAC de nivel 1 no está obligada a contar con un OC dedicación exclusiva. autonomía e independencia.
La COOPAC de nivel 2 que no superen el umbral de 32,200 UIT (S/135´240mil) El OC que deje de cumplir con algunos de los requisitos , no
podrán contar con un OC a dedicación no exclusiva. Si supera dicho umbral, deberá puede seguir actuando como tal y debe comunicarlo SO por
ejercer sus funciones a dedicación exclusiva. escrito en un plazo máximo de 5 días hábiles
Designación, remoción y vacancia del OF. Cumplimiento Designación oficial de cumplimiento (OC) – Sistema Acotado
La designación OC compete a:
Por el titular del Jurado Nacional de Elecciones - JNE
a) SO cuando este sea PN
Por el titular de La Oficina Nacional de Procesos
b) El Directorio u órgano equivalente cuando sea PJ
Electorales – ONPE.
c) Cuando no se tiene Directorio, la designación es
Por el titular del Organismo Supervisor de
efectuada por el GG, G, Titular-gerente o Administrador
Contrataciones del Estado – OSCE.
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Funciones y responsabilidades del Oficial Cumplimiento Funciones y responsabilidades del Oficial Cumplimiento COOPAC
a) Proponer las estrategias para prevenir y gestionar los riesgos de LA/FT.
Es el interlocutor del SO ante UIF, en temas relacionados a su función.
b) Vigilar la implementación y funcionamiento del SPLA/FT, RO y ROS.
Propone estrategias del SO para prevenir y gestionar los riesgos LA/FT.
c) Implementar, evaluar y verificar la aplicación de las políticas y
Vigila la adecuada implementación y funcionamiento SPLA/FT.
procedimientos del SPLA/FT.
Implementar, evaluar y verificar la aplicación políticas y procedimiento.
d) Adoptar las acciones necesarias para la capacitación.
e) Verificar que incluya la revisión de las listas que contribuyen a la
El Adoptar las acciones necesarias para la capacitación
prevención del LA/FT,.
Verificar las lista para PLA/FT: OFAC, lista terroristas del Consejo f) Llevar un registro de aquellas OI, luego del análisis respectivo, no
Seguridad de las N.U., la lista terroristas de la Unión Europea, lista de fueron determinadas como sospechosas.
Países y Territorios no Cooperantes y otros. g) Evaluar las operaciones y en su caso, calificarlas como sospechosas
Verificar la ejecución de forma inmediata de las medidas de h) Elaborar y remitir los informes, del SPLA/FT y su cumplimiento.
congelamiento nacional de fondos o activos que dicte SBS.
i) Verificar la adecuada conservación y custodia de los documentos
Llevar un registro de aquellas OI, no fueron determinadas como j) Ser el interlocutor de la COOPAC ante la UIF
sospechosas. k) Atender los requerimientos de información solicitada por las
Comunicar al SO, a los trabajadores y directores, sobre los cambios en autoridades.
materia de lucha contra los delitos LA/FT. l) Informar al comité de riesgos o al CA, respecto a las modificaciones e
Evaluar las operaciones calificadas como sospechosas y comunicar UIF incorporaciones publicado por el GAFI.
en representación del SO, a través de un ROS. Inform
m) Verificar, con el debido seguimiento, la ejecución de forma inmediata Inform
Elaborar y remitir el informe anual del oficial de cumplimiento (IAOC). e Anual de las medidas de congelamiento nacional de fondos o activos. e Anual
Atender los requerimientos información que formule UIF y autoridades. - IAOC - IAOC
l
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Reserva de la identidad del Oficial Cumplimiento Conocimiento del Cliente y beneficiario final
El SO debe resguardar la identidad del OC, no debe ser inscrita El Cliente es toda PN/PJ, nacional o
en los Registros Públicos (SUNARP) extranjera que solicita o recibe del SO, la
prestación del servicio, a cambio de una
La UIF asigna códigos secretos: SO, OC, OCA y al OCC de ser el contraprestación económica
caso.
El SO por cada operación, debe identificarlo al iniciar
La UIF notifica SO, la procedencia o no de la relaciones comerciales y a lo largo de la relación con el
designación del OC, OCA y OCC. De ser procedentes la cliente. Para tal efecto el SO debe desarrollar políticas y
designación los códigos secretos son comunicados. procedimientos, aplicando las etapas de la debida
diligencia (DD) del conocimiento del cliente (CC)
Los códigos secretos asignados sirven únicamente como
identificación en todas las comunicaciones que se remitan
UIF. El SO debe identificar al beneficiario final de todos los
servicios o productos que suministre y tomar las
medidas razonables para verificar su identidad, hasta
La reserva de los códigos secretos deben adoptar las que DD lo permita, de modo que este convencido de que
medidas que garanticen esta reserva. se conoce quien es el beneficiario final.
Art 13° Art 14°
Etapas de la debida diligencia (DD) en el conocimiento del cliente (CC) Conocimiento del cliente
El proceso de DD en el CC implica que este sea identificado por el SO y PN
consta de la siguientes etapas: PJ
Etapa de identificación.- Consiste en desarrollar e implementar • Nombres y Apellidos
• Denominación/Razón social
procedimientos para obtener la información que permita • DNI /PP / CE
• Lugar/fecha Nacimiento • RUC, de ser el caso
determinar la identidad de un cliente o Beneficiario final.
• Nacionalidad • DNI Rpstte legal
Etapa de verificación.- Procedimientos de verificación con • Estado Civil • Domicilio
respecto a la información proporcionada por los clientes y, de ser • Domicilio • Teléfono (fijo/móvil)
el caso, de su Beneficiario final con el objetivo de asegurarse que • Teléfono (fijo/móvil) • Es o no SO
han sido debidamente identificados. • E-mail • Origen de fondos, bienes u
• Prof. / Ocupación otros activos involucrados
Etapa de monitoreo.- Asegurar que las operaciones que realizan • Cargo/Función pública (5 últimos en la operación
los clientes sean compatibles con la información declarada por los años)
clientes (perfil). El monitoreo permite reforzar y reafirmar el • Es o no SO
conocimiento que poseen los SO sobre sus clientes, así como • Origen de fondos
obtener mayor información cuando se tengan dudas sobre la
veracidad o actualidad de los datos. Art 15°
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Regímenes de la debida diligencia (DD) en el conocimiento del cliente (CC) Regímenes de la debida diligencia (DD) en el conocimiento del cliente (CC)
El proceso de la DD en el CC, implica que este sea Régimen reforzado de DD en el CC: El SO desarrolla e implemente
identificado por el SO procedimientos de DD reforzados en el CC, adicionales a los del régimen
SO debe identificar a sus clientes, en cada operación, general y se aplica obligatoriamente a los siguientes clientes:
utilizando la Declaración Jurada de CC, bajo los siguientes 1. Nacionales o extranjeros, no residentes.
regímenes: 2. Personas jurídicas no domiciliadas.
3. Fideicomisos.
Régimen general de DD en el CC: La
4. PEP e identificados como: i) parientes de PEP hasta el 2°
información mínima que el SO debe obtener Declaración Jurada Declaración Jurada consanguinidad y 2° afinidad, ii) cónyuge o conviviente de
del cliente vía DJ es la siguiente: Regimen General Regimen General
Persona Jurídica Persona Natural PEP; y, iii) PN, PJ o entes jurídicos donde un PEP mantenga
1. Para Personas Naturales (PN)
una participación igual o superior al 25% de su capital
2. Para Persona Jurídicas (PJ)
social.
5. PN, PJ o entes jurídicos respecto de los cuales se tenga
Régimen simplificado de DD en el CC: Permite conocimiento que están siendo investigados por el delito de
reducir algunos requisitos de información Declaración Jurada Declaración Jurada
Regimen LA, delitos precedentes y/o FT.
Regimen
mínima del régimen general Simplificado Simplificado
6. Vinculados con personas naturales o jurídicas sujetas a
Persona Jurídica Persona Natural
Para Personas Naturales (PN) investigación o procesos judiciales relacionados con el de
Para Persona Jurídicas (PJ) Art 16° LA, delitos precedentes y/o FT. Art 16°
Conocimiento de directores, trabajadores, proveedores y contrapartes 1/2 Conocimiento de directores, trabajadores, proveedores y contrapartes 2/2
DJ Antecedentes
El SO debe establecer los perfiles de los trabajadores y directores - Personales El SO debe conservar toda la información del
a través de una Declaración jurada: - Laborales perfil de los trabajadores y directores, en medio
- Patrimoniales
físico o electrónico
• Nombres y apellidos
• Tipo y N° documento identidad (incluyendo una copia)
• Estado civil, especificando los nombres y apellidos del Los trabajadores y directores están obligados a
conyugue o conviviente. comunicar al SO, cualquier cambio en la
información, en un plazo que no exceda de 15 días
• Profesión u oficio de producido el cambio.
• Ocupación y/o cargo en el SO
• Domicilio y N° telefónico personales
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Informe del oficial de cumplimiento (Res. SBS 2660-2015) Informe del oficial de cumplimiento (IAOC) SBS N° 369 y 769 -2018
Informe Informe
Anual - Anual -
IAOC IAOC
Sujeto Oficial Sujeto Oficial
Obligado cumplimiento Obligado cumplimiento
El OC debe presentar al presidente del directorio, de El SO a través del OC debe elaborar y remitir UIF
manera trimestral, un informe sobre su gestión, que un IAOC sobre el cumplimiento de las políticas y
considere la información detallada en el Anexo Nº 4, procedimientos que integran el SPLA/FT
dentro de los treinta (30) días siguientes al implementado por el SO, el cual debe contener la
vencimiento del trimestre. siguiente información:
El OC debe presentar al presidente del directorio, de IAOC debe contar con la aprobación del directorio
Directorio manera semestral, un informe, sobre su gestión la Gerente General Directorio u órgano equivalente del SO, y debe ser aprobado Gerente General
información detallada en el Anexo N° 4. Los dentro de los 30 días siguientes al vencimiento del
informes se presentan al presidente del directorio periodo anual respectivo.
ISOC debe ser remitido al organismo supervisor, por
IAOC debe ser remitido al organismo supervisor,
el medio que este establezca y a la UIF-Perú, a través
por el medio que este establezca y a la UIF-Perú, a
del portal PLA/FT (https://plaft.sbs.gob.pe) u otro
través del portal PLA/FT (https://plaft.sbs.gob.pe)
medio SBS establezca, dentro de los quince (15) días
u otro medio SBS establezca, más tardar el 15 de
siguientes a la fecha en que se haya presentado al
febrero del año siguiente.
Art 26° presidente del directorio. Art 26°
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Informe del oficial de cumplimiento Resolución 5060-2018 Informe del oficial de cumplimiento (IAOC)
Informe - La dirección y teléfono del sujeto obligado, así como el correo electrónico del OC
IOC La indicación acerca de si el OC ejerce la función como oficial de OC corporativo o
Sujeto Oficial
Obligado cumplimiento
no.
. Nombre de los socios, accionistas o asociados y porcentajes de la participación en
El OC de las COOPAC de nivel 3 debe presentar al CA, de el SO, de ser el caso
manera semestral durante el año, un informe sobre su el Nombre de los gerentes u otros trabajadores responsables de la gestión del
funcionamiento y nivel de cumplimiento del SPLA/FT. negocio, de ser el caso
El OC de las COOPAC de nivel 1 y 2 debe presentar al CA, de Estadística anual del RO, indicando el número de operaciones registradas, los
manera anual, un informe sobre el funcionamiento y nivel de montos involucrados, discriminando la información en forma mensual.
Consejo Administración
cumplimiento del SPLA/FT
Estadística anual de las operaciones inusuales detectadas, indicando el
Los informes se presentan al CA en el mes calendario número de operaciones registradas, los montos involucrados, discriminando la
siguiente al vencimiento del semestre o del año, según información en forma mensual
corresponda, y son remitidos a los organismos
supervisores y la Superintendencia, mediante el medio Estadística anual de las operaciones sospechosas reportadas a la UIF,
electrónico que esta establezca, dentro de los quince indicando el número de operaciones registradas, los montos involucrados,
(15) días siguientes a la fecha en que se haya discriminando la información en forma mensual
presentado al CA .
Informe del oficial de cumplimiento (IAOC) Identificación y evaluación de los riesgos LA/FT
Descripción de nuevas señales de alerta de operaciones inusuales
establecidas por el SO y tipologías de operaciones sospechosas Clientes: Su comportamiento, antecedentes y actividades, al
que hubieran sido detectadas y reportadas, en caso las hubiere. inicio y durante toda la relación comercial, incorporando las
características de los clientes: nacionalidad, residencia,
Políticas de DD en el CC, directores y trabajadores, así como actividad económica, volumen transaccional y/o estimado
proveedores.
N° de capacitaciones en temas relativos a la PLA/FT, N° de Productos y/o servicios que ofrecen: Vinculados a los
personas que han sido capacitadas, detalle de los temas de canales distribución y medios de pago con los que operan, el
capacitación de acuerdo al perfil del destinatario y su función en que también debe realizarse cuando el SO decida usar
el SO. nuevas tecnologías asociadas a los productos y/o servicios
ofrecidos o se produzca un cambio en el producto y/o
servicio que ofrece, que modifique su perfil de riesgos de
Última fecha de actualización del manual y código; y, el nivel de
LA/FT
cumplimiento del manual y código,
Acciones correctivas adoptadas respecto a las observaciones o Zona geográfica: El SO debe gestionar los riesgos LA/FT
recomendaciones que hubiere formulado el organismo supervisor asociados a las zonas geográficas en las que ofrece sus
y los auditores internos y externos, cuando corresponda productos o servicios, tanto a nivel local como internacional.
Las disposiciones de autoridades competentes como el GAFI
Ubicación geográfica de las oficinas, sucursales y agencias que emiten con respecto a ciertas jurisdicciones.
Art 27°
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Identificación y evaluación de los riesgos LA/FT Identificación y evaluación de los riesgos LA/FT
El SO debe desarrollar e implementar procedimientos de
Factor de Riesgos de LA/FT Zona Geográfica:
identificación y evaluación de los riesgos de LA/FT, considerando los
Se debe tomar en cuenta el listado de países considerados
factores de riesgos, la que debe estar plasmado en el Manual.
de alto riesgo por el GAFI, así como aquellos que la COOPAC
Establecer la periodicidad con la que actualiza la calificación riesgos
haya determinado independientemente de los listados
, que no debe exceder de 2 anos. Para ello debe:
internacionales. También se deben considerar diferencias
Evaluar sus posibles ocurrencias e impacto. Esta evaluación debe entre zonas geográficas nacionales:
tomar en cuenta, entre otros aspectos, el canal de distribución del a) País y localidad de nacimiento/nacionalidad (persona
producto y/o servicio, así como otros atributos del factor de riesgos natural) o constitución (persona jurídica)
“productos y/o servicios” b) País y localidad de residencia (persona natural) o
funcionamiento (persona jurídica)
Implementar medidas de control para mitigar los diferentes tipos
riesgos y niveles de riesgo identificados. Otros aspectos:
Se deben considerar otros aspectos vinculados a las
Monitorear en forma permanente los controles aplicados y su grado características del socio y/u operaciones a realizar, tales
de efectividad, para detectar aquellas operaciones que resulten como el volumen transaccional estimado y/o real, así como
inusuales o sospechosas el propósito de la relación a establecerse con la COOPAC,
siempre que este no se desprenda directamente de la
El SO a través de su OC, elabora un informe que contenga la evaluación
relación asociativa.
del nivel de exposición a los riesgos de LA/FT al que se encontraría
expuesto en caso de incursionar en nuevas zonas geográficas. Art 28° y Debe de formalizarse a través de un sistema de calificación (scoring)
29°
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Peruano 2 2 4
Impacto Probabilidad Resultado Calificación
Nacionalidad 5%
Extranjero
Residente
5
2
3
5
15
10
1 1 11 BAJO MAPA DE RIESGOS
Residencia 5%
No Residente 5
5
1
2
5
10
1 2 12 BAJO
Actividades inmobiliarias empresariales y de alquiler
Administración Pública y Defensa 3 2 6 1 3 13 BAJO
Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca 5 2 10
4
Comercio al por mayor y al por menor; reparacion de vehiculos, 2
efectos personales y enseres8domesticos 1 4 14 MEDIANO
Construcción 3 2 6
Enseñanza 1 2 2 1 5 15 ALTO 5
Explotación de minas y canteras 2 1 2
Actividad económica 20%
Hogares Privados Con Servicio Domestico 3 1 3 2 1 21 BAJO
Hoteles y restorantes 4 1 4
Industrias manufactureras 5 2 10 2 2 22 BAJO
Intermediacion Financiera 4 1 4
Organizaciones y Organos Extraterritoriales 2 2 4 2 3 23 MEDIANO
3
Otras actividades de servicios comunitarios, sociales y personales 1 3
Servicios sociales y de salud 2 3 6 2 4 24 ALTO 4
Suministro de electricidad, gas y agua 1 1 1
Transporte almacenamiento y comunicaciones 3 1 3 2 5 25 ALTO I
Condición de Sujeto Si 4 5 20
Obligado
10%
No 1 2 2 3 1 31 MEDIANO M
Si 5 2 10
Condición de PEP 10%
No 1 3 3 3 2 32 MEDIANO P
≥ 18 ≤ 25 años 5 1 5
CLIENTE 50%
> 25 ≤ 40 años 4 2 8 3 3 33 ALTO A 3
Edad 15%
3 3 9
> 40 ≤ 65 años
> 65 años 2 4 8 3 4 34 ALTO C
Tipo de empleo 15%
Dependiente
Independiente
2
4
5
1
10
4 3 5 35 EXTREMO T
≤ 2 años 5 2 10 4 1 41 ALTO O
> 2 años ≤ 5 años 4 3 12
Tiempo en la actividad
5% > 5 años ≤ 10 años 3 2 6 4 2 42 ALTO 2
> 10 años ≤ 15 años 2 1 2
> 15 años 1 1 1 4 3 43 EXTREMO
Antigüedad como ≤ 2 años 5 2 10
cliente > 2 años ≤ 5 años 4 3 12
4 4 44 EXTREMO
5% > 5 años ≤ 10 años 3 1 3
> 10 años ≤ 15 años 2 3 6
4 5 45 EXTREMO
> 15 años
Sin antecedentes
1
1
1
5
1
5
5 1 51 ALTO 1
Reciben transferencias desde países 5 1 5
Reciben transferencias desde países con 5 1 5
5 2 52 EXTREMO
Antecedentes 10%
Reciben transferencias desde países sujetos a
Investigados por el delito de LA, delitos
5
5
1
1
5
5
5 3 53 EXTREMO 1 2 3 4 5
Vinculados con PN o PJ sujetas a 5 1 5 5 4 54 EXTREMO PROBABILIDAD
Listas especiales 5 1 5
Listas internas 4 1 4 5 5 55 EXTREMO
Riesgo crediticio: dudoso y pérdida 4 1 4
100% MEDIO
Requerimientos información
El SO a través de su OC, debe remitir a la UIF los informes, Supervisión.
Registro
RO, ROS mediante el medio electrónico u otro que se Operaciones Corresponde a la UIF realizar y priorizar su
establezca , mediante los códigos secretos asignados al OC. (RO) función de supervisión, en base al análisis de
Toda esta documentación, a través del Portal de Prevención riesgo de LA/FT de la actividad que realiza el
del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo SO.
(plaft.sbs.gob.pe) u otro medio que la SBS establezca.
Utiliza sus propios mecanimos de supervision,
puede constar con el apoyo del OC, auditoria
Conservación información
interna y externa de ser el caso.
El SO debe conservar la información SPLA/FT, por un plazo
no menor a 5 años.
Esta comprende a la relacionada con la vinculación y La SBS, a través de los órganos
operaciones realizadas por los clientes. Para tal efecto, se correspondientes, ejerce la facultad
utilizan medios informáticos, microfilmación, microformas o sancionadora por el incumplimiento de las
similares que permitan una fácil recuperación de la obligaciones de la norma, de acuerdo con el
información para su consulta y reporte interno o externo a Reglamento de Infracciones y Sanciones
las autoridades competentes. (Resolución SBS N° 8930-2012)
El SPLA/FT Acotado debe cumplir con esta conservación
Art 30°, 31°y Art 16° Res 369-
Art 32°
2018
informescymperu@gmail.com 20
CYMPERU SAC 2019
informescymperu@gmail.com 21
CYMPERU SAC 2019
Listas que contribuyen a la Prevencion de PLA/FT Listas que contribuyen a la Prevencion de PLA/FT
Lista OFAC: lista emitida por la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento
Listas internacionales de interés de Tesoro de los Estados Unidos de América (OFAC), en la cual se incluyen países,
1. Lista ONU sobre terrorismo y financiamiento del terrorismo: personas y/o entidades, que colaboran con el terrorismo y el tráfico ilícito de drogas:
2. Lista OFAC (conocida como lista Clinton): https://sanctionssearch.ofa c.treas.gov/
Búsqueda específica y descarga del listado Lista de terroristas de la Unión Europea: http://www.consilium.europ
https://sanctionssearch.ofac.treas.gov/ a.eu/es/policies/fightagainst-terrorism/terroristlist/
3. Lista ONU sobre proliferación de armas de destrucción masiva: Lista de Países y Territorios no Cooperantes: http://www.fatfgafi.org/countries/#highrisk
4. Lista de Terroristas de la Unión Europea: Listados de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas:
http://www.un.org/es/sc/do cuments/resolutions/
Búsqueda específica y descarga de listado
Régimen de Sanciones Financieras contra el AlQaeda, el Estado Islámico (ISIS), también
http://www.consilium.europa.eu/es/policies/fight-against- denominado Daesh, y sus asociados. Resoluciones 1267 (1999), 1989 (2011) y 2253
terrorism/terrorist-list/ (2015), y sus resoluciones sucesoras: https://www.un.org/sc/su
5. Lista SUNAT de Países o Territorios considerados de baja o nula imposición: borg/es/sanctions/1267/a q_sanctions_list
www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/regla/anexo.htm Régimen de Sanciones Financieras contra los Talibanes y asociados que constituyan una
6. Lista SEPBLAC: amenaza para la paz, la estabilidad y la seguridad de Afganistán. Resolución 1988 (2011) y
Es un lista emitida por el Servicio Ejecutivo para la Prevención del Blanqueo sus resoluciones sucesoras: https://www.un.org/sc/su borg/es/sanctions/1988
de Capitales – SEPBLAC de España, mediante el Real Decreto 1080/1991, Resolución 1373 (2001): que tiene como objetivos, el identificar a los nacionales vinculados
al terrorismo y su financiamiento, así como, fomentar la cooperación internacional relativa
que contiene una relación de países considerados como paraísos fiscales.
al terrorismo y su financiamiento: http://www.un.org/es/sc/d
http://www.sepblac.es/espanol/legislacion/nmovcap/pdf/rd1080-91.pdf ocuments/resolutions/20 01.shtml
Régimen de Sanciones Financieras contra el programa de desarrollo nuclear y balístico de
http://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/listas-de-interes Corea del Norte. Resolución 1718 (2006) y sus resoluciones sucesoras:
Art 17° Resol. 369-
2018
https://www.un.org/sc/su borg/es/sanctions/1718/ materials
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CYMPERU SAC 2019
CONCLUSIONES:
Cualquier producto o servicio es susceptible de ser
utilizado como vía de Lavado de dinero CYM Consulting & Marketing S.A.C.
CYMPERU SAC Empresa con experiencia
Realizar la “Debida Diligencia” de conocimiento del en asesoría y capacitación a nivel
cliente a cabalidad nacional a Instituciones financieras,
Conocer adecuadamente el perfil del cliente. Cooperativas y demás Sujetos Obligados
Reportar debidamente las operaciones inusuales y/o en Sistema de Prevención de Lavado de
sospechosas al oficial de cumplimiento. Activos y Financiamiento del Terrorismo,
El lavador de dinero puede actuar por su cuenta, su
acción es mas efectiva si tiene complicidad de un Gerente General: Ciro Yacsahuache M.
intermediario o de un empleado del SO. Coordinadora: Mariaclaudia Falero
Cualquier esfuerzo que realice la institución no será
suficiente, sino se cuenta con el total compromiso de INFORMES:
todos y cada uno de ustedes para la adecuada aplicación Teléfono (01)739 7745
de todas la políticas y procedimientos PLA/FT. celular: 995 633 314 / 997 027 699
No podemos desconocer que los SO por la variedad de Facebook: Cym Peru
servicios que presta, se han convertido como canales informescymperu@gmail.com
atractivos para consumar delitos precedentes para el
origen de dinero ilícito.
informescymperu@gmail.com 23