Justice">
Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Universidad Cesar Vallejo Facultad de Derecho

Descargar como docx, pdf o txt
Descargar como docx, pdf o txt
Está en la página 1de 11

Universidad cesar vallejo

Facultad de derecho

Tema: parricidio

Curso: derecho penal

Prof:

Integrantes

Acuña alva roley

Cariapaza Salvatierra, susan mercy

Celis chingay, Henry Alexander

Huariapata roca,victor
Dedicatoria

Este presente trabajo está dedicado primeramente a


Dios
y a nuestros compañeros de la facultad quienes nos
muestran su apoyo incondicialmente para así sobresalir
ante las adversidades.
Índice
1. Dedicatoria

2. Introducción

3. Historia y origen del parricidio

4. Concepto

5. Ejemplos 1 y 2

6. Conclusiones

7. Bibliografía
Introducción

El parricidio consiste en arrebatar la vida a tu ascendiente o descendiente, dada la gravedad del


delito es menester encontrar la problemática social que conlleva a cometer este hecho delictivo,
más aún cuando en nuestro país han habido algunos casos de hijos que asesinan a sus padres, ya
sea por peleas constantes originario de una convivencia insalubre y otros por el solo hecho ruin de
obtener un bien material. Es por eso que este trabajo monográfico es conocer a cabalidad la
figura punible del parricidio.

El propósito de este trabajo es esclarecer la complejidad del tema, ya que si bien se ha escuchado
algunos casos en nuestro país, no se tiene claro en qué consiste, qué lo causa, o cuál es la
consecuencia jurídica para quien perpetra este crimen.
El motivo de este ensayo  es el alarmante número de casos que se han suscitado en los últimos
años y que han sido de conocimiento público, y también por la naturaleza de esta figura delictiva
que consiste en quitarle la vida a tu padre o a tu madre.
Historia y origen del parricidio
El parricidio comienza desde la época de la antigua roma, en donde la palabra parricidio
proviene del verbo latín parricidium y la palabra pariente en latín significa parens).
En el derecho romano califica todo homicidio desde la ley de las XII tablas la ley de la
igualdad romana) donde el parricidio se entiende como la muerte de los padres
ocasionado por los hijos;
Se puede mencionar que ha existido antiguamente castigos que se daban a los sujetos
que cometían dicho delito entre ellos tenemos el:
Poena Cullei:
Como su nombre en latín lo indica, “la Pena del Saco”, se aplicaba en la antigua Roma a
aquellos hijos que mataban a sus padres,  cuyo primer registro se remonta al año 101 a.C.
Por matar a su padre, un individuo era obligado a llevar zuecos de madera (así se evitaba
el escape), después lo metían en un bolso con ciertos animales como el gallo, simio, perro
y la víbora luego cerraban el saco y lo lanzaban a un río como sentencia de muerte por el
determinado delito

En nuestra historia también nos menciona sobre la tradición judeo-cristiana que se ha


basado en la historia del sacrificio de Isaac (la prueba de la fe de Abraham) para afirmar
que su Dios desaprueba expresamente el parricidio.
Concepto de parricidio
El parricidio es una palabra que se empieza a hacer conocida pero que aún no se tiene
claro qué significa o por qué se llama así, se le dice parricida a quien le da muerte a sus
padres o a sus hijos, esto quiere decir que el parricidio es una figura delictiva como el
homicidio pero con el agravante puesto por tratarse del parentesco o filiación que existe
entre la víctima y el victimario.

El parricidio en nuestro actual Código Penal peruano tipifica de este modo el delito:

En el artículo 107 nos dice: “El que a sabiendas mata a su ascendiente, descendiente,
natural o adoptivo, o a una persona con quien sostiene o haya sostenido una relación
conyugal o de convivencia, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de
15 años”.

El bien jurídico protegido de este delito es la vida, lógicamente, pero el agravante no viene
por atentar contra la vida misma, sino por la importancia que hay respecto de los lazos
sanguíneos que existe entre ambos, lazos inseparables que convierten, a mi parecer, en el
crimen más grande que se pueda cometer.
Según nuestro código existen características para la configuración del delito de parricidio,
esto hace suponer que se trata de un delito especial, porque solo comete parricidio quien
cumple con las características indicadas. El que a “sabiendas” mata a su ascendiente o
descendente, nos da a entender que se necesita el conocimiento real de la existencia de
parentesco entre el sujeto activo y el sujeto pasivo, esto es, que el homicida este
consciente de estar matando a otro y que esa víctima sea uno de los enumerados en el
107. Basta  que el culpable sepa que la víctima es su pariente, aunque no haya
reconocimiento legal. En el caso que no exista tal certeza en el momento del hecho
delictivo, entonces no habrá configuración del delito de parricidio.
Por otro lado, la modalidad de dolo es debatible, algunos dicen que el dolo directo y el
dolo indirecto son los  únicos tipos de dolo que encajan en este delito, sin embargo, otros
aseguran que el dolo eventual también podría bastar para que se configure el tipo penal
que prescribe el artículo 107 del nuestro código. También existe el parricidio por omisión,
y en el ámbito de la tentativa puede haber tentativa de parricidio en sus modalidades
acabada e inacabada.
En nuestro país como en todo el mundo existen casos de parricidio donde el hijo o hija
mata a su padre o madre, mayormente sucede así y no al revés, aunque no se discute que
existan casos de padres que han dado muerte a sus propios hijos.

Ejemplos:

Caso n1: parricidio y homicidio calificado


Este caso es de YANETT ERIKA QUINTO GRANADOS de 39 años quien asesino a su esposo
el jefe zonal del programa juntos de Ayacucho Héctor Yancce Vargas de 49 años;
quien murió al interior de su vivienda ubicada en el pasaje Infiernillo N° 120 del distrito de
San Juan Bautista en la provincia de huamanga en el departamento de Ayacucho siendo
fecha 23 de agosto del año 2015
Muerte.-  El cuerpo de la víctima fue hallado en medio de un charco de sangre con cortes
en el cuello y el estómago; Dieciséis puñaladas fueron contundentes para que el
trabajador pierda la vida en cuestión de segundos sin que nadie pueda auxiliarlo.
Sentencia.- La Corte Superior de Justicia de Ayacucho a través del Juzgado Penal Colegiado
de Huamanga dictó sentencia contra la acusada YANETT ERIKA QUINTO GRANADOS a 20
años de pena privativa de libertad, por ser autora del delito contra la vida, el cuerpo y la
salud en la modalidad de Parricidio Agravado, con gran crueldad, en agravio de quien en
vida fue Héctor Yancce Vargas, el ilícito penal previsto y sancionado por el segundo
párrafo , supuesto que concurre, la circunstancia agravante prevista en el numeral 3 (con
gran crueldad) del artículo 108 y del artículo 107 del Nuevo Código Procesal Penal, en
concordancia con el primer párrafo, supuesto: el que, a sabiendas, mata a una persona
con quien sostiene una relación conyugal y tercer o último párrafo del artículo, será
condenado a “ VEINTE AÑOS de pena privativa de libertad efectiva.
Caso n2: parricidio, declarado inimputable

Este caso es de Antonio Arpasi quien asesinó y descuartizó a sus padres y también a sus
cuatro hermanas hecho cometido en una noche de agosto de 1925 sucedido en el
altiplano.
El homicida fue detenido cuando iba a desayunar el corazón de su madre y de su
hermana; el muchacho sufría de alteraciones mentales.
Este último atroz crimen hace notar la figura de las alteraciones mentales que puede tener
una persona, en estos tipos de casos la persona que comete este delito será inimputable,
esto quiere decir que no será condenado por la falta de capacidad psíquica para conocer
la antijurícidad de la conducta, dicho de otro modo, no podrá responder por lo cometido
porque no tiene la capacidad mental para conocer el injusto.
De otro lado es importante encontrar las causas que llevan a un hijo matar a sus padres o
viceversa y reconocer las características personales de quienes suelen cometer este delito.

Caso n3:

Juliet Hulme y Pauline Parker.- se conocieron en el colegio, juliet de 16 años una


niña de familia adinerada que sufría de tuberculosis que vivía en África y que luego se
mudaron a nueva Zelanda y Pauline era una niña de 15 años, en las que se conocieron y
formaron un lazo muy fuerte en la que siempre paraban juntas, al ver estos los padres de
la relación obsesiva de juliet y Pauline decidieron separarlas; mandando a juliet de nuevo
África, en donde pauline pide permiso a su madre para que acompañe, al negarle el
permiso juliet y pauline tramaron un terrible plan, el 22 de junio del año 1954 las dos
chicas paseaban con madre de pauline por el parque victoria en la ciudad de  Christchurch,
en donde pauline saco un ladrillo envuelto en una tela y le encesto en la cabeza de su
madre no dando muerte a su madre siguió propiciando los golpes con el ladrillo algo de
40 veces dándole la muerte al fin a su propia madre. Por ser menores de edad no fueron
sentenciadas a la pena de muerte pero si fueron recluidas cada una en un centro distinto
por 5 años dándoles la libertad con la condición de no volverse ver.
Y lo podemos ver en la película criaturas celestiales.

Caso n4:
John Emil LIST El Parricida de Westfield

• Clasificación: Asesino en masa
• Características: Afirmó que mató a su familia para que fuera más rápidamente al
Cielo; lejos de una vida de estrecheces económicas y pecado
• Número de víctimas: 5
• Fecha del crimen: 9 de noviembre de 1971
• Fecha de la detención: 1 de junio de 1989
• Fecha de nacimiento: 17 de septiembre de 1925
• Perfil de las víctimas: Su esposa, Helen, de 45 años; sus hijos, Patricia (16), John
(15), Frederick (13) y su madre, Alma (84)
• Método: Arma de fuego
• Localidad: Westfield, Estados Unidos (Nueva Jersey)
• Estado: Condenado a 5 cadenas perpetuas el 1 de mayo de 1990. Murió en prisión
el 21 de marzo de 2008

 
Conclusiones

 Nuestro ordenamiento jurídico contiene explícito y detallado análisis sobre esta


figura de parricidio, tipificado en nuestro código como un agravante del homicidio.

 Sin duda existen muchos casos de parricidio en nuestro país cometidos


mayormente por los hijos que dirigen su odio o su ambición  hacia sus padres
poniéndoles fin a sus vidas y encajando perfectamente en esta figura delictiva
llamada parricidio.

 Lo que lleva a una persona a cometer un delito como este es producto de una
convivencia insana, sin respeto alguno por los familiares y de aspectos personales
o características individuales enfermizas que pueden llegar hasta la enfermedad
mental.
   
BIBLIOGRAFÍA

 Código Penal, Capítulo II: Parricidio (Art. 107). (2013) Perú: Juristas Editores.
 Francisco González de la Vega Derecho Penal Mexicano Ed. Porrua 2000.
 BETANCOURT LOPEZ Eduardo, Delitos en Particular, Editorial Porrua.
 PEÑA CABRERA, Raúl, "Tratado de Derecho Penal, Parte Especial", t. I, Ed. Jurídicas,
Lima, Perú, 1994, p. 90.
 PEÑA CABRERA, "Tratado de Derecho Penal, Parte Especial", t. 1, Ediciones
jurídicas, 1994, p. 90.
 HURTADO POZO, JOSE, "Manual de Derecho Penal", parte especial, "Homicidio y
Aborto", Lima, Perú, 1982, ps. 92/93.
 http://elcomercio.pe/lima/policiales/escalofriantes-casos-parricidios-publicados-
comercio-noticia-1716544
 http://www.juridicas.unam.mx/
 http://www.mitareanet.com/colaboraciones/ediporey.htm
 http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0717-
92272008000300007&script=sci_arttext

También podría gustarte