Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Documento Honduras

Descargar como pdf o txt
Descargar como pdf o txt
Está en la página 1de 30

Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

Instituto Hondureño de CONSIDERANDO: Que según el artículo 33 de la Ley


General de Minería, las sustancias minerales, cualquiera que sea
Geología y Minas su estado, para que puedan ser exportadas del país deben
“INHGEOMIN” previamente ser analizadas cualitativa y cuantitativamente bajo las
normas internacionales de este tipo de productos por laboratorios
certificados que designe la autoridad minera para determinar la
ACUERDO INHGEOMIN # 15/2016
riqueza mineral.
INSTITUTO HONDUREÑO DE GEOLOGÍA Y MINAS
CONSIDERANDO: Que la autoridad minera debe realizar
“INHGEOMIN”. Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central,
quince de diciembre del año dos mil dieciséis. un análisis previo a cualquier exportación de minerales a través de
las unidades de Laboratorio y Minas y Geología, con el objeto de
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 238-2012, analizar cualitativa y cuantitativamente el mineral a exportar.
de fecha veintitrés de enero del año dos mil trece y publicado en el
Diario Oficial La Gaceta el dos de abril del año dos mil trece, se CONSIDERANDO: Que actualmente las unidades técnicas
creó la Ley General de Minería, la cual entrara en vigencia veinte no cuentan con un marco de referencia y métodos a emplear para
días después de su publicación, es decir a partir del día veintitrés la toma de muestras de productos mineros a exportar, siendo
de abril del año dos mil trece. necesario definir procedimientos y lineamientos generales que se
deben tener en cuenta en su aplicación.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. 235-B-
2014, el Secretario de Estado en el Despacho de la Secretaría de
POR TANTO
la Presidencia, acordó nombrar a partir del diecisiete de marzo del
año dos mil catorce, al ciudadano AGAPITO ALEXANDER
RODRIGUEZ ESCOBAR en el cargo de Director Ejecutivo En aplicación de los Artículos 321 de la Constitución de la
de El Instituto Hondureño de Geología y Minas República; 1, 7, 41, 42, 46, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de
“INHGEOMIN”, adscrito a la Secretaría de Estado en los la Administración Pública; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 18, 24, 33, 35, 96,
Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas 97, 99 incisos a), b), l) 101 inciso d) de la Ley General de Minería
(MIAMBIENTE). según Decreto 238-2012; 61, 62 y 65 del Reglamento de la Ley
General de Minería;
CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras ejerce
dominio eminente, inalienable e imprescriptible sobre los recursos ACUERDA
minerales que se encuentran en su territorio, y regula su
aprovechamiento técnico y racional por los particulares mediante PRIMERO: Aprobar la Guía Técnica para Muestreo de
concesiones o permisos que otorga a través del Instituto Hondureño
Metales Preciosos; que a continuación se detalla:
de Geología y Minas “INHGEOMIN”.

INSTITUTO HONDUREÑO DE GEOLOGÍA Y


MINAS
INHGEOMIN

GUÍA TÉCNICA PARA MUESTREO DE METALES


PRECIOSOS

Versión: 01

Código: INHGEOMIN-GM-MP

Fecha: 06/12/2016

Tegucigalpa, M.D.C, Honduras

A. 28

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

ÍNDICE
1. OBJETIVO..............................................................................................................................................................................3

2. ALCANCE...............................................................................................................................................................................3
3. TÉRMINOS Y DEFINICIONES.............................................................................................................................................3
4. MARCO LEGAL.....................................................................................................................................................................5
5. DISPOSICIONES GENERALES............................................................................................................................................5
6. INTRODUCCIÓN A LOS MUESTREOS...............................................................................................................................7
6.1 ETAPAS DEL MUESTREO...................................................................................................................................................8

6.2 REDUCCIÓN DE LA MUESTRA REPRESENTATIVA........................................................................................................9


6.3 REGISTRO DE LA MUESTRA.............................................................................................................................................9
7. PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA TOMA DE MUESTRAS.....................................................................................9

8. PROCEDIMIENTO DE MUESTREO DE PRODUCTOS MINEROS COMPACTOS (LINGOTES)..................................11


8.1 OBJETIVO...........................................................................................................................................................................11

8.2 DOCUMENTOS DE REFERENCIA................................................................................................................................11

8.3 INSTRUMENTOS Y MATERIALES..................................................................................................................................11

8.4 TAMAÑO DE LA MUESTRA PARA CUARTEO:..............................................................................................................11


8.5 TAMAÑO DE LA MUESTRA PARA ANÁLISIS:...............................................................................................................11
8.6 PROCEDIMIENTO PARA MUESTREO DE LINGOTES................................................................................................12
8.7 PROCESO DE TALADRADO PARA LINGOTES EN FORMA DE CUBO Y ORTOEDRO.........................................13
8.8 PROCESO DE TALADRADO PARA LINGOTES EN FORMA SEMICILÍNDRICA........................................................14
8.9 PROCESO DE TALADRADO PARA LINGOTES EN FORMA DE TRONCO DE CONO..............................................17
8.10 ENVASADO Y ETIQUETADO DE LAS MUESTRAS......................................................................................................20
8.11 REGISTRO DE LA MUESTRA.........................................................................................................................................20
9. PROCEDIMIENTO DE MUESTREO DE PRODUCTOS MINEROS EN FORMA FRAGMENTADA (LÁMINAS,
VIRUTAS), PEPITAS Y POLVO...............................................................................................................................................20

9.1 OBJETIVO..........................................................................................................................................................................20

9.2 INSTRUMENTOS Y MATERIALES...................................................................................................................................20


9.3 TOMA DE MUESTRA.........................................................................................................................................................20
9.4 ENVASADO Y ETIQUETADO DE LAS MUESTRAS (para análisis de muestras en triplicado)............................................21
9.5 REGISTRO DE LA MUESTRA............................................................................................................................................21
ANEXO A..................................................................................................................................................................................21

ANEXO B..................................................................................................................................................................................27
FORMATO 001..........................................................................................................................................................................27

FORMATO 002..........................................................................................................................................................................27
FORMATO 003..........................................................................................................................................................................29

A. 29

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

1. OBJETIVO CONTRAMUESTRA: Es una porción adicional de la


Establecer un marco de referencia y métodos a emplear muestra tan parecida a la original como sea posible, debe
para la toma de muestras de productos mineros a exportar, tomarse al mismo tiempo, en la misma forma y cantidad

así como los procedimientos y lineamientos generales que que la muestra original, para asegurar que las condiciones
sean idénticas.
se deben tener en cuenta en su aplicación.

CUARTEO: Operación empleada en forma posterior al


2. ALCANCE
muestreo, que permite disminuir la cantidad de muestra,
El documento va dirigido a exportadores mineros, que
hasta obtener una muestra reducida.
pretendan exportar productos mineros, cualquiera sea su
estado. Los métodos indicados en la presente guía, toman
CUBO: Cuerpo geométrico tridimensional de seis caras
de partida la presentación final de los productos mineros cuadradas congruentes; conocido también como hexaedro
vigentes, al momento de la publicación de la misma. regular.

3. TÉRMINOS Y DEFINICIONES DORÉ (BULLION): Aleación o mezcla de oro, plata y


Para los efectos de la presente guía, los términos otros metales, donde su recuperación es económicamente
siguientes tendrán las definiciones que a continuación se significativa.
establecen:
EXPORTADOR MINERO: Es toda persona natural o

ANÁLISIS CUALITATIVO: Análisis que tiene por objeto jurídica, concesionario minero de explotación, beneficio
y comercializador no concesionario, que pretende enviar
identificar datos descriptivos de un producto minero.
productos mineros, con fines comerciales a un país
extranjero.
ANÁLISIS CUANTITATIVO: Análisis que se emplea para
determinar la cantidad absoluta o relativa de las sustancias
HELICOIDE: Superficie curva generada por una recta que
químicas presentes en un producto minero.
se mueve apoyándose en una hélice y en el eje del cilindro
que la contiene.
ANÁLISIS: Estudio de los datos adquiridos de los
procesos de fiscalización de exportación, para obtener LINGOTE: Masa sólida que se obtiene vertiendo el metal
conclusiones de las características cualitativas y precioso fundido en un molde.
cuantitativas del producto minero a exportar.
LAMINA: Pieza plana de poco grosor de un metal
COLADA: Proceso final de fusión por el cual se permite precioso.
que la aleación fundida, proveniente de un horno o crisol,
fluya a moldes en donde se solidifica y se separa de la LOTE: Es la cantidad total de un mismo producto minero
escoria. a exportar, que puede ser subdividido en sublotes previo
A. 30

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

y/o posterior a la movilización del producto minero a la METAL FUNDIDO: Es el producto minero concentrado,
Aduana. que ha sido sometido a procesos de fundición, obteniendo
una masa de material fundido depositada en el interior de
MUESTRA: Es la porción tomada de un todo, la cual debe moldes, cuyo peso depende de sus dimensiones.

tener todas las características que la hagan representativa,


de manera que su composición cualitativa y cuantitativa METAL REFINADO: Es el producto minero libre de

represente la del todo de donde proviene. impurezas, obtenido mediante procesos piro metalúrgicos
o de electrodeposición, a fin de obtener metales con alta
pureza.
MUESTRA REPRESENTATIVA: Muestra que representa
un lote de un producto minero, compuesta de un número
METAL PRECIOSO: El que se encuentran en estado
de porciones tomadas del mismo, en los cuales no se ha
nativo y en baja cantidad disponible en la naturaleza, se
realizado ninguna reducción o cuarteo.
caracteriza por tener una resistencia química particular y
contar con propiedades físicas y tecnológicas específicas.
MUESTRA REDUCIDA: Es la cantidad de producto
Ejemplo: Oro, platino, paladio, plata, iridio y rodio.
minero obtenido a partir de cuarteos consecutivos.

ORTOEDRO: Cuerpo geométrico tridimensional de seis


MUESTREO: Procedimiento para obtener una muestra
lados planos, en el cual cuatro de sus caras son rectángulos
representativa, empleando métodos que permitan inferir
y todos los ángulos rectos, puede ser clasificado también
y preservar el valor de las características del conjunto.
como paralelepípedo, recto y rectangular, pues todas sus
caras son de cuatro lados y paralelas dos a dos.
MUESTREO EN PLANTA: Procedimiento para obtener
una muestra representativa del lote a exportar, tomada en PEPITA: Fragmento rodado de oro u otros metales nativos,
las instalaciones del poseedor del derecho minero o de que suele hallarse en los terrenos de aluvión.
comercializador no concesionario.

POLVO: Conjunto de partículas sólidas de un metal


MUESTREO EN ADUANA: Procedimiento para obtener precioso < 1 milímetro.
una muestra representativa del lote a exportar, tomada en
la aduana. PRECINTO: Ligadura con que se cierra el envase y/o
empaque con el fin de que no se abran, sino cuando y por
MUESTREO REPRESENTATIVO: Es un procedimiento quien corresponda legalmente.
empleado para tomar o formar una muestra representativa,
mediante la toma aleatoria de muestras realizadas a un lote, PRODUCTO MINERO: Sustancias minerales metálicas,
de forma que todas las combinaciones posibles tengan la no metálicas, de gemas y piedras semipreciosas ya
misma probabilidad de ser seleccionadas. extraídas (broza), hayan o no sido sometidas a procesos

A. 31

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

de corte, pulido, trituración, concentración, hidro- Queda expresamente establecido en el artículo No. 35 de
metalúrgicos y/o metalúrgicos, en cualquier estado en que la Ley General de Minería, que no se permitirá la
se encuentre y que sean objeto de comercialización. autorización de exportación de minerales, sin que
previamente la Autoridad Aduanera, haya recibido del
REMANENTE: Material sobrante de la muestra exportador el certificado que acredite el análisis del
representativa, como resultado del proceso de reducción, producto minero.
previo y posterior al análisis.
SEMICÍRCULO: Figura geométrica compuesta por la Se establece en el artículo No. 62 del Reglamento de la
mitad de un círculo. Ley General de Minería, que el procedimiento para la toma
de muestras se regula bajo las Guías Técnicas de Muestreo
SUBMUESTRA: Es la cantidad de producto minero de Minerales implementadas por la Autoridad Minera.
compuesta de un número de porciones tomadas del mismo,
en la cual se ha realizado un proceso de reducción. 5. DISPOSICIONES GENERALES

TRONCO DE CONO: Cuerpo geométrico que resulta al De conformidad con la normativa minera vigente y para la
cortar un cono por un plano paralelo a la base y separar la aplicación de la presente guía, se debe considerar lo
parte que contiene al vértice central o punta. siguiente:
1. El campo de aplicación de la presente guía es en
VIRUTA: Tira fina y enrollada en espiral o forma helicoidal función de la presentación de los metales preciosos
que sale un metal precioso al perforar con un instrumento a exportar, pudiendo ser compactas, de forma
cortante. fragmentada (láminas, virutas), pepitas y polvo.

4. MARCO LEGAL 2. Cuando el exportador minero presente varios lotes


con diferentes productos mineros, el muestreo será
Todo producto minero que pretenda tener una salida legal realizado para cada lote declarado.
del país, debe ser sometido a un muestreo previo. Uno
realizado en planta, previo a la movilización a la aduana y 3. En el caso de muestreo de lingotes, la Autoridad
otro realizado en la aduana de salida durante el proceso de Minera podrá solicitar muestreos cuando el metal
exportación. precioso se encuentre en su proceso de fusión, para
tal efecto se definirá el respectivo procedimiento de
La Ley General de Minería establece en su artículo No. muestreo.
33 que las sustancias minerales, cualquiera que sea su
estado, para que puedan ser exportadas del país deben ser 4. El exportador minero podrá realizar análisis de los
previamente analizadas cualitativa y cuantitativamente por productos mineros a exportar, en laboratorios
laboratorios que designe la Autoridad Minera. autorizados por la Autoridad Minera.
A. 32

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

5. Las Unidades de Laboratorio y Minas y Geología de 9. Las Unidades de Laboratorio, Minas y Geología y
la Autoridad Minera, son las dependencias designadas Fiscalización Minera, determinarán los análisis
y autorizadas para realizar los análisis cualitativos y requeridos.

cuantitativos de las muestras.


10. Los muestreos para productos mineros de forma

6. La aplicación de los análisis requeridos y muestreos, compacta, fragmentada (láminas, virutas), pepita y
polvo, serán realizados únicamente previo a la
podrán ser realizados por compañías especializadas
movilización del producto a la aduana.
en inspección y laboratorios autorizados. Las
entidades interesadas en ser autorizadas, deben ser
11. Los costos por los análisis realizados en el laboratorio
evaluadas y posteriormente registradas por la
autorizado, serán cubiertos en su totalidad por el
Autoridad Minera, los requisitos para la aplicación
exportador minero.
serán definidos por las Unidades de Laboratorio y
Minas y Geología. En ningún momento la compañía
12. El exportador de un producto minero podrá realizar
propuesta podrá tener algún nexo con el exportador.
análisis en sus laboratorios, para controles internos,
sin la opción de utilizar los mismos para los efectos
7. La toma de muestras debe ser realizada por personal
de aplicación de la presente guía.
técnico adecuadamente entrenado, capacitado y
autorizado para esta labor. 13. La Unidad de Minas y Geología, realizará auditorías
periódicas a los exportadores mineros para asegurar
8. El exportador minero debe presentar a la Autoridad la correcta aplicación de las guías técnicas de
Minera, un documento firmado y sellado por su muestreo de productos mineros.
representante legal, conteniendo el listado de la(s)
persona(s) designada(s) para realizar los muestreos, 14. La Autoridad Minera en conjunto con la Autoridad
cuando éstos sean empleados del exportador minero; Aduanera podrán realizar muestreos de los productos
dicho documento debe ser presentado físicamente en mineros en las aduanas del país.

el expediente y remitido de manera electrónica a las


Unidades de Laboratorio, Minas y Geología y 15. Si la forma de presentación del producto minero no

Fiscalización Minera, quienes registrarán y verificarán corresponde a las descritas en la presente guía, para

los datos durante los procesos de muestreo. Si tal efecto la Autoridad Minera definirá el respectivo

existiera un cambio en las personas designadas para procedimiento de muestreo.

realizar el muestreo, el exportador minero debe


notificarlo a la Autoridad Minera mediante un 16. La presente guía podrá ser revisada y modificada, a fin

documento firmado y sellado por su representante de mantenerse actualizada tomando en consideración

legal. los productos mineros de exportación de cada período

A. 33

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

y los avances tecnológicos en los procesos de características de la masa completa. El procedimiento para
muestreo. lograr esto recibe el nombre de muestreo.

La muestra representativa debe estar compuesta del mayor


17. Las direcciones de correo electrónico de las Unidades
número posible de porciones de sustancia, tomadas de
de Laboratorio, Minas y Geología, Fiscalización
manera absolutamente arbitraria de diversos lugares del
Minera, estarán disponibles en la página web de
lote estudiado. Para comprender la razón de ello, se debe
INHGEOMIN y en tabla de avisos de Secretaría
tener presente que el producto minero, como regla, es
General.
heterogéneo: el mismo en sus diferentes partes, trozos y
granos puede tener una composición muy distinta.
18. Para los efectos de cumplimiento de lo contenido en En los productos mineros, también se puede considerar
la presente guía, INHGEOMIN debe realizar la las características particulares del yacimiento de donde
adquisición, actualización y mantenimiento; de todos procede el producto, debido a que éstos podrán ser
los equipos, herramientas e implementos requeridos similares pero no iguales, cada producto tendrá un grado
por las Unidades de Laboratorio, Minas y Geología y de concentración distinto y un valor diferente,
Fiscalización Minera para los análisis respectivos en dependiendo de sus características.
los procesos de exportación de productos mineros.
Por lo visto, cuando mayor número de porciones de la
sustancia dada, escogidas de sus diferentes partes, se toman
19. El incumplimiento parcial o total de lo contenido en
para la composición de la muestra representativa, mayor
el presente documento, sujeta al exportador minero
será la probabilidad de que la muestra se acerque a la
a las sanciones administrativas establecidas en el
composición del producto minero que se analiza.
artículo No. 85 de la Ley General de Minería. Así
En definitiva, el muestreo tiene como objetivo obtener
como las acciones que puedan derivarse durante la
aplicación de los artículos No. 35 de la Ley General una cantidad del producto minero, cuya composición debe

de Minería y artículos No. 63, 64, 65, 66, 67, 68, 84, ser igual a la composición de todo el lote a exportar.

85 y 86 del Reglamento de la Ley General de Minería. En general, el muestreo consta de tres etapas:

6. INTRODUCCIÓN A LOS MUESTREOS 1. Toma de la muestra representativa

2. Reducción a una submuestra


Cualquier trabajo analítico se inicia con la selección de la
muestra y su preparación. En la práctica, los análisis 3. Registro de la muestra.

cualitativos y cuantitativos se efectúan sobre una pequeña


muestra tomada de uno o varios lotes. Puesto que la A la elección del procedimiento de muestreo y del criterio
muestra debe ser representativa de la totalidad del lote, de decisión, se le conoce como plan o programa de
debe seleccionarse de tal manera que posea las muestreo, el cual debe considerar lo siguiente:
A. 34

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

1. Las medidas necesarias para asegurar que la muestra cuando existe una considerable variación de composición
seleccionada sea representativa. y el tamaño de la partícula va desde trazas de gran tamaño
hasta granos finos.
2. El tamaño y el número de elementos individuales que
constituyen la muestra tomada del lote.
6.1.2 PESO Y CÓDIGO DEL LOTE
3. Los procedimientos que han de seguirse para Se debe asignar un número del lote con su respectivo peso,

extracción, manipulación y registro de las muestras. dichos datos serán requeridos previos a la autorización de
la exportación. El personal capacitado, encargado de
4. El procedimiento para el traslado de la muestra al
realizar el muestreo, debe hacer el respectivo
laboratorio para su análisis.
reconocimiento del lote de producto minero que se va a
muestrear.

Es importante señalar que no existe un método uniforme


En el caso de lingotes, debe reconocerse claramente cada
de muestreo que sea aplicable a todos los casos. La técnica
una de las coladas que van a ser muestreadas, los lingotes
óptima dependerá del producto minero que se trate. El
deben ser identificados con un número, esto durante el
criterio principal es el grado de heterogeneidad del
muestreo previo a la movilización del producto minero a
producto.
la Aduana, el número de lote debe corresponder al señalado
en los documentos presentados al momento de realizar la
6.1 ETAPAS DEL MUESTREO
exportación, los cuales serán verificados por la Unidad de
Fiscalización Minera.
6.1.1 TOMA DE LA MUESTRA REPRESENTATIVA
El exportador minero debe asignar el número del lote a
El muestreo es importante al momento de obtener las exportar. El código de exportación estará formado por:
características del producto minero, sin tener que efectuar Código de expediente de INHGEOMIN + Iniciales del
una inspección del 100%. De realizar el procedimiento nombre del solicitante + número del lote a exportar.
correcto de toma de muestras, dependerán los resultados Ejemplo:
óptimos, sin ningún tipo de controversia, razón por la que
se debe tener el debido cuidado con los pasos a seguir. Código de expediente: 755
Con el fin de evitar cualquier controversia acerca de la Nombre del solicitante: Explotaciones Verdes, S. A. de
representatividad de la muestra, debe seleccionarse un C.V.
procedimiento de muestreo aleatorio, independiente o Número del lote: 001 (asignado por el exportador minero)
combinado con otras técnicas de muestreo. De esta forma Código de exportación: 755- EV-001
la probabilidad de que reflejen las características del lote,
será mayor. 6.1.3 TAMAÑO DE LA MUESTRA
En la toma de una muestra representativa de un lote, debe Generalmente el tamaño de la muestra suele incrementarse
considerarse los cuidados necesarios, especialmente a medida que aumenta el tamaño del lote. Para la aplicación
A. 35

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

de la presente guía, el tamaño de la muestra, será descrito 4. Para utilizar equipo mecánico se deben aplicar las
en la sección de procedimientos de muestreo de cada caso normas de seguridad de la legislación nacional vigente
particular. y otras que tengan por objeto garantizar la seguridad
de quienes lo utilicen. Estas operaciones sólo puede
6.2 REDUCCIÓN DE LA MUESTRA REPRESENTATIVA realizarlas personal capacitado con los elementos de
Procedimiento mediante el cual la muestra representativa protección personal adecuados.
es disminuida utilizando diferentes métodos de reducción,
con el objetivo de obtener una submuestra para realizar 5. En todo momento la muestra debe conservarse de tal
los análisis cuantitativos correspondientes. forma que se reduzcan al mínimo los riesgos de
alteraciones que ésta pueda experimentar antes del
6.3 REGISTRO DE LA MUESTRA análisis, considerando el traslado de la misma al
Proceso mediante el cual se realiza la debida identificación laboratorio.
de la submuestra, debiendo contener la máxima
6. Tratándose de muestreos en planta, la fecha de
información posible, asegurando su conservación durante
la manipulación y transporte. Para la aplicación de la muestreo debe realizarse considerando como mínimo

presente guía este procedimiento será descrito en la quince días hábiles de antelación a la exportación, con

sección de envasado y etiquetado de las muestras de cada el objetivo de proporcionar un margen de tiempo
caso particular. adecuado para la realización del análisis. El exportador
minero debe remitir vía electrónica a las Unidades
7. PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA TOMA de Laboratorio, Minas y Geología y Fiscalización
DE MUESTRAS Minera, una notificación utilizando el formato número
001 anexo a esta guía. En caso de existir un cambio
De conformidad con el proceso de exportación y para la de fecha del muestreo esta debe ser informada vía
aplicación de la presente guía, se debe considerar lo
electrónica, para efectos de las auditorías periódicas
siguiente:
que realizará la Autoridad Minera.

7. En cada muestreo se debe considerar la obtención de


1. La extracción de muestras puede ser manual o
una muestra en duplicado, siendo una de ellas para el
mecánica utilizando los equipos e instrumentos
exportador y la otra para la Autoridad Minera. La
descritos la sección de instrumentos y materiales de
Unidad de Laboratorio gestionará el análisis de la
cada procedimiento.
muestra, conservando el remanente como
2. Cuando el producto minero se presente en forma
contramuestra en caso de controversia.
compacta se utilizarán taladros, realizando
perforaciones en puntos equidistantes. 8. Si por imprevistos, la Unidad de Laboratorio no pueda
3. Cuando el producto minero se presente en forma realizar el análisis de las muestras, este se debe
fragmentada (láminas, virutas), pepitas y polvo, se efectuar en un laboratorio autorizado por la Autoridad
utilizará el método de cuarteo. Minera, obteniéndose una muestra en triplicado,

A. 36

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

siendo una para el exportador, una para la Autoridad 15. En el caso de un muestreo en planta siendo la muestra
Minera y una para el laboratorio autorizado. rechazada por la Unidad de Laboratorio de la Autoridad
Minera, el exportador minero debe remitir la
9. Al finalizar el proceso de muestreo se debe completar
contramuestra en custodia, del lote correspondiente.
el registro de la muestra e informe de remisión de
las muestras, utilizando el formato No. 002 anexo a 16. En caso de realizarse el análisis de la muestra en un
esta guía, el cual debe ser remitido física y/o vía laboratorio autorizado, el exportador minero será el
electrónica a la Unidad de Fiscalización Minera, responsable de remitir el informe de resultados
coincidiendo con la fecha de remisión de la muestra original a la Unidad de Laboratorio de la Autoridad
representativa o submuestra a la Unidad de Minera. A fin de cumplir con los tiempos previstos
Laboratorio de la Autoridad Minera. del proceso de exportación, el laboratorio autorizado

10. Una vez obtenidas las muestras en planta, el debe remitir copia del informe de resultados vía

exportador minero será responsable de la remisión electrónica a la Unidad de Laboratorio de la Autoridad


de las mismas al laboratorio autorizado. Minera, tan pronto sean emitidos.

11. Toda muestra representativa o submuestra debe ser 17. La Unidad de Laboratorio de la Autoridad Minera y el
remitida usando un precinto. exportador minero conservarán el remanente y
contramuestra respectivamente, en tanto la Unidad de
12. El envío de la muestra representativa o submuestra,
Fiscalización Minera emita el informe de la
debe realizarse de manera inmediata, en recipientes
exportación y en caso de controversia el tiempo de
adecuados para el tipo de producto muestreado, según
resguardo de las muestras se prolongará hasta que el
la sección de Instrumentos y Materiales descritos en
procedimiento correspondiente concluya.
cada procedimiento. Se debe garantizar que el
recipiente esté completamente sellado con el fin de 18. Si como resultado del informe de exportación, se
evitar que la muestra sea alterada o contaminada. concluye que el exportador minero declaró

13. La Unidad de Laboratorio de la Autoridad Minera, correctamente el producto minero, se dará por

podrá rechazar cualquier muestra si durante el proceso concluida la operación. La Unidad de Laboratorio

de recepción se verifique que no cumple con lo informará vía electrónica al exportador minero, que
dictado en la presente guía o cuando se trate de el remanente en resguardo, debe ser retirado en un
muestras equivocadas, alteradas o contaminadas. periodo no mayor de un trimestre, una vez vencido
este tiempo la Unidad de Laboratorio desechará dichas
14. Si la Unidad de Laboratorio de la Autoridad Minera,
muestras.
determina que la muestra remitida se encuentra
equivocada, alterada y/o contaminada, ésta será 19. Si como resultado del informe de exportación, se
rechazada y entregada al momento de la recepción y concluye que el exportador minero no declaró
el exportador minero será notificado vía correo correctamente el producto minero, la Unidad de
electrónico. Fiscalización Minera remitirá el informe a la

A. 37

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

Secretaría General de la Autoridad Minera, para el 8.4 TAMAÑO DE LA MUESTRA PARA CUARTEO:

análisis legal correspondiente. El tamaño mínimo requerido para muestras en duplicado


será de 30 gramos y para muestras en triplicado será de
8. PROCEDIMIENTO DE MUESTREO DE PRO-
50 gramos.
DUCTOS MINEROS COMPACTOS (LINGOTES).

8.5 TAMAÑO DE LA MUESTRA PARA ANÁLISIS:


8.1 OBJETIVO
Definir el proceso mediante el cual se extrae una muestra 8.5.1 MUESTRAS DUPLICADAS

representativa del total del lote para su análisis.


El tamaño requerido de la muestra para análisis debe ser
de 10 gramos mínimo por cada muestreo categorizado en
8.2 DOCUMENTOS DE REFERENCIA las Tablas I y II, en el caso de duplicados, de los cuales 5
Norma IRAM 16013 Metales preciosos Muestreo del gramos son para el exportador y el restante para la Autoridad

bullón Minera.

8.5.2 MUESTRAS TRIPLICADAS


8.3 INSTRUMENTOS Y MATERIALES

El tamaño requerido de la muestra para análisis debe ser


a. Taladro: montado sobre un soporte de banco y que de 15 gramos mínimo por cada muestreo categorizado en

permita sostener el producto minero compacto que las Tablas I y II, en el caso de triplicados; de los cuales 5
gramos son para el exportador, 5 para la Autoridad Minera
se está muestreando.
y el restante para el laboratorio Autorizado.
b. Broca: de metal de forma helicoidal
8.6 PROCEDIMIENTO PARA MUESTREO DE
c. Bandeja de acero inoxidable LINGOTES

d. Papel glaseado
8.6.1 TOMA DE MUESTRA
e. Balanza que permita pesar asegurando el 0,01
gramos. El método de muestreo debe ser tal que los lingotes
tomados como muestras, sean aquellos representativos de
f. Imán
la calidad promedio de una misma colada, tanto como sea

g. Pie de rey posible.

h. Bolsa polietileno (espesor 4 milésimas) Se debe extraer un número de lingotes determinado, de


acuerdo con la tabla número I o tabla número II, según la
i. Espátula
masa del lingote. Si el lote a exportar proviene de más de
j. Alcohol etílico como agente de limpieza una colada, se debe muestrear los lingotes de cada colada.
A. 38

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

A. 39

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

8.6.2 PREPARACIÓN DE LA SUPERFICIE DEL LINGOTE.

Antes de proceder al taladrado de los lingotes se debe remover polvo, aceite, grasa, u otros contaminantes, con un agente de limpieza
que no deje residuos al secarse. Si queda algún agente de limpieza en exceso se debe eliminar antes del muestreo.

8.6.3 PROCESO DE TALADRADO.


Se ubica el lingote dentro de una bandeja adecuada de acero inoxidable perfectamente limpia y seca. Se sujetan la bandeja y el lingote a
la mesa del taladro. Seguidamente se realizan perforaciones de 3 mm sobre la superficie del lingote que se convertirán en el descarte
inicial mediante el uso de una broca helicoidal de 5 a 10 mm de diámetro. No se debe utilizar ningún agente lubricante ni refrigerante
durante todo el proceso de taladrado.

Se taladra el lingote en puntos equidistantes situados como distancia mínima entre 20 mm de los bordes del lingote.
Con el fin de obtener una muestra homogénea, se debe aplicar una mínima presión al taladro, para producir virutas. Las virutas obtenidas
se deben cortar en pedazos pequeños de aproximadamente 1 mm, con cualquier elemento adecuado.

8.7 PROCESO DE TALADRADO PARA LINGOTES EN FORMA DE CUBO Y ORTOEDRO


8.7.1 Se limpia la bandeja, se reinserta la broca y se taladra nuevamente.
8.7.2 La cantidad de perforaciones a realizar será de 4 por lingote (ver figura 1).

Figura 1
8.7.3 El procedimiento de ubicación de los puntos de perforación debe hacerse hacia adentro de las dos esquinas diagonalmente
opuestas. Dos de los puntos serán colocados en la superficie superior y los restantes en la superficie inferior del lingote (ver figura 2).

Figura 2
8.7.4 La profundidad a taladrar estará definida por la mitad de la altura (h/2) del lingote (ver figura 3).

A. 40

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

Figura 3

8.7.5 Las virutas de tamaño 1 mm, obtenidas de los cuatro agujeros, se esparcen sobre un papel glaseado. Se pasa sobre la muestra un
imán de modo tal que asegure la remoción de cualquier viruta de acero originada por la broca.

8.7.6 Se reúnen las virutas procedentes de todos los lingotes muestreados, pertenecientes a una misma colada, que constituyen de esta
manera una sola muestra de acuerdo con la tabla I. Reunir dichas virutas sobre uno de los papeles glaseado utilizado en las perforaciones.

8.7.7 La masa de estas virutas debe ser como mínimo, de 30 g (para muestras duplicadas) o 50 g (para muestras triplicadas). En caso
contrario, se repite el proceso utilizando las mismas perforaciones y una broca de mayor diámetro hasta alcanzar la masa especificada.
(Ver referencia en Anexo A).

8.7.8 Se homogeneiza la muestra y se cuartea utilizando un método manual (ver figura 4). En caso de haber material excedente de los
cuarteos, quedará en custodia del exportador minero.

Figura 4
8.8 PROCESO DE TALADRADO PARA LINGOTES EN FORMA SEMICILÍNDRICA
8.8.1 Se limpia la bandeja, se reinserta la broca y se taladra nuevamente.
8.8.2 La cantidad de perforaciones a realizar será de 7 por lingote (ver figura 5 y figura 6).

A. 41

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

Figura 5

Figura 6

8..8.3 Los puntos de perforación de deben realizar en:

8.8.3.1 Dos perforaciones en la cara curva sobre el helicoide más corto que resulta de la unión de los puntos extremos de muestreo.

Estos dos puntos quedan determinados por la intersección de planos paralelos a las caras planas semicirculares, ambos ubicados a

una distancia igual a (2b+a) de cada extremo, sobre la cara curva (ver figura 7).

A. 42

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

Figura 7

8.8.3.2 Dos perforaciones en cada cara lateral, en dirección paralela a la cara plana superior (ver figura 8).

Figura 8

8.8.3.3 Tres perforaciones en la cara plana superior (ver figura 9).

Figura 9

A. 43

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

8.8.4 Ninguna de las perforaciones debe coincidir si se indican en una vista superior del lingote. Además, en cada cara, las perforaciones
deben localizarse a la distancia mínima establecida (ver figura 10).

Figura 10

8.8.5 La profundidad a taladrar estará definida por la mitad del radio (r/2) del lingote (ver figura 11).

Figura 11

8.8.6 Las virutas de tamaño 1 mm, obtenidas de los cuatro agujeros, se esparcen sobre un papel glaseado. Se pasa sobre la muestra un
imán de modo tal que asegure la remoción de cualquier viruta de acero originada por la broca.

8.8.7 Se reúnen las virutas procedentes de todos los lingotes muestreados, pertenecientes a una misma colada, que constituyen de esta
manera una sola muestra de acuerdo con la tabla I. Reunir dichas virutas sobre uno de los papeles glaseado utilizado en las perforaciones.

8.8.8 La masa de estas virutas debe ser como mínimo, de 30 g (para muestras duplicadas) o 50 g (para muestras triplicadas). En caso
contrario, se repite el proceso de utilizando las mismas perforaciones y una broca de mayor diámetro hasta alcanzar la masa especificada
(ver referencia en Anexo A).

8.8.9 Se homogeneiza la muestra y se la cuartea utilizando un método manual (ver figura 12). En caso de haber material excedente de
los cuarteos, quedará en custodia del exportador minero.

Figura 12

A. 44

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

8.9 PROCESO DE TALADRADO PARA LINGOTES EN FORMA DE TRONCO DE CONO

8.9.1 Se limpia la bandeja, se reinserta la broca y se taladra nuevamente.


8.9.2 La cantidad de perforaciones a realizar será de 7 por lingote (ver figura 13).

Figura 13

8.9.3 Los puntos de perforación de deben realizar en:


8.9.3.1 Dos perforaciones en la base superior a una distancia equivalente a la tercera parte del diámetro (d/3) (ver figura 14).

Figura 14

A. 45

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

8.9.3.2 Tres perforaciones en la base inferior a una distancia equivalente a la cuarta parte del diámetro (d/4) (ver figura 15).

Figura 15

8.9.3.3 Dos perforaciones en cada cara lateral a una distancia equivalente a la altura media (h/2) (figura 16).

Figura 16

8.9.4 Ninguna de las perforaciones debe coincidir si se indican en una vista superior del lingote. Además, en cada cara, las perforaciones
deben localizarse a la distancia mínima establecida. (ver figura 17).

A. 46

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

Figura 17

8.9.5 La profundidad a taladrar estará definida de la siguiente manera:


8.9.5.1 En la base superior e inferior será la cuarta parte de la altura (h/4).
8.9.5.2 En la altura media (h/2) del tronco de cono, será la mitad del radio (r/2) del lingote (ver figura 13).
8.9.6 Las virutas de tamaño 1 mm, obtenidas de los cuatro agujeros, se esparcen sobre un papel glaseado. Se pasa sobre la muestra un
imán de modo tal que asegure la remoción de cualquier viruta de acero originada por la broca.

8.9.7 Se reúnen las virutas procedentes de todos los lingotes muestreados, pertenecientes a una misma colada, que constituyen de esta
manera una sola muestra de acuerdo con la tabla I. Reunir dichas virutas sobre uno de los papeles glaseado utilizado en las perforaciones.

8.9.8 La masa de estas virutas debe ser como mínimo, de 30 g (para muestras duplicadas) o 50 g (para muestras triplicadas). En caso
contrario, se repite el proceso de utilizando las mismas perforaciones y una broca de mayor diámetro hasta alcanzar la masa especificada.
(Ver referencia en Anexo A).

8.9.9 Se homogeneiza la muestra y se la cuartea utilizando un método manual (ver figura 18)
En caso de haber material excedente de los cuarteos, quedará en custodia del exportador minero.

Figura 18

A. 47

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

8.10 ENVASADO Y ETIQUETADO DE LAS c. Balanza que permita pesar asegurando el 0,01 g.
MUESTRAS
d. Bolsa polietileno (espesor 4 milésimas)

8.10.1 Las muestras destinadas al análisis se deben envasar en e. Espátula

doble bolsa de polietileno (espesor 4 milésimas). 9.3 TOMA DE MUESTRA


8.10.2 La muestra debe llevar un rótulo legible que contenga, la Para análisis de las muestras en el laboratorio de la Autoridad
información siguiente: Minera se debe realizar un cuarteo para obtener una muestra en

a. Nombre del exportador minero duplicado. Para tal efecto, el exportador debe presentarse en las
instalaciones de la Unidad de Laboratorio con el lote completo a
b. Producto Minero exportar. El método de muestreo a utilizar será el de cuarteo
manual, a fin de que las muestras sean representativas de la calidad
c. Código de lote
promedio del lote.
d. Peso
Para el análisis de las muestras en Laboratorios autorizados por
e. Número de precinto la Autoridad Minera, se debe realizar un cuarteo para obtener
una muestra en triplicado y el mismo será realizado en las
8.10.3 El rótulo debe ubicarse entre las dos bolsas.
instalaciones del laboratorio autorizado.
8.10.4 Las bolsas deben ser selladas con un precinto codificado
con el fin de asegurar la inviolabilidad de la muestra. 9.4 ENVASADO Y ETIQUETADO DE LAS MUESTRAS
(para análisis de muestras en triplicado)
8.11 REGISTRO DE LA MUESTRA
9.4.1 Las muestras destinadas al análisis se deben envasar en
Al finalizar el proceso de muestreo se debe completar el doble bolsa de polietileno (espesor 4 milésimas).
9.4.2 La muestra debe llevar un rótulo legible que contenga, la
registro utilizando el formato No. 002 anexo a esta guía.
información siguiente:
a. Nombre del exportador minero
9. PROCEDIMIENTO DE MUESTREO DE PRO-
DUCTOS MINEROS EN FORMA FRAGMENTADA b. Producto Minero

(LÁMINAS, VIRUTAS), PEPITAS Y POLVO. c. Código de lote

d. Peso
9.1 OBJETIVO
e. Número de precinto
Definir el proceso mediante el cual se extrae una muestra 9.4.3 El rótulo debe ubicarse entre las dos bolsas.
representativa del total del lote para su análisis. 9.4.4 Las bolsas deben ser selladas con un precinto codificado
con el fin de asegurar la inviolabilidad de la muestra.
9.2 INSTRUMENTOS Y MATERIALES
a. Bandeja de acero inoxidable 9.5 REGISTRO DE LA MUESTRA
Al finalizar el proceso de muestreo se debe completar el
b. Papel glaseado registro utilizando el formato No. 003 anexo a esta guía.
A. 48

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

ANEXO A
Figuras de referencia para masas de 30 gramos (muestras duplicadas) o 50 gramos (muestras triplicadas)

A.1 Cuarteo en duplicado: Primera muestra

A. 49

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

A. 2 Cuarteo en duplicado: Segunda muestra

A. 50

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

A.3 Cuarteo en triplicado: Primera muestra

A. 51

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

A.4 Cuarteo en triplicado: Segunda muestra

A. 52

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

A.5 Cuarteo en triplicado: Tercera muestra

A. 53

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

Código de Iniciales del Número de


Expediente Solicitante Lote a Exponer

Día Fecha Hora Lugar del Muestreo

A. 54

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

Código de Iniciales del Número de


Expediente Solicitante Lote a Exponer

OBSERVACIONES: Cualquier información sobre situaciones presentadas durante el muestreo que puedan incidir en los resultados
analíticos y en general toda observación que se considere relevante.
ANEXOS:
Fotografías: En caso de lingotes, deben ser fotografías que permitan visualizar el número o código y evidencia de las perforaciones.

Nombre y firma de
Encargado del Muestreo

A. 55

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

FORMATO 003

INFORME DE REMISIÓN DE LAS MUESTRAS

Código de Iniciales del Número de


Expediente Solicitante Lote a Exponer

Día Fecha Hora Lugar del Muestreo

OBSERVACIONES: Cualquier información sobre situaciones presentadas durante el muestreo que puedan incidir en los resultados
analíticos y en general toda observación que consideré relevante.
ANEXOS:
Fotografías: Deben ser fotografías que permitan visualizar el producto minero a exportar.

A. 56

Derecho Reservados ENAG


Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH

Sección A Acuerdos y Leyes


La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE ENERO DEL 2017 No. 34,234

SEGUNDO: Que una vez publicado el presente Acuerdo, será vigente después de transcurridos 90 días, plazo en

el cual el personal técnico de las unidades del Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, y

personal técnico de las empresas mineras exportadoras deberán de capacitarse respectivamente, para conocimiento

y entendimiento de la Guía de Muestreo de Metales Preciosos.

CUARTO: El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”, Diario Oficial de la República.

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE:

ABOG. AGAPITO ALEXANDER RODRÍGUEZ ESCOBAR

DIRECTOR EJECUTIVO

ABOG. GRACIELA ISABEL REYES ORELLANA

SECRETARIA GENERAL

A. 57

Derecho Reservados ENAG

También podría gustarte