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Escuelas de La Interpretacion Juridica

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL

ECUADOR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS
SOCIALES
CARRERA DE DERECHO

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ESCUELAS DE LA
NTERPRETACIÓN JURÍDICA

INTRODUCCIÓN AL DERECHO

FREDDY SEBASTIÁN ZUMÁRRAGA


AGUILERA

DR. RUBÉN DARIO CASTRO

1 “C”

2022-2023
1. Resumen
En el siguiente trabajo investigativo se habla de las diferentes escuelas de la interpretación

jurídica dando una breve reseña sobre lo que es la interpretación jurídica en donde mencionamos

definiciones concretas como la aclaración y la aplicación de la ley, también se abarca el tema

acerca de la función jurisdiccional relacionada con la interpretación judicial y como el Estado es

parte fundamental de evolución para quitar la vaguedad a las leyes y crear democracia o un

Estado de Derecho. Se analiza también las escuelas mediante el sustento de los autores el Dr.

Manuel Hallivis y el Dr. Imer B. Flores las cuales dan su aporte científico y concuerdan en que

las escuelas se dividen en formalistas y anti-formalistas en donde hablaremos de las siguientes:

Escuela exegética, histórica, lógico sistemático, teleológico, jurisprudencia sociológica

norteamericana y escuela de interés social. Consecuentemente se dará un análisis dependiente del

articulo anteriormente redactado con puntos de vista de mi autoría y relacionados con el tema

principal y finalmente una pequeña conclusión que determine como podemos mejorar la

interpretación jurídica mediante socialización y en un futuro a las nuevas generaciones.

2. Introducción
La interpretación jurídica es un mecanismo en el cual los juristas en caso de que exista vacíos

legales o varias definiciones en la norma puedan tomar decisiones acertadas las mismas que se

sienta jurisprudencia para casos similares o análogos.

Sirve también para mejorar las leyes de una sociedad de manera que podamos aclararla y

posteriormente aplicarla para tener una mejor convivencia y que estas nuevas leyes sirvan para el

uso diario, por lo que las escuelas son muy importantes para beneficio social y cada una tiene su

definición y su objetivo planteado para diferenciar o entender el uso o utilización de la

interpretación jurídica teniendo en cuenta que las leyes son creaciones del razonamiento humano
por lo tanto, no son perfectas pero con estas escuelas buscamos una buena formación de las

mismas en beneficio del Derecho.

3. Contenido del articulo


La interpretación compone procesos importantes de la función jurisdiccional, en la cual es

esencial comprender todas las herramientas que resuelve para la tutela de derechos y garantías,

ya que el uso de la interpretación es riesgoso o de mucho peligro para proteger a las personas con

el poder público.

La interpretación a lo largo del tiempo ha ido evolucionando y han existido diferentes

maneras de interpretación la cual evidencia la existencia de un paralelismo ya que existe una

igualdad o similitud entre las corrientes de interpretación, esta evolución consiente no solo a

restringir la letra de la ley, sino que sea precisa y coherente con el amparo de los derechos

humanos, a diferencia de las nuevas etapas del Estado democrático de Derecho.

La función jurisdiccional se aferra a la interpretación para poder guiar al Estado como un

mecanismo de evolución y eficacia para la aplicación de las normas, y no solo debe limitarse al

cumplimiento de la ley para que sea visto como Estado de Derecho, sino que debe proveer de

contenido axiológico a la norma para poder someterse a la misma, esto en cualquier ámbito sea

legislativo, jurídico e incluso administrativo.

La interpretación jurídica debe comprender o averiguar el significado de la norma a la que

posteriormente se la va a aplicar, y como rendimiento este significado debe ser examinar su

sentido, determinar su contenido y, en definitiva, determinar su exacto alcance y probabilidad de

aplicabilidad.
La función jurisdiccional también utiliza a la interpretación como un método para

administración de justicia, que se completa con un criterio clásico de la interpretación jurídica en

donde se obtiene un único sentido y se la puede emplear a un caso o sentencia concreta

Existen algunas escuelas de interpretación jurídica en donde el Dr. Manuel Hallivis y el Dr.

Imer B. Flores plantean una distinción de las escuelas la cuales son formalistas y anti-

formalistas.

3.1 Escuelas Formalistas

3.2 Escuela Exegética. – Esta es la primera escuela de interpretación jurídica según los

autores anteriormente expuestos el cual señalan que esta es la principal de la labor

interpretativa de la era moderna, por tanto, su contenido gramatical conlleva a un respeto

absoluto a los textos jurídicos o legales, hace referencia también a la reformación del

pensamiento del legislador, esta escuela es parte de un instrumento que coopera con la

letra de la ley o lo establecido en la misma para crear procesos lógicos, raciocinio o

silogismos, fundamentado en tres principios de la lógica formal; el de identidad, el de

contradicción y el tertium non datur (Principio de tercero excluido).

3.3 Escuela Histórica. – Señala que el Derecho no se crea arbitraria o estrictamente por el

legislador, ya que su fuente certera o verídica es la costumbre al momento de que exista

casos en la cual la interpretación se vuelva monótona por medio de la costumbre se puede

convertir en norma jurídica y mediante esto se puede acrecentar la jurisprudencia

científica en los juristas.

3.4 Lógico Sistemático. – Propone ir a fondo de la letra de la ley o de la voluntad del

legislador para poder determinar una definición jurídica y la relación para que esta pueda
ser aplicada y también encontramos al método analítico el cual emplea mecanismos para

las definiciones, estipulaciones y concepciones.

4. Escuelas Anti-formalistas

4.1 Teleológico. – Es la percepción de los intereses que involucran a las partes, esta corriente

interpreta a la ley según sus fines los cuales se quieren establecer, asi mismo, los fines e

intereses en conflicto tienen como finalidad buscar una mediación y satisfacer dichos

intereses.

4.2 Jurisprudencia Sociológica norteamericana. – La manera para resolver los problemas

que se pueden encontrar en las nuevas realidades no son solo a través del razonamiento

deductivo, sino también por la comprensión y darse cuenta y reflexionar sobre las

realidades sociales, podemos determinar que el derecho o la interpretación jurídica no

solo es una herramienta lógica, también es un mecanismo que sirve para analizar sobre la

vida social, en donde el juez debe poseer un gran conocimiento sociológico de tales

realidades para que exista criterios de justicia.

4.3 Escuela del Interés Social. – Expone una idea en la cual se pretende averiguar cómo se

puede mejorar la fabricación de sentencias que sean justas, esto significa lograr o poder

aplicar la administración de justicia de una manera justa y con patrones fijos para

conceder a las personas seguridad razonable de un trato igualitario.

5. Análisis

Podemos evidenciar que las diferentes escuelas de la interpretación jurídica han sido

importantes en el transcurso del tiempo y lugares determinados el cual han sido de mucha

ayuda para beneficio de las relaciones sociales y podemos observar también que las
autoridades son participes de la interpretación jurídica el cual aportan con el aclaramiento de

las leyes que regulan el comportamiento social.

Se puede afirmar que la interpretación jurídica es uno de los contenidos principales en el

proceso de aplicación de la ley, ya que la interpretación es importante al momento de

reformular las normas y también durante la ejecución de la misma.

6. Conclusiones
Para finalizar podemos analizar que la interpretación jurídica ha sido es y será necesaria para

los vacíos legales para los fallos o sentencias en las cuales no se vulneren derechos.

Hace falta que los diferentes mecanismos de interpretación jurídica sean mejor difundidos o

socializados entre los profesionales del derecho para una mejor aplicación de la ley y mejorar la

correlativa técnica en beneficio de la sociedad.

Siendo necesario además señalar que actualmente en diversos casos nacionales y extranjeros

en fallos judiciales se han interpretado diferentes métodos que benefician especialmente a los

derechos humanos, considerando que el Estado en el ámbito de su competencia garantice el

derecho de los ciudadanos y con esto abrir nuevas puertas para las nuevas generaciones que

interpreten jurídicamente a la norma.

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