Nutrition">
Anexo Tecnico Comedores Comunitarios - Proceso Competitivo 2023 - 30012023
Anexo Tecnico Comedores Comunitarios - Proceso Competitivo 2023 - 30012023
Anexo Tecnico Comedores Comunitarios - Proceso Competitivo 2023 - 30012023
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 1 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 1 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
TABLA DE CONTENIDO
Página: 2 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Página: 3 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Página: 4 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Página: 5 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
5.4.3. TALENTO HUMANO REQUERIDO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO .................... 148
5.4.3.1. PERFILES DEL TALENTO HUMANO ....................................................................................... 148
5.4.3.1.1. RESPONSABLE DEL SERVICIO ........................................................................................... 148
5.4.3.1.2. PROFESIONAL SOCIAL ..................................................................................................... 151
5.4.3.1.3. MANIPULADOR DE ALIMENTOS .......................................................................................... 153
5.4.3.1.4. AUXILIAR ADMINISTRATIVO ............................................................................................... 154
5.4.3.1.5. PROFESIONAL EN NUTRICIÓN Y DIETÉTICA ......................................................................... 156
5.4.3.2. IDONEIDAD DEL TALENTO HUMANO ...................................................................................... 158
5.4.3.3. DOTACIÓN DEL TALENTO HUMANO ....................................................................................... 161
5.4.3.3.1. DOTACIÓN DEL PERSONAL MANIPULADOR DE ALIMENTOS ................................................... 161
5.4.3.3.2. DOTACIÓN DEL EQUIPO PROFESIONAL Y DEL PERSONAL AUXILIAR ADMINISTRATIVO ............. 162
5.4.3.4. TIPO DE VINCULACIÓN DEL TALENTO HUMANO ...................................................................... 162
5.4.3.5. CAMBIO DEL PERSONAL DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONVENIO ........................................... 163
5.4.3.6. SOPORTES PARA VERIFICACIÓN DEL PAGO DEL TALENTO HUMANO ......................................... 163
5.4.3.7. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ................................................................................... 164
6. COMPRAS PÚBLICAS LOCALES DE ALIMENTOS PARA COMEDORES COMUNITARIOS . 165
7. GESTIÓN DOCUMENTAL.......................................................................................................... 167
7.1. MEDIDAS DE CUIDADO PARA LA MANIPULACIÓN DE DOCUMENTOS DE ARCHIVO ...... 167
7.2. FASES DE LA ORGANIZACIÓN DOCUMENTAL ................................................................... 168
7.2.1. FASE 1. CLASIFICACIÓN ................................................................................................... 168
7.2.2. FASE 2. ORDENACIÓN ...................................................................................................... 169
7.2.2.1. DILIGENCIAMIENTO DE HOJA DE CONTROL ............................................................................ 169
7.2.2.2. UBICACIÓN DE LA FICHA SIRBE GENÉRICA PARA REGISTRO DE ACTUACIONES POR HISTORIA
SOCIAL DENTRO DEL EXPEDIENTE. ..................................................................................................... 175
7.2.2.3. TRATAMIENTO DEL INSTRUMENTO LECTURA DE REALIDADES – CONTRATO SOCIAL FAMILIAR . 175
7.2.2.4. LIMPIEZA DE LOS DOCUMENTOS DE ARCHIVO........................................................................ 176
7.2.2.5. CONSERVACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE ARCHIVO ............................................................. 176
7.2.2.6. FOLIACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE ARCHIVO ..................................................................... 176
7.2.2.7. ALMACENAMIENTO DE LOS DOCUMENTOS DE ARCHIVO.......................................................... 177
7.2.2.8. ROTULACIÓN DE CARPETAS Y CAJAS .................................................................................. 178
7.2.3. FASE 3. DESCRIPCIÓN ..................................................................................................... 181
7.2.3.1. FASE DE DESCRIPCIÓN DOCUMENTAL (INVENTARIO DOCUMENTAL). ....................................... 181
7.3. ACTUALIZACIÓN DE FORMATOS ........................................................................................ 183
7.4. CONSULTA ........................................................................................................................... 183
7.5. CIERRE DEL EXPEDIENTE................................................................................................... 184
7.6. TRASLADO DE EXPEDIENTES DE HISTORIAS SOCIALES ................................................ 185
7.7. TRATAMIENTO DE LOS EXPEDIENTES DE HISTORIAS SOCIALES POR REACTIVACIÓN EN
EL COMEDOR COMUNITARIO. ...................................................................................................... 186
7.8. ORGANIZACIÓN DOCUMENTAL EXPEDIENTES PRODUCTO DE LA EJECUCIÓN
CONTRACTUAL .............................................................................................................................. 187
7.8.1. ORGANIZACIÓN DOCUMENTAL FÍSICA ........................................................................... 187
7.8.1.1. ALMACENAMIENTO, CONSERVACIÓN E IDENTIFICACIÓN PARA EL USO DE CD O DVD ............... 188
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 6 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 6 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Página: 7 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
1.1. OBJETO
Para el desarrollo y cumplimiento del objeto del convenio, entre la Secretaría Distrital de Integración
Social - SDIS y la Entidad Sin Ánimo de Lucro-ESAL en calidad de ASOCIADO, se deberá prestar la
atención a los participantes del Comedor Comunitario, dando cumplimiento a los lineamientos
establecidos en el Anexo Técnico, en los componentes Inclusión social; Alimentación, nutrición y
salubridad, Administrativo/financiero y Ambiental. Para ello, deberá realizar la entrega de apoyos
alimentarios de comida caliente en condiciones de calidad, inocuidad y oportunidad, desarrollar
acciones de vigilancia nutricional y promoción en estilos de vida saludable e implementar acciones de
inclusión social, que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los participantes y sus
hogares/familias.
Así mismo, el ASOCIADO deberá garantizar la logística para la entrega de los apoyos alimentarios,
realizando distribución y consumo en las instalaciones del Comedor Comunitario.
Contribuir a la reducción del riesgo de inseguridad alimentaria, vulnerabilidad o fragilidad social de los
participantes, a través de la entrega de apoyos alimentarios de comida caliente, articulados con
procesos de inclusión social, promoción de estilos de vida saludable y vigilancia del estado nutricional.
▪ Entregar a los participantes del Comedor Comunitario apoyo alimentario de comida caliente, a
través de una ración diaria, en las cantidades requeridas, cumpliendo con un aporte nutricional del
40% de las recomendaciones de ingesta de energía y nutrientes, bajo condiciones de calidad e
inocuidad durante los días de prestación del servicio.
▪ Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los participantes del Comedor Comunitario a
través de la implementación de acciones de inclusión social.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 8 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 8 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ Ley No 594 del 2000. Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras
disposiciones. Congreso de la República de Colombia (2000)
▪ Resolución No 2505 de 2004. Por la cual se reglamentan las condiciones que deben cumplir los
vehículos para transportar carne, pescado o alimentos fácilmente corruptibles. Ministerio de
Transporte (2004).
▪ Decreto No 4741 de 2005. Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y manejo de los
residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral. Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (2005).
▪ Resolución No 5109 de 2005. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los| requisitos
de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos
para consumo humano. Ministerio de la Protección Social (2005).
▪ Resolución No 0705 de 2007. Por medio de la cual se desarrollan los contenidos técnicos del
Acuerdo Distrital No 230 del 29 de junio del 2006 y se dictan otras disposiciones. Secretaría Distrital
de Salud (2007).
▪ Ley No 1355 del 2009. Por medio de la cual se define la obesidad y las enfermedades crónicas no
transmisibles asociadas a esta como una prioridad de salud pública y se adoptan medidas para su
control, atención y prevención. Congreso de la República de Colombia (2009)
▪ Ley No 1562 de 2012. Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras
disposiciones en materia de Salud Ocupacional. Congreso de la República de Colombia (2012).
▪ Resolución No 683 de 2012. Por medio de la cual se expide el Reglamento Técnico sobre los
requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos destinados
a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano. Ministerio de Salud y
Protección Social (2012).
▪ Resolución No 1115 de 2012. Por medio de la cual se adoptan los lineamientos Técnico -
Ambientales para las actividades de aprovechamiento y tratamiento de los residuos de construcción
y demolición en el Distrito Capital. Secretaría Distrital de Ambiente (2012).
▪ Acuerdo No 498 del 2012. Por medio del cual se establecen estrategias integrales de promoción de
alimentación saludable y de actividad física, que mejoren la calidad de vida y la salud de la población
expuesta /o con problemas de sobrepeso y obesidad del distrito capital. Consejo de Bogotá (2012)
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 9 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 9 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ Decreto No 2981 de 2013. Por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo.
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (2013).
▪ Resolución No 2674 de 2013. Por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto-ley 019 de 2012
y se dictan otras disposiciones. Ministerio de Salud y Protección Social (2013).
▪ Resolución No 240 de 2013. Por la cual se establecen los requisitos sanitarios para el
funcionamiento de las plantas de beneficio animal de las especies bovina, bufalina y porcina, plantas
de desposte y almacenamiento, comercialización, expendio, transporte, importación o exportación
de carne y productos cárnicos comestibles. Ministerio de Salud y Protección Social (2013).
▪ Resolución No 834 de 2013. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos
sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos celulósicos y sus
aditivos, destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano. Ministerio
de Salud y Protección Social (2013).
▪ Resolución No 4142 de 2013. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos
sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos metálicos destinados
a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano en el territorio nacional.
Ministerio de Salud y Protección Social (2013).
▪ Resolución 3753 de 2013 Por la cual se definen los lineamientos técnicos para la formulación de
planes de acción de inspección, vigilancia y control de la carne y productos cárnicos comestibles a
lo largo de la cadena y se dictan otras disposiciones. Ministerio de Salud y Protección Social (2013)
▪ Resolución No 4143 de 2013. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos
sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos plásticos y
elastoméricos y sus aditivos, destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo
humano en el territorio nacional. Ministerio de Salud y Protección Social (2013).
▪ Resolución No 242 de 2013. Por la cual se establecen los requisitos sanitarios para el
funcionamiento de las plantas de beneficio de aves de corral, desprese y almacenamiento,
comercialización, expendio, transporte, importación o exportación de carne y productos cárnicos
comestibles. Ministerio de Salud y Protección Social (2013).
▪ Decreto No 586 de 2015. Por medio del cual se adopta el modelo eficiente y sostenible de gestión
de los Residuos de Construcción y Demolición - RCD en Bogotá D.C. Alcaldía Mayor de Bogotá
(2015).
▪ Decreto No 1072 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector
Trabajo. Ministerio de Trabajo (2015).
▪ Resolución No 932 de 2015. Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 1115 del 26 de
septiembre de 2012. Secretaría Distrital de Ambiente (2015).
▪ Acuerdo No 614 del 2015. Por medio del cual se establecen estrategias para el control de la
obesidad y el sobrepeso en el distrito capital y se dictan otras disposiciones. Consejo de Bogotá
(2015)
▪ Estrategia Nacional para la Reducción del Consumo de Sal/Sodio en Colombia 2012 – 2021.
Ministerio de Salud y Protección Social (2015).
▪ Acuerdo No 634 de 2015. Por medio del cual se establecen regulaciones para la generación,
recolección y tratamiento o aprovechamiento adecuado del aceite vegetal usado y se dictan otras
disposiciones. Concejo de Bogotá D.C. (2015).
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 10 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 10 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Página: 11 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ Ley No 2120 del 2021. Por medio de la cual se adoptan medidas para fomentar entornos
alimentarios saludables y prevenir enfermedades no transmisibles y se adoptan otras disposiciones.
Congreso de la República de Colombia (2021)
▪ Circular No 020 de 2021. Aspectos Generales respecto a la aplicación de la Resolución No. 0509
del 20 de abril de 2021, “Por la cual se definen las reglas aplicables a los servicios sociales, los
instrumentos de focalización de la SDIS, y se dictan otras disposiciones”, en particular con el Título
II “Focalización”. Secretaría Distrital de Integración Social (2022)
▪ Resolución No 2492 de 2022. Por la cual se modifican los artículos 2, 3, 16, 25, 32, 37 y 40 de la
Resolución 810 de 2021 que establece el reglamento técnico sobre los requisitos de etiquetado
nutricional y frontal que deben cumplir los alimentos envasados o empacados para consumo
humano. Ministerio de Salud y Protección Social (2022).
La Secretaría Distrital de Integración Social – SDIS como entidad líder del sector social, responsable
de la formulación e implementación de políticas públicas poblacionales orientadas al ejercicio de
derechos, configura el Proyecto de Inversión 7745: Compromiso por una Alimentación Integral en
Bogotá, con miras a contribuir a la reducción del riesgo de inseguridad alimentaria de la población
identificada en los territorios de pobreza, vulnerabilidad y/o fragilidad social, por medio de la entrega
de apoyos alimentarios y el desarrollo de procesos de inclusión social; estableciendo como objetivos
específicos:
▪ Beneficiar con apoyos alimentarios, económicos o en especie a la población en los territorios con
pobreza, vulnerabilidad o fragilidad social identificados por la Secretaría Distrital de Integración
Social.
▪ Realizar acciones de vigilancia nutricional y promover estilos de vida saludable con énfasis en
alimentación, nutrición y, actividad física, dirigidas a la población beneficiaria de apoyos alimentarios
de la Secretaría Distrital de Integración Social.
▪ Desarrollar procesos de inclusión social que involucren la economía solidaria, la agricultura urbana,
la separación y disposición de residuos y la construcción de tejido social comunitario, dirigidos a la
población beneficiaria de apoyos alimentarios de la Secretaría Distrital de Integración Social.
En concordancia con lo anterior, el Proyecto 7745 contempla la implementación de tres (3) servicios:
Compromiso por una Alimentación Incluyente, Construyendo Autonomía Alimentaria y Alimentación
Integral: Un Camino hacia la Inclusión Social; con sus respectivas modalidades, así:
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 12 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 12 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Fuente: Secretaría Distrital de Integración Social. Dirección de Nutrición y Abastecimiento. Agosto 2021.
El servicio Compromiso por una Alimentación Incluyente tiene por objeto “Entregar beneficios
alimentarios transitorios de acuerdo con las necesidades poblacionales y territoriales identificadas por
la SDIS”1, a través de las modalidades: Kits de comida empacada, Unidad móvil para una alimentación
incluyente y Apoyo alimentario transitorio de asistencia social para atención de situaciones manifiestas.
Por su parte, el servicio Construyendo Autonomía Alimentaria tiene como objetivo “Contribuir al
mejoramiento de la calidad de vida de los/as participantes y sus hogares/familias de los servicios -
modalidades de atención de la Dirección de Nutrición y Abastecimiento de la Secretaría Distrital de
Integración Social y los territorios que se impactan, a través de la implementación de acciones de
inclusión social, ambiental y productiva”2.
Desde este servicio, se entiende la Inclusión Social como el “proceso mediante el cual se garantiza
que quienes se encuentran discriminados, excluidos o en riesgo de estarlo, por diversas situaciones o
condiciones, tengan las oportunidades y capacidades para participar plenamente en la vida económica,
política, social y cultural de la sociedad en la que viven; en ese sentido, la inclusión social tiene que
ver con el reconocimiento y respeto a la diferencia y, muy especialmente, tiene que ver con la equidad
y con la justicia social”3.
1 Secretaría Distrital de Integración Social. Resolución N.º 0509 del 20 de abril de 2021. Por la cual se definen las reglas aplicables a los
servicios sociales, los instrumentos de focalización de la SDIS, y se dictan otras disposiciones, 2021, p. 21.
2 Ibidem, p. 22.
3 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico (2019) CONPES D.C. 09. Política Pública de Seguridad Alimentaria y Nutricional para Bogotá:
Construyendo Ciudadanía Alimentaria 2019 – 2031. Colombia, 2019, p. 53.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 13 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 13 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ El Centro de atención son los hogares/familias participantes de las modalidades de atención del
servicio Alimentación Integral: Un camino hacia la inclusión social.
▪ Es un proceso transitorio y corresponsable que brinda herramientas que contribuyen al
mejoramiento de la calidad de vida de las personas participantes y sus hogares/familias.
▪ Es un proceso concertado y acordado con los hogares/familias participantes de las modalidades
de atención del servicio Alimentación Integral: Un camino hacia la inclusión social.
▪ Promueve el diálogo de saberes intercultural e intergeneracional.
▪ Genera un proceso de seguimiento y acompañamiento durante la atención individual y familiar.
▪ Fortalece la articulación intrainstitucional, interinstitucional e intersectorial en los territorios que
impacta el servicio.
Se desarrolla a través de cuatro (4) ejes articuladores: sensibilización para la inclusión social,
reconocimiento de capacidades, fortalecimiento de capacidades y diversidad y cultura; y dos (2) ejes
transversales: articulación intra e interinstitucional y acompañamiento y seguimiento:
Fuente: Secretaría Distrital de Integración Social. Dirección de Nutrición y Abastecimiento. Abril 2021.
Página: 14 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
concertados en el Contrato Social Familiar, con los participantes de la modalidad de atención y sus
hogares/familias
Este eje contempla acciones de contextualización de la modalidad de atención a la cual está vinculado
el participante, la identificación de su situación personal, familiar y social, sus intereses y necesidades
y, por último, la concertación del Contrato Social Familiar a la luz de sus derechos y deberes. Se define
como el punto de partida del proceso de atención de los participantes y sus hogares/familias, tanto de
aquellos que se encuentran vinculados a la modalidad como de los que ingresan.
Este eje se desarrolla a través de acciones de referenciación de los participantes del Comedor
Comunitario y personas integrantes de sus hogares/familias, a servicios sociales básicos de acuerdo
con la identificación de los intereses y necesidades producto del diligenciamiento del instrumento
Lectura de Realidades – Contrato Social Familiar.
Este eje articulador posibilita la transversalización de los enfoques de derechos humanos, diferencial,
de género, poblacional y territorial en escenarios donde se vivencien las prácticas culturales de los
grupos poblacionales y permitan el diálogo intercultural e intergeneracional desde la diversidad y la
cultura, que promuevan la tolerancia y convivencia entre las personas, así como la vivencia de la
ciudadanía en el ejercicio de los derechos fundamentales.
Página: 15 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
sostenibilidad de las gestiones individuales y colectivas. Teniendo en cuenta lo anterior, este proceso
de acompañamiento y seguimiento se realiza cada dos (2) meses durante la permanencia del
participante en el servicio.
Por último, se encuentra el servicio Alimentación Integral: Un Camino hacia la Inclusión Social, cuyo
objetivo es “Contribuir a la reducción del riesgo de inseguridad alimentaria a través de la entrega de
apoyos alimentarios en las diferentes modalidades de atención: Comedores Comunitarios-Cocinas
Populares, Bonos Canjeables por Alimentos (Proyecto 7745), Canastas Alimentarias y Apoyo
Económico Social 7745, dirigido a participantes en situación de pobreza y vulnerabilidad, identificados
y focalizados por la Secretaria Distrital de Integración Social - SDIS, articulados con procesos de
inclusión social, ambiental y productiva, promoción en estilos de vida saludable y vigilancia del estado
nutricional”4.
Para el presente anexo técnico, en el marco del Proyecto 7745: Compromiso por una Alimentación
Integral en Bogotá y del servicio Alimentación Integral: Un Camino hacia la Inclusión Social, se
presentan las características y condiciones técnicas de la modalidad Comedores Comunitarios, por
medio de la cual se busca atender población pobre y vulnerable en situación de inseguridad alimentaria
moderada o severa de acuerdo con la Escala Latinoamericana y Caribeña de Seguridad Alimentaria
(ELCSA), identificada por la SDIS en la ciudad de Bogotá.
A través de esta modalidad, se entrega un apoyo alimentario de comida caliente con un aporte
nutricional del 40% del valor calórico total de acuerdo con las recomendaciones de ingesta de energía
y nutrientes para la población colombiana, garantizando la implementación y fortalecimiento de las
Buenas Prácticas de Manufactura que permitan la entrega de una alimentación con calidad e
inocuidad.
En concordancia con la distribución de zonas definidas en el numeral 2.6. Distribución de Zonas para
la Atención en Comedores Comunitarios del presente anexo técnico; en el Comedor Comunitario se
4
Secretaría Distrital de Integración Social. Resolución N.º 0509 del 20 de abril de 2021. Por la cual se definen las reglas aplicables a los
servicios sociales, los instrumentos de focalización de la SDIS, y se dictan otras disposiciones, 2021, p. 21.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 16 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 16 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
prestará el servicio conforme los cupos previstos según las necesidades territoriales identificadas por
la SDIS.
Conforme a lo establecido en el artículo 86 del Acuerdo 257 de 2006 del Concejo de Bogotá D.C
Modificado por el Acuerdo 641 de 2016, la Secretaría Distrital de Integración Social (en adelante SDIS)
tiene como misión liderar y formular, en la perspectiva del reconocimiento y la garantía de los derechos,
las políticas sociales del Distrito Capital para la integración social de las personas, las familias y las
comunidades, con especial énfasis en aquellas que estén en mayor situación de pobreza y
vulnerabilidad; ejecutar las acciones que permitan tanto proteger y restablecer sus derechos como
prevenir que estos sean vulnerados, mediante ejercicios de corresponsabilidad y cogestión entre
familias, sociedad y Estado.
El servicio Alimentación Integral: Un Camino hacia la Inclusión Social, en el marco del Proyecto 7745:
Compromiso por una Alimentación Integral en Bogotá, a través de la modalidad Comedores
Comunitarios busca atender a las niñas, niños, adolescentes, adultos y adultos mayores en situación
de inseguridad alimentaria moderada o severa de acuerdo con la Escala Latinoamericana y Caribeña
de Seguridad Alimentaria (ELCSA), focalizados por la Secretaría Distrital de Integración Social en la
ciudad de Bogotá.5
Los días, horarios y formas para el suministro de los alimentos se establecen de la siguiente manera:
La entrega del apoyo alimentario, actividades de promoción de estilos de vida saludable, vigilancia
nutricional y las acciones de inclusión social, se desarrollarán de lunes a sábado, sin incluir días
festivos, ni el sábado correspondiente a la semana santa.
▪ Entrega de apoyo alimentario: 10:30 a.m. a 3:30 p.m. Los participantes asistirán en el horario
asignado según los turnos concertados, con el fin de evitar aglomeraciones. Los turnos establecidos
5 Secretaría Distrital de Integración Social. Resolución N.º 0509 del 20 de abril de 2021. Por la cual se definen las reglas aplicables a los
servicios sociales, los instrumentos de focalización de la SDIS, y se dictan otras disposiciones.
https://old.integracionsocial.gov.co/anexos/documentos/2022/sig/01072021_ALIMENTACION_INTEGRAL_COMEDORES.pdf
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 17 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 17 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
deben ser de 30 minutos, atendiendo a que este es el tiempo promedio en que una persona puede
consumir la alimentación servida.
▪ Desarrollo de procesos de inclusión social, promoción de estilos de vida saludable y vigilancia
nutricional con los participantes: 8:30 a.m. a 10:30 a.m. y de 3:30 p.m. a 4:30 pm.
▪ Atención a participantes y ciudadanos: 8:30 a.m. a 4:30 p.m.
En caso fortuito o por razones de fuerza mayor que impidan el cumplimiento del horario establecido
para la atención de los participantes, el ASOCIADO deberá solicitar por escrito (vía correo electrónico)
al Subdirector de Abastecimiento con copia a la supervisión o interventoría, la modificación del horario
con su respectiva justificación, con mínimo 24 horas de antelación. Será competencia exclusiva de la
Subdirección de Abastecimiento autorizar dicho cambio.
Nota 1: En caso de imposibilidad de prestar el servicio por circunstancias como: cortes imprevistos en
el suministro de servicios públicos, medidas sanitarias o recomendación preventiva emitida por la
entidad competente, adecuaciones locativas o mantenimientos correctivos del inmueble, que impidan
el normal funcionamiento del Comedor Comunitario, el ASOCIADO deberá informar de manera
inmediata a la Subdirección Local para la Integración Social – SLIS correspondiente con copia a la
supervisión o interventoría, para que se tomen las medidas pertinentes que garanticen la prestación
del servicio.
Nota 2: El ASOCIADO deberá preparar los alimentos en las instalaciones aprobadas en el marco del
proceso competitivo, salvo aquellos eventos excepcionales que impidan la preparación en sitio previa
aprobación de la supervisión o interventoría según corresponda.
El ASOCIADO realizará la entrega de los alimentos para consumo por parte de los participantes, dentro
de las instalaciones del Comedor Comunitario destinadas para este fin.
Para los participantes que presenten dificultad en aportar soporte médico, se deberá soportar la
solicitud de aprobación mediante visita domiciliaria por parte del/a profesional social del Comedor
Comunitario.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 18 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 18 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Una vez cuente con la autorización y en aras de garantizar la salud de los participantes, las operarias
del servicio servirán los alimentos en recipientes plásticos, implementando las BPM, garantizando la
inocuidad y la higiene de todo el servicio y de los alimentos a consumir, posteriormente serán
empacados para ser entregados en la vivienda de los participantes.
Nota 2: La entrega de alimentos para consumo en casa será realizada por el auxiliar administrativo.
En los casos en que el participante cuente con una persona de su red de apoyo que pueda retirar los
alimentos del Comedor Comunitario, deberá autorizarla por escrito, indicando nombre completo e
identificación.
NOMBRE DE
CÓDIGO NOMBRE COMEDOR
LOTE LOCALIDAD REFERENCIA COMEDOR UPZ SECTOR CUPOS
SIRBE COMUNITARIO
COMUNITARIO
35 - CIUDAD
1 113555 ANTONIO NARIÑO 113555-CCCP 12-002 POLICARPA 1211 - POLICARPA 350
JARDIN
85 - BOSA 4513 - SAN DIEGO-
2 113377 BOSA 113377-CCCP 07-008 SAN EUGENIO 200
CENTRAL BOSA
84 - BOSA 4625 - EL
3 113604 BOSA 113604-CCCP 07-010 POTRERITOS 300
OCCIDENTAL REMANSO I
84 - BOSA
4 113605 BOSA 113605-CCCP 07-004 BOSANOVA 4526 - BOSA NOVA 300
OCCIDENTAL
84 - BOSA
5 113631 BOSA 113631-CCCP 07-009 COMUNEROS 4622 - BRASIL 300
OCCIDENTAL
4529 -
6 113929 BOSA 113929-CCCP 07-012 NUEVO CHILE 49 - APOGEO CEMENTERIO 300
JARDINES APOGEO
4630 - PARCELA EL
7 121433 BOSA 121433-CCCP 07-001 PORVENIR 86 - EL PORVENIR 400
PORVENIR
Página: 19 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
NOMBRE DE
CÓDIGO NOMBRE COMEDOR
LOTE LOCALIDAD REFERENCIA COMEDOR UPZ SECTOR CUPOS
SIRBE COMUNITARIO
COMUNITARIO
208125 - SAN LUIS
89 - SAN ISIDRO -
14 113617 CHAPINERO 113617-CCCP 02-002 MORACI ALTOS DEL CABO 300
PATIOS
RURAL II
8220 - SIBERIA
15 113835 CHAPINERO 113835-CCCP 02-003 PARDO RUBIO 90 - PARDO RUBIO 150
CENTRAL
8213 - CHAPINERO
16 113834 CHAPINERO 113834-CCCP 02-001 LOURDES 99 - CHAPINERO 250
CENTRAL
2565 - PARAISO
17 113342 CIUDAD BOLÍVAR 113342-CCCP 19-003 PARAISO 67 - LUCERO 300
QUIBA
18 113346 CIUDAD BOLÍVAR 113346-CCCP 19-012 BELLA FLOR 67 - LUCERO 2580 - BELLA FLOR 350
69 - ISMAEL
19 113347 CIUDAD BOLÍVAR 113347-CCCP 19-004 HUERTAS 2429 - MARIA CANO 300
PERDOMO
69 - ISMAEL 2442 - SANTA
20 113352 CIUDAD BOLÍVAR 113352-CCCP 19-013 SANTA VIVIANA 300
PERDOMO VIVIANA
2561 - CORDILLERA
21 113380 CIUDAD BOLÍVAR 113380-CCCP 19-005 LOS ALPES 67 - LUCERO 350
DEL SUR
2559 - LOS ALPES
22 113381 CIUDAD BOLÍVAR 113381-CCCP 19-019 VILLAS DEL PROGRESO 67 - LUCERO 250
SUR
2552 - JUAN PABLO
23 113399 CIUDAD BOLÍVAR 113399-CCCP 19-011 JUAN PABLO II 67 - LUCERO 300
II
2540 - ESTRELLA
24 113421 CIUDAD BOLÍVAR 113421-CCCP 19-015 ESTRELLA DEL SUR 67 - LUCERO 300
DEL SUR
2546 - NACIONES
25 113556 CIUDAD BOLÍVAR 113556-CCCP 19-007 LA ESTRELLA 68 - EL TESORO 350
UNIDAS
2561 - CORDILLERA
26 113837 CIUDAD BOLÍVAR 113837-CCCP 19-016 NACIONES UNIDAS 67 - LUCERO 300
DEL SUR
2564 - EL MINUTO
27 113863 CIUDAD BOLÍVAR 113863-CCCP 19-008 LIMONAR 68 - EL TESORO 300
DE MARIA
28 113864 CIUDAD BOLÍVAR 113864-CCCP 19-017 JERUSALEN CANTERAS 70 - JERUSALEM 2436 - BELLAVISTA 250
2584 - EL
29 113880 CIUDAD BOLÍVAR 113880-CCCP 19-009 DIVINO NIÑO 68 - EL TESORO 300
MOCHUELO
66 - SAN
30 113894 CIUDAD BOLÍVAR 113894CCCP 19-018 SAN FERNANDO 2502 - MILLAN 250
FRANCISCO
31 121639 CIUDAD BOLÍVAR 121639-CCCP 19-010 POTOSI 70 - JERUSALEM 2431 - POTOSI 350
Página: 20 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
NOMBRE DE
CÓDIGO NOMBRE COMEDOR
LOTE LOCALIDAD REFERENCIA COMEDOR UPZ SECTOR CUPOS
SIRBE COMUNITARIO
COMUNITARIO
76 - FONTIBON SAN 6411 - CHARCO
38 113579 FONTIBÓN 113579-CCCP 09-002 PRADOS DE ALAMEDA 300
PABLO URBANO
39 113763 FONTIBÓN 113763-CCCP 09-004 ZONA FRANCA 77 - ZONA FRANCA 6525 - EL CHANCO I 150
76 - FONTIBON SAN
40 113793 FONTIBÓN 113793-CCCP 09-003 SELVA DORADA 6419 - EL REFUGIO 200
PABLO
6417 - VILLA
41 113879 FONTIBÓN 113879-CCCP 09-005 FLANDES 75 - FONTIBON 300
CARMENZA
42 113558 KENNEDY 113558-CCCP 08-002 VILLA LILIANA 46 - CASTILLA 6528 - EL VERGEL 200
4620 - CHUCUA DE
43 113560 KENNEDY 113560-CCCP 08-008 AMPARO CAÑIZALEZ 80 - CORABASTOS 300
LA VACA II
4620 - CHUCUA DE
44 113563 KENNEDY 113563-CCCP 08-007 EL AMPARO 80 - CORABASTOS 400
LA VACA II
45 113878 KENNEDY 113878-CCCP 08-010 PERPETUO SOCORRO 48 - TIMIZA 4565 - TOCAREMA 200
81 - GRAN
46 113900 KENNEDY 113900-CCCP 08-009 VILLAS DE KENNEDY 4559 - EL CARMELO 250
BRITALIA
4596 - ALQUERIA
47 113934 KENNEDY 113934-CCCP 08-004 ALQUERÍA LA FRAGUA 45 - CARVAJAL 300
LA FRAGUA II
4601 -
49 113876 KENNEDY 113876-CCCP 08-011 SAUCEDAL 79 - CALANDAIMA 200
CALANDAIMA
50 121219 KENNEDY 121219-CCCP 08-005 MI SEGUNDO HOGAR 80 - CORABASTOS 6517 - MARIA PAZ 300
52 113335 KENNEDY 113335-CCCP 08-001 BELLAVISTA 82 - PATIO BONITO 4627 - GALAN 400
94 - LA 3203 - SANTA
53 113597 LA CANDELARIA 113597-CCCP 03-008 SANTA BÁRBARA 200
CANDELARIA BARBARA
54 121780 LOS MARTIRES 121780-CCCP 14-001 MÁRTIRES 102 - LA SABANA 6103 - SANTA FE 200
56 113983 PUENTE ARANDA 113983-CCCP 12-004 MUZU (TEJAR) 41 - MUZU 4407 - ALCALA 200
Página: 21 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
NOMBRE DE
CÓDIGO NOMBRE COMEDOR
LOTE LOCALIDAD REFERENCIA COMEDOR UPZ SECTOR CUPOS
SIRBE COMUNITARIO
COMUNITARIO
RAFAEL URIBE 1417 - LOS
62 113772 113772-CCCP 18-010 CHIRCALES 54 - MARRUECOS 250
URIBE MOLINOS
RAFAEL URIBE 1414 - MOLINOS
63 113914 113914-CCCP 18-011 GOVAROVA 54 - MARRUECOS 300
URIBE DEL SUR
RAFAEL URIBE DIANA TURBAY SECTOR 1421 - DIANA
64 113359 113359-CCCP 18-002 55 - DIANA TURBAY 400
URIBE LANCEROS TURBAY
RAFAEL URIBE SAN MARTÍN LA FISCALA 2625 - ARRAYANES
65 113564 113564-CCCP 18-009 55 - DIANA TURBAY 200
URIBE ALTA V
1405 - VEINTE DE
66 113302 SAN CRISTÓBAL 113302-CCCP 04-003 VEINTE DE JULIO 34 - 20 DE JULIO 350
JULIO
51 - LOS 1325 - JUAN REY
67 113324 SAN CRISTÓBAL 113324-CCCP 04-004 JUAN REY 350
LIBERTADORES (LA PAZ)
1333 - ALTOS DEL
68 113435 SAN CRISTÓBAL 113435-CCCP 04-005 ALTOS DEL POBLADO 50 - LA GLORIA 300
POBLADO
69 113497 SAN CRISTÓBAL 113497-CCCP 04-006 ATENAS 34 - 20 DE JULIO 1305 - ATENAS 350
51 - LOS
70 113585 SAN CRISTÓBAL 113585-CCCP 04-007 LA GLORIA 1329 - EL PARAISO 300
LIBERTADORES
71 113883 SAN CRISTÓBAL 113883-CCCP 04-008 PUENTE COLORADO 50 - LA GLORIA 1316 - MORALBA 300
75 113327 SANTA FE 113327-CCCP 03-006 AGUAS I Y AGUAS II 92 - LA MACARENA 3103 - LAS AGUAS 200
8105 - LA
76 113460 SANTA FE 113460-CCCP 03-004 PERSEVERANCIA 92 - LA MACARENA 200
MACARENA
79 113830 SANTA FE 113830-CCCP 03-005 VERACRUZ 93 - LAS NIEVES 3101 - LA ALAMEDA 350
3201 - SAN
80 113452 SANTA FE 113452-CCCP 03-003 CRUCES II 95 - LAS CRUCES 350
BERNARDINO
81 113290 SUBA 113290-CCCP 11-001 LISBOA 71 - TIBABUYES 9253 - SAN PEDRO 300
Página: 22 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
NOMBRE DE
CÓDIGO NOMBRE COMEDOR
LOTE LOCALIDAD REFERENCIA COMEDOR UPZ SECTOR CUPOS
SIRBE COMUNITARIO
COMUNITARIO
CAMINOS DE LA 9226 - SALITRE
86 113947 SUBA 113947-CCCP 11-006 27 - SUBA 300
ESPERANZA SUBA
9235 - CIUDAD
87 113907 SUBA 113907-CCCP 11-007 LA AGUADITA 28 - EL RINCON 200
HUNZA
2411 - ISLA DEL
88 113350 TUNJUELITO 113350-CCCP 06-001 ISLA DEL SOL 42 - VENECIA 400
SOL
89 113771 TUNJUELITO 113771-CCCP 06-002 ABRAHAM LINCOLN 62 - TUNJUELITO 2508 - TUNJUELITO 400
91 113735 TUNJUELITO 113735-CCCP 06-004 SAN CARLOS 62 - TUNJUELITO 2501 - SAN CARLOS 300
2402 - SAN
92 113561 TUNJUELITO 113561-CCCP 06-005 SAN VICENTE FERRER 42 - VENECIA 300
VICENTE FERRER
2599 - CENTRO
97 113287 USME 113287-CCCP 05-003 VIRREY CHUNIIZA 61 - CIUDAD USME 350
USME URBANO
102 113819 USME 113819-CCCP 05-006 LORENZO ALCANTUZ 58 - COMUNEROS 2538 - USMINIA 300
103 113903 USME 113903-CCCP 05-011 EL LÍBANO 57 - GRAN YOMASA 2626 - BOLONIA I 300
2506 - GRAN
104 113904 USME 113904-CCCP 05-007 SAN LUIS TENERIFE 57 - GRAN YOMASA 350
YOMASA
105 113513 USME 113513-CCCP 05-001 EL BOSQUE 57 - GRAN YOMASA 2609 - EL BOSQUE 200
106 118595 USME 118595-CCCP-05-008 SEMILLAS DE ANTAÑO 52 - LA FLORA 1348 - LA CABANA 400
107 113902 USME 113902-CCCP 05- 012 VILLA ROSITA 52 - LA FLORA 1340 - TIHUAQUE 150
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 23 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 23 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Se orienta a mantener y establecer requisitos para asegurar condiciones óptimas en la operación del
servicio, en el entendido que la construcción, habilitación y adecuación del inmueble atendió de manera
previa las condiciones normativas y de salubridad, especificaciones constructivas y de materiales, así
como el cumplimiento de la norma de sismo resistencia. Este componente define el conjunto de
condiciones del espacio físico, dotación y mobiliario necesario para la realización de las actividades
propias del servicio, al igual que, las condiciones ambientales y de seguridad necesarias para generar
un ambiente funcional, seguro y adecuado que contribuya con el bienestar de los participantes.
3.1. DEFINICIONES
El oferente debe diligenciar la dirección del inmueble ofrecido en el cual pretende realizar la
prestación del servicio, en la carta de intención
▪ Requisito Habilitante o Mínimo: Se refiere a los requisitos que debe cumplir el inmueble, los
cuales se encuentra señalados con una (X) en la columna correspondiente del Formato de
Calificación Técnica de Inmuebles (Componente Urbano y de Infraestructura).
▪ Requisitos Necesarios: Estos hacen referencia a requisitos que deben cumplirse antes de la
suscripción del acta de inicio de la prestación del servicio, los cuales se encuentra señalados con
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 24 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 24 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Para los predios ofertados que presenten embargos, declaratorias de utilidad pública, declaratoria de
interés social, oferta de compra, expropiación y otros que puedan afectar la prestación del servicio,
la Secretaría Distrital de Integración Social – SDIS puede solicitar en la etapa de subsanación el
documento correspondiente que garantice la No Afectación del servicio, en caso que el oferente no
subsane se calificará NO CUMPLE.
Si el proponente no es el titular de derecho de dominio del inmueble presentado, deberá allegar con
la propuesta por cada Unidad Predial, carta de intención de suscripción de contrato de arriendo,
comodato o cualquier acto administrativo o civil que garantice la disposición y uso del inmueble
suscrito por el (los) respectivo(s) titular (es), en la que se obligue a que, en el caso de ser adjudicado
al proponente el presente proceso competitivo, éste se obliga a realizar el correspondiente contrato/
convenio de arrendamiento.
Nota: Se deberá anexar la copia del documento de identidad del (los) propietario (s) persona natural,
en caso en que el (los) propietario (s) actúe (n) mediante apoderado se debe allegar el poder
debidamente autenticado por el(los) propietario(s), para el caso de personas jurídicas se debe allegar
el certificado de existencia y representación legal junto con la copia del documento de identidad de
quien figure como representante legal.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 25 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 25 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
La Subdirección de Plantas Físicas, considera como requisito mínimo que el predio no se encuentre
en zona de amenaza alta con clasificación del riesgo No Mitigable, lo cual se revisará a través del
Sistema de Información de la Secretaria Distrital de Planeación. En el caso que así se presente, el
predio será evaluado como NO CUMPLE.
En el caso de identificar que el predio se encuentra en zona de amenaza alta, con clasificación del
riesgo Mitigable y NO presente restricciones o condicionamientos en el uso, se deberá dar
aplicabilidad a la Ley 1523 de 2012 “Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo
de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan
otras disposiciones” Articulo 42. Análisis específicos de riesgo y planes de contingencia y el Decreto
2157 de 2017 "Por medio del cual se adoptan directrices generales para la elaboración del plan de
gestión del riesgo de desastres de las entidades públicas y privadas en el marco del artículo 42 de la
Ley 1523 de 2012", conforme se establece en el Componente Ambientes Adecuados y Seguros,
numeral 5.2.6.1 Plan de Emergencias y contingencia – PEC del presente anexo técnico.
El proponente será el responsable de brindar las condiciones físicas de la infraestructura, la cual debe
contar con los servicios públicos de acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica, distribución de
gas combustible, e internet, además debe realizar las adecuaciones, reparaciones y mantenimientos
que se requieran para la prestación del servicio a los participantes, los costos derivados de
reparaciones, adecuaciones y mantenimiento por daños a la propiedad deberán ser asumimos por el
proponente.
Nota: El inmueble ofertado debe estar ubicado dentro del suelo urbano del Distrito Capital y debe ser
de uso exclusivo para el servicio de la Secretaría Distrital de Integración Social.
Página: 26 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
No está contemplada la posibilidad de cambio del inmueble habilitado en el marco del proceso
competitivo, a excepción de que se trate de un componente de riesgo imprevisto y emergente que
afecte la seguridad de los participantes del servicio. (Desastre natural, atentado de bombas que
afecten el inmueble).
De presentarse alguna de las situaciones antes mencionadas, se deberá allegar justificación por el
ASOCIADO prestador del servicio, la cual deberá ser evaluada y aprobada por la supervisión o la
interventoría del convenio; La justificación deberá ser remitida a la Subdirección de Plantas Físicas,
por la supervisión o interventoría, a fin de realizar la evaluación jurídica, y de especificaciones
técnicas del inmueble propuesto, de conformidad con las condiciones iniciales previstas en este
Anexo Técnico, con el objetivo de garantizar que el inmueble propuesto cuente con iguales o mejores
características al habilitado inicialmente.
Estas condiciones están relacionadas con los requisitos para la operación del servicio, se incluyen en
el Formato de Calificación Técnica de Inmuebles (Componente Urbano y de Infraestructura), el
cual podrá ser consultado junto con los demás documentos del proceso.
El proponente debe cumplir con los Requisitos Habilitantes o Mínimos y para la legalización del
convenio deberá dar cumplimiento a los requisitos necesarios, así mismo; El cumplimiento de los
requisitos no mínimos será exigibles en el transcurso de la ejecución del convenio, los cuales el
proponente deberá dar aplicabilidad.
El oferente deberá presentar los planos arquitectónicos básicos (pueden ser solo las plantas
arquitectónicas) en los que especifique, el nombre, las medidas y las áreas de cada uno de los
espacios ofertados, en caso de que algún espacio del predio no haga parte de la oferta, deberá ser
señalado en los planos.
Así mismo, se debe entregar los planos legibles en formato DWG en la plataforma SECOP II junto
con la propuesta y una copia impresa al momento de la visita. Este se considera un Requisito
Habilitante o Mínimo por lo que si el predio ofertado se encuentra afectado por lo descrito en este
numeral será calificada como NO CUMPLE.
Nota: Los planos presentados en formato DWG deben ser digitalizados del inmueble, no se acepta
una imagen importada dentro del archivo DWG
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 27 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 27 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Acorde al Decreto 555 de 2021 del POT “Bogotá Reverdece” los usos dotacionales se encuentran
permitidos en todas las áreas de actividad, cumpliendo con las acciones de mitigación establecidos
según su tipología, conforme se establece en los artículos 233 y 243:
“(…) Articulo 233 - Usos permitidos en Bogotá (…) 2. Usos dotacionales: Es la destinación
asignada al suelo para el desarrollo de actividades que responden a la función social del Estado
en lo relacionado con los servicios de cuidado y servicios sociales y prestación de los servicios
tendientes a asegurar el acceso a los derechos fundamentales, sociales y culturales de la
ciudadanía para su desarrollo individual y colectivo, ofertados por el sector público o privado.
Los usos dotacionales albergan los equipamientos de Sistema de Cuidado y Servicios Sociales.
Los equipamientos se tipifican según su área construida, así:
a) Equipamientos Tipo 1. Las edificaciones que se destinen a uso dotacional con área
construida menor o igual a 4.000m2 de área construida.
b) Equipamientos Tipo 2. Las edificaciones que se destinen a uso dotacional con área
construida mayor a 4.000m2 y hasta 15.000 m2.
c) Equipamientos Tipo 3. Las edificaciones que se destinen a uso dotacional con área
construida mayor a 15.000 m2. (…)”
“(…) Articulo 243 – Usos del suelo permitidos por área de actividad: Los usos de suelo
permitidos para cada Área de Actividad se establecen en función de rangos de tamaño del área
construida y sus condiciones de localización y de implantación. Adicionalmente, los usos del
suelo permitidos están sujetos a las acciones de mitigación e impactos urbanísticos y
ambientales correspondientes. (…)
Página: 28 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
3.3.2.3. Distancia del inmueble respecto de líneas de transmisión eléctrica de alta tensión.
Si se evidencian redes eléctricas con líneas de alta y extra alta tensión, se evaluarán de acuerdo con
el anexo general del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) vigente, “...cumplir con
el ancho de la zona de Servidumbre de líneas de transmisión para líneas de alta y extra alta tensión
de las Tablas 13,1 y 22.1”. En el caso de ser líneas de media tensión, se deberán garantizar las
distancias mínimas de seguridad respecto a las construcciones según lo expuesto en el RETIE. Este
se considera un Requisito Habilitante o Mínimo por lo que, si el predio ofertado se encuentra
afectado por lo descrito en este numeral será calificada como NO CUMPLE.
El inmueble ofertado no debe colindar con focos de contaminación (botaderos, plazas de mercado).
Este se considera un Requisito Habilitante o Mínimo por lo que si el predio ofertado se encuentra
afectado por lo descrito en este numeral será calificada como NO CUMPLE.
El oferente deberá presentar los recibos de servicios públicos de energía eléctrica, acueducto y
alcantarillado los cuales se consideran Requisitos Habilitantes o Mínimos por lo que de no
aportarlos será calificada como NO CUMPLE.
Adicionalmente se deberá aportar el recibo de gas natural en caso de que el predio cuente con este
servicio junto con los certificados de lavado de tanques y fumigación y control el de plagas vigente,
considerados como Requisitos Necesarios.
Estas condiciones se refieren a los espacios requeridos y su estado físico para la prestación del
servicio, y están relacionadas en el Formato de Calificación Técnica de Inmuebles (Componente
Urbano y de Infraestructura), el cual podrá ser consultado junto con los demás documentos del
proceso.
El proponente debe cumplir con los Requisitos Habilitantes o Mínimos y para la legalización del
convenio deberá dar cumplimiento a los requisitos necesarios, así mismo; el cumplimiento de los
requisitos no mínimos será exigibles en el transcurso de la ejecución del convenio, los cuales el
proponente deberá dar aplicabilidad.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 29 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 29 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Para tal fin, el profesional designado por la Subdirección de Plantas Físicas se pondrá en contacto
vía telefónica y/o por correo electrónico con el proponente e informará el día y la hora aproximada de
visita a los inmuebles. Durante la visita de inspección el proponente deberá delegar un
acompañamiento.
En el momento de la visita que se realiza al inmueble, el oferente deberá tener a la mano los esquemas
básicos en físico presentados en la plataforma SECOP II, y mostrará la totalidad de la infraestructura
y áreas objeto de la prestación del servicio. Los inmuebles deben corresponder a los predios ofertados
y serán los que se evalúen en el Formato de Calificación Técnica de Inmuebles (Componente Urbano
y de Infraestructura). La totalidad de las áreas mínimas requeridas y ofertadas deben ser de uso
exclusivo para la prestación del servicio.
Al respecto, el oferente deberá firmar el esquema básico de los espacios, en el cual se especifican
claramente las áreas ofertadas aceptando la verificación de los espacios realizada en sitio.
Las Unidades Prediales ofertadas y visitadas a las cuales no se pueda ingresar de conformidad con
el cronograma para la primera visita, se calificarán como NO CUMPLE y podrán ser evaluados en la
segunda visita, en la cual deberán cumplir con todos los Requisitos Habilitantes o Mínimos. De no
presentar el inmueble en la primera y segunda visita de verificación, el predio propuesto por
el oferente será RECHAZADO. Se debe tener en cuenta lo siguiente:
i. Las visitas técnicas deben adelantarse bajo el estricto cumplimiento del cronograma establecido
por la Subdirección de Contratación de la SDIS; cronograma en el cual se establecen términos
perentorios para adelantar esta actividad.
ii. Las visitas técnicas se organizan por parte de la Subdirección de Plantas Físicas bajo la
observancia de dos criterios a saber:
a) El número de inmuebles a visitarse,
b) Lugar de ubicación de los inmuebles
Como resultado de la visita se emitirá concepto que determina si el predio “CUMPLE” o “NO
CUMPLE”.
▪ CUMPLE: Se emite este concepto cuando, los espacios ofertados CUMPLEN con la totalidad de
los ítems denominados Requisito habilitante o mínimo, verificados por la Subdirección de Plantas
Físicas de la SDIS en el Formato de Calificación Técnica de Inmuebles (componente Urbanístico e
infraestructura).
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 30 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 30 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ NO CUMPLE: Se emite este concepto cuando, los espacios ofertados NO CUMPLEN con la
totalidad de los ítems denominados requisito habilitante o mínimo verificados por la Subdirección
de Plantas Físicas de la SDIS en el Formato de Calificación Técnica de Inmuebles (Componente
Urbano y de Infraestructura).
Los inmuebles ofertados que resulten con calificación NO CUMPLE en la primera visita técnica, podrán
subsanar los requisitos habilitantes o mínimos dentro de los tiempos destinados para subsanaciones
de conformidad con el cronograma establecido por la Subdirección de Contratación de la SDIS. No
obstante, los inmuebles ofertados que estén ubicados fuera de los sectores definidos dentro del
presente anexo técnico numeral 2.6 Tabla Distribución de Zonas para la Atención en Comedores
Comunitarios, tendrán calificación NO CUMPLE y no se les realizará segunda visita.
Estos inmuebles recibirán una segunda visita por parte de la Subdirección de Plantas Físicas, donde
se verificará la subsanación de los requisitos habilitantes o mínimos que según el Formato de
Calificación Técnica de Inmuebles (Componente Urbano y de Infraestructura) no se cumplieron en la
primera visita técnica; lo anterior, de conformidad con el cronograma establecido por la Subdirección
de Contratación de la SDIS.
Nota 1: Las adecuaciones con objeto de subsanación de los requisitos mínimos habilitantes no
cumplidos en la primera visita técnica de verificación, no deben actuar en detrimento o afectar los
requisitos mínimos habilitantes a nivel de espacios y especificaciones técnicas ya aprobadas y
publicadas en el primer informe de evaluación preliminar.
Nota 2: En todo caso lo anteriormente expuesto deberá ceñirse al subsistema de gestión ambiental.
Nota 3: En atención a la Ley 1346 de julio 31 de 2009, en donde se ratifica la convención sobre los
derechos de las Personas con Discapacidad, (adoptada por la Asamblea General de las Naciones
Unidas), se garantiza la protección a los derechos de esta población, razón por la cual las instalaciones
donde se presten los servicios de la Secretaria Distrital de Integración Social - SDIS deben contar
con condiciones de ajustes razonables, con el fin de eliminar cualquier barrera que impida a una
persona con discapacidad acceder a un bien o servicio.
Nota 5: Las Unidades Prediales ofertadas serán consideradas como CUMPLE, de conformidad con
el resultado establecido en los Formatos de Calificación Técnica de Inmuebles componente
Urbanístico e infraestructura y Componente Jurídico, calificados como cumple. De considerarse NO
CUMPLE en algunos de los dos formatos de calificación antes mencionados, la evaluación definitiva
se determinará como NO CUMPLE.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 31 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 31 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ Ley 9 de 1979, “Por la cual se dictan Medidas Sanitarias”, establece los requisitos de prevención
y protección contra incendios, y condiciones sanitarias y ambientales básicas.
▪ NSR-10, Reglamento Colombiano de construcción sismo resistente.
▪ NSR-98, Normas Colombianas de diseño y construcción sismo resistente.
▪ Resolución 14861 de 1985. “Por la cual se dictan normas para la protección, seguridad, salud y
bienestar de las personas en el ambiente y en especial de los minusválidos.”, emitida por el
Ministerio de Salud, normas de Accesibilidad.
▪ Acuerdo 20 de 1995. “Por el cual se adopta el Código de Construcción del Distrito Capital de
Bogotá, se fijan sus políticas generales y su alcance, se establecen los mecanismos para su
aplicación, se fijan plazos para su reglamentación prioritaria y se señalan mecanismos para su
actualización y vigilancia”.
▪ Resolución 2674 de 2013. “Por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto Ley 019 de 2012
y se dictan otras disposiciones” del Ministerio de Salud y Protección Social, establece los espacios
para la preparación o almacenamiento de alimentos.
▪ NTC 6047, Norma Técnica Colombiana, Accesibilidad al medio físico. Espacios de servicio al
ciudadano en la administración pública.
▪ Resolución 024 de 2017. Ministerio de Salud y Protección Social “Por medio de la cual se
establecen los requisitos mínimos esenciales que deben acreditar los Centros Vida y se establecen
las condiciones para la suscripción de convenios docente-asistenciales.”
Así mismo, es importante tener presente la etapa de transición para el cumplimiento de la Ley 1968
de 2019 “POR EL CUAL SE PROHÍBE EL USO DE ASBESTO EN EL TERRITORIO NACIONAL Y
SE ESTABLECEN GARANTÍAS DE PROTECCIÓN A LA SALUD DE LOS COLOMBIANOS.
4. VISITA DE APERTURA
Una vez firmado el convenio de asociación y previo a la suscripción del acta de inicio, la supervisión o
interventoría realizará visita de apertura a las instalaciones del Comedor Comunitario donde se
prestará el servicio, con el fin de realizar seguimiento a los resultados de la visita habilitante adelantada
por la Subdirección de Plantas Físicas, verificando las siguientes condiciones:
▪ Concepto sanitario.
Página: 32 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
plagas, condiciones particulares en: rampas, escaleras, pasillos, iluminación, ventanas, áreas de
identificación y registro, de lavado de manos y de alistamiento de personal.
El componente Inclusión Social para la modalidad Comedores Comunitarios se materializa por medio
de los ejes transversales y articuladores, y las acciones de inclusión social de acuerdo con los
procedimientos, instructivos, lineamientos, protocolos, guías y formatos establecidos por la Secretaría
Distrital de Integración Social.
La hoja de ruta del componente Inclusión Social contiene el plan de acción, la programación mensual
de actividades y la programación mensual de actividades a ejecutar con rubro del componente, así:
▪ La programación mensual de actividades a ejecutar con rubro del componente hace referencia
únicamente a las actividades dirigidas a los participantes del Comedor Comunitario y en las que se
requiere inversión del rubro asignado al componente dando respuesta al cumplimiento de los ejes
y acciones de inclusión social, de acuerdo con lo establecido en el presente anexo técnico así:
Página: 33 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Nota 2: La programación de actividades a ejecutar con rubro del componente deberá contar con firma
del representante legal del ASOCIADO y deberá presentarse a la supervisión o interventoría en visita
de seguimiento en campo para su correspondiente revisión y aprobación.
Lineamiento:
Construir la hoja de ruta del componente inclusión social por el tiempo de ejecución del convenio, en
el formato establecido por la SDIS y cargarla en la herramienta de almacenamiento de información
definida para tal fin.
Fuentes de verificación:
Página: 34 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Tiempo de ejecución:
▪ Para el primer mes de ejecución se deberá entregar el día ocho (8) calendario a partir de la firma
de acta de inicio.
▪ A partir del segundo mes y en adelante, el último día hábil de cada mes se deberá entregar la
programación del mes siguiente.
Esta acción de inclusión social se fundamenta en la participación del profesional social del Comedor
Comunitario, en la Mesa Local de Inclusión Social. Su objetivo, es la articulación de las acciones
requeridas que permitan dar respuesta a las necesidades e intereses identificados en la
implementación del componente Inclusión Social en el territorio.
La Mesa Local de Inclusión Social se reunirá con base en la programación y convocatoria de los
profesionales referentes locales del Proyecto 7745: Compromiso por una Alimentación Integral en
Bogotá, de la Subdirección Local para la Integración Social que corresponda. Se realizará de manera
mensual durante la vigencia del convenio de asociación.
Lineamiento:
Participar en la Mesa Local de Inclusión Social de acuerdo con las condiciones técnicas establecidas
por la SDIS y las convocatorias realizadas durante la ejecución del convenio.
Fuentes de verificación:
Tiempo de ejecución:
▪ Cargue de fuentes de verificación de asistencia a la Mesa Local de Inclusión Social: Hasta cinco
(5) días calendario después del día de realización de la Mesa Local de Inclusión Social
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 35 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 35 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ La Mesa Local de Inclusión Social se reunirá por lo menos una (1) vez al mes durante el tiempo de
ejecución del convenio o según las necesidades territoriales identificadas por los profesionales
locales del Proyecto 7745.
Lineamiento:
Fuente de verificación:
Tiempo de ejecución:
▪ Desde la primera Mesa Local de Inclusión Social realizada durante la ejecución del convenio y hasta
diez (10) días calendario antes de la finalización de este.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 36 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 36 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Esta acción de inclusión social busca la construcción concertada, colectiva y participativa de los
acuerdos de convivencia y participación del Comedor Comunitario.
Lineamiento:
Desarrollar un (1) encuentro presencial para construir y concertar los Acuerdos de Convivencia y
Participación del Comedor Comunitario, con un mínimo de treinta (30) personas participantes del
Comedor Comunitario, atendiendo las condiciones técnicas establecidas por la SDIS.
Fuentes de verificación:
Tiempo de ejecución:
Esta acción busca visibilizar los acuerdos de convivencia y participación concertados con los
participantes del Comedor Comunitario.
Lineamiento:
Publicar los acuerdos de convivencia y participación en un lugar visible del Comedor Comunitario, por
medio de herramientas didácticas con fines pedagógicos, de manera legible, sin alteraciones, tachones
o enmendaduras.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 37 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 37 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Fuente de verificación:
Tiempo de ejecución:
▪ Los acuerdos de convivencia y participación deberán estar publicados en un lugar visible del
Comedor Comunitario a partir del día diecisiete (17) calendario a partir de la firma del acta de inicio
del convenio de asociación y, de manera permanente, hasta la finalización de este.
- Acción para la inclusión social 4. Lectura de Realidades y concertación del Contrato Social
Familiar
“El contrato social familiar es una herramienta para la concertación de acuerdos en torno al
logro de metas individuales y familiares, desde el ejercicio ciudadano corresponsable,
tendientes al alcance del objetivo del componente de inclusión social , implica la movilización
de recursos ciudadanos en el marco de los derechos, deberes y recursos institucionales desde
la referenciación interinstitucional o intrainstitucional, con el propósito de alcanzar las metas
establecidas en cada una de los ámbitos y categorías”.6
Lineamiento:
Diligenciar el instrumento Lectura de Realidades y concertar el Contrato Social Familiar con el 100%
de los participantes del Comedor Comunitario y sus hogares/familias.
Fuentes de verificación:
6
Secretaría Distrital de Integración Social. Dirección de Nutrición y Abastecimiento. Servicio Construyendo Autonomía Alimentaria. 2021
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 38 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 38 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Tiempo de ejecución:
▪ Diligenciamiento y concertación desde el día nueve (9) calendario a partir de la fecha del acta de
inicio del convenio de asociación y hasta diez (10) días calendario antes de la finalización de este.
▪ Cargue en herramienta de almacenamiento, el último día hábil de cada mes y hasta diez (10) días
calendario antes de la finalización del convenio.
Para los participantes que se encuentran en estado En Atención al momento del inicio del convenio, el
diligenciamiento del instrumento Lectura de Realidades – Contrato Social Familiar deberá realizarse
desde el día nueve (9) calendario a partir de la fecha de acta de inicio hasta el día cuarenta (40)
calendario.
Para los participantes y sus hogares/familias que ingresan al Comedor Comunitario como resultado de
las activaciones, el diligenciamiento del instrumento Lectura de Realidades – Contrato Social Familiar,
deberá realizarse en un tiempo no mayor a quince (15) días calendario contados a partir de la fecha
de ingreso de los participantes y sus hogares/familias.
Lineamiento:
Referenciar a los participantes del Comedor Comunitario y sus hogares/familias a los servicios sociales
existentes, de acuerdo con la identificación de intereses y necesidades producto del análisis del
instrumento Lectura de Realidades - Contrato Social Familiar y realizar registro en la ficha SIRBE
vigente.
Fuentes de verificación:
Página: 39 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Tiempo de ejecución:
▪ Desde el día nueve (9) calendario a partir a partir de la fecha del acta de inicio del convenio y de
manera permanente, de acuerdo con las necesidades identificadas con los participantes y su
hogar/familia, y hasta diez (10) días calendario antes de la finalización del convenio.
La SDIS se propone adelantar progresivamente acciones para desarrollar procesos de inclusión social
con los participantes de los servicios, a través de la implementación de la agricultura urbana orgánica,
con el fin de promover la sostenibilidad ambiental y generar productos alimenticios limpios para el
autoconsumo, y la comercialización; fortaleciendo las capacidades y posibilitando oportunidades de
mejoramiento en la calidad de vida de los hogares/familias.
En este sentido, se entiende la agricultura urbana orgánica, como una práctica agrícola que se realiza
en espacios urbanos dentro de la ciudad, en zonas blandas (pequeñas materas en antejardines, en
lotes) o en zonas duras (camas, cojines, tubulares en terrazas, en patios), utilizando el potencial local
como la fuerza de trabajo, el área disponible, el agua lluvia, los residuos sólidos, articulando
conocimientos técnicos y saberes tradicionales.
Lineamiento:
Página: 40 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
de semillas de hortalizas, aromáticas, frutales o plantas medicinales de cinco (5) gramos. Solo podrá
entregarse un (1) kit de insumos por hogar/familia.
▪ Realizar un reporte inicial de las acciones de agricultura urbana orgánica el cual deberá incluir el
diagnóstico de implementación y la entrega de kits.
▪ Realizar reportes mensuales de avance de la implementación del proceso de agricultura urbana
orgánica, en el formato establecido por la SDIS.
▪ Realizar un reporte final que permita evidenciar el cumplimiento de las acciones de agricultura
urbana orgánica, el cual deberá incluir: Diagnóstico que permita identificar los hogares/familias que
continuaron en el proceso, entregables de las guías de trabajo y descripción de la implementación.
Fuentes de verificación:
Tiempo de ejecución:
▪ Diagnóstico: Día cuarenta (40) calendario posterior a la firma del acta de inicio del convenio.
▪ Reporte inicial: Día cincuenta (50) calendario posterior a la firma del acta de inicio del convenio.
▪ Reporte mensual de avance: Posterior a la entrega del reporte inicial, el último día hábil de cada
mes.
▪ Reporte final: Quince (15) días calendario antes de la finalización del convenio.
Como parte del proceso de fortalecimiento de capacidades que se acuerda con los participantes del
Comedor Comunitario, se desarrollan procesos de comunicación y divulgación sobre transformación
de alimentos, con el propósito de realizar formación sobre el aprovechamiento de los alimentos en el
hogar, a través de acciones de articulación intrainstitucional (Centros de Desarrollo Comunitario de la
SDIS) e interinstitucional (SENA – Subred de Servicios de Salud) o con entidades que realizan
formación en manipulación de alimentos.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 41 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 41 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Lineamiento:
Las personas que se vinculen a procesos de transformación de alimentos deben ser mayores de 14
años y podrán participar personas integrantes del hogar familia del participante.
Los procesos de transformación de alimentos deberán tener tanto el número de horas requeridas en
manipulación de alimentos como el número de horas prácticas. Si los hogares/familias vinculados a
procesos de transformación de alimentos no cumplen con estas condiciones no se contará como parte
del 5% establecido.
Fuentes de verificación:
Tiempo de ejecución:
▪ Desde el día cuarenta (40) calendario a partir de la fecha de acta de inicio y hasta diez (10) días
antes de la finalización del convenio.
Página: 42 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Lineamiento:
Fuentes de verificación:
Tiempo de ejecución:
▪ Desde el día cuarenta y uno (41) calendarios contados a partir de la fecha de acta de inicio del
convenio y hasta diez (10) días antes de la finalización del convenio de asociación.
Se desarrollarán cuatro (4) sesiones de trabajo con un (1) hogar/familia elegida del Comedor
Comunitario, de manera presencial en la vivienda y deben participar todos los integrantes de la familia.
Contiene en su desarrollo conceptual, el análisis de situaciones cotidianas y el manejo de un lenguaje
sencillo y de uso común entre las personas que hacen parte de las familias y tiene como lugar común
de encuentro, la cocina.
En torno a ella se abordan, entre otros conceptos, los roles y estereotipos de género, el reconocimiento
y la distribución de tareas de las cuidadoras, la igualdad de género y los derechos de las mujeres a
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 43 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 43 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
partir del desarrollo de sus capacidades, así mismo se propone reducir los tiempos dedicados a la
transformación de los alimentos a través del aprovechamiento y la preparación diversa, saludable y
casera que realizan las cuidadoras en el hogar.
Lineamiento:
Implementar la estrategia Cocinando en Familia con un (1) hogar/familia del Comedor Comunitario, de
acuerdo con los tiempos y procedimientos establecidos en el anexo técnico.
La estrategia Cocinando en Familia está constituida por cuatro sesiones de trabajo y la elaboración de
un producto final, así:
La primera sesión de trabajo tiene como eje conceptual el Reconocimiento de las necesidades de las
cuidadoras en el hogar a través del desarrollo de una temática denominada “¿De quién es la cocina?”
Se toma como punto de partida el análisis situacional para introducir el desarrollo temático que permite
sensibilizar a los integrantes de la familia sobre el tiempo que dedican las mujeres en el desarrollo de
las labores cuidado y del hogar. Esta sesión estará a cargo del profesional social del Comedor
Comunitario.
La sesión dos tiene como eje conceptual la Redistribución del trabajo de cuidado entre hombres y
mujeres en las actividades del hogar y se desarrolla en el marco de una temática que se denomina “La
Olla Pitadora”. Esta sesión busca la comprensión de las emociones y sentimientos que generan los
estereotipos y roles de género como el manejo adecuado de las mismas, así como el reconocimiento
que tiene la redistribución de tareas en el hogar y el impacto que tiene en las emociones de todos los
integrantes del hogar, especialmente con las personas cuidadoras. Esta sesión estará a cargo del
profesional social del Comedor Comunitario.
La sesión tres trata el tema de la Reducción de los tiempos de trabajo de cuidado no remunerado de
las personas cuidadoras y se trabaja con base en el desarrollo de una temática cuyo nombre es “Ponte
el Delantal”, tiene como hilo conductor el que se haga práctico todo el aprendizaje anteriormente
obtenido por los integrantes de la familia. Esta sesión estará a cargo del profesional social del Comedor
Comunitario.
La sesión cuatro se realiza el proceso de transformación de los alimentos con la familia, a través del
aprovechamiento y la preparación diversa, saludable y casera, incluye el alistamiento, preparación,
emplatado, consumo y organización final tanto de la mesa como de la cocina del hogar. Esta sesión
se denomina “Los Platos sobre la Mesa” y estará a cargo del profesional social del Comedor
Comunitario y el profesional nutricionista dietista.
Página: 44 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Fuentes de verificación:
Tiempo de ejecución:
▪ Desde el día cuarenta y uno (41) calendario contado a partir de la fecha de acta de inicio y hasta
dos (2) meses antes de la finalización del convenio.
- Acción para la inclusión social 10. Sensibilización para la participación en las acciones de
inclusión social
Contempla las acciones de contextualización donde se sensibiliza a los beneficiarios del Comedor
Comunitario sobre la importancia de la participación en las actividades de inclusión social desarrolladas
en el tiempo de ejecución del convenio. Esta acción de sensibilización podrá realizarse de manera
individual o colectiva en el marco de la corresponsabilidad y de lo establecido en el acta de compromiso
firmada por los participantes.
Lineamiento:
Desarrollar una (1) actividad mensual de sensibilización para la participación en las acciones de
inclusión social, dirigida a los participantes del Comedor Comunitario que no se encuentran vinculados
en estas acciones y a los participantes que ingresan a la modalidad de atención producto de las
activaciones durante la vigencia del convenio.
Fuentes de verificación:
Tiempo de ejecución:
▪ Desde el día cuarenta y uno (41) calendario contado a partir de la fecha del acta de inicio y hasta
diez (10) días antes de la finalización del convenio.
▪ Cargue en herramienta de almacenamiento de información: El último día hábil de cada mes,
posterior al día cuarenta y uno (41) calendario contado a partir de la fecha del acta de inicio.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 45 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 45 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Lineamiento:
Fuentes de verificación
▪ Un (1) documento memoria del encuentro que incluya soporte fotográfico en formato PDF, cargado
en la herramienta de almacenamiento de información definida para tal fin.
▪ Formato listado de participación cargado diligenciado y cargado en la herramienta de
almacenamiento de información definida para tal fin, en formato PDF.
Tiempo de ejecución:
▪ Una vez durante la vigencia del convenio, de acuerdo con la programación concertada en la Mesa
Local de Inclusión Social.
Nota: En caso de emergencias sanitarias o antrópicas que limiten el desarrollo del encuentro de
manera presencial, podrá realizarse a través de las plataformas tecnológicas existentes (Microsoft
Teams, Google Meet, Zoom, Skype, Google Hangouts), con una participación local de mínimo 50
personas.
Página: 46 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Como parte del proceso de implementación del componente Inclusión Social se realiza el
acompañamiento y seguimiento al cumplimiento de los acuerdos concertados en el Contrato Social
Familiar. Esta acción incluye la identificación de los factores individuales, familiares, sociales o
institucionales que han podido influir en el incumplimiento de los acuerdos y supone el planteamiento
de alternativas para lograr su alcance.
Lineamiento:
Realizar seguimiento bimestral a los acuerdos concertados en el Contrato Social Familiar al 100% de
los hogares/familias participantes del Comedor Comunitario, registrarlo en el instrumento Lectura de
Realidades – Contrato Social Familiar y en la Ficha SIRBE vigente.
Fuentes de verificación:
Tiempo de ejecución:
▪ Seguimiento bimestral al Contrato Social Familiar: Cinco (5) días antes o cinco (5) después de la
fecha de corte que corresponda al bimestre, tomando como referencia la fecha de elaboración de
la Lectura de Realidades.
▪ Cargue en herramienta de almacenamiento de información: Último día hábil de cada mes y hasta
diez (10) días calendario antes de la finalización del convenio.
Nota: Para los participantes que egresan durante la ejecución del convenio, se deberá diligenciar en
la Ficha SIRBE vigente del participante, el seguimiento de cierre al Contrato Social Familiar sin superar
cinco (5) días calendario posteriores a la fecha de egreso.
Lineamiento:
Realizar seguimiento a los participantes del Comedor Comunitario que evidencian criterios de egreso
de acuerdo con los procedimientos y normatividad vigente, registrar el seguimiento en la ficha SIRBE
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 47 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 47 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
vigente y enviar reporte semanal al profesional local del Proyecto 7745 correspondiente, vía correo
electrónico, con los respectivos soportes del seguimiento realizado.
Fuentes de verificación:
Tiempo de ejecución:
▪ Permanente a partir del primer día de operación hasta cinco (5) días de operación antes de la
finalización del convenio.
▪ Cargue en la herramienta de almacenamiento de información: Último día hábil de cada mes.
Lineamiento:
Realizar seguimiento a los participantes del Comedor Comunitario que no cumplen con los acuerdos
pactados en el Acta de Compromiso, registrar el seguimiento en la ficha SIRBE vigente y enviar reporte
mensual en el formato establecido por la SDIS al profesional local del Proyecto 7745, vía correo
electrónico, con los respectivos soportes del seguimiento realizado.
Cuando los participantes incurran en faltas que generan suspensión o egreso inmediato, de acuerdo
con lo pactado en el Acta de Compromiso, enviar reporte el mismo día de ocurrencia de la falta en el
formato establecido por la SDIS al profesional local del Proyecto 7745, vía correo electrónico, con los
respectivos soportes.
Fuentes de verificación:
Página: 48 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Tiempo de ejecución
Lineamiento:
Actualizar la información diligenciada en la ficha SIRBE vigente cuando presente modificación en las
variables básicas, variables transversales, ubicación geográfica, información básica y transversal
sobre la familia, de acuerdo con las orientaciones definidas por la SDIS y enviar reporte quincenal al
profesional local del Proyecto 7745, vía correo electrónico, con los respectivos soportes de
actualización que se requieran.
Fuentes de verificación:
Tiempo de ejecución:
▪ Envío reporte quincenal: Día quince (15) y día treinta (30) de cada mes (Cuando estos días
correspondan a domingo o día festivo, se deberá realizar el envío el día hábil siguiente).
Lineamiento:
Página: 49 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Fuentes de verificación:
▪ Formato Ayuda de memoria o acta de reunión u otros documentos generados en los encuentros de
fortalecimiento cargado en la herramienta de almacenamiento de información definida para tal fin.
▪ Formato Listado de asistencia diligenciado y cargado en la herramienta de almacenamiento de
información definida para tal fin.
Tiempo de ejecución:
▪ Durante el tiempo de ejecución del convenio y de acuerdo con las convocatorias realizadas por la
Secretaría Distrital de Integración Social.
▪ Suministro alimentario.
▪ Vigilancia nutricional.
▪ Promoción en estilos de vida saludable con énfasis en alimentación, nutrición y actividad física.
▪ Salubridad.
El suministro alimentario corresponde a un tiempo de comida - almuerzo, el cual cumple con los
lineamientos enmarcados en la normatividad nacional, relacionada con la Resolución No. 3803 de 2016
del Ministerio de Salud y Protección Social Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta
de Energía y Nutrientes – RIEN para la población colombiana, la Estrategia Nacional para la Reducción
del Consumo de Sal/Sodio en Colombia 2012 – 20217 (la cual plantea como objetivo lograr la
recomendación de la Organización Mundial de la Salud - OMS prevista para el año 2021: 5g
7 Ministerio de Salud y Protección Social (2015). Estrategia Nacional para la Reducción del Consumo de Sal/Sodio en Colombia 2012 – 2021.
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/PP/SNA/Estrategia-reduccion-sal-2012-2021.pdf
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 50 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 50 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Acogiendo la Resolución N.º 0509 de 2021 expedida por la Secretaría Distrital de Integración Social,
en lo relacionado con la población objetivo, a continuación, se presentan los grupos de edad
establecidos para la planificación alimentaria y las recomendaciones diarias de calorías y nutrientes:
8 Ministerio de Salud y Protección Social (2014). Sazonadores Naturales Especias, hierbas y frutas.
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/PP/SNA/sazonadores-naturales-especias-hierbas-frutas.pdf
10 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF (2015). Guías Alimentarias Basadas en Alimentos para la población colombiana mayor
de 2 años.
https://www.icbf.gov.co/system/files/guias_alimentarias_basadas_en_alimentos_para_la_poblacion_colombiana_mayor_de_2_anos_3_0.p
df
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF (2018). Guías Alimentarias Basadas en Alimentos para mujeres gestantes, madres en
periodo de lactancia y niños y niñas menores de 2 años de Colombia. https://www.icbf.gov.co/guias-alimentarias-basadas-en-alimentos-para-
mujeres-gestantes-madres-en-periodo-de-lactancia-y-2
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 51 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 51 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
EDAD
100% 40% 10% 20% 20% 40% 50% 65% EAR UL EAR UL AI UL EAR UL EAR UL
Niños y niñas
1 - 2 Años y 11
994 398 9,9 19,9 8,8 17,7 49,7 64,6 200 1000 2 16 400 600 84 240 1 3
meses, 29
días.
Niñas y niños
de 3 años a 5
1300 520 13,0 26,0 11,6 23,1 65,0 84,5 200 1000 2 16 400 760 84 360 1 5
años 11 meses
29 días
10% 20% 25% 35% 50% 65%
Niñas y niños
de 6 años a 8
1629 652 16,3 32,6 18,1 25,3 81,5 105,9 320 1000 2 16 480 760 110 360 1 5
años 11 meses
29 días
Niñas y niños
de 9 años a 13
2245 898 22,5 44,9 24,9 34,9 112,3 145,9 440 1200 3 16 600 880 173 680 2 10
años 11 meses
29 días
Mujeres y
hombres
2678 1071 26,8 53,6 29,8 41,7 133,9 174,1 360 1000 4 18 560 920 224 1160 4 16
mayores de 14
años
Fuente: Resolución 3803 de 2016. Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes- RIEN para la
población colombiana y se dictan otras disposiciones. Minuta de alimentos (minuta patrón, ciclo de menús, análisis de aporte nutricional
diario):
Página: 52 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
menús elaborado para 24 días y el análisis de aporte nutricional diario del ciclo de menús elaborado
para los 24 días por grupo de edad, para su ejecución durante la vigencia del convenio.
La minuta patrón es el eje de todo servicio de alimentación y se define como un modelo de los grupos
de alimentos y las porciones a suministrar en una o varias comidas del día. La minuta patrón facilita la
operación del servicio y actividades de seguimiento como compra, preparación y porciones a servir.
El ASOCIADO deberá orientarse a través del documento análisis del aporte nutricional para dar
cumplimiento a todas las etapas de preparación de alimentos (proyección de compra de cantidades de
alimentos para los participantes de la modalidad).
Distribución de
Tiempo de
energía por tiempo Grupo de alimentos o componente
comida
de comida
Sopa o crema o cazuela leguminosas (arveja, fríjol, lenteja,
garbanzo)
Proteína de origen animal pollo (pechuga-pierna), carne
(res, cerdo), atún.
Almuerzo 40% Cereal
Tubérculo o plátano o raíz
Verdura caliente o ensalada
Jugo o sorbete con fruta
Postre natural
Fuente: Secretaría Distrital de Integración Social. Subdirección de Nutrición. 2022
Nota 1: La minuta patrón, ciclo de menús y análisis del aporte nutricional se encuentran planificados
para un aporte nutricional diario del 40% de las recomendaciones de ingesta de energía y nutrientes de
los grupos etarios atendidos.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 53 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 53 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Nota 2: La especificación técnica de cada una de las minutas patrón se establece en los anexos
correspondientes.
El ciclo de menús contempla cuatro (4) semanas y veinticuatro (24) menús programados y se repite de
manera mensual.
Para la implementación del ciclo de menús, el ASOCIADO deberá utilizar la totalidad de ingredientes
listados en el análisis del aporte nutricional para cada preparación.
a. Se debe adquirir carne magra, eliminando la grasa visible para disminuir el aporte de colesterol
y grasa saturadas proveniente de los alimentos y garantizar el peso neto establecido para cada
una de las preparaciones, como el aporte nutricional planificado, especialmente de proteína.
b. Los cortes de carne a utilizar para las preparaciones corresponden a los establecidos en el
análisis nutricional.
c. El atún utilizado en las preparaciones debe ser lomitos en agua, el cual debe cumplir con la
normatividad vigente que rige su comercialización y consumo.
d. Para el caso del pescado en menús especiales, se deberá adquirir filete de bagre, filete de
merluza o filete de mojarra. En ningún caso se permitirá el suministro de filete de basa.
e. Se debe garantizar el peso neto del pollo (sin hueso y sin piel), así como el gramaje establecido
para el peso servido. Para el caso del corte pierna el peso bruto y peso neto se establece en el
análisis del aporte nutricional teniendo en cuenta que este corte contiene hueso. Ejemplo: Peso
bruto pierna 137g, peso neto 100g, peso servido 110g (contemplando el hueso).
f. Se debe tener en cuenta que las vísceras (pajarilla de res) se incluyen 1 vez en el ciclo, dada
la biodisponibilidad del hierro en este tipo de alimentos y su importancia en los procesos
fisiológicos. No se permite como alimento proteico de origen animal, alimentos tales como
menudencias, alas de pollo, bofe, riñones, callo, menudo, ossobuco o cortes en donde
predomine el hueso, debido a que su parte comestible aumenta en las preparaciones el aporte
de grasas saturadas y tiene un bajo aporte de proteína de alto valor biológico.
g. Los alimentos establecidos en almuerzo como carne de res, carne de cerdo, atún o pollo
(pechuga - pierna), NO podrán ser cambiadas por alimentos como huevo o salchichas.
h. Como sustancia de las sopas que se elaboren, NO se permitirá el uso de hueso, cubos de caldo
o similares.
i. Las presentaciones de los alimentos proteicos deberán servirse como están establecidos en el
ciclo de menús, por tanto, si la preparación no establece que sea mechada, en cuadros o
picada, deberá ofrecerse el corte sin fraccionar de acuerdo con el grupo de edad, a excepción
de que este fraccionamiento este direccionado por el profesional en nutrición y dietética del
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 54 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 54 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
servicio por condiciones particulares de los participantes como falta parcial o total de piezas
dentales entre otros.
j. Para las preparaciones con salsa o guiso, se aclara que se debe dar cumplimiento con los
pesos servidos de la proteína de origen animal establecidos en las minutas patrón,
independiente del contenido de salsa o guiso de la preparación.
k. La leguminosa por ningún motivo reemplaza ni complementa la porción de proteína de origen
animal.
l. La leche a suministrar debe ser leche líquida entera pasteurizada o UHT.
m. Se deberá adquirir leche o queso adicional, con el fin de garantizar que toda mujer que se
encuentre en período de gestación o lactancia hasta los doce meses, que asista al Comedor
Comunitario reciba un aporte adicional de leche de 200 cc o queso de 35g. El uso de alimentos
deslactosados no es recomendado.
n. Las frutas, verduras y hortalizas que se suministren deben ser frescas, agradables a la vista y
paladar para que sean consumidas por los participantes.
o. Las verduras u hortalizas se deben ofrecer como porción individual, no deben mezclarse con
otra preparación del almuerzo, es decir en la ración alimentaria servida se debe visualizar el
componente de la minuta patrón planificada “verdura o ensalada”.
p. Dentro del peso neto de la fruta, se contempla la parte no comestible (semillas y cáscaras). El
resultado del licuado no debe ser descontado del peso neto. Para las frutas mango, guayaba y
feijoa se podrá utilizar su cáscara en la preparación, teniendo en cuenta que ésta es comestible.
q. Se debe tener en cuenta que únicamente se permite el uso de aceite de origen vegetal de una
sola fuente (soya, girasol, oliva, canola o maíz)
r. Evitar el uso excesivo de azúcar, debido a los efectos nocivos para la salud y su contribución
al sobrepeso u obesidad.
s. El ASOCIADO podrá adquirir fruta entera para la elaboración de los jugos o pulpa de fruta
natural sin azúcar adicional ni preservantes.
t. Para la preparación de sorbete en caso de usar fruta o fruta congelada podrá utilizarse 3% de
agua. Para el caso de usar pulpa no podrá utilizarse agua en la preparación de sorbete.
u. Los condimentos para utilizar en las preparaciones deben ser naturales (tomillo, laurel, perejil,
cilantro, cebolla, tomate, pimentón, orégano, entre otros). Consultar el documento Sazonadores
naturales: especias, hierbas y frutas del Ministerio de Salud y Protección Social.11
v. El ASOCIADO debe mantener publicado el ciclo de menús en un lugar visible para los
participantes, así como en el área de preparación de estos.
w. Los alimentos adquiridos deben corresponder al ciclo de menús entregado por la SDIS.
x. Los alimentos comprados y preparados en el Comedor Comunitario serán exclusivamente para
la población participante.
y. El ASOCIADO deberá cumplir con la implementación de la minuta patrón, ciclo de menús,
análisis del aporte nutricional, garantizando cada uno de los alimentos en los gramajes
11 Ministerio de Salud y Protección Social (2014). Sazonadores Naturales Especias, hierbas y frutas.
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/PP/SNA/sazonadores-naturales-especias-hierbas-frutas.pdf
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 55 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 55 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
específicos definidos por la SDIS, con el fin de asegurar el aporte nutricional establecido para
cada grupo de edad.
z. De acuerdo con las necesidades de la SDIS y para dar cumplimiento a la normatividad vigente,
se podrán realizar ajustes en las minutas, ciclos de menús, y análisis del aporte nutricional, sin
afectar el valor del convenio.
aa. Para las fechas especiales en navidad y fin de año. El profesional en nutrición y dietética del
Comedor Comunitario enviará la propuesta de menú especial antes del 10 de diciembre, al
profesional en nutrición y dietética del Proyecto 7745 asignado a la Subdirección Local, para
su revisión y aprobación, siguiendo los criterios establecidos por la Subdirección de Nutrición
para tal fin.
bb. La fruta para los postres se ofrecerá entera únicamente cuando sea granadilla y mandarina.
cc. En caso de ser necesario, el profesional en nutrición y dietética podrá realizar modificación
únicamente a las consistencias o texturas de los alimentos o preparaciones ofrecidas a los
participantes. Estas modificaciones particulares, deberán estar justificadas por escrito y
deberán estar disponibles para la supervisión, interventoría o a quien la SDIS defina.
La SDIS realiza la planificación alimentaria y nutricional a poblaciones o colectivos sanos, con base en
los lineamientos enmarcados en la normatividad nacional, relacionada con las RIEN, la Estrategia
Nacional para la Reducción del Consumo de Sal/Sodio en Colombia 2012 – 202112 (la cual plantea
como objetivo lograr la recomendación de la Organización Mundial de la Salud - OMS prevista para el
año 2021: 5 g sal/ persona/día), Documento Técnico: Azúcares Adicionados13 y las Guías Alimentarias
Basadas en Alimentos (GABA) emitidas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF.14
Nota 1: No se permite el uso de aceite de palma, dada su asociación con factores de riesgo
cardiovasculares por el contenido de ácidos grasos saturados.
Nota 2: El ASOCIADO deberá realizar una encuesta con los participantes del Comedor Comunitario
con el fin de identificar la voluntad de aceptación de un menú vegetariano. Sí mínimo el 70% de los
12 Ministerio de Salud y Protección Social (2015). Estrategia Nacional para la Reducción del Consumo de Sal/Sodio en Colombia 2012 –
2021.
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/PP/SNA/Estrategia-reduccion-sal-2012-2021.pdf
14 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF (2015). Guías Alimentarias Basadas en Alimentos para la población colombiana mayor
de 2 años.
https://www.icbf.gov.co/system/files/guias_alimentarias_basadas_en_alimentos_para_la_poblacion_colombiana_mayor_de_2_anos_3_0.p
df
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF (2018). Guías Alimentarias Basadas en Alimentos para mujeres gestantes, madres en
periodo de lactancia y niños y niñas menores de 2 años de Colombia.
https://www.icbf.gov.co/guias-alimentarias-basadas-en-alimentos-para-mujeres-gestantes-madres-en-periodo-de-lactancia-y-2
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 56 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 56 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
participantes asistentes al servicio mayor de 18 años expresa estar de acuerdo con la inclusión de este
menú, el ASOCIADO deberá diseñar dos (2) propuestas de menús vegetarianos que cumplan con el
aporte nutricional de acuerdo con cada grupo poblacional y remitir a la profesional en nutrición y
dietética del Proyecto 7745 asignado a la Subdirección Local respectiva para su autorización. La
elaboración y suministro del menú vegetariano autorizado a ofrecerse una (1) vez al mes cada mes,
desde su aprobación y no implica costos adicionales para la SDIS.
Dicho sondeo deberá realizarse dentro de los primeros treinta (30) días calendario del convenio, de
acuerdo con el modelo de encuesta suministrado por la Subdirección de Nutrición.
Para la implementación del ciclo de menús a suministrar a los participantes, el aporte nutricional de las
preparaciones proyectadas en el análisis nutricional (expresado en calorías, macro y micronutrientes
los cuales son calculados a partir de la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos (TCAC)
versión 201515, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF). El ASOCIADO deberá elaborar
las preparaciones de alimentos utilizando la totalidad de los ingredientes incluidos en el documento
“análisis del aporte nutricional” de la SDIS, en cada uno de los 24 menús, en las cantidades
establecidas en las columnas de peso neto del mismo archivo y garantizando el peso servido descrito
en la minuta patrón.
El ASOCIADO deberá solicitar a la SDIS el número de ciclo de menús con el cual debe iniciar y
continuará de manera sucesiva durante la ejecución del convenio.
La SDIS se permite aclarar que los nombres de los alimentos establecidos en el documento anexo
“Análisis del aporte nutricional” en la columna “ALIMENTO”, corresponden a los nombres determinados
en la Tabla de Composición de Alimentos colombianos (TCAC) 2018, la cual recopila el contenido de
calorías y nutrientes de los alimentos que consume la población colombiana.
Teniendo en cuenta lo anterior, y que algunos alimentos no se encuentran en la TCAC con el nombre
específico de acuerdo con la variedad, clasificación o tipo de alimento; a continuación, se brinda
aclaración sobre algunos nombres de alimentos establecidos en el documento análisis nutricional:
15 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF (2015). Tabla de Composición de Alimentos colombianos (TCAC).
https://www.icbf.gov.co/sites/default/files/tcac_2015_final_para_imprimir.pdf
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 57 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 57 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ El alimento “carne de res, magra” establecido en el documento análisis nutricional como ingrediente
para las carnes, corresponde al corte de carne cadera.
▪ El alimento “carne de res, gorda” establecido en el documento análisis nutricional corresponde a
sobrebarriga.
▪ El alimento “carne de res, magra” establecido en el documento análisis nutricional como ingrediente
para sopas y cazuelas, corresponde al corte de carne murillo o cadera.
▪ El alimento “tomate, pulpa” establecido en el documento análisis nutricional corresponde a tomate
milano.
▪ En la preparación verduras salteadas el alimento “calabaza, sin cáscara, cruda” establecida en el
documento análisis nutricional corresponde a calabacín.
▪ El alimento “arveja verde, cruda” establecido en el documento análisis nutricional corresponde a
arveja en vaina.
▪ El alimento “papa común” corresponde a papa pastusa.
▪ Para el aguacate, podrá ofrecerse además de la variedad aguacate lorena, el aguacate hass.
En el servido de alimentos el ASOCIADO deberá cumplir con los pesos servidos establecidos en la
minuta patrón para los grupos de edad determinados por la SDIS.
Se aclara que la medida casera de servido establecida en la minuta patrón de cada grupo etario,
corresponde a una guía sobre la cantidad en cocido de un alimento/preparación; por tanto, el
ASOCIADO a través del profesional en nutrición y dietética deberá realizar la estandarización de
utensilios para el servido de alimentos y socializar al personal manipulador de alimentos, con el fin de
dar cumplimiento a los pesos servidos establecidos en la minuta patrón de cada grupo de edad y
optimizar los tiempos de servido. Esta actividad deberá realizarse durante los primeros seis (6) días
calendario contados a partir de la firma de acta de inicio y una vez cada mes durante la ejecución del
convenio de manera presencial y contar con el soporte del proceso (ficha técnica de la actividad, listado
de asistencia y registro fotográfico. La ficha técnica y el registro fotográfico podrán presentarse de
forma digital).
Teniendo en cuenta que los alimentos como frutas, verduras y tubérculos, no se encuentran en
períodos de cosecha durante todo el año, la SDIS autoriza al ASOCIADO a realizar máximo un (1)
intercambio de estos alimentos al día y máximo tres (3) intercambios a la semana. De igual manera se
aclara que, los cambios se deben realizar entre el mismo grupo de alimentos, es decir, no se puede
cambiar tubérculo por fruta o verdura o viceversa. Para el caso de intercambios de fruta no se debe
repetir el mismo producto durante la semana En la siguiente Tabla se relacionan los intercambios
permitidos de tubérculos, verdura y frutas.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 58 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 58 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Nota 2: En caso de realizar intercambio de frutas, no podrá repetirse la misma fruta que ya se
encuentra dentro de las minutas establecidas para la semana.
En el caso de presentarse situaciones de fuerza mayor o caso fortuito que afecten la disponibilidad de
alimentos, las cuales generan la necesidad de realizar un intercambio adicional, el ASOCIADO deberá
realizar la solicitud por escrito a través de correo electrónico al profesional en nutrición y dietética del
Proyecto 7745 asignado a la Subdirección Local de la SDIS, con mínimo 24 horas de anterioridad al
inicio de la prestación del servicio en el formato destinado para tal fin; así mismo deberá presentar
soportes que justifiquen la fuerza mayor o caso fortuito, como por ejemplo boletines del Sistema de
Información de Precios y Abastecimiento del Sector Agropecuario (SIPSA), calendario agrológico,
calendarios de cosecha, boletines informativos de Corabastos, comunicados de prensa, entre otros.
Siempre y cuando se demuestre la fuerza mayor o el caso fortuito, se realizará la evaluación de la
solicitud y se definirá si se aprueba o no.
El ASOCIADO sólo podrá entregar alimentos de intercambio adicionales a los tres permitidos por
semana, que hayan sido previamente autorizados por la SDIS. El formato deberá mantenerlo a
disposición de la supervisión o interventoría junto con el correo de aprobación.
De acuerdo con lo anterior, la SDIS sólo realizará la aprobación de intercambios cuando se demuestren
situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, como: variaciones climáticas (olas invernales, sequías),
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 59 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 59 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
paros agrarios, entre otros, que afecten la disponibilidad de alimentos, dado que el análisis nutricional
de cada uno de los ciclos de menús está calculado para un aporte diario del 40% de las
recomendaciones de ingesta en energía y nutrientes de los grupos de edad atendidos, dando
cumplimiento a las RIEN, por lo anterior la modificación de los alimentos afectaría directamente el
aporte nutricional planificado, generando incumplimiento a lo establecido en las RIEN y demás
normatividad nutricional vigente. Los intercambios únicamente deberán ser aprobados por el
profesional en nutrición y dietética del Proyecto 7745 asignado a la Subdirección Local para la
Integración Social - SLIS, en los casos que no se cuente con nutricionista en la SLIS se dará traslado
de la solicitud de intercambio a la Subdirección de Nutrición a través de la supervisión del convenio.
No se aceptarán solicitudes de intercambio de alimentos el mismo día que se realizará la preparación.
El proceso de vigilancia nutricional desarrollado por la SDIS establece que en la modalidad atención
Comedores Comunitarios debe efectuarse la toma de medidas antropométricas peso y talla, a la
totalidad de los participantes en estado En Atención, este procedimiento lo realizará el profesional en
nutrición y dietética del Comedor Comunitario, quien debe estar fortalecido en la toma y registro de
medidas antropométricas. Por ningún motivo se autoriza que los participantes u otro profesional del
servicio reciba esta capacitación ni que realicen la toma de medidas antropométricas.
El fortalecimiento al profesional en nutrición y dietética será realizado por el profesional del equipo
designado por la Subdirección de Nutrición, el cual, tendrá una vigencia de dos (2) años y estará sujeta
al cronograma de capacitación en toma y registro de medidas antropométricas establecido por la SDIS.
El profesional en nutrición y dietética y el responsable del servicio del Comedor Comunitario, deben
asistir a la jornada de sensibilización en vigilancia nutricional donde se darán las instrucciones
respectivas, esta sensibilización debe tomarse en los primeros 30 días del inicio del convenio y estará
a cargo del equipo designado por la Subdirección de Nutrición.
Deberá realizarse la toma de medidas antropométricas al momento del inicio de la atención a todos los
participantes nuevos del Comedor Comunitario, la información debe ser registrada en el formato “Toma
y registro de medidas antropométricas” que se encuentra disponible en el Sistema de Gestión de la
Secretaría Distrital de Integración Social, disponible en el SG.
Página: 60 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ Cuatro (4) tomas de medidas antropométricas durante el año a niñas y niños menores de 5 años y
mujeres gestantes, dos (2) tomas en el primer semestre, la primera entre enero y marzo y la
segunda entre abril y junio, dos (2) en el segundo semestre, una entre julio y septiembre y otra
entre octubre y diciembre.
▪ Dos (2) tomas de medidas antropométricas al año a los participantes mayores de 5 años, la primera
entre enero y junio y la segunda entre julio y diciembre, conforme a la línea técnica brindada por la
Subdirección de Nutrición.
Las mediciones deben ser registradas en el listado oficial generado desde el sistema de información
misional SIRBE y tendrán que reposar en físico en los archivos del Comedor Comunitario.
Nota 1: El número de tomas de datos antropométricos será proporcional a la duración del convenio
de Asociación.
EL ASOCIADO a través del profesional de Nutrición y Dietética del Comedor Comunitario podrá hacer
las tomas durante todo el semestre a través de citación por horarios en el Comedor Comunitario,
garantizando al finalizar el periodo la totalidad de medidas antropométricas de los participantes. Así
mismo, deberá remitir un cronograma de toma de medidas antropométricas trimestral a la profesional
en nutrición de la Subdirección Local correspondiente.
El ASOCIADO deberá garantizar la limpieza y desinfección de los equipos utilizados para la toma de
medidas antropométricas, cada vez que se realice un nuevo proceso. Así mismo, deberá garantizar al
profesional en nutrición y dietética los elementos de protección señalados en el apartado Dotación del
equipo profesional y del personal auxiliar administrativo, del presente anexo técnico.
Los períodos de toma de medidas antropométricas definidos anteriormente, para el primer y segundo
semestre, se deben mantener, en caso de que se presente cambio de ASOCIADO en el Comedor
Comunitario; para garantizar el proceso, la información deberá darse a conocer de manera clara,
precisa y entregarse en físico en el momento del empalme de las partes; esta actividad estará asistida
por la supervisión o interventoría, el profesional local y el profesional en nutrición y dietética de la SLIS
o el que haga sus veces.
Las medidas antropométricas (peso, talla) deberán presentarse en los listados generados del sistema
SIRBE en físico con firma y matrícula profesional en nutrición y dietética y acta que soporte la
actividad.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 61 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 61 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Para participantes en condición de discapacidad física que impida o dificulte la toma de las medidas
antropométricas, el profesional en nutrición y Dietética del Comedor Comunitario deberá realizar la
respectiva toma, teniendo en cuenta el “Procedimiento de vigilancia nutricional” y sus documentos
asociados, el cual se encuentra publicado en el Sistema de Gestión de la SDIS.
Las actividades de toma y registro de medidas antropométricas deben contar con registro fotográfico.
▪ Un tallímetro, el cual debe cumplir con lo establecido en el apartado “Instrumentos para toma de
talla del anexo técnico de la Resolución 2465 de junio de 2016 del Ministerio de salud y seguridad
social, “en un material resistente, liviano y no deformable, con una capacidad de dos (2) metros,
sensibilidad de 1mm”. Si el tallímetro no tiene tope móvil, se deberá emplear una escuadra en
buenas condiciones que tenga un ángulo de 90º grados. La superficie (pared) donde se ubique el
tallímetro para realizar la medición, debe ser plana, sin guarda escobas o cualquier otro obstáculo
que pueda generar alteraciones en el momento de medición.
El tallímetro se podrá elaborar teniendo en cuenta las siguientes especificaciones técnicas: consta
de un cuerpo (tabla) en posición vertical el cual tiene adherida una cinta métrica en acero con
capacidad de dos (2) metros y sensibilidad de un (1) mm, en la parte inferior debe contar con una
base (tope fijo), la cual debe formar un ángulo de 90º con respecto a la parte vertical del tallímetro,
un tope o pieza móvil el cual se ubica en la parte superior del tallímetro que debe deslizarse
fácilmente sin obstáculos a lo largo de la pieza vertical.
Tallímetro con una base fija en la parte inferior, un tope móvil, una sensibilidad de un milímetro. En
caso de no disponer de un tallímetro portable se podrá usar una cinta métrica la cual debe ser en
un material flexible, inextensible e impermeable, con divisiones cada 1mm. (en ningún caso se
permitirá el uso de metro para modistería).
Por ningún motivo se debe autorizar o permitir la toma de medidas antropométricas si los equipos no
son aptos para la toma.
Página: 62 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Los formatos diligenciados deberán mantenerse archivados y coincidir con los datos registrados en el
sistema de información misional SIRBE.
Las medidas identificadas por la vigilancia nutricional de la SDIS como fuera de rango (MFR) deberán
ser rectificadas en el sistema de información misional SIRBE por el Profesional en nutrición y dietética
del Comedor Comunitario.
Una vez emitida la clasificación nutricional de los participantes del Comedor Comunitario por parte de
los profesionales nutricionistas de la SLIS o el que haga sus veces, el profesional en nutrición y
dietética deberá asistir a la jornada de presentación de este. La asistencia a la jornada de la
clasificación nutricional es de CARÁCTER OBLIGATORIO y la no asistencia generará la acción
pertinente por parte de la supervisión o interventoría.
Página: 63 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ El abordaje nutricional y las canalizaciones deben ser registrados en la historia social del
participante y será responsabilidad de la profesional en nutrición y dietética contratada por el
ASOCIADO.
▪ El ASOCIADO deberá ceñirse a las especificaciones técnicas y tiempos establecidos por la
Subdirección de Nutrición.
La promoción de los estilos de vida saludable involucra, la promoción de hábitos alimentarios, actividad
física y prevención de factores de riesgo, entre otros. La práctica de inadecuados hábitos alimentarios
y la falta de actividad física son en la actualidad el estilo de vida de gran parte de nuestra población,
siendo el principal protagonista de la creciente prevalencia de enfermedades crónicas no transmisibles.
En este contexto, el ASOCIADO deberá promover estilos de vida saludable, dirigidos a los participantes
y/o redes familiares talento humano de acuerdo con la línea técnica brindada por la Subdirección de
Nutrición para la implementación de estrategias de Información, Educación y Comunicación (IEC) para
la promoción de estilos de vida saludable con énfasis en alimentación, nutrición y actividad física.
Teniendo en cuenta que la promoción de estilos de vida saludable es un proceso contextualizado que
reconoce las características, particularidades y necesidades de cada grupo poblacional atendido, y con
la intencionalidad de generar un proceso significativo con la población participante con el ánimo de
lograr transformaciones frente al sentido de su autocuidado y el de sus familias, se propone la
proyección del plan de promoción de estilos de vida saludable como un proceso dimensionado de
forma anual que se desarrolla a través de encuentros mensuales presenciales.
Los procesos de promoción en estilos de vida saludable deberán ser desarrollados por parte del
profesional en nutrición y dietética del Comedor Comunitario quien inicialmente debe participar en la
convocatoria que realice el nutricionista local para orientar el desarrollo de la promoción en estilos de
vida saludable.
En el caso de no contar con nutricionista local contratado, el profesional en nutrición y dietética del
ASOCIADO debe solicitar a la Subdirección de Nutrición la asesoría para el desarrollo de estrategias
de información, educación y comunicación para la promoción de estilos de vida.
El ASOCIADO deberá entregar el plan de promoción en estilos de vida saludable con temáticas
mensuales proyectadas para el año 2023, con el fin de lograr el diseño de un proceso que corresponda
a la vigencia. Este plan debe estar firmado por el ASOCIADO y el profesional en nutrición y dietética
del Comedor Comunitario, y enviado al nutricionista local delegado por la Subdirección de Nutrición de
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 64 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 64 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
la SDIS, máximo a los treinta (30) días calendario posterior a la firma del acta de inicio, a través de los
siguientes formatos:
Este plan de promoción en estilos de vida saludable contempla las actividades que se describen a
continuación:
Página: 65 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
https://old.integracionsocial.gov.co/anexos/documentos/2020documentos/20022020_Caja_Herram
ientas_IEC.pdf https://www.integracionsocial.gov.co/index.php/noticias/4099 Al plantear una
estrategia IEC para la vigencia 2023, se deberá diligenciar el formato ya mencionado: Formato
construcción de estrategias de Información, Educación y Comunicación (IEC) en estilos de vida
saludable (EVS): alimentación, nutrición y actividad física.
e. Una vez elegida la estrategia IEC a implementar, el ASOCIADO deberá programar el proceso de
promoción de estilos de vida saludable a través de un cronograma de actividades a desarrollar
mensualmente de acuerdo con la vigencia del convenio, (tener en cuenta que en el cronograma se
encuentran las acciones que se proyectaron en el formato denominado construcción de estrategias
de Información, Educación y Comunicación (IEC) en estilos de vida saludable (EVS): alimentación,
nutrición y actividad física ). Usar el Formato cronograma capacitación estilos de vida saludable que
se encuentra en el Sistema de Gestión de la SDIS. En caso de adición al convenio, el ASOCIADO
deberá entregar el formato de la estrategia completando la de acuerdo con los meses de la adición
e igualmente el cronograma con los temas articulados a la estrategia IEC.
f. Llevar a cabo la implementación de la(s) estrategia(s) IEC acorde al plan de promoción y
cronograma de actividades aprobados. Las actividades pueden desarrollarse de manera presencial
(virtual únicamente en caso de alguna contingencia pública en salud), en espacios adecuados,
asegurando el cumplimento de los protocolos de bioseguridad y contar con la logística requerida
(espacio físico, equipos, etc.), los insumos suficientes para el cumplimiento del objetivo.
g. Como soporte de la implementación en el Comedor Comunitario se deberá contar con el acta con
relatoría del encuentro y registro fotográfico, acompañado por el listado de asistencia
a. El ASOCIADO mensualmente deberá desarrollar una acción en el marco de la estrategia IEC, según
lo planteado en el plan de promoción en estilos de vida saludable aprobado.
b. Formato Reporte cualitativo FOR-PSS-300
c. Las acciones IEC deben cumplir con los siguientes requisitos:
▪ Intensidad horaria entre 1 y 2 horas.
▪ Mensualmente las acciones IEC programadas deberán realizarse mínimo al 20% (veinte por
ciento) de los participantes del Comedor Comunitario, priorizando participantes en riesgo
(personas mayores de 70 años, niñas y niños menores de 10 años y madres gestantes),
buscando cubrir a la mayor cantidad de participantes del servicio durante la duración del
convenio.
d. Cada sesión debe incluir un tema de alimentación y desarrollar un momento para actividad física.
El momento de actividad física debe encontrarse registrado en el mismo soporte que el de
alimentación. La actividad física se podrá articular con el IDRD de forma presencial en espacios
comunitarios como parques, salones comunales, entre otros, siguiendo las condiciones de
bioseguridad Para reforzar estas jornadas, el profesional que realice la actividad podrá apoyarse en
la Guía técnica para orientar la práctica de actividad física en el siguiente enlace
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 66 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 66 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
https://old.integracionsocial.gov.co/anexos/documentos/2020documentos/28042020_Actividad-
Fisica_Ajustada.pdf
e. En cada acción IEC se deben desarrollar estrategias de evaluación y retroalimentación que serán
reportadas en la relatoría o acta de reunión, listado de asistencia físico que servirán de insumo para
el informe cualitativo correspondiente.
f. Al finalizar el convenio el ASOCIADO deberá realizar un informe cualitativo que contemple el análisis
de los resultados obtenidos, para determinar el cumplimiento del objetivo propuesto y la definición
de las acciones frente a las oportunidades de mejora identificadas, teniendo en cuenta las
evaluaciones o retroalimentación realizadas en cada acción IEC. El formato de este informe será
entregado por los nutricionistas locales de la SDIS quienes consolidarán la información y la enviará
a la Subdirección de Nutrición en las fechas estipuladas. Formato Reporte cualitativo FOR-PSS-
300.
g. El ASOCIADO deberá ingresar las actividades desarrolladas en el Sistema de Información Misional
SIRBE desde el primero al último día calendario del mes en que fueron efectuadas las actividades.
El sistema se cierra automáticamente el último día calendario de cada mes a las 12:00 p.m.
De igual manera, el ASOCIADO deberá realizar un reporte cualitativo al finalizar el convenio, que dé
cuenta de los logros, dificultades y oportunidades de mejora en el proceso desarrollado, a través del
formato definido por la SDIS. Estos reportes serán entregados por el ASOCIADO al nutricionista local
de la SDIS quien consolidará la información y la enviará a la Subdirección de Nutrición en las fechas
estipuladas.
5.2.3.3. Evidencias
El ASOCIADO deberá contar con los siguientes soportes sobre el proceso de promoción en estilos de
vida saludable implementado:
▪ Plan de promoción en estilos de vida saludable año 2023 aprobado por la SDIS (incluye el Formato
“Construcción de estrategias de Información, Educación y Comunicación (IEC) en estilos de vida
saludable (EVS): alimentación, nutrición y actividad física” y el Formato cronograma capacitación
estilos de vida saludable, aprobados por la SDIS).
▪ Formato control de asistencia capacitación mensual que indique el tema de alimentación y el de
actividad física desarrollado en la sesión. Acta con registro fotográfico y listado de asistencia
correspondiente de cada una de las acciones realizadas donde se evidencia la actividad
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 67 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 67 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
En caso de que, se requiera cambio de instalaciones, El ASOCIADO, deberá notificar por escrito a la
SDIS con 15 (quince) días calendario de antelación o de manera inmediata en los eventos de fuerza
mayor o caso fortuito, informando la justificación del cambio, la nueva dirección de la instalación,
número de teléfono y una persona de contacto. La SDIS, adelantará las acciones de evaluación y
emisión del concepto de acuerdo con los requisitos establecidos para tal efecto.
El ASOCIADO se compromete a utilizar durante la ejecución del convenio, las instalaciones aprobadas
inicialmente por la Secretaría Distrital de Integración Social.
Página: 68 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
El Comedor Comunitario debe contar con el acta de inspección sanitaria con enfoque de riesgo para
establecimientos de preparación de alimentos, emitida por la autoridad sanitaria competente con
concepto sanitario favorable, favorable con requerimientos con fecha de expedición inferior a un (1)
año
Si el concepto sanitario es favorable o favorable con requerimientos, el ASOCIADO debe cumplir con
las exigencias dejadas por la autoridad sanitaria en el acta. El seguimiento de su cumplimiento en el
plazo establecido por la autoridad sanitaria, lo realizará la supervisión o interventoría.
Cuando el Comedor Comunitario opere en las instalaciones por primera vez, el ASOCIADO dispondrá
de tres (3) días hábiles posteriores a la firma del acta de inicio, para realizar la solicitud de visita ante
la autoridad sanitaria competente. Si se presenta solicitud de cambio de las instalaciones físicas del
Comedor Comunitario durante la ejecución del convenio, el ASOCIADO deberá presentar como
mínimo la solicitud de visita ante la autoridad sanitaria competente.
El concepto sanitario favorable no exime al Comedor Comunitario de la revisión permanente por parte
de la supervisión o interventoría, del cumplimiento de las condiciones sanitarias y de la aplicación de
las Buenas Prácticas de Manufactura – BPM, establecidas en el presente anexo técnico y la
normatividad vigente.
El ASOCIADO, debe realizar socializar con el talento humano del procedimiento, instructivos y
formatos a aplicar durante la ejecución del convenio, esta actividad debe realizarse durante los
primeros cinco (5) días de operación del Comedor Comunitario.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 69 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 69 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ Compra de alimentos
▪ Transporte de alimentos hacia la unidad operativa
▪ Recepción de alimentos
▪ Almacenamiento de alimentos
▪ Preparación de alimentos
▪ Servido y empacado de alimentos
▪ Distribución de alimentos
▪ El ASOCIADO debe contar con las fichas técnicas expedidas por el fabricante de los alimentos de
alto riesgo (pollo, pescado, carne y derivados, leche y derivados, productos a base de huevo y
pulpas de fruta)
▪ Se deberán adquirir cárnicos, abarrotes y tubérculos para las preparaciones de mínimo dos (2)
días de operación, para el caso de frutas y verduras se deben adquirir para mínimo un (1) día de
operación. Para efectos de la supervisión o interventoría, un día de operación corresponderá al día
de la visita.
▪ Los alimentos que sean suministrados a los participantes deben ser de primera calidad, acorde a
lo establecido en el “Instructivo Recibo o Recepción de Alimentos., publicado en el SG de la página
web de la SDIS
▪ Contar con los conceptos sanitarios favorables o favorable con requerimientos con fecha no
superior a un (1) año de los proveedores directos de pollo, pescado, cárnicos, leche y derivados,
productos a base de huevo y pulpas de fruta. Adicionalmente para pollo y carne deben presentar
autorización sanitaria de acuerdo con el Decreto 1500 de 2007, lácteos y derivados registro
sanitario de acuerdo con la Resolución 719 de 2015.
▪ Todos los productos envasados y empacados deben cumplir con lo establecido en la Resolución
N.º 5109 de 200516, expedida por el Ministerio de la Protección Social, y aquellas que la
complementen, modifiquen, adicionen, así mismo se debe dar cumplimiento a las normas de
rotulado específicas de cada producto. Para el caso de productos cárnicos deben cumplir rotulado
de acuerdo con el Decreto 1500 de 2007.
▪ En la adquisición de productos, se deben incluir alimentos fortificados, por norma nacional, como
son la sal (yodo y flúor) y la harina de trigo (hierro, ácido fólico, niacina, vitamina B1 y B2), y libres
de bromuro de potasio.
▪ No se permite la adquisición de leche en polvo por el alto riesgo epidemiológico que existe en su
manipulación.
▪ Adquirir alimentos (papa y yuca) sin exceso de tierra
16 Ministerio de la Protección Social (2005). Resolución N.º 5109 de 2005. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos
de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano.
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/Resolucion%205109%20de%202005.pdf
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 70 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 70 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Para el transporte de alimentos por parte de los proveedores, se debe cumplir con lo establecido en la
Resolución 2674 de 201317, Resolución 240 de 201318, Resolución 242 de 201319 expedidas por el
Ministerio de Salud y Protección Social, Resolución 2505 de 200420 expedida por el Ministerio de
Transporte y aquellas normas vigentes, concordantes, complementarias y modificatorias.
17
Ministerio de Salud y Protección Social (2013). Resolución 2674 de 2013. Por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto-ley 019 de
2012 y se dictan otras disposiciones. https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/resolucion-2674-de-2013.pdf
18
Ministerio de Salud y Protección Social (2013). Resolución 240 de 2013. Por la cual se establecen los requisitos sanitarios para el
funcionamiento de las plantas de beneficio animal de las especies bovina, bufalina y porcina, plantas de desposte y almacenamiento,
comercialización, expendio, transporte, importación o exportación de carne y productos cárnicos comestibles.
https://scj.gov.co/sites/default/files/marco-legal/R_MSPS_0240_2013.pdf
19
Ministerio de Salud y Protección Social (2013). Resolución 242 de 2013. Por la cual se establecen los requisitos sanitarios para el
funcionamiento de las plantas de beneficio de aves de corral, desprese y almacenamiento, comercialización, expendio, transporte,
importación o exportación de carne y productos cárnicos comestibles.
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/resolucion-0242-de-2013.pdf
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 71 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 71 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
El Comedor Comunitario debe contar con las actas de inspección, vigilancia y control de los vehículos
que transportan la totalidad de los alimentos, el concepto sanitario debe ser favorable, con fecha de
expedición inferior a un (1) año. En los casos donde el acta de inspección, vigilancia y control refiera
vigencia, esta será el período aplicado.
Adicionalmente los vehículos que transportan pollo y cárnicos deben contar con autorización sanitarios
emitida por la entidad correspondiente.
Las características de los vehículos transportadores deben ser acordes a la naturaleza de los alimentos
a transportar y deben garantizar que el diseño de la unidad de transporte permita la adecuada
evacuación de las aguas de lavado.
El ASOCIADO debe realizar seguimiento a las condiciones de transporte de sus proveedores, por lo
cual debe emplear el Formato Transporte de Alimentos FOR-PSS-232.
El recibo o recepción de alimentos contempla las características y referencias que se deben tener en
cuenta para la preparación de alimentos, además de mantener el control sobre el inventario.
Se deben disponer de los elementos necesarios que permitan ejercer un estricto control sobre los
alimentos adquiridos. Los instrumentos y utensilios empleados para la recepción de alimentos deben
estar fabricados con materiales resistentes al uso, a la corrosión y a la utilización frecuente de agentes
de limpieza y desinfección.
Para la recepción de alimentos, el ASOCIADO debe contar con:
▪ Bascula digital en buen estado, debidamente verificada, con la capacidad y sensibilidad acorde al
tipo de alimento o producto.
20
Ministerio de Transporte (2004). Resolución 2505 de 2004. Por la cual se reglamentan las condiciones que deben cumplir los vehículos
para transportar carne, pescado o alimentos fácilmente corruptibles.
https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/resolucion_mintransporte_2505_2004.htm
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 72 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 72 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ Termómetros digitales para frío y para caliente en buen estado, debidamente verificados (tener en
cuenta su higienización en cada cambio de operación).
▪ Canastillas plásticas en buen estado.
▪ Estibas plásticas en buen estado.
El ASOCIADO debe establecer junto con los proveedores los días y horarios de recepción de
alimentos, el cual debe quedar registrado en un cronograma para la verificación de la supervisión o
interventoría, de tal manera que esta actividad nunca interfiera con el horario de entrega del apoyo
alimentario a los participantes y contando con el tiempo y recursos suficientes para la inspección,
verificación de la calidad y cantidad de los alimentos. Esta verificación es de carácter obligatorio y
busca evitar errores que lleven a recibir alimentos no conformes.
Si, como resultado del seguimiento realizado por la supervisión o interventoría, se evidencia que los
manipuladores de alimentos requieren asistencia técnica, este deberá realizarse el día de operación
siguiente a la visita.
21 Ministerio de la Protección Social (2005). Resolución N.º 5109 de 2005. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos
de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano.
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/Resolucion%205109%20de%202005.pdf
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 73 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 73 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
- Color: rojo brillante para carne de res y rosa pálido - Carne verdosa o café oscuro, descolorida.
para carne de cerdo.
- Superficie viscosa, babosa o con lama.
- Textura: firme, elástica y ligeramente húmeda.
- Superficie sanguinolenta con puntos
- Olor: ligero característico fresco y como a sangre. blancos o verdes.
Carnes de res - Temperatura de refrigeración en todos los - Mal olor fuerte y avinagrado.
y cerdo productos no mayores a 4 ºC ± 2 ºC
- Sin refrigerar o a más de 6 ºC
- Empaque sin fugas.
- Con signos de descongelamiento
- Etiqueta no removible con mínimo la siguiente
- Empaques con fuga
información fecha de beneficio, fecha de
empaque, fecha de vencimiento, nombre del - Si no cuenta con el rotulado y la
corte., cantidad información requerida.
Página: 74 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
- Sin fisuras, limpio, sin presencia de excremento. - Quebrado, manchado, sucio y con
Huevos - Rotulado por huevo con máquina. o sticker por excremento
cubeta que contenga mínimo: productor, lote y
fecha de vencimiento.
- Si no presenta el rotulado
- Sucias Descompuestas
- Limpias, sin magulladuras o grietas, sin manchas - Con magulladuras y partes blandas, de
cafés, sin moho u otros signos de infestación.
Frutas, aspecto desagradable
verduras y - Cáscara integra y con grado de maduración
- Con agujeros y malformaciones.
hortalizas uniforme
- Características organolépticas propias de los
- Con moho u otros signos de infestación.
alimentos. - Características organolépticas no propias
de los alimentos.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 75 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 75 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Fuente: Procedimiento Operación Entrega de Apoyos Alimentarios en Servicios Sociales, Subdirección de Nutrición. SDIS 2019
El ASOCIADO debe realizar los procesos de limpieza y desinfección a los alimentos y empaques de
estos, inmediatamente ingresan al Comedor Comunitario y antes de su almacenamiento, lo cual debe
estar incluido en el Plan de Saneamiento.
Página: 76 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ Los alimentos se deben almacenar en bolsas o recipientes herméticos con la cantidad de alimento
que se requiere en la preparación del día, para evitar retornar remanentes de los alimentos a los
equipos de conservación en cadena de frio o al lugar de almacenamiento a temperatura ambiente
de acuerdo con la necesidad, este procedimiento aplica a todos los grupos de alimentos, para
garantizar la inocuidad y calidad de estos.
▪ Los huevos deben ser almacenados a temperatura ambiente (no superior a 25 °C), en un recipiente
plástico higienizado, el cual deberá estar rotulado con la fecha de vencimiento tomada del empaque
original (el cual se debe cortar, guardar y estar a disposición de la supervisión o interventoría).
▪ Para la rotación de alimentos se debe tener en cuenta el sistema: primeros en entrar primeros en
salir (PEPS), es importante verificar continuamente la fecha de vencimiento de los alimentos para
prevenir su caducidad.
▪ El ASOCIADO podrá comprar arroz en bulto dada la alta rotación de este alimento. Los alimentos
como frijol seco, garbanzo, arveja seca, lenteja y azúcar deberán adquirirse en presentaciones
individuales no mayores a 5000 gramos.
▪ Los alimentos como frutas, verduras y hortalizas, que por su naturaleza no sea necesario mantener
en refrigeración, se deben almacenar en canastillas plásticas en buen estado, a temperatura
ambiente, teniendo en cuenta su capacidad. Los alimentos deben ser almacenados por separado
de acuerdo con su naturaleza y grado de madurez, evitando daño mecánico por sobrepeso o
fricción. Estos alimentos deben estar separados de los abarrotes y lácteos tipo UHT.
▪ No se deben apilar más de seis (6) canastillas y mantenerlas separadas de la pared y el piso, de
tal forma que se facilite la higienización y circulación del aire.
▪ Debe realizarse limpieza y desinfección periódica a las canastillas y estantería, actividad que debe
quedar reflejada en el Plan de Saneamiento y en el formato de limpieza y desinfección.
▪ En el almacenamiento de alimentos en refrigeradores y congeladores, se debe evitar la
contaminación cruzada, para esto es necesario que los alimentos sean seleccionados, alistados y
empacados en recipientes herméticos o bolsas de polietileno transparentes cerradas de acuerdo
con el peso de los alimentos, las cuales tendrán un solo uso, es decir, no podrán ser reutilizables.
Estas deben ser identificadas y rotuladas antes de someter a refrigeración o congelación.
▪ Si la materia prima es retirada de su empaque original, se debe colocar en recipientes cubiertos,
identificados, protegidos y de fácil limpieza.
▪ La recepción de los productos se debe realizar conforme a las
especificaciones de rotulado.
▪ Los espacios destinados para el almacenamiento tanto en refrigeración como congelación de
carnes no deben ser utilizados para frutas, verduras y hortalizas.
▪ Los alimentos perecederos, tales como, leche y sus derivados, carne y derivados, pollo, pescado,
deben almacenarse en recipientes separados, bajo condiciones de refrigeración o congelación y
no podrán almacenarse juntamente con productos preparados o listos para el consumo.
▪ El almacenamiento de la materia prima en los equipos de refrigeración y congelación debe ser tal,
que no obstruya la circulación del aire por toda la unidad de frío.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 77 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 77 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Cuando se realice el pre-alistamiento de alimentos como el pollo, pescado y carne fresca, es necesario
retirar el hueso y el exceso de grasa y piel o escamas.
Antes de desinfectar las frutas, verduras y hortalizas, los alimentos deben lavarse bajo el chorro de
agua para eliminar la suciedad. La desinfección debe hacerse por inmersión en las cantidades y
tiempos estipulados, de acuerdo con el desinfectante usado y lo establecido en el Plan de
Saneamiento.
Los procesos de limpieza y desinfección de alimentos como enlatados y bolsas de leche deben estar
contenidos en el Plan de Saneamiento, debe realizarse previo a su uso.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 78 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 78 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Los procedimientos y frecuencias de los procesos de limpieza y desinfección de las tablas de picar
deben estar reflejados en el Plan de Saneamiento.
En la preparación de los menús, los primeros alimentos a preparar son aquellos que involucran
procesos térmicos como sopas, arroz, granos, tubérculos, pastas, etc., y los últimos a preparar serán
los que no requieren ningún tipo de tratamiento térmico como jugos, ensaladas crudas y postres, esto
con el fin de prevenir contaminación que se puede presentar cuando estos alimentos se preparan con
mucho tiempo de antelación al momento del servido.
El procedimiento de descongelado de los alimentos como carnes, pescados y pollos se debe realizar
manteniendo siempre la cadena de frío, es decir, el alimento debe ser trasladado de congelación a
refrigeración y con el tiempo necesario para su descongelación, esto dependerá de la cantidad del
alimento.
En ninguna circunstancia, los alimentos congelados deben ser sometidos directamente a proceso de
cocción, puesto que este procedimiento conlleva a que el alimento se cocine superficialmente,
manteniendo el interior crudo el cual genera riesgo de contaminación biológica; de igual manera, la
carne, el pescado y el pollo congelados no se deben sumergir en agua, ni dejarlos expuestos a
temperatura ambiente desde el día anterior.
Página: 79 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Los alimentos preparados para el consumo del día se deben mantener en recipientes separados y
tapados.
- Los alimentos deben ser preparados el día en que se presta el servicio. No se permite la
preparación de alimentos días antes de su consumo y distribución.
- La temperatura de cocción debe ser superior a 65 ºC.
- Es importante tener en cuenta que, al realizar una cocción, se asegure que el alimento presente
una temperatura interna mayor a 65 ºC, con el fin de obtener una cocción uniforme y un producto
inocuo. Debe considerarse que el tiempo de cocción estará en función del tipo y tamaño de la
porción del alimento, así como la cantidad a preparar.
- Se debe garantizar que las preparaciones conserven sus características organolépticas.
- Preparación de alimentos sin proceso térmico
- Todas las frutas, verduras y hortalizas a utilizar en las preparaciones de los ciclos de menús que
no requieren cocción como los jugos, las ensaladas crudas y postres, deben ser sometidas a un
estricto proceso de higienización.
- Las verduras y hortalizas pueden someterse a procesos de escaldado, para evitar la pérdida de
vitaminas que conlleva la cocción.
- Se precisa que las frutas no pueden ser sometidas a proceso de escaldado o cocción para el
caso de los jugos.
- Para las ensaladas que contienen fruta picada, las frutas deben ser cortadas y picadas el mismo
día de suministro, manteniendo la fruta a una temperatura de refrigeración entre 2 a 4 °C +/-2
°C. Para los postres que contienen fruta picada, las frutas deben mantenerse a temperatura
ambiente.
- Los aderezos de los postres deben mantenerse a una temperatura de refrigeración entre 2 a 4
°C +/-2 °C
- La adición de azúcar para los jugos y sorbetes se debe realizar máximo media hora antes del
servido, con el propósito de evitar que aumente la carga de levaduras y se creen condiciones
óptimas de fermentación. Por ningún motivo se permitirá el uso de bloques de hielo o leche
incorporados al jugo, ya que se pierde la calidad organoléptica del mismo.
- Las preparaciones calientes listas para el consumo como: sopas, carnes, verduras calientes,
arroz, tubérculos y otros, se deben mantener a temperaturas mayores a 65 ºC, con el propósito
de disminuir el riesgo de contaminación microbiana del alimento.
- Cuando en el Comedor Comunitario se disponga de una línea de distribución para alimentos
calientes, esta debe estar en condiciones que aseguren la conservación de su temperatura
(mayor a 65°C).
- Las preparaciones que no requieran proceso térmico como jugos de frutas, las ensaladas frías y
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 80 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 80 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ Estas operaciones deben realizarse en forma secuencial, de modo que se evite la contaminación
microbiana de los alimentos.
▪ Para preparaciones sin proceso de cocción se deben garantizar temperaturas de refrigeración
(entre 2 a 4 +/-2°C) y para preparaciones con proceso de cocción se debe garantizar una
temperatura mayor a 60°C, desde el inicio hasta el final del servicio.
▪ Durante el proceso de servido, se debe realizar toma de temperaturas de cada preparación mínimo
dos veces con un intervalo de tiempo de al menos dos horas y registrar la información en el formato
“Preparación de alimentos”, publicados en el SG de la página web de la SDIS, esto con el fin de
verificar y controlar que los alimentos se mantengan a temperatura constante y se encuentren
dentro del rango de temperatura de seguridad.
▪ Las verduras que deben servirse calientes se mantendrán en una temperatura mayor a 60°C.
▪ En ningún caso los alimentos preparados deben someterse a variaciones de temperatura, que
pongan en riesgo la inocuidad del alimento; para el caso de los alimentos calientes, se debe evitar
la práctica de apagar el fogón y dejar en reposo los alimentos para luego volver a ser calentados
nuevamente. La manera correcta de conservar los alimentos calientes es siempre asegurando
temperaturas por encima de 60°C.
▪ Los aderezos como yogur, crema de leche, leche condensada, uvas pasas, queso (rallado o en
cubos) y helado que hacen parte de los postres a base de frutas, deben adicionarse en el momento
del servido, sobre la porción individual.
▪ El peso servido del alimento tajada de aguacate incluye la cáscara.
▪ Para la preparación de ensaladas que contengan ingredientes como limón, miel de abejas,
mayonesa, crema de leche, entre otros; estos deberán adicionarse durante la preparación de estas.
▪ De ninguna manera se permite preparar o mezclar alimentos frescos con sobrantes de comidas
preparadas de días anteriores o adicionar cualquier tipo de aditivos o sustancias que ayuden a
enmascarar las preparaciones frescas.
▪ Se debe garantizar al participante el total de los componentes del menú en el momento de la
entrega del apoyo alimentario de acuerdo con el ciclo de menús establecido.
▪ Se debe asegurar una presentación adecuada y agradable de cada una de las preparaciones.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 81 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 81 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ Se deben servir los alimentos en recipientes y menaje en buen estado, higienizado y seco.
▪ Durante el servido no se deben manipular los alimentos directamente con las manos, sino utilizar
utensilios como pinzas, cucharas, trinches o tenedores, entre otros.
▪ En ningún caso podrán utilizarse guantes desechables para ninguno de los procesos de
preparación, almacenamiento, servido y distribución de los alimentos. En caso tal de requerir por
recomendación médica, estos deberán lavarse y desinfectarse con la misma frecuencia con que se
realiza el lavado de manos.
▪ Los alimentos calientes servidos no deberán permanecer en tiempo de espera por más de cinco
minutos en la línea de servido, para evitar que estos sean entregados fríos a los participantes.
▪ El queso y los postres deben servirse en el recipiente o menaje respectivo para esta preparación.
▪ La porción de queso servido para las mujeres gestantes y lactantes no debe dejarse expuesto a
temperatura ambiente.
▪ Para el suministro de fruta en los postres debe cumplirse mínimo con el peso bruto establecido en
la minuta patrón.
▪ Las manipuladoras deben realizar el servido de los alimentos, teniendo en cuenta los utensilios
estandarizados con el profesional en nutrición y dietética, para dar cumplimiento con los pesos
servidos establecidos en la minuta patrón de cada grupo etario y optimizar los tiempos de servido.
▪ La variación del gramaje en los alimentos servidos está definida de la siguiente manera: alimentos
proteicos de origen animal: se aceptará únicamente en peso servido hasta el 10% por encima del
peso establecido en la minuta patrón.
▪ Para los demás grupos de alimentos: se aceptará en peso servido hasta el 10% por debajo y 10%
por encima del peso establecido en la minuta patrón. En el caso de la fruta entera como granadilla,
manzana, mandarina y pera, el peso de la fruta deberá encontrarse entre el rango definido en la
minuta patrón.
▪ El control del gramaje de las sopas se realizará por peso (gramos) al ser una preparación de mezcla
entre líquidos y sólidos, el peso servido de cada plato debe ser homogéneo según los ingredientes
establecidos en el análisis de aporte nutricional.
▪ El control de la porción servida de helado se debe realizar por peso (gramos) según el grupo de
edad de acuerdo con los parámetros establecidos en la minuta patrón, garantizando el gramaje
servido en el momento de la entrega al participante.
▪ El color, sabor, aroma y consistencia deben ser característicos en cada una de las preparaciones
listas para servir.
Página: 82 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
ziploc o sello clic, de baja densidad, de material no tóxico, inerte, impermeable al agua y grasas,
color transparente, forma lisa, que protejan completamente la integridad del alimento, eviten
cualquier tipo de contaminación y que no influyan en la composición del producto, con capacidad
suficiente para almacenar la cantidad de muestra. Estas bolsas no podrán ser reutilizadas.
▪ La toma de la muestra debe realizarse con utensilios diferentes para cada tipo de alimento, nunca
con la mano.
▪ El tamaño de la muestra será el siguiente:
▪ En las preparaciones donde se incluye sopa y tubérculo las muestras se toman con el gramaje
correspondiente a la sopa.
▪ En las mezclas de cereal con verduras las muestras se toman con el gramaje correspondiente al
cereal.
▪ Las muestras deben almacenarse diariamente en refrigeración a temperatura entre 2 a 4 °C +/-2°C,
tomándose momentos antes de iniciar el servido.
▪ La toma de muestras de alimentos preparados se debe realizar directamente en el recipiente en el
cual fue preparado el alimento, la cual debe ser lo más homogénea posible.
▪ Para el caso de alimentos que requieran cocción es necesario disminuir la temperatura dejando la
bolsa entreabierta sobre una bandeja limpia y desinfectada de modo que el alimento alcance la
temperatura ambiente, controlando que no supere los veinticinco (25) minutos.
▪ Realizar sellado hermético y llevar inmediatamente al almacenamiento en refrigeración a
temperatura entre 2 a 4 °C +/-2°C.
▪ La muestra debe rotularse con letra clara de manera que se pueda diferenciar fácilmente, como
mínimo debe describir el nombre del alimento o preparación, fecha de la toma de muestra y fecha
de desecho de la muestra. Puede usarse cinta de enmascarar o marcador permanente punta fina.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 83 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 83 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ Todas las muestras de los alimentos almacenadas en las bolsas deben ser colocadas en un
recipiente de plástico con tapa, aisladas físicamente de los demás alimentos. Este recipiente debe
estar destinado únicamente para tal fin, con capacidad suficiente para el almacenamiento de
muestras equivalentes a mínimo tres (3) días. El recipiente debe mantenerse seco, limpio y
desinfectado y rotulado con el nombre “Muestras de alimentos”.
▪ Las muestras serán conservadas durante setenta y dos (72) horas.
▪ Los alimentos de las muestras que se van a desechar una vez cumplidas las setenta y dos horas
deberán destinarse en el recipiente para residuos orgánicos junto con su bolsa.
Nota: En caso de requerirse, los gramajes de las muestras diarias podrán ser modificados o
ajustados en el Instructivo Preparación de Alimentos, para lo cual debe consultarse de forma
permanente los documentos en el Sistema de Gestión de la entidad y descargar de allí los
documentos y formatos requeridos
5.2.4.9.1. Toma de muestras para evaluar la calidad microbiológica del servicio de alimentación
Los análisis microbiológicos de los ítems de ensayo tomados en el Comedor Comunitario estarán
dirigidos a evaluar la calidad microbiológica de los alimentos ofrecidos y orientados a analizar materias
primas, producto terminado, superficies, frotis de manos del personal manipulador y agua de consumo,
a la cual se le realizará análisis microbiológico.
Para este fin, el laboratorio contratado por la supervisión o interventoría, el cual debe contar con la
acreditación NTC ISO/IEC 17025:2017, realizará la toma de ítem de ensayo en el Comedor
Comunitario, con la frecuencia definida en el cronograma de muestreo microbiológico, plan de
muestreo y anexo técnico del laboratorio.
El personal del laboratorio deberá tomar los ítems de ensayo con las máximas condiciones de higiene
y bioseguridad, uniforme de dotación completo, cofia, tapabocas y guantes desechables. Terminado el
proceso de toma de muestras, el laboratorio elaborará un acta, que deberá ser firmada por el
responsable del servicio del Comedor Comunitario y por la persona que realizó la toma de ítem de
ensayo para la evaluación de la calidad microbiológica.
Cuando se tomen ítems de ensayo correspondientes a materia prima, el personal del laboratorio dejará
la(s) contramuestra(s) respectivas en el Comedor Comunitario, las cuáles serán tomadas en
condiciones similares al ítem de ensayo (muestra), dando las instrucciones correspondientes al
ASOCIADO con relación a la conservación de la(s) misma(s) durante 120 horas después de finalizada
la toma del ítem de ensayo (excepto enlatados, los cuales deben ser conservados hasta que se
produzca el resultado del análisis microbiológico) en las condiciones higiénico-sanitarias requeridas y
en una bandeja separada de los demás alimentos o muestras. La temperatura de conservación de las
contramuestras debe ser la indicada por el laboratorio en el momento de la toma de ítems de ensayo.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 84 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 84 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
El ASOCIADO podrá analizar la contramuestra de materia prima en un laboratorio con sede en Bogotá
o municipios circunvecinos que realice la toma y análisis de ítems de ensayo, que esté adscrito o
certificado por la entidad distrital o nacional competente y cuente con la acreditación NTC ISO/IEC
17025: 2017 “Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración”, y
que sea un laboratorio distinto al de la supervisión o interventoría, para obtener un resultado
comparativo si así el ASOCIADO lo cree conveniente. En este caso se deben tener en cuenta las
condiciones en las que se almacenó la contramuestra, el tiempo trascurrido, método y técnica de
análisis con las que se desarrolló el ensayo inicial. Pasadas las 120 horas (excepto enlatados), se
podrán desechar las contra muestras.
En caso de que se presente un brote o evento epidemiológico relacionado con posible contaminación
alimentaria, la responsabilidad de llevar a cabo la toma de los ítems de ensayo será del ASOCIADO;
esta toma deberá realizarse por medio de un laboratorio que cuente con la certificación y acreditación
descritas en el párrafo anterior.
La entrega y consumo de alimentos por parte de los participantes en sitio se realizará de la siguiente
manera:
▪ El ASOCIADO deberá asignar turnos para el consumo de alimentos en sitio, calculando que el
tiempo promedio para el consumo de los alimentos será de 30 minutos por turno.
▪ Se deberá disponer del equipo, mobiliario (mesas y sillas) y menaje que garantice un servicio de
alimentación y suministro de calidad, acorde con lo establecido en el apartado Equipos y Menaje
del anexo técnico.
▪ El ASOCIADO deberá garantizar que el área del salón comedor se encuentre en condiciones de
limpieza y desinfección de acuerdo con lo establecido en el plan de saneamiento, al momento de
iniciar la atención del servicio a la población.
▪ El ASOCIADO deberá brindar condiciones agradables y de calidez, durante el consumo de los
alimentos por parte de los participantes
▪ Simultáneamente el ASOCIADO debe verificar que el participante no presente síntomas de
resfriado, gripe común o tos; en caso de presentar síntomas se deben seguir los protocolos
establecidos.
▪ El beneficiario debe realizar el proceso de lavado de manos con jabón, para poder recibir la bandeja
con los alimentos, esta acción debe ser verificada por el ASOCIADO. El secado de manos debe
realizarse con toallas de único uso.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 85 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 85 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ El ASOCIADO deberá realizar el registro de asistencia del participante acorde con los lineamientos
establecidos por la SDIS para tal fin.
▪ El ASOCIADO deberá mantener a disposición de los participantes durante el tiempo de servido,
distribución y consumo, tres (3) recipientes con especias o condimenteros, tales como orégano,
pimienta negra y ají triturado, para ser adicionados por el participante de acuerdo con su
preferencia, una vez haya recibido el tiempo de comida los cuales deben estar identificados
(nombre del producto, fecha de vencimiento y lote) y las perforaciones deben ser acordes a la
presentación las especias. Una vez recibidos los alimentos por parte del beneficiario, el ASOCIADO
debe velar por que todos los alimentos sean consumidos dentro de las instalaciones del Comedor
Comunitario.
En el caso excepcional de que algún participante cuente con autorización para la entrega y consumo
de alimentos en casa, se deberán tener en cuenta las siguientes especificaciones.
El ASOCIADO deberá garantizar la aplicación de las Buenas Prácticas de Manufactura - BPM en todos
los procesos realizados en el Comedor Comunitario, así como la aplicación de las normas de higiene,
limpieza y desinfección exigidas en el anexo técnico y en la normatividad sanitaria vigente, para
garantizar la inocuidad y calidad de los alimentos.
Dentro de las buenas prácticas de manufactura, los manipuladores de alimentos deben cumplir con las
siguientes prácticas higiénicas y medidas de protección:
Página: 86 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Teniendo en cuenta que, las manos son el vehículo principal para transmitir los microorganismos que
causan contaminación alimentaria, por ello se deben lavar antes de iniciar las labores, cada vez que
salga y regrese al área de preparación de alimentos, luego de usar los servicios sanitarios, manejo de
residuos, en cada cambio de actividad y después de manipular cualquier material que pudiese
representar riesgo de contaminación para los alimentos.
Este aspecto tiene como finalidad permitir y facilitar el correcto funcionamiento del Comedor
Comunitario con el apoyo del conjunto de maquinaria, utensilios, recipientes, instrumentos, menaje y
demás elementos, que se empleen en el recibo, almacenamiento, procesamiento, preparación, servido
y empaque de alimentos.
Los equipos y menaje deben mantenerse en perfecto estado de limpieza, higiene, desinfección y
funcionamiento. No se deben lavar con aguas reservadas, reposadas o contaminadas. La totalidad de
procesos de limpieza y desinfección deben estar reflejados en el Plan de Saneamiento del Comedor
Comunitario
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 87 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 87 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
El ASOCIADO debe cumplir con lo establecido en la Resolución 683 de 201222, Resolución 834 de
201323, Resolución 4142 de 201324 y Resolución 4143 de 201325, expedidas por el Ministerio de Salud
y Protección Social.
Todos los equipos y utensilios que hayan estado en contacto con alimentos deben ser sometidos a
procesos de limpieza y desinfección antes de utilizarlos nuevamente. Los equipos y utensilios utilizados
para el recibo, almacenamiento, preparación, servido y distribución de alimentos deben estar
diseñados y construidos de manera que se evite la contaminación del alimento y facilite la limpieza y
desinfección de sus superficies; además deben ser instalados de forma secuencial, partiendo del
recibo de los alimentos hasta la preparación y distribución de estos.
Los equipos y utensilios empleados en el manejo de alimentos deben estar fabricados con materiales
resistentes al uso y a la corrosión, así como a la utilización frecuente de los agentes de limpieza y
desinfección.
▪ Todas las superficies de contacto directo con el alimento deben poseer un acabado liso, no poroso,
no absorbente y estar libres de defectos, grietas u otras irregularidades que puedan atrapar
partículas de alimentos o microorganismos que afecten la inocuidad del producto. Podrán
emplearse otras superficies cuando exista una justificación tecnológica específica.
▪ Las superficies de contacto directo con el alimento no deben recubrirse con pinturas u otro tipo de
material desprendible que represente un riesgo para la inocuidad del alimento.
▪ En los espacios interiores en contacto con el alimento, los equipos no deben poseer piezas o
accesorios que requieran lubricación ni roscas de acoplamiento u otras conexiones peligrosas.
▪ Las superficies exteriores de los equipos deben estar diseñadas y construidas de manera que
faciliten su limpieza y eviten la acumulación de suciedad, microorganismos, plagas u otros agentes
contaminantes del alimento.
22 Ministerio de Salud y Protección Social (2012). Resolución N.º 683 de 2012. Por medio de la cual se expide el Reglamento Técnico sobre
los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos
y bebidas para consumo humano. https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/resolucion-0683-de-2012.pdf
23 Ministerio de Salud y Protección Social (2013). Resolución N.º 834 de 2013. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los
requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos celulósicos y sus aditivos, destinados a entrar en
contacto con alimentos y bebidas para consumo humano.
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/resolucion-0834-de-2013.pdf
24Ministerio de Salud y Protección Social (2013). Resolución 4142 de 2013. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos
sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos metálicos destinados a entrar en contacto con alimentos y
bebidas para consumo humano en el territorio nacional. https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/resolucion-
4142-de-2012.pdf
25 Ministerio de Salud y Protección Social (2013). Resolución 4143 de 2013. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos
sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos plásticos y elastoméricos y sus aditivos, destinados a entrar
en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano en el territorio nacional.
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/resolucion-4143-de-2012.pdf
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 88 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 88 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
▪ Las mesas y mesones empleados en el manejo de alimentos deben tener superficies lisas, con
bordes sin aristas y estar construidas con materiales resistentes, impermeables y lavables.
▪ Todas las superficies de contacto con el alimento deben ser fácilmente accesibles o desmontables
para la limpieza, desinfección e inspección.
▪ Para básculas, grameras balanza digital pesa personas deben ser verificadas semanalmente con
pesa (s) patrón debidamente marcada con el peso correspondiente; para el caso de termómetros
verificar temperatura mediante el procedimiento a punto de hielo. La información obtenida debe
registrarse en el formato no controlado “Formato de verificación instrumentos de medición
▪ El Comedor Comunitario debe contar con un plan de mantenimiento de equipos preventivo y
correctivo que contenga como mínimo: cronograma y hojas de vida de cada uno de los equipos del
en donde se reflejen las características del equipo, capacidad, fechas y descripción de los
mantenimientos, este documento debe reposar en las instalaciones del Comedor Comunitario con
los respectivos soportes y estar a disposición de la supervisión o interventoría.
Equipos de refrigeración y
Congelador de 508 litros 1 de 100 a 400 participantes
congelación
Página: 89 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Báscula pesa personas Capacidad máxima 150kg y sensibilidad 1 de 100 a 400 participantes
Página: 90 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
2 con capacidad mínima de 500 ml para la Ocho (8) en total por cada
sopa o cazuela. participante
2 con capacidad mínima de 1.000 ml para la
Recipientes plásticos Para el 5% de los
Menaje y Utensilios proteína, cereal, verdura o ensalada y
participantes que
tubérculo o plátano.
excepcionalmente reciban la
2 con capacidad mínima de 330 ml para la entrega de alimentos para
bebida de fruta consumo en casa.
Página: 91 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Recipiente caneca
110-140 litros
(1 para 100 a 250 participantes
2 para 251 a 400 participantes)
Recipiente
caneca 50-65 litros
(1 para 100 a 250 participantes
2 para 251 a 400 participantes)
Recipientes plásticos con tapa en buen
estado para la preparación de jugos y
Recipientes plásticos mínimo
ensaladas, almacenamiento de alimentos,
de 10 litros
desinfección de frutas y verduras, menaje
(2 de 100 a 250 participantes
y utensilios.
3 de 251 a 400 participantes)
Canecas grandes con tapa para
Recipiente plástico para
almacenamiento de granos.
muestras
Recipiente plástico para muestras.
(1 de 100 a 400 participantes)
Recipientes y Bandejas
Tina plástica
Taza medidora
(1 por cada 100 participantes)
Jarras plásticas con tapa
Bandejas plásticas
Juego Cucharas o recipientes medidores
(10 por cada 100
participantes)
Vaso medidor
Tina mínimo 50 litros
Bandejas para la distribución de los
(2 de 100 a 400 participantes)
alimentos
Jarras plásticas de 3 a 5 litros
(2 de 100 a 250 participantes
3 de 251 a 400 participantes)
Colador metálico
(1 de 100 a 400 participantes)
Espumadera
(1 de 100 a 250 y 2 de 251 a
400)
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 92 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 92 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Rallador
(1 por cada 200)
Juego de cuchillos
(1 de 100 a 250 y 2 de 251 a
400)
En el área de preparación no deben existir elementos en madera, como utensilios, mesas o sillas, ni
utensilios deteriorados o con fisuras.
Nota: EL ASOCIADO deberá contar con pesas patrón debidamente marcadas con el peso
correspondiente, para las verificaciones internas que realice la supervisión a las básculas, grameras y
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 93 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 93 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
balanzas digitales pesa personas. En caso de que las verificaciones internas realizadas por la
supervisión o interventoría reporten discrepancias en los pesos, EL ASOCIADO contará con un término
no mayor a 5 días hábiles, bien sea para realizar la calibración y/o mantenimiento correctivo a los
equipos, o para reemplazarlos por nuevos equipos.
El ASOCIADO deberá contar con el Plan de Saneamiento, para esto deberá adaptar y adoptar la Guía
Plan de Saneamiento y formatos asociados publicados en el Sistema de Gestión en la página web de
la SDIS, por lo cual deberá ajustarlo de acuerdo con la particularidad del Comedor Comunitario, dando
cumplimiento al mismo, Resolución 2674 de 2013 y demás normas relacionadas.
Página: 94 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
El Plan de Saneamiento debe ser sometido a revisiones periódicas, esto con el fin de realizar las
actualizaciones correspondientes cuando se requieran cambios en su contenido, por ejemplo, en los
procedimientos, formatos de registros, fichas técnicas y normatividad. Dichos cambios serán realizados
por el responsable del servicio en apoyo del profesional nutricionista dietista del Comedor Comunitario
El Plan de Saneamiento deberá ser implementado por el talento humano de servicios generales y ser
verificado por parte del profesional de Nutrición y Dietética y el responsable del Comedor Comunitario,
buscando la correcta implementación y el establecimiento de acciones de mejora a las que haya lugar
de manera inmediata.
El Plan de saneamiento deberá ajustarse de acuerdo con las características propias de cada unidad
operativa, deberá estar disponible y al alcance de todo el personal que participa en las actividades que
lo contempla; así mismo, deberá socializarse cada vez que sea necesario involucrando a todo el
personal que realice las labores de saneamiento y el responsable de Comedor Comunitario.
De igual forma, el ASOCIADO facilitará los medios necesarios para la socialización, difusión y consulta
permanente por parte del personal las veces que se requiera.
Página: 95 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
5.2.5. INFRAESTRUCTURA
Durante la ejecución del convenio se deberá garantizar permanentemente las condiciones óptimas de
orden, higiene, limpieza y desinfección en todas las áreas del servicio de alimentación.
Las instalaciones del Comedor Comunitario deben ser acordes a las actividades a desarrollar, para
cada una de estas actividades se debe destinar un área de trabajo específica e independiente, teniendo
en cuenta que los requerimientos varían de acuerdo con el tamaño del espacio físico destinado al
servicio y a las funciones que en él se cumplirán.
▪ Recibo de alimentos
▪ Almacenamiento de alimentos
▪ Preparación de alimentos: zona fría, zona caliente, zona de pre-alistamiento y zona de higienización.
▪ Distribución de alimentos
▪ Consumo de alimentos
▪ Alistamiento de personal
▪ Almacenamiento de agua potable
▪ Instalaciones sanitarias - baterías sanitarias
▪ Higienización de elementos de aseo
▪ Almacenamiento de productos químicos
▪ Almacenamiento de combustibles
Esta área debe ser un espacio adecuado que cumpla con las condiciones higiénico-sanitarias
establecidas por la normatividad sanitaria vigente, permitiendo realizar las actividades de verificación
de cantidad, calidad e inocuidad de los alimentos que se reciben, debe contar y disponer de los
elementos y equipos que se requieren para la operación de recibo: básculas, balanzas, canastillas,
estibas, termómetros entre otros. Debe estar aislada de cualquier riesgo de contaminación física,
química y/o biológica.
Página: 96 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
El área de preparación de alimentos debe contar con mínimo zonas: caliente, fría, pre-alistamiento e
higienización.
Esta área no debe ser accesible a los participantes, para lo cual debe instalarse en un lugar visible y
estratégico un aviso que diga “Prohibido el ingreso a personal no autorizado”.
Los equipos del área de preparación de alimentos deben ubicarse de tal forma que el personal pueda
realizar sus tareas de manera eficiente y con un mínimo de entrecruzamientos.
El Comedor Comunitario debe contar con una adecuada instalación y distribución de áreas en el
servicio de alimentación, dado que incidirá notoriamente en las correctas actividades de higienización
y prevención de la contaminación cruzada, para lo cual, se debe tener en cuenta lo siguiente:
- Zona fría: Esta zona debe estar destinada para el pre-alistamiento y preparación de los jugos y las
ensaladas crudas. Como estos alimentos no son sometidos a procesos de cocción, tienen riesgo
de contaminación en cualquiera de las etapas de preparación, por tanto, es indispensable que se
encuentre perfectamente definida la separación con las demás zonas. Este espacio deberá ser de
fácil higienización y libre de elementos ajenos al lugar; debe contar con las mesas de trabajo (con
acabados de fácil limpieza y desinfección) suficientes para el pelado, cortado e higienización de las
frutas, verduras y hortalizas, además de espacio para la ubicación de equipos y utensilios
necesarios.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 97 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Página: 97 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
Dentro de esta zona, no se deben realizar actividades como el alistamiento y porcionado de las
carnes frescas, pollo, pescado y pelado de los tubérculos, ya que generalmente estos productos
presentan una elevada carga microbiana que puede ocasionar contaminación cruzada.
- Zona caliente: Esta zona debe estar destinada para la preparación de alimentos calientes o cocidos
y la ubicación de los equipos necesarios para esta actividad, debe contar con un espacio para una
mesa auxiliar de trabajo (con acabados de fácil limpieza y desinfección ) como apoyo en el
alistamiento y servido de los alimentos. Se deben facilitar condiciones de ventilación y evitar en lo
posible que se encuentre cerca de las zonas de preparación de jugos y ensaladas crudas o de los
equipos de refrigeración y congelación.
- Zona para pre-alistamiento de alimentos crudos: Esta zona debe estar destinada para el pre-
alistamiento de aquellos alimentos como carnes frescas, pollo, pescado, tubérculos o cualquier otro
alimento que por su naturaleza requiera tratamiento térmico. Dentro de esta zona, no se deben
realizar actividades de alistamiento y porcionado de alimentos diferentes para los que se encuentra
destinada, ya que puede ocasionar contaminación cruzada.
- Zona de higienización: Debe contar como mínimo con un lavaplatos que permita el lavado y
desinfección de los elementos propios del proceso, con espacio para la ubicación del menaje sucio,
el escurrido de este una vez higienizado y el almacenamiento. El lavaplatos utilizado para realizar
el proceso de desinfección debe ser de capacidad acorde a la cantidad de menaje, cubiertos,
utensilios, recipientes, ollas a higienizar y mantenerse en condiciones de limpieza y desinfección.
En caso de utilizar otra zona adicional para la higienización de ollas y recipientes grandes, esta
debe permanecer en perfecto estado de limpieza y desinfección.
Por la naturaleza de las actividades que se realizan allí, es fundamental prevenir la contaminación
de los alimentos durante el proceso de lavado y desinfección de utensilios. Se aclara que esta zona
es de uso exclusivo para la higienización de los elementos propios de la preparación de alimentos,
por tanto, está prohibido su uso para procesos de limpieza y desinfección de elementos de aseo y
otros ajenos a esta.
Contar con lavamanos con grifo de accionamiento no manual dotado con dispensador de jabón,
toallas desechables o equipos automáticos para el secado de manos en buen estado, debidamente
señalizado, ubicado en las áreas de elaboración o próximos a estas para la higiene del personal
manipulador de alimentos y para facilitar la supervisión de estas prácticas.
Página: 98 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
− El Comedor Comunitario debe disponer de un área para la distribución de alimentos, la cual debe
contar con condiciones de limpieza y orden.
− Contar con los elementos necesarios y en condiciones higiénicas, que faciliten la distribución de
los alimentos a los participantes.
− El espacio de distribución de alimentos debe estar fuera del área de preparación y
almacenamiento de alimentos y ser de fácil acceso y evacuación.
− Las mesas y sillas deben ser de material que faciliten la limpieza, desinfección y la comodidad
de los participantes.
− El salón comedor debe estar fuera del área de preparación, ser de fácil acceso y evacuación.
− El área destinada para el consumo de alimentos deberá tener iluminación y ventilación natural o
artificial suficiente.
− La puerta principal debe permanecer abierta durante la prestación del servicio, de tal manera que
permita una fácil evacuación de los participantes en caso de emergencia.
− El ASOCIADO debe garantizar que para el consumo de alimentos se mantenga una distancia
mínima entre cada participante y aplicando adecuadamente los protocolos de bioseguridad.
Se dispondrá de las sillas (puestos) de acuerdo con la cantidad de participantes asignados para el
consumo de alimentos por turno, manteniendo la distancia mínima de 1 metro. El número de sillas
(puestos) a ubicar deberá ser calculado basado en la cantidad de participantes que van a consumir los
alimentos, contemplando que el tiempo promedio para el consumo de los alimentos será de 30 minutos
por turno.
− El área de alistamiento del personal deberá estar separada de los servicios sanitarios (inodoro o
cisternas), áreas de almacenamiento y preparación de alimentos
− Esta área deberá mantenerse en adecuadas condiciones de limpieza y desinfección de acuerdo
con la frecuencia establecida en el Plan de Saneamiento.
− Deberá contar con casilleros o lockers en buen estado para la ubicación de los elementos
personales y ropa de diario.
Página: 99 de 211
Firmado Electronicamente con AZSign
varios tanques de almacenamiento de acuerdo con el área del Comedor Comunitario) deben
estar debidamente identificados e indicar su capacidad.
− El o los tanques, deberá(n) estar instalado(s) unido al sistema hidráulico del área de preparación
de alimentos y servicios sanitarios, el sistema de almacenamiento debe permitir que el agua esté
en constante circulación. La higienización se hará cada seis (6) meses de acuerdo con lo
establecido por el Plan de Saneamiento y normatividad vigente.
− El acceso a lugares de almacenamiento de agua, tales como: tanques, lavaderos, fuentes y otras,
debe encontrarse restringido para los participantes, instalando los respectivos avisos.
− El Comedor Comunitario debe contar con servicio sanitario en cantidad suficiente para uso
público. Contar con batería sanitaria en buen estado de funcionamiento (lavamanos e inodoros)
y dotados de los siguientes elementos de aseo: caneca con tapa de accionamiento de pedal, con
bolsa permanente según lo estipulado en el Componente Ambiental del presente anexo técnico,
dispensador con jabón líquido, papel higiénico y elementos para el secado de manos (toallas de
papel o secador de manos eléctrico).
− En caso de que Comedor Comunitario disponga de dos o más sanitarios, el destinado para uso
de los beneficiaros debe ser independiente al sanitario del personal del servicio de alimentos.
Cada sanitario debe tener la dotación definida anteriormente. En todo caso el ASOCIADO debe
garantizar un espacio para la higienización de manos de los participantes.
− Los sanitarios deberán estar separados físicamente de las áreas de preparación y
almacenamiento de alimentos y no podrán compartir una ventana para ventilación, con el fin de
evitar la contaminación cruzada.
− El Comedor Comunitario debe garantizar el servicio de sanitario (ingreso y uso) a todo tipo de
usuario (población), en especial a personas con movilidad reducida.
− Los baños para las personas con movilidad reducida deben contar con apoyos internos que
faciliten el acceso y uso de este.
El cumplimiento de este aspecto busca garantizar la seguridad, higiene y calidad de los alimentos en
cualquiera de las etapas para disminuir el riesgo de contaminación alimentaria.
El Comedor Comunitario deberá tener un espacio exclusivo para el lavado de los elementos de aseo;
ubicado en un lugar que no genere riesgo de contaminación, aislado y que sea diferente al área de
recibo, almacenamiento, preparación, servido y distribución de los alimentos.
escobas, traperos, haragán, recogedores, guantes, cepillos, canecas, bolsas de residuos, esponjillas,
baldes, entre otros, que serán reemplazados teniendo en cuenta su deterioro.
Color Área
Amarillo Área de preparación, área de recibo y área de almacenamiento de alimentos
Verde Área del salón Comedor pasillos y salas comunes
Rojo Instalaciones sanitarias (baños)
Negro Área de almacenamiento temporal de residuos.
Fuente: Procedimiento Operación Entrega de Apoyos Alimentarios en los Servicios Sociales Dirección de Nutrición y Abastecimiento, SDIS
2022
Nota: Los colores que se deben implementar para todos los elementos de aseo; Los guantes deben
ser del color estipulado, y los demás elementos de aseo se deben identificar con cinta, de manera que
permita la adecuada identificación.
Los elementos empleados para realizar procesos de limpieza y desinfección deben higienizarse y
almacenarse por separado de acuerdo con la clasificación de color, éstos pueden ser ubicados en la
misma área siempre y cuando se cumpla con las condiciones anteriormente mencionadas. Es
necesario usar un perchero o elemento que haga sus veces, de manera que siempre permanezcan en
su sitio y organizados. No se permitirá la ubicación de elementos de aseo en área de preparación, ni
en el área de almacenamiento de alimentos.
La limpieza y desinfección general del Comedor Comunitario se debe realizar una vez finalice la
distribución de la última ración de comida proporcionada a los participantes en el día (de acuerdo con
el cuadro de turnos), excepto cuando ocurra derrame de alimentos durante el servicio.
Se debe destinar un espacio para el almacenamiento de los productos químicos tales como:
detergentes, desinfectantes, etc., en un lugar alejado del área de preparación y almacenamiento de
alimentos para evitar el riesgo de contaminación química. El lugar debe estar debidamente identificado,
organizado y señalizado; puede ser un cuarto, mueble o un cajón para tal fin, manteniéndose siempre
bajo llave. Puede también ser ubicado en el cuarto de alistamiento del personal, siempre que se
mantenga protegido. Los detergentes, desinfectantes y otras sustancias químicas que por necesidad
de su uso se encuentren dentro del Comedor Comunitario deben etiquetarse adecuadamente con un
rótulo en que se informe sobre su toxicidad y empleo. Para ello cada unidad operativa debe contar con
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 101 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
cada una de las fichas técnicas de los productos químicos utilizados en los procesos de limpieza y
desinfección.
Se debe adoptar lo establecido en el Decreto 1545 de 1998 “Por el cual se reglamentan parcialmente
los regímenes sanitarios, del control de calidad y de vigilancia de los productos de aseo, higiene y
limpieza de uso doméstico y se dictan otras disposiciones” y aquellas normas concordantes, vigentes,
complementarias y modificatorias.
El Comedor Comunitario debe contar con suministro de gas natural. En aquellas situaciones
eventuales o de fuerza mayor donde se suspenda el suministro de gas natural por razones técnicas o
de seguridad o que no exista red de gas natural, se permitirá el uso de gas licuado del petróleo - GLP
(gas propano), el cual debe cumplir con las siguientes características:
− El tipo de cilindro tendrá una capacidad de cien (100) libras, el cual es denominado según la
Resolución 80505/97 como cilindro temporal.
− Los cilindros deben ser instalados en un lugar ventilado y deben protegerse de personas o
agentes extraños que puedan causar indebida manipulación. Es vital proteger los tanques del
acceso de participantes y sobre todo de niños y niñas.
− La instalación debe contar con una válvula reguladora acorde a la capacidad del tanque/s.
− La manguera debe ser blindada en acero o alma de acero flexible de alta presión, debe ser cerca
de 200 PSI. Queda totalmente prohibido usar otro tipo de manguera plástica, como es la
manguera de color azul o similar.
− Puede usarse igualmente tubería rígida de cobre para instalaciones de gas.
− Las instalaciones de las tuberías de gas se deben hacer a la vista.
− Cerca de la instalación de gas propano, se debe contar con un extintor de polvo químico de 20
libras como mínimo.
Conforme lo dispuesto en el Decreto 2157 de 2017 "Por medio del cual se adoptan directrices
generales para la elaboración del plan de gestión del riesgo de desastres de las entidades públicas y
privadas en el marco del artículo 42 de la Ley 1523 de 2012", Sección 2, subsección 1, numeral 3.1 se
define el Plan de Emergencias y Contingencia – PEC como la herramienta de preparación para la
respuesta, que con base en unos escenarios posibles y priorizados (identificados en el proceso de
conocimiento del riesgo), define los mecanismos de organización, coordinación, funciones,
competencias, responsabilidades, así como recursos disponibles y necesarios para garantizar la
atención efectiva de las emergencias que se puedan presentar. Igualmente, precisa los
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 102 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
procedimientos y protocolos de actuación para cada una de ellas minimizando el impacto en las
personas, los bienes y el ambiente.
El PEC del Comedor Comunitario, deberá ser elaborado en un plazo máximo de un (1) mes siguiente
a la suscripción del acta de inicio, se debe anexar la relación de equipos y elementos para la atención
de emergencias (en caso de no estar incluidos en el PEC) y el Formato “Matriz de identificación de
peligros y valoración del riesgo”, conforme al formato establecido por la SDIS, que puede consultarse
en el enlace:
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_de_talento_humano/documentos_a
sociados/20190228_for_th_002_v1_formato_matriz_identificacion_peligros_val_riesgos.xlsx
El ASOCIADO deberá dar cumplimiento al Acuerdo 341 de 2008, Artículo 4: Todos los patrones con
carácter de empresa y domicilio en la ciudad de Bogotá, deben reportar el proceso de implementación
del Plan de Emergencias y Contingencia al Instituto Distrital de Gestión del Riesgo y Cambio Climático
-IDIGER, el cual deberá realizarse a través del formulario electrónico dispuesto por esta entidad,
accediendo mediante el enlace: http://logina.sire.gov.co/planemergencias/index.do (allí el sistema
solicitará el ingreso de usuario y contraseña, el cual debe ser creado en caso de no contar con estos).
Nota: El PEC deberá reposar en el Comedor Comunitario para que sea verificado por la supervisión o
interventoría, cuando sea requerido.
Las medidas de seguridad humana tienen como fin proteger la integridad de los participantes, personal
administrativo y operativo.
El Comedor Comunitario debe contar con visita y concepto técnico de seguridad humana y protección
contra incendios vigente y menor a un (1) año, emitido por la UAECOB (Unidad Administrativa Especial
Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá). Si en la visita de revisión técnica, se requiere realizar un Plan
de mejoramiento, incluyendo las adecuaciones necesarias para subsanar las observaciones del
inspector de la UAECOB (Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá), el
ASOCIADO deberá dar cumplimiento según el plazo establecido en el plan; el seguimiento lo realizará
la Supervisión o interventoría.
Si es la primera vez que el Comedor Comunitario va a funcionar en las instalaciones y no cuenta con
concepto técnico de seguridad humana y protección contra incendios, debe presentar carta radicada
ante la UAECOB (Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá) con su
respectiva consignación, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles después de firmada el acta de
inicio. Una vez recibido dicho concepto deberá presentarlo a la supervisión o interventoría.
Es de aclarar, que durante la ejecución del convenio el concepto técnico deberá permanecer favorable
y vigente.
Si este concepto vence durante la ejecución del convenio, El ASOCIADO deberá presentar el trámite
de solicitud del nuevo concepto en mención, en un tiempo máximo de diez (10) días hábiles.
▪ El ASOCIADO debe contar con mínimo un botiquín tipo A con los elementos que se relacionan a
continuación, dando cumplimiento con lo establecido en la Resolución N.º 705 de 200726 de la
Secretaría Distrital de Salud.
26 Secretaría Distrital de Salud (2007). Resolución N.º 0705 de 2007. Por medio de la cual se desarrollan los contenidos técnicos del Acuerdo
Distrital N.º 230 del 29 de junio del 2006 y se dictan otras disposiciones.
https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31885&dt=S
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 104 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Adicionalmente, incluir en el botiquín: un (1) tubo de crema para quemaduras por 30 g., un (1) rollo
de esparadrapo micropore de½ “y unas (1) tijeras punta roma.
▪ Se debe elaborar una lista de elementos del botiquín, la cantidad por elemento, fecha de
adquisición, fecha de vencimiento (según aplique), fecha revisión y número de revisión. De igual
manera, realizar control de inventarios de elementos utilizados o vencidos, elementos para dar de
baja y reposición, existiendo disponibilidad permanente de los mismos y sustituyendo
oportunamente. Diligenciar el registro teniendo en cuenta la frecuencia de uso de los elementos y
la vigencia de estos.
▪ El botiquín debe estar ubicado en un sitio estratégico y seguro, fuera del alcance de los
participantes. Es importante que este sitio no sea la cocina o el baño, ya que la humedad puede
alterar el estado de los elementos del botiquín. Se debe informar a todo el personal del Comedor
Comunitario la ubicación del botiquín y los responsables de su uso.
▪ Se debe contar mínimo con una camilla rígida, plástica tipo FEEL. No se pueden utilizar camillas en
material de madera.
▪ Cumplir de manera permanente con las condiciones de seguridad humana y protección contra
incendios, requeridas por la UAECOB (Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos
de Bogotá)
▪ El personal del Comedor Comunitario debe tomar la capacitación ofrecida por la UAECOB, para lo
cual deberá realizar solicitud de capacitación en teoría del fuego, manejo de extintores y Seguridad
Humana. Se debe realizar la solicitud en la Calle 20 N.º 68A – 06 Bogotá, Colombia.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 105 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
▪ Cuando la certificación expedida por la UAECOB contemple vigencia, ésta tendrá validez por dicho
período. Cuando no se estipule la vigencia se debe realizar la solicitud para la renovación cada dos
años.
▪ Cuando ingrese personal nuevo al Comedor Comunitario debe solicitar la capacitación
correspondiente a la UAECOB si no cuenta con la respectiva certificación.
▪ Desarrollar un simulacro de evacuación mínimo una (1) vez al año con participantes del Comedor
Comunitario dentro de la ejecución del/os convenio/s, dejando constancia de la asistencia, actas y
registro fotográfico.
▪ El espacio físico en donde se encuentre la cocina, calentadores o estufas de gas tiene que disponer
de ventilación que comunique con el exterior, para evitar casos de intoxicación o de explosión en
caso de ocasionarse un escape.
▪ Contar con mínimo dos (2) extintores multipropósito de 10 libras en buen estado, con carga vigente,
señalizados y ubicados en lugares de fácil acceso y en puntos estratégicos, como son: cerca al área
de preparación de alimentos, área computador, archivos, área de Comedor Comunitario. Deben
encontrarse ubicados dentro del plano del Plan de Emergencias y Contingencias.
▪ Se deberá contar con la instalación de sistema de detección de humo en el Comedor Comunitario
mantenerlas en funcionamiento.
▪ El sistema y acometida de gas deben estar debidamente instalados. En caso de utilizar gas GLP
(Propano), la instalación debe cumplir con la normatividad vigente. Se debe realizar el respectivo
mantenimiento preventivo y correctivo, por parte del proveedor del servicio, el cual debe ser
solicitado por el ASOCIADO.
▪ Mantener ventiladas las áreas donde se encuentre instalado el gas natural.
▪ Garantizar que no se obstruyan los ductos de ventilación de las instalaciones de gas o se coloquen
objetos en los mismos.
▪ En caso de existir fugas de gas en el sistema instalado en el Comedor Comunitario se debe informar
rápidamente a la línea de emergencias 123 y a gas natural la línea 164.
▪ Elementos como coge ollas o plásticos no deben colocarse cerca de la estufa.
▪ El talento humano encargado, no deberá desatender la estufa mientras está cocinando,
especialmente aceites o grasas.
▪ No se debe almacenar líquidos inflamables.
▪ En la cocina del Comedor Comunitario no se debe permitir el uso de combustibles líquidos o de
biomasa (carbón mineral o vegetal).
▪ Si se percibe olor de sustancias inflamables, no hay que accionar interruptores eléctricos ni
encender fósforos o mecheros, la chispa provocaría una gran explosión. Se debe verificar la causa
del olor.
▪ Los equipos eléctricos no se deben ubicar cerca de los lugares en donde se encuentren líquidos
inflamables de fácil combustión, ya que son peligrosos y pueden ocasionar incendios.
▪ Garantizar el buen estado y funcionamiento de las instalaciones eléctricas, según la normatividad
vigente. Las instalaciones eléctricas como tomas, enchufes y cables deben estar protegidas,
canalizadas, sin peladuras y retirado de los participantes.
▪ Desconectar todo equipo eléctrico que no se esté utilizando.
▪ En caso de emergencia evitar utilizar velas o lámparas de gas, use linternas de pilas o eléctricas.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 106 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
▪ Es importante que no se conecten varios aparatos en un solo enchufe múltiple; además se debe
mantener en buen estado toda la instalación eléctrica. El no hacerlo supondría un grave peligro de
incendio.
▪ Los equipos industriales que generan calor y los quemadores portátiles son peligrosos, ya que son
una fuente constante de inflamación que originan los incendios. Se deben analizar las cantidades
de elementos combustibles en los lugares de trabajo, para reducirlos y así evitar incendios.
▪ Realizar mantenimiento de rodamientos y transmisiones para que no se produzcan fricciones y
recalentamientos.
▪ Tener presente que en aquellos lugares donde no ingresa ventilación y se acumula el calor se
pueden generar temperaturas de inflamación ocasionando incendios inesperados
▪ Mantener los productos inflamables como disolventes, varsol, ceras, fósforos, encendedores y
velas, aislados de fuentes de calor y fuera del área de preparación de los alimentos y del alcance
de los participantes.
▪ El talento humano del Comedor Comunitario debe estar atento a que los participantes no manipulen
productos inflamables como disolventes, varsol, ceras, fósforos y encendedores dentro de las
instalaciones del Comedor Comunitario.
▪ Verificar el rotulado de elementos de limpieza y desinfección y otros insumos en cuanto a las
condiciones de almacenamiento y advertencias.
▪ Mantener bajo llave y fuera del alcance de los participantes las sustancias potencialmente toxicas
como hipoclorito, detergentes, varsol, limpia muebles, entre otros.
▪ No mezclar indiscriminadamente los productos de limpieza, especialmente en el caso del hipoclorito
de sodio y el varsol (se produce un fuerte desprendimiento de cloro, que es un gas tóxico). Igual
ocurre con la mezcla de hipoclorito y amoníaco.
▪ Conservar los productos de limpieza en sus envases originales, cuando esto no sea posible, se
deben conservar en envases claramente identificados y con indicación de su peligrosidad. No
envasar productos de limpieza o tóxicos en empaques de alimentos como botellas de gaseosa o
cajas de galletas.
▪ Cuando se realicen actividades como fumigación, estas deben realizarse por expertos y en un día
que no se ejecuten actividades de procesamiento de alimentos; igualmente no se deben encontrar
los participantes en el Comedor Comunitario, tal como lo indica el Plan de Saneamiento en el
programa de control de plagas. Para aplicación de insecticidas, plaguicidas o aplicación de pinturas,
se deben tener en cuenta las medidas de seguridad de protección para los alimentos y para el
personal encargado de realizar la actividad (debe hacerse con conocimiento de sus riesgos por
inhalación y contactos dérmicos entre otros).
▪ No mantener insecticidas, raticidas, plaguicidas o pinturas en el Comedor Comunitario. Proporcionar
una adecuada ventilación de todas las áreas del Comedor Comunitario permitiendo la circulación
de aire cuando se han llevado a cabo fumigaciones o pintura, con anterioridad al día de actividad
con los participantes.
▪ Contar con buena ventilación para la aplicación de pinturas, disolventes y adhesivos.
▪ Cerrar la llave del paso de gas al finalizar la jornada de utilización.
▪ Evitar las corrientes de aire sobre la llama de la cocina a gas que puedan apagarla.
▪ Vigilar los recipientes con líquidos sobre el fuego que, al hervir puedan rebosar y apagar la llama.
▪ Diseñar procesos y controles de trabajo y utilizar equipos y materiales adecuados para reducir la
liberación de sustancias peligrosas.
▪ Aplicar medidas de protección individual, incluido el uso de equipos de protección personal, de
conformidad con la normatividad vigente para el caso.
▪ Promover charlas informativas a los manipuladores de alimentos sobre las diferentes sustancias
toxicas que se encuentran en el lugar de trabajo y las consecuencias que se originan por el mal uso
de estas.
▪ En casos de una emergencia ponerse en contacto con las autoridades pertinentes.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 108 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
▪ Contar con cinta de balizaje y paletas de señalización de “pare y siga” en material acrílico para
facilitar el cruce de vías hacia el punto de encuentro externo.
▪ Contar con un sistema de alarma para evacuación en caso de emergencia (timbre o sirena o
megáfono)
▪ Demarcar la ruta de evacuación con huellas en el piso para que las niñas y niños conozcan de una
manera pedagógica la salida hacia el punto de encuentro.
▪ Contar con linternas y silbatos para una posible evacuación.
▪ Los brigadistas deben estar identificados con chalecos o brazaletes.
De conformidad con la Resolución No. 242 “Por la cual se adoptan los lineamientos para la formulación,
concertación, implementación, evaluación, control y seguimiento del Plan Institucional de Gestión
Ambiental –PIGA” (…) La Entidad ejercerá un efectivo y claro liderazgo ambiental que permita la mejora
continua desde el marco de la ejecución progresiva de todas las herramientas estratégicas de
planeación ambiental direccionadas a la transformación de hábitos en términos de cuidado, bienestar
y adaptación al cambio climático”.
Para el desarrollo de este componente se deberán adoptar e implementar los siguientes programas:
▪ Crearse bajo el dominio de Gmail con la articulación del referente ambiental técnico de la SDIS.
▪ El nombre del correo debe comenzar con las letras iníciales del servicio prestado (Comedor
Comunitario = CC), seguido del nombre de la unidad y de la sigla SGA. Ejemplo:
ccrinconrubisga@gmail.com.
▪ Contar con dos carpetas ambientales, una física y una digital (Drive correo ambiental), en las cuales
se consignen todas las fuentes de verificación definidas para este componente (socializaciones,
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 110 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
La Secretaría Distrital de Integración Social - SDIS comprometida con el medio ambiente y dando
cumplimiento a los requerimientos Nacionales, Distritales e Institucionales establecidos bajo los
principios de cuidado de los recursos naturales, la protección de la biodiversidad y el reconocimiento
de estrategias sostenibles, divide la temática de residuos sólidos en cinco partes con el fin de estipular
acciones tendientes a la minimización de los impactos negativos ambientales generados en la
prestación de los servicios sociales.
Lineamientos:
1. Implementar el Plan de Acción Interno para el Aprovechamiento Eficiente de los Residuos Sólidos
(PAIPAERS) y la Política Cero Residuos y Cero Papel.
2. Divulgar con el talento humano del Comedor Comunitario, el Plan de Acción Interno para el
Aprovechamiento Eficiente de los Residuos Sólidos (PAIPAERS) y la Política Cero Residuos y
Cero Papel, como mínimo dos veces durante la ejecución del convenio. Este plan puede
consultarse en el siguiente enlace:
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociad
os/20211021_pla_ga_003_v0_plan_paipers.docx
5. Contar con las canecas y contenedores para el manejo de los residuos, según el código de colores
establecido en la Resolución 2184 de 201927 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Las canecas deben contar con rótulos que incluyan los logos diseñados por la SDIS y deben estar
elaborados en materiales resistentes, de fácil limpieza y desinfección como adhesivo o
plastificado.
Ubicación
Cantidad Descripción Caneca
Caneca
Caneca con tapa plana tipo pedal y bolsa color verde (Exclusiva para el aprovechamiento
1 de residuos orgánicos sin cocción (cascaras, fruta sobre madurada, semillas, afrecho,
Cocina entre otros). Capacidad mínima 60 litros.
Caneca con tapa plana tipo pedal y bolsa color negro. Capacidad mínima entre 45 y 60
1
litros.
Caneca con tapa con orificio en la parte superior. Una (1) caneca color blanco y una (1)
Punto ecológico 2 caneca color negro, con bolsa plástica, unidas con estructura metálica. Capacidad mínima
35 litros.
Cuarto de Caneca con tapa plana color blanco, verde y negro. El tamaño de estas se determinará
almacenamiento teniendo en cuenta la dimensión del cuarto de almacenamiento temporal de residuos, la
3
temporal de generación de residuos, las frecuencias y horarios de prestación del servicio de
residuos recolección y transporte.
Caneca tipo pedal con tapa plana, color negro y bolsa de color negro, para depositar los
Baños 1
residuos sanitarios. Capacidad mínima 7 litros.
Caneca tipo pedal con tapa plana, color negro y bolsa de color negro, para depositar los
Descomide 1
residuos resultantes del descomide de menaje. Capacidad mínima 10 litros
Contenedor o elemento para organizar el papel utilizado por una sola cara, que pueda ser
reutilizado en cada punto de impresión o fotocopiado; compuesto por tres gavetas, cada
una con un logo en la parte frontal las cuales tienen las siguientes funciones:
Organizador de - Gaveta 1 (De arriba hacia abajo, se dispondrá en ésta el papel tamaño carta impreso
1 por una sola cara, estas hojas no deben contener grasas ni ningún residuo de comida
papel
o parafinas)
- Gaveta 2 (De arriba hacia abajo, se dispondrá en ésta el papel tamaño carta impreso
por una sola cara, estas hojas no deben contener grasas ni ningún residuo de comida
o parafinas)
27 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (2019). Resolución N.º 2184 de 2019. Por la cual se modifica la Resolución 668 de 2016
sobre uso racional de bolsas plásticas y se adoptan otras disposiciones.
https://www.minambiente.gov.co/wp-content/uploads/2021/08/resolucion-2184-de-2019.pdf
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 112 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Ubicación
Cantidad Descripción Caneca
Caneca
Gaveta 3: (De arriba hacia abajo, se dispondrá en ésta el papel tamaño oficio impreso por
una sola cara, estas hojas no deben contener grasas ni ningún residuo de comida o
parafinas)
Nota: El ASOCIADO debe suministrar o sustituir las canecas y contenedores de acuerdo con el reporte
de necesidades y los lineamientos establecidos por la SDIS. Se aclara que NO se validará canecas
pintadas o forradas.
7. Diligenciar el Formato Ruta de Recolección Interna de Residuos Sólidos – RRIRS por Fases (I, II y
III) con plano actualizado correspondiente a Fase III, que cubra la totalidad del Comedor
Comunitario, donde se identifique el número de puntos ecológicos, canecas, cuarto de
almacenamiento, tipo de residuos generados y su localización. Este deberá estar publicado en el
cuarto de almacenamiento de residuos sólidos. Dicho formato puede ser consultado en el siguiente
enlace:https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_a
sociados/20211021_for_ga_005_v0_formato_ruta_recolecc_residuos_solidos_.pptx
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociado
s/20211021_for_ga_007_v0_formato_accion_afimartiva.doc)
10. Realizar una correcta separación en la fuente de los residuos aprovechables y no aprovechables
generados durante la operación del Comedor Comunitario y disminuir la generación de envases y
empaques de un solo uso.
12. Contar con una balanza digital de gancho con capacidad mínima de 50 Kg, para realizar el pesaje
diario del material aprovechable y no aprovechable generado en el Comedor Comunitario.
13. Diligenciar el Formato Registro, Medición y Control de los Residuos Entregados, cada vez que se
realice la entrega al recuperador de oficio u organización de recuperadores y empresa prestadora
de aseo. Así mismo, diligenciar el Formato Certificado Recolección Residuos Sólidos, el cual debe
estar firmado por el recuperador de oficio u organización de recuperadores. Los cuales se pueden
consultar en los siguientes enlaces:
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociad
os/20211021_for_ga_009_v0_formato_registro_medicion_control_residuos_entregados.doc
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociad
os/20211021_for_ga_010_v0_formato_certificado_recoleccion_residuos_solidos.doc
14. Diligenciar el Formato Registro, Medición y Control de Descomide, al finalizar la prestación del
servicio y realizar reporte trimestral en los tiempos establecidos por la SDIS, garantizando la
calidad del dato. El formato en mención se puede consultar en el siguiente enlace:
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociad
os/20211021_for_ga_047_v0_registro_medicion_control_descomide.doc
15. Contar con un pendón de medidas mínimas 1.00 m de ancho x 2.00 m de largo, donde se
comunique acciones para clasificar, reciclar, reutilizar y disminuir la generación de envases,
embalajes y pérdidas de alimentos. La elaboración del contenido se realizará en coordinación con
el Equipo de Gestión Ambiental de la SDIS y su aprobación la realizará la Oficina de
Comunicaciones de la Entidad. Los pendones serán publicados en un lugar visible del Comedor
Comunitario.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 114 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Fuentes de verificación:
▪ Actas y planillas de asistencia a la divulgación del PAIPAERS, Política Cero Papel y Cero Residuos
y Protocolo Disposición de Residuos EPP.
▪ Formato “Ruta de Recolección Interna de Residuos Sólidos – RRIRS por Fases (I, II y III)
▪ Acuerdo de corresponsabilidad o Acción afirmativa
▪ Formato de registro, medición y control de residuos entregados
▪ Formato de certificado recolección residuos sólidos
▪ Formato Reporte Trimestral de Generación de Residuos Sólidos Aprovechables y Seguimiento a
Cláusulas de Acuerdos y Acciones
▪ Certificado de entrega Reporte trimestral generación de residuos aprovechables
Tiempo de ejecución:
▪ Permanente a partir de la firma del acta de inicio y para reportes cada vez que la Secretaría Distrital
de Integración Social así lo requiera.
Periodos de envío:
Se debe diligenciar
mensualmente por el responsable
Formato “Certificado entrega de Original en la carpeta física de componente
ambiental junto con el
residuos sólidos generados” Ambiental y digital en el drive del correo electrónico
recuperador de oficio u
diligenciado ambiental del Comedor Comunitario.
organización de recuperadores.
2. Divulgar con el talento humano del Comedor Comunitario, el Plan de Gestión Integral de Residuos
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 116 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Peligrosos (PGIRP), como mínimo dos veces durante la ejecución del convenio. Este plan puede
consultarse en el siguiente enlace:
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociad
os/20211102_pla_ga_004_v0_gestion_integral_residuos_peligrosos.docx
4. Garantizar que todos los elementos que contienen sustancias peligrosas, utilizados en las
actividades propias del presente convenio, posean su ficha técnica y hoja de seguridad, etiqueta
y rotulado, que indiquen las medidas necesarias a implementar en caso de una emergencia
(derrame), conforme lo establecido en el Decreto 4741 de 200529 del Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial, “Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y manejo
de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral", Artículo 9°
De la presentación o desechos peligrosos. Los residuos o desechos peligrosos se deben envasar,
embalar, rotular, etiquetar y transportar en armonía con lo establecido en el Decreto 1609 de 2002
o por aquella norma que la modifique o sustituya”.
5. Para los residuos peligrosos de posconsumo que se entreguen a la Entidad, se deberá garantizar
previo a la entrega de estos, el diligenciamiento del “Formato Rótulo de Residuos Peligrosos” y
realizar la entrega de este según las indicaciones del Equipo de Gestión Ambiental de la SDIS, se
deberá contar con soporte en archivo digital del formato diligenciado. El cual puede consultarse
en el siguiente enlace:
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociad
os/20211102_for_ga_012_v0_formato_rotulo_RESPEL.docx
6. Contar con impresora de tinta recargable para disminuir la generación de residuos peligrosos. En
caso de que el Comedor Comunitario genere tóner no recargable deberá garantizar el manejo
adecuado desde la generación hasta la disposición final, de acuerdo con lo establecido en el
PGIRP.
7. Para los residuos peligrosos entregados a la empresa autorizada por el ente de control, se deberá
contar con el soporte de entrega de estos y con los certificados de disposición final emitidos por la
empresa autorizada.
29 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (2005). Decreto 4741 de 2005. Por el cual se reglamenta parcialmente la
prevención y manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral.
https://minvivienda.gov.co/sites/default/files/normativa/4741%20-%202005.pdf
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 117 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
8. Diligenciar la lista de chequeo de verificación externa (una vez al año) y la lista de chequeo de
verificación al transportador (cada vez que se realice la entrega); como se establece en el PGIRP.
La verificación se realizará a la empresa autorizada para la entrega de los RESPEL.
9. Registrarse como generador de residuos peligrosos ante la autoridad ambiental competente, dado
el caso que la SDIS lo solicite o aplique. Así mismo, realizar los reportes correspondientes.
Fuentes de verificación:
▪ Actas y planilla de asistencia a la divulgación del Plan de Gestión integral de Residuos Peligrosos.
▪ Formato Rótulo de Residuos Peligrosos.
▪ Soporte de entrega de los RESPEL a la empresa autorizada por el ente de control.
▪ Certificados de disposición final de entrega de RESPEL, emitido por la empresa autorizada.
▪ Lista de chequeo de verificación externa y lista de chequeo de verificación al transportador.
▪ Ficha Técnica de los equipos empleados para impresión.
▪ Registro como generadores de residuos peligrosos y reportes realizados ante el ente de control (Si
aplica).
Tiempo de ejecución:
▪ Permanente a partir de la firma del acta de inicio y para reportes cada vez que la Secretaría Distrital
de Integración Social así lo requiera.
Periodos de envío:
Los Residuos de Construcción y Demolición – RCD, son catalogados como residuos especiales y son
los que se generan durante el desarrollo de un proyecto constructivo. Es todo residuo sólido sobrante
de las actividades de construcción, reparación, demolición y excavación de las obras civiles o de otras
actividades conexas.
De acuerdo con lo anterior, el Comedor Comunitario deberá dar un manejo y disposición final adecuada
a los RCD generados por todo cambio estructural de la infraestructura del predio en el cual funciona el
servicio.
Lineamientos:
2. Divulgar con el talento humano del Comedor Comunitario, el Instructivo Gestión Integral de
Residuos de Construcción y Demolición RCD, mínimo dos (2) veces durante la ejecución del
convenio. Dicho instructivo puede consultarse en el enlace:
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociados/20
211021_ins_ga_005_v0_instructivo_gestion_integral_rcd.docx
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 119 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Fuentes de verificación:
▪ Soporte de entrega de los residuos RCD generados a la empresa prestadora del servicio de aseo.
▪ Soportes necesarios (fotografías, actas, entre otros) que certifiquen el cumplimiento de la adopción
de la resolución.
Tiempo de ejecución:
▪ Permanente a partir de la firma del acta de inicio y para reportes cada vez que la Secretaría Distrital
de Integración Social así lo requiera, siempre y cuando se genere este tipo de residuos.
30 Secretaría Distrital de Ambiente (2012). Resolución N.º 1115 de 2012. Por medio de la cual se adoptan los lineamientos Técnico -
Ambientales para las actividades de aprovechamiento y tratamiento de los residuos de construcción y demolición en el Distrito Capital.
https://www.habitatbogota.gov.co/transparencia/normativa/resoluciones/resolucion-1115-2012
31Secretaría Distrital de Ambiente (2015). Resolución N.º 932 de 2015. Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 1115 del 26 de
septiembre de 2012. https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53348&dt=S
32Alcaldía Mayor de Bogotá (2015). Decreto 586 de 2015. Por medio del cual se adopta el modelo eficiente y sostenible de gestión de los
Residuos de Construcción y Demolición - RCD en Bogotá D.C. https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64233&dt=S
33 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (2017). Resolución 472 de 2017. Por la cual se reglamenta la gestión integral de los
residuos generados en las actividades de Construcción y Demolición (RCD) y se dictan otras disposiciones.
https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68359&dt=S
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 120 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Períodos de envío:
5.3.2. EMISIONES
Lineamientos:
Fuentes de verificación:
Tiempo de ejecución:
▪ Permanente a partir de la firma del acta de inicio y para reportes cada vez que la Secretaría Distrital
de Integración Social así lo requiera, siempre y cuando se genere este tipo de residuos.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 121 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Períodos de envío:
5.3.3. VERTIMENTOS
Lineamientos:
2. Divulgar con el talento humano del Comedor Comunitario, el Plan de Gestión Integral de Aceite
Vegetal Usado y Grasas de la SDIS, mínimo dos veces durante la ejecución del convenio. Dicho
plan puede consultarse en el siguiente enlace:
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociad
os/20201026_pla_ga_005_v0_gestion_avu.docx
3. Contar con un recipiente de sello hermético, con embudo y filtro, que permita llevar a cabo el
encapsulamiento del Aceite Vegetal Usado – AVU.
4. Dar cumplimiento a la Resolución 316 de 201834 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
y el Acuerdo 634 de 201535 del Concejo de Bogotá D.C.
34 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (2018). Resolución N.º 316 de 2018. Por la cual se establecen disposiciones relacionadas
con la gestión de los aceites de cocina usados y se dictan otras disposiciones.
http://www.andi.com.co/Uploads/Resoluci%C3%B3n%20316%20de%202018-.pdf
35 Concejo de Bogotá D.C. (2015). Acuerdo 634 de 2015. Por medio del cual se establecen regulaciones para la generación, recolección y
tratamiento o aprovechamiento adecuado del aceite vegetal usado y se dictan otras disposiciones.
https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64353
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 122 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
5. Contar con el registro como generador de Aceite Vegetal Usado-AVU, ante la Secretaría Distrital
de Ambiente, de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Equipo de Gestión Ambiental
de la SDIS.
6. De acuerdo con lo establecido en el Plan de Gestión Integral de Aceite Vegetal Usado y Grasas,
el aceite vegetal usado -AVU, deberá ser entregado a la Secretaría Distrital de Integración Social,
de acuerdo con los lineamientos del Equipo de Gestión Ambiental en un término no mayor a tres
(3) meses de almacenamiento.
7. Contar con el “Formato Medición, Registro y Reporte de Aceites Vegetales Usado”. El cual se
puede consultar en el siguiente enlace:
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociad
os/20201026_for_ga_030_v0_medicion_reporte_avu.docx
8. Implementar y divulgar al talento humano del Comedor Comunitario, el Instructivo para mejorar la
calidad de los vertimientos de la Entidad, mínimo dos veces durante la ejecución del convenio.
Dicho instructivo puede consultarse en el siguiente enlace:
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociad
os/20211021_ins_ga_004_v0_instructivo_calidad_vertimientos.docx
10. Garantizar que mínimo uno de los elementos de aseo (detergente en polvo, jabón líquido de
manos, jabón lavaloza y desengrasante), sean clasificados como “biodegradables, de baja carga
contaminante o catalogados como orgánicos en la clasificación toxicológica”. Se deben presentar
las fichas técnicas de estos elementos. Para el caso de los productos de aseo que no son
biodegradables, se deberá garantizar el manejo adecuado de los envases y empaques resultantes
de los productos de aseo, desde la generación hasta la disposición final, de acuerdo con lo
establecido en el PGIRP.
11. Adquirir alimentos (papa- yuca) sin exceso de tierra para disminuir la carga orgánica de los
vertimientos generados en la operación del Comedor Comunitario.
Fuentes de verificación:
▪ Acta y listado de asistencia a la divulgación del Plan de Gestión Integral de Aceite Vegetal Usado y
Grasas de la SDIS.
▪ Registro como generador de aceite vegetal usado otorgado por la Secretaría Distrital de Ambiente.
▪ Formato medición, registro y reporte de AVU.
▪ Certificados trimestrales de recolección emitidos por el transportador y los certificados de
aprovechamiento o tratamiento del AVU emitidos por el gestor.
▪ Radicado del informe trimestral de la generación de AVU presentado a la autoridad ambiental del
Distrito Capital, donde se precise la fecha y cantidad de Aceite Vegetal Usado entregado, así como
la relación de los certificados emitidos por el transportador y gestor.
▪ Caracterización de vertimientos, cuando sea requerido por el Equipo de Gestión Ambiental de la
SDIS o la entidad de control. De acuerdo con lo establecido por la entidad de control.
▪ Informe de caracterización de aguas vertidas. Cuando sea requerido por el Equipo de Gestión
Ambiental de la entidad o la autoridad de control ambiental. Soporte de lavado, desinfección y
mantenimiento de trampas de grasa.
▪ Instructivo para mejorar la calidad de los vertimientos.
▪ Fichas técnicas de los productos de limpieza.
▪ Acta y listado de asistencia de la divulgación del Instructivo para mejorar la calidad de los
vertimientos.
Tiempo de ejecución:
▪ Permanente a partir de la firma del acta de inicio y para reportes cada vez que la Secretaría Distrital
de Integración Social así lo requiera.
Períodos de envío:
Formato medición, registro y Cada vez que se haga entrega Digital en el drive del correo electrónico ambiental del
reporte de AVU. del aceite. Comedor Comunitario.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 124 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Caracterización de aguas Cuando sea requerido por el Original en el Comedor Comunitario y desde el drive
vertidas al sistema de Equipo de Gestión Ambiental de del correo electrónico ambiental del Comedor
alcantarillado. la SDIS o la entidad de control. Comunitario.
El Comedor Comunitario establecerá e implementará estrategias dirigidas a la optimización del uso del
agua y a la conservación del recurso, mediante sistemas ahorradores de agua, jornadas de
socialización y campañas dirigidas al talento humano del Comedor Comunitario. Adicionalmente
deberá implementar las estrategias establecidas en la política Cero Desperdicio de Agua y en el
Programa de uso eficiente del agua.
Lineamientos:
1. Implementar el Programa Uso Eficiente del Agua, al cual se puede acceder en el enlace:
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociad
os/20210511_lin_ga_002_v0_lineamiento_cero_desperdicio_agua.docx
3. Divulgar al talento humano del Comedor Comunitario, el Programa Uso Eficiente del Agua y la
Política Cero Desperdicio de Agua de la SDIS, mínimo dos veces en la ejecución del convenio.
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociad
os/20210722_pla_ga_001_v1_piga2020-2024.docx
4. Contar con el 100% de sistemas ahorradores convencionales de agua en cada uno de los puntos
hidráulicos.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 125 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
5. Cargar en la carpeta del Componente Ambiental, la bitácora de consumos de agua, con copia de
la factura, de conformidad al periodo de facturación; según aplique.
6. Fomentar el uso racional el agua en las actividades derivadas de la prestación del servicio (piezas
comunicativas, actividades).
Fuentes de verificación:
▪ Acta y planilla de asistencia de la divulgación del Programa Uso Eficiente del Agua y la Política Cero
Desperdicio de Agua de la SDIS.
▪ Acta y planilla de asistencia de la divulgación del Instructivo para la identificación de fugas ocultas
de la SDIS.
▪ Bitácora consumos de agua y copia factura.
▪ Formato para la identificación de fugas ocultas.
▪ Sistema o práctica de reutilización y ahorro de agua.
Tiempo de ejecución:
▪ Permanente a partir de la firma del acta de inicio y para reportes cada vez que la Secretaría Distrital
de Integración Social así lo requiera.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 126 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Períodos de envío:
Lineamientos:
3. Divulgar con el talento humano del Comedor Comunitario, el Programa Uso Eficiente de la Energía
y la Política Cero Desperdicio de Energía de la SDIS, mínimo dos veces durante la ejecución del
convenio.
4. Contar con muros internos y techos del Comedor Comunitario de fácil limpieza y desinfección en
colores claros, preferiblemente blancos.
5. Garantizar que todas las pantallas de computadores del Comedor Comunitario sean configuradas
para la suspensión tras 10 minutos de inactividad.
6. Contar con sistemas ahorradores de luz en cada una de las fuentes de iluminación (bombillas
ahorradoras o tubos fluorescentes). Se deberá garantizar como mínimo la instalación de un sistema
tipo LED.
7. Cargar en la carpeta del Componente Ambiental, la bitácora de consumos de energía y gas, con
copia de la factura, de conformidad al periodo de facturación; según aplique.
Fuentes de verificación:
▪ Acta y planilla de asistencia de la divulgación del Programa Uso Eficiente de la Energía y la Política
Cero Desperdicio de Energía
▪ Bitácora consumos de energía y gas y copia de las facturas.
▪ Formato Instructivo para la identificación de elementos eléctricos y electrónicos.
Tiempo de ejecución:
▪ Permanente a partir de la firma del acta de inicio y para reportes cada vez que la Secretaría Distrital
de Integración Social así lo requiera.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 128 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Períodos de envío:
Lineamientos
2. Designar al profesional Responsable del Servicio del Comedor Comunitario como responsable
ambiental, mediante el diligenciamiento del “Formato Responsable Ambiental por Unidad
Operativa”, el cual se encuentra en el siguiente enlace:
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 129 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociad
os/20201026_for_ga_001_v0_responsable_ambiental_unid_operativa.doc. Este deberá cargarse
en la carpeta del Componente Ambiental, en formato PDF máximo 5 días hábiles posteriores a la
firma de acta de inicio del convenio o cuando se cambie el profesional designado.
6. Promover la participación del talento humano del Comedor Comunitario, en el Día de la Movilidad
Sostenible el primer jueves de cada mes y registrar la información el mismo día antes de las 12:00
p.m., en el Formato Reporte Fomento de Movilidad Sostenible que se encuentra en el enlace:
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSfQ1cw1UNyWvKhsVrbOoNNmk8NaI_dhfJhPfzeFA
RgjXzxrUg/viewform
Así mismo, realizar el trámite de registro de los elementos de Publicidad Exterior Visual de la
unidad operativa ante la Secretaría Distrital de Ambiente; aportando los conceptos monetarios de
verificación establecidos por la SDA y articulando el trámite documental con el equipo de gestión
Ambiental.
Fuentes de verificación:
Tiempo de ejecución:
▪ Permanente a partir de la firma del acta de inicio y para reportes cada vez que la Secretaría Distrital
de Integración Social así lo requiera.
Periodos de envío:
Matriz de Identificación y
Evaluación de Aspectos e Dos veces durante la Carpeta digital en el drive del correo electrónico
Impactos ejecución del convenio. ambiental del Comedor Comunitario.
Ambientales
Formato responsable
Una vez por cada año durante la Carpeta digital en el drive del correo electrónico
ambiental por unidad
ejecución del convenio. ambiental del Comedor Comunitario.
operativa.
Certificado reporte
Una vez por mes durante la Carpeta digital en el drive del correo electrónico
participación movilidad
ejecución del convenio. ambiental del Comedor Comunitario.
sostenible.
El Programa de Consumo Sostenible tiene como objetivo la implementación de las Compras Públicas
Sostenibles en la Entidad. Para realizar este proceso, se cuenta con un Manual de Compras Verdes,
el cual es el instrumento técnico mediante el que se incluyen criterios de sostenibilidad bajo
obligaciones ambientales en los contratos y convenios de la Entidad, a partir del análisis del objeto,
alcance y ciclo de vida de los bienes o servicios a contratar; con el fin de promover el uso eficiente de
los recursos y dar cumplimiento a la normatividad ambiental vigente.
De acuerdo con lo anterior, el ASOCIADO deberá divulgar el Programa de Consumo Sostenible con el
talento humano del Comedor Comunitario, mínimo dos veces durante la ejecución del convenio, el cual
se puede encontrar en el enlace:
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_ambiental/documentos_asociados/2
0210722_pla_ga_001_v1_piga2020-2024.docx a partir de la página 151.
Fuente de verificación:
Tiempo de ejecución:
▪ Permanente a partir de la firma del acta de inicio y para reportes cada vez que la Secretaría Distrital
de Integración Social así lo requiera.
Periodos de envío:
Nota 1: Es importante tener en cuenta que todos los formatos o formularios se deben diligenciar en los
tiempos establecidos en cada uno de los procedimientos de la Secretaría Distrital de Integración Social.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 132 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Nota 3: Los lineamientos y formatos mencionados anteriormente son los que se encuentran vigentes
a la fecha y deben ser implementados por el ASOCIADO; no obstante, durante la ejecución del
convenio pueden añadirse, actualizarse o eliminarse algunos lineamientos y formatos según lo
establecido por la Entidad. Considerando lo anterior, se resalta que el ASOCIADO deberá implementar
siempre los lineamientos y formatos que se encuentren vigentes durante la ejecución del convenio.
Este componente ttiene la finalidad de realizar un adecuado control a los aspectos administrativos,
contables, financieros y obligaciones económicas del ASOCIADO, relacionados con la ejecución del
Convenio con la SDIS, en la que se puede verificar el apoyo alimentario efectivamente entregado a los
participantes.
El ASOCIADO deberá contar con el talento humano contratado desde el primer día de prestación del
servicio de acuerdo con la verificación de cumplimiento de perfiles remitida por la supervisión o
interventoría. Una vez suscritos los contratos con el talento humano, el ASOCIADO deberá realizar el
trámite de afiliación a la ARL, el cual debe estar vigente desde el momento de la contratación del
personal.
Una vez el talento humano se encuentre vinculado deberá aportar al ASOCIADO la certificación
bancaria donde indique el número de la cuenta de ahorros o corriente en la cual se realizará la
transferencia electrónica de los salarios, honorarios, y prestaciones sociales, según sea el caso.
Nota 1: El talento humano que preste sus servicios en el Comedor Comunitario deberá presentar el
certificado de verificación de delitos sexuales cometidos contra menores de 18 años (Ley 1918 de
2018) Consulta de Inhabilidades (policia.gov.co). La SDIS consultará y verificará los antecedentes de
inhabilidades por delitos sexuales cometidos contra menores. Cada persona debe adjuntar el Formato
Autorización Consulta de Inhabilidades - FOR-GEC-02
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/gestion_contractual/documentos_asociados/
20210723_for_gec_029_v0_formato_autorizacion_inhabilidades.doc
Nota 2: Si una vez revisada la documentación del talento humano por parte de la supervisión o
interventoría se evidencia que cualquiera de los perfiles solicitados no cumple con los requisitos
establecidos en el presente Anexo Técnico, y es contratado por el ASOCIADO, la SDIS NO reconocerá
el valor de los honorarios o salarios contemplados en la estructura de costos correspondientes a ese
talento humano.
En caso de que la supervisión o interventoría evidencie una presunta falsedad en los documentos del
talento humano presentados por el ASOCIADO en cualquier momento de la ejecución del convenio, la
supervisión o interventoría deberá presentar un informe a la Oficina Jurídica de la SDIS, donde
identifique la situación evidenciada con el fin que se inicien las acciones legales a que haya lugar.
Una vez inicie la prestación del servicio en el Comedor Comunitario los documentos antes
mencionados deben permanecer medio digital con el fin de ser verificados en las visitas de campo de
la supervisión o interventoría.
Nota 3: El ASOCIADO debe vincular y mantener el mínimo de mujeres para la ejecución del convenio,
de acuerdo con los porcentajes establecidos en el Decreto 332 de 2020, con plena observancia de las
normas laborales o contractuales aplicables.
Nota 4: El ASOCIADO debe proveer en un porcentaje del cinco por ciento (5%) de los servicios
requeridos para la ejecución del convenio por parte de población en pobreza extrema, desplazados
por la violencia, personas en proceso de reintegración o reincorporación y sujetos de especial
protección constitucional, de manera que no se ponga en riesgo su cumplimiento adecuado, conforme
lo establecido en el artículo 2.2.1.2.4.2.16. del Decreto 1860 de 2021.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 134 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
El ASOCIADO deberá publicar en un lugar visible del Comedor Comunitario, en tamaño mínimo de un
(1) pliego, la información básica del servicio referida a:
El ASOCIADO deberá cumplir con la normatividad que reglamenta las generalidades y operatividad
del Sistema de Información de la Secretaría Distrital de Integración Social, y las demás leyes
relacionadas con el manejo de la información personal. Además, deberá cumplir con todos los
lineamientos y políticas de seguridad y privacidad de la información de la SDIS.
El Comedor Comunitario debe contar con una UPS de las siguientes características:
Esta UPS es de uso exclusivo del equipo de cómputo de registro y los equipos asociados a la conexión
a internet, cuando estos sean de escritorio, de manera que permita realizar un apagado correcto de la
CPU para evitar daños en los mismos.
Con el propósito de desarrollar las actividades operativas previstas para el Comedor Comunitario, el
ASOCIADO deberá disponer como mínimo de un computador en las instalaciones, cuyas
características técnicas mínimas sean:
Este equipo es de dedicación exclusiva para el registro de la información del servicio Comedor
Comunitario, debe estar registrado en el dominio de red de la SDIS y a partir de ese momento aplicarán
todas las políticas de administración y seguridad y su administración lógica (sistema operativo y
software estará a cargo de la mesa de ayuda de SDIS). Las características técnicas están sujetas a
cambio por parte de la SDIS. El mantenimiento preventivo de hardware estará a cargo del ASOCIADO,
así como la gestión de las garantías y repuestos del mismo.
El Comedor Comunitario deberá contar con una conexión a internet de mínimo 50 Mb/s de bajada, 2
Mb/s de subida como mínimo tecnología ADSL o una tecnología superior. Esta conexión a internet
debe ser de uso exclusivo para el equipo de cómputo empleado para el registro de la información del
servicio.
En caso de que el computador se encuentre a más de 5 metros de distancia de la salida del equipo de
red que suministra la conexión a internet, dicho equipo debe proveer funciones como mínimo para red
inalámbrica IEEE 802.11b/g/n/ac con seguridad WPA/WPA2 y cifrado AES, y el computador debe
contar con tarjeta de red inalámbrica apropiada para conectarse a dicha red.
5.4.1.4.3. Personal que opera el equipo de cómputo para registro de la información del
Comedor Comunitario
El responsable del servicio del Comedor Comunitario encargado de realizar el registro de información
de la operación del servicio, debe contar por lo menos con los siguientes conocimientos básicos de
ofimática:
La Secretaría Distrital de Integración Social NO será responsable por la pérdida, modificación, daño,
sustracción, o eliminación de la información almacenada en el equipo de cómputo.
El ASOCIADO deberá contar con los mecanismos de soporte que sean necesarios para garantizar la
operación de la infraestructura mínima requerida por la SDIS.
El soporte técnico que realiza la SDIS se hará en el marco de los lineamientos establecidos por la
Subdirección de Investigación e Información.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 137 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Con el fin de realizar la instalación para el acceso a los aplicativos de Comedor Comunitario, el equipo
de cómputo debe cumplir mínimo los requisitos contemplados en el anexo técnico, si estos no se
cumplen el Área de Soporte Técnico de la Subdirección de Investigación e Información - SII hará la
elaboración de un concepto técnico desfavorable a la respectiva unidad operativa y por ende no se
instalarán los accesos a los aplicativos.
La Subdirección de Investigación e Información podrá cambiar los parámetros del sistema de acuerdo
con lo establecido en la Resolución N.º 0509 de 202136 de la Secretaría Distrital de Integración Social
o la que haga sus veces.
La Subdirección de Investigación e Información SII, es la única que puede realizar las actualizaciones
de los aplicativos SIRBE y RAD, las cuales tienen que ver con requerimientos efectuados por la
Subdirección de Abastecimiento o con aspectos técnicos que considere necesario la SII. En ningún
caso otra dependencia o persona que no haya sido autorizada por esta Subdirección.
Enviar la solicitud al correo electrónico de los referentes locales que a su vez la enviaran a la
mesadeservicio1035@sdis.gov.co, indicando: Qué actividad estaba realizando en el aplicativo y
anexar prueba (capturas de pantalla) del error. En caso de que se afecte el registro de los cupos será
necesario ceñirse al “Lineamiento para Autorizar el Registro de Asistencia de los Participantes de
Comedor Comunitario por fuera del horario establecido”, vigente. En este caso el soporte queda
consignado en el correo que envía el ASOCIADO.
36 Secretaría Distrital de Integración Social. Resolución N.º 0509 del 20 de abril de 2021. Por la cual se definen las reglas aplicables a los
servicios sociales, los instrumentos de focalización de la SDIS, y se dictan otras disposiciones.
http://aplicativos.sdis.gov.co/normograma/public/files/documentos/ThnLdyAupc.pdf
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 138 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
5.4.1.5.4. Capacitación
La Subdirección de Abastecimiento dará la capacitación sobre el manejo de los aplicativos a los cuales
tendrá acceso el talento humano del Comedor Comunitario que utilizará el aplicativo, de acuerdo con
la programación establecida.
El ASOCIADO debe realizar la solicitud de capacitación sobre el sistema SIRBE (Registro de datos
antropométricos, actividades de promoción en estilos de vida saludable) modalidad Comedores
Comunitarios a través de correo electrónico a la Subdirección de Abastecimiento, indicando:
▪ Nombre de la persona o personas a capacitar (aplica solo para talento humano de la unidad
operativa).
▪ Cédula de Ciudadanía
▪ Cargo
▪ Correo del ASOCIADO y de la persona a capacitarse
▪ Teléfono de contacto del ASOCIADO y de la persona a capacitarse
▪ Localidad
▪ Nombre de la unidad operativa.
A la finalización del convenio se deshabilitará automáticamente el acceso a los sistemas SIRBE y RAD.
▪ Sistema misional SIRBE. Esta opción será empleada hasta tanto la Subdirección de Investigación
e Información indique la aplicación de otro sistema de información.
▪ Aplicativo Registro de Asistencia Diaria (RAD). Esta opción será empleada hasta tanto la
Subdirección de Investigación e Información indique la aplicación de otro sistema de información.
Todo reporte de información será generado a partir de los registros de la base de datos del software
que la SDIS disponga para el registro y cuyo fin sea la presentación de informes como soporte a la
toma de decisiones, será generado conforme al cumplimiento del procedimiento institucional vigente
“Atención a las Solicitudes de Reporte de Información”.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 139 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Esto incluye los requerimientos de los entes de control, servidores y dependencias públicas del orden
Distrital o Nacional. En consecuencia, los ASOCIADOS deben referenciar a los solicitantes al
cumplimiento de dicho procedimiento institucional, a través de la Mesa de Servicio línea 3279797 ext.
1035.
En la normal operación del Comedor Comunitario se pueden presentar situaciones imprevistas que
pueden afectar el registro de la asistencia de los participantes del servicio en tiempo real, por lo cual
el ASOCIADO deberá solicitar autorización a la supervisión o interventoría para registrar la información
dando estricto cumplimiento a contemplado en el Lineamiento para Autorizar el Registro de Asistencia
de los y las Beneficiarios de Comedor Comunitario por fuera del Horario Establecido37 , de la Secretaría
Distrital de Integración Social.
Las únicas situaciones imprevistas por las cuales la supervisión o interventoría podrán autorizar el
registro de asistencia por fuera de los horarios establecidos en el anexo técnico son los siguientes:
▪ Corte de energía
▪ Daño equipo de cómputo
▪ Hurto equipo de cómputo
▪ Fallas de conexión
▪ Fallo del aplicativo
Nota: En ningún caso en el aplicativo web RAD se deberán incluir registros de personas fallecidas o
que no hagan parte del servicio, si por alguna razón la información es registrada, estos registros no
serán reconocidos y serán descontados equivalentemente al valor minuta.
El procedimiento para pago de asistencias por fuera del horario establecido será el siguiente:
37
Secretaría Distrital de Integración Social (2015). Lineamiento para autorizar el registro de asistencia de los y las participantes de Comedores
Comunitarios - Centros de Referencia y Desarrollo de Capacidades (CRDC) por fuera del horario establecido - Código: L-PS-01 – Versión 7.
https://sig.sdis.gov.co/index.php/es/prestacion-de-los-servicios-sociales-documentos-asociados/prestacion-de-los-servicios-sociales-
documentos-asociados-nutriabaste
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 140 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
No serán reconocidos para pago aquellos registros de asistencia de los participantes por fuera del
horario establecido, que no cumplan con los requisitos contenidos en el “Lineamiento para Autorizar el
Registro de Asistencia de los y las Beneficiarios de Comedor Comunitario por fuera del Horario
Establecido” vigente.
Las inconsistencias identificadas en el reporte corresponderán a cupos registrados por fuera del horario
de atención, las cuales son registros digitados por el responsable del Comedor Comunitario en horario
diferente a las horas de atención establecidas en el anexo técnico.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 141 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
El ASOCIADO deberá garantizar un (1) equipo de cómputo de uso exclusivo para el desarrollo de las
actividades del Componente Inclusión Social y el cumplimiento de las obligaciones a cargo, el cual
debe tener como mínimo con las siguientes especificaciones técnicas:
▪ Portátil de 14”
▪ Memoria RAM de 8 GB
▪ Procesador Intel Core i3
▪ Disco de estado sólido SSD 256 GB
▪ Sistema operativo de 64 bits, procesador basado en x64.
El profesional social del Comedor Comunitario responsable de realizar el registro de información del
componente debe contar por lo menos con los siguientes conocimientos básicos de ofimática:
La SDIS NO será responsable de cualquier consecuencia jurídica, de carácter penal u otros, derivado
del uso indebido de la información registrada como resultado del cumplimiento de las obligaciones del
Componente Inclusión Social.
El Comedor Comunitario deberá contar con un buzón de sugerencias, a través del cual los participantes
presenten sus requerimientos (quejas, reclamos, peticiones de interés general y particular,
sugerencias, felicitaciones), con el fin de mejorar la comunicación con nuestros ciudadanos,
garantizando el Derecho a la Información, Comunicación y Conocimiento a la Ciudadanía que participa
de los servicios sociales de la SDIS.
Este buzón debe ser hermético e instalarse y permanecer en un lugar visible, que no esté ubicado
cerca al área de registro de asistencia y que sea de fácil acceso para los participantes del Comedor
Comunitario. Deberá contar con los formatos definidos “Yo Opino” y un bolígrafo para facilitar a los
participantes la presentación de sus requerimientos.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 142 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Una vez se realice la apertura del buzón de sugerencias, el profesional local de la SDIS diligenciará el
Formato Apertura Buzón de Sugerencias (FOR-ATC-009)38, de conformidad con lo establecido en el
Instructivo Canales de Interacción para la Atención de la Ciudadanía (INS-ATC-001)39 y en el
Procedimiento Trámite de Peticiones Ciudadanas en la Secretaría Distrital de Integración Social40
vigente; de la Secretaría Distrital de Integración Social.
Nota: Las llaves del buzón de sugerencias las conservará el profesional local del Proyecto 7745:
Compromiso por una Alimentación Integral en Bogotá.
▪ Formular la respectiva denuncia ante las autoridades competentes informando los hechos que
dieron origen a la perdida, daño o hurto, tan pronto haya tenido conocimiento del hecho, allegando
los correspondientes documentos probatorios, e informar al Supervisor del convenio, dentro de los
tres (3) días hábiles siguientes a la ocurrencia del hecho, anexando los soportes respectivos.
▪ Informar pormenorizadamente, por escrito a la Unidad de Apoyo Logístico Grupo Almacén e
38 Secretaría Distrital de Integración Social (2019). Formato Apertura Buzón de Sugerencias - Código: FOR-ATC-009 – Versión: 0.
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/atencion_a_la_ciudadania/documentos_asociados/20190910_for_atc_009_v0_for
mato_apertura_buzon_de_sugerencias.doc
39
Secretaría Distrital de Integración Social (2019). Instructivo Canales de Interacción para la Atención de la Ciudadanía (INS-ATC-001) –
Versión:0.
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/atencion_a_la_ciudadania/documentos_asociados/20191203_ins_atc_001_instruc
tivo_canales_interaccion_atencion_ciudadania.docx
40
Secretaría Distrital de Integración Social (2022). Procedimiento Trámite de Peticiones Ciudadanas en la Secretaría Distrital de Integración
Social - Código: PCD-ATC-003 – Versión: 1.
https://sig.sdis.gov.co/images/documentos_sig/procesos/atencion_a_la_ciudadania/procedimientos/20221125_pcd_atc_003_v1_procedimie
nto_trmite_de_peticiones_ciudadanas.docx
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 143 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Inventarios, anexando copia de la denuncia presentada a las autoridades competentes, para efectos
de la investigación pertinente y reclamación ante la firma aseguradora.
▪ Proceder a la restitución, como resultado de la conciliación o del fallo definitivo emitido dentro del
respectivo proceso administrativo interno que se haya adelantado. En caso de llegarse a un arreglo
con el responsable del bien a través de su reposición, tal hecho se informará a las autoridades
competentes, a la Unidad de Apoyo Logístico Grupo- Almacén e Inventarios de la SDIS, al
supervisor del convenio o quien delegue y a la Oficina Asesora Jurídica, en el evento en que por
parte de este se hubiere adelantado el respectivo proceso. Para efectos de la reposición del bien o
el elemento se deberá tener en cuenta que este sea de iguales o similares características al
elemento que se repone siguiendo para el efecto los lineamientos establecidos en el numeral 3.2.12
del Manual de Procedimientos Administrativos y Contables para el manejo y Control de los Bienes
de los Entes Públicos expedido por el Contador Distrital.
▪ Valor minuta - Alimentos: Corresponde al valor fijado por cupo de alimento - ración en la estructura
de costos.
▪ Talento humano: El rubro está compuesto por: Responsable del servicio, profesional social,
manipuladores de alimentos (operarios), auxiliar administrativo y profesional en nutrición y dietética,
conforme lo establece la estructura de costos.
▪ Espacio físico funcional: El espacio físico funcional corresponde al arrendamiento del predio
donde funciona el Comedor Comunitario y lavado de tanques.
▪ Internet: El rubro correspondiente al plan de internet de la unidad operativa, de acuerdo con las
especificaciones técnicas establecidas en el anexo técnico.
Nota 1: El Comedor Comunitario deberá contar con disponibilidad de mínimo tres (3) batas
desechables de tela quirúrgica, para las personas que ingresan al servicio de alimentación.
Nota 2: El talento humano que implemente acciones de limpieza y desinfección en las áreas diferentes
a las del servicio de alimentación (áreas administrativas, áreas sanitarias, área de consumo de
alimentos, y otros espacios del Comedor Comunitario) deberá contar con un (1) uniforme con color que
lo diferencie.
▪ Archivo: Valor de los insumos de archivo requeridos para el desarrollo de las actividades de gestión
documental (cajas, carpetas y ganchos).
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 145 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
▪ Elementos de apoyo para el desarrollo de actividades del componente inclusión social: Valor
de los elementos de apoyo para el desarrollo de actividades del componente inclusión social, de
acuerdo con lo establecido en la estructura de costos.
▪ Menaje en sitio: Corresponde al valor de los platos para sopa, platos para seco, vasos, postreras
y cubiertos (no desechables) requeridos para el suministro de los alimentos a los participantes.
▪ Menaje portable: Valor de los recipientes herméticos para los participantes que por caso
excepcional se les realice entrega del apoyo alimentario para consumo en casa, de acuerdo con las
especificaciones técnicas establecidas en el presente documento.
Nota: El ASOCIADO deberá garantizar la existencia del menaje (portable y en sitio) en el porcentaje
requerido durante toda la ejecución del convenio y deberá permanecer en condiciones óptimas para
su uso.
5.4.2.2. Descuentos
En caso de no entregarse a los participantes algún componente del menú diario, de acuerdo con lo
establecido en el ciclo de menús para Comedores Comunitarios, la supervisión o interventoría aplicará
al ASOCIADO un descuento por valor del rubro minuta alimentos (ración) de los cupos no entregados
el día en que se presentó la situación.
Valor rubro minuta de alimentos (ración) X Cupos no entregados el día que se presenta la situación
Valor rubro minuta de alimentos (ración) X Cupos no entregados el día que se presenta la situación
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 146 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
En caso que el ASOCIADO no cuente con el talento humano completo o vincule personal sin el
respectivo aval de la supervisión o interventoría en el período certificado y de acuerdo con lo
establecido en el anexo técnico (responsable del servicio, profesional social, auxiliar administrativo o
manipuladores de alimentos), la supervisión o interventoría podrá aplicar al ASOCIADO un descuento
equivalente al valor diario establecido en la estructura de costos por los días no laborados por la(s)
persona(s) faltantes o contratadas sin aval. Este descuento se realizará en el siguiente período de
facturación.
Valor día según estructura de costos (de acuerdo con el perfil) X días no laborados o sin aval
Nota: El valor día del talento humano se calculará teniendo en cuenta meses de 30 días.
▪ En caso de hallazgo microbiológico patógeno para materia prima (establecido dentro del plan de
muestreo microbiológico y anexo técnico de laboratorio), en la confirmación de hallazgo patógeno
después de realizado el remuestreo, se aplicará un descuento del 1% del valor total del rubro minuta
alimentos facturado en el mes en que se presentó el hallazgo confirmatorio del remuestreo.
Valor minuta alimentos del día del hallazgo microbiológico patógeno X 100%
Para el cálculo del descuento se aplicará la siguiente formula por cada requerimiento reiterado:
Nota: El requerimiento reiterado solo será cerrado una vez el ASOCIADO subsane los hallazgos que
dieron origen al mismo.
Para la aplicación de los descuentos directos por no entrega de algún componente, falta de
ingredientes o menor cantidad de ingredientes en alguno de los componentes del menú diario o faltante
de talento humano, se tomará como soporte la información registrada en las actas de visita de campo
de supervisión o interventoría de cualquiera de los componentes (Alimentación, nutrición y salubridad;
Inclusión social; Administrativo y financiero y Ambiental); en las cuales se precisarán las no
conformidades evidenciadas, acompañadas de los debidos soportes para los casos que se requiera.
Para la aplicación de los descuentos directos por hallazgo microbiológico, se tomarán como soporte
los informes de análisis generados por el laboratorio, en los cuales se evidenciarán los resultados de
la toma de cada uno de los ítems de ensayo.
Pasos a seguir:
Nota 1: En caso de que los hallazgos objeto de descuento sean evidenciados en visitas realizadas por
funcionarios o un contratista de la Secretaría Distrital de Integración Social o algún ente de control, se
deberá levantar el acta correspondiente en la cual se debe precisar la información necesaria y remitirla
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 148 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
a la supervisión o interventoría con los respectivos soportes, con el fin que ésta aplique los descuentos
establecidos.
Nota 2: Ningún pago será tramitado por la supervisión o interventoría cuando se encuentren
pendientes descuentos en trámite o sin cumplir con los pasos anteriormente mencionados.
El ASOCIADO cumplirá con la proporción del talento humano requerido por la SDIS para el desarrollo
del objeto del convenio. El personal que se contrate tiene que estar debidamente capacitado y contar
con la formación académica y experiencia exigida por la SDIS, de manera que se garantice un
adecuado desempeño. Los requisitos se acreditarán a través de los respectivos títulos y certificaciones
de experiencia en donde se detallen las funciones desempeñadas, las cuales deberán ser verificadas
y autorizadas por la supervisión o interventoría del convenio.
Entregar como requisito previo al inicio de la operación del Comedor Comunitario, a la supervisión o
interventoría, las hojas de vida del talento humano con sus respectivos soportes dentro de los cinco
(5) días hábiles siguientes a la suscripción del convenio de acuerdo con lo establecido en el
Componente Administrativo y Financiero, Gestión Administrativa.
En ningún momento, el personal contratado podrá ser pasante, ni voluntario, ni beneficiario del servicio
Comedor Comunitario, ni menor de edad. En ningún caso, las actividades de las personas relacionadas
en este apartado podrán estar en cabeza del Representante Legal del ASOCIADO.
La contratación del talento humano estará sujeta a la estructura de costos definida para el Comedor
Comunitario.
Para la prestación del servicio, se requiere el talento humano descrito a continuación y para cada uno
de ellos es indispensable el cumplimiento de los requisitos legales, la presentación de los documentos
y el cumplimiento de las obligaciones descritas. El ASOCIADO deberá presentar a la supervisión o
interventoría, todos los documentos mencionados en el anexo técnico para el talento humano
contratado. De los citados documentos debe reposar copia en los archivos del Comedor Comunitario.
Nota: El ASOCIADO deberá presentar las hojas de vida del talento humano por Comedor Comunitario.
En ningún caso, se podrá presentar el mismo personal para dos o más Comedores Comunitarios
Cada Comedor Comunitario contará con un (1) responsable del servicio, con disponibilidad de tiempo
completo acorde con el horario de atención establecido, encargado/a de realizar las actividades y
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 149 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
- Hoja de vida.
- Fotocopia de documento de
identidad.
Actividades:
▪ Realizar las actividades del procedimiento de cargue de raciones RFH (Registro Fuera de Horario)
en el módulo del aplicativo RAD para la posterior aprobación de la supervisión o interventoría.
▪ Escanear diariamente los listados físicos de asistencia y cargarlos en la herramienta de información
destinada para tal fin.
▪ Realizar el plan de compras de alimentos de acuerdo con la necesidad del servicio, así como del
ciclo de menú en los tiempos establecidos.
▪ Coordinar de acuerdo con el plan de compras de alimentos, los procesos de recepción,
almacenamiento, preparación y servido de los alimentos.
▪ Implementar el Plan Institucional de Gestión Ambiental, dejando las evidencias de las actividades
desarrolladas.
▪ Elaborar, socializar e implementar el Plan de Emergencias y Contingencias de acuerdo con las
características físicas del Comedor Comunitario y teniendo como guía lo establecido en el formato
que se encuentra en el Sistema de Gestión de la SDIS.
▪ Implementar en el Comedor Comunitario las acciones correspondientes al componente
alimentación, nutrición y salubridad, componente Administrativo/financiero (subcomponente
ambiente adecuados y seguros) y componente ambiental.
▪ Coordinar las actividades y responsabilidades del personal operativo del Comedor Comunitario
garantizando la adecuada prestación del servicio.
▪ Participar en los espacios convocados por la Secretaría Distrital de Integración Social, en el marco
de la implementación del Proyecto 7745“Compromiso por una Alimentación Integral en Bogotá”
▪ Registrar la información de los datos antropométricos y acciones de promoción de estilos de vida
saludable en el sistema SIRBE de acuerdo con lo establecido en el anexo técnico.
▪ Realizar las actividades de organización documental (clasificación, ordenación, descripción),
custodia (condiciones de almacenamiento) y administración de los documentos generados en la
ejecución del convenio emanada de los componentes Alimentación, nutrición y salubridad,
Administrativo/financiero y Ambiental; teniendo en cuenta lo establecido en la Tabla de Retención
Documental aprobada por la Entidad, los instructivos, procesos, procedimientos y normatividad que
en materia archivística se encuentre aprobada y reglamentada; de manera permanente desde el
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 151 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Cada Comedor Comunitario contará con un (1) profesional social por cada 400 participantes, con
disponibilidad de tiempo completo acorde con el horario de atención establecido para realizar las
actividades relacionadas con la ejecución del componente Inclusión Social.
- Hoja de vida
Actividades:
▪ Implementar el componente inclusión social, de acuerdo con lo establecido por la Secretaría Distrital
de Integración Social en el anexo técnico.
▪ Participar en los espacios convocados por la Secretaría Distrital de Integración Social (inducción del
componente, mesas de inclusión social, capacitaciones, entre otros), en el marco de la
implementación del Proyecto 7745 “Compromiso por una alimentación integral en Bogotá”.
▪ Acompañar y apoyar la prestación del servicio durante el horario de atención a los participantes,
teniendo en cuenta la programación de las actividades del componente inclusión social.
▪ Remitir a los profesionales locales del Proyecto 7745 “Compromiso por una alimentación integral en
Bogotá”, en medio físico o magnético según corresponda, los reportes, formatos y soportes
establecidas en el anexo técnico.
▪ Realizar las actividades de organización documental (clasificación, ordenación, descripción),
custodia (condiciones de almacenamiento) y administración de los documentos generados en la
ejecución del convenio emanada del componente Inclusión social; teniendo en cuenta lo establecido
en la Tabla de Retención Documental aprobada por la Entidad, los instructivos, procesos,
procedimientos y normatividad que en materia archivística se encuentre aprobada y reglamentada;
de manera permanente desde el primer día de operación hasta la finalización del convenio.
▪ Informar de inmediato, vía correo electrónico, a la supervisión o interventoría con copia al Equipo
de Gestión Documental de la Dirección de Nutrición y Abastecimiento de la SDIS sobre cualquier
daño generado a la documentación objeto de custodia (Archivo de Historias sociales y archivo de
ejecución contractual del componente Inclusión social).
▪ Mantener absoluta reserva sobre la información y documentos a los cuales tiene acceso por razón
de sus obligaciones contractuales, no sustraer o causar daño a los documentos, no eliminar
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 153 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
documentos, no tomar fotocopia o fotografías, ni ningún otro tipo de reprografía a documentos objeto
de organización, sin la debida autorización del supervisor del convenio o quien este designe quien
indicará si la tarea se encuentra o no enmarcada en los procedimientos autorizados.
▪ Las demás que sean inherentes al objeto del convenio.
Cada Comedor Comunitario debe contar con un (1) manipulador/a de alimentos por cada 75
participantes, con disponibilidad de tiempo completo acorde con el horario de atención establecido
para realizar las actividades requeridas.
- Hoja de vida.
Actividades:
▪ Realizar las funciones de limpieza, higiene, desinfección de las instalaciones, menaje, utensilios y
equipos.
▪ Apoyar la implementación del componente Alimentación, nutrición y salubridad; subcomponente
Ambientes adecuados y seguros y componente Ambiental en el Comedor Comunitario.
▪ Desarrollar las actividades y responsabilidades asignadas por el responsable del servicio del
Comedor Comunitario para garantizar la adecuada prestación del servicio.
Cada Comedor Comunitario debe contar con un auxiliar administrativo de acuerdo con el siguiente
perfil y con disponibilidad de tiempo completo acorde con el horario de atención establecido para
realizar las actividades requeridas.
- Hoja de vida.
Nota 1: La SDIS desde el año 2020 incluyó la vinculación de jóvenes provenientes de las estrategias
lideradas por el Distrito, entre ellas las determinadas en el Proyecto 7726 Desarrollo Capacidades y
Ampliación de Oportunidades de Jóvenes para su Inclusión Social y Productiva en Bogotá, como parte
de la alianza establecida con el IDIPRON para la operación de Comedores Comunitarios y a partir de
la experiencia positiva obtenida con la vinculación de jóvenes como auxiliares administrativos en las
unidades operativas.
Nota 2: Una vez se haya adelantado la suscripción del convenio de asociación, la Subdirección de
Abastecimiento remitirá al ASOCIADO, vía correo electrónico, el listado de personas vinculadas al
Proyecto 7726: Desarrollo de Capacidades y Ampliación de Oportunidades de Jóvenes para su
Inclusión Social y Productiva en Bogotá, del Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la
Juventud – IDIPRON; quienes cumplen con los requisitos y soportes establecidos en el anexo técnico
y se presentan como posibles candidatos para desempeñar el cargo de Auxiliar Administrativo.
Actividades:
Nota: En ningún caso el responsable del servicio, profesional social y auxiliar administrativo podrán
realizar actividades administrativas propias del ASOCIADO, tales como: radicación de documentos,
radicación de factura, pagos de facturas, pago de servicios públicos, entre otros.
El ASOCIADO deberá contar con un profesional en nutrición y dietética. Podrá ser presentado para un
máximo de cuatro (4) Comedores Comunitarios.
- Nutrición y Dietética Con disponibilidad para cumplir con las - Fotocopia de documento de Identidad.
actividades y los productos requeridos,
de acuerdo con lo establecido en el - Certificaciones académicas que acrediten
anexo técnico. los estudios solicitados (Diploma y Acta
de Grado).
Actividades:
De acuerdo con la Resolución 2674 de 201341 del Ministerio de Salud y Protección Social y demás
normas concordantes, complementarias y modificatorias, el ASOCIADO deberá comprometerse a
presentar y a mantener actualizados durante toda la ejecución del convenio, para todo el personal
encargado de la manipulación de alimentos, los siguientes documentos:
41Ministerio de Salud y Protección Social (2013). Resolución N.º 2674 de 2013. Por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto Ley
019 de 2012 y se dictan otras disposiciones. https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/resolucion_minsaludps_2674_2013.htm
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 159 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Certificado médico: El personal manipulador de alimentos debe contar con certificación médica en la
cual conste la aptitud o no para manipular alimentos; esta certificación debe ser expedida por un
médico que cuente con número de registro profesional. El certificado tendrá una vigencia no superior
a un (1) año.
El ASOCIADO debe enviar al personal manipulador a efectuarse un reconocimiento médico cada vez
que se considere necesario por razones clínicas y epidemiológicas, especialmente después de una
ausencia del trabajo motivada por una enfermedad infecciosa que pudiera dejar secuelas capaces de
provocar contaminación de los alimentos que se manipulen. Dependiendo de la valoración efectuada
por el médico, se deben realizar las pruebas de laboratorio clínico u otras que resulten necesarias,
registrando las medidas correctivas y preventivas tomadas con el fin de mitigar la posible
contaminación del alimento que pueda generarse, por el estado de salud del personal manipulador. El
ASOCIADO debe monitorear el estado de salud del personal manipulador.
En todos los casos, como resultado de la valoración médica se debe expedir un certificado en el cual
conste la aptitud para la manipulación de alimentos.
El ASOCIADO es responsable de tomar las medidas necesarias para que no se permita contaminar
los alimentos directa o indirectamente por una persona que se sepa o sospeche que padezca de una
enfermedad susceptible de transmitirse por los alimentos, o que sea portadora de una enfermedad
semejante, o que presente heridas infectadas, irritaciones cutáneas infectadas o diarrea, entre otros.
Todo manipulador de alimentos que represente un riesgo de este tipo debe comunicarlo al ASOCIADO.
Para el caso de responsable del servicio cuyo perfil profesional corresponda a ingeniería de alimentos,
ingeniería agroindustrial, ingeniería agrícola, ingeniería ambiental, nutrición y dietética y química de
alimentos, no deberá presentarse este certificado.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 160 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Plan de capacitación: El ASOCIADO debe contar con un plan de capacitación continuo y permanente
para el talento humano manipulador de alimentos del Comedor Comunitario desde el momento de su
contratación y luego ser reforzado mediante charlas, cursos u otros medios efectivos de actualización.
Dicho plan debe ser de por lo menos diez (10) horas anuales, sobre educación sanitaria, principios
básicos de Buenas Prácticas de Manufactura – BPM, prácticas higiénicas en manipulación de
alimentos, Procedimiento Operación entrega de apoyos alimentarios en los servicios sociales con
documentos anexos y Plan de saneamiento. Igualmente, deben estar capacitados para llevar a cabo
las tareas que se les asignen o desempeñen, con el fin de que se encuentren en capacidad de adoptar
las precauciones y medidas preventivas necesarias para evitar la contaminación o deterioro de los
alimentos.
El ASOCIADO debe realizar refuerzos en BPM siempre y cuando se presenten hallazgos relacionados
con este aspecto y que serán parte del seguimiento por la supervisión o interventoría.
El ASOCIADO debe adaptar el plan de capacitación de acuerdo con los lineamientos suministrados
por la SDIS y será responsable de su implementación. Podrá ser efectuada por este, por personas
naturales o jurídicas contratadas y por las autoridades sanitarias. Cuando el plan de capacitación se
realice a través de personas naturales o jurídicas diferentes al Comedor Comunitario; estas deben
demostrar su idoneidad técnica y científica y su formación y experiencia específica en las áreas de
higiene de los alimentos, BPM y sistemas preventivos de aseguramiento de la inocuidad.
El Plan de capacitación debe contener, al menos, los siguientes aspectos: metodología, duración,
docentes, cronograma y temas a tratar, acorde con lo establecido en la Resolución 2674 de 201342. El
enfoque, contenido y alcance de la capacitación impartida debe ser acorde con los procesos realizados
en el Comedor Comunitario.
En todo caso, el ASOCIADO debe demostrar a través del desempeño del personal manipulador de
alimentos y la condición higiénico-sanitaria del Comedor Comunitario la efectividad e impacto de la
capacitación impartida.
Todo el personal manipulador de alimentos debe participar en una actividad de inducción de dos (2)
horas, sobre la operación del servicio de alimentación, la cual estará a cargo del profesional en nutrición
y dietética del Comedor Comunitario. Dicha actividad debe realizarse dentro de los dos (2) primeros
días de operación del convenio. Las horas de esta actividad no están comprendidas dentro de las diez
(10) horas mínimas que debe contener el plan de capacitación.
El ASOCIADO a través del profesional en nutrición y dietética deberá capacitar al talento humano del
Comedor Comunitario en el manejo de la minuta de alimentos: minuta patrón, ciclo de menús y análisis
de aporte nutricional. Esta actividad deberá realizarse durante los primeros cinco (5) días calendario
42Ministerio de Salud y Protección Social (2013). Resolución N.º 2674 de 2013. Por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto Ley
019 de 2012 y se dictan otras disposiciones https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/resolucion_minsaludps_2674_2013.htm
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 161 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
posterior a la firma del acta de inicio y cada vez que se contrate nuevo personal manipulador de
alimentos.
De igual forma, el ASOCIADO a través del profesional en nutrición y dietética deberá realizar la
estandarización de utensilios para el servido de alimentos y socializar al personal manipulador de
alimentos, con el fin de dar cumplimiento a los pesos servidos establecidos en la minuta patrón de
cada grupo etario y optimizar los tiempos de servido. Esta actividad deberá realizarse de forma
presencial, para todo el talento humano del servicio de alimentos y cuando haya cambios en el mismo.
De requerirse, el ASOCIADO a través del profesional en nutrición y dietética o responsable del servicio
deberá realizar actividades de fortalecimiento técnico mensuales al talento humano en los protocolos
y lineamientos emitidos para el manejo de emergencias sanitarias.
Nota 1: Todas las actividades de fortalecimiento técnico deberán realizarse de manera presencial.
Todo el personal que intervenga de manera directa u ocasional en cualquiera de las etapas del proceso
de operación de los servicios de alimentación debe contar con las medidas de protección de manera
completa, usarla correctamente, mantenerla en buen estado y en adecuadas condiciones de limpieza.
▪ Bata de color claro con cierre o broches, sin botones ni bolsillos. (no se permiten escalas de grises)
▪ Pantalón de color claro (no se permiten escalas de grises).
▪ Zapato cerrado, sin cordones, de material resistente, antideslizante, impermeable y de tacón bajo.
No se permitirán zapatos tipo crocs que presenten orificios.
▪ Gorro, cofia o malla para el cabello.
▪ Tapabocas desechable (Mínimo 1 unidad por cada día laboral)
▪ Guantes de caucho resistente, flexible, suave, suficientes. Diferenciados por código de color para
lavado de utensilios y para aseo en general, de acuerdo con lo establecido en el anexo técnico.
▪ Delantal de caucho – Delantal Industrial impermeable
▪ Delantal de tela, sin botones ni bolsillos.
▪ Tapabocas quirúrgico que cubra boca y nariz (1 unidad por cada día laboral)
▪ Gorro desechable (1 unidad por cada día laboral).
▪ Preferiblemente usar zapatos o calzado cerrado.
Nota 1: Teniendo en cuenta que el profesional en nutrición y dietética no asiste todos los días de
atención al Comedor Comunitario, esta dotación será proporcional al tiempo de asistencia por parte
del profesional.
Nota 2: La entrega de la dotación al talento humano debe dar cumplimiento a las especificaciones de
la normatividad vigente, el ASOCIADO deberá hacer el respectivo reemplazo cuando se encuentre
deteriorada por el uso. En ningún caso se podrán aceptar colores oscuros y grises o aquellos que
impidan evidenciar la suciedad. La presentación personal del recurso humano ofrecido deberá ser
impecable.
Este pago deberá realizarse de manera proporcional a los días de ejecución de cada mes, garantizando
que el valor mensual no supere los recursos establecidos en la estructura de costos del convenio.
Nota: INDEMNIDAD: EL ASOCIADO se obliga para con la SDIS, a mantenerla indemne, libre de daños
o perjuicios y de cualquier reclamación proveniente de terceros, que tenga como causa las actuaciones
del ASOCIADO.
Cuando el recurso humano ofrecido para el desarrollo del convenio no cumpla con sus obligaciones y
con la debida ejecución de las actividades, la supervisión o interventoría podrá solicitar por escrito el
cambio de personal, con el respectivo sustento. El ASOCIADO tomará las medidas necesarias para
garantizar el pleno cumplimiento del convenio y contará con ocho (8) días calendario para realizar
dicho cambio. La persona que le sustituya debe cumplir con el perfil y la experiencia exigida por la
SDIS.
En caso de que el ASOCIADO requiera realizar cambio de talento humano durante la ejecución del
convenio, deberá solicitar la aprobación presentando a la supervisión o interventoría la documentación
respectiva, mínimo tres (3) días hábiles antes de su retiro para autorización del cambio; esto con el fin
de asegurar que la persona que sustituya en el cargo a la presentada inicialmente cumpla con el perfil
y la experiencia requerida. En ningún caso, el nuevo personal podrá iniciar sus labores sin la
autorización de la supervisión o interventoría.
Nota 1: Los recursos financieros que no se ejecuten por demoras en la contratación, suspensión o
cesión; no serán reconocidos por la Secretaría de Integración Social en los desembolsos establecidos
en el convenio.
Como evidencia del pago, el ASOCIADO deberá pagar dentro de los dos (2) últimos días del mes, los
salarios, honorarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales (según sea el caso), a través
de transferencia electrónica en la cuenta de ahorros o corriente suministrada por el talento humano al
momento de ser contratado, de acuerdo con los valores definidos en la estructura de costos establecida
para el convenio, efectuando los pagos de derechos laborales y parafiscales a que haya lugar.
Nota: Para el caso de reemplazos, previa aprobación de la SDIS, el ASOCIADO podrá pagar los días
contratados a través de medios electrónicos, no se aceptarán pagos en efectivo.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 164 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
43 Congreso de la República de Colombia (2012). Ley 1562 de 2012. Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan
otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1562_2012.html
44 Ministerio de Trabajo (2015). Decreto 1072 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.
https://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/0/DUR+Sector+Trabajo+Actualizado+a+15+de+abril++de+2016.pdf/a32b1dcf-7a4e-8a37-
ac16-c121928719c8
45 Ministerio de Trabajo (2019). Resolución 0312 de 2019. Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
https://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/59995826/Resolucion+0312-2019-
+Estandares+minimos+del+Sistema+de+la+Seguridad+y+Salud.pdf
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 165 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Las compras públicas locales de alimentos han sido identificadas y utilizadas por muchos países como
una estrategia de desarrollo local que contribuye simultáneamente a la reducción de la pobreza, la
seguridad alimentaria y nutricional, y la inclusión socioeconómica de los agricultores familiares (FAO
2015, 2019). En particular, “las compras públicas de alimentos pueden proporcionar un canal de
comercialización accesible y una fuente de ingresos para los agricultores, promoviendo su participación
en los mercados. El acceso a estos y los ingresos obtenidos permiten a los pequeños agricultores
invertir en la producción y la productividad, así como aumentar el bienestar familiar. A su vez, esto
puede repercutir positivamente en los medios de vida, la seguridad alimentaria y la nutrición” (FAO,
2019).
Entendiendo esta potencialidad, desde 2016 se emprenden acciones para alinear las voluntades de
las entidades que tienen la capacidad de impulsar la oferta local de alimentos y de las que demandan
estos productos, mediante la construcción de un espacio que facilite la coordinación interinstitucional
y multisectorial con el fin de impulsar una Estrategia de Compras Públicas Locales. Este espacio se
denominó Mesa Nacional de Compras Públicas, desde la cual se han articulado acciones tendientes a
desarrollar y fortalecer esta estrategia (Resolución 324 de 2018, UAEOS).
El núcleo base de esta Mesa cuenta con la participación de entidades como la Unidad Administrativa
Especial de Organizaciones Solidarias (UAEOS) del Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Agricultura
y Desarrollo Rural, la Agencia de Desarrollo Rural, la Agencia de Renovación del Territorio, el Ministerio
de Educación Nacional, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el Instituto Nacional de Vigilancia
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 166 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
La importancia de las compras públicas locales para el desarrollo territorial fue también resaltada en la
Reforma Rural Integral - RRI, planteada en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la
Construcción de una Paz Estable y Duradera suscrito entre el Gobierno Nacional y las Fuerzas
Armadas Revolucionarias de Colombia - FARC. En la RRI, se plantea la formulación e implementación
del Plan Nacional para la Promoción de la Comercialización de la Producción de la Economía
Campesina, Familiar y Comunitaria, que deberá tener en cuenta “El diseño e implementación
progresiva de un mecanismo de compras públicas para atender la demanda de las entidades y
programas institucionales, que, de manera descentralizada, fomente la producción local para apoyar
la comercialización y absorción de la producción de la economía campesina, familiar y comunitaria”.
Conforme lo anterior, en cumplimiento de la Ley 2046 de 2020 “Por la cual se establecen mecanismos
para promover la participación de pequeños productores locales agropecuarios y de la agricultura
campesina, familiar y comunitaria en los mercados de compras públicas de alimentos”; el ASOCIADO
deberá adquirir alimentos comprados a pequeños productores agropecuarios locales y/o a productores
de la Agricultura Campesina, Familiar o Comunitaria locales o a través de sus organizaciones, en un
porcentaje mínimo del 30% del valor de los alimentos comprados en el mes respectivo o en el
porcentaje por encima de este en que se haya comprometido. El ASOCIADO debe presentar a la SDIS,
un reporte mensual sobre la participación en compras públicas locales de alimentos, donde se
evidencie el cumplimiento de este porcentaje.
En el evento de no lograr el 30% exigido, ya sea por inexistencia total o parcial de proveedores de los
alimentos requeridos el ASOCIADO lo hará saber de inmediato al supervisor o interventor del convenio,
mediante comunicación escrita y allegando los documentos que evidencien esta situación. El
supervisor o interventor del convenio, previa consulta que realice a la secretaría técnica de la Mesa
Técnica Distrital de Compras Públicas Locales de Alimentos, impartirá las instrucciones para que
pueda dar cumplimiento a la obligación legal de comprar localmente a estos productores, dando
cumplimiento con el Decreto 248 de 2021 "Por el cual se adiciona la Parte 20 al Libro 2 del Decreto
1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de
Desarrollo Rural, relacionado con las compras públicas de alimentos.", específicamente el artículo
2.20.1.13 Mínimo de Compras públicas de alimentos y suministros, de productos agropecuarios a
productores agropecuarios locales.
Así mismo, el ASOCIADO deberá aportar de manera mensual como soporte para el procedimiento de
pago, copia de las facturas o documento equivalente de las compras públicas locales de alimentos
realizadas.
7. GESTIÓN DOCUMENTAL
El jefe de la respectiva área deberá garantizar la conformación y entrega de los archivos teniendo en
cuenta el Artículo 3 del Acuerdo 042 de 2002, “Conformación de los archivos de gestión y
responsabilidad de los jefes de unidades administrativas. Las unidades administrativas y funcionales
de las entidades deben con fundamento a la Tabla de Retención Documental aprobada, velar por la
conformación, organización, preservación y control de los archivos de gestión, teniendo en cuenta los
principios de procedencia y orden original, el ciclo vital de los documentos y la normatividad
archivística. El respectivo jefe de la oficina será el responsable de velar por la organización, consulta,
conservación y custodia del archivo de gestión de su dependencia, sin perjuicio de la responsabilidad
señalada en el numeral 5 de la Ley 734 de 2002 para todo servidor público”.
Para el desarrollo de las actividades de organización documental, se deben tomar las siguientes
recomendaciones, en concordancia con lo estipulado por el Archivo General de la Nación:
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 168 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
▪ Las personas encargadas de manipular los documentos de archivo deben usar permanentemente
los elementos mínimos de protección personal (EPP) como lo son tapabocas y guantes desechables
de nitrilo.
▪ Lavarse las manos adecuadamente antes y después de manipular los documentos.
▪ No humedecer los dedos con saliva al momento de pasar las páginas.
▪ Aplicarse gel antibacterial a base de alcohol y dejarlo secar perfectamente antes de manipular los
documentos.
▪ No manipular los documentos si el gel antibacterial no se ha secado en las manos.
▪ Limpiar y desinfectar el entorno de entrega y recepción documental regularmente, haciendo
aspersiones en el ambiente con soluciones desinfectantes que contengan alcohol entre el 60% y el
70%.
▪ En las áreas de archivo o depósitos que contengan documentos de alto tránsito se recomienda
realizar aspersiones o nebulizaciones con alcohol al 70% (teniendo en cuenta que el producto no
recaiga sobre las tintas).
▪ La aspersión deberá realizarse también sobre las carpetas y cajas de archivo, las paredes del
estante, separadores, pisos y techos.
▪ Documentos de archivo: Registro de información producida o recibida por una entidad pública o
privada en razón de sus actividades o funciones. 46Los documentos de archivo hacen parte de las
Series y Subseries documentales, establecidas en la Tabla de Retención Documental aprobada por
la Entidad, por lo tanto, deben organizarse de acuerdo con las disposiciones establecidas en este
instrumento archivístico.
Los documentos se ordenarán dentro de cada carpeta de Historia Social de forma cronológica,
siguiendo la secuencia del trámite que los produjo, es decir, que el primer documento que se encuentre
al abrir la carpeta deberá ser el de fecha más antigua y el último corresponderá a la fecha más reciente.
▪ Serie: Registrar el nombre en mayúscula sostenida de la serie documental asignada, para el caso:
HISTORIAS SOCIALES.
▪ Nombre de la carpeta: Registrar los nombres y apellidos completos del jefe de núcleo en
mayúscula sostenida. Contrastar con la ficha SIRBE más reciente que se encuentre en la carpeta,
a fin de corroborar la identidad del jefe de núcleo. En caso de no haberse efectuado el
procedimiento de cambio de jefe de núcleo, se mantendrá el jefe de núcleo que se encuentre
registrado en la Ficha SIRBE más reciente, contenida en la carpeta.
46
Glosario de términos - Archivo General de la Nación-AGN
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 170 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
▪ Número de identificación: Registrar el tipo y número completo del documento de identidad del
jefe de núcleo, sin puntos, comas ni otro símbolo ejemplo:
Contrastar con la ficha SIRBE más reciente que se encuentre en la carpeta, a fin de corroborar el
número de documento de identidad del jefe de núcleo.
Nota: Cuando se presenten cambios de jefe de núcleo, no será necesario imprimir una nueva hoja
de control, debido a que su producción se realizará de manera digital, por lo que debe actualizarse
únicamente, el nombre de jefe de núcleo, su número de documento de identidad e incluir en la hoja
de control, los documentos producto de la actuación, si los hay, y de aquí en adelante los demás
soportes de se produzcan o tramiten.
▪ Fecha: Debe consignarse la fecha de elaboración o recepción del documento según corresponda,
de acuerdo con el siguiente modelo: (DD/MM/AAAA). Se tomará la fecha de diligenciamiento o de
recepción de los documentos principales, no de sus anexos.
- Para el diligenciamiento de esta área del formato de la hoja de control, se registrará el nombre
completo del documento de acuerdo con su formato (documentos institucionales controlados).
- En el caso de documentos cuya denominación incluya siglas, es importante además de las siglas,
incluir el nombre completo del documento, utilizando mayúscula sólo en la letra inicial.
- Los documentos que no correspondan a formatos controlados por la entidad deben registrarse
de acuerdo con su tipo, por ejemplo: carta, derecho de petición, copia de historia clínica, fotocopia
recibo público, fotocopia cedula de ciudadanía, etc.
- Los documentos que corresponden a formatos institucionales controlados serán listados de
manera independiente, indistintamente de su fecha de diligenciamiento, es decir, pueden
diligenciarse dos o más documentos el mismo día, pero en el formato de hoja de control, se
listaran uno a uno, este criterio también aplica para los derechos de petición, tutelas,
comunicaciones de los participantes, comunicaciones de la SDIS y de entes de control.
- Los documentos que hacen parte de los anexos de formatos como la ficha SIRBE cabezote,
específica y de actuaciones por historia social, se listarán de acuerdo, al registro realizado en
cada formato, es decir, cada documento anexo se ubicará físicamente en el expediente, de
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 171 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
acuerdo con el orden de trámite registrado en cada ficha. En la columna de fecha, del formato
hoja de control, se trazará una línea punteada horizontal, debido a que los documentos anexos,
ingresan con la fecha del documento principal, como es el caso de las fichas SIRBE. Se
específica que en el caso del formato Ficha SIRBE Genérica para Registro de Actuaciones por
Historia Social, la fecha de registro corresponderá a la última fecha de digitación en el Sistema
Misional, realizada por la Subdirección Local para la Integración Social. Si la ficha SIRBE no
cuenta con la totalidad de registros en el sistema misional, el formato no podrá ser ingresado a
la hoja de control, ni foliado.
▪ Folio (s): Debe consignarse el número de folio(s) que corresponde(n) al tipo documental anotado,
por ejemplo: Ficha SIRBE 1-5; Documento de identidad del participante y su núcleo familiar 6-11
Diagnóstico médico 12-13 Fotocopia de recibido público 14.
▪ Fecha elaboración: Corresponde a la fecha en que se inicia la elaboración del formato y debe
diligenciarse de acuerdo con la siguiente estructura: DD/MM/AAAA. Esta fecha será digitada por el
profesional social del Comedor Comunitario.
▪ Nombre completo y firma responsable de quién elaboró: Se suscribirán los nombres, apellidos
completos y cargo, así como la firma digital del responsable de la elaboración, con mayúscula en
la letra inicial. Para el caso de este convenio será el auxiliar administrativo o profesional social.
▪ Firma responsable de archivo: Se suscribirán los nombres, apellidos completos y cargo, así como
la firma digital del profesional social responsable del archivo, con mayúsculas en las iniciales.
▪ Firma coordinador o jefe de área: Se suscribirá los nombres, apellidos completos y cargo, así
como la firma digital del representante legal de la ESAL, con mayúsculas en las letras iniciales.
Si se presenta rotación del auxiliar, profesional social o representante legal, se debe diligenciar en el
área de observaciones del formato hoja de control, los nombres y apellidos completos de la persona
saliente, rol en el Comedor Comunitario y período en el que laboró en el mismo. Las personas salientes
no firmarán el formato hoja de control.
Si el expediente es trasladado, el profesional del Comedor Comunitario debe remitir al equipo local, en
archivo Word a través de correo electrónico, el formato hoja de control para que se continúe su
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 172 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
diligenciamiento y se incluyan los documentos propios del traslado de expediente de historia social. En
este caso la impresión estará a cargo del equipo local. En el área de observaciones del formato, se
debe diligenciar lo siguiente:
“Se realiza el traslado de expediente de historia social, mediante oficio remisorio con el número
del radicado, incluir fecha de radicación”.
El formato hoja de control, sólo se imprimirá para el registro de firmas en los siguientes casos:
Las hojas de control serán conservadas en la carpeta digital definida por la SDIS, con la siguiente
estructura:
Hojas de control_4067_2022
- Dentro de la tercera carpeta (Número de caja) se deben guardar las hojas de control en formato
Word, identificadas con el número de carpeta y nombre del jefe de núcleo.
- Las carpetas digitales de hojas de control sólo pueden ser editadas por el profesional social o el
auxiliar del Comedor Comunitario.
- Las hojas de control deben ser cargadas en la carpeta digital establecida por la SDIS para este
fin, y serán compartidas a la dirección de correo electrónico de cada profesional social o auxiliar
administrativo.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 173 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
- Los siguientes campos del formato hoja de control, deberán diligenciarse en fuente Arial, tamaño
10:
- El área de descripción documental debe diligenciarse en fuente Arial tamaño 11, al igual que el
resto del formato. El color de la fuente es negro únicamente.
- Las columnas fecha y número de folios emplearán alineación centrada.
- El formato hoja de control, permite la inserción de nuevas filas, adaptándose a la cantidad de
folios contenidos en el expediente, de esta forma se pueden presentar, una o más hojas; si se
presentan múltiples hojas, se debe realizar la impresión por ambas caras, en hoja de papel bond
blanco tamaño carta.
- No se puede realizar la inserción de columnas y si el registro de información supera la extensión
del renglón se debe bajar al siguiente, para no ampliar la fila, evitando modificar el formato.
- Los documentos anexos, deben ser registrados en la hoja de control, no será posible registrar,
por ejemplo:
• Ficha SIRBE y anexos. Se deberá registrar el nombre completo de la Ficha SIRBE, de acuerdo
con su formato y luego cada uno de los documentos anexos a este formato.
• Los soportes anexos a documentos principales, como fotocopias de cédulas de ciudadanía,
tarjetas de identidad, registros civiles, entre otros, podrán registrarse en un mismo renglón,
siempre y cuando, correspondan a la misma tipología documental, y no alteren la secuencia
cronológica secuencial, En este caso se registrará, por ejemplo: Fotocopias cédulas de
ciudadanía jefe de núcleo y núcleo familiar, fotocopias cedula de ciudadanía integrantes
núcleo familiar, fotocopia cedula de ciudadanía integrante núcleo familiar.
• Por ningún motivo, debe afectarse la organización documental existente en la carpeta, para
diligenciar los documentos agrupados en el formato hoja de control, es importante señalar,
que este formato es un listado de los documentos contenidos en el expediente, por lo que
debe reflejar la organización real dada al mismo, sin ningún tipo de alteración.
- Para el desarrollo del presente convenio, el diligenciamiento del formato hoja de control,
corresponderá a la continuidad del formato que ya se encuentra diligenciado dentro de la carpeta,
por lo que se deberá mantener la secuencia en cuanto a cronología y número de folios.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 174 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
▪ Diligenciamiento hoja de control cuando se presenta cambio del jefe de núcleo del hogar/
familia participante del Comedor Comunitario
Una vez efectuado el trámite correspondiente a través del diligenciamiento del formato Ficha SIRBE
Genérica para Registro de Actuaciones por Historia Social y realizada la digitación de la actuación por
parte del equipo local en el sistema misional, se registrará en la hoja de control, los nombres y apellidos
completos del nuevo jefe de núcleo, así como el número del documento de identidad.
7.2.2.2. Ubicación de la Ficha SIRBE Genérica para Registro de Actuaciones por Historia
Social dentro del Expediente.
- La ficha SIRBE Genérica para Registro de Actuaciones por Historia Social, se ubicará al final del
expediente de Historia Social. Este formato debe imprimirse en tamaño oficio, a dos caras, como
se encuentra establecido en el mapa de procesos de la entidad.
- El soporte se deberá perforar a tamaño oficio y su diligenciamiento debe realizarse únicamente
con esfero de mina negra y seca, sin tachones ni enmendaduras.
- Los documentos anexos, deben ubicarse en la misma secuencia que se diligenciaron en la ficha
SIRBE Genérica para Registro de Actuaciones por Historia Social.
- La ficha SIRBE Genérica y sus soportes no se registrarán en el formato de hoja de control, ni se
foliará, hasta que cumpla con alguno de los siguientes criterios:
• Se complete su diligenciamiento.
• Por traslado del expediente. La incorporación del formato Ficha SIRBE Genérica para Registro
de Actuaciones por Historia Social, estará a cargo del equipo local, toda vez que es su
responsabilidad finalizar el trámite y efectuar la digitación en el sistema misional SIRBE(En el
caso de los traslados, el comedor comunitario, enviará al equipo local, en archivo Word a
través del correo institucional, la hoja de control, para que se continúe su diligenciamiento y
se incluyan los documentos propios del traslado de expediente de historia social. En este caso
la impresión estará a cargo del equipo local).
• Cambio de estado “ATENDIDO”, para todo el hogar/familia. La incorporación del formato Ficha
SIRBE Genérica para Registro de Actuaciones por Historia Social, estará a cargo del equipo
local, toda vez que es su responsabilidad finalizar el trámite y efectuar la digitación en el
sistema misional SIRBE (En el caso de los cambios de estado, el comedor comunitario,
enviará al equipo local, en archivo Word a través del correo institucional, la hoja de control,
para que se continúe su diligenciamiento y se incluyan los documentos propios del cambio de
estado del expediente de historia social. En este caso el equipo local estará a cargo de la
impresión).
• Por Finalización del convenio.
• Por cambio de versión del formato.
- La ficha con sus anexos, una vez diligenciada, se ingresará a la hoja de control, con la última
fecha de digitación realizada por la Subdirección Local.
Debido a que el instrumento Lectura de Realidades - Contrato Social Familiar, es una matriz en Excel,
para el seguimiento y control que recopila los intereses, problemáticas, necesidades potenciales de
todos los núcleos familiares adscritos al comedor comunitario, que refleja la concertación de acuerdos
en torno al logro de metas individuales y familiares, , antes de la finalización del convenio, previa
revisión y aprobación de la interventoría o supervisión, la versión definitiva, deberá ser cargada por
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 176 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
parte del Comedor en la carpeta Digital que destine la SDIS para este fin, esta actividad deberá
realizarse , el mismo día de realización de la visita de cierre de interventoría o supervisión del
componente inclusión social.
Nota: El instrumento Lectura de realidades – Contrato Social Familiar, hará parte de la ejecución
contractual del presente convenio y deberá ser entregado en CD archivado en el componente social al
momento de finalizar el convenio.
Una vez realizadas las actividades de clasificación y organización cronológica, se efectuará la limpieza
de los documentos de archivo la cual consistirá en retirar materiales como: ganchos de cosedora, clips,
adhesivos, ganchos metálicos, separadores de colores o cualquier material que afecte la conservación
de los documentos.
▪ Las áreas donde se conservarán los archivos deben estar aisladas de lugares como: cocinas,
baños, espacios donde se suministren alimentos y su acceso debe ser restringido.
▪ Se debe evitar la incidencia de luz directa sobre la documentación, cajas y carpetas; cuando no sea
posible suprimir las fuentes naturales de luz, se deben utilizar cortinas en las ventanas.
▪ Las instalaciones eléctricas deberán estar por fuera de la ubicación del archivo y en perfectas
condiciones.
▪ No se podrán utilizar pastas AZ, de argolla o anillados, así como otros sistemas de almacenamiento
que afecten la integridad física de los documentos en los Archivos de Gestión. (Acuerdo AGN 002
de 2014, artículo 27, parágrafo).
▪ La documentación deberá estar almacenada en cajas de archivo de referencia x-200,y no deberá
ubicarse directamente sobre el piso, se debe usar estantería, acorde con la cantidad de cajas en
uso, construida con láminas metálicas sólidas, resistentes y estables con tratamiento anticorrosivo,
las cuales estarán ancladas a una superficie sólida. El encerramiento superior de las estantería no
deberá utilizarse para ubicar cajas, ni ningún otro elemento encima de la misma.
▪ En las áreas dispuestas para la conservación de los documentos de archivo, no deben almacenarse
otro tipo de elementos.
▪ Los depósitos de archivo no deben presentar humedad, ni deterioro en techo, paredes y puertas.
▪ La documentación que va a ser objeto de foliación debe estar previamente clasificada, ordenada y
depurada.
▪ La ubicación correcta de los documentos es aquella que respeta el principio de orden original; es
decir, que cada documento este organizado secuencialmente de acuerdo con su producción.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 177 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
▪ Los documentos que integran los expedientes estarán debidamente foliados con el fin de facilitar su
ordenación, consulta y control.
▪ La foliación debe realizarse con lápiz de mina negra (HB, B) en la esquina superior derecha del
documento en el mismo sentido de la escritura del soporte, de forma legible sin enmendaduras,
empezando por el documento más antiguo al más reciente hasta el final de la carpeta.
▪ No se deberá realizar la foliación con lápiz de mina roja, esfero, ni marcadores.
▪ La numeración asignada no deberá ser corregida si se detecta algún error en ella debe numerarse
nuevamente colocando una línea oblicua sobre el número y escribiendo la numeración correcta.
Ejemplo: Numeración existente: 25 – colocar una línea oblicua sobre el número 25. Por último,
quedará de la siguiente forma: foliación 26.
▪ Se deberá escribir el número de manera legible y sin enmendaduras sobre un espacio en blanco, y
sin alterar membretes, sellos, textos o numeraciones originales.
▪ No se deberá escribir con trazo fuerte porque se puede causar daño al soporte papel.
▪ No se deberán foliar las pastas ni las hojas en blanco.
▪ No se deberá foliar utilizando números con el suplemento A, B, C o bis.
▪ El número uno (1) corresponderá al documento que dio inicio el expediente en consecuencia
corresponde a la fecha más antigua.
El almacenamiento de los documentos dentro del expediente será por núcleo familiar, es decir, una
carpeta para cada núcleo.
▪ Gancho legajador para folio largo: Deben ser plásticos de polipropileno, compuestos por 2 piezas,
una con filamentos cilíndricos y la otra como cierre lateral por medio de enganche. Los filamentos
deben medir 12 cm de largo, con una distancia entre perforaciones de 8 cm y el gancho armado,
debe tener una resistencia para 250 folios.
Los ganchos legajadores plásticos de 12 cm deben cumplir con los siguientes parámetros
adicionales:
- Elaborado en polipropileno de alta densidad.
- Flexible.
- Durable.
- Resistente.
- PH neutro.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 178 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
- Sin filos o bordes irregulares para proteger los documentos, las unidades de conservación y el
personal que los manipula.
▪ Cajas: El almacenamiento de las carpetas deberá realizarse en cajas de referencia X-200 de cartón
Kraft corrugado desacificado, con un ancho externo de 20 cm. y un alto: 28.5 cm. por 39 cm de
largo. Externamente tienen un ancho de 21 cm. x alto: 30 cm. x largo: 40 cm., con una apertura
frontal con pliegue en el costado izquierdo y pestaña para su manipulación.
Las carpetas deberán ser almacenadas, sin exceder la capacidad de la caja, permitiendo que se
puedan manipular y consultar con facilidad, evitando su deterioro. Así mismo, se ubicarán de
izquierda a derecha dentro de la caja, con el fuelle o lomo ubicado hacia la superficie inferior de la
caja.
▪ Carpetas: Las carpetas se deben identificar con el rótulo establecido por la Secretaría Distrital de
Integración Social Código: FOR-GD-014 verificando que se encuentre en su versión más
reciente al momento de utilizarlo, ejemplo:
- Serie: Conjunto de expedientes generados por un mismo productor durante el ejercicio de sus
funciones. Para este caso, registrar HISTORIAS SOCIALES, en Mayúscula sostenida,
alineación izquierda.
- Expediente: Nombre: Se refiere al nombre asignado al expediente, para este caso será el
nombre del jefe del núcleo familiar. Se diligenciará con mayúsculas sostenidas, con alineación
a la izquierda. Este campo debe diligenciarse en lápiz.
- Ubicación topográfica:
• Caja: se registrará el número de caja que corresponda. Este registro debe realizarse en lápiz,
con alineación a la izquierda.
• Carpeta: Indica el número de la carpeta, teniendo en cuenta su ubicación dentro de la caja
de forma consecutiva. La numeración de las carpetas iniciará de nuevo en 1, cada vez que se
cambie de caja. Ejemplo: Caja 1 – Carpeta 1, Carpeta 2, Caja 2 – Carpeta 1, Carpeta 2. Este
registro debe realizarse en lápiz, con alineación a la izquierda.
• Número correlativo: Corresponde al número consecutivo de un expediente que se encuentra
divido en varias carpetas. Ejemplo: 1 de 2, 2 de 2. Para el caso de las Historias Sociales, este
campo no se diligenciará.
• Fechas extremas: Fecha inicial: Corresponde a la fecha del primer documento con el que
inicia la carpeta (se recuerda que el formato Hoja de Control es un documento de seguimiento,
por lo que se tendrán en cuenta los documentos ubicados luego de este soporte).
• Fecha final: Corresponde a la fecha del último documento que se encuentra en la carpeta.
Para ambos casos se registrará teniendo en cuenta el formato (DD/MM/AAAA), este registro
debe realizarse en lápiz, con alineación a la izquierda.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 180 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
- Número de folios: Se refiere al total de folios por carpeta. Este campo, mientras los
expedientes se encuentren en atención se dejará en blanco, debido a que esta información
cambia con frecuencia y el registro continuo en la carpeta produce desgaste en el elemento de
conservación. Cuando se presente finalización del convenio y el expediente se encuentre en
atención, deberá registrarse el número total de folios contenidos en la carpeta en lápiz de mina
negra. Si se trata de un expediente en egreso y el trámite lo continua el equipo local; el registro
se realizará a lápiz, debido a que deben incorporarse los folios correspondientes al trámite de
egreso.
▪ Cajas: Las cajas se identificarán con el rótulo establecido por la Secretaría Distrital de Integración
Social Código FOR-GD-007 verificando que se encuentre en su versión más reciente al
momento de utilizarlo, ejemplo:
- Serie: Conjunto de expedientes generados por un mismo productor durante el ejercicio de sus
funciones. Para este caso, la serie se nombrará HISTORIAS SOCIALES. Mayúscula sostenida,
alineación centrada.
- Fechas Extremas:
• Fecha inicial: Registrar la fecha inicial de la carpeta con fecha más antigua que se encuentra
en la caja. Con alineación a la izquierda.
• Fecha final: Registrar la fecha final de la carpeta con la fecha más reciente que se encuentra
en la caja. Con alineación a la izquierda.
Nota: En la parte superior del rótulo de caja, es necesario registrar con lápiz de mina negra, el nombre
del Comedor Comunitario y la localidad.
La Ley General de Archivos 594 del 2000 establece en su Art., 26. INVENTARIO DOCUMENTAL. Es
obligación de las entidades de la Administración Pública elaborar inventarios de los documentos que
produzcan en ejercicio de sus funciones, de manera que se asegure el control de los documentos en
sus diferentes fases.
Para los documentos como CD, que hagan parte de la Historia Social de cada usuario, se respetará
su ubicación dentro del expediente y se almacenará dentro de un sobre de papel bond blanco, que
deberá identificarse con la información que contiene el CD y los datos de la carpeta a la que pertenece,
este se considerará como un folio del expediente. Esta situación debe registrarse en el campo de notas
del inventario documental.
Para el desarrollo de esta actividad se utilizará el Formato Único De Inventario Documental - FUID
Código: FOR-GD-017.
▪ El Formato de Inventario Documental debe diligenciarse desde el inicio del convenio, realizando las
actualizaciones que sean necesarias, hasta su finalización.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 183 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
▪ El archivo de gestión del Comedor Comunitario estará conformado por las historias sociales en
atención, en proceso de egreso y entrega al equipo local del Proyecto 7745 y los documentos
administrativos producto de la ejecución contractual, de acuerdo con lo establecido en la Tabla de
Retención Documental aprobada por la entidad, por lo tanto, las actividades de organización
documental se aplicarán a la totalidad de documentos que conforman el archivo de gestión del
Comedor Comunitario.
7.4. CONSULTA
Los expedientes de Historias Sociales contienen datos personales protegidos y en algunos casos
pertenecientes a menores de edad, tanto en los Archivos de Gestión como en el Central, el acceso y
la consulta solamente se facilitará a los funcionarios que hagan parte de los equipos locales del
Proyecto 7745 “Compromiso por una atención integral en Bogotá”, supervisores de contrato,
interventoría y unidades operativas responsables que requieran el expediente.
Para efectos de las Historias Sociales que se encuentran a cargo del Comedor Comunitario y que
llegaren a requerirse para consulta como parte de actuaciones tendientes a resolver una petición, estos
expedientes serán facilitados única y exclusivamente a través de los profesionales que hacen parte de
los equipos locales del Proyecto 7745 “Compromiso por una atención integral en Bogotá” o el que haga
sus veces.
Los expedientes serán trasladados del Comedor Comunitario a la Subdirección Local, obligatoriamente
a través de oficio remisorio firmado por el representante legal de la organización asociada, donde se
especificarán los datos del expediente y las razones por las cuales es suministrado al equipo local del
Proyecto 7745 “Compromiso por una atención integral en Bogotá” o el que haga sus veces. Este oficio
debe ser radicado en la Subdirección Local
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 184 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Antes de brindar información sobre los documentos que conforman las Historias Sociales, es
importante consultar el Índice de Información Clasificada y Reservada, publicado en el enlace de
transparencia de la Entidad http://www.integracionsocial.gov.co/index.php/indice-de-informacion-
clasificada-y-reservada. El índice contiene los documentos categorizados como clasificados o
reservados e incluye denominaciones, la motivación y la individualización del acto en que consta la
calificación de estos.
Los expedientes de Historias Sociales en trámite de egreso serán trasladados de los Comedores
Comunitarios a los equipos del Proyecto 7745 “Compromiso por una atención integral en Bogotá” o el
que haga sus veces, ubicados en las Subdirecciones para la Integración Social de cada localidad.
Para el desarrollo de lo enunciado, en la ficha SIRBE genérica para registro de actuaciones por historia
social, el profesional social del Comedor Comunitario diligenciará en la sección B. Novedades de
actuaciones de estado, intervención y seguimiento, lo relacionado con la novedad presentada y los
documentos anexos que sean requeridos.
El expediente será remitido en original al equipo local, a través de oficio remisorio firmado por el
representante legal o delegado de la organización asociada, donde se especificarán los datos del
expediente y las razones por las cuales es suministrado al equipo local del Proyecto 7745 “Compromiso
por una atención integral en Bogotá “o el que haga sus veces
El formato hoja de control, deberá ser enviado por correo electrónico, en archivo Word, al equipo local
del proyecto 7745, para que se continúe el trámite de egreso; en el área de observaciones del formato
hoja de control se registrará lo siguiente:
Nombres y apellidos del profesional social, auxiliar administrativo y representante legal de la unidad
operativa, cargo, periodo laborado, nombre del comedor, localidad y razones por las cuales es
entregado el expediente de historia social al equipo local del proyecto 7745.
Una vez se decida el egreso, el expediente quedará en custodia de la Subdirección Local, quien
realizará el cierre definitivo del expediente. En caso contrario, será devuelto al Comedor Comunitario,
incluyendo los documentos que hicieron parte del trámite, los cuales serán incorporados al expediente
por el profesional social del Comedor Comunitario, para la continuidad en la prestación del servicio. El
expediente junto con los documentos a incorporar será entregado mediante oficio remisorio firmado
por el Subdirector Local, en el que se especificarán los datos del expediente, el tipo y número de
documentos a incorporar y las razones por las cuales es devuelto al Comedor Comunitario. Este oficio
contendrá el sticker de radicación de la entidad.
El trámite de traslado, se gestionará únicamente a través del equipo local del proyecto 7745, quien
solicitará al Comedor Comunitario, la entrega del expediente en original, a través de oficio remisorio
firmado por el Representante Legal del ASOCIADO, dicho documento debe ser radicado en la
correspondiente Subdirección Local o en su defecto, entregado directamente a los profesionales
locales del proyecto 7745, registrando en el oficio remisorio: fecha de recibido, nombres y apellidos del
profesional que recibe y hora. Es importante corroborar que el expediente cuente con todas las
actividades de organización documental, antes de ser recibido, de requerirse ajustes, deben efectuarse
de manera inmediata, el día de la entrega. Una vez recibido el expediente, el Profesional Local será el
responsable de realizar el trámite de traslado.
Es importante precisar, que deberá efectuarse la actuación en el sistema misional de traslado y ser
registrada en la Ficha SIRBE Genérica para Registro de Actuaciones por Historia Social. Esta actividad
se realizará de manera conjunta, entre el Comedor Comunitario y el equipo local.
Los documentos que harán parte del traslado del expediente de historia social serán los siguientes:
▪ Solicitud de traslado por parte del equipo local del Proyecto 7745 “Compromiso por una
Alimentación Integral en Bogotá”. Esta solicitud se realiza a través del correo electrónico
institucional.
▪ Ficha SIRBE Genérica para Registro de Actuaciones por Historia Social.
▪ Oficio de entrega por parte de la organización asociada al equipo local del Proyecto 7745, detallando
la información relacionada con los expedientes que son entregados en traslado por parte del
Comedor Comunitario, con firma del representante del ASOCIADO.
▪ Formato de traslado de expedientes entre localidades y/o unidades operativas. (Este documento, lo
diligencia el equipo local del proyecto 7745).
▪ Oficio remisorio emitido por el equipo local de destino firmado por el Subdirector Local, haciendo
entrega del expediente en traslado al comedor comunitario. Este documento debe contar con el
radicado del software AZ Digital.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 186 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Nota 1: Los traslados en el aplicativo misional SIRBE, de acuerdo con lo expuesto en la Resolución
0509 de 2021 o la que haga sus veces, sólo podrán realizarse para los expedientes que se trasladen
dentro de la misma localidad. Los expedientes que deban ser trasladados entre localidades, deberán
efectuar el trámite de egreso correspondiente.
Nota 2: Se prohíbe la reproducción parcial o total de los expedientes de Historias Sociales y el retiro o
eliminación de cualquier soporte que conforme el expediente.
Nota 3: No se permite el uso de papel reciclado para el desarrollo de la producción o trámite de los
expedientes de Historias Sociales, toda vez que, el papel reciclado, ecológico o amarillo, no presenta
a futuro una buena permanencia y durabilidad, es necesario sólo usarlo para producir documentos de
apoyo o que tengan tiempos de retención bajos según la Tabla de Retención Documental, así que no
constituyan el patrimonio documental de la entidad y por ende de la nación.
El expediente se ubicará al final del inventario documental, con la fecha de ingreso al Comedor
Comunitario, lo cual será soportado con el oficio remisorio entregado por la Subdirección Local, en el
cual se debe presentar los nombres, apellidos, fecha, hora y firma del profesional social que recibe en
la unidad operativa. Este oficio hará parte del archivo contractual.
Se debe ajustar número de caja y carpeta, lo cual debe corresponder a la organización que presenta
el archivo en la unidad operativa, continuar la foliación y el correspondiente diligenciamiento en la hoja
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 187 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
de control. La fecha inicial del expediente se mantiene, la fecha final será registrada una vez se cierre
el expediente o sea enviado a la subdirección local.
Se entiende por documentación administrativa toda la producida por los componentes Inclusión social,
Alimentación, Nutrición-Salubridad, Administrativo-Financiero y Ambiental, en cumplimiento de las
obligaciones contractuales establecidas en el anexo técnico y que no hace parte de los expedientes
de Historias Sociales.
Esta documentación deberá ser entregada por el coordinador y el profesional social del Comedor
Comunitario a la Subdirección Local respectiva con las siguientes fases de organización:
Los documentos físicos de archivo de ejecución contractual deberán organizarse teniendo en cuenta
la siguiente clasificación jerárquica, establecida en la Tabla de Retención Documental aprobada por la
Entidad:
▪ La organización de los expedientes será cronológica, de la fecha más antigua a la más reciente, de
manera que, al abrir la carpeta, el primer documento que se encuentre sea el de fecha más antigua
y el último de fecha más reciente.
▪ No se diligenciará el formato hoja de control, dado que los documentos que se producen
corresponden a la ejecución contractual y la consecución desde el inicio de los trámites del
expediente se encuentra en la Subdirección de contratación..
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 188 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
▪ Los documentos deben perforarse a tamaño oficio, alineados a la parte superior derecha de la
carpeta.
▪ Cada carpeta podrá contener un máximo de 250 folios.
▪ En los expedientes no se deben incorporar hojas en blanco o copias de documentos.4748
▪ Queda totalmente prohibida la producción de documentos en papel reciclado, papel amarillo o que
ha sido usado por una cara.
▪ En el caso de documentos con tamaños inferiores a las dimensiones de perforación, estos se deben
adherir en una hoja blanca de papel bond tamaño carta.
▪ Debido a que la documentación producto de la ejecución contractual que reposa en el Comedor
Comunitario, hará parte de los expedientes que se encuentran en la Subdirección de Contratación,
estos soportes no serán foliados; sin embargo, debe realizarse el conteo de folios (hojas que
componen un expediente) y consignar esta información en los formatos de rótulo de carpeta e
inventario documental.
- Número de convenio
- Vigencia
- Nombre del operador
- Nombre del Comedor Comunitario
- Componente
- Tipo de documentos que almacena.
47
Secretaría Distrital de Integración Social. INS-GD-003 Instructivo conformación, organización y administración de expedientes
contractuales, numeral 3.4.2
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 189 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Nota: Si el disco es anexo a un oficio, se debe relacionar el número de radicado del mismo.
Es necesario realizar la limpieza documental de los expedientes, retirando material abrasivo como
ganchos de cosedora y clips, también se deben retirar adhesivos y separadores.
Los rótulos de carpeta corresponderán a los aprobados por la Entidad y su diligenciamiento debe
realizarse de la siguiente forma:
En la parte superior del rótulo de carpeta, se debe registrar el tipo de componente, al que pertenece la
documentación contenida en el expediente.
Los rótulos de caja corresponderán a los aprobados por la Entidad y su diligenciamiento debe
realizarse de la siguiente forma:
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 190 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
En la parte superior del rótulo de caja se debe registrar a lápiz, el número de convenio, vigencia,
nombre del Comedor Comunitario y localidad respectiva.
El diligenciamiento de formatos institucionales controlados o cualquier otro documento que haga parte
de la ejecución contractual, debe presentar la observancia de los siguientes lineamientos técnicos:
▪ NO UTILIZAR MICROPUNTA O ESFEROS DE TINTA HÚMEDA (Tinta Roller Ball o Pluma Fuente
entre otros) PARA LA PRODUCCIÓN DOCUMENTAL. Tales bolígrafos por la clase de colorantes
y solventes que contienen son solubles en agua, tienden a expandirse, perder su coloración en corto
tiempo y aún en condiciones estables de almacenamiento presentan pérdida de legibilidad en la
información. Los documentos de archivo solo deben ser firmados con bolígrafo de tinta seca negra
insoluble, salvaguardándolos libres de rayas, resaltados, signos, anotaciones, material metálico y/o
adhesivo, o cualquier otro objeto, cuerpo o sustancia que los deteriore.
▪ Para el diligenciamiento de los formatos controlados o de cualquier otro documento que haga parte
de la ejecución contractual, se utilizarán exclusivamente bolígrafos de tinta negra seca, no es
permitido el uso de colores, resaltadores, correctores, micropuntas, plumas o elementos similares.
El diligenciamiento de los documentos debe realizarse con letra imprenta clara y legible, sin
tachones, ni enmendaduras.
▪ Corregir los documentos en versión digital, en vez de imprimir y realizar los ajustes sobre versiones
físicas.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 192 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Los documentos de archivo que se producen de forma electrónica, y/o digital debido a la ejecución
contractual, deberán organizarse manteniendo la estructura por componentes y cargarlos en carpeta
compartida, la cual será definida y parametrizada por el equipo de supervisión.
▪ Los documentos que se producen en entornos electrónicos como es el caso de los creados con el
paquete office (Word, Excel, PowerPoint, OneDrive) y que son utilizados por el Comedor
Comunitario, deben presentar características de integridad que aseguren la fidelidad del contenido,
origen, acceso, consulta y seguridad, por lo que una vez finalizado el trámite que se desarrolla sobre
los mismos, no se deberá efectuar ninguna alteración a su contenido, evidenciando el desarrollo de
las obligaciones contractuales pactadas.
▪ Los documentos almacenados en carpetas digitales, tendrán restricciones de acceso, consulta y
edición, siendo los profesionales sociales y coordinadores, los responsables de realizar
modificaciones y de mantener organizada la información por localidad, Comedor Comunitario,
número de convenio y vigencia, componente o subcomponente.
▪ La información que se encuentre en archivos Word, Excel, PowerPoint y que deba ser trasformada
en archivos PDF, debe garantizar la calidad de imagen o texto al 100%, evidenciando su legibilidad
e integridad, lo que asegura la lectura normal y total del documento.
▪ El documento debe tener completa legibilidad (por ejemplo, el menor tamaño de fuente para el texto:
claridad en los signos de puntuación, incluidos los decimales).
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 193 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Notas Generales:
La SDIS en desarrollo del presente convenio se compromete a cumplir a cabalidad los siguientes
compromisos:
1. Suscribir el acta de inicio, las modificaciones contractuales a que haya lugar y el acta de
liquidación del convenio.
2. Desembolsar al ASOCIADO la suma establecida en el proceso competitivo, con relación a los
aportes de la SDIS, previo descuento por los conceptos a que hubiese lugar.
3. Brindar acompañamiento técnico al ASOCIADO, en beneficio del cumplimiento oportuno y
eficiente del objeto del convenio de asociación.
4. Suministrar la información disponible y que se requiera para el proceso de atención y desarrollo
de cada uno de los componentes de la modalidad Comedores Comunitarios.
5. Servir de enlace con distintas entidades del Distrito Capital requeridas para el adecuado
desarrollo del objeto del convenio de asociación.
6. Designar la supervisión o contratar la interventoría del convenio de asociación.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 194 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
7. Designar el equipo técnico definido por el Proyecto 7745 Compromiso por una Alimentación
Integral en Bogotá.
8. Convocar mensualmente al ASOCIADO al Comité Local de Evaluación y Seguimiento de la
modalidad Comedores Comunitarios, a fin de realizar retroalimentación a la prestación del
servicio.
9. Crear los usuarios del ASOCIADO para el registro en el sistema de información misional, así
como, la instalación del aplicativo misional y brindar cualificación para registrar la información en
el sistema de información misional.
10. Socializar y entregar los documentos necesarios para la prestación del servicio en la modalidad
Comedores Comunitarios.
El ASOCIADO en desarrollo del presente convenio se compromete a cumplir a cabalidad los siguientes
compromisos:
1. Una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento del convenio de asociación, suscribir el
acta de inicio y las demás que se generen para la correcta ejecución y liquidación de este.
2. Disponer de una cuenta bancaria para la ejecución del convenio, en la cual se llevará el manejo
exclusivo de los recursos aportados por la SDIS. El ASOCIADO deberá entregar a la supervisión
o interventoría la certificación de la cuenta bancaria con vigencia menor a 30 días calendario. Si
el ASOCIADO presenta una cuenta bancaria que haya sido utilizada previamente para el manejo
de recursos propios, deberá estar certificada por parte de la entidad bancaria con saldo a cero.
3. Implementar las acciones correctivas necesarias para subsanar los hallazgos evidenciados en
las visitas de supervisión o interventoría, dando respuesta y cumplimiento a los planes de
mejoramiento y requerimientos generados, en los términos establecidos en los mismos.
4. Permitir la labor de la supervisión o interventoría, equipos técnicos y administrativos de la SDIS
y entidades externas con las que se articulen acciones con ocasión de la operación del Comedor
Comunitario y la ejecución del convenio.
5. Informar de manera inmediata y por escrito a la supervisión o interventoría, sobre las visitas
realizadas por entes de control a las instalaciones del Comedor Comunitario.
6. Asistir a las reuniones convocadas por la SDIS en el marco de la ejecución del convenio de
asociación y del Proyecto 7745 Compromiso por una Alimentación Integral en Bogotá.
7. Utilizar estrictamente las instalaciones del Comedor Comunitario para el cumplimiento del objeto
del convenio. En estas, NO se podrán ejercer actividades de proselitismo político, religioso,
ideológico, comercial o de cualquier otra índole.
8. Dar cumplimiento con lo establecido en el Decreto Distrital 389 de 2009 y demás normas
concordantes, por lo cual no podrá recibir ni recaudar donaciones, aportes voluntarios, cuotas de
corresponsabilidad o de participación.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 195 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
1. Construir la hoja de ruta del componente inclusión social por el tiempo de ejecución del convenio,
en el formato establecido por la SDIS y cargarla en la herramienta de almacenamiento de
información definida para tal fin.
2. Participar en la Mesa Local de Inclusión Social de acuerdo con las condiciones técnicas
establecidas por la SDIS y las convocatorias realizadas durante la ejecución del convenio.
3. Participar en la gestión y articulación intrainstitucional, interinstitucional e intersectorial que
aporte al fortalecimiento de las capacidades individuales y colectivas de los/as participantes del
Comedor Comunitario y sus hogares/familias y su acceso a la oferta de servicios nacionales,
distritales, locales y territoriales identificada, en coordinación con el profesional del Proyecto 7745
de la Subdirección Local para la Integración Social correspondiente.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 196 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
4. Desarrollar un (1) encuentro presencial para construir y concertar los Acuerdos de Convivencia
y Participación del Comedor Comunitario, con un mínimo de treinta (30) personas participantes
del Comedor Comunitario, atendiendo las orientaciones técnicas establecidas por la SDIS.
5. Publicar los acuerdos de convivencia y participación en un lugar visible del Comedor Comunitario,
por medio de herramientas didácticas con fines pedagógicos, de manera legible, sin alteraciones,
tachones o enmendaduras.
6. Diligenciar el instrumento Lectura de Realidades y concertar el Contrato Social Familiar con el
100% de los participantes del Comedor Comunitario y sus hogares/familias.
7. Referenciar a los participantes del Comedor Comunitario y sus hogares/familias a los servicios
sociales existentes, de acuerdo con la identificación de intereses y necesidades producto del
análisis del instrumento Lectura de Realidades - Contrato Social Familiar y realizar registro en la
ficha SIRBE vigente.
8. Implementar procesos de agricultura urbana orgánica con el 5% de participantes del Comedor
Comunitario de acuerdo con los lineamientos establecidos en el anexo técnico.
9. Desarrollar procesos de trasformación de alimentos con el 5% de hogares/familias participantes
del Comedor Comunitario que incluyan formación en manipulación de alimentos de mínimo 10
horas y formación práctica en transformación de alimentos de mínimo 4 horas.
10. Elaborar e implementar el plan de transformación de imaginarios socioculturales con mínimo el
60% de los hogares/familias participantes del Comedor Comunitario, atendiendo las
orientaciones técnicas establecidas en el anexo técnico.
11. Implementar la estrategia Cocinando en Familia con un (1) hogar/familia del Comedor
Comunitario, de acuerdo con los tiempos y procedimientos establecidos en el anexo técnico.
12. Desarrollar una (1) actividad mensual de sensibilización para la participación en las acciones de
inclusión social, dirigida a los participantes del Comedor Comunitario que no se encuentran
vinculados en estas acciones y a los participantes que ingresan a la modalidad de atención
producto de las activaciones durante la vigencia del convenio.
13. Desarrollar un (1) encuentro local de diálogo de saberes intercultural e intergeneracional
planeado, articulado y concertado en la Mesa Local de Inclusión Social.
14. Realizar seguimiento bimestral a los acuerdos concertados en el Contrato Social Familiar al
100% de los hogares/familias participantes del Comedor Comunitario, registrarlo en el
instrumento Lectura de Realidades – Contrato Social Familiar y en la Ficha SIRBE vigente.
15. Realizar seguimiento a los participantes del Comedor Comunitario que evidencian criterios de
egreso de acuerdo con los procedimientos y normatividad vigente, registrar el seguimiento en la
ficha SIRBE vigente y enviar reporte semanal al profesional local del Proyecto 7745
correspondiente, vía correo electrónico, con los respectivos soportes del seguimiento realizado.
16. Realizar seguimiento a los participantes del Comedor Comunitario que no cumplen con los
acuerdos pactados en el Acta de Compromiso, registrar el seguimiento en la ficha SIRBE vigente
y enviar reporte mensual en el formato establecido por la SDIS al profesional local del Proyecto
7745, vía correo electrónico, con los respectivos soportes del seguimiento realizado. Cuando los
participantes incurran en faltas que generan suspensión o egreso inmediato, de acuerdo con lo
pactado en el Acta de Compromiso, enviar reporte el mismo día de ocurrencia de la falta en el
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 197 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
formato establecido por la SDIS al profesional local del Proyecto 7745, vía correo electrónico,
con los respectivos soportes.
17. Actualizar la información diligenciada en la ficha SIRBE vigente cuando presente modificación
en las variables básicas, variables transversales, ubicación geográfica, información básica y
transversal sobre la familia, de acuerdo con las orientaciones definidas por la SDIS y enviar
reporte quincenal al profesional local del Proyecto 7745, vía correo electrónico, con los
respectivos soportes de actualización que se requieran.
18. Participar en encuentros de fortalecimiento técnico, mesas de inclusión social, mesas de trabajo,
comités y demás espacios de acuerdo con las convocatorias realizadas por la Secretaría Distrital
de Integración Social para la implementación del componente inclusión social y el Proyecto 7745
Compromiso por una Alimentación Integral en Bogotá.
1. Dar cumplimiento con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 y demás normas concordantes
y complementarias, así como los lineamientos técnicos establecidos por el Ministerio de Salud y
Protección Social, el INVIMA y la SDIS.
2. Contar con el acta de inspección sanitaria con enfoque de riesgo para establecimientos de
preparación de alimentos, emitida por la autoridad sanitaria competente con concepto sanitario
favorable, favorable con requerimientos con fecha de expedición inferior a un (1) año
3. Contar con los conceptos sanitarios favorables o favorable con requerimientos con fecha no
superior a un (1) año de los proveedores directos de pollo, pescado, cárnicos, leche y derivados,
productos a base de huevo y pulpas de fruta. Adicionalmente para pollo y carne presentar
autorización sanitaria de acuerdo con el Decreto 1500 de 2007, lácteos y derivados registro
sanitario de acuerdo con la Resolución 719 de 2015.
4. Cumplir con lo establecido en la Resolución 2674 de 2013, capítulo VII, artículo 29 y demás normas
vigentes relacionadas con el transporte de alimentos.
5. Brindar alimentos con la calidad, en la cantidad, oportunidad y logística requerida, manteniendo a
disposición las remisiones o facturas de los alimentos y elementos de aseo en el Comedor
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 199 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
1. Entregar a la supervisión o interventoría la relación del talento humano requerido para la operación
del Comedor Comunitario y los documentos soporte de acuerdo con las condiciones y tiempos
establecidos en el anexo técnico, para su correspondiente verificación y aprobación. En caso de
requerirse reemplazos, se deberá cumplir con el mismo procedimiento.
2. Contratar al talento humano requerido en la proporción y condiciones indicadas en el anexo
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 201 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
técnico.
3. Garantizar la permanencia y proporción del talento humano establecido en el anexo técnico para
la prestación del servicio, durante el plazo de ejecución del convenio.
4. Reemplazar al talento humano que, por fuerza mayor, caso fortuito o incapacidad, no preste sus
servicios en el Comedor Comunitario, o de manera inmediata cuando se presente renuncia
voluntaria; dando cumplimiento con los requisitos de formación y experiencia pertinentes, así como
con los soportes mencionados en el anexo técnico, contrato, afiliación a seguridad social y ARL.
5. Proveer en un porcentaje del cinco por ciento (5%) de los servicios requeridos para la ejecución
del convenio por parte de población en pobreza extrema, desplazados por la violencia, personas
en proceso de reintegración o reincorporación y sujetos de especial protección constitucional, de
manera que no se ponga en riesgo su cumplimiento adecuado, conforme lo establecido en el
artículo 2.2.1.2.4.2.16. del Decreto 1860 de 2021.
6. Vincular y mantener el mínimo de mujeres para la ejecución del convenio, de acuerdo con los
porcentajes establecidos en el Decreto 332 de 2020, con plena observancia de las normas
laborales o contractuales aplicables.
7. Gestionar con la Administradora de Riesgos Laborales – ARL, la identificación de los peligros, la
evaluación y valoración de los riesgos de seguridad y salud en el trabajo, con el fin de prevenir los
accidentes de trabajo y enfermedades laborales en las personas, daños en la propiedad y en los
procesos.
8. Definir e implementar las medidas de control en términos de seguridad y salud en el trabajo
derivadas de la matriz de identificación de los peligros, la evaluación y valoración de los riesgos
seguridad y salud en el trabajo.
9. Garantizar que el equipo de cómputo cumpla con los requisitos para la instalación, funcionamiento
y acceso a los sistemas y aplicativos de la SDIS.
10. Realizar mantenimiento preventivo a los equipos de cómputo, en periodos no mayores a dos (2)
meses y actualizar el antivirus de manera permanente por los medios idóneos.
11. Garantizar que el Comedor Comunitario cuente con conexión a internet, de acuerdo con las
especificaciones contenidas en el anexo técnico durante la jornada de prestación del servicio.
12. Realizar registro de asistencia diaria de los participantes del Comedor Comunitario en el aplicativo
web RAD – Registro de Asistencia Diaria a Comedores, de conformidad con lo establecido en el
Manual de Usuario Funcional Coordinador (Código: MNL-SMT-007) de la SDIS y en el Lineamiento
vigente para autorizar el registro de asistencia por fuera del horario establecido.
13. Entregar cuando sea el caso, a la supervisión o interventoría del convenio, copia del contrato de
arrendamiento a más tardar dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la firma del acta
de inicio, el cual deberá contener el número de cuenta bancaria en la cual realizará el pago del
canon de arrendamiento.
14. Contar con un buzón de sugerencias a disposición de la ciudadanía, en cumplimiento a la
normatividad vigente y los lineamientos emitidos por la SDIS.
15. Garantizar la asistencia del representante legal del ASOCIADO al Comité Local de Seguimiento y
Evaluación. En caso de que el representante legal requiera asistir a varios comités programados
en la misma fecha podrá asignar un apoderado por medio de una autorización escrita, quien lo
representará en dichos espacios. En ninguna circunstancia esta obligación podrá ser delegada al
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 202 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
sea por inexistencia total o parcial de proveedores de los alimentos requeridos el ASOCIADO lo
hará saber de inmediato al supervisor o interventor del convenio, mediante comunicación escrita
y allegando los documentos que evidencien esta situación. El supervisor o interventor del
convenio, previa consulta que realice a la secretaría técnica de la Mesa Técnica Distrital de
Compras Públicas Locales de Alimentos, impartirá las instrucciones para que pueda dar
cumplimiento a la obligación legal de comprar localmente a estos productores.
8.2.2.4.1. Compromisos con relación a la entrega de bienes para los ASOCIADOS que presten
el servicio en infraestructura de propiedad de la SDIS.
1. Hacer buen uso y responder por los bienes que le sean entregados para la ejecución del convenio,
así como, restituirlos a la finalización del mismo, mediante acta, con sus respectivas placas de
inventarios en buen estado de conservación y funcionamiento, salvo el deterioro normal de uso, de
conformidad con lo establecido en el numeral 4.4 del “Manual de Procedimiento Administrativo y
Contable para el Manejo y Control de los Bienes de las Entidades Públicas del Distrito Capital”
(Resolución 001 de 2001 para el Distrito Capital), la cual fue adoptada por la SDIS, mediante la
Resolución 223 de 2002.
2. Recibir en calidad de préstamo de uso, los bienes devolutivos relacionados mediante acta de
levantamiento físico de inventario realizado por la SDIS en la cual consta: la cantidad,
especificaciones y valor de los bienes; acta que indica que las partes acuerdan, hace parte integral
del presente convenio.
3. Recibir en calidad de préstamo los bienes de consumo controlado que la SDIS entregue al
Comedor Comunitario durante la ejecución del convenio.
4. Participar activamente en la diligencia de entrega en la que se levantará el acta que suscribirán
conjuntamente el delegado del ASOCIADO y la SDIS.
5. En caso de pérdida, daño o hurto de uno o varios de los elementos objeto del convenio, este deberá
realizar la reposición del respectivo elemento, por uno de iguales o similares características, de
acuerdo con lo establecido en los numerales 3.2.12 y 5.5 del Manual de Procedimientos
Administrativos y Contables para el Manejo y Control de los Bienes de los Entes Públicos del
Distrito Capital, expedido por la Secretaría de Hacienda, Dirección Distrital de Contabilidad
mediante Resolución No. 01 de septiembre de 20 de 2001, y demás normas concordantes
6. Responder por los daños que los bienes entregados en calidad de préstamo causen a terceros.
7. Suscribir el Acta de Entrega a la SDIS de los bienes devolutivos, así como del estado de los bienes
de consumo controlado, que se hayan entregado al Comedor Comunitario durante la ejecución del
convenio, dentro del mes siguiente a la terminación de este.
9.1. PLAZO
El plazo de ejecución del convenio será de 8 MESES contados a partir de la fecha de suscripción del
acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del convenio.
Parágrafo Primero: De presentarse situación de fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible
continuar la ejecución, la SDIS queda facultada para suspender el plazo de ejecución del convenio,
ceder o terminar el mismo de común acuerdo, lo cual bastará con el envío de un aviso escrito al
ASOCIADO, caso en el cual no tendrá que justificar, probar o motivar su decisión, ni tampoco se
causará el pago de alguna suma de dinero a favor del ASOCIADO a título de compensación,
indemnización o reembolso.
Nota: Los días de operación del convenio corresponden a los días en los que se realiza la entrega del
apoyo alimentario lunes a sábado, sin incluir festivos, ni sábado correspondiente al periodo de la
semana santa.
9.2. DESEMBOLSOS
La SDIS desembolsará al ASOCIADO el valor del presente convenio mensualmente con corte a último
día de cada mes, así:
▪ El primer desembolso se realizará por el período comprendido entre la fecha del acta de inicio y la
fecha de corte del primer mes de ejecución.
▪ El último pago corresponderá al período comprendido entre la fecha de corte y la fecha final de
operación del convenio.
▪ Los desembolsos se realizarán previa presentación por parte del ASOCIADO de los siguientes
documentos:
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 206 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Nota 1: El desembolso del último pago se realizará una vez presentado el informe final de ejecución
del convenio, aprobado a conformidad por la supervisión o interventoría.
Nota 2: La supervisión o interventoría realizará visitas de cierre en las cuales verificará el estado final
de cumplimiento de los compromisos generales y específicos de los componentes inclusión social,
alimentación, nutrición y salubridad, ambiental, administrativo y financiero, y gestión documental; y el
estado de las medidas contractuales (Observaciones, planes de mejoramiento y requerimientos) que
se encuentren en estado abierto. Si las medidas contractuales permanecen en estado abierto una vez
finalizada la visita de cierre, se generará requerimiento, el cual deberá ser respondido por el
ASOCIADO en un tiempo máximo de tres (3) días hábiles.
El desembolso del último pago se realizará una vez el ASOCIADO subsane los hallazgos que dieron
origen al requerimiento.
▪ La supervisión o interventoría como parte del procedimiento de pago no reconocerá las raciones
registradas en el aplicativo RAD por fuera de los parámetros establecidos en el presente anexo
técnico.
Parágrafo Primero: Para todos los efectos de la ejecución del convenio de asociación se entenderán
los meses de 30 días.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 207 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
▪ Número de pago.
▪ Número de convenio y vigencia.
▪ Período facturado.
▪ Nombre del Comedor Comunitario
▪ Localidad.
▪ Cupos validados (raciones entregadas en el período).
▪ Costo descuentos (Cuando aplique).
Parágrafo Tercero: Para cálculo del valor a pagar en cada desembolso se debe tener en cuenta lo
siguiente:
▪ Costos Variables: Los costos variables tienen el mayor peso en el total de la estructura de costos
(aproximadamente el 70%) y corresponden al rubro valor minuta – alimentos. Dicho valor se
reconocerá mensualmente al ASOCIADO con base en la asistencia de participantes reportada en
el Registro de Asistencia Diaria e Informe de Ejecución del Aplicativo RAD.
▪ Costos Fijos: Dentro de esta tipología de costos se encuentran aquellos cuyo pago al ASOCIADO
no está en función de la cobertura atendida. Dentro de esta clasificación se encuentran los rubros
de talento humano, espacio físico funcional, servicios públicos, internet y, reconocimiento al
desgaste y uso de los bienes. Dichos costos serán causados mensualmente sin superar el valor
mensual determinado en la estructura de costos.
▪ Costos por Realización: Estos costos corresponden a los rubros dotación talento humano,
elementos de aseo y desinfección, archivo, menaje en sitio, menaje portable y bolsas, elementos
de apoyo para el desarrollo de actividades de inclusión social y papelería e impresos. Se
reconocerán únicamente cuando se ejecuten, sin superar el valor determinado en la estructura de
costos.
Parágrafo Cuarto: Para que la SDIS efectúe los pagos derivados del presente convenio, el
ASOCIADO deberá presentar ante la supervisión o interventoría y adjunto al informe mensual de
ejecución financiera los soportes de cada uno de los ítems establecidos en la estructura de costos así:
Rubros Soportes
Rubros Soportes
soporten las compras públicas locales de alimentos.
Servicios públicos (Agua, luz y gas) - Facturas de servicios públicos y recibo de pago según
corresponda.
Reconocimiento al desgaste y uso de los - Auxiliar contable donde se refleje el gasto correspondiente
bienes no consumibles (Muebles, equipos, al desgaste y uso de los bienes no consumibles.
utensilios y menaje) - Certificación firmada por el contador y/o revisor fiscal.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 209 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Rubros Soportes
Dotación Recurso Humano (Responsable del - Factura electrónica y/o documento equivalente.
servicio, nutricionista y Auxiliar Administrativo. - Acta de entrega de dotación al talento humano.
Parágrafo Quinto: La SDIS consignará los desembolsos en una entidad financiera indicada por el
ASOCIADO, donde este posea una cuenta corriente o de ahorros, afiliada al sistema automático de
pagos - SAP que maneja la Tesorería Distrital de Bogotá, para el manejo exclusivo de los recursos
aportados por la SDIS.
Parágrafo Sexto: Los desembolsos estipulados estarán sujetos a la programación de los recursos del
Programa Anual de Caja - PAC y a su disponibilidad en la Tesorería Distrital, y las sumas
correspondientes serán consignadas en la cuenta que para el efecto suministre el ASOCIADO.
La supervisión o interventoría verificará el cumplimiento de los requisitos para la ejecución del presente
convenio y ejercerá las obligaciones asignadas en el convenio y anexo técnico y las establecidas en
el Manual de Contratación y Supervisión.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 210 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
En caso de no haber interventoría contratada o que ésta no ejerciera sus funciones o por cualquiera
otra causa constitutiva de fuerza mayor o caso fortuito, la vigilancia será ejercida por el Subdirector de
Abastecimiento, o por aquel a quien delegue el ordenador del gasto.
El supervisor o interventor deberá actuar en oportunidad con el fin de verificar el cumplimiento por parte
del ASOCIADO en lo que tiene que ver con el desarrollo de sus actividades y la prestación del servicio
en armonía con los lineamientos técnicos, conceptuales, metodológicos y operativos del Proyecto 7745
“Compromiso por una Alimentación Integral en Bogotá”
En virtud del artículo 83 de la ley 1474 de 2011, el supervisor podrá contar con apoyo a la supervisión
por parte de un profesional o un equipo de profesionales, sin que dicho apoyo implique el traslado de
la responsabilidad del ejercicio de la supervisión.
El ASOCIADO deberá presentar informes mensuales e informe final de ejecución del convenio
atendiendo los siguientes lineamientos:
▪ Ser preparados en lenguaje sencillo, fácil y entendible, tratando los asuntos de forma precisa y
concisa y de manera consecuente con los resultados de la ejecución del convenio.
▪ Contener la información necesaria del cumplimiento del objeto del convenio, de manera que permita
una comprensión adecuada de los asuntos que se informan y de la magnitud e importancia de la
ejecución del convenio.
▪ Contener la información cualitativa y cuantitativa que permita evidenciar las actividades
desarrolladas para dar cumplimiento a los compromisos generales y específicos por componente
(Inclusión social, Alimentación, nutrición y salubridad, Ambiental y Administrativo y financiero), y la
totalidad de soportes digitalizados.
▪ Presentar en el modelo de informe mensual de ejecución y modelo de informe final de ejecución de
convenio suministrados por la SDIS.
▪ Ser suscritos por el profesional responsable del componente, según corresponda, y del
representante legal de la Entidad Sin Ánimo de Lucro. Para el caso del informe mensual de
ejecución financiera, deberá ser firmado adicionalmente por el contador público del ASOCIADO.
Los informes mensuales deberán reflejar el cumplimiento de los compromisos generales y específicos
para cada periodo de ejecución, con corte del primer al último día de cada mes; y ser presentados en
medio digital a la supervisión o interventoría, dentro de los primeros cinco (5) días calendario de cada
mes, vía correo electrónico, de acuerdo con las orientaciones dadas por la SDIS.
Los informes mensuales de ejecución financiera deberán ser presentados en la visita financiera de
seguimiento adjuntando la totalidad de soportes contables digitalizados.
Código: FOR-AD-031
PROCESO ADQUISICIONES
Versión: 0
FORMATO ANEXO TÉCNICO Fecha: Memo Int 29773 –
DECRETO 092 DEL 2017 05/06/2018
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 211 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
El informe final deberá reflejar el cumplimiento de los compromisos generales y específicos durante la
ejecución del convenio desde el primer hasta el último día de ejecución; y ser presentado en medio
digital a la supervisión o interventoría dentro de los quince (15) días calendario posteriores a la fecha
de finalización del convenio, vía correo electrónico, de acuerdo con las orientaciones dadas por la
SDIS.
En caso de requerirse ajustes, el ASOCIADO tendrá un término máximo de dos (2) días calendario
para la presentación de dichos ajustes.
Elaboración: Elaboración
Elaboración: Elaboración
Elaboración: Elaboración
Elaboración: Elaboración
Omaida Ayala
63453323
oayala@sdis.gov.co
Nutricionista
SDIS
REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS
ANEXO TECNICO COMEDORES COMUNITARIOS_PROCESO
COMPETITIVO 2023_31012023
SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL
2023-01-31T20:05:29-05:00 - Pagina 213 de 216
Acuerdo: 20230131-183516-ef43e8-10962940
Elaboración: Elaboración
Elaboración: Elaboración
Elaboración: Elaboración
Elaboración: Elaboración
Firma: Firmante
Revisión: Revisión
Revisión: Revisión
ENVIO, LECTURA
TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO
Y RESPUESTA
Omaida Ayala Env.: 2023-01-31 18:35:17
oayala@sdis.gov.co Lec.: 2023-01-31 19:21:13
Elaboración Aprobado
Nutricionista Res.: 2023-01-31 19:21:19
SDIS IP Res.: 172.225.250.121
ENVIO, LECTURA
TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO
Y RESPUESTA
Luis Eduardo Espinosa Muñoz Env.: 2023-01-31 20:04:18
leespinosa@sdis.gov.co Lec.: 2023-01-31 20:04:50
Revisión Aprobado
Contratista Res.: 2023-01-31 20:05:01
SDIS IP Res.: 191.95.52.74