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Contrato Compra Venta
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Contrato Compra Venta
“CONTRATO DE COMPRA-VENTA
INTERNACIONAL”
DECLARACIONES:
1. Que es una empresa legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas según se acredita con
el testimonio de la escritura N° 2803 pasada ante la fe del Notario Público N° 6, Sr. Lic. Armando
Gaitán Gudiño en la ciudad de Manzanillo, Colima, México y que pasa a formar parte integrante de
este contrato como anexo N° (1).
2. Que su legítimo representante es el Srita. Anykov Johany Cobián Palomino su calidad de
apoderado, según se acredita con el testimonio que se indica en el punto antecedente.
3. Que entre su objeto social se encuentra la fabricación y comercialización, tanto nacional como
internacional, de: cosméticos, productos de belleza; contando para ello con la capacidad de
suministro, así como, con todos los elementos humanos, materiales y técnicos necesarios para
cumplir con el objeto de este contrato.
4. Que su establecimiento se encuentra ubicado en Avenida. Miguel de la Madrid Hurtado #17,
Soleares, Salagua, Manzanillo, Colima, México, el cual se señala como único para todos los
efectos de este contrato.
1. Que es una empresa legalmente constituida conforme a las leyes de Canadá según se acredita con
__________________ y que pasa a formar parte de este contrato como anexo Nº (2).
2. Que su legítimo representante es el Srita. Blanca Ximena Sánchez Zepeda en su carácter de
representante legal de la empresa “LA COMPRADORA” y que está facultado para suscribir este
contrato de conformidad con el instrumento señalado en el punto anterior.
3. Que entre otras actividades se dedica a la comercialización e importación de cosméticos, productos
de belleza objeto de este contrato, que conoce en cuanto a especificaciones, calidad y demás
características y que tiene interés en adquirirlos en términos del mismo.
4. Que cuenta con la solvencia económica y moral para el pago del precio de la mercancía en los
montos y forma estipulados en este contrato.
5. Que su establecimiento se encuentra ubicado en #220 Yonge Street Toronto, Ontario, Canadá,
mismo que señala como único para todos los efectos de este contrato.
Que tienen interés en celebrar el presente contrato de buena fe, de acuerdo con las siguientes:
LA VENDEDORA declara ser una sociedad mexicana, constituida de conformidad con las leyes
regidas en México, asimismo caracterizándose como una empresa dedicada al diseño, producción y
comercialización de cosméticos y productos de belleza.
LA COMPRADORA declara ser una sociedad canadiense constituida conforme a las leyes regidas
en el país Canadá; destaca por ser una empresa dedicada a la distribución y venta al por menor de
productos de belleza.
Es conveniente esta declaración por ambas partes para determinar en forma transparente que el
contrato se celebra en todas sus partes y para todos sus efectos bajo este principio primordial de la
buena fe de acuerdo con los comentarios vertidos en el antepenúltimo párrafo del inciso D) de las
“Consideraciones Preliminares” relativo a los principios que le dan sustento y que a su vez derivan
de la Convención de “Viena 80”.
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto del Contrato: “LA VENDEDORA” se obliga a enajenar y “LA
COMPRADORA” a adquirir ___________________________________ según se describe
en_____________________ que pasa a formar parte integrante de este contrato como anexo Nº
(3).
SEGUNDA. - Precio de las Mercancías: “LA COMPRODORA” se obliga a pagar como precio por
la mercancía objeto de este contrato, la cantidad de por lo que el precio total es de USD $375,815
(trescientos setenta y cinco mil ochocientos quince dólares de los Estados Unidos de América)
cotización ---------- en_____________________________ INCOTERMS CÁMARA DE
COMERCIO INTERNACIONAL (CCI) 2000.
QUINTA. - Envase y Embalaje: “LA VENDEDORA” declara que la mercancía objeto de este
contrato se encuentra debidamente envasada de conformidad con las normas técnicas de la materia
y cuenta con el sistema de embalaje apropiado para su adecuado manejo, transporte y entrega.
SEXTA. - Calidad de la Mercancía: “LA VENDEDORA” se obliga a entregar certificado de
calidad expedido por laboratorio autorizado para tal efecto de fecha _____________________ y
que pasa a formar parte integrante del mismo como anexo N° (5).
OCTAVA. - El presente contrato se dará por terminado cuando “LA COMPRADORA” reciba el
producto en términos del mismo y “LA VENDEDORA” obtenga el pago en el mismo sentido.
DÉCIMA. - Idioma: Las partes acuerdan que para fines de la elaboración, celebración y
suscripción de este contrato, así como, para todos los efectos que de él deriven se tendrá como
idioma único al español.
DÉCIMOCUARTA. - Caso Fortuito: Ambas partes aceptan que no será imputable a ninguna de
ellas la responsabilidad derivada de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que convienen en
suspender los derechos y obligaciones establecidos en este contrato, los cuales podrán reanudarse
de común acuerdo en el momento en que desaparezca el motivo de la suspensión, de ser esto
posible.