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Ampliación de Plazo Por Adicional

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AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
CALANA

CONTRATO DE OBRA Nº 002-2016-MDC

SOLICITUD, CUANTIFICACION Y SUSTENTO


DE LA AMPLIACION DE PLAZO Nº 12

OBRA:

“AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y


ALCANTARILLADO EN EL SECTOR URBANO, DISTRITO DE
CALANA – TACNA – TACNA”.

CONTRATISTA: CONSORCIO SANEAMIENTO


CALANA

CALANA – 2018
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

INDICE

I. INFORMACION GENERAL DE LA OBRA

II. UBICACIÓN DE LA OBRA

III. OBJETIVO DE LA AMBPLIACION

IV. ANTECEDENTES DE LA OBRA

V. CAUSAL DE LA AMPLIACION DE PLAZO

VI. ASPECTOS FORMALES DE LA SOLICITUD DE AMPLIACION DE

PLAZO.

VII. BASES LEGAL Y ADMINISTRATIVA

VIII. JUSTIFICACION LEGAL Y TECNICA

IX. ANALISIS DE LA AMPLIACION DE PLAZO

X. MARCO LEGAL

XI. CONCLUSIONES Y RECOMENDCIONES

XII. ANEXOS.

*******
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12

CONTRATO Nº 002-2016-MDC

“AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y


ALCANTARILLADO EN EL SECTOR URBANO, DISTRITO DE
CALANA – TACNA – TACNA”.

I. INFORMACION GENERAL DE LA OBRA.

Características principales del Contrato Nº ES-C-049-2016


PROYECTO : “AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO EN EL SECTOR URBANO, DISTRITO DE
CALANA – TACNA – TACNA”.
CODIGO SNIP : 318550
LOCALIZACIÓN : DISTRITO DE CALANA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO
DE TACNA
ENTIDAD : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CALANA
CONTRATISTA : CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I
MONTO CONTRACTUAL : S/. 18,772,156.81 SOLES
PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL : 408 DÍAS CALENDARIO
INICIO DE PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL : 14 de febrero del 2017
FIN DE PLAZO CONTRACTUAL : 28 de marzo del 2018
REDUCCIÓN DEL PLAZO Nº 01 : (-) 60 DÍAS CALENDARIO
AMPLIACIÓN DEL PLAZO N° 01 : (+) 30 DÍAS CALENDARIO
AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARCIAL N° 02 : DENEGADA
AMPLIACIÓN DEL PLAZO N° 03 : (+) 28 DÍAS CALENDARIO
AMPLIACIÓN DEL PLAZO N° 04 : DENEGADA
AMPLIACIÓN DEL PLAZO N° 05 : DENEGADA
AMPLIACIÓN DEL PLAZO N° 06 : (+) 96 DÍAS CALENDARIO
AMPLIACIÓN DEL PLAZO N° 07 : DENEGADA
AMPLIACIÓN DEL PLAZO N° 08 : (+) 96 DÍAS CALENDARIO
AMPLIACIÓN DEL PLAZO N° 09 : DENEGADA
AMPLIACIÓN DEL PLAZO N° 10 : (+) 7 DÍAS CALENDARIO
AMPLIACIÓN DEL PLAZO N° 11 : EN TRAMITE
TERMINO DE PLAZO CONTRACTUAL MODIFICADO: 27 de agosto del 2018
MODALIDAD DE EJECUCIÓN : POR CONTRATA
SIST. DE CONTRATACIÓN : ESQUEMA MIXTO
RESIDENTE DE OBRA Nº 01 : ING. LUIS CHÁVEZ ORDINOLA
Registro CIP Nº 46971
(Periodo del 14/02/2017 al 02/08/2017)
RESIDENTE DE OBRA Nº02 : ING. RENE CHURA HUISA
Registro CIP Nº 90214
(Periodo 03/08/2017 a la actualidad)
INSPECTOR DE OBRA : ING. VÍCTOR VELÁSQUEZ YUPANQUI
Registro CIP Nº 72086
(Periodo del 14/02/2017 al 06/12/2017)
JEFE DE SUPERVISIÓN DE OBRA : ING. SAMUEL EDUARDO AMAR ANTEZANA
Registro CIP N° 11898
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

(Periodo 07/12/2017 a la actualidad)

MONTO DEDUCTIVO DE OBRA Nº01 : S/. 2,432,049.14 (-12.96%)


RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN
DEL DEDUCTIVO DE OBRA N° 01 : R.G.M. N° 073-2017-MDC (01/08/2017)

MONTO ADICIONAL DE OBRA Nº01


POR MAYORES METRADOS : S/.713,348.39 (3.80%)
RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN
DEL ADICIONAL DE OBRA N° 01 “POR MM” : R.G.M. N° 083-2017-MDC
POR PARTIDAS NUEVAS : S/.303,217.67 (1.62%)
RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN
DEL ADICIONAL DE OBRA N° 01 “POR PN” : R.G.M. N° 084-2017-MDC

MONTO ADICIONAL DE OBRA Nº02


POR MAYORES METRADOS : S/. 33,037.28 (0.18%)
RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN
DEL ADICIONAL DE OBRA N° 02 “POR MM” : R.G.M. N° 001-2018-MDC
POR PARTIDAS NUEVAS : S/. 110,231.19 (0.59%)
RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN
DEL ADICIONAL DE OBRA N° 02 “POR PN” : R.G.M. N° 002-2018-MDC
MONTO DEL DEDUCTIVO DE OBRA N°02 : (-) S/. 63,701.88 (0.34%)

MONTO ADICIONAL DE OBRA Nº03


POR PARTIDAS NUEVAS : S/. 895,667.90 (4.48%)
RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN
DEL ADICIONAL DE OBRA N° 03 “POR PN” : R.G.M. N° 031-2018-MDC
MONTO DEL DEDUCTIVO DE OBRA N°03 : (-) S/. 299,275.56 (1.59%)

MONTO ADICIONAL DE OBRA Nº04


POR PARTIDAS NUEVAS : S/. 1’545,094.14 (8.23%)
RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN
DEL ADICIONAL DE OBRA N° 04 “POR PN” : R.G.M. N° 043-2018-MDC
MONTO DEL DEDUCTIVO DE OBRA N°04 : (-) S/. 747,902.40 (3.98%)

MONTO ADICIONAL DE OBRA Nº05


POR PARTIDAS NUEVAS : S/. 165,373.34 (0.88%)
RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN
DEL ADICIONAL DE OBRA N° 05 “POR PN” : R.G.M. N° 064-2018-MDC
MONTO DEL DEDUCTIVO DE OBRA N°05 : (-) S/. 0.00 (0.00%)

MONTO ADICIONAL DE OBRA Nº06


POR PARTIDAS NUEVAS : S/. 61,876.75 (0.33%)
RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN
DEL ADICIONAL DE OBRA N° 05 “POR PN” : R.G.M. N° 088-2018-MDC
MONTO DEL DEDUCTIVO DE OBRA N°06 : (-) S/. 366,344.10 (-1.95%)
RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN
DEL ADICIONAL DE OBRA N° 05 “POR PN” : R.G.M. N° 046-2018-MDC
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

MONTO ADICIONAL DE OBRA Nº07


POR PARTIDAS NUEVAS : S/. 70,930.93 (0.38%)
RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN
DEL ADICIONAL DE OBRA N° 07 : R.G.M. N° 089-2018-MDC

II. UBICACIÓN DE LA OBRA.

DISTRITOS : CALANA .
PROVINCIA : TACNA
REGION : TACNA

III. OBJETIVO DE LA AMPLIACIÓN.

El objetivo del presente Expediente de AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12, es de


cumplir técnica y adecuadamente con la obra: AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL SECTOR URBANO, DISTRITO
DE CALANA - TACNA – TACNA. Dejando establecido que, las actividades que
fundamentan las causales de esta Ampliación de Plazo modifican directamente la
RUTA CRITICA DEL PROGRAMA DE EJECUCION DE OBRA VIGENTE, debido
a que la incorporación del cronograma de ejecución del Adicional de Obra Nº07
aprobado por la entidad que entra en vigencia desde el 24 de agosto del 2018
supera la fecha de fin de obra vigente.

IV. ANTECEDENTES DE LA OBRA.

 Con fecha 22 de abril del 2015, se aprueba el proyecto de inversión pública


AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL SECTOR
URBANO, DISTRITO DE CALANA - TACNA – TACNA, con Código SNIP 318550, a nivel de
Perfil y el 16 de mayo del 2015 se declara de la VIABILIDAD del proyecto, con Informe
Técnico N°015-2015-OPI-MDC-TACNA.
 Con fecha 13 de enero del 2017, el comité de selección adjudico la buena pro de la
LICITACIÓN PUBLICA Nº 002-2016-MDC – TACNA, para la contratación de la ejecución de
la OBRA DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PUBLICA: “AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL SECTOR URBANO, DISTRITO DE CALANA
– TACNA – TACNA”, COD SNIP 318550, al CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I.
 Con fecha 10 de febrero del 2017, se suscribe el acta de entrega de terreno estando
presentes por parte del contratista el Representante Legal Común del Consorcio
Saneamiento Calana I, el Ing. Oscar Delgado de la Puente y el Residente de obra el Ing.
Luis Chávez Ordinola y por parte de la Municipalidad Distrital de Calana el Ingeniero Erick J.
Vildoso Ale – Alcalde Distrital y el Inspector de Obra Víctor Velásquez Yupanqui.
 Con fecha 14 de febrero del 2017 se da inicio al plazo de ejecución contractual de la obra:
“AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL SECTOR
URBANO, DISTRITO DE CALAÑA – TACNA – TACNA”.
 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 073-2017-MDC, con fecha 01 de agosto del
2017 se resuelve en su artículo primero: APROBAR el Deductivo N°01, que asciende a (-)
S/. 2,432,049.15 soles, sin mayores gastos en el marco de la ejecución del proyecto, por (-)
60 días calendarios.
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 083-2017-MDC, con fecha 23 de agosto del


2017 se resuelve en su artículo primero: APROBAR el Adicional de Obra N°01 por
mayores metrados, que asciende a (+) S/. 713,348.39 soles, con una incidencia del 3.57% y
un tiempo de ejecución de (+) 30 días calendario.
 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 084-2017-MDC, con fecha 29 de agosto del
2017 se resuelve en su artículo primero: APROBAR el Adicional de Obra N°01 por partidas
nuevas, que asciende a (+) S/. 303,217.67 soles, con una incidencia del 1.52% y un tiempo
de ejecución de (+) 30 días calendario.
 Con Carta N° 151-2017-GM/MDC, con fecha del 02 de octubre del 2017 se remite y notifica
la aprobación de los cronogramas reprogramados, obteniendo un plazo de ejecución de
obra modificado de 378 d.c. y fecha de culminación reprogramado para el 26 de febrero
del 2017.
 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 001-2018-MDC, con fecha 12 de enero del
2018 se resuelve en su artículo primero: APROBAR el Adicional de Obra N°02 por
mayores metrados, que asciende a (+) S/. 33,037.28 soles, con una incidencia del 0.17%.
 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 002-2018-MDC, con fecha 12 de enero del
2018 se resuelve en su artículo primero: APROBAR el Adicional de Obra N°02 por partidas
nuevas, que asciende a (+) S/. 110,231.19 soles, con una incidencia del 0.55%.
 Con Resolución de Gerencia Municipal N°019-2018-GM, del 13 de febrero del 2018, se
resuelve en su artículo primero: APROBAR la Ampliación de Plazo N°03 al contratista por
28 días calendario para la ejecución de la prestación Adicional N°02, con fecha de
culminación el 26 de marzo del 2018.
 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 031-2018-MDC, con fecha 22 de marzo del
2018 se resuelve en su artículo primero: APROBAR con eficacia anticipada, el ADICIONAL
IX denominado Adicional N°03 por Partidas Nuevas, que asciende a (+) S/. 895,667.90
Soles, con una incidencia del (+) 4.48%.
 Con Resolución de Gerencia Municipal N°038-2018-GM, del 06 de abril del 2018, se
resuelve en su artículo primero: APROBAR la Ampliación de Plazo N°06 al contratista por
96 días calendario para la ejecución de la prestación Adicional N°03, con fecha de
culminación el 30 de junio del 2018.
 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 043-2018-MDC, con fecha 19 de abril del
2018 y notificada mediante Carta N° 203-2018-GM/MDC de fecha 20 de abril del 2018, se
resuelve en su artículo primero: APROBAR con eficacia anticipada, el ADICIONAL X
denominado Adicional N°04 por Partidas Nuevas, que asciende a (+) S/. 1’545,094.14
Soles, con una incidencia del (+) 8.23% y un plazo de ejecución de 150 días calendarios.
 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 041-2018-MDC, con fecha 13 de abril del
2018 y notificada mediante Carta N° 205-2018-GM/MDC de fecha 20 de abril del 2018 se
resuelve en su artículo primero: APROBAR con eficacia anticipada, el DEDUCTIVO
VINCULANTE N° 04, que asciende a (-) S/. 747,902.40 Soles, con una incidencia del (-)
3.98%.
 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 046-2018-MDC, con fecha 20 de abril del
2018 y notificada mediante Carta N° 202-2018-GM/MDC de fecha 20 de Abril del 2018 se
resuelve en su artículo primero: APROBAR con eficacia anticipada, el DEDUCTIVO N° 06,
que asciende a (-) S/. 366,344.10 Soles, con una incidencia del (-) 1.95%.
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 064-2018-MDC, con fecha 07 de junio del


2018 y notificada mediante Carta N° 255-A-2018-GM/MDC en fecha 07 de junio del 2018, se
resuelve en su artículo primero: APROBAR con eficacia anticipada, el ADICIONAL XI
denominado Adicional N°05 por Partidas Nuevas, que asciende a (+) S/. 165,373.34 Soles,
con una incidencia del (+) 0.88 % y un plazo de ejecución de 15 días calendarios.
 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 88-2018-MDC, con fecha 14 agosto del 2018
y notificada mediante Carta N°329-2018-GM/MDC en fecha 14 de agosto del 2018, se
resuelve en su artículo primero: APROBAR con eficacia anticipada, el ADICIONAL XII
denominado Adicional N°06 por Partidas Nuevas, que asciende a (+) S/. 61.876.75 Soles,
con una incidencia del (+) 0.33 % con respecto al monto del contrato Original.
 Con Resolución de Gerencia Municipal N°060-2018-GM, del 23 de mayo del 2018, se
resuelve en su artículo primero: APROBAR la Ampliación de Plazo N°08 al contratista por
96 días calendario para la ejecución de la prestación Adicional N°04, teniendo como nueva
fecha de fin de obra el 20 de agosto del 2018.
 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 89-2018-MDC, con fecha 15 agosto del 2018
y notificada mediante Carta N°343-2018-GM/MDC notificada en fecha 23 de agosto del
2018, se resuelve en su artículo primero: APROBAR con eficacia anticipada, el ADICIONAL
XIII denominado Adicional N°07, que asciende a (+) S/. 70.930.93 Soles, con una incidencia
del (+) 0.38 % con respecto al monto del contrato Original.
 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 103-2018-MDC, con fecha 24 agosto del
2018 y notificada mediante Carta N° 358-2018-GM/MDC en fecha 24 de agosto del 2018, se
resuelve en su artículo primero: APROBAR con eficacia anticipada, la ampliación de plazo
Nº10 al contratista por 7 días calendario para la ejecución de la prestación Adicional
N°06, con fecha de culminación el 27 de Agosto del 2018.

V. CAUSAL DE LA AMPLIACION DE PLAZO.

En arreglo al Artículo 34º, Ítem 34.5 de la ley de contrataciones del Estado, que
textualmente dice: El contratista puede solicitar la ampliación del plazo pactado por
atrasos y paralizaciones ajenas a su voluntad debidamente comprobados y que
modifiquen el plazo contractual de acuerdo a lo que establezca el reglamento., y
en concordancia con el Artículo 169º del Reglamento de la Ley de Contrataciones
del Estado , se determina que la causal generadora de la Ampliación de Plazo,
motivado de la presente Solicitud, es la del Artículo 169º ítem 3 que a la letra dice
“Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de la prestación
adicional de obra. ”. La causal que sustenta la Ampliación de Plazo es
plenamente ajena a la voluntad del Contratista.

Cabe indicar que la ejecución de las partidas definidas y estipuladas en el


Adicional N 7 de obra, notificado con fecha 23/08/18, han modificado la Ruta
Crítica del Programa de Ejecución de Obra Vigente al momento de la solicitud de
la Ampliación de Plazo Nº 12.

En atención a lo mencionado, se define que, se requiere de un plazo adicional para


ejecución de la Prestación Adicional Nº 07 de obra, dejando establecido que, luego
de la Verificación de la modificación de Ruta Crítica del Programa de Ejecución
Vigente, es necesario e imprescindible la aprobación de la Ampliación de Plazo Nº
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

12, a efectos de cumplir con la meta prevista en la Obra Principal, así como
también alcanzar los fines del Contrato.

En arreglo del Numeral 3., del Articulo 169 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, establece que una de las causales de ampliación de
plazo es la siguiente: Cuando es necesario un plazo adicional de para la ejecución
de la Prestación Adicional de Obra, la misma que se configura con la ocurrencia de
un único hecho consistente en la aprobación de la prestación adicional Nº 07.

Por lo que, se requiere de un plazo adicional para ejecución de la prestación


adicional Nº 07 de obra, dejando establecido que, luego de la Verificación de la
modificación de Ruta Crítica del Programa de Ejecución Vigente, así como los
cálculos respectivos, se concluye que, este plazo hace que, se supere la fecha
contractual de culminación de obra.

VI. ASPECTOS FORMALES DE LA SOLICITUD DE AMPLIACION DE PLAZO.

En arreglo al Artículo 170º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado (Aprobado por
Decreto Supremo Nº 350-2015-EF), para que proceda la Ampliación de Plazo, el Contratista por
intermedio de su residente deberá anotar en el cuaderno de Obra el inicio y el final de las
circunstancias que a su criterio determinen la Ampliación de Plazo.

En este contexto, por ser obligación del contratista de anotar en el cuaderno de obra, por intermedio
de su residente, los hechos o circunstancias que, a su criterio, ameriten la ampliación de plazo, para
que proceda la solicitud de Ampliación Nº 10, ha implicado que, en el cuaderno de obra se anote, la
circunstancia que determina la configuración de la causal de Ampliación Nº 10, dejando establecido
que, la anotación se ha realizado en la fecha en que el contratista tomó conocimiento de la
aprobación de la prestación adicional; es decir, en la fecha en que el contratista ha sido notificado
con la resolución aprobatoria.

En este sentido, en nuestra condición de Contratista, hemos efectuado las siguientes anotaciones en
el cuaderno de obra, así como se ha emitido y recibido documentos tales como:

ANOTACIONES DEL CUADERNO DE OBRA.

ASIENTO N°255, DEL RESIDENTE DE OBRA (10/01/2018)

Punto b: “se solicita atender lo indicado en el Asiento N°192-b, donde se


requiere evaluar la instalación de las válvulas de control en la PTAP:
Desarenador (limpieza), Sedimentador (Limpieza), filtros (limpieza y
distribución) y Clorador (limpieza y distribución), debido a que según detalle
N°05 del plano PT-22, estos irán enterrados bajo 3-4 mts de profundidad en
contacto directo con el terreno, sin contemplar una cámara que facilite un
posterior mantenimiento de lo contrario reafirmar lo del expediente técnico,
teniendo en consideración su plazo de ejecución”.

ASIENTO N°256, DEL SUPERVISOR DE OBRA (10/01/2018)

“Respecto al Asiento N°255 b) sobre situación de las válvulas de control


ubicados en las salidas del Desarenador, Sedimentador, filtros y clorador se ha
verificado que con Asiento N°192 del Residente de fecha 06 de noviembre del
2017, que no se ha tenido respuesta.
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

El Residente replantea la consulta, el tema consiste en la situación de estas


válvulas, que según el proyecto no podrían ser operadas, ni mantenidas. Se
pregunta si se ejecutará tal como está proyectado. Al respecto la supervisión
trasladará la consulta al proyectista, de lo cual se comunicará”.

ASIENTO N°292, DEL RESIDENTE DE OBRA (20/02/2018)

Punto d:“A la fecha no se ha absuelto las consultas del Asiento N°255, ítem b,
referidas a la protección de las válvulas de control en la PTAP”.

ASIENTO N°292-B, DEL SUPERVISOR DE OBRA (20/02/2018)

Punto 03: “Sobre la protección de válvulas de control del PTAP, Se coordinó


con anterioridad y coordinación con el especialista. Se acordó ejecutar la
protección de las válvulas que será también, la estructura de operación de las
válvulas… Por lo que no requiere autorización del proyectista por ser
necesario para la operación de las válvulas”.

ASIENTO N°300, DEL RESIDENTE DE OBRA (05/03/2018)

Punto a: “Sobre lo indicado en el Asiento N°292 del R.O., y Asiento N°282-b


del S.O., se tiene la necesidad de formular las prestaciones adicionales de
obra: “Cámaras de protección para las válvulas de control en la PTAP”

ASIENTO N°301, DEL SUPERVISOR DE OBRA (06/03/2018)

“Se ha tomado conocimiento de la solicitud del contratista que pide que las
partidas: b) Cámara de protección para válvulas de control en PTAP, sobre
este punto solicito un croquis con la precisión del número y ubicación de las
cámaras. La supervisión remitirá dentro del plazo, establecido la opinión de la
supervisión.

ASIENTO N°448, DEL SUPERVISOR DE OBRA (23/08/2018)

Se recibe la CARTA Nº 343-2018-GM/MDC mediante el cual no hace llegar la


RESOLUCION Nº089-2018-MDC en la que se resuelve aprobar la ejecución
del adicional de obra Nº07 referidos a las cámaras protectoras de las válvulas
compuerta de la planta de tratamiento necesarios para dar cumplimiento al
contrato principal, dándose el inicio y fin de causal que se configura en
ampliación de plazo.
Se deja indicado que la incorporación del cronograma del adicional Nº07 (31
CD) al cronograma vigente e incluyendo la ampliación de plazo Nº10 se
supera la fecha de fin de obra vigente, por lo que queda afectada la ruta
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

crítica, se procederá a la presentación de la solicitud de ampliación de plazo


nº12

CARTAS Y OTROS DOCUMENTOS.


CON RESPECTO AL INGRESO PARA VEHICULOS DE CARGA PESADA

 Por medio de la CARTA N°27-2018-CSCI del 26/03/2018, el CONSORCIO SANEAMIENTO


CALANA I menciona que la parte usuaria (Municipalidad Distrital de Calana) solicitó la
necesidad de una entrada vehicular en el eje A-A''. Por lo que el contratista solicita confirmación
mediante documento escrito de dicha modificación.
 Por medio del INFORME N°110-2018-OSSA/MDC del 16/04/2018, el área usuaria informa que,
habiendo visitado la construcción de la Planta de Tratamiento de Calana, observó que el ingreso
principal a la planta generaría que la descarga de insumos no pueda ingresar al almacén, ya
que el transporte es trasladado desde la ciudad de Arequipa directo a la planta en camiones de
alto tonelaje ya que transportaran 400 und de cal, sulfato de aluminio y cloro por entrega, el
ingreso al almacén con la rampa proyectan a los ejes de columna 6 y 7 para lo cual es
necesario colocar una puerta.

 Por medio del INFORME N°197-2018-VJVY-USLP-MDC-TACNA el 08/06/2018, la Unidad de


Supervisión y Liquidación de la Municipalidad Distrital de Calana remite documentación que
afirma que el cambio resulta funcional ya que permitirá un mejor acceso vehicular por parte de
vehículos pesados a la rampa de descarga en el almacén.

CON RESPECTO A LAS CAMARAS PROTECTORAS PARA VALVULAS COMPUERTAS

 Por medio de la Carta N°079-2018/SUP-CSS del 12/04/2018, la Supervisión Externa de Obra


emite su informe técnico respecto al adicional de obra como consecuencia de la necesidad de
instalar cámaras de protección, que incluya estructura vertical para la operación de las válvulas
de control a la salida de las estructuras de la PTAP, las que no han sido proyectadas.

 Así manifiesta la necesidad de las cámaras de protección para fines de operación y


mantenimiento de las válvulas de control en la PTAP. Ya que en el proyecto no se han
considerado las estructuras necesarias para la operación de las válvulas a la salida de las
estructuras en la PTAP, y las válvulas sin estas, quedarían enterradas sin posibilidad de ser
utilizadas y, en cumplimiento de la Norma OS.050 del RNE, indica que “Toda válvula debe ser
instalada en un alojamiento, para su aislamiento, protección y operación”.

 Así con Informe N°108 – 2018 – VJVY – USLP – MDC – TACNA del 16/03/2018, el Jefe de la
Unidad de Supervisión y Liquidación de la MDC, concluye que ante la necesidad de cámaras de
protección para fines de operación y mantenimiento de las válvulas de control en la PTAP,
según el argumento de la supervisión en la Carta N°079-2018/SUP-CSS; por lo tanto, dicha
modificación está sujeta a adicionales y/o deductivos, por lo que deberá definirse la elaboración
de dicho expediente técnico.
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

DEL ACTO RESOLUTIVO

 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 089-2018-MDC, con fecha 15 agosto del 2018 y
notificada mediante Carta N° 343-2018-GM/MDC notificada en fecha 23 de agosto del 2018, se
resuelve en su artículo primero: APROBAR con eficacia anticipada, el ADICIONAL N°07 por
Partidas Nuevas, que asciende a (+) S/. 70.390.93 Soles, con una incidencia del (+) 0.38 % con
respecto al monto del contrato Original.

VII BASE LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

7.1.1 Además, en el Artículo 34° de la Ley de Contrataciones del Estado N°


30225, aprobada por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF se establece lo
siguiente:

Artículo 34º, Ítem 34.5 de la ley, que textualmente dice: El contratista


puede solicitar la ampliación del plazo pactado por atrasos y
paralizaciones ajenas a su voluntad debidamente comprobados y que
modifiquen el plazo contractual de acuerdo a lo que establezca el
reglamento.

7.1.2 De otro lado, las causales de ampliación de plazo se encuentran


establecidas en el Artículo 169º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado (aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-
EF), según se indica a continuación:

“Artículo 169º.- Causales de Ampliación de Plazo.

De conformidad con el Artículo 34º de la Ley, el Contratista podrá solicitar


la ampliación de plazo pactado por las siguientes causales ajenas a su
voluntad, siempre que modifiquen la ruta crítica del programa de ejecución
de obra vigente al momento de la solicitud de ampliación:

1. Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al


Contratista.
2. Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de
la prestación adicional de obra. En este caso, EL
CONTRATISTA amplía el plazo de las garantías que hubiere
otorgado.
3. Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de los
mayores metrados que no provengan de variaciones del
expediente técnico de obra. En contratos a precios unitarios.

7.1.3 Asimismo, el procedimiento para solicitar y aprobar ampliaciones de plazo, está


estipulado en el Artículo 170° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado (aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF), según se indica a
continuación:

“Artículo 170º.- Procedimiento de ampliación de plazo.


AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

“Para que proceda una ampliación de plazo de conformidad con lo


establecido en el artículo precedente, desde el inicio y durante la
ocurrencia de la causal, el contratista, por intermedio de su residente,
deberá anotar en el cuaderno de obra las circunstancias que a su criterio
ameriten ampliación de plazo. Dentro de los quince (15) días siguientes
de concluido el hecho invocado, el contratista o su representante legal
solicitará, cuantificará y sustentará su solicitud de ampliación de plazo
ante el inspector o supervisor, según corresponda, siempre que la
demora afecte la ruta crítica del programa de ejecución de obra.

El inspector o supervisor emitirá un informe expresando opinión sobre la


solicitud de ampliación de plazo y lo remitirá a la Entidad, en un plazo no
mayor de siete (5) días hábiles, contados desde el día siguiente de
presentada la solicitud. La Entidad emitirá resolución sobre dicha
ampliación en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde
el día siguiente de la recepción del indicado informe. De no emitirse
pronunciamiento alguno dentro del plazo señalado, se tiene por aprobado
lo indicado por el inspector o supervisor en su informe”.

VIII JUSTIFICACION LEGAL Y TECNICA.

JUSTIFICACION LEGAL.

Se justifica en Amparo del Artículo 169º del Reglamento de la Ley de


Contrataciones del Estado y de Conformidad con el Artículo Nº 34 de la Ley, la
Contratista solicita la “AMPLIACION DE PLAZO Nº 09 “pactado por la causal
Ítem 02 del Artículo 169˚ que dice:

2. “Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de la


prestación adicional de obra.”.

Dejando establecido que, las partidas que involucran esta causal modifican la
RUTA CRITICA DEL PROGRAMA DE EJECUCION DE OBRA VIGENTE.

JUSTIFICACIÓN TÉCNICA.

La ejecución del adicional de obra Nº07 queda aprobado Resolución de


Gerencia Municipal N° 103-2018-MDC, con fecha 24 agosto del 2018 y
notificada mediante Carta N°358-2018-GM/MDC en fecha 24 de agosto del
2018

Se tiene una duración de 31 días calendarios según el expediente del Adicional


de Obra Nº07 aprobado por la entidad, el plazo de ejecución entra en vigencia
desde el día 25/08/18 culminando el 23/09/18.

La aprobación del Adicional Nº 07 por las causales: Falta de entrada vehicular


para vehículos pesados, que permita la descarga e ingreso de insumos a la
infraestructura del almacén, así como también la falta de cámaras de
protección para fines de operación y mantenimiento de las válvulas de control
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

en la PTAP., han afectado directamente RUTA CRITICA del PROGRAMA DE


EJECUCIÓN VIGENTE

De la programación CPM considerando la Ampliación de plazo Nº 10, se tiene:


27 días de ampliación de plazo Nº 12, y están definidos de la siguiente manera:

(A) Fecha de Notificación de resolución 23-ago  


(B) Fecha de fin de Obra Vigente 27-ago  
(C) Inicio de ejecución del Adiciona de Obra Nº07 24-ago  
(D) Duración de ejecución del Adicional de Obra Nº07 31 DC
( E) Fin de ejecución de del Adicional de Obra Nº07 '(C) +(D) 23-sep  
(F) Ampliación de plazo (E) - (B) 27 DC

 Ampliación de Plazo Nº 10 = 27 días calendario.


-----------------
TOTAL = 27 DÍAS CALENDARIO

Por lo tanto, el número de días totales para la Ampliación de Plazo N° 12 para la


ejecución de las partidas de la Prestación Adicional Nº 07, que modifican la ruta
crítica del Programa de Ejecución de Obra Vigente está definido de la siguiente
manera.

Nº de días de ampliación = 27 días calendario

IX ANALISIS DE LA AMPLIACION DE PLAZO.

Luego de Analizar la Ampliación de Plazo Nº 12 de acuerdo al programa de


Ejecución de Obra Vigente, adjunto al presente, se solicita la AMPLIACION DE
PLAZO Nº 12 de 27 días calendarios. A efectos de que la meta principal del
Contrato se Cumpla, puesto que esta Ampliación es necesaria e imprescindible
para llegar a cumplir la meta del contrato principal.

X. MARCO LEGAL

Se basa en lo siguiente:

A. Contrato de Ejecución de Obra Nº 002-2016 - MDC suscrito el 25 de enero


de 2018 entre la Entidad MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CALANA y la
Empresa Contratista CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I.
B. Bases Integrales de la L.P. -002-2016-MDC-TACNA.
C. Ley de Contrataciones del Estado N° 30225.
D. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto
Supremo Nº 350-2015-EF.

XI. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

1. 2La Ampliación de Plazo Nº 10, constituye una de las formas de modificación


del Contrato de Obra Nº 002-2016-MDC, dado que el plazo de ejecución de
obra, condición contractual establecida con el Requerimiento, varia por la de
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

las causales esgrimidas en esta Ampliación, en arreglo a la Ley de


Contrataciones y su Reglamento.

2. La solicitud de la ampliación de Plazo Parcial Nº 12, se está realizando


cumpliendo las normativas contractuales, dejando establecido que, en arreglo
de DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES – PRIMERA de la Ley
de Contrataciones del Estado, la presente Ley y su Reglamento prevalecen
sobre las normas de derecho público y sobre de aquellas de derecho privado
que le sean aplicables. Asimismo, son de aplicación supletoria a todas aquellas
contrataciones de bienes, servicios u OBRAS que no se sujeten al ámbito de la
presente Ley.

3. Como resultado del análisis se ha visto que en el Calendario de Avance de


Obra Valorizado Actualizado y la Programación CPM, correspondiente, adjunta
la presente, se verifica que, la causal definida en esta Ampliación, afectan
Directamente la RUTA CRITICA del PROGRAMA DE EJECUCIÓN VIGENTE.

4. Se recomienda la Aprobación de la AMPLIACIÓN DE PLAZO PARCIAL Nº 12 de


27 DÍAS CALENDARIOS. Teniendo en cuenta que este plazo Adicional es
NECESARIO E IMPRESCINDIBLE para el Cumplimiento de la meta Prevista
del contrato Principal.

5. La causal en que fundamenta, la Ampliación de Plazo Nº 12, es necesidad de


un plazo adicional para la ejecución de la Prestación Adicional Nº 07, en
arreglo del Artículo 169º del Reglamento de la Ley de Contrataciones, dejando
establecido que las causales definidas en el Informe del Contratista, modifican
directamente la Ruta Crítica del Programa de Ejecución de Obra Vigente, al
momento de la solicitud de esta ampliación.

6. En virtud de las conclusiones señaladas y al amparo de lo establecido en la


Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado Artículos 169 y 170 aprobado
mediante Decreto Supremo No 350 - 2015 -EF y del contrato Nº ES-C-049-
2016, se solicita a la Supervisión gestionar ante la Instancia correspondiente de
la Entidad la aprobación de la ampliación de plazo Nº 12 por veintisiete (27)
días calendario, lo que implica la modificación del programa de ejecución de la
obra “AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO EN EL SECTOR URBANO, DISTRITO DE CALANA -
TACNA – TACNA”, así como una postergación de la fecha de finalización de
obra.

7. En atención a lo mencionado, se recomienda pronunciarse favorablemente,


respecto a la Ampliación de Plazo Parcial de veintisiete (27) días calendario, a
efectos de que, se dé cumplimiento a la meta prevista de la Obra Principal, así
como también se cumpla los alcances del Contrato.
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

XII. ANEXOS

ANEXO A: Copia del Contrato de Ejecución de Obra Nº 002-2016-MDC.

ANEXO B: Cronograma de ejecución del Adicional Nº07.

ANEXO C: Resolución Nº103-2018-MDC (Aprobación de Ampl. de plazo Nº10)

ANEXO D: Resolución Nº089-2018-MDC (Aprobación de Adicional de Obra Nº07)

ANEXO E: Copia de las Anotaciones en Cuaderno de Obra y cartas.

ANEXO F: Programa de Ejecución Vigente de la Obra.

ANEXO G: Programación CPM considerando la ampliación de plazo Nº12

Calana, 25 de agosto de 2018.


AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

“AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y


ALCANTARILLADO EN EL SECTOR URBANO,
DISTRITO DE CALANA - TACNA – TACNA”

ANEXO A:

COPIA DEL CONTRATO DE


EJECUCION DE OBRA.
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

“AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y


ALCANTARILLADO EN EL SECTOR URBANO,
DISTRITO DE CALANA - TACNA – TACNA”

ANEXO B:

CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL


ADICIONAL Nº07.
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

“AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y


ALCANTARILLADO EN EL SECTOR URBANO,
DISTRITO DE CALANA - TACNA – TACNA”

ANEXO C:

RESOLUCIÓN Nº103-2018-MDC
(APROBACIÓN DE AMPL. DE PLAZO
Nº10)
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

“AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y


ALCANTARILLADO EN EL SECTOR URBANO,
DISTRITO DE CALANA - TACNA – TACNA”

ANEXO D:

RESOLUCIÓN Nº089-2018-MDC
(APROBACIÓN DE ADICIONAL DE
OBRA Nº07)
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

“AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y


ALCANTARILLADO EN EL SECTOR URBANO,
DISTRITO DE CALANA - TACNA – TACNA”

ANEXO E:

COPIA DE ANOTACIONES DE
CUADERNO DE OBRA.
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

“AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y


ALCANTARILLADO EN EL SECTOR URBANO,
DISTRITO DE CALANA - TACNA – TACNA”

ANEXO F:

CALENDARIO DE AVANCE DE OBRA


VALORIZADO VIGENTE Y LA
PROGRAMACIÓN CPM (contractual).
AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 12 - CONSORCIO SANEAMIENTO CALANA I

“AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y


ALCANTARILLADO EN EL SECTOR URBANO,
DISTRITO DE CALANA - TACNA – TACNA”

ANEXO G:

PROGRAMACIÓN CPM
CONSIDERANDO LA AMPLIACION DE
PLAZO N° 12.

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