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Programa para Trabajo en Alturas

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VERSION: 4
PROGRAMA  CODIGO: HSE-
PRO-13
 FECHA:
Programa para trabajo en alturas
2013/Nov/08

VERSION FECHA RAZON DE LA ACTUALIZACIÓN


Se actualiza de acuerdo a los cambios realizados en el
2 2011/Oct/01
sistema 
Se actualiza de acuerdo a la actualización de la
3 2012/Nov/22 normatividad legal, creación de la resolución 1409 de
2012. 
Se actualiza de acuerdo al numeral 5° del artículo 10 y el
4 2013/Oct/30 parágrafo 4° del artículo 11 de la Resolución 1409 de
2012. 

1. OBJETIVO
Identificar las condiciones de riesgo de caída existentes, cuando se realizen trabajos
superiores o inferiores a 1.5 m, con el fin de implementar medidas de control que
mejoren las condiciones de trabajo y salud. 

2. ALCANCE
Controlar situaciones de riesgo de caída mayor a 1.5 m existentes para todo el
personal de Equipos y Controles Industriales.
 

3. DEFINICIONES
- : ACCESO POR CUERDAS: técnica de ascenso, descenso y progresión por
cuerdas con equipos especializados para tal fin, con el propósito de acceder a un lugar
específico de una estructura.

ANCLAJE: punto seguro al que pueden conectarse equipos personales de protección


contra caídas con resistencia certificada a la rotura y un factor de seguridad, diseñados
y certificados en su instalación por un fabricante y/o una persona calificada. Puede ser
fijo o móvil según la necesidad.

APROBACIÓN DE EQUIPOS: documento escrito y firmado por una persona


calificada, emitiendo su concepto de cumplimiento con los requerimientos del
fabricante.

ARNÉS DE CUERPO COMPLETO: equipo de protección personal diseñado para


distribuir en varias partes del cuerpo el impacto generado durante una caída. Es
fabricado en correas cosidas y debidamente aseguradas, e incluye elementos para
conectar equipos y asegurarse a un punto de anclaje. Debe ser certificado bajo un
estándar nacional o internacionalmente aceptado.

AYUDANTE DE SEGURIDAD: trabajador designado por el empleador para


verificar las condiciones de seguridad y controlar el acceso a las áreas de riesgo de
caída de objetos o personas. Debe tener una constancia de capacitación en protección
contra caídas para trabajo seguro en alturas en nivel avanzado o tener certificado de
competencia laboral para trabajo seguro en alturas.

CENTRO DE ENTRENAMIENTO: sitio destinado para la formación de personas


en trabajo seguro en alturas, que cuenta con infraestructura adecuada para desarrollar
y/o fundamentar el conocimiento y las habilidades necesarias para el desempeño del
trabajador, y la aplicación de las técnicas relacionadas con el uso de equipos y
configuración de sistemas de Protección Contra Caídas de alturas. Además de las
estructuras, el Centro de Entrenamiento deberá contar con equipos de Protección
Contra Caídas Certificados, incluyendo líneas de vida verticales y horizontales, sean
portátiles o fijas y todos los recursos para garantizar una adecuada capacitación del
trabajador.

CERTIFICACIÓN DE EQUIPOS: documento que certifica que un determinado


elemento cumple con las exigencias de calidad de un estándar nacional que lo regula y
en su ausencia, de un estándar avalado internacionalmente. Este documento es emitido
generalmente por el fabricante de los equipos.

CERTIFICADO DE COMPETENCIA LABORAL: documento otorgado por un


organismo certificador investido con autoridad legal para su expedición, donde
reconoce la competencia laboral de una persona para desempeñarse en esa actividad.

CERTIFICACIÓN PARA TRABAJO SEGURO EN ALTURAS: certificación que


se obtiene mediante el certificado de capacitación de trabajo seguro en alturas ó
mediante el certificado en dicha competencia laboral.

CONECTOR: cualquier equipo certificado que permita unir el arnés del trabajador al
punto de anclaje.

COORDINADOR DE TRABAJO EN ALTURAS: trabajador designado por el


empleador, denominado antiguamente persona competente en la normatividad
anterior, capaz de identificar peligros en el sitio en donde se realiza trabajo en alturas,
relacionados con el ambiente o condiciones de trabajo y que tiene su autorización para
aplicar medidas correctivas inmediatas para controlar los riesgos asociados a dichos
peligros. Debe tener certificación en la norma de competencia laboral vigente para
trabajo seguro en alturas, capacitación en el nivel de coordinador de trabajo en alturas
y experiencia certificada mínima de un año relacionada con trabajo en alturas. Los
requisitos de certificación, capacitación y experiencia del coordinador de trabajo en
alturas, serán exigidos a partir de los dos años siguientes a la expedición de la presente
resolución, mientras que transcurre dicho tiempo deben contar como mínimo con el
certificado de capacitación del nivel avanzado en trabajo en alturas o certificación de
dicha competencia laboral.

<b<="" b=""> La distancia vertical entre el punto donde termina la caída libre y se
comienza a activar el absolvedor de choque hasta que este último pare por completo.

DISTANCIA DE DETENSIÓN: La distancia vertical total requerida para detener


una caída, incluyendo la distancia de desaceleración y la distancia de activación.

EQUIPO DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS CERTIFICADO: equipo que


cumple con las exigencias de calidad de la norma nacional o internacional que lo
regula, sin que este último pueda ser menos exigente que el nacional.

ESLINGA DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS: sistema de cuerda, reata, cable


u otros materiales que permiten la unión al arnés del trabajador al punto de anclaje. Su
función es detener la caída de una persona, absorbiendo la energía de la caída de modo
que la máxima carga sobre el trabajador sea de 900 libras. Su longitud total, antes de
la activación, debe ser máximo de 1,8 m. Deben cumplir los siguientes
requerimientos:

ESLINGA DE POSICIONAMIENTO: Elemento de cuerda, cintas, cable u otros


materiales con resistencia mínima de 5.000 libras (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg) que
puede tener en sus extremos ganchos o conectores que permiten la unión al arnés del
trabajador y al punto de anclaje, y que limita la distancia de caída del trabajador a
máximo 60 cm. Su función es ubicar al trabajador en un sitio de trabajo, permitiéndole
utilizar las dos manos para su labor.

ESLINGA DE RESTRICCIÓN: Elemento de cuerda, reata, cable u otro material


con resistencia mínima de 5.000 libras (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg) y de diferentes
longitudes o graduable que permita la conexión de sistemas de bloqueo o freno. Su
función es limitar los desplazamientos del trabajador para que no llegue a un sitio del
que pueda caer.

EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES PARA TRABAJO


SEGURO EN ALTURAS: Proceso por medio del cual un evaluador recoge de una
persona, información sobre su desempeño y conocimiento con el fin de determinar si
es competente, o aún no, para desempeñar una función productiva de acuerdo a la
norma técnica de competencia laboral vigente.

GANCHO: Equipo metálico con resistencia mínima de 5.000 libras (22.2


Kilonewtons – 2.272 Kg) que es parte integral de los conectores y permite realizar
conexiones entre el arnés y los puntos de anclaje, sus dimensiones varían de acuerdo a
su uso, los ganchos están provistos de una argolla u ojo al que está asegurado el
material del equipo conector (cuerda, reata, cable, cadena, entre otros) y un sistema de
apertura y cierre con doble sistema de accionamiento para evitar una apertura
accidental, que asegure que el gancho no se salga de su punto de conexión.

LINEAS DE VIDA HORIZONTALES: Sistemas certificados de cables de acero,


cuerdas, rieles u otros materiales que debidamente ancladas a la estructura donde se
realizará el trabajo en alturas, permitan la conexión de los equipos personales de
protección contra caídas y el desplazamiento horizontal del trabajador sobre una
determinada superficie; la estructura de anclaje debe ser evaluada con métodos de
ingeniería.

LINEAS DE VIDA VERTICALES: Sistemas certificados de cables de acero,


cuerdas, rieles u otros materiales que debidamente ancladas en un punto superior a la
zona de labor, protegen al trabajador en su desplazamiento vertical
(ascenso/descenso). Serán diseñadas por una persona calificada, y deben ser instaladas
por una persona calificada o por una persona avalada por el fabricante o por la persona
calificada

MEDIDA DE PREVENCIÓN: Conjunto de acciones individuales o colectivas que


se implementan para advertir o evitar la caída de personas y objetos cuando se realizan
trabajos en alturas y forman parte de las medidas de control. Entre ellas están:
sistemas de ingeniería; programa de protección contra caídas y las medidas colectivas
de prevención.

MEDIDA DE PROTECCIÓN: Conjunto de acciones individuales o colectivas que


se implementan para detener la caída de personas y objetos una vez ocurra o para
mitigar sus consecuencias.

MOSQUETÓN: Equipo metálico en forma de argolla que permite realizar


conexiones directas del arnés a los puntos de anclaje. Otro uso es servir de conexión
entre equipos de protección contra caídas o rescate a su punto de anclaje.

PERSONA CALIFICADA: Ingeniero con experiencia certificada mínimo de dos


años para calcular resistencia materiales, diseñar, analizar, evaluar, autorizar puntos de
anclaje y elaborar especificaciones de trabajos, proyectos o productos acorde con lo
establecido en la presente resolución. La persona calificada es la única persona que da
la autorización a un punto de anclaje sobre el cual se tengan dudas.

POSICIONAMIENTO DE TRABAJO: Conjunto de procedimientos mediante los


cuales se mantendrá o sostendrá el trabajador a un lugar específico de trabajo en
alturas, limitando la caída libre de éste a 2 pies (0,60 m) o menos.

REENTRENAMIENTO: Proceso anual obligatorio, por el cual se actualizan


conocimientos y se entrenan habilidades y destrezas en prevención y protección contra
caídas. Su contenido y duración depende de los cambios en la norma para protección
contra caídas en trabajo en alturas, o del repaso de la misma y de las fallas que en su
aplicación que el empleador detecte, ya sea mediante una evaluación a los trabajadores
o mediante observación a los mismos por parte del coordinador de trabajo en alturas.
El reentrenamiento debe realizarse anualmente o cuando el trabajador autorizado
ingrese como nuevo en la empresa, o cambie de tipo de trabajo en alturas o haya
cambiado las condiciones de operación o su actividad. La empresa puede efectuar el
reentrenamiento directamente bajo el mecanismo de UVAE o a través de terceros
autorizados por esta Resolución. Así mismo, debe quedar prueba del rentrenamiento,
que puede ser, mediante lista de asistencia, constancia o certificado.

REQUERIMIENTO DE CLARIDAD O ESPACIO LIBRE DE CAÍDA: Distancia


vertical requerida por un trabajador en caso de una caída, para evitar que este impacte
contra el suelo o contra un obstáculo. El requerimiento de claridad dependerá
principalmente de la configuración del sistema de detención de caídas utilizado.

RESTRICCIÓN DE CAÍDA: Técnica de trabajo que tiene por objetivo impedir que
el trabajador sufra una caída de un borde o lado desprotegido.

TRABAJADOR AUTORIZADO: Trabajador que posee el certificado de


capacitación de trabajo seguro en alturas ó el certificado de competencia laboral para
trabajo seguro en alturas.

TRABAJOS EN SUSPENSIÓN: Tareas en las que el trabajador debe “suspenderse”


o colgarse y mantenerse en esa posición, mientras realiza su tarea o mientras es subido
o bajado.

TRABAJO OCASIONAL: Son las actividades que no realiza regularmente el


trabajador o que son esporádicos o realizados de vez en cuando.

TRABAJO RUTINARIO: Son las actividades que regularmente desarrolla el


trabajador, en el desempeño de sus funciones.

SISTEMA DE PROTECCIÓN DE CAÍDAS CERTIFICADO: Conjunto de


elementos y/o equipos diseñados e instalados que cumplen con las exigencias de
calidad de la norma nacional o internacional que lo regula, y aprobado por una
persona calificada si existen dudas. En ningún momento, el estándar internacional
puede ser menos exigente que el nacional.

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4. RESPONSABLES
- 4.1 Nivel Gerencial: • Brindar los recursos administrativos y financieros requeridos
para el funcionamiento y operatividad del Programa de Prevención y Protección
Contra Caídas.

• Adoptar y apoyar las medidas determinadas por el Programa de Prevención y


Protección Contra Caídas.
• Responder ante los entes controladores de la Salud Ocupacional del país y la ARL
Colmena Vida y Riesgos Profesionales.

• Autorizar la adquisición de los recursos que sean requeridos para el funcionamiento


del Programa de prevención y Protección Contra Caídas

- 4.2 Coordinador de HSEQ: • Son los responsables de diseñar y definir el programa


de trabajos en altura y velar por su cumplimiento.
• Programar y coordinar las actividades derivadas del programa.
• Seleccionar y comprar los elementos y equipos de seguridad para trabajos en altura,
garantizando su calidad y cumplimiento de la normatividad.
• Realizar inspecciones de seguridad programadas en las áreas de trabajo, elementos y
equipos de protección para trabajo en altura.
• Garantizar la formación y certificación para trabajos en altura del personal que
ejecute y supervise estas labores.
• Coordinar la certificación medica para trabajos en altura del personal que ejecute y
supervise estas labores.

- 4.3 Jefes de área (gerente de proyectos, gerente de servicios): • Identificar


previamente los riesgos potenciales que puedan generar incidentes por trabajos en
altura en su área de responsabilidad.

• Verificar que los trabajadores de su área dispongan de los conocimientos, el


entrenamiento, los elementos de protección personal, el sistema de protección contra
caídas adecuado, el sistema de acceso requerido y las herramientas adecuadas para el
desarrollo del trabajo seguro en altura.

• Verificar y garantizar que los trabajadores de su área cumplan las normas de


seguridad para trabajo en alturas.

• Tramitar los planes de acción requeridos para el control de los factores de riesgo por
trabajo en altura

- 4.4 Inspectores de HSE: • Implementar el programa de trabajos en altura y cada uno


de sus componentes en las sedes y/o proyectos asignados.
• Identificar los peligros en el área de trabajo e implementar los controles necesarios
para su minimización o eliminación.
• Participar en la generación del permiso de trabajo antes iniciar las labores.
• Validar las inspecciones de los elementos, equipos y estructuras antes de iniciar las
labores.
• Realizar inspecciones de seguridad programadas en las áreas de trabajo, elementos y
equipos de protección para trabajo en altura.
• Supervisar los trabajos permanentemente y detenerlos si se detecta una desviación o
incumplimiento a las normas de seguridad establecidas.
• Realizar charlas de seguridad al personal.
• Coordinar las capacitaciones, entrenamientos y programación de exámenes médicos
para trabajos en alturas.
• Cumplir y hacer cumplir las normas y controles de seguridad establecidos en ECI.

- 4.5 Trabajadores (técnico, ayudantes mecanicos) y contratistas: • Cumplir con


las normas y recomendaciones del Programa de Prevención y Protección Contra
Caídas.

• Participar de manera activa en las actividades y capacitación que lleve a cabo la


empresa.

• Participar de la ejecución, vigilancia y control de los puestos de trabajo y del


Programa de Prevención y Protección Contra Caídas.

• Utilizar los elementos de protección personal que la empresa le ha asignado y


mantenerlos adecuadamente dándole el uso debido.

• Identificar y reportar condiciones inseguras o actos sub estándar que puedan generar
riesgos en tareas de trabajo en altura.

• Cumplir las normas de seguridad para trabajo seguro en alturas en actividades


autorizadas por E.C.I. dentro y fuera de la compañía.

• Para el caso de los contratistas, estos deberán avalar su propio permiso de trabajo.
E.C.I solamente validará las condiciones de trabajo en los casos que consideré
pertinente.

- 4.6 Lider Técnico: • Autorizar el permiso de trabajo seguro en altura y el ATS antes
de iniciar las labores en alturas.

• Acatar las responsabilidades que le correspondan, establecidas en el numeral 4.4

5. RECURSOS
Se gestionarán todas las actividades de prestación de servicios de asesoría y de
ejecución técnica, para la corrección de factores de riesgo presentes en las diferentes
áreas de trabajo con profesionales experimentados en el tema, siempre orientados
bajo las políticas administrativas de la compañía y la supervisión dinámica del
Comité Paritario de Salud Ocupacional y la asesoría de la Administradora de
Riesgos Laborales Colmena Vida y Riesgos Profesionales, y la aprobación del
Servicio Nacional de Aprendizaje SENA. El equipo de rescate está conformado por
el mismo grupo de trabajadores, quienes recibirán apoyo de la Brigada de
Emergencia.

   5.1 RECURSOS FISICOS Y TECNOLOGICOS


Para el desarrollo del Programa de Protección Contra Caídas el E.C.I. S.A., cuenta
con salas de capacitación, equipos de cómputo, video vean y ayudas audiovisuales,
entre otros; ubicados en las diferentes áreas de la organización.

Además, para la realización de las prácticas, se deberá contactar a una organización,


cuyas instalaciones -pistas de entrenamiento- se encuentran avaladas por el Servicio
Nacional de Aprendizaje SENA. Dicha documentación será debidamente verificada
y custodiada por el Coordinador de Trabajo en Alturas

6. CONDICIONES GENERALES
6.1. NORMAS LEGALES COLOMBIANAS DE REFERENCIA

• Resolución 1409/12: Establece el reglamento de seguridad para protección contra


caídas en el trabajo en alturas

• Resolución 1903/2013: Modifica el numeral 5° del artículo 10 y el parágrafo 4° del


artículo 11 de la Resolución 1409 de 2012 y se dictan otras disposiciones.

• Resolución 2346/07: Regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y


el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales.

• Resolución 1918/09: Modifican los artículos 11 y 17 de la Resolución 2346 de


2007 y se dictan otras disposiciones.

6.2. REQUERIMIENTOS PARA LOS TRABAJADORES

6.2.1. Exámenes médicos de aptitud.

Toda persona que realice un trabajo seguro en alturas para esto debe tener un
concepto específico aprobado, por medio de un examen médico ocupacional no
superior a un año, según lo establecido en la Resolución 1409 de 2012 de tal manera
que se verifiquen sus condiciones físicas y mentales para el desarrollo seguro de los
trabajos, de no contar con este certificado de aptitud, no podrá desarrollar dichos
trabajos.

Los trabajadores de ECI que desarrollen permanentemente estos trabajos, su examen


medico periódico ocupacional deberá ser con énfasis en altura. (Ver profesiograma
ECI).

6.2.2. Programa de capacitación


Los cargos que deben tomar el entrenamiento en el nivel básico administrativo son:
Gerente de Proyectos, Gerente de Servicios, Coordinadora Administrativa,
Planeador, Coordinador de Instrumentación, Coordinador de Válvulas y
Coordinador de Garantias.

Los cargos que deben tomar el entrenamiento en el nivel avanzado son: Técnico,
Ayudante Mecánico, Líder Técnico, Ingeniero Senior e Ingeniero Junior.

Una de las personas del area HSEQ debe tomar el entrenamiento en el nivel de
Coordinador de Trabajo en Alturas

Además de la formación inicial, deberá garantizarse que anualmente el personal


realice su reentrenamiento con una intensidad correspondiente, de acuerdo a lo
establecido en la resolución 1903 de 2013.

6.3. SISTEMAS DE SEGURIDAD.

Sistema de detención contra caídas.

Un sistema de detención contra caídas de altura garantiza la parada segura de una


caída de forma que la distancia de caída del cuerpo sea mínima, que la fuerza de
frenado no provoque lesiones corporales, que la postura del usuario una vez
producido el frenado de la caída sea tal que permita al usuario, dado el caso, realizar
su propio rescate o esperar el rescate por personal competente.

Una vez en uso, los sistemas de protección contra caídas, deben ser monitoreados
para garantizar que son seguros.

A continuación se relacionan los requisitos que deben cumplir los elementos de un


sistema de detención contra caídas.

1. Anclajes

- En la fase de planeación del trabajo se deben definir y evaluar los puntos de las
estructuras donde se sujetaran los elementos de detención contra caídas.
- Los anclajes deben resistir como mínimo 5000 libras fuerza por trabajador. Una
persona calificada y/o competente con suficiente conocimiento deberá determinar
cuáles son los puntos apropiados para ser utilizados como anclajes.
- En lo posible, el anclaje usado para impedir caídas debe ser independiente al
soporte en que se paran los trabajadores.
- Las columnas y vigas normalmente son consideradas puntos seguros para fijar
anclajes. Evite usar de tuberías de diámetro pequeño y cualquier parte de un sistema
eléctrico.
- Se debe procurar que el punto de anclaje se encuentre a la altura del tórax del
trabajador o por encima, esto disminuirá la distancia de caída libre.
- Los ganchos que conectan los elementos para impedir caídas al punto de anclaje,
deben ser de ajuste rápido.

2. Arnés de seguridad.

El único arnés aceptable para detención de caídas es el de cuerpo completo. Si una


persona cae, un arnés bien puesto distribuirá la fuerza de detención por los muslos,
la pelvis, el pecho y los hombros. Para usar el arnés, se deben seguir las
instrucciones del fabricante. Para la mayoría de los arneses de cuerpo entero, cuando
vayan a ser utilizados, se deben seguir las siguientes indicaciones:

- Sostener el arnés por el anillo de enganche trasero y agitarlo para que las correas
caigan en su lugar.
- Pasar las correas por los hombros de manera que el anillo de enganche quede en
medio de la espalda.
- Conectar las correas del pecho y/o cintura. Estas correas deben ajustar bien.
Con la mano entre las piernas, enganchar la correa en la hebilla o el broche del
muslo. Repetir lo mismo con la segunda correa.
- Después de amarrar las dos correas, halarlas hasta que queden bien firmes.
- El arnés debe quedar ajustado, pero debe permitirle moverse libremente.
- Amarrar el arnés al sistema de detención contra caídas, usando el anillo en D
ubicado en la parte posterior de la espalda.

3. Conectores

- Todos los conectores deben ser forjados o estampados, no pueden ser soldados y
deben tener acabados resistentes a la corrosión.
- Deben tener una resistencia a la rotura mínimo de 5000 libras.
- Deben cerrarse automáticamente y abrirse sólo con dos acciones deliberadas
consecutivas.
- No se deben conectar dos conectores o ganchos entre sí, a un mismo anillo, a su
misma línea de seguridad o a una línea de vida horizontal.

4. Líneas de vida y líneas de seguridad

- Las líneas deben ser de material sintético o con una capacidad nominal de 5000
libras.
- Las líneas no deben tener nudos ni uniones. Los nudos reducen la resistencia hasta
en un 50%.
- Las líneas de vida deben tener un ojal certificado para poderse conectar a un
gancho o mosquetón.
- Las cuerdas utilizadas para levantar o movilizar carga no pueden ser usadas como
cuerdas de seguridad personal.
- Las líneas deben ser inspeccionadas cada vez que se usen, desde el anclaje hasta el
final.
- Deben estar protegidas de aristas, posibles desgastes por roce, corrosión y alta
temperatura.
- Las líneas de vida verticales no deben tener más de un trabajador conectado a cada
una de ellas.
- Las líneas de vida horizontales pueden tener hasta dos trabajadores conectados a
ella siempre y cuando los puntos de anclaje y la línea tengan una resistencia a la
carga de 5000 libras por cada trabajador.

5. Sistemas de posicionamiento

- Los sistemas de posicionamiento colocan o sostienen al usuario en posición para


trabajar. Estos sistemas deben incluir como mínimo un arnés de cuerpo entero con
argolla-D dorsal y argollas laterales para posicionamiento, una eslinga para
posicionamiento y un sistema de línea de vida.
- El sistema de posicionamiento debe permitir que la caída libre este limitada a 0.6
Mts (2 pies) o Menos

6. Uso seguro de escaleras de mano portátiles

- La escalera portátil se requiere cuando se utilizan las dos manos en la labor.


- Donde sea posible, se debe asegurar la escalera de mano portátil a una estructura
sólida para prevenir su movimiento mientras se está utilizando.
- Las escaleras de mano de extensión deben de ser aseguradas si su longitud
sobrepasa los 3 metros.
- Cuando se utilice una escalera de mano recta ó de extensión, se debe colocar de
manera tal que el ángulo de elevación de la horizontal sea de aproximadamente 75°.
- La escalera de mano debe extenderse 1 m. ó aproximadamente tres peldaños sobre
la superficie de apoyo.
- Adicionalmente, una escalera de mano portátil recta (No de marco tipo A) ó una
escalera de mano de extensión deben de ser aseguradas para prevenir su
deslizamiento.

6.4. EPP Y EQUIPOS DE SEGURIDAD.

Los trabajadores o contratistas que efectúen trabajos en alturas deben usar


obligatoriamente los elementos de protección personal requeridos para la tarea según
los riesgos identificados en el formato permiso para trabajo en alturas.

Mantenimiento de elementos de protección personal: Los elementos de protección


personal deben ser revisados antes y después de efectuar trabajos en alturas, los que
presenten deterioro se deben reemplazar inmediatamente.

1. Los elementos de protección personal mínimos requeridos para trabajar en alturas


son los siguientes:

- Casco de seguridad de tres puntos de apoyo con su barbuquejo.


- Gafas de seguridad.
- Y los demás requeridos de acuerdo a la labor a desarrollar.

2. A continuación se nombran algunos equipos de seguridad mínimos para trabajo en


alturas de acuerdo a lo descrito en el ítem 6.3.:

• Medidas pasivas: Redes.


• Medidas Activas:
- Arnés cuerpo entero.
- Puntos de anclaje.
- Mecanismos de anclaje.
- Puntos de anclaje móviles: Líneas de vida horizontal y vertical.
• Conectores:
- Ganchos de seguridad.
- Mosquetones.
- Conectores para restricción de caída.
- Conectores de posicionamiento: eslingas de posicionamiento.
- Conectores para restricción de caídas: eslingas (Y) con absorbedor de choque,
líneas de vida auto retráctil.
- Conectores de transito vertical: líneas de vida fijas en cable, líneas de vida
portátiles en cuerda

Todos los EPP y equipos de seguridad deben ser inspeccionados antes de ser
utilizados y adicionalmente cumplir con la programación establecida según el
programa de inspecciones HSE-PRO-04 (6 meses). Y deben tener hoja de vida.
Todos los equipos de seguridad deben ser inspeccionados por personal competente
por lo menos una vez al año.
 

HSE-PRO-04-Programa de inspecciones de seguridad.


HSE-F-12- lista de chequeo inspección escaleras manuales.
HSE-F-13-Lista de chequeo inspección andamios.
HSE-F-14- Lista de chequeo inspección torres

HSE-F-31-Lista de chequeo arnés de seguridad.


HSE-F-49-Análisis de trabajo seguro
HSE-F-76-Permiso de trabajo ECI
HSE-F-77-Lista de verificación para trabajos en alturas superiores a 1,50 m.
Presupuesto y ejecución presupuestal programa HSE.
Profesiograma ECI.
Flujograma uso de andamios.
Flujograma uso de escaleras.
Flujograma ascenso y descenso de torres.
Instructivo practico para andamios y escaleras
Certificados de aptitud médica.
Hoja de vida de equipos de protección contra caídas.
 

7. DOCUMENTOS RELACIONADOS

Intructivo practico uso de escaleras

Flujograma Uso de Andamios

Flujograma Ascenso y desceso de Torres

Instructivo practico uso de andamios y escaleras

Flujograma rescate en alturas

Flujograma Escaleras
Todos los trabajos que se desarrollen en altura deben ser supervisados por un
personal competente, ya sea inspector de HSEQ o trabajador asignado que cumpla
con la formación requerida ver ítem 6.2.2.

Para ejecutar un trabajo en alturas se debe cumplir con los siguientes pasos:
 

ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN RESPONSABLE


8.1. Verificación del Certificación de
cumplimiento de los capacitación y certificado
requisitos del trabajador de aptitud médica ( ver item
6.2) adicionalmente se debe
verificar el estado en el que
llega el trabajador.

8. DESARROLLO
ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN RESPONSABLE
8.2. Análisis de trabajo Todas las actividades que se Area HSEQ
seguro desarrollen en alturas y que Personal ECI
este dentro del alcance de Contratista ECI
este programa, se les debe
realizara análisis de trabajo
seguro, sin excepción
alguna. (Ver HSE-F-49-
Analisis de trabajo seguro).
ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN RESPONSABLE
8.3. Delimitación o Para esto se puede utilizar Area HSEQ
demarcación del área de cintas, señalización, Personal ECI
trabajo: barandas etc. Contratista ECI
ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN RESPONSABLE
8.4. Inspecciones pre Todos los equipos de Area HSEQ
operacionales trabajo en altura a utilizar y Personal ECI
las estructuras donde se Contratista ECI
realizara el asenso y
descenso en caso de que
aplique deben ser revisadas
e inspeccionadas (ver HSE-
F-31- Inspección de
sistemas y equipos para
trabajos en alturas, HSE-F-
12- Lista de chequeo
escaleras manuales, HSE-F-
13-Lista de chequeo
andamios y lista de chequeo
línea de vida escalera de
torre).
ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN RESPONSABLE
8.5. Permisos de trabajo Todas las actividades que se Area HSEQ
desarrollen en alturas y que Personal ECI
este dentro del alcance de Contratista ECI
este programa, una vez
realizado los pasos
anteriores, deben tramitar el
permiso de trabajo ante el
área de HSEQ de ECI, y en
caso de estar en planta del
cliente, según lo dispuesto
en su procedimiento.
Estos permisos de trabajo
deben estar soportados con
las listas de verificación
correspondientes, análisis
de trabajo e inspecciones
pre operacionales según
corresponda. (Ver HSE-F-
74-Permisos de trabajo ECI
Y HSE-F-77-Lista de
verificación para trabajos en
altura superiores a 1.50 m).
La vigencia del permiso de
trabajo será según lo
establecido por el área de
HSEQ.

No se permite el inicio de
actividades hasta que no se
verifique que se cumpla con
todos los requisitos.
 

   8.6 PROCEDIMIENTO DE RESCATE


 

1. Principios de seguridad

- Garantizar siempre la seguridad de los rescatadores y la (s) victima (s).


- Señalizar y asegurar el área donde se realizara el rescate.
- No aumentar las posibles lesiones de la víctima.
- Evalué el costo beneficio y riesgo, realice las actividades siempre y cuando tenga
probabilidad real de tener éxito.
- Revise nuevamente la seguridad.
- Utilice EPP y equipos certificados.
- Revise los componentes del sistema.
- Antes del rescate, suministre los primeros auxilios y la estabilización de la víctima
para desarrollar el procedimiento de evacuación.
- Ahorrar esfuerzo y optimizar el tiempo.
- Simplifique lo que más pueda las operaciones de rescate, evite complicarse.

2. Fase táctica del rescate

Consiga la mayor información de lo ocurrido, para determinar las acciones a seguir


para el acceso, estabilización y evacuación de la víctima, esto le ayudara también a
determinar los componentes a utilizar.

Obtenga datos como:

- Altura en donde se encuentra la víctima a rescatar.


- Tipo de evento que lo afecto.
- Edad.
- Hora del suceso.
- Valore la aproximación más segura.

Determine los tiempos de respuesta ya que el tiempo no es el aliado en ese instante,


esto ayudara a desarrollar el procedimiento con mayor seguridad, rapidez y eficacia.

3. Reconocimiento

- Obtenga toda la información posible.


-Tome decisiones rápidas y confiables.
- Acordone y señalice el área en donde realizara el rescate.
- Determine las necesidades de los componentes del sistema de rescate.
- Revise el estado de seguridad de los componentes del sistema de rescate.
- Identifique los peligros y los controles antes al realizar el rescate.
- Identifique si la victima suspendida está consciente o inconsciente.

4. Pre-rescate

- Determine el acceso de los rescatadores.


- Evalué el estado de salud de la víctima.
- Estime la posibilidad de equipo adicional de primeros auxilios.
- Anticípese ante posibles cambios en el plan de rescate, como cambio brusco del
clima.
- Utilice el equipo adecuado de los componentes del sistema de rescate.
- Organice y establezca un sistema de comunicación interno y externo.

5. Rescate

- Fije y asegure los sistemas para subir o bajar a la víctima utilice un sistema de
distribución de fuerza 3:1.
- Ubique todos los sistemas de seguridad para las labores de rescate.
- Acceda a la víctima, suministre primeros auxilios y apoyo psicológico.
- Estabilice a la víctima.
- Asegure a la víctima al sistema para subir o bajar según sea el caso.
- Cuando sea evacuado reevalué el estado de salud y garantice un traslado adecuado
y oportuno.

6. Finalización de las labores de rescate

- Recoja y evalué el equipo utilizado.


- Colabore con la investigación del accidente.

7. Elementos para el rescate

• Casco para rescate.


• Arnés de rescate, Resistencia mínima 22.2 kN o 5.000 libras.
• Sistema de poleas 3:1.
• Cuerda estática Nylon, Resistencia mínima 22.2 kN o 5.000 libras.
• Mosquetones con cierre de seguridad en acero o aleaciones, Resistencia mínima
22.2 kN o 5.000 libras.
• Eslinga en Y con desacelerador, Resistencia mínima 22.2 kN o 5.000 libras.
• Descendedor en OCHO con orejas.
• Collarín cervical rígido ajustable.
• Camilla tipo canastilla para rescate en alturas.
• Desfibrilador portátil.
 

FRECUENC
FRECUENC
OBJETI INDICADO MEDICIÓ FORMULACI IA DE MET
IA DE
VO R N ÓN TOMA DE A
ANÁLISIS
DATOS
Prevenir Indice de Medir la        
la Accidentalid accidentalid
ocurrenci ad   ad de la
a de Organizació
incidente n 
s de
trabajo  

9. EVALUACIÓN DEL PROGRAMA


FRECUEN
FRECUEN
OBJETI INDICADO MEDICIÓ CIA DE MET
FORMULACIÓN CIA DE
VO R N TOMA DE A
ANÁLISIS
DATOS
Prevenir Indice de Medir la Mensual: (No. De Mensual   Mensual   < 2.7
la Accidentalid accidentali Accidentes anual
ocurrenci ad   dad de la registrables
a de Organizaci durante el periodo <
incidente ón   / Total de horas 0.23
s de hombre en el mes
trabajo   periodo)*(200.000  
/12).

Anual: (No. De
Accidentes
registrables
durante el periodo
/ Total de horas
hombre en el
periodo)*(200.000
).
 
ELABORÓ REVISÓ APROBÓ
Coordinación Coordinación Nombre: Gerente
Nombre: Nombre:
HSEQ HSEQ Cargo: Gerente General
Coordinador Coordinador Fecha: 2013/Dic/18
Cargo: Cargo:
HSEQ HSEQ
Fecha: 2013/Nov/08 Fecha: 2013/Dic/18

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