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Resolucion INETSAP 001-2021-Calendario
Resolucion INETSAP 001-2021-Calendario
Resolucion INETSAP 001-2021-Calendario
Institución Oficial Aprobada de Preescolar a 11°. Según Decreto de Fusión 000911 del 28 de Octubre del 2002,
Decreto por el cual le acredita la modalidad Técnica según Número 000474 del 5 de noviembre de 2004 y Resolución
Número 3491 del 16 de noviembre de 2004, modificada mediante resolución No. 0933 del 09 de mayo de 2018 por la
cual se implementa la Jornada Única, emanada de la Secretaría de Educación del Departamento del Atlántico
DANE 108558008800 NIT.890103991-6
Por la cual se reglamenta las actividades curriculares y culturales de la Institución Educativa Técnica
San Pablo de Polonuevo -INETSAP, correspondiente al año lectivo 2021.
El Concejo Directivo de la Institución Educativa Técnica San Pablo de Polonuevo -INETSAP, en uso
de sus facultades legales y,
CONSIDERANDO: 1
Que mediante la Resolución No. 1144 del 30 de octubre de 2020, se estableció el calendario
académico general para el año 2021 en los establecimientos estatales de educación formal, en los
niveles de educación preescolar, básica y media de los municipios no certificados del Departamento
del Atlántico y que fue modificada por la Resolución No. 1202 del 11 de noviembre de 2020.
Que la Resolución Institucional No. 023 del 08 de julio de 2020, aprobada por el Consejo Académico
y el Consejo Directivo y teniendo en cuenta la situación de emergencia por la Pandemia del Covid-
19, establece de manera transitoria, la modalidad de Educación a distancia y clases presenciales
asistidas por tecnología, reorganizando las 40 semanas de los periodos académicos de la IET San
Pablo de Polonuevo en tres lapsos temporales de 13, 13 y 14 semanas respectivamente.
Que según lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 115 de 1994, y el Decreto Nacional 1075 del 26
de mayo de 2015, el horario de la jornada escolar debe cumplir con lo establecido, según el cual la
educación preescolar, básica y media se organizará por periodos anuales de 40 semanas mínimas
efectivas de trabajo académico o semestral de 20 semanas mínimo.
Que el Decreto 1373 de 2007 y el Decreto Nacional 1075 del 26 de mayo de 2015, establecen una
semana de receso estudiantil para todos los establecimientos educativos tanto estatales como
particulares, en la semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora el
descubrimiento de América.
Que el Decreto 1290 de 2009 reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los
estudiantes de los niveles de educación básica y media.
Que el desarrollo de los programas debe estar acorde con la realidad Nacional, Regional, Local, con
los fines y finalidades del proyecto histórico Nacional.
Que se hace necesario reglamentar las actividades curriculares y extracurriculares para un mejor
desarrollo de éstas en la Institución Educativa Técnica San Pablo de Polonuevo, en condiciones de
equidad, eficiencia y calidad.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Actividades de Desarrollo Institucional: Según el artículo 8º del decreto 1850 de
2002, los docentes y directivos docentes de instituciones educativas estatales dedicarán cinco (5)
semanas del calendario académico para organización institucional, que para el 2021 se realizará
así:
I MARZO 23 AL 26
II JUNIO 24 Y 25
III OCTUBRE 04 AL 08
PERIODO FECHA
I PERIODO SEMANA SIGUIENTE AL FINALIZAR EL PRIMER PERIODO
II PERIODO ACADEMICO Y AL INICIAR EL 2º Y 3er PERIODO –
PREVIO ACUERDO CON PADRES AL RECIBIR INFORME
III PERIODO
ESCRITO (ORGANIZAR POA)
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
_______________________
Mg. DIVAD DELGADO AGAMEZ
RECTOR