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Presentacion Seguros Generales UIS
Presentacion Seguros Generales UIS
Presentacion Seguros Generales UIS
SANTANDER
PROGRAMA DE SEGUROS
30/11/2014 – 00.00 horas
30/11/2015 – 00.00 horas
EL RIESGO
RIESGO
ESPECULATIVO
RIESGO
PURO
CLASES RIESGO
RIESGO ESPECULATIVO
RIESGO PURO
Incendio, accidente de
tránsito, terremoto, etc.
DEFINICIÓN DE RIESGO
Es incierto
Posible
Concreto
Lícito
De contenido económico
DEFINICIÓN DE RIESGO
Riesgo es el suceso
incierto que no depende
exclusivamente de la
voluntad del tomador, del
asegurado o del
beneficiario, y cuya
realización de origen a la
obligación del asegurador.
(Art 1054 C. Co.)
¿ A cuales riesgos
está expuesto?
CONCEPTOS GENERALES
SEGURO
Riesgos
$
Prima
Tomador Asegurador
Indemnización
SEGURO
DEFINICION
INTERES ASEGURABLE:
Por interés asegurable se entiende la relación licita de valor económico
sobre un bien. Cuando esta relación se halla amenazada por un riesgo,
es un interés asegurable.
PRIMA:
AMPARO O COBERTURA
EXCLUSIONES
PÓLIZA
VALOR ASEGURADO
Es el monto que determina la responsabilidad máxima del asegurador en
caso de realizarse un siniestro amparado por la póliza
OBJETIVA SUBJETIVA
Valor comercial
Valor
estimado
Valor reconstrucción
Valor de reposición
GENERALIDADES DEL SEGURO
INFRASEGURO Y SUPRASEGURO
Asegurar por menor o por mayor valor del real:
MENOS DE MAS DE
$26.000.000
$26.000.000 $26.000.000
PARTES E INTERVINIENTES EN EL SEGURO
Tomador
Asegurador
PARTES E INTERVINIENTES EN EL SEGURO
Intermediario
Tomador
Asegurador
PARTES E INTERVINIENTES EN EL SEGURO
Intermediario
Tomador
Asegurador
Asegurado
Beneficiario
Afianzado
PARTES E INTERVINIENTES EN EL SEGURO
DAÑOS
PERSONAS
REALES PATRIMONIALES
OBLIGACIÓN DE ASEGURAR
Ley 42 de 1993
“Los órganos de control fiscal verificarán que los bienes del Estado estén
debidamente amparados por una póliza de seguros o un fondo especial
creado para tal fin, pudiendo establecer responsabilidad fiscal a los
tomadores cuando las circunstancias lo ameriten.” (Art. 107)
Código Único Disciplinario
Es falta gravísima... “No asegurar por su valor real los bienes del Estado ni
hacer las apropiaciones presupuestales pertinentes” (Art. 48 Num. 63)
Estatuto Anticorrupción – Ley 1474 de 2011
“Se presumirá que el gestor fiscal ha obrado con culpa grave en los
siguientes eventos: (…)
d) Cuando se haya incumplido la obligación de asegurar los bienes de la
entidad o la de hacer exigibles las pólizas o garantías frente al
acaecimiento de los siniestros o el incumplimiento de los contratos.”
(Art. 118)
RAMOS QUE CONFORMAN EL PROGRAMA
DE SEGUROS
Estructura del Programa de Seguros
Seguros de Personas
- Póliza de Accidentes a Pasajeros
- Póliza de Accidentes Escolares
1. Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales
Objeto:
Amparar las pérdidas o daños materiales que sufran los bienes de
propiedad de la Universidad Industrial de Santander, o bajo tenencia,
responsabilidad y/o control, y en general los recibidos a cualquier
título y/o por los que tenga algún interés asegurable , ubicados a nivel
nacional.
Se consideran bienes los edificios, muebles y enseres, maquinaria,
equipos eléctricos y electrónicos, equipos de computo y máquinas en
general, máquinas y equipos de oficina, dinero, títulos valores dentro
y/o fuera de caja fuerte, los cuales están expuestos a riesgos de
daños y/o pérdidas , que puedan afectar gravemente el patrimonio, tal
es el caso de un evento de los denominados catastróficos ( terremoto
o cualquier otra convulsión de la naturaleza).
- Daños materiales accidentales
- Eventos de la naturaleza
- Actos Mal Intencionados de Terceros
- Huelga, Motín, Asonada, Terrorismo
- Hurto y hurto calificado
1. Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales
Bienes Asegurados:
- Otros contenidos
- Maquinaria y Equipo
- Equipos de Cómputo
- Equipos de Oficina
1. Seguro de Todo Riesgo Daños Materiales
Deducibles:
- Terremoto, Temblor y/o Erupción Volcánica: 5% SOBRE EL VALOR ASEGURABLE DEL ITEM
AFECTADO MINIMO 10 SMMLV.
- Amit, HMACCoP, Terrorismo y Sabotaje: 8% DEL VALOR DE LA PÈRDIDA, MINIMO USD
$8.000
- Hurto y hurto Calificado para cualquier bien 5% SOBRE EL VALOR DE LA PERDIDA MINIMO 10
SMMLV
- Otros eventos 5% SOBRE EL VALOR DE LA PERDIDA MINIMO 9
SMMLV
-Deducible obligatorio: No aplicación de deducibles para perdidas por hurto y hurto calificado, y demás
amparos, incluidos los sufridos a equipos móviles y portátiles, sublimite por evento de $10.000.000 y para
perdidas superiores a los $10.000.000 se aplicaran los deducibles ofrecidos según el amparo afectado.
2. Seguro de Automóviles
Amparar los daños y/o pérdidas que sufran los vehículos de propiedad
Objeto:
o por los que sea legalmente responsable la Universidad Industrial de
Santander, o aquellos daños a bienes, lesiones o muerte a terceros
que se causen con dichos vehículos.
-Responsabilidad Civil Extracontractual
• Daños a bienes de Terceros: $ 500.000.000
• Muerte o Lesiones a una persona: $ 500.000.000
• Muerte o Lesiones a dos o más personas: $ 1.000.000.000
-Pérdida Total por daños (incluye actos terroristas)
-Perdida parcial por daños ( incluidos actos terroristas).
- Pérdida Total o Parcial por hurto
- Terremoto, temblor y/o erupción volcánica
-Gastos de transporte por pérdida total
-Protección patrimonial
-Asistencia Jurídica en Proceso Penal y Civil
-Asistencia MAPFRE
Deducibles: SIN APLICACIÓN DE DEDUCIBLE PARA TODOS LOS AMPAROS
2. Seguro de Automóviles
VEHÍCULOS ASEGURADOS
- Automóviles
- Camperos
- Camionetas
- Motocicletas
- Busetas
- Microbuses
•Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios por lesiones: 500 SMLDV
•Incapacidad permanente: 180 SMLDV
Deducibles:
Cargo Cantidad
12. Coordinador sede UIS Bucarica y Guatiguara (1)
13. Jefes de Sección (8)
14. Facultad de Ciencias – Directores de Escuela (4)
15. Facultad de Ciencias Humanas- Directores de Escuela (10)
16. Facultad de Ingenierías Físico Químicas – Directores de Escuela (4)
17. Facultad de Ingenierías Físico Mecánicas – Directores de Escuela (6)
18. Facultad de Salud – Directores de Escuela y Departamentos (13)
19. IPRED (Coordinadores, Directores y subdirectores) (14)
7. Seguro de Responsabilidad Civil Servidores Públicos
Vigencia:
Tiempo de cobertura del seguro.
Amparar las lesiones que se causen al profesorado, estudiantado y cualquier persona autorizada
que se transporte o movilice en cualquiera de los vehículos amparados y de propiedad de la
Universidad Industrial de Santander y que se encuentren asegurados en la póliza de automóviles
vigente.
Amparos:
-Incapacidad total y permanente por accidente hasta 60 SMLMV.
-Muerte Accidental hasta 60 SMLMV.
-Incapacidad temporal por accidente hasta 60 SMLMV.
-Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios hasta 60 SMLMV.
Amparar la muerte por cualquier causa incluido el suicidio, homicidio o la tentativa de homicidio,
terrorismo y muerte natural. Cubre las preexistencias para estudiantes vinculados con la UIS
desde 2014 y que hayan tenido una póliza de accidentes personales estudiantiles.
SINIESTRO
Se denomina
siniestro la
realización del
riesgo asegurado
(Art. 1072 Co. Co.)
PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE SINIESTRO
RECLAMACIÓN FORMAL
Artículo 1077 del Co. de Co.
- Circunstancias de Tiempo
Demostrar la ocurrencia del hecho - Circunstancias de Modo
- Circunstancias de Lugar
• Denuncia Penal
• Informe de Bomberos
• Croquis o Informe de Tránsito
• Informe Técnico
Demostrar la cuantía de la pérdida
• Actas o comprobante de ingreso al almacén
• Cotizaciones
• Informes o Actas de Auditoria
INFORMACIÓN A REPORTAR
INFORMACIÓN A REPORTAR
•Hechos o situaciones que impliquen modificación en el estado
del riesgo.
Ley 45 de 1990
GRACIAS !