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Tarea de Penal

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Universidad Abierta para Adultos

(UAPA)

Ciencias Jurídicas y Políticas


Escuela:
Derecho
Nombre:
Facilitador:
Martha Toribio
Materia:
Derecho Penal
Tema:
Analizar la ley 50_88 sobre drogas y sustancias controladas
Fecha:
25/abril/2021

Introducción
En el siguiente trabajo estaremos analizando la ley 50_88 sobre drogas y
sustancias controladas, tenemos la intención de esclarecer con nuestras palabras
los temas asignados por la facilitadora, de manera que el texto sea más entendible
para los interesados en el tema de Derecho, específicamente de la mencionada
ley.
Ley Sobre Drogas y Sustancias Controladas Ley 50-88.

 Concepto.
 Generalidades.
 Doctrina.
 Diferentes categorías.
 Objeto.
 Jurisprudencia.
 Penalidades.

La ley 50_88, es la ley que es aplicable a las personas que usan drogas y
sustancias prohibidas, nace de la necesidad de observar la liberación con que las
personas entran y sacan sustancias de la república, para la creación de esta ley
fue necesario citar varias leyes para regirla de una manera más eficiente, nace
para poner fin al tráfico y consumo ilegal de drogas.

Esta ley nos sirve como instrumento para hacerle frente al amplio negocio del
narcotráfico, para tratar de conseguir su erradicación o al menos hasta la fecha
controlar este acto ilícito, cabe destacar que con esta ley nace la oficina nacional
de control de drogas, institución encargada de velar de que los objetos de esta ley
se cumplan.

Dentro de los elementos constitutivos tenemos: el trafico ilícito, la distribución,


lavado de dinero, hecho material es decir alguna siembra o cosecha de sustancias

Esta doctrina, desarrollada por el Tribunal Supremo desde los años 80 del pasado
siglo, establece que las entregas de droga en el momento del consumo
compartido, así como las adquisiciones o posesiones de droga destinadas a un
posterior consumo compartido, pueden considerarse atípicas, en primer lugar por
el menor riesgo que representan para el bien jurídico de la salud pública y en
segundo lugar, y sobre todo, por su posible equiparación a los actos de
autoconsumo que el legislador ha decidido dejar fuera del tipo delictivo.
Dentro de las categorías tenemos 6, que en lo adelante iremos detallando de que
hablan cada una de ellas:

Categoría 1: en este apartado se habla sobre las drogas con alto potencial de
abuso y sin uso médico aceptado actualmente. Se deben utilizar únicamente para
investigaciones, uso intencional o análisis químico.

Categoría 2: Habla de que a menos que estén específicamente exceptuadas o


incluidas en otra Categoría cualquiera de las sustancias mencionadas ya sean
producidas directa o indirectamente mediante extracción de sustancias de origen
vegetal, o independientemente por medio de síntesis química, o mediante una
combinación de extracción y síntesis química.

Categoría 3: Habla sobre cualquier material, compuesto, mezcla o preparación


que contenga cualquier cantidad de los medicamentos estimulantes sobre el
sistema nervioso central incluyendo sus isómeros, sales y las sales de tales
isómeros.

Categoría 4: Habla sobre cualquier material, compuesto, mezcla o preparación


que contenga cualquier cantidad de las sustancias mencionadas, incluyendo sus
sales, isómeros y sus sales.

Categoría 5: Cualquier material, compuesto, mezcla o preparación, que contenga


cualquiera de las siguientes drogas o sus sales, en cantidades limitadas como se
especifica más adelante, que incluyan uno o más ingredientes activos medicinales
no narcóticos, en cantidades suficientes para conferirle al compuesto, propiedades
medicinales de valor.

Esta ley tiene como objetivo poder erradicar el uso de droga en República
Dominicana y controlar el uso de las drogas legales pero que en exceso pueden
ser toxicas para el cuerpo
Dentro de sus jurisprudencias podemos abarcar sobre:

 Sentencia de la suprema corte de justicia del 2 de julio de 1998


 Sentencia /0365/17
 Decreto NO. 288_96
 Respaldo de la SCJ
 Art. 60.- establece que cuando las personas de asocian para cometer
algún propósito ilícito de los que establece esta ley, serán castigado con
prisión de tres a diez años, y multa de diez mil a cincuenta mil pesos
 Art. 61. La persona que ofrezca su establecimiento para fines de
consumo o distribución de estas sustancias serán sancionados con 3 a
10 años de prisión, y una multa de 10 a 50 mil pesos dominicanos y la
clausura del establecimiento por dos años.
 Art. 62.- las personas que tengan como finalidad venden especialidades
controladas por esta ley serán sancionados con prisión de tres a diez
años, y multa de diez mil a cincuenta mil pesos
 Art. 64.- Los que de manera ilegal cultiven plantaciones de marihuana, o
más de una (1) libra de sus semillas, así como cualquier otra planta de
la que pueda producirse cocaína, heroína o cualquier droga controlada
que produzca dependencia, o más de un cuarto (1/4) de kilogramo de
semillas de dichas plantas, serán considerados traficantes, y por tanto
sancionados con prisión de cinco (5) a veinte (20) años, y con multa de
cincuenta mil a doscientos cincuenta mil pesos

Conclusión
La droga, es una sustancia que cuando ingresa en el organismo puede alterar la
salud de la persona, ser utilizado en medicamento y puede alterar la conducta de
la persona. En cuanto al bien jurídico que protege la ley 50-88., es la salud
pública, el artículo 2, establece que el daño a la sociedad no solo significa en una
producción del daño directa, sino que cuando la persona consume drogas, aunque
se hace un daño en sí mismo también el estado de peligrosidad en que se
encuentra puede provocar un daño a la sociedad.
Bibliografía:

 Código penal dominicano

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