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Normas Ambientales en Perú
Normas Ambientales en Perú
Normas Ambientales en Perú
El Perú ha sido reconocido como uno de los diecisiete países llamados mega diversos, por ser
poseedores en conjunto de más del 70 % de la biodiversidad del planeta. La biodiversidad del Perú está
representada por una gran variedad de ecosistemas, especies de flora y fauna, y diversidad genética,
que han contribuido y contribuyen al desarrollo y la sostenibilidad mundial. La diversidad cultural
también forma parte de la biodiversidad, pues el ser humano se incluye en los ecosistemas, creando
culturas vivas que aprovechan selectivamente sus recursos y servicios, a través de la domesticación
y la diversificación de los mismos.
Resolución Ministerial N° 018-2012-MINAM, Directiva para fortalecer el desempeño de la gestión
ambiental sectorial.
La presente Directiva tiene por objeto fortalecer la gestión ambiental sectorial para el desarrollo
sostenible del país, uniformizar el desempeño ambiental de los diversos sectores con • competencias
ambientales, asegurar el diseño y aplicación efectiva, coherente y complementaria de los instrumentos
de planeamiento y gestión ambiental, en concordancia con las exigencias establecidas en la Política
Nacional del Ambiente (PNA) y el Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA), cuya rectoría está a
cargo del Ministerio del Ambiente (MINAM).
Ministerio del Ambiente, aleatoriamente, podrá revisar los Estudios de Impacto Ambiental aprobados por las
autoridades competentes, con la finalidad de coadyuvar al fortalecimiento y transparencia del Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental. La autoridad competente para administrar el patrimonio forestal, flora y
fauna silvestre de las áreas naturales protegidas y sus servicios ambientales es el Ministerio del Ambiente
a través del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas. Sin perjuicio de ello, en los casos de
superposición de funciones o potestades con otra autoridad respecto de las Áreas Naturales Protegidas
de nivel nacional, prevalecen las otorgadas al Ministerio del Ambiente
La Política Nacional del Ambiente tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando
la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible
del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente
Decreto Supremo N° 008-2005-PCM, Reglamento de la Ley N°28245, Ley Marco del Sistema N acional
de Gestión Ambiental.
El Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos
naturales; Que, mediante Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, se regula el
Sistema Nacional de Gestión Ambiental, el cual tiene como finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar,
evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones destinados a la protección
del ambiente y contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales
Ley N° 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
La presente Ley Orgánica norma el régimen de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales,
en tanto constituyen patrimonio de la Nación, estableciendo sus condiciones y las modalidades de
otorgamiento a particulares, en cumplimiento del mandato contenido en los Artículos 66 y 67 del
Capítulo II del Título III de la Constitución Política del Perú y en concordancia con lo establecido en
el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y los convenios internacionales ratificados por
el Perú.