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El Defensor Del Pueblo
El Defensor Del Pueblo
El Defensor Del Pueblo
Art. 54 CE. Alto comisionado de las C.Generales designado por estas para la defensa de los derechos fundamentales regulados por la CE
CONCEPTO Regulación: Ley Orgánica de abril de 1981.
- Actúa con independencia de las fuerzas políticas y podrá supervisar la actividad de la Admón. dando cuenta a las Cortes.
- Tiene como misión defender los derechos de los particulares frente a las transgresiones de la administración pública.
- Órgano unipersonal.
CARACTERISTICAS - Inviolabilidad.
- Inmunidad.
- Auxiliado por dos adjuntos en los que podrá delegar funciones.
- Cualquier español mayor de edad
- Elegido por las Cortes Generales
- 5 años. Tomará posesión ante las Meses de ambas Cámaras reunidas conjuntamente.
ELECCIÓN - Su nombre será acreditado con las firmas del Presidente del Congreso y del Senado y deberá ser publicado en el BOE.
- Por mayoría simple se propondrán uno o varios candidatos al pleno del Congreso que deberá decidir en el plazo de 10 días.
- Será designado quien obtenga una votación favorable igual a 3/5 del Congreso.
- Ratificado por una mayoría igual en el plazo de 20 días en el Senado.
- Por renuncia
- Por espiración del plazo
de su mandato.
- Por muerte o incapacidad - La vacante se declarará por el Presidente del Congreso en los tres primeros casos. En los demás
sobrevenida. casos se decidirá por mayoría de 3/5 de los componentes de cada Cámara.
CESE Y - Por actuar con notoria - En plazo no superior a un mes se iniciará el procedimiento de nombramiento del nuevo Defensor
negligencia en el cumplimiento del Pueblo.
SUSTITUCIÓN de las obligaciones y deberes - En caso de muerte, cese o incapacidad desempeñaran sus funciones los adjuntos.
del cargo.
- Por haber sido condenado
mediante sentencia firme por
delito doloso