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Divorcio

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Instituto de estudios superiores “Rosario Castellanos”

101

García hidalgo María Fernanda

“divorcio”

Acto jurídico y personas


DIVORCIO
La naturaleza jurídica del divorcio es un acto jurídico unilateral o bilateral que
disuelve el vínculo matrimonial en vida de los cónyuges, decretado por un juez
familiar o un juez del Registro Civil, dejándolos en aptitud de contraer otro. El
Código Civil Federal de México expresa que “el divorcio disuelve el vínculo del
matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro”. En cambio, el
Código Civil para la Ciudad de México, en su artículo 266, agrega el divorcio sin
causa y expresa: “El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los
cónyuges en aptitud de contraer otro.

Clasificación del divorcio


El divorcio se clasifica en:
-divorcio voluntario: Esta clase de divorcio se da como consecuencia del
acuerdo de voluntades entre los conyugues para terminar con el matrimonio.
-divorcio administrativo: En este caso el juez del registro civil, que será la
autoridad competente previa identificación de los conyugues, levantara un
acta, en la que hará constar la solicitud de divorcio, y los solicitara a los 15 días
para que ratifique su solicitud.
-divorcio voluntaria contencioso: La acción de divorcio en este caso se somete
al juez de lo familiar o al juez de lo civil, que es la autoridad competente. En
este caso lo denominaremos divorcio voluntario por la vía judicial.
-Divorcio necesario o casual: No existe acuerdo entre los cónyuges respecto al
divorcio, uno quiere divorciarse y el otro no, por una o varias de las causales
que para demandar el divorcio establece el Código Civil en su artículo 266.
-Divorcio unilateral por la vía judicial: El divorcio termina con el vínculo del
matrimonio y deja a los cónyuges en posibilidad de contraer nuevas nupcias. El
divorcio podrá solicitarse por uno o ambos cónyuges, cuando cualquiera de
ellos lo pida a la autoridad judicial competente, manifestando su voluntad de
no querer continuar con el matrimonio, sin que para ello sea necesario señalar
la causa por la cual se solicita, pero únicamente a partir del año de celebrado el
matrimonio, y siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en el
Código Civil.
Efectos del divorcio
Los efectos del divorcio en la familia, sea cual fuere el origen de ésta, son
graves y en algunos casos irremediables. Se afectan todas las estructuras
familiares como la jurídica, la económica, la psicológica, la psiquiátrica, la salud
propia de sus integrantes, en la medida y la gravedad de las circunstancias en
que se haya disuelto el matrimonio, considerando desde nuestra perspectiva
personal que la ruptura conyugal, el divorcio, termina la relación jurídica
establecida entre los esposos, que en ningún supuesto fueron parientes, sin
alterar o modificar los vínculos jurídicos que el Derecho Familiar impone a las
relaciones entre los propios miembros de una familia

¿Cuándo se puede iniciar una demanda de divorcio?


Para que un cónyuge pueda iniciar una demanda de divorcio en contra del otro
es necesario que su pareja realizara durante el matrimonio cualquiera de las
causales establecidas en el Código Civil del Estado donde celebró matrimonio.
El Código Civil Federal menciona las distintas causales dentro del artículo 267.
Este es un resumen:
1. El adulterio.
2. El hecho de que la mujer dé a luz, durante el matrimonio, un hijo
concebido antes de celebrarse este contrato
3. La propuesta del marido para prostituir a su mujer.
4. La incitación a la violencia hecha por un cónyuge al otro para cometer
algún delito
5. Los actos inmorales ejecutados con el fin de corromper a los hijos.
6. Padecer sífilis, tuberculosis, o cualquiera otra enfermedad crónica o
incurable que sea, además, contagiosa o hereditaria.
7. Padecer enajenación mental incurable.
8. La separación de la casa conyugal por más de seis meses sin causa
justificada.
9. La separación del hogar conyugal si se prolonga por más de un año.
10.La declaración de ausencia.
11.La sevicia, las amenazas o las injurias graves.
12.Haber cometido un delito que no sea político, por el cual tenga que
sufrir una pena de prisión mayor de dos años.
13.Los hábitos de juego o de embriaguez.
14.Cometer un cónyuge contra la persona o los bienes del otro, un acto que
sería punible si se tratara de persona extraña.
15.La separación de los cónyuges por más de 2 años.

Requisitos para los tramites de divorcio


Entre los requisitos para divorcio administrativo se encuentran los que se
mencionan a continuación:
 Entre los requisitos para divorcio administrativo se encuentra el primero,
que es el que los dos miembros de la pareja estén de acuerdo en la
disolución del matrimonio.
 Otro de los requisitos para divorcio administrativo es ser mayor de edad.
 No haber procreado durante el matrimonio es otro de los requisitos para
divorcio administrativo.
 Estar de acuerdo en la forma en que se repartirán los bienes es uno de
los requisitos para divorcio administrativo.
 Uno de los requisitos para divorcio administrativo es el acudir a solicitar
el divorcio al juez civil juntos y personalmente.
 Haber estado casados por lo menos un año es otro de los requisitos para
divorcio administrativo.
 Presentar copias certificadas del acta de matrimonio y de Nacimiento es
uno de los requisitos para divorcio administrativo.

Entre los requisitos para divorcio voluntario se encuentran los que se


mencionan a continuación:
 El principal de los requisitos para divorcio voluntario es el ponerse de
acuerdo en quién se hará cargo de los hijos del matrimonio durante y
después del divorcio.
 Determinar en dónde vivirá cada uno durante el proceso de divorcio es
otro de los requisitos para divorcio voluntario.
 Otro de los requisitos para divorcio voluntario es el definir la cantidad de
dinero que un cónyuge deberá pagar al otro para mantener a los hijos
durante el divorcio y después de éste.
 Acordar cómo se repartirán los bienes que la pareja posee es uno de los
requisitos para divorcio voluntario.
Entre los requisitos para divorcio necesario se encuentran las que se
mencionan a continuación:
 Puede solicitarse el divorcio necesario cuando alguno de los cónyuges
obligue al otro a cometer algún delito.
 Cuando alguno de los cónyuges corrompa a los hijos es posible solicitar
el divorcio necesario.
 Que alguno de los dos padezca alguna enfermedad contagiosa es una
razón para poder solicitar el divorcio necesario.
 Por abandono conyugal sin justificación es posible el solicitar el divorcio
necesario.
 El sufrir de violencia en el matrimonio es una razón suficiente para poder
solicitar el divorcio necesario.
 Por la negativa a cubrir los gastos de los hijos se puede solicitar el
divorcio necesario.
 Por condena a prisión tras cometer un delito de alguno de los cónyuges
es posible solicitar el divorcio necesario.
 Por tener alguna adicción es razón suficiente para pedir el divorcio
necesario.
 Por la separación de los cónyuges por más de dos años por cualquier
razón es una razón válida para pedir el divorcio necesario.

Los requisitos para un divorcio sin hijos son los


siguientes:
 Que, aunque sea alguno de los cónyuges quiera el divorcio.
 El cónyuge que pide el divorcio deberá solicitar también cómo quiere
que queden las cuestiones económicas tras el divorcio, además de
acreditar la causa de por qué las solicita de esta manera.
 Presentar la demanda de divorcio sin hijos, acompañada del acta de
matrimonio, documentos que acrediten lo que se solicita
económicamente, como recibos de nómina, declaraciones de impuestos,
recibos de renta, estados de cuenta bancarios, justificantes de gastos,
etc.
 Acudir a las audiencias que cite el juez con los documentos o testigos
que él solicite.

El tiempo que tarda el trámite de divorcio.


La mediación es un método por el cual se obtiene una solución de conflicto
matrimonial, pero se requiere de un tercero para intervenir.
Cada tipo de divorcio requiere de un cierto tiempo para culminar, pero el
tiempo es relativo dependiendo de cada caso, por ejemplo: el divorcio
administrativo es uno de los más rápidos, su procedimiento es muy corto, va
de entre los 15 y los 30 días.
El divorcio voluntario lleva un lapso de los entre 2 y los 3 meses, para que el
procedimiento tarde este tiempo, se requiere que ambas partes no falten a
ninguna de las juntas de avenimiento que llegue a fijar el juzgado.
Por cada falta a las juntas de avenimiento, el proceso es retrasado por lo
menos tres semanas; el divorcio necesario lleva un juicio más complicado,
puede durar entre de 6 meses y 1 año y medio, lo cual no te convendría puesto
que tienes que pagar más gastos de abogado y por supuesto perder más
tiempo en el proceso.
Costos del divorcio.
Este año el divorcio administrativo cuesta aproximadamente mil veinte pesos
con todo y acta de divorcio original. Aunque el costo puede variar es muy bajo,
considerando que cierto procedimiento no requiere de la intervención de
abogados, por lo que si le echas números, se evitan pagos por conceptos de
honorarios.
Si el juicio presenta hijos y/o bienes y existe común acuerdo, entonces el costo
del divorcio será de entre 20 a 30 mil pesos por concepto de honorarios del
abogado, esto dependiendo del acuerdo y la tutela al que lleguen ambas
partes. Así que el acuerdo es muy importante para que se pueda solucionar
más rápido el trámite del divorcio.

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