Nfpa 2400-2019
Nfpa 2400-2019
Nfpa 2400-2019
®NFPA _
2400
Estándar para
Pequeños aviones no tripulados
Sistemas (sUAS) Utilizados para
Operaciones de seguridad pública
2019
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Los códigos, estándares, prácticas recomendadas y guías de NFPA® ("Estándares de NFPA"), de los cuales el documento
contenido aquí es uno, se desarrollan a través de un proceso de desarrollo de estándares de consenso aprobado por el
Instituto Nacional Estadounidense de Estándares. Este proceso reúne a voluntarios que representan diversos puntos de vista
e intereses para lograr un consenso sobre incendios y otros temas de seguridad. Si bien la NFPA administra el proceso y
establece reglas para promover la equidad en el desarrollo del consenso, no prueba, evalúa ni verifica de forma independiente la
exactitud de la información o la solidez de los juicios contenidos en las normas de la NFPA.
La NFPA se exime de responsabilidad por cualquier daño personal, a la propiedad u otros daños de cualquier naturaleza,
ya sean especiales, indirectos, consecuentes o compensatorios, que resulten directa o indirectamente de la publicación, el uso o la
confianza en las Normas de la NFPA. La NFPA tampoco ofrece ninguna garantía en cuanto a la exactitud o integridad de cualquier
información publicada aquí en .
Al emitir y poner a disposición los estándares de la NFPA, la NFPA no se compromete a prestar servicios profesionales o de
otro tipo para o en nombre de ninguna persona o entidad. La NFPA tampoco se compromete a realizar ningún deber que una
persona o entidad le deba a otra persona. Cualquiera que utilice este documento debe basarse en su propio juicio independiente
o, según corresponda, buscar el asesoramiento de un profesional competente para determinar el ejercicio del cuidado razonable
en cualquier circunstancia dada.
La NFPA no tiene poder, ni se compromete a vigilar o hacer cumplir el contenido de las Normas de la NFPA. La NFPA
tampoco enumera, certifica, prueba o inspecciona productos, diseños o instalaciones para el cumplimiento de este documento.
Cualquier certifcación u otra declaración de cumplimiento con los requisitos de este documento no será atribuible a la NFPA y es
responsabilidad exclusiva del certificador o autor de la declaración.
Los usuarios de códigos, normas, prácticas recomendadas y guías de la NFPA ("Normas de la NFPA") deben estar
consciente de que estos documentos pueden ser reemplazados en cualquier momento por la emisión de una
nueva edición, pueden ser enmendados con la emisión de Enmiendas Interinas Tentativas (TIA) o ser corregidos
por Errata. Se pretende que a través de revisiones y enmiendas periódicas, los participantes en el proceso de
desarrollo de normas de la NFPA consideren la información actual y disponible sobre incidentes, materiales,
tecnologías, innovaciones y métodos a medida que estos se desarrollen con el tiempo y que las normas de la
NFPA reflejen esta consideración. . Por lo tanto, cualquier edición anterior de este documento ya no representa la
Norma NFPA actual sobre el tema tratado. NFPA alienta el uso de la edición más reciente de cualquier estándar de
NFPA [tal como puede ser enmendado por TIA(s) o Errata] para aprovechar la experiencia y el conocimiento actuales.
Una norma oficial de la NFPA en cualquier momento consiste en la edición actual del documento, incluidos los TIA
emitidos y las erratas vigentes en ese momento.
Para determinar si una norma de la NFPA se modificó mediante la emisión de TIA o se corrigió mediante
erratas, visite la sección "Códigos y normas" en www.nfpa.org.
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AVISOS IMPORTANTES Y EXENCIONES DE RESPONSABILIDAD ADICIONALES CON RESPECTO A LAS NORMAS NFPA®
Para determinar si una norma de la NFPA se modificó mediante la emisión de TIA o se corrigió mediante erratas, visite la sección "Códigos y normas" en
www.nfpa.org.
patentes
La NFPA no toma ninguna posición con respecto a la validez de los derechos de patente a los que se hace referencia, se relacionan o se afirman en
conexión con una norma NFPA. Los usuarios de las normas NFPA son los únicos responsables de determinar la validez de dichos derechos de patente, así como el
riesgo de infracción de dichos derechos, y la NFPA se exime de responsabilidad por la infracción de cualquier patente que resulte del uso o la confianza sobre Normas
NFPA.
NFPA se adhiere a la política del American National Standards Institute (ANSI) con respecto a la inclusión de patentes en
American National Standards ("la Política de patentes de ANSI"), y por la presente proporciona el siguiente aviso de conformidad con esa política:
AVISO: Se llama la atención del usuario sobre la posibilidad de que el cumplimiento de una Norma NFPA requiera el uso de una invención cubierta por
derechos de patente. La NFPA no toma posición en cuanto a la validez de tales derechos de patente o si dichos derechos de patente constituyen o incluyen
reclamos de patentes esenciales bajo la Política de Patentes de ANSI. Si, en relación con la Política de patentes de ANSI, el titular de una patente ha presentado una
declaración de voluntad de otorgar licencias en virtud de estos derechos en términos y condiciones razonables y no discriminatorios a los solicitantes que deseen obtener
dicha licencia, se pueden obtener copias de dichas declaraciones presentadas. previa solicitud, de NFPA. Para obtener más información, comuníquese con la NFPA en
la dirección que se indica a continuación.
Ley y Reglamento
Los usuarios de las normas NFPA deben consultar las leyes y reglamentaciones federales, estatales y locales aplicables. La NFPA, mediante la publicación de
sus códigos, estándares, prácticas recomendadas y guías, no tiene la intención de instar a una acción que no cumpla con las leyes aplicables, y estos documentos no
pueden interpretarse como tal.
Derechos de
autor Las normas de la NFPA tienen derechos de autor. Están disponibles para una amplia variedad de usos públicos y privados. Estos incluyen tanto el uso, por
referencia, en leyes y reglamentos, como el uso en la autorregulación privada, la estandarización y la promoción de prácticas y métodos seguros. Al hacer que estos
documentos estén disponibles para su uso y adopción por parte de las autoridades públicas y los usuarios privados, la NFPA no renuncia a ningún derecho de autor
sobre estos documentos.
El uso de las normas de la NFPA con fines normativos debe lograrse mediante la adopción por referencia. El término “adopción por referencia” se refiere
únicamente a la cita del título, la edición y la información de publicación. Todas las supresiones, adiciones y cambios deseados por la autoridad de adopción
deben anotarse por separado en el instrumento de adopción. Para ayudar a la NFPA a seguir los usos que se hacen de sus documentos, se solicita a las autoridades
de adopción que notifiquen a la NFPA (Atención: Secretario, Consejo de Normas) por escrito sobre dicho uso. Para asistencia técnica y preguntas relacionadas con
la adopción de las normas NFPA, comuníquese con la NFPA en la dirección que se indica a continuación.
Para obtener más información acerca de NFPA, visite el sitio web de NFPA en www.nfpa.org. Todos los códigos y estándares de NFPA se pueden ver sin costo en
www.nfpa.org/docinfo.
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2400 -1
Copyright © 2018 Asociación Nacional de Protección contra Incendios® . Reservados todos los derechos.
NFPA® 2400
Estándar para
Edición 2019
Esta edición de NFPA 2400, Norma para sistemas de aeronaves no tripuladas pequeñas (sUAS) utilizadas para operaciones de
seguridad pública, fue preparada por el Comité técnico sobre sistemas de aeronaves no tripuladas y publicada por el Comité de correlación
sobre calificaciones profesionales. Fue emitido por el Consejo de Normas el 5 de noviembre de 201 8 , con fecha de vigencia del 25 de
noviembre de 201 8 .
Esta edición de NFPA 2400 fue aprobada como norma nacional estadounidense el 25 de noviembre de 2018.
NFPA 2400, Norma para sistemas de aeronaves pequeñas no tripuladas (sUAS) utilizadas para operaciones de seguridad pública, 2019
edición, es el primer estándar NFPA que respalda la integración de sUAS en la comunidad de seguridad pública.
La creación del Comité Técnico sobre Sistemas de Aeronaves No Tripuladas (UAS), el comité responsable de NFPA 2400, fue
aprobada en la reunión del Consejo de Normas del 3 al 5 de agosto de 2016. Se encargó de desarrollar un estándar para la implementación,
despliegue y operación de UAS en la comunidad de seguridad pública, incluida la creación de las calificaciones profesionales necesarias
para las operaciones de seguridad pública. El comité incluye representantes de una variedad de departamentos de seguridad pública que
se ocupan de los UAS, incluido el servicio de bomberos, la policía y los servicios médicos de emergencia.
NFPA 2400 es un estándar integral que proporciona una base para la integración de sUAS en el
comunidad de seguridad pública. Basado en una clara necesidad de las partes interesadas, el proyecto se aceleró y el comité produjo
un estándar de calidad en aproximadamente 2¼ años, completando cada etapa del proceso de desarrollo de estándares de NFPA.
Originalmente, el proyecto abarcaba todo tipo de sistemas de aeronaves no tripuladas, sin embargo, debido a que los sUAS constituyen
la necesidad de seguridad pública más apremiante, el comité optó por centrarse en ellos, tal como los define la FAA, para esta primera
edición.
NFPA 2400 divide la integración de sUAS en tres elementos principales dentro de tres capítulos centrales.
El Capítulo 4, Despliegue organizacional y consideraciones para sUAS, proporciona los requisitos sobre el desarrollo del programa,
la evaluación del programa, el despliegue, las operaciones generales y las operaciones de aeronaves múltiples. Un elemento clave del
Capítulo 4 es la identificación de la necesidad de una evaluación de riesgos y la consideración de los objetivos de la misión. El Capítulo
5, Calificaciones profesionales para el personal de seguridad pública de sUAS, identifca los requisitos mínimos de desempeño laboral
(JPR) que un piloto al mando remoto (RPIC) y un observador visual deben realizar. En esencia, cubre tareas laborales esenciales que
pueden evaluarse y probarse. Finalmente, el Capítulo 6, Mantenimiento de sUAS, proporciona requisitos destinados a identificar las
necesidades de mantenimiento dentro de un programa sUAS. Estipula la necesidad de procedimientos básicos de mantenimiento que
identifiquen elementos como el mantenimiento de registros, la limpieza y la descontaminación.
Combinados, estos tres capítulos forman el núcleo de NFPA 2400 y proporcionan una hoja de ruta para que los departamentos de
seguridad pública comiencen a desarrollar e integrar sUAS en las operaciones de respuesta a incidentes.
NFPA 2400 es la base a partir de la cual los departamentos de seguridad pública pueden desarrollar programas sUAS y pueden hacerlo
basándose en el conocimiento más actual de la industria y con el respaldo de un estándar acreditado por ANSI.
NFPA y la Asociación Nacional de Protección contra Incendios son marcas registradas de la Asociación Nacional de Protección contra Incendios, Quincy, Massachusetts 021 69.
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2400-2 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
Brian R. Brauer, Instituto del Servicio de Bomberos de la Universidad de Illinois, IL [E] R. Kirk Hankins, Fire Consulting & Case Review International, Inc. , MES [U]
representante Junta Nacional de Cualificaciones Profesionales del Servicio de Bomberos
Gregg A. Cleveland, Departamento de Bomberos de La Crosse, WI [U] representante Asociación Internacional de Investigadores de Incendios Premeditados, Inc.
representante Sección de Bomberos de la NFPA Richard A. Mason, Fundación Nacional de Bomberos Caídos, NH [SE]
Gordon Descutner, Consejo de Normas contra Incendios del DPS de Alaska, AK [E]
representante Consejo de Normas contra Incendios Bill Slosson, Patrulla del Estado de Washington, WA [E]
de Alaska Angus Maclean Duff, Distrito de Bomberos Consolidado 2, KS [U] Felipe C. Stittleburg, Departamento de Bomberos de La Farge, WI [L]
Richard A. Dunn, SC Asociación de Bomberos del Estado, SC [E] representante Consejo Nacional de Bomberos
Richard T. Dunton, Departamentos de Bomberos Unificados/Rochester/Milton, NH [E] Voluntarios Christopher A. Toten, EE. UU. Cuerpo de Marines, TX [E]
Alec Feldman, Fulcrum Consultants, Irlanda [SE] Tracie M. Young-Brungard, Pensilvania Oficina del Comisionado de Bomberos del Estado, PA
representante JOIFF-Organización Internacional para el Manejo de Riesgos Industriales [E]
Douglas P. Forsman, Departamento de Bomberos de Fairfe ld Bay, AR [L] representante Congreso Internacional de Acreditación del Servicio de Bomberos
Scott M. Gorgon, Departamento de Bomberos de North Las Vegas, NV [L] Dalan Lee Zartman, métodos de rescate, OH [U]
representante Asociación Internacional de Bomberos Alex Zielinski, Servicios de Capacitación en Seguridad, IN [SE]
suplentes
Thomas W. Aurnhammer, Distrito de Bomberos de Los Pinos, CO [U] Frederick W. Piechota, Jr., Junta Nacional de Cualificaciones Profesionales del
(Suplente a R. Kirk Hankins) Servicio de Bomberos, MA [E]
Wayne Bailey, Comisión de Bomberos y Rescate de Carolina del Norte, NC [E] (Suplente de Brian R. Brauer)
Stephen P. Austin, Asociación de Bomberos Voluntarios del Valle de Cumberland, DE Robert J. James, UL LLC, IL [ ]
[L] representante TC sobre incendios en edificios y seguridad humana D irector Cualificaciones
representante TC sobre calificaciones profesionales de gestión de incidentes de control de profesionales Randy J. Krause, Departamento de Bomberos del Puerto de Seattle, WA [E]
tráfico Alan W. Conkle, Asociación de Técnicos de Vehículos de Emergencia de Ohio (OAEVT),
Edward M. Hawthorne, Shell Oil Company, TX [U] representante TC sobre calificaciones profesionales de jefe de bomberos
representante TC sobre Cualificaciones Profesionales de Brigadas de Bomberos Industriales
George A. Wendt, Travellers Insurance Company, NJ [I]
Orlando P. Hernandez, Texas D ivision of Emergency Management, TX [E] representante Cualificaciones profesionales de TC on Fire Investigator
201 9 Ed ión
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Esta lista representa la membresía en el momento en que el Comité votó sobre el texto final de esta edición.
Desde ese momento, pueden haber ocurrido cambios en la membresía. Una clave para las clasificaciones se encuentra en la
parte posterior del documento.
Alcance del Comité: Este Comité tendrá la responsabilidad principal de la gestión del Proyecto de
Cualificaciones Profesionales de la NFPA y los documentos relacionados con las cualificaciones
profesionales para el servicio libre, la seguridad pública y el personal relacionado.
201 9 Ed ión
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2400-4 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
Michael Baltrotsky, Servicio de Bomberos y Rescate del Condado de Montgomery, MD [U] John Michael Looney, Ingeniería JML, MA [U]
Richard Michael Lusk, Laboratorio Nacional de Oak Ridge, TN [RT]
Brian R. Brauer, Instituto del Servicio de Bomberos de la Universidad de Illinois, IL [SE] David Martel, Departamento de Policía Metropolitana de Las Vegas, NV [U]
John James Cefalu, LN Curtis & Sons, WA [como primario] Mike Miles, EE. UU. Administración de Servicios Generales, DC [E]
Kai-Dee Chu, Departamento de Seguridad Nacional, DC [E] representante A NOSOTROS. Administración de Servicios
Robby Cordobes, Departamento de Bomberos de Los Ángeles, CA [L] Generales Michael A. Mocerino, WS Darley & Company, IL [M]
representante Asociación de Bomberos del Estado de Robin Murphy, Universidad de Texas A & M, TX [SE]
California Adam Dershowitz, Exponent, NY [SE] Matt Nestor, Distrito Escolar Unificado de Los Ángeles (LAUSD), CA [U]
Chris Dibona, Servicio de ambulancias de Brewster, MA [U] Adam Norton, UMASS Lowe ll, MA [RT]
Darshan D ivakaran, Departamento de Transporte de Carolina del Norte, Carolina del Norte [E] Michael O 'Shea, Departamento de Justicia de EE. UU., DC [E]
Ritesh Ghimire, FAA, DC [ES] Eddie Reyes, Fundación de la Policía, DC [U]
Darren Goodbar, Colegio Comunitario de Piedmont Virginia, VA [SE] Noah Ryder, Alianza contra incendios y riesgos, MD [SE]
Tim Henderson, LN Curtis & Sons, CA [como primario] Christopher Wayne Sadler, Bomberos y seguridad humana del condado de York, VA [U]
Robert W. Hill, ciudad de Stillwater, OK [M]
representante Asociación Internacional de Capacitación del Servicio representante Asociación Internacional de Jefes de Bomberos
de Bomberos George C . Hough, FDNY, NY [U] Peter M. Schecter, Oakland Park, Florida [SE]
representante Departamento de Bomberos Ciudad de Daniel Schwarzbach, ALEA (Asociación para el Cumplimiento de la Ley
Nueva York John Hudgins, Departamento de Bomberos de Boeing, WA [U] Aerotransportada), MD [M]
David Ison, Universidad Aeronáutica Embry-Riddle - en todo el mundo, OR [SE] Donald Shinnamon, Sr., Aeryon Labs, Florida [M]
Matt Sloane, Skyfre Consulting, Georgia [M]
Adam Jacoff, Instituto Nacional de Estándares y Tecnología (NIST), MD [RT] Kevin D. Westwood, BP Internacional, Reino Unido [SE]
Doug Wiedman, alguacil del condado de Sacramento, CA [E]
James Allan Kidd, Universidad Estatal de Oklahoma, OK [SE]
Kevin Kimmel, Clark Nexsen, Virginia [U]
suplentes
Ivanna Almanzar, Ingeniería JML, MA [U] Matthew Kenney, Donan Engineering, KY [como primario]
(Alt. a John Michae l Looney) (Alterno votante)
Wayne Bailey, Comisión de Bomberos y Rescate de Carolina del Norte, NC [SE] Coitt Kessler, Departamento de Bomberos de Austin, TX [L]
(Suplente de Peter M. Schecter) (Alterno votante)
Timothy P. Butters, VA Departamento de Manejo de Emergencias, VA [E] Benjamin Kroll, Consultoría SkyFire, GA [M]
(Alternativo a Matt Sloane)
(Alterno votante) Michael Leo, FDNY, Nueva York [U]
Brian Carlson, Universidad de Cincinnati, OH [SE] (Suplente a George C. Hough)
(Alterno votante) Philip Mattson, Departamento de Seguridad Nacional, DC [E]
Matthew Darley, WS Darley & Company, Illinois [M] (Alternativo a Kai-Dee Chu)
(Alt. a Michae l A. Mocerino) Kamel Saidi, Instituto Nacional de Estándares y Tecnología (NIST), MD [RT]
Romeo Durscher, DJI, CA [M]
(Alterno votante) (Alternativo a Adam Jacoff)
Tim Henderson, LN Curtis & Sons, CA [ MI]
(Suplente de John James Cefalu)
Esta lista representa la membresía en el momento en que el Comité votó sobre el texto final de esta edición.
Desde ese momento, pueden haber ocurrido cambios en la membresía. Una clave para las clasificaciones se encuentra en la
parte posterior del documento.
Alcance del Comité: Este Comité tendrá la responsabilidad principal de los documentos relacionados con la operación,
despliegue e implementación de Sistemas de Aeronaves No Tripuladas (UAS) por parte de entidades de seguridad pública y
funcionarios de seguridad pública. Esto incluye todos los documentos que establecen protocolos operativos para quienes
utilizan y respaldan los servicios de UAS y las calificaciones profesionales de los operadores.
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CONTENIDO 2400-5
Contenido
1 .5 Cumplimiento. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .2400–
... 6 5 . 1 2400–administración
10 ................................................
General. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2400– 7
2 .2 Publicaciones de la NFPA . (Reservado) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2400– 7 Capítulo 6 Mantenimiento de sUAS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2400– 1 3
Entidad. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2400– 9
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2400-6 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
NFPA 2400 1 .1 .3 Esta norma deberá incluir los requisitos mínimos para el mantenimiento
de los sUAS cuando sean utilizados por entidades de seguridad pública .
Estándar para
1 .1 .4 Esta norma deberá proporcionar requisitos mínimos adicionales
específicos para las entidades de seguridad pública .
Sistemas de aeronaves pequeñas no tripuladas (sUAS)
1 .2 Finalidad. Esta norma deberá especificar los criterios mínimos necesarios
Utilizado para operaciones de seguridad pública
para respaldar operaciones seguras, efectivas y eficientes de sUAS cuando
sean utilizadas por entidades de seguridad pública.
Edición 2019
1 .3 Solicitud. Esta norma se aplicará a todas las entidades de seguridad
pública que operen sUAS.
NOTA IMPORTANTE: Este documento de la NFPA está disponible para su
uso sujeto a avisos importantes y renuncias legales. Estos avisos y descargos 1 .3.1 Esta norma se aplicará a las entidades no públicas que realicen
de responsabilidad aparecen en todas las publicaciones que contienen este operaciones de sUAS para la seguridad pública.
documento y se pueden encontrar bajo el título “Avisos y descargos de
responsabilidad importantes sobre las normas de la NFPA”. También pueden 1 .3.2* Esta norma se aplicará a los sUAS que pesen menos de 55 lb (25 kg) .
consultarse en www.nfpa.org/disclaimers u obtenerse a pedido de la NFPA.
ACTUALIZACIONES, ALERTAS Y EDICIONES FUTURAS: Las nuevas 1 .4 Equivalencia. Nada en esta norma pretende impedir el uso de sistemas,
ediciones de los códigos, estándares, prácticas recomendadas y guías de la métodos, dispositivos o tecnología de calidad, eficacia y rendimiento
NFPA (es decir, los estándares de la NFPA) se publican en ciclos de revisión equivalentes o superiores a los prescritos por esta norma.
programados. Esta edición puede ser reemplazada por una posterior, o puede
ser enmendada fuera de su ciclo de revisión programado a través de la
emisión de Enmiendas Interinas Tentativas (TIA) . Una norma oficial de la 1 .4.1 La documentación técnica deberá presentarse a la autoridad competente
NFPA en cualquier momento consta de la edición actual del documento, junto para demostrar la equivalencia.
con todos los TIA y erratas vigentes. Para verificar que este documento es la
1 .4.2 La autoridad competente deberá aprobar el sistema, método, dispositivo
edición actual o para determinar si ha sido enmendado por TIA o Errata,
o aeronave para el fin previsto.
consulte el Servicio de suscripción de National Fire Codes® o la "Lista de
códigos y estándares de NFPA" en www.nfpa.org/docinfo.
Además de TIA y Errata, las páginas de información del documento también 1 .5* Cumplimiento. Esta norma será administrada y aplicada por la autoridad
incluyen la opción de registrarse para recibir alertas de documentos competente.
individuales y participar en el desarrollo de la próxima edición.
AVISO: Un asterisco (*) después del número o letra que designa un 1 .6 Información Administrativa Adicional. Esta norma se dividirá en función
párrafo indica que el material explicativo sobre el párrafo se puede encontrar de los diferentes tipos de requisitos mínimos para los sUAS cuando los
en el Anexo A. utilicen las entidades de seguridad pública.
Una referencia entre corchetes [ ] después de una sección o párrafo indica 1 .6.1 El Capítulo 4 incluirá los requisitos mínimos relacionados con la
material que ha sido extraído de otro documento de la NFPA. Como ayuda organización , despliegue y selección de sUAS cuando se utilicen para
para el usuario, el título completo y la edición de los documentos fuente para operaciones de apoyo a entidades de seguridad pública .
los extractos en las secciones obligatorias del documento se proporcionan en
el Capítulo 2 y los de los extractos en las secciones informativas se 1 .6.2 El Capítulo 5 deberá identificar los JPR mínimos para piloto al mando
proporcionan en el Anexo E. El texto extraído se puede editar para lograr a distancia (RPIC) y observador visual para sUAS cuando lo utilice personal
consistencia y estilo y puede incluir la revisión de referencias de párrafos de seguridad pública.
internos y otras referencias, según corresponda. Las solicitudes de
1 .6 .3 El Capítulo 6 incluirá los requisitos mínimos para el mantenimiento de
interpretación o revisión del texto extraído se enviarán al comité técnico
los sUAS cuando se utilicen para operaciones de seguridad pública .
responsable del documento fuente.
1 .6 .4 Los Capítulos 4, 5 y 6 deberán contener las siguientes secciones
La información sobre las publicaciones de referencia se puede encontrar administrativas en relación con el tipo de requisitos aplicables: (1 ) Capítulo(s)
en el Capítulo 2 y el Anexo E. alcance (2) Capítulo(s) propósito (3 ) Aplicación del capítulo(s) (4) Definiciones
del capítulo(s) 1 .6.5 Las definiciones que se encuentran en los Capítulos 4,
Capítulo 1 Administración 5 y 6 deben repetirse en el Capítulo 3 de acuerdo con el Manual de Estilo
para Documentos del Comité Técnico de la NFPA.
1 .1 Alcance. Esta norma deberá cubrir los requisitos mínimos relacionados
con la operación, despliegue e implementación de sistemas de aeronaves
pequeñas no tripuladas (sUAS) para operaciones de seguridad pública.
201 9 Ed ión
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DEFINICIONES 2400-7
2.3.1 Publicaciones del gobierno de EE. UU. A NOSOTROS. Oficina de 3 .3 .3 Área de operaciones designada. El área operativa o ubicación que define el
publicaciones del gobierno, 732 North Capitol Street, NW, Washington, DC volumen del espacio aéreo para incluir la altitud sobre el nivel del suelo (AGL) o el
20401-0001. nivel medio del mar (MSL), y el perímetro operativo geográfico definido para una
misión de seguridad pública dada.
Título 1 4, Código de Regulaciones Federales, Parte 1 07, “Sistemas de
aeronaves pequeñas no tripuladas”, 201 6.
3 .3 .4 Evidencia de medios digitales (DME) . La grabación digital de imágenes,
FEMA — Glosario de ICS, Capacitación del sistema de comando de incidentes,
sonidos y datos asociados con valor probatorio almacenados o transmitidos en
2008 .
forma binaria.
2 .3 .2 Otras Publicaciones.
3.3.5 Sistema de Comando de Incidentes (ICS) . Una construcción estandarizada
Diccionario colegiado de Merriam-Webster, 11ª edición, Merriam Webster, Inc., de gestión de emergencias en la escena diseñada específcamente para
Springfield, MA, 2003. proporcionar la adopción de una estructura organizativa integrada que refleja la
complejidad y las demandas de uno o varios incidentes, sin verse obstaculizada
2.4 Referencias para Extractos en Secciones Obligatorias. (Reservado) por los límites jurisdiccionales. ICS es la combinación de instalaciones, equipos,
personal, procedimientos y comunicaciones que operan dentro de una estructura
organizativa común, diseñada para ayudar en la gestión de recursos durante
Capítulo 3 Definiciones
incidentes. Se utiliza para todo tipo de emergencias y es aplicable tanto a incidentes
pequeños como grandes y complejos. ICS es utilizado por varias jurisdicciones y
3.1 Generalidades. Las definiciones contenidas en este capítulo se aplicarán a los
agencias funcionales, tanto públicas como privadas, para organizar operaciones
términos utilizados en esta norma. Cuando los términos no estén definidos en este
de gestión de incidentes a nivel de campo. [FEMA — Glosario del SCI, 2008]
capítulo o en otro capítulo, se definirán usando los significados comúnmente
aceptados dentro del contexto en el que se usan. Merriam-Webster's Collegiate
Dictionary, 11ª edición, será la fuente del significado comúnmente aceptado.
201 9 Ed ión
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2400-8 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
3.3.1 3 Recursos. El equipo, el personal y las instalaciones requeridas para 4.1 .3 Solicitud. Este capítulo se aplicará a todos los elementos de sUAS
las operaciones del sUAS proporcionadas por el departamento de seguridad cuando sean utilizados por entidades de seguridad pública, como los criterios
pública. (PQU) del programa sUAS, los objetivos y metas de la misión sUAS, la selección de
sUAS, los conceptos de operaciones (ConOps) y las aplicaciones operativas.
3.3.1 4 Evaluación de riesgos. La evaluación del peligro relativo de las
operaciones de sUAS teniendo en cuenta los objetivos y metas de la misión,
sUAS, cualificaciones profesionales del RPIC y del observador visual, 4.1 .4 Definiciones.
preparación operativa de la tripulación, condiciones meteorológicas,
4.1 .4.1 Área de operaciones designada (DOA) . El área operativa o ubicación
condiciones ambientales, requisitos reglamentarios, peligros potenciales, y
que define el volumen del espacio aéreo para incluir la altitud sobre el nivel
condiciones de operación.
del suelo (AGL) o el nivel medio del mar (MSL), y el perímetro operativo
(PQU)
geográfico definido para una misión de seguridad pública determinada.
3.3.1 5 Aeronaves pequeñas no tripuladas. Una aeronave no tripulada que
pese menos de 55 lb (25 kg), incluido todo lo que se encuentra a bordo de la
4.1 .4.2* Evidencia de medios digitales (DME) . La grabación digital de
aeronave. [ 1 4 CFR Parte 1 07, 201 6]
imágenes, sonidos y datos asociados con valor probatorio almacenados o
3.3.1 6 Sistemas de aeronaves pequeñas no tripuladas (sUAS) . Una aeronave transmitidos en forma binaria.
pequeña no tripulada y sus elementos asociados (incluidos los enlaces de
4.1 .4.3 Comandante del incidente (IC) . La persona responsable de todas las
comunicación y los componentes que controlan la aeronave pequeña no
actividades del incidente, incluido el desarrollo de estrategias y tácticas y el
tripulada) que se requieren para la operación segura y eficiente de la aeronave
pedido y la liberación de recursos.
pequeña no tripulada en el sistema del espacio aéreo nacional. [ 1 4 CFR
El CI tiene la autoridad y la responsabilidad generales de realizar las
Parte 1 07, 201 6] 3.3 .1 7 Operaciones sUAS. El uso de cualquier sUAS con
operaciones del incidente y es responsable de la gestión de todas las
el fin de proteger la vida, la propiedad o el medio ambiente o cualquier operaciones del incidente en el lugar del incidente. [FEMA — Glosario ICS,
combinación de estos. 3.3.1 8 Programa sUAS. Los elementos (administrativos, 2008]
operativos, habilitaciones y adiestramiento, seguridad y mantenimiento) que
4.1 .4.4 Sistema de Comando de Incidentes (ICS) . Una construcción
se requieren dentro de la estructura de una entidad de seguridad pública para estandarizada de gestión de emergencias en la escena diseñada
apoyar operaciones de sUAS que sean seguras, efcientes y factibles. específcamente para proporcionar la adopción de una estructura organizativa
integrada que refleja la complejidad y las demandas de uno o varios incidentes,
sin verse obstaculizada por los límites jurisdiccionales. ICS es la combinación
de instalaciones, equipos, personal, procedimientos y comunicaciones que
operan dentro de una estructura organizativa común, diseñada para ayudar
3.3 .1 9 Ciclo de Vida Sostenible. Una determinación hecha por una entidad
en la gestión de recursos durante incidentes. Se utiliza para todo tipo de
de seguridad pública en relación con la capacidad del fabricante de sUAS, el
emergencias y es aplicable tanto a incidentes pequeños como grandes y
proveedor del sistema o ambos para suministrar piezas de repuesto,
complejos. ICS es utilizado por varias jurisdicciones y agencias funcionales,
mantenimiento crítico, actualizaciones del sistema, mejoras y otros
tanto públicas como privadas, para organizar operaciones de gestión de
componentes aplicables críticos para garantizar las operaciones continuas de
incidentes a nivel de campo. [FEMA — Glosario del SCI, 2008]
sUAS.
4.1 .1 Alcance. El capítulo deberá identificar los requisitos mínimos relacionados 4.1 .4.8 Aeronaves pequeñas no tripuladas. Aeronave pequeña no tripulada
con la organización, despliegue y selección de sUAS cuando se utilicen para significa una aeronave no tripulada que pesa menos de 55 lb (25 kg), incluido
operaciones de apoyo a entidades de seguridad pública (ver 1.6.1). todo lo que está a bordo de la aeronave. [ 1 4 CFR Parte 1 07, 201 6]
4.1 .2 Propósito. El propósito de este capítulo será proporcionar los requisitos 4.1 .4.9 Sistemas de aeronaves pequeñas no tripuladas (sUAS) . Sistema de
mínimos que aborden los criterios que una entidad de seguridad pública debe aeronave no tripulada pequeña (sUAS) significa una aeronave no tripulada
considerar para las operaciones de sUAS. pequeña y sus elementos asociados (incluidos los enlaces de comunicación y
los componentes que controlan la aeronave no tripulada pequeña) que se
requieren para la operación segura y eficiente.
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de las aeronaves pequeñas no tripuladas en el sistema del espacio aéreo nacional. 4.3.7 Las entidades de seguridad pública deberán tener una política que restrinja
[ 1 4 CFR Parte 1 07, 201 6] la recolección de datos a lo necesario para cumplir con la operación del sUAS. 4.4
Objetivos y metas de la misión del sUAS — Evaluación de las necesidades
4.1 .4.1 0 Operaciones sUAS. El uso de cualquier sUAS con el fin de proteger la
vida, la propiedad, el medio ambiente o cualquiera o todos los anteriores. 4.1 .4.1 operativas.
1 Programa sUAS. Los elementos (administrativos, operativos, habilitaciones y
capacitación, seguridad y mantenimiento) que se requieren dentro de la estructura 4.4.1 El despliegue de operaciones sUAS se considerará un segmento adicional
de una entidad de seguridad pública para apoyar operaciones de sUAS que sean de una operación o una operación propia.
seguras, efcientes y factibles.
4.6 .1 .4 Previo a las operaciones del sUAS, el RPIC deberá desarrollar mitigaciones
mento para reducir los riesgos identifcados.
4.3.3 La decisión de desarrollar un programa sUAS se evaluará con base en lo 4.6 .1 .5 El RPIC deberá verificar que las mitigaciones no creen nuevos peligros
siguiente: (1) Objetivos de la misión (2) Condiciones ambientales (3) Recursos (4) para la operación . 4.6 .1 .6* Las operaciones de sUAS deberán cumplir con todos
Análisis de costo-beneficio 4.3.4 Las entidades de seguridad pública deberán los requisitos reglamentarios según lo determine la autoridad competente en
establecer una política que aborda los datos capturados por el sUAS. función del tipo de operación. 4.6.1 .7 Las operaciones de sUAS solo se realizarán
para misiones autorizadas de acuerdo con las políticas y procedimientos de las
4.3.5 Las entidades de seguridad pública deberán manejar los datos recopilados
por el sUAS con fines probatorios de acuerdo con los requisitos reglamentarios
determinados por la AHJ y las políticas que rigen el DME.
4.3 .6 Las entidades de seguridad pública deberán manejar los datos recopilados
4.6.1 .1 0 El despliegue de operaciones de sUAS deberá incluir el establecimiento
por el sUAS que no tengan valor probatorio de acuerdo con los requisitos
de zonas de despegue, aterrizaje y lanzamiento para permitir operaciones seguras .
reglamentarios según lo determine la AHJ.
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2400-1 0 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
4.6 .1 .1 1 * Los sUAS contaminados deberán ser descontaminados de acuerdo con 4.7.4* Operaciones de Servicios Médicos de Emergencia (EMS).
las políticas y procedimientos establecidos por la entidad de seguridad pública.
4.7.4.1 Las entidades de seguridad pública que utilicen sUAS en intervenciones
médicas de emergencia deberán identificar qué funciones asociadas con la intervención
4.6.2 Operaciones con Múltiples Aeronaves. de EMS son compatibles con las operaciones de sUAS.
4.6.2.1 Un Coordinador de UAS deberá supervisar múltiples RPIC durante operaciones 4.7.4.2 Los proveedores de EMS deben asegurarse de que todos los sUAS utilizados
activas de múltiples aeronaves. en la intervención médica de emergencia estén de acuerdo con la autoridad de control
médico local.
4.6.2.2 La entidad de seguridad pública deberá realizar y documentar varios
entrenamientos de sUAS en un sitio de entrenamiento específico que permanecerá 4.7.4.3* Las entidades de seguridad pública deberán cumplir con las normas de
bien despejado de áreas de vivienda, caminos, personas y embarcaciones. privacidad de los pacientes en relación con los datos capturados durante las
operaciones del sUAS.
4.6 .2 .3 Cada aeronave y estación de control en tierra (GCS) deberá tener marcas 4.7.5* Operaciones de aplicación de la ley.
visibles para identificar individualmente la aeronave como un medio para distinguir la
4.7.5.1 Las entidades de seguridad pública que utilizan sUAS para aplicaciones de
aeronave y el GCS entre otros en la escena del incidente .
cumplimiento de la ley deben identificar qué tácticas y funciones asociadas con el
cumplimiento de la ley son compatibles con las operaciones de sUAS.
4.6.2.4 Se utilizarán luces de un color individual para identificar la aeronave individual
4.7.5.2 Los organismos encargados de hacer cumplir la ley deberán tener políticas
controlada por los RPIC y observada por el observador visual.
escritas que cumplan estrictamente con las leyes y estatutos existentes para garantizar
que las operaciones de sUAS se realicen de manera legal.
4.6 .2 .5 Las luces de un color individual utilizadas para operaciones diurnas o
4.7 .6* Otras Aplicaciones Operacionales. Las entidades de seguridad pública que
nocturnas deben estar diseñadas para ser visibles desde una distancia no menor de 3
realizan operaciones sUAS para otros servicios auxiliares de seguridad pública
millas terrestres (4,8 km) por la noche.
identificarán qué funciones son compatibles con las operaciones sUAS.
4.6.2.6 Se utilizará un RPIC y un observador visual separados para cada aeronave
que opere en la DOA.
4.6.2.7 Se deberá establecer un protocolo para minimizar el riesgo de un conflicto en Capítulo 5 Cualificaciones profesionales para la seguridad pública del sUAS
combate entre múltiples aeronaves durante todo lo siguiente: (1) Lanzamiento (2) Personal
Vuelo y recuperación (3) Evento de pérdida de enlace de comunicación (4) Pérdida de
5.1 Administración.
GPS señal 4.6.2.8 El coordinador de UAS deberá realizar una sesión informativa
previa a la misión con todos los RPIC y observadores visuales. 5.1 .1 Alcance. Este capítulo deberá identificar los JPR mínimos para RPIC y
observador visual para sUAS cuando lo utilice personal de seguridad pública (ver
1.6.2).
del espacio aéreo (2) Altitudes a volar (3) Descripción general de la misión, 5 .1 .2 .1 Este capítulo deberá definir RPIC y posiciones de observador visual para
incluidos los procedimientos de traspaso (4) Frecuencias a utilizar (5) Tiempo de entidades de seguridad pública .
vuelo, incluido el combustible de reserva l o la batería requieren -
5 .1 .2 .2 La intención de este capítulo debe ser garantizar que las personas que
actúan como RPIC y observadores visuales en las operaciones de sUAS por parte de
las entidades de seguridad pública estén calificadas para hacerlo .
mentos
(6) Procedimientos de contingencia, incluyendo enlace perdido, desvío y terminación 5.1.2.3 Este capítulo no abordará la responsabilidad de organización o gestión.
de combate (7) Riesgos exclusivos del combate que se está realizando (8)
Protocolo para prevenir conflictos durante el combate 4.7 Aplicaciones operativas.
5.1 .2.4 No será la intención de este capítulo restringir que ninguna jurisdicción exceda
o combine estos requisitos mínimos .
4.7.1 * Extinción de Incendios. Las entidades de seguridad pública que utilizan sUAS 5 .1 .2 .5 Los JPR para cada nivel y puesto son las tareas que el personal debe poder
para aplicaciones de combate de carga deben identificar qué tácticas y funciones realizar para llevar a cabo las funciones del trabajo .
asociadas con el combate de carga son compatibles con las operaciones de sUAS.
5 .1 .2 .6 El personal de seguridad pública que opera o apoya las operaciones de
sUAS debe mantenerse al día con los conocimientos generales, las habilidades y los
4.7 .2* Búsqueda y Salvamento. Las entidades de seguridad pública que utilizan sUAS JPR abordados para cada nivel o puesto de calificación.
para aplicaciones de búsqueda y rescate deben identificar qué tácticas y funciones
asociadas con la búsqueda y rescate son compatibles con las operaciones de sUAS.
5.1.2.7 El personal de seguridad pública que opere o apoye las operaciones de sUAS
deberá mantenerse al día con las prácticas y normas aplicables. 5 .1 .2 .8 Los sUAS
4.7.3* Respuesta a materiales peligrosos. Las entidades de seguridad pública que se operarán dentro de las limitaciones de diseño y las especificaciones del fabricante .
utilizan sUAS en la respuesta a materiales peligrosos identificarán qué tácticas y
funciones asociadas con la respuesta a materiales peligrosos son compatibles con las
operaciones de sUAS.
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5 .1 .3 Solicitud. La aplicación de este capítulo es especificar qué requisitos dentro 5.1.4.5 Personal de Seguridad Pública. Cualquier persona involucrada en la
de la norma se aplicarán al personal específico que opera y apoya las operaciones seguridad pública que tenga la misión de proteger la vida, la propiedad o el medio
de sUAS por parte de entidades de seguridad pública. ambiente o cualquier combinación de estos. (PQU)
5.1.3.7 Los JPR que involucren exposición a productos de combustión se deben 5.2 Requisitos generales.
realizar con PPE aprobado.
5.2.1 RPIC, observadores visuales y otro personal de supervisión.
5.1.3.8 Antes de la capacitación para cumplir con los requisitos de este capítulo,
el personal deberá cumplir con los siguientes requisitos: (1) Requisitos educativos
5 .2 .1 .1 El personal de seguridad pública que participe en operaciones de sUAS
establecidos por la AHJ (2) Requisitos de edad establecidos por la AHJ (3)
deberá cumplir con todos los reglamentos requeridos por la autoridad competente .
Evaluación médica, según lo exija la autoridad ocupacional. estándares de
seguridad y salud (4) Requisitos de rendimiento físico relacionados con el trabajo
establecidos por la AHJ 5.2.1.2 El personal de seguridad pública que utilice más de una aeronave para
cualquier tipo de operación deberá contar con un coordinador de UAS.
5.2.2 RPIC.
5.1 .3.9 Siempre que en este capítulo se haga referencia a los términos reglas,
5.2.2.1 El RPIC deberá cumplir con los requisitos de desempeño laboral definidos
reglamentos, requisitos reglamentarios, políticas, procedimientos o requisitos
en la Sección 5.3.
legislativos, se entenderá que son los de la AHJ.
5.2.2.2 Los requisitos de desempeño del trabajo definidos en la Sección 5 .3 se
aplicarán a lo siguiente: (1 ) Condiciones normales para operaciones sUAS (2)
5 .1 .4 Definiciones.
Condiciones extremas o de emergencia para operaciones sUAS 5.2.3 Observador
5 .1 .4.1 Preparación de la tripulación. La disponibilidad y preparación del RPIC y
visual.
del observador visual para desplegarse en operaciones sUAS dado su conocimiento
y cumplimiento de las tareas previas al combate. (PQU)
5.1.4.2 Adquisición de datos. La recopilación de información de sUAS con el fin de 5.2.3.1 Los observadores visuales deberán cumplir con los requisitos de
cumplir con los objetivos y metas de la misión de acuerdo con el plan de la misión. desempeño del trabajo definidos en la Sección 5.4.
(PQU)
5.2.3.2 Durante el combate, los observadores visuales no desempeñarán otras
5.1.4.3 Caída de carga útil. La liberación de un artículo o paquete de sUAS con el funciones.
propósito de cumplir con los objetivos y metas de la misión de acuerdo con el plan
5.2.3.3 El observador visual debe estar capacitado antes del despliegue en tareas
de la misión. (PQU)
previas, peleas y posteriores a la pelea de acuerdo con los procedimientos
5.1.4.4 Control Positivo de Aeronaves. Mantener constantemente el control operativos de las entidades de seguridad pública.
apropiado de la aeronave, independientemente de la fase de combate o la posible
5.3 RPIC. Los deberes incluirán la realización de funciones previas al combate, durante el
distracción de otras tareas requeridas. (PQU)
combate y posteriores al combate para las operaciones de sUAS.
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2400-1 2 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
5.3.2 Vuelo.
(A) Conocimiento requerido. Conocimiento de la aeronave, los sistemas, la carga
5.3.2.1 Realizar el despegue según los requisitos reglamentarios según lo útil y los efectos de los cambios en las condiciones ambientales, el clima y los
determine la AHJ dado un sUAS específco y un estado de preparación confirmado, requisitos del espacio aéreo para el sUAS específico.
de modo que el sUAS despegue después de haber completado las verificaciones
del sistema y el combate se inicie y mantenga de manera que cumpla con los (B) Habilidades requeridas. La capacidad de operar el sUAS específco y mantener
requisitos reglamentarios . el control de manera segura durante esta fase de combate.
5.3.2.2 Mantener la línea visual dado un sUAS en combate a lo largo de una ruta (A) Conocimiento requerido. Conocimiento de aeronaves pequeñas no tripuladas,
de combate designada conforme a los requisitos reglamentarios determinados por sistemas, carga útil y los efectos de los cambios en las condiciones ambientales,
las AHJ, de modo que el sUAS se maniobre de manera que evite obstáculos y el clima y los requisitos reglamentarios para el sUAS específco.
alcance ubicaciones y altitudes específicas sin perder la línea de visión del sUAS
de acuerdo con el plan operativo de combate aprobado.
(B) Habilidades requeridas. La capacidad de operar el sUAS específco y mantener
el control de manera segura durante esta fase de combate.
(A) Conocimiento requerido. Conocimiento de los requisitos reglamentarios, las
capacidades y los controles operativos del sUAS específco.
5 .3 .3 Posterior al Vuelo.
(B) Habilidades requeridas. La capacidad de operar el sUAS específco y mantener 5 .3 .3 .1 Completar los procedimientos posteriores al combate dado un sUAS que
el control de manera segura durante esta fase de combate. ha realizado un aterrizaje exitoso, de modo que el sUAS se inspeccione visualmente
en busca de daños, se configure para transporte y almacenamiento, se confirme
que está listo para el servicio a través del mantenimiento inmediato o fuera de
5.3.2.3* Realizar maniobras aéreas con un sUAS en combate dentro de un espacio servicio por Mantenimiento Programado .
aéreo designado según los requisitos reglamentarios determinados por la AHJ, de
modo que el operador demuestre un control positivo de la aeronave de acuerdo (A) Conocimiento requerido. Conocimiento de aeronaves pequeñas no tripuladas,
con el plan de combate operativo aprobado. sistemas, carga útil, mecanismos de transporte y procedimientos de almacenamiento
para los sUAS específcos.
(A) Conocimiento requerido. Conocimiento de los requisitos reglamentarios, las (B) Habilidades requeridas. La capacidad de completar libros de registro,
capacidades y los controles operativos del sUAS específco. formularios, registros y cualquier programa digital para obtener información de las
operaciones de sUAS.
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para completar la misión se identifican como completos, incompletos o desviados del 6.2 Requisitos generales.
plan de misión designado por razones específicas.
6.2.1 Las entidades de seguridad pública que utilicen sUAS deberán establecer un
programa de mantenimiento de acuerdo con este capítulo.
(A) Conocimiento requerido. Conocimiento de los elementos y contenidos del plan de
6.2.2 El programa de mantenimiento debe documentarse y abordar todos los
misión y el impacto potencial de los cambios en las condiciones ambientales, el clima y
componentes del sistema, el personal de mantenimiento y la capacitación.
los requisitos reglamentarios en los sUAS específcos.
6.2.3 El programa deberá cumplir con las recomendaciones del fabricante del sistema,
(B) Habilidades requeridas. La capacidad de comunicar y presentar la información
si las hubiere, o la entidad de seguridad pública deberá desarrollar su propio programa.
obtenida de las operaciones de sUAS.
(B) Habilidades requeridas. La capacidad de revisar, comprender y apoyar un plan de Solo mantenimiento realizado por el fabricante 6.2.7 Informe de discrepancias.
misión.
5 .4.2 Vuelo.
5 .4.2 .1 Mantener la línea visual del sUAS dado un RPIC y un sUAS en combate a lo
largo de una ruta de combate designada conforme a los requisitos reglamentarios
determinados por la AHJ, de modo que los obstáculos se identifiquen y se comuniquen
al RPIC antes de un posible colisión y en un tiempo que permita la acción correctiva.
6.2.7.1 Los programas de mantenimiento deberán tener un procedimiento documentado
de notificación de discrepancias para el mantenimiento no programado.
6.1 Administración. 6 .2 .9 Los programas de mantenimiento deben tener una política documentada de
almacenamiento, carga, eliminación y procedimientos de emergencia de la batería de
6.1 .1 Alcance. Este capítulo identificará los requisitos mínimos para el mantenimiento
acuerdo con las recomendaciones del fabricante o las instrucciones de la agencia.
de los sUAS cuando se utilicen para operaciones de seguridad pública. (Ver 1 .6.3 . )
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2400-1 4 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
Anexo A Material explicativo El Anexo A.4.1.4.5 Entidad de Seguridad Pública. La siguiente es una lista no
exhaustiva de diferentes tipos de entidades de seguridad pública: (1) Servicio
A no forma parte de los requisitos de este documento de la NFPA, pero se
incluye únicamente con fines informativos. Este anexo contiene material de Bomberos (2) Cumplimiento de la Ley (3) Servicios Médicos de
explicativo, numerado para corresponder con los párrafos de texto aplicables. Emergencia (EMS)
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ANEXO A 2400 -1 5
(5) Evaluar las combinaciones existentes de capacidades para que los sistemas (1 0) El fabricante debe poder proporcionar lo siguiente en función del sUAS
disponibles se alineen con las misiones previstas. específco adquirido por el departamento de seguridad pública: (a) Manual
(6) Considere el valor de estos sistemas comparando los costos del sistema vs. sus de funcionamiento del sistema (b) Manual de mantenimiento o procedimientos
capacidades en relación con las "mejores en su clase" identificadas en los
de mantenimiento
datos cuantitativos. A veces es más fácil para fines de comparación pedir a
cada fabricante que cotice un sistema y los componentes relacionados que
(1 1 ) El fabricante debe proporcionar los siguientes programas estandarizados para
sumen un costo fijo (arbitrario) para comparar directamente el valor.
cualquier sUAS adquirido por el departamento de seguridad pública: (a)
Programa de capacitación para RPIC (b) Programa de mantenimiento del
(7) Especifique las capacidades de sUAS que eligió para la adquisición utilizando
todos los métodos de prueba aplicables con los criterios de aceptación sistema
relacionados, como se hace referencia a partir de los datos cuantitativos.
(8) Si es posible, realice pruebas de aceptación utilizando métodos de prueba (1 2) El fabricante debe proporcionar las siguientes listas de verificación
seleccionados de alta prioridad para garantizar que el sistema entregado estandarizadas basadas en los sUAS específcos adquiridos por el
cumpla con los criterios de aceptación. departamento de seguridad pública: (a) Antes del combate (b) Lanzamiento
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2400-1 6 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
A.4.6 .1 .6 Además de los requisitos reglamentarios según lo determine la A.4.7 .4.3 En los Estados Unidos, las reglamentaciones de privacidad del
autoridad de aviación nacional correspondiente, pueden existir paciente aplicables se conocen como la Ley de Portabilidad y
reglamentaciones adicionales a nivel operativo. Estos también pueden Responsabilidad del Seguro Médico (HIPAA) de 1 996. Proporciona
variar según el tipo de entidad de seguridad pública y el tipo de operaciones disposiciones de seguridad y privacidad de datos para salvaguardar la
sUAS proporcionadas. Por ejemplo, un departamento de bomberos que información médica. Esto cambiará según el país desde el que opere y
opere sUAS para responder a incidentes puede estar sujeto a diferentes cuáles sean las normas de privacidad del paciente aplicables.
requisitos reglamentarios que una agencia de aplicación de la ley que
opere sUAS para reconocimiento, incluso si opera en la misma ubicación.
A.4.7.5 Los usos de sUAS para la aplicación de la ley pueden incluir, entre
otros, los siguientes: (1) Investigación de la escena del crimen (2) Control
A.4.6 .1 .1 1 Las entidades de seguridad pública deben ser conscientes
de tráfico (3) Recopilación de información sobre incidentes (4) Limpieza o
de la posibilidad de que los sUAS contaminados contaminen otras áreas
mantenimiento de perímetros (5) Reconstrucciones ( 6) Ayudar a localizar
si se les permite salir de la zona cálida antes de la descontaminación o si
a la(s) víctima(s) o sospechoso(s)
el sUAS regresa a casa debido a la pérdida de enlace de comunicaciones.
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ANEXO A 2400 -1 7
Los siguientes métodos de prueba desarrollados por el Instituto Nacional de (3) Aterrizar con precisión. Este método de prueba evalúa la capacidad del
Estándares y Tecnología (NIST) se pueden aplicar al JPR para demostrar el sistema para aterrizar con precisión desde aproximaciones descendentes
dominio del RPIC al realizar maniobras aéreas: (1) Mantener la posición y rotar. verticales y descendentes de 45 grados. El sistema realiza una serie de
Este método de prueba evalúa la capacidad del sistema para mantener la aterrizajes en una plataforma medida desde un rango, altitud y cuatro
direcciones de aproximación defnidas.
posición mientras gira. El sistema realiza una serie de maniobras básicas usando
Al realizar las aproximaciones en ángulo, los objetivos empotrados se
una cámara a bordo para alinearse con cuatro objetivos empotrados
utilizan para guiar el descenso. [Ver Figura A.5.3.2.3(c). ]
circundantes en ángulo hacia adentro hacia una posición de vuelo
estacionario y una altitud definidas. [Ver Figura A.5.3.2.3(a). ]
(4) Evitar obstáculos (fgura-8s). Este método de prueba evalúa la capacidad del
sistema para maniobrar alrededor de obstáculos verticales (que se
muestran como postes amarillos) y obstáculos horizontales (que se
(2) Orbitar un punto (mover y rotar). Este método de prueba evalúa la capacidad
muestran como barras rojas). El sistema realiza una serie de trayectorias
del sistema para moverse y girar alrededor de un punto.
de fgura -8 en varias orientaciones, que incluyen morro hacia adelante,
El sistema realiza una serie de maniobras básicas usando una cámara a
morro hacia la izquierda y morro hacia la derecha. [Ver Figura A.5.3.2.3(d). ]
bordo para alinearse con los objetivos de baldes ubicados en el centro
(5) Vuele recto y nivelado. Este método de prueba evalúa la capacidad de volar
desde un radio y una altitud defnidos. Los blancos de cubeta circundantes
recto y nivelado utilizando un objetivo visual como guía. El sistema realiza
se utilizan para defnir el radio y la altitud previstos. Este método de prueba
una serie de combates hacia dichos objetivos, ya sea desde varias
puede llevarse a cabo manualmente usando maniobras discretas de
direcciones o de forma alterna entre dos objetivos, utilizando el objetivo
movimiento y rotación o automáticamente usando las funciones de órbita
de cubeta empotrado para evaluar las desviaciones de la trayectoria
del sistema. [Ver Figura A.5.3.2.3(b). ]
lineal. [Ver Figura A.5.3.2.3(e). ]
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2400-1 8 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
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ANEXO A 2400 -1 9
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2400-20 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
A.5 .3 .2 .4 El tipo de sUAS (p. ej., ala fija, cuadricóptero sin ataduras o maniobras o automáticamente utilizando funciones de órbita del
cuadricóptero con ataduras) afectará en gran medida el tipo de funciones de sistema. [Ver Figura A.5.3.2.4(b). ]
carga útil que puede realizar el RPIC. Además, las capacidades y limitaciones (3) Inspeccionar objetos. Este método de prueba evalúa la capacidad de
del producto individual pueden influir en las funciones de carga útil que puede moverse alrededor de un objeto de interés para inspeccionar detalles
demostrar un RPIC. Cualquier capacitación o plan de estudios basado en el clave desde muy cerca. El sistema realiza una serie de maniobras
JPR debe tener en cuenta estos factores. básicas utilizando una cámara integrada para alinearse con los
objetivos de la cubeta para inspeccionar objetos hacia abajo, hacia
adelante, omnidireccionales y hacia arriba. [Ver Figura A.5.3.2.4(c). ]
Los siguientes métodos de prueba desarrollados por el NIST se pueden
(4) Mapa de áreas amplias. Este método de prueba evalúa la capacidad de
aplicar al JPR para demostrar la competencia del RPIC al realizar funciones
localizar y mapear una variedad de objetos conocidos y desconocidos
de carga útil: (1) Cámaras de punto y zoom. Este método de prueba evalúa
en un área amplia. El sistema realiza su función de mapeo desde una
la capacidad de apuntar y acercar las cámaras a objetivos de agudeza visual altitud prescrita con la intención de forzar la unión extensa de
de campo cercano y lejano desde una posición de desplazamiento imágenes. Los objetivos terrestres se colocan en ubicaciones
especifcada. El sistema realiza una serie de identificaciones de conocidas a lo largo de un escenario. Los objetos de tierra incrustados
objetivos alternando entre objetivos de agudeza visual de campo están hechos de aparatos de prueba estándar utilizados en otros
cercano y de campo lejano separados por una rotación de 180 grados. métodos de prueba y elementos importantes desde el punto de vista
[Ver Figura A.5.3.2.4(a). ] operativo. [Ver Figura A.5.3.2.4(d). ]
(5) Precisión de caída. Este método de prueba evalúa la capacidad de lanzar
(2) Identificar objetos. Este método de prueba evalúa la capacidad de una carga útil con precisión desde una altitud defnida. El sistema
moverse y rotar alrededor de un objeto de interés para identificar realiza una serie de lanzamientos sobre una plataforma medida desde
características clave. El sistema realiza una serie de maniobras diferentes altitudes. Las cargas útiles pueden ser sustitutos ponderados
básicas usando una cámara a bordo para alinearse con los objetivos o artículos de entrega significativos desde el punto de vista operativo.
de baldes ubicados en el centro desde un radio y una altitud defnidos. [Ver Figura A.5.3.2.4(e). ]
Los blancos de cubeta circundantes se utilizan para defnir el radio y la
altitud previstos. Este método de prueba se puede llevar a cabo
manualmente usando un movimiento y rotación discretos.
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2400-22 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
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Anexo B Explicación de los Estándares de Cualificación Profesional y los B.2.1 .1 La tarea a realizar. El primer componente es una declaración concisa de
Conceptos de los Requisitos de Desempeño Laboral (JPR) lo que se requiere que haga la persona. Un aspecto significativo de esa frase es
el uso de un verbo de acción, que establece la expectativa de lo que se va a lograr.
Este anexo no forma parte de los requisitos de este documento de la NFPA, pero
se incluye solo con fines informativos.
B.2.1 .2 Herramientas, equipos o materiales que deben proporcionarse para
B.1 Explicación de los Estándares de Calificaciones Profesionales y Conceptos
completar con éxito la tarea. Este componente garantiza que todas las personas
de los Requisitos de Desempeño Laboral (JPR) . El beneficio principal de
que completen la tarea reciban las mismas herramientas, equipos o materiales
establecer estándares nacionales de cualificación profesional es proporcionar a
cuando se les evalúe. Tanto el individuo como el evaluador sabrán qué se
los sectores público y privado un marco de los requisitos laborales para el personal
proporcionará para que el individuo complete la tarea.
de los servicios de emergencia. Otros benefcios incluyen la mejora de la profesión,
el crecimiento y desarrollo individual y organizacional, y la estandarización de las
prácticas. B.2.1 .3 Parámetros de Evaluación y Resultados de Desempeño.
Este componente define, tanto para el ejecutor como para el evaluador, qué tan
bien el individuo debe realizar cada tarea.
Los estándares de calificaciones profesionales de la NFPA identifican los
El JPR guía el desempeño hacia una finalización exitosa al identificar los
requisitos mínimos de desempeño laboral (JPR, por sus siglas en inglés) para
parámetros de evaluación y los resultados del desempeño.
niveles y puestos de servicios de emergencia específicos. Los estándares se
Esta parte del JPR promueve la consistencia en la evaluación al reducir las
pueden utilizar para el diseño y la evaluación de la formación; certifcación; medir
variables utilizadas para medir el desempeño.
y criticar el desempeño en el trabajo; defnir prácticas de contratación; descripciones
de trabajo; y establecer políticas, procedimientos y metas organizacionales. B.2.2 Conocimientos y habilidades requeridos. Además de estos tres componentes,
el JPR describe los conocimientos y habilidades necesarios. Como sugiere el
término requisito, estos son los conocimientos y habilidades necesarios que el
Los estándares de cualificación profesional para trabajos específcos están
individuo debe tener antes de poder realizar la tarea. Los conocimientos y
organizados por principales áreas de responsabilidad defnidas como “deberes”.
habilidades necesarios son la base para el desempeño de las tareas.
Por ejemplo, los deberes del bombero pueden incluir las comunicaciones del
departamento de bomberos, las operaciones en tierra y la preparación y el
mantenimiento, mientras que los deberes del educador de seguridad humana y B.2.3 Ejemplos. Con los componentes y requisitos combinados, un JPR podría
de incendios pueden incluir la educación y la implementación, la planificación y el ser similar a los siguientes dos ejemplos.
desarrollo, y la evaluación. Los deberes son áreas principales o funcionales de
responsabilidad dentro de un trabajo específico.
B.2.3.1 Ejemplo: Bombero I. Realice una revisión en la escena de un incendio,
Los estándares de calificaciones profesionales están escritos como JPR. dado el PPE aprobado, la línea de ataque, las herramientas manuales, la linterna
Los JPR describen el desempeño requerido para un trabajo específico y se y una asignación, de modo que no se comprometa la integridad estructural, se
agrupan según las funciones del trabajo. La lista completa de JPR para cada descubran todos los incendios ocultos. se preserva la evidencia de la causa del
deber defne lo que un individuo debe ser capaz de hacer para realizar y lograr fuego y se extingue el fuego.
ese deber.
(A) Conocimiento requerido. Conocimiento de los tipos de líneas de ataque de
B.2 Las partes de un JPR. incendios y dispositivos de aplicación de agua para reacondicionamiento, métodos
de aplicación de agua para extinción que limitan el daño por agua, tipos de
B.2.1 Componentes críticos. El JPR comprende tres componentes críticos, que
herramientas y métodos utilizados para exponer fuego oculto, peligros asociados
son los siguientes: (1 ) Tarea a realizar, descripción parcial usando una acción
con reacondicionamiento, signos de área de origen o signos de incendio provocado
y razones para la protección de la escena del fuego.
verbo
(2) Herramientas, equipos o materiales que deben proporcionarse para completar (B) Habilidades requeridas. La capacidad de desplegar y operar una línea de
la tarea ataque; retire los componentes del piso, el techo y la pared para exponer los
(3) Parámetros de evaluación y resultados de desempeño espacios vacíos sin comprometer la integridad estructural; aplique agua para
lograr la máxima eficacia; exponer y extinguir fuegos ocultos en paredes, techos
Tabla B.2. 1 da un ejemplo de los componentes críticos de un JPR. y espacios subterráneos; reconocer y conservar los signos de zona de origen e
incendio provocado; y evaluar la extinción completa.
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2400-24 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
B.3 Usos potenciales de los JPR. JPR: Realice una revisión en la escena de un incendio, con el EPP aprobado, la
línea de ataque, las herramientas manuales, la linterna y una tarea, para que la
B.3.1 Certificación. Los JPR se pueden utilizar para establecer los criterios de
integridad estructural no se vea comprometida, se descubran todos los incendios
evaluación para la certifcación en un nivel de trabajo específico. Cuando se utiliza
ocultos, se conserve la evidencia de la causa del incendio y se extinga el incendio. .
para la certifcación, la evaluación debe basarse en la finalización exitosa de los JPR.
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los conocimientos y habilidades necesarios se pueden utilizar como guía McCain, D. V. , Crear Cursos de Capacitación (Cuando no eres Entrenador).
para determinar la formación y la educación adicionales necesarias para Alexandria, VA: Sociedad Estadounidense de Capacitación y Desarrollo, 1 999 .
que el empleado domine el trabajo o la profesión.
(4) Planificación de Sucesión. La planificación de la sucesión aborda la colocación
NFPA 1 001, Norma para las cualificaciones profesionales de los bomberos,
efciente de personas en puestos de trabajo en respuesta a las necesidades
edición 2013.
actuales y las necesidades futuras anticipadas. Se puede establecer una
ruta de desarrollo profesional para los empleados objetivo a fin de prepararlos NFPA 1 035, Norma sobre incendios y seguridad humana Califcaciones
para el crecimiento dentro de la organización. Los JPR y los conocimientos profesionales para educadores, oficiales de información pública, especialistas en
y habilidades requeridos podrían luego usarse para desarrollar un camino intervención de jóvenes incendiarios y gerentes de programas de jóvenes
educativo para ayudar en el avance del empleado dentro de la organización incendiarios, edición de 2015 .
o profesión.
Phillips, JJ , En acción: análisis de rendimiento y consultoría.
(5) Establecimiento de Políticas, Procedimientos y Metas Organizacionales. Alexandria, VA: Sociedad Estadounidense de Capacitación y Desarrollo, 2000 .
Los estándares de calificaciones profesionales pueden ser funcionales para
incorporar políticas, procedimientos y objetivos en la organización o agencia.
Phillips, JJ y E. F. Holton III, En acción: Realización de una evaluación de
necesidades. Alexandria, VA: Sociedad Estadounidense de Capacitación y
B.5 Bibliografía. Desarrollo, 1 995 .
Annett, J. y N.E. Stanton, Análisis de tareas. Londres y Nueva Robinson, D. G. y J.C. Robinson (Eds.), Pasando del entrenamiento al
York: Taylor y Francis, 2000. desempeño: una guía práctica. Alexandria, VA: Sociedad Estadounidense de
Capacitación y Desarrollo; San Francisco: Berett-Koehler, 1998.
Brannick, MT y E. L. Levine, Análisis de puestos: métodos, investigación y
aplicaciones para la gestión de recursos humanos en el nuevo milenio. Thousand
Oaks, CA: Publicaciones Sage, 2002 . Schippmann, JS, Modelado Estratégico de Trabajo: Trabajar en el Núcleo de los
Recursos Humanos Integrados. Mahwah, Nueva Jersey: Lawrence Erlbaum
Dubois, D. D . , Mejora del Desempeño Basada en Competencias: Una Estrategia Associates, 1999.
para el Cambio Organizacional. Amherst, MA: HRD Press, 1999.
Shepherd, A., Análisis jerárquico de tareas. Londres y Nueva
York: Taylor y Francis, 2000.
Fine, SA y SF Cronshaw, Functional Job Analysis: A Foundation for Human
Resources Management (Applied Psychology Series). Zemke , R. y T. Kramlinger, Resolver las cosas: una guía para el capacitador
Mahwah, Nueva Jersey: Lawrence Erlbaum Associates, 1999. sobre el análisis de necesidades y tareas. Nueva York: Perseus Books, 1993.
Gupta, K., C. m Sleezer (editor), y D. F. Russ-Eft (editor), Una guía práctica para
la evaluación de necesidades. San Francisco: Jossey-Bass/Pfeiffer, 2007. Anexo C Una descripción general de los JPR para RPIC y Visual Observer Este
201 9 Ed ión
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2400-26 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
5.3.1 .1 Planificar las operaciones de sUAS dados los objetivos y metas de la misión, los 5.4.1 .1 Evaluar el papel operativo dado un plan de misión ,
recursos, las condiciones ambientales y los escenarios, de modo que se complete un plan de RPIC y operación sUAS , de modo que las tareas operativas
misión que se alinee con los objetivos y metas de la misión, identifique los recursos necesarios, necesarias para apoyar la misión se identifiquen, enumeren
evalúe los riesgos asociado con la misión, e identifica las tareas operativas necesarias para y comuniquen al RPIC .
completar la misión.
5.3.1 .2 Preparar la operación del sUAS dado un plan de misión y recursos, de modo que el
sUAS sea operado mediante la confirmación de un estado de preparación que demuestre
que la posesión, la configuración y las funciones operativas se verifican y verifican como
operativas.
Vuelo
5.3.2.1 Realizar el despegue según los requisitos reglamentarios según lo determine la AHJ dado
un sUAS específco y un estado de preparación confirmado, de modo que el sUAS despegue
después de haber completado las verificaciones del sistema y el combate se inicie y mantenga
de manera que cumpla con los requisitos reglamentarios .
5.3.2.2 Mantener la línea de visión visual dado un sUAS en combate a lo largo de una ruta de 5.4.2.1 Mantener la línea de visión visual del sUAS dado un
combate designada según los requisitos reglamentarios determinados por la AHJ, de modo que RPIC y sUAS en combate a lo largo de una trayectoria de
el sUAS se maniobre de manera que evite obstáculos y alcance ubicaciones y altitudes objetivo combate designada según los requisitos reglamentarios
sin perder la línea de visión. vista del sUAS de acuerdo con el plan operativo de combate determinados por la AHJ, de modo que los obstáculos se
aprobado. identifiquen y se comuniquen al RPIC antes de una posible
colisión y en un tiempo que permita la acción correctiva.
5.3.2.3 Realizar maniobras aéreas con un sUAS en combate dentro de un espacio aéreo designado
conforme a los requisitos reglamentarios determinados por las AHJ, de modo que el operador
demuestre un control positivo de la aeronave de acuerdo con el plan de combate operacional
aprobado.
5.3.2.4 Realizar la funcionalidad de carga útil dado un sUAS en combate dentro de un
espacio aéreo designado según los requisitos reglamentarios según lo determine la AHJ, de
modo que el sUAS se maniobre de una manera que evite obstáculos y demuestre la caída de
la carga útil, la aplicación de la carga útil o la adquisición de datos en ubicaciones específicas
de acuerdo con el plan de la misión.
5.3.2.5 Realizar procedimientos previos al aterrizaje dado un sUAS en combate dentro de un
espacio aéreo designado conforme a los requisitos reglamentarios según lo determine la AHJ,
de modo que el sUAS se maniobre de manera que evite obstáculos mientras alcanza un área
de aterrizaje despejada, establezca una confguración para el aterrizaje y confirme una ruta
decente libre de obstrucciones.
5.3.2.6 Realizar un aterrizaje con un sUAS en combate dentro de un espacio aéreo designado
conforme a los requisitos reglamentarios determinados por las AHJ y habiendo completado los
procedimientos previos al aterrizaje, de modo que el sUAS se maniobre de manera que evite
obstáculos y pueda aterrizar en un área de aterrizaje despejada y cesa las funciones operativas
sin ningún daño al sUAS.
Post-Vuelo
5.3.3.2 Llevar a cabo un resumen de la misión dado un plan de misión y finalizado el sUAS
operación, de modo que las tareas operativas necesarias para completar la misión se
identifiquen como completas, incompletas o desviadas del plan de misión designado por
razones específicas.
5.3.4.1 Completar los procedimientos posteriores al combate dado un sUAS que haya realizado
un aterrizaje exitoso, de modo que el sUAS se inspeccione visualmente en busca de daños, se
configure para transporte y almacenamiento, se confirme que está listo para el servicio a través
del mantenimiento inmediato o fuera de servicio para el mantenimiento programado.
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ANEXO D 2400-27
Anexo D Métodos de prueba estándar aplicables Este anexo (6) Método de prueba estándar para evaluar la respuesta aérea
Detección de robots: rango dinámico térmico
no forma parte de los requisitos de este documento de la NFPA, pero se incluye solo
(7) Método de prueba estándar para evaluar la respuesta aérea
con fines informativos.
Detección de robots: latencia de video, audio y control
D .1 La siguiente es una lista de métodos de prueba estándar actualmente en desarrollo
D .1 .4 Conciencia situacional.
que podrían proporcionar información útil sobre capacidades de misión esenciales
para operaciones de sUAS . (1) Método de prueba estándar para evaluar la conciencia situacional del robot de
respuesta aérea: identificar objetos (2) Método de prueba estándar para evaluar
D .1 .1 Seguridad.
la conciencia situacional del robot de respuesta aérea: inspeccionar objetos (3) Método
(1 ) Método de prueba estándar para evaluar la seguridad de los robots de respuesta de prueba estándar para evaluar la conciencia situacional del robot de
aérea: fuerzas de impacto (2) Método de prueba estándar para evaluar la respuesta aérea: inspeccionar Cables (4) Método de prueba estándar para evaluar la
respuesta aérea conciencia situacional del robot de respuesta aérea: Buscar áreas amplias (5)
Seguridad de los robots: luces y sonidos Método de prueba estándar para evaluar la conciencia situacional del robot de
(3) Práctica estándar para evaluar el robot de respuesta aérea respuesta aérea: Mapear áreas amplias (6) Método de prueba estándar para
Seguridad: Protectores de hélice evaluar la conciencia situacional del robot de respuesta aérea: Navegar y Mapa Pasillo
(4) Método de prueba estándar para evaluar la respuesta aérea Laberintos D .1 .5 Energía/Potencia.
Seguridad de los robots: detectar y evitar
(5) Método de prueba estándar para evaluar la respuesta aérea
Seguridad de los robots: Comportamientos de energía perdida
D .1 .2 Maniobras.
(1) Método de prueba estándar para evaluar la comunicación por radio del robot de
(1) Método de prueba estándar para evaluar las maniobras del robot de respuesta respuesta aérea: rango de línea de visión (2) Método de prueba estándar para
aérea: mantener la posición (2) Método de prueba estándar para evaluar las evaluar la comunicación por radio del robot de respuesta aérea: rango sin línea de
maniobras del robot de respuesta aérea: aterrizar con precisión (3) Método de prueba visión (3) Método de prueba estándar para evaluar Comunicación por radio del
estándar para evaluar las maniobras del robot de respuesta aérea: orbitar un robot de respuesta aérea: rango atenuado (4) Método de prueba estándar para evaluar
punto (4) Método de prueba estándar para evaluar la maniobra del robot de respuesta la comunicación por radio del robot de respuesta aérea: rango de interferencia
aérea: Evitar obstáculos (5) Método de prueba estándar para evaluar la
maniobra del robot de respuesta aérea: Aberturas de paso
D .1 .7 Durabilidad.
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2400-28 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
Anexo E Referencias informativas Título 1 4, Código de Regulaciones Federales, Parte 1 07, “Sistemas de
aeronaves pequeñas no tripuladas”, 201 6.
E.1 Publicaciones referenciadas. Los documentos o partes de los mismos
E.1 .2 .3 Publicaciones del gobierno de EE. UU. A NOSOTROS. Oficina de
enumerados en este anexo se mencionan dentro de las secciones informativas de
publicaciones del gobierno, 732 North Capitol Street, NW, Washington, DC
esta norma y no forman parte de los requisitos de este documento a menos que
20401-0001.
también se incluyan en el Capítulo 2 por otras razones.
Título 45, Código de Regulaciones Federales, “Seguro de Salud
Ley de Portabilidad y Responsabilidad (HIPAA), ” 2016.
E.1 .1 Publicaciones de la NFPA. (Reservado)
E.2 Referencias informativas. (Reservado)
E.1 .2 Otras Publicaciones.
E.3 Referencias para extractos en secciones informativas.
E.1 .2 .1 Publicaciones DOJ/NIJ. A NOSOTROS. Departamento de Justicia, Oficina
(Reservado)
de Programas de Justicia, Instituto Nacional de Justicia, 81 0 Seventh Street, NW,
Washington, DC 20531.
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Índice
Copyright © 2018 Asociación Nacional de Protección contra Incendios. Reservados todos los derechos.
Los derechos de autor de este índice son independientes y distintos de los derechos de autor del documento que indexa. Las disposiciones de licencia establecidas
para el documento no se aplican a este índice. Este índice no puede reproducirse en su totalidad o en parte por ningún medio sin el permiso expreso por escrito de la
NFPA.
-I
-METRO
-D -
Mantenimiento de sUAS, Cap. 6
Adquisición de datos
Administración, 6. 1 Aplicación, 6. 1
Definición, 3 .3 .2
.3 Definiciones, 6. 1 .4 Programa
Definiciones, Cap. 3
de mantenimiento, 6. 1 .4. 1
Definición del área de operaciones
Propósito , 6. 1 .2 Alcance , 6. 1 . 1
designada, 3 .3 .3 Evidencia de
Requisitos generales, 6.2
medios digitales (DME)
Definición , 3 .3 .4
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2400-30 SISTEMAS DE PEQUEÑAS AERONAVES NO TRIPULADAS (SUAS) UTILIZADOS PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
rescate, 4.7.2, A. 4.7.2 Objetivos y metas de la misión de sUAS — Publicaciones de referencia, cap. 2 Piloto
Evaluación de las necesidades operativas, 4.4 Criterios del programa de Remoto al Mando (RPIC)
sUAS, 4.3 Selección de sUAS — Necesidades de la entidad de seguridad Definición , 3 .3 . 1 2
pública, 4.5 Definición de Recursos , 3
.3 . 1 3 Definición de
evaluación de riesgos , 3
.3 . 1 4
-PAG -S
Definición de Deberá
caída de carga útil, Defnición , 3 .2 .3
3 .3 .8 Definición de control Debería Defnición , 3 .2
positivo de aeronave, 3 .3 .4 Defnición de
.9 Calificaciones profesionales para el personal de seguridad aeronave pequeña no tripulada ,
pública de sUAS, Cap. 5 Administración , 5 . 1 3 .3 . 1 5 Sistemas de
Solicitud , 5 . 1 .3 Prioridad, 5 . 1 .3 .2 Definiciones , 5 . 1 .4 aeronaves pequeñas no tripuladas (sUAS)
Preparación de la tripulación, 5 . 1 .4. 1 Adquisición de Definición , 3 .3 . 1 6
datos , 5 . 1 .4.2 Caída de carga útil , 5 . 1 .4.3 Definición estándar , 3 .2
Control Positivo de la Aeronave, 5 . 1 .4.4 Personal de .5 Definición de
Seguridad Pública, 5 . 1 .4.5 Piloto al mando a operaciones sUAS , 3 .3 .
distancia (RPIC) , 5 . 1 .4.6, A.5 . 1 .4.6 Recursos, 1 7 Definición del
5 . 1 .4.7 Evaluación de riesgos, 5 . 1 .4.8 programa sUAS , 3 .3 . 1
Coordinador UAS, 5 . 1 .4.9 , A.5 . 1 .4.9 Observador 8 Definición de ciclo
visual, 5 . 1 .4. 1 0 Propósito , 5 . 1 .2 Alcance , 5 . de vida sostenible , 3 .3 . 1 9
1 . 1 Vuelo, 5 .4 Vuelo, 5 .4.2 Pre -Vuelo, 5 .4. 1 Requisitos
generales, 5 .2
-T
Definición de
coordinador de UAS,
3 .3 .20 Definición de
aeronave no tripulada, 3 .3 .21
-V
Definición de
observador visual, 3 .3 .22
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Una vez que se publica la edición actual, se abre un estándar para la opinión Las siguientes clasifcaciones aplican a los miembros del Comité y representan
pública. su principal interés en la actividad del Comité.
Notas:
1 . Los períodos de tiempo son aproximados; consulte los horarios publicados
para conocer las fechas reales.
2 . Los documentos del ciclo de revisión anual con mociones de enmienda
certificadas tardan aproximadamente 101 semanas en completarse.
3 . Los documentos del ciclo de revisión de otoño que reciben mociones de
enmienda certificadas tardan aproximadamente 141 semanas en completarse.
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Antes de acceder al Sistema de presentación en línea, primero debe iniciar sesión en www.nfpa.org. Nota: Se le pedirá que inicie sesión o cree
una cuenta en línea gratuita con NFPA antes de usar este sistema:
b. Bajo el encabezado Códigos y normas, haga clic en "Lista de códigos y normas de la NFPA" y luego seleccione
su documento de la lista o utilice una de las funciones de búsqueda.
una. Vaya directamente a la página de información de su documento específco escribiendo el enlace de acceso directo conveniente de
www.nfpa.org/document# (Ejemplo: NFPA 921 sería www.nfpa.org/921). Regístrese en la parte superior derecha de la página.
Para comenzar su Aporte público, seleccione el enlace "La próxima edición de este estándar ahora está abierta para Aporte público" ubicado
en la pestaña Acerca de, la pestaña Ediciones actuales y anteriores y la pestaña Próxima edición. Alternativamente, la pestaña Próxima edición
incluye un enlace para enviar comentarios públicos en línea.
En este punto, se abrirá el sitio de desarrollo de estándares de la NFPA y se mostrarán los detalles del documento que seleccionó. Este sitio
de la página de "Inicio del documento" incluye una introducción explicativa, información sobre la fase actual del documento y la fecha de cierre,
un panel de navegación a la izquierda que incluye enlaces útiles, una tabla de contenido del documento e iconos en la parte superior en los que
puede hacer clic para acceder a él. lp al usar el sitio. Los íconos de ayuda y el panel de navegación estarán visibles excepto cuando esté en el
proceso de crear una entrada pública.
Una vez que el primer borrador del informe está disponible, hay un período de comentario público durante el cual cualquier persona puede
enviar un comentario público sobre el primer borrador. Cualquier objeción o cambios adicionales relacionados con el contenido del Primer Borrador
deben presentarse en la etapa de Comentarios.
Para enviar un comentario público, puede acceder al sistema de envío en línea utilizando los mismos pasos que se explicaron anteriormente para el
envío de comentarios públicos.
Para obtener más información sobre cómo enviar opiniones y comentarios públicos, visite: http://www.nfpa.org/
entrada pública
Pestaña Acerca de: vea el documento general y la información relacionada con el tema.
Pestaña Ediciones actuales y anteriores: Investigue la información de la edición actual y anterior de un estándar.
Pestaña Próxima Edición: Siga el progreso del comité en el procesamiento de un Estándar en su próximo ciclo de revisión.
Pestaña del Comité Técnico: vea las listas de miembros del comité actual o presente una solicitud para un comité.
Pestaña de preguntas técnicas: para miembros y funcionarios del sector público/AHJ para enviar preguntas sobre códigos y normas al personal
de NFPA. Nuestro Servicio de Preguntas Técnicas brinda una manera conveniente de recibir asistencia técnica oportuna y consistente cuando
necesita saber más sobre los códigos y estándares NFPA relevantes para su trabajo.
Las respuestas son proporcionadas por el personal de la NFPA de manera informal.
Ficha Productos y capacitación: Lista de publicaciones y capacitación de NFPA disponibles para comprar.
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I. Normativa Aplicable. Las reglas principales que rigen el procesamiento de las normas de la NFPA (códigos, normas, prácticas
recomendadas y guías) son las Regulaciones de la NFPA que rigen el desarrollo de las normas de la NFPA (Regs). Otras reglas aplicables incluyen los
estatutos de la NFPA, las reglas de la convención de la reunión técnica de la NFPA, la guía de la NFPA para la conducta de los participantes en el proceso
de desarrollo de normas de la NFPA y las regulaciones de la NFPA que rigen las peticiones a la junta directiva de las decisiones del consejo de normas. La
mayoría de estas normas y reglamentos se encuentran en el Directorio de normas de la NFPA. Para obtener copias del Directorio, comuníquese con la
Administración de Códigos y Normas en la sede de NFPA; todos estos documentos también están disponibles en el sitio web de NFPA en “www.nfpa.org. ”
La siguiente es información general sobre el proceso de la NFPA. Sin embargo, todos los participantes deben consultar las normas y reglamentos vigentes
para comprender completamente este proceso y conocer los criterios que rigen la participación.
II. Informe del Comité Técnico. El Informe del Comité Técnico se defne como “el Informe del (de los) Comité(s) responsable(s), de conformidad
con el Reglamento, en la preparación de una Norma NFPA nueva o revisada. El Informe del Comité Técnico consta de dos partes y consta del Primer
Informe Preliminar y el Segundo Informe Preliminar. (Consulte los Reglamentos en la Sección 1 .4. )
tercero Paso 1: Primer borrador del informe. El Primer Borrador del Informe se defne como la “Parte uno del Informe del Comité Técnico, que documenta
la Etapa de Entrada. ” El primer borrador del informe consta del primer borrador, los comentarios del público, los comentarios del comité, las declaraciones
del comité y del comité de correlación, las notas de correlación y las declaraciones de la boleta. (Consulte los Reglamentos en 4.2 .5 .2 y la Sección 4.3 . )
Cualquier objeción a una acción en el Primer Informe Borrador debe ser planteada mediante la presentación de un Comentario apropiado para su
consideración en el Segundo Informe Borrador o la objeción se considerará resuelta. [Ver Reglamentos en 4.3. 1 (b) . ]
IV. Paso 2: Segundo Informe Borrador. El Segundo Borrador del Informe se defne como la “Segunda Parte del Informe del Comité Técnico, que
documenta la Etapa de Comentarios. El Segundo Borrador del Informe consta del Segundo Borrador, los Comentarios Públicos con las Acciones del
Comité y las Declaraciones del Comité correspondientes, las Notas de Correlación y las respectivas Declaraciones del Comité, los Comentarios del
Comité, las Revisiones de Correlación y las Declaraciones de la Boleta. (Consulte los Reglamentos en 4.2 .5 .2 y la Sección 4.4. )
El Primer Borrador de Informe y el Segundo Borrador de Informe juntos constituyen el Informe del Comité Técnico. Cualquier objeción pendiente después del
Segundo Borrador del Informe debe ser planteada a través de una Moción de Enmienda apropiada en la Reunión Técnica de la NFPA o la objeción se
considerará resuelta. [Ver Reglamentos en 4.4. 1 (b) . ]
V. Paso 3a: Acción en la Reunión Técnica de NFPA. Después de la publicación del Segundo Informe Preliminar, hay un período durante el cual aquellos
que deseen presentar Mociones de Enmienda adecuadas sobre los Informes del Comité Técnico deben indicar su intención mediante la presentación
de un Aviso de Intención de Presentar una Moción (NITMAM). (Consulte los Reglamentos en 4.5.2.) Las normas que reciben notificación de Mociones
de enmienda adecuadas (Mociones de enmienda certificadas) se presentarán para su adopción en la Reunión técnica anual de la NFPA de junio. En la
reunión, los miembros de la NFPA pueden considerar y actuar sobre estas mociones de enmienda certificadas, así como las mociones de enmienda de
seguimiento, es decir, mociones que se vuelven necesarias como resultado de una moción de enmienda anterior exitosa. (Consulte 4.5 .3 .2 a 4.5 .3 .6 y la
Tabla 1, Columnas 1 -3 de los Reglamentos para obtener un resumen de las mociones de modificación disponibles y quién puede presentarlas). Cualquier
objeción pendiente luego de una acción en una reunión técnica de la NFPA (y cualquier otra consideración del Comité Técnico luego de mociones de
enmienda exitosas, consulte Regs en 4.5 .3 .7 a 4.6.5 .3) debe presentarse a través de una apelación ante el Consejo de Normas o se considerará resuelta.
VI. Paso 3b: Documentos enviados directamente al Consejo. Cuando no se recibe ni se certifica NITMAM de acuerdo con las Reglas de la Convención
de la Reunión Técnica, la norma se envía directamente al Consejo de Normas para que tome medidas sobre su emisión. Las objeciones se consideran
resueltas para estos documentos. (Consulte los Reglamentos en 4.5 .2 .5 . )
VIII. Paso 4a: Apelaciones del Consejo. Cualquiera puede apelar al Consejo de Normas sobre asuntos de procedimiento o sustantivos relacionados con el
desarrollo, contenido o emisión de cualquier documento de la NFPA o sobre asuntos dentro del alcance de la autoridad del Consejo, según lo establecido
por los Estatutos y según lo determine el Junta Directiva. Dichas apelaciones deben presentarse por escrito y presentarse ante el Secretario del Consejo de
Normas (ver Reglamentos en la Sección 1.6). Los límites de tiempo para presentar una apelación deben estar de acuerdo con 1 .6.2 de los Regs. Las
objeciones se consideran resueltas si no se tramitan en este nivel.
VIII. Paso 4b: Emisión de documentos. El Consejo de Normas es el emisor de todos los documentos (ver Artículo 8 de los Estatutos). El Consejo actúa
sobre la emisión de un documento presentado para acción en una Reunión Técnica de NFPA dentro de los 75 días a partir de la fecha de la recomendación
de la Reunión Técnica de NFPA, a menos que el Consejo extienda este período (consulte Regs en 4.7.2). Para los documentos enviados directamente al
Consejo de Normas, el Consejo actúa sobre la emisión del documento en su próxima reunión programada, o en cualquier otra reunión que el Consejo
determine (consulte Regs en 4.5 .2 .5 y 4.7.4).
IX. Peticiones a la Junta Directiva. Se ha delegado al Consejo de Normas la responsabilidad de la administración del proceso de desarrollo
de códigos y normas y la emisión de documentos. Sin embargo, cuando existan circunstancias extraordinarias que requieran la intervención de
la Junta Directiva, la Junta Directiva puede tomar cualquier acción necesaria para cumplir con sus obligaciones de preservar la integridad del proceso de
desarrollo de códigos y normas y para proteger los intereses de la NFPA. . Las reglas para solicitar a la Junta Directiva se pueden encontrar en las
Regulaciones que rigen las solicitudes a la Junta Directiva de las Decisiones del Consejo de Normas y en la Sección 1 .7 de las Regs.
X. Para más información. El programa de la Reunión Técnica de NFPA (así como el sitio web de NFPA a medida que la información esté disponible)
debe consultarse para conocer la fecha en la que se presentará cada informe programado para su consideración en la reunión. Para ver el Primer Borrador
del Informe y el Segundo Borrador del Informe, así como información sobre las reglas de la NFPA y para obtener información actualizada sobre los
cronogramas y los plazos para procesar los documentos de la NFPA, visite el sitio web de la NFPA (www.nfpa.org/
docinfo) o comuníquese con la Administración de Códigos y Normas de la NFPA al (61 7) 984-7246.
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