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Examen
Examen
Examen
verdaderas y falsas de los temas y subtemas de las unidades tres y cuatro del
programa que se han estudiado y analizado en el curso. En el examen habrá
algunas falsas que podrán ser identificadas por contener algún dato o palabra
diferente a estas y algunas palabras o frases que se tendrán que usar para
completar el párrafo.
1.- Para dejar expuesto un concepto de lo que debemos entender por tributo,
partiremos de la disposición del artículo 31 fracción IV constitucional que establece
la obligación de “…contribuir para los gastos públicos , así de la Federación, de los
Estados y Municipio en que residan , de la manera proporcional y equitativa que
dispongan las leyes”. VERDADERO
3.-La obligación tributaria ha sido definida por Emilio Margáin como el vínculo
jurídico en virtud del cual el Estado, denominado sujeto activo, exige a un deudor,
denominado sujeto pasivo, el cumplimiento de una prestación pecuniaria
excepcionalmente en especie. VERDADERO
5.-Cuando se habla del objeto del tributo, se está haciendo referencia a lo que
grava la ley tributaria y no al fin que se busca con la imposición. Podemos definir
al objeto del tributo como la realidad económica sujeta a imposición, como por
ejemplo, la renta obtenida, la circulación de la riqueza, el consumo de bienes o
servicios, etc. El objeto del tributo quedará precisado a través del hecho imponible.
VERDADERO
12.-Los impuestos según su finalidad son con fines fiscales aquellos que se
originan atendiendo la necesidad del estado de recaudar los ingresos necesarios
para cubrir el presupuesto de egresos del país.
15.-Los impuestos específicos son los que se fijan a partir de una medida
específica como puede ser peso, medida, volumen, cantidad y tamaño del objeto
gravado.
16.-Los impuestos especiales son los que recaen sobre una actividad especifica
de forma exclusiva.
27.-La doctrina señala que los derechos o tasas son contraprestaciones que los
particulares pagan al Estado por la prestación de un servicio determinado.
FALSO
28.- Raúl Rodríguez Lobato considera que la contribución especial es la prestación
en dinero establecida por el Estado conforme a la ley, con carácter obligatorio, a
cargo de personas físicas y morales por el beneficio especial que supone para
ellas la realización de una actividad estatal de interés general o porque ellas han
provocado dicha actividad, que debe destinarse a sufragar los gastos de esa
misma actividad. VERDADERO
32.-La justificación o las razones por las que la figura de la exención existe son:
a. Búsqueda de equidad
b. Conveniencia social, y por;
c. Razones de política económica
34.-Toda ley impositiva debe contener dos tipos de preceptos; unos de carácter
declarativo, que son los que se refieren al nacimiento de la obligación fiscal y a la
identificación del causante y, en su caso, de las personas que, además del
causante, tienen responsabilidad fiscal; y otros de carácter ejecutivo, que son los
que se refieren a los deberes del causante y, en su caso, de las personas que
además de él tienen responsabilidad fiscal para el cumplimiento pleno y oportuno
de la obligación fiscal.
35.-El límite espacial de la ley fiscal se refiere al territorio en el cual la ley se aplica
y produce sus efectos, es decir, a su zona o área de vigencia.
36.-El límite temporal de la ley fiscal consiste en el periodo previsto para que la ley
esté en vigor, así como al momento previsto para que la ley este en vigor, así
como al momento previsto para que la ley entre en vigor.
37.-El límite constitucional del poder tributario del Estado está constituido por los
siguientes principios, establecidos por la Constitución General de la República: de
legalidad; de proporcionalidad y equidad; de generalidad; de igualdad; de
destinación de los tributos a satisfacer los gastos públicos; de irretroactividad de la
ley; de la garantía de audiencia; del derecho de petición; y de no confiscación de
bienes.
38.-Las leyes fiscales, como todas las demás, deben ser interpretadas para su
correcta aplicación al caso concreto de que se trate, sobre todo si se presenta el
problema de una deficiente formulación lingüística o técnica jurídica de la norma
tributaria.
39.-Giuliani Fonrouge nos dice que codificar es, en esencia, crear un cuerpo
orgánico y homogéneo de principios generales regulatorios de la materia tributaria
en el aspecto substancial, en lo ordinario y en lo sancionatorio, inspirado en la
especificidad de los conceptos y que debe servir de base para la aplicación e
interpretación de las normas. VERDADERA
40.-El reglamento es como dice Fraga, una norma o conjunto de normas jurídicas
de carácter abstracto e impersonal que expide el Poder Ejecutivo en uso de una
facultad propia y que tiene por objeto facilitar la exacta observancia de las leyes
expedidas por el Poder Legislativo, y por ello hemos afirmado que el reglamento
es un instrumento de aplicación de la ley.