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TDR Losa Deportiva Florida Pomacochas
TDR Losa Deportiva Florida Pomacochas
TDR Losa Deportiva Florida Pomacochas
TERMINOS DE REFERENCIA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO
DE CONSULTORÍA PARA LA
ELABORACIÓN DE
EXPEDIENTE TÉCNICO
PROYECTO:
REGIÓN : AMAZONAS
PROVINCIA : BONGARÁ
DISTRITO : FLORIDA
2. FINALIDAD PÚBLICA
Con el fin de atender la deficiencia de los espacios públicos recreativos y deportivos en el distrito de La Florida,
la MDF promueve en el ámbito de su competencia un proyecto de inversión dentro del Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.Pe), denominado “CREACIÓN DEL
POLIDEPORTIVO EN EL C.P. POMACOCHAS, DISTRITO DE FLORIDA - PROVINCIA DE BONGARÁ -
DEPARTAMENTO DE AMAZONAS”. Para continuar el ciclo de inversión: fase de ejecución, se requiere la
contratación de una consultoría de obra para la formulación del estudio definitivo a nivel de expediente técnico,
por lo que la Unidad de Estudios y Proyectos – UEP, de la Gerencia de Infraestructura, Desarrollo Urbano y
Rural – GEIDUR; dentro de sus funciones y facultades establece los términos de referencia para su contratación.
Los términos de referencia tienen como fin establecer los parámetros mínimos de los profesionales intervinientes
y del producto final del Expediente Técnico materia de la Consultoría. Por tanto, el Expediente Técnico por
elaborar debe contener los estudios especializados que permitan definir el dimensionamiento de la obra a
ejecutarse.
3. OBJETIVOS DE LA CONTRATACIÓN
La consultoría de obra implica la prestación de trabajos profesionales altamente calificados, cuya realización
requiere una preparación especial, poseer conocimientos o habilidades muy específicos en temas de Salud,
Educación, Cultura o Deporte, y afines. Y así formular el estudio definitivo a nivel de expediente técnico del
proyecto de inversión: “CREACIÓN DEL POLIDEPORTIVO EN EL C.P. DEL DISTRITO DE LA FLORIDA -
PROVINCIA DE BONGARÁ - DEPARTAMENTO DE AMAZONAS”.
El proyecto de inversión contempla realizar las acciones siguientes, las cuales se deben tener en cuenta al
formular el estudio definitivo a nivel de expediente técnico.
MITIGACION AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN OBRA. Acciones de mitigación de impactos
negativos durante la ejecución, así como la seguridad y salud del personal, ambos estudios serán incluidos
dentro del costo directo.
PLAN DE MONITOREO ARQUEOLÓGICO (PMA). Se debe asignar un presupuesto dentro del costo directo
del expediente técnico el cual servirá para que el contratista elabore dicho plan y apruebe la autoridad
competente.
4.1. Actividades
En caso de que la realidad encontrada en campo o que, la formulación del Expediente Técnico, se
encuentre incompatible con lo especificado en el proyecto de inversión, primará el resultado obtenido en
el desarrollo del estudio definitivo, teniendo en cuenta la normatividad vigente al respecto,
entendiéndose que todo ello no representará adicional alguno a favor del consultor.
A fin de cumplir con los procedimientos dentro de las normas de seguridad, los trabajos en campo se
deberán efectuar con personal especializado y se deberá cumplir con los siguientes requerimientos:
o Contar con la relación de personal capacitado que intervendrá en el desarrollo del proyecto,
debidamente acreditados.
o Reconocimiento y visita del terreno donde se ejecutará el proyecto, el cual quedará registrada
en un acta de visita al terreno.
o Recolección de información básica.
o Tomas fotográficas del terreno existente (mínimo 08 a color).
o Levantamiento topográfico a detalle, colocar hitos in situ y BM’s con pintura de color rojo, los
cuales deben ser georreferenciadas en unidades UTM, tomar fotografías de cada BM’s.
o Toma de muestras para los estudios de suelos, geológicos y geotécnicos, según corresponda.
o Establecer reuniones de coordinación con beneficiarios y autoridades de la del C.P. a fin de
sociabilizar y contar con opinión favorable del proyecto dentro de su competencia el cual
quedará registrada en un acta.
El Consultor deberá de coordinar con el equipo del área usuaria, a fin de poder levantar algunas
observaciones que se encuentren en el proceso de elaboración del expediente técnico del proyecto, y
desarrollará las siguientes actividades:
4.2. Metodología
La metodología a emplear será proporcionada por el contratista - consultor como parte de su propuesta
técnica a ser presentado en la ejecución de la consultoría de obra.
El plan de trabajo será proporcionado por el contratista - consultor como parte de su propuesta técnica
a ser presentado en la ejecución de la consultoría de obra. Debe contener la relación secuencial de
actividades que permitan alcanzar las metas y objetivos trazados, indicando los recursos que serán
necesarios, las dificultades que pueden encontrarse, los sistemas de control, así como el cronograma y
la designación de responsables.
El desarrollo del estudio definitivo a nivel de expediente técnico deberá elaborarse en concordancia con
los componentes del proyecto de inversión viable, siendo posible incorporar al estudio definitivo
omisiones siempre y cuando no desnaturalice su fin ni contravengan las normas de formulación y
evaluación vigentes.
El Consultor presentará los informes directamente por Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de
Florida con atención a la Gerencia de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural - GEIDUR, (Unidad de
Estudios y Proyectos - UEP).
El Expediente Técnico a presentar deberá estar debidamente foliado, firmado por los profesionales
responsables de la elaboración del proyecto en todas sus hojas. Contendrá como mínimo la siguiente
información no siendo limitativa:
CARTILLA DE PRESENTACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO (ANEXO 01)
FICHA GENERAL DEL EXPEDIENTE TÉCNICO (ANEXO 02)
ÍNDICE GENERAL NUMERADO
1. MEMORIA DESCRIPTIVA
1.1. Arquitectura
1.2. Estructura
1.3. Instalaciones eléctricas
1.4. Instalaciones sanitarias
1.5. Antecedentes
1.5.1. Nombre del proyecto
1.5.2. Código de inversiones
1.5.3. Unidad formuladora y ejecutora
1.6. Características Generales
1.6.1. Ubicación y límites de la localidad
1.6.2. Vías de acceso
1.6.3. Topografía
1.6.4. Clima
1.6.5. Temperatura
1.6.6. Fisiología y geología del proyecto
1.6.7. Altitud
1.6.8. Viviendas
1.6.9. Población beneficiaria
1.6.10. Servicios Públicos
1.6.11. Aspectos sociales y económicos
1.6.12. Objetivo
1.6.13. Recursos
1.6.14. Tecnología
1.6.15. Justificación
1.7. Descripción del Sistema Existente
1.8. Capacidad Operativa del Operador
1.8.1. Competencia de la Gerencia de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural.
1.8.2. Capacidad de dirección de la Gerencia de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural
1.9. Consideraciones del Diseño del Sistema Propuesto.
1.9.1. Criterios y parámetros de diseño
1.10. Descripción Técnica del Proyecto
1.10.1. Áreas de Circulación
1.10.2. Áreas Verdes
1.10.3. Equipamiento
1.10.4. Flete terrestre y rural
1.10.5. Mitigación de impacto ambiental
1.10.6. Plan de monitoreo arqueológico
1.10.7. Plan de seguridad y salud en obra
1.11. Cuadro Resumen de Metas
1.12. Cuadro Resumen del Presupuesto de Obra
1.13. Modalidad de Ejecución de Obra
1.14. Sistema de Contratación
1.15. Plazo de Ejecución de la Obra
1.16. Fuente de financiamiento
1.17. Cierre de Brechas
Debe existir concordancia del nombre con, el N° de Ítem, con la unidad y con el metrado, de las partidas
indicadas en el presupuesto detallado, con las indicadas en la planilla de metrados y en las
especificaciones técnicas.
3. METRADOS
Representan el cálculo o la cuantificación por partidas de la cantidad de obra a ejecutar. Deberán tener
en cuenta en la elaboración de los metrados, la “Norma Técnica de Metrados para Obras de Edificación
y Habilitaciones Urbanas” aprobadas mediante Resolución Directoral Nº073-
2010/VIVIENDA/VMCSDNC, del 04 de mayo del 2010.
Los metrados del Expediente Técnico deben estar sustentados por cada partida, con la planilla
respectiva y con los gráficos y/o croquis explicativos que el caso requiera. A fin de presentar un trabajo
preciso y convincente, cuando sea necesario, la planilla de metrados deberá incluir esquemas base
para la medición de cada partida.
4. PRESUPUESTOS
El Resumen del Presupuesto de obra debe elaborarse indicando solamente el costo de mano de obra,
materiales, equipo y herramienta; Costo directo, utilidades, gastos generales, el sub total, impuestos de
ley, valor referencial, supervisión, expediente técnico.
4.8. Otros:
Todas las partidas parten del presupuesto que tenga como unidad de medida global GBL, deberá
presentar un sustento desagregado de estas.
Fórmula polinómica
- Las fórmulas polinómicas, adoptaran la forma general básica establecida en el Decreto Supremo
Nº011-79-VC. En este se precisa, entre otras:
- Por la naturaleza de las partidas, cada obra podrá tener hasta un máximo de cuatro (4) formulas
polinómicas. En caso que en un contrato existan obras de diversa naturaleza, sólo podrá emplearse
hasta ocho (8) fórmulas polinómicas.
- El número de monomios que componen la fórmula polinómica no exceda de ocho (8) y que el
coeficiente de incidencia de cada monomio no sea inferior a cinco centésimos (0.05)
- Cada coeficiente de Incidencia podrá corresponder a un elemento o grupo de elementos, máximo tres
(03).
- La suma de los coeficientes de incidencia siempre será igual a la unidad (1).
- Los coeficientes de incidencia, serán cifras decimales con aproximación al milésimo.
- Los gastos generales y utilidades, deben ser considerados como un solo monomio.
- Entre otras.
El Presupuesto Analítico tiene una estructura en la cual se detallan los insumos, materiales, equipos y
mano de obra recursos y sus respectivos costos, que serán necesarios en a la ejecución de la obra por
metas.
5. CRONOGRAMAS
Son documentos que muestran la programación de la ejecución de obra y tienen como finalidad que la
Entidad controle el avance de la obra. Constan del Cronograma de Ejecución de Obra Pert - CPM,
Diagrama de Gantt, el Calendario de Avance de Obra Valorizado, y el Cronograma de Adquisición de
Materiales.
6. ESTUDIOS BASICOS
Nota: El plano topográfico deberá representar el Norte magnético de manera perpendicular al ancho del
plano.
El estudio de mecánica de suelos, deberá recomendar el tipo de cemento a utilizar y/o el empleo de
aditivos, u otras medidas de protección adecuadas para cada material. Asimismo, el estudio deberá
considerar un plano con la ubicación y cantidad de las calicatas realizadas, las mismas que deben tener
una relación con la profundidad de la excavación para cimentación a realizar, con su respectiva
codificación. Los estudios de Mecánica de suelos deberán contar con un informe, el cual deberá
contener conclusiones y recomendaciones, las cuales deben estar relacionadas con la instalación y
fundación de las estructuras. Debe de presentarse un plano de ubicación de calicatas, plano de
zonificación de suelos y fotos de las excavaciones, así como los perfiles estratigráficos de cada una de
las calicatas de acuerdo a la normativa vigente.
- La excavación de calicatas y toma de muestras de suelo se realizará en presencia de personal de
la Unidad de Estudios y Proyectos, lo cual constará en un acta.
- No se aceptarán estudios de mecánica de suelos realizados por el laboratorio que efectúo dichos
estudios a nivel de reinversión.
7. MEMORIA DE CÁLCULO
De cada uno de los componentes del proyecto, en todos los casos deberá cumplirse con el Reglamento
Nacional de Edificaciones - RNE y sus correspondientes normas técnicas tales como:
TITULO I GENERALIDADES
- G.050 Seguridad durante la construcción
Estudio de Vulnerabilidad
El estudio de vulnerabilidad y riesgos, deberá permitir a la Unidad Ejecutora la identificación de zonas
de riesgos ya sea por inundaciones, deslizamientos, entre otros, que pueda generar problemas
operativos del sistema. Dicho estudio debe considerar como mínimo:
- Identificación de zonas de riesgos
- Matriz de riesgos
- Medidas de preventivas
- Medidas de contingencias
- Si es zona identificada como vulnerable, en alguna instancia INDECI u otros.
8.6. Certificación del Municipio donde indica la existencia de redes de servicios básicos.
El Consultor deberá recabar de la unidad de estudios de preinversión a la firma del contrato la siguiente
información: documentos y/o fichas, actas o cualquier documento que sirva como antecedente para
poder elaborar dicho proyecto.
5.1.1. Reglamentos
- MINISTERIO DEL AMBIENTE, (2012). Ley Nº27446 Ley del Sistema Nacional del Impacto
Ambiental, Resolución Ministerial N°052-2012-MINAM.
- Ministerio de Cultura, (2014). Reglamento de Intervenciones Arqueológicas.
- MINISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, (2018). Lineamientos para la
revisión y opinión de los expedientes técnicos para la ejecución de las inversiones en el marco de
las competencias del programa mejoramiento integral de barrios - PMIB
En la evaluación de impacto ambiental, se realiza un análisis de los elementos del ambiente y las
acciones del proyecto, los primeros susceptibles de ser afectados y los otros capaces de generar
impactos. Se tendrá en consideración criterios para garantizar la sostenibilidad ambiental, procurando
evitar impactos ambientales negativos. Así, por ejemplo, las Entidades podrán exigir el cumplimiento de
los Límites Máximos Permisibles. (LMP) Puede revisar la siguiente dirección:
http://www.minam.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=100
Personal clave
Cargo Profesión Experiencia
-Mínimo de (05) dos años de experiencia en el
ejercicio de su profesión que se computa desde la
colegiatura. Habilidad vigente.
Jefe del proyecto Ing. Civil
-Formulación de (02) dos expedientes técnicos de
obras en general, se computa desde la colegiatura.
Habilidad vigente.
-Mínimo de (02) dos años de experiencia en el
ejercicio de su profesión que se computa desde la
Especialista en
colegiatura. Habilidad vigente.
metrados, costos Ing. Civil
-Formulación de (01) un expediente técnico de
y presupuestos
obras en general, que se computa desde la
colegiatura. Habilidad vigente.
a) Lugar
El proyecto se desarrollará en el C.P. Pomacochas. del Distrito de Florida, provincia Bongará,
departamento Amazonas.
b) Plazo
El plazo total para la entrega del proyecto es de:
a) cuarenta días (40) calendario a partir del día siguiente de la suscripción del contrato para la
presentación del 100% del expediente técnico.
c) El Consultor deberá coordinar con el área usuaria (GEIDUR) de la entidad a fin de levantar las
observaciones que la entidad plantea si es que hubiese
CRONOGRAMA DE FORMULACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN EN DIAS CALENDARIOS
EXPEDIENTE TÉCNICO D-05 D-35 D- 10
PRESENTACION DEL PLAN DE TRABAJO
ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL
EXPEDIENTE TECNICO AL 100%
LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES,
APROBACIÓN Y ACTO RESOLUTIVO
El consultor durante el desarrollo de los trabajos deberá de efectuar la presentación de informes, los
cuales se detallan:
a. Primer informe:
En el primer informe deberá presentarse durante los 07 primeros días hábiles luego de haber
generado la firma del contrato; el consultor presentará el Plan de trabajo y algunos documentos
generados durante las coordinaciones en relación del servicio de consultoría, además la entidad
entregará el 30% del monto del contrato.
b. Segundo informe al 100%
El Segundo informe deberá presentarse dentro de los 40 días calendario siguientes a la firma del
contrato y contendrá: Estudio topográfico, estudio de mecánica de suelos, propuesta de diseño,
padrón de beneficiarios, documentos que garanticen la libre disponibilidad del terreno. Esta
información debe alcanzar tanto en físico (impreso) como en digital (en CD debidamente ordenado)
para su revisión. Los formatos en digital obligatoriamente deben estar elaborados con el software y
el formato (Word, Excel, Pdf, Jpg, CAD, S2k, Project)
El Consultor deberá presentar mediante carta a la Entidad con atención a la Gerencia de
Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural (Unidad de estudios y proyectos) la información
solicitada, debiendo enumerar la relación de documentos que presenta.
Este informe se presentará nuevamente a la municipalidad una vez aprobado el expediente técnico por
el área usuaria.
El informe final será presentado en 01 original y 02 copias. Además, toda información digital será
alcanzada en dispositivo de almacenamiento USB o CD, con los estudios en forma ordenada y de
acuerdo a lo establecido en el punto (5.4). La información será procesada en los siguientes programas:
- Textos en Microsoft Word
- Tablas y Cuadros en Microsoft Excel
- Estudios en formatos digitalizados (Pdf.)
- Imágenes con extensión JPG
- Planos de diseño en AutoCAD
- Topografía en CIVIL 3D
- Presupuesto en S10 2005
- Programación en Microsoft Project.
- Conformar un equipo técnico calificado y con experiencia profesional, quienes serán los
responsables de la elaboración del estudio definitivo.
- El Consultor, es directamente responsable del estudio definitivo a nivel de expediente técnico que
formule con la calidad técnica requerida en los términos de referencia y la propuesta técnica
ofertada, por lo que los errores u omisiones y sus consecuencias cometidos por el o los
profesionales de su equipo, serán de su entera y exclusiva responsabilidad. El plazo de
responsabilidad no podrá ser inferior a siete (07) años, en concordancia con la ley de
contrataciones del estado y su reglamento.
- El Consultor durante la elaboración del estudio definitivo, deberá mantener constante comunicación
con las áreas responsables de la Municipalidad Distrital de la Florida. El Consultor previamente a la
entrega y presentación de cada Informe deberá dejar constancia de dos coordinaciones mínimas
con el coordinador o evaluador a fin de unificar criterios técnicos en el desarrollo del proyecto.
- Todas las presentaciones a nivel de planos o documentos que forman parte del estudio definitivo
presentado por el Consultor deberán ser debidamente foliados, sellados y firmados por el
profesional responsable, siendo considerado como requisito imprescindible para su revisión.
- El Consultor en la elaboración de los planos, deberá regirse a lo indicado por la Unidad de Estudios
y Proyectos de la Municipalidad de la Florida, en cuanto al código de colores, al nivel de pluma,
grosor y el uso respectivo que cada caso amerita.
- Todo cambio del personal profesional se hará con la previa aprobación por la Municipalidad Distrital
de la Florida, el profesional reemplazante presentará un perfil profesional similar o mayor en la
especialidad correspondiente.
- Finalmente, se indica que las deficiencias en el expediente técnico de la obra, que originen
mayores costos a las obras deriven en responsabilidad administrativa, civil y/o penal, según el
caso, para aquellos que hayan formulado el expediente técnico contractual. Además, se indica que
en caso de identificarse supuestos que conlleven responsabilidad administrativa, civil y/o penal, la
Entidad iniciará las acciones administrativas correspondientes contra los causantes del perjuicio
económico y/o delito generado como consecuencia del presupuesto adicional aprobado por la
Entidad, de acuerdo a lo que se indica en la Directiva Nº 011-2016-CG/GPROD de la Contraloría
General de la República.
4.13. Adelantos
No se otorgará adelantos.
4.14. Subcontratación
De ser el caso, el consultor podrá sub contratar los servicios de topografía y mecánica de suelos, el cual
no podrá exceder del 40% del monto total del contrato original.
Cabe señalar que el consultor es el único responsable de la ejecución total de las prestaciones frente a
la Entidad, y que las obligaciones y responsabilidades derivadas de la subcontratación son ajenas a la
Entidad. Asimismo, se deberá precisar que el subcontratista debe estar inscrito en el Registro Nacional
de Proveedores y no debe estar suspendido o inhabilitado para contratar con el Estado.
4.15. Confidencialidad
En tal sentido, el consultor deberá dar cumplimiento a todas las políticas y estándares definidos por la
Entidad, en materia de seguridad de la información. Dicha obligación comprende la información que se
entrega, como también la que se genera durante la realización de las actividades y la información
producida una vez que se haya concluido el servicio de consultoría. Dicha información puede consistir
en mapas, dibujos, fotografías, mosaicos, planos, informes, recomendaciones, cálculos, documentos y
demás documentos e información compilados o recibidos por el consultor.
La Entidad tendrá todos los derechos de propiedad intelectual, incluidos sin limitación, las patentes,
derechos de autor, nombres comerciales y marcas registradas respecto a los productos o documentos y
otros materiales que guarden una relación directa con la ejecución del servicio de consultoría o que se
hubieren creado o producido como consecuencia o en el curso de la ejecución del servicio.
A solicitud de la Entidad, el consultor tomará todas las medidas necesarias, y en general, asistirá a la
Entidad para obtener esos derechos.
El primer informe será revisado por la Unidad de Estudios y Proyectos dentro de un plazo pertinente a
la recepción del mismo y comunicará al Consultor de ser el caso sus observaciones o conformidad. El
Consultor tendrá 10 días calendario siguiente a la recepción de la comunicación por parte de la Entidad
para subsanar o aclarar las observaciones formuladas.
El Consultor debe presentar adjunto al primer informe todo el historial de documentos que se generen
del proceso de consultoría de obra elaboración del estudio definitivo a nivel de expediente técnico. La
demora del Consultor en levantar las observaciones fuera del plazo indicado o la reincidencia por
segunda vez en las observaciones, es decir en caso el Consultor reincida en las mismas observaciones
que se le hizo luego de la revisión del expediente técnico, estarán sujetas a multa y/o penalidad por
incumplimiento del contrato.
Durante la revisión de los informes presentados, así como cualquier consulta durante la elaboración del
Expediente Técnico, los plazos que demore la revisión o absolución de consultas, no serán
computables en ningún caso, así mismo no generan derecho a pagos adicionales por ningún concepto
al Consultor.
c. Recepción y conformidad
Luego de haber subsanado todas las observaciones si es que lo hubiere, y entregado el expediente
técnico por el Consultor con todos los documentos correspondientes al desarrollo del estudio en
concordancia con los términos de referencia y el contrato vigente. La Unidad de Estudios y Proyectos
según el cargo de recepción conforme verificará el fiel cumplimiento de lo establecido en el contrato, se
considerará aprobada la consultoría de obra. La conformidad será otorgada a través de la
RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL y/o RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA, aprobando el
expediente técnico.
d. Resolución de contrato
La entidad podrá resolver el contrato a causa del incumplimiento de alguna de las obligaciones y no
haya sido materia de subsanación y se podrá hacer en forma total o parcial, si el perjudicado fuese la
entidad se ejecutarán las garantías que el consultor hubiera entregado. Cualquiera de las partes puede
resolver el contrato por incumplimiento de alguna obligación, si previamente ha requerido de la misma,
de acuerdo a las formalidades y requisitos establecidos contenidos en el art. 164º, 165º y 166º del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El pago se realizará en dos armadas: la primera de un 30% del costo total del servicio cuando el
consultor entrega el plan de trabajo al área usuaria, mientras que la segunda armada será con la
entrega del Expediente Técnico completo aceptado mediante informe por parte de la Unidad de
Estudios y Proyectos y conformidad de parte de Gerencia de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural;
el cual deberá de ser aprobado mediante Resolución de Gerencia Municipal y/o Alcaldía por parte de la
Entidad, para efectos de pago se adjuntará lo siguiente:
El consultor presenta a la Entidad la liquidación del contrato de consultoría de obra, dentro de los
quince (15) días calendario siguientes de haberse otorgado la conformidad de la última prestación o de
haberse consentido la resolución del contrato, conteniendo:
Para los fines del presente servicio, constituyen formas válidas de comunicación las que se efectúen a
través de los medios electrónicos, como correo electrónico, para lo cual se utilizarán los números
telefónicos y direcciones electrónicas, del presente términos de referencia, así como aquellas
notificaciones físicas que se reciban en los domicilios.
Efectuada la transmisión por correo electrónico, la notificación en el domicilio físico no será obligatoria;
no obstante, de producirse ésta, no invalidará la notificación realizada con anticipación a través de los
medios electrónicos.
Los plazos se computarán a partir de la primera de las Notificaciones que hubiera sido recibida, bajo
cualquier modalidad.
El Consultor se hará acreedor a la penalidad diaria prevista en el Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, por "Mora en la Ejecución de la Prestación", hasta por un monto máximo
equivalente al diez por ciento (10) del monto del contrato vigente.
Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta o del pago final por la elaboración del estudio.
Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución
del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 161°, 162° y 163° del Reglamento de la
Ley de Contrataciones del Estado, respectivamente.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente
fórmula:
0.10 xMonto vigente
Penalidad Diaria=
FxPlazo vigente en d í as
En todos los casos, para el cálculo de la penalidad diaria se considerará el monto total correspondiente
al entregable por fase de las localidades de retraso según contrato y el plazo contractual de la
consultoría.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Municipalidad Distrital de Florida podrá
resolver el contrato por incumplimiento.
Otras penalidades:
Penalidades
N° Supuestos de aplicación de penalidad Forma de cálculo Procedimiento
1 En caso culmine la relación contractual entre el Según informe de la
contratista y el personal ofertado, y la Entidad no 5.00% del monto Unidad de Estudios
haya aprobado la sustitución del personal por no contractual y Proyectos.
cumplir con la experiencia y calificaciones
requeridas.
2 En caso haya retraso en la presentación de: primer 0.50% del monto Según informe de la
informe; levantamiento de observaciones contractual por día Unidad de Estudios
correspondientes al primer informe final. de retraso y Proyectos.
3 En caso no se cumpla con la presentación de 30.00% del monto Según informe de la
Liquidación de consultoría dentro del plazo de la garantía Unidad de Estudios
señalado en el punto 5.21 retenida para y Proyectos.
garantizar la
liquidación
El plazo máximo de responsabilidad del consultor por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los
servicios ofertados será de siete (07) años contados a partir de la conformidad otorgada.
La declaratoria de Viabilidad del proyecto es requisito previo a la fase del ciclo de inversión: ejecución.
Se aplica a un proyecto de inversión pública que a través de sus estudios de preinversión ha
evidenciado ser socialmente rentable, sostenible y compatible con los lineamientos de política y con los
planes de desarrollo respectivos.
Asimismo, debe tomarse las previsiones necesarias para que el servicio a ser ejecutado respete los
parámetros, bajo los cuales fue declarado viable el proyecto, incluyendo los costos, cronograma, diseño
u otros factores que pudieran afectar la viabilidad del mismo.
Los documentos que sustentan la declaración de viabilidad y que permiten verificar que se respeten los
parámetros bajo los cuales fue declarado viable el proyecto, son los siguientes:
Informe de Consistencia del estudio definitivo a nivel de expediente técnico detallado de
proyecto de inversión viable – Formato N° 8A: Registros en la Fase de Ejecución para
Proyectos de Inversión. Sección A: evaluación de consistencia.
El valor referencial para la contratación de la consultoría de obra para la formulación del estudio
definitivo a nivel de expediente técnico del proyecto: “CREACIÓN DEL POLIDEPORTIVO EN EL C.P.
POMACOCHA, DISTRITO LA FLORIDA - PROVINCIA DE BONGARÁ - DEPARTAMANETO
AMAZONAS. C.U.I. N° 2469478, deberá incluir los Gastos Generales, Utilidad e I.G.V. Dicho monto
comprende estudios de Ingeniería. El personal profesional y técnico calificado, personal de apoyo,
materiales, equipos, e implementación, y todo en cuanto de hecho y de derecho es necesario para el
cabal cumplimiento del objeto del contrato, incluyendo leyes y beneficios laborales del personal a cargo
del consultor, imprevistos de cualquier naturaleza, impuestos, transportes seguros directos y contra
terceros. Así mismo debe asumir el gasto que genera su responsabilidad de absolver cualquier
observación que se formule al expediente técnico con posterioridad a la conformidad de servicio
prestado y las observaciones que se puedan generar durante la ejecución del proyecto.
El valor referencial para la contratación de la consultoría de obra asciende a S/ 25,00 (Veinticinco Mil
Nueve con 00/100 soles).
5. ANEXOS
El consultor en esta sección deberá adjuntar la información adicional que considere relevante para la
elaboración del estudio definitivo a nivel de expediente técnico y que no haya sido posible incluirla dentro del
mismo.