Documento Honduras
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Versión: 01
Código: INHGEOMIN-GM-MP
Fecha: 06/12/2016
A. 28
ÍNDICE
1. OBJETIVO..............................................................................................................................................................................3
2. ALCANCE...............................................................................................................................................................................3
3. TÉRMINOS Y DEFINICIONES.............................................................................................................................................3
4. MARCO LEGAL.....................................................................................................................................................................5
5. DISPOSICIONES GENERALES............................................................................................................................................5
6. INTRODUCCIÓN A LOS MUESTREOS...............................................................................................................................7
6.1 ETAPAS DEL MUESTREO...................................................................................................................................................8
9.1 OBJETIVO..........................................................................................................................................................................20
ANEXO B..................................................................................................................................................................................27
FORMATO 001..........................................................................................................................................................................27
FORMATO 002..........................................................................................................................................................................27
FORMATO 003..........................................................................................................................................................................29
A. 29
así como los procedimientos y lineamientos generales que que la muestra original, para asegurar que las condiciones
sean idénticas.
se deben tener en cuenta en su aplicación.
ANÁLISIS CUALITATIVO: Análisis que tiene por objeto jurídica, concesionario minero de explotación, beneficio
y comercializador no concesionario, que pretende enviar
identificar datos descriptivos de un producto minero.
productos mineros, con fines comerciales a un país
extranjero.
ANÁLISIS CUANTITATIVO: Análisis que se emplea para
determinar la cantidad absoluta o relativa de las sustancias
HELICOIDE: Superficie curva generada por una recta que
químicas presentes en un producto minero.
se mueve apoyándose en una hélice y en el eje del cilindro
que la contiene.
ANÁLISIS: Estudio de los datos adquiridos de los
procesos de fiscalización de exportación, para obtener LINGOTE: Masa sólida que se obtiene vertiendo el metal
conclusiones de las características cualitativas y precioso fundido en un molde.
cuantitativas del producto minero a exportar.
LAMINA: Pieza plana de poco grosor de un metal
COLADA: Proceso final de fusión por el cual se permite precioso.
que la aleación fundida, proveniente de un horno o crisol,
fluya a moldes en donde se solidifica y se separa de la LOTE: Es la cantidad total de un mismo producto minero
escoria. a exportar, que puede ser subdividido en sublotes previo
A. 30
y/o posterior a la movilización del producto minero a la METAL FUNDIDO: Es el producto minero concentrado,
Aduana. que ha sido sometido a procesos de fundición, obteniendo
una masa de material fundido depositada en el interior de
MUESTRA: Es la porción tomada de un todo, la cual debe moldes, cuyo peso depende de sus dimensiones.
represente la del todo de donde proviene. impurezas, obtenido mediante procesos piro metalúrgicos
o de electrodeposición, a fin de obtener metales con alta
pureza.
MUESTRA REPRESENTATIVA: Muestra que representa
un lote de un producto minero, compuesta de un número
METAL PRECIOSO: El que se encuentran en estado
de porciones tomadas del mismo, en los cuales no se ha
nativo y en baja cantidad disponible en la naturaleza, se
realizado ninguna reducción o cuarteo.
caracteriza por tener una resistencia química particular y
contar con propiedades físicas y tecnológicas específicas.
MUESTRA REDUCIDA: Es la cantidad de producto
Ejemplo: Oro, platino, paladio, plata, iridio y rodio.
minero obtenido a partir de cuarteos consecutivos.
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de corte, pulido, trituración, concentración, hidro- Queda expresamente establecido en el artículo No. 35 de
metalúrgicos y/o metalúrgicos, en cualquier estado en que la Ley General de Minería, que no se permitirá la
se encuentre y que sean objeto de comercialización. autorización de exportación de minerales, sin que
previamente la Autoridad Aduanera, haya recibido del
REMANENTE: Material sobrante de la muestra exportador el certificado que acredite el análisis del
representativa, como resultado del proceso de reducción, producto minero.
previo y posterior al análisis.
SEMICÍRCULO: Figura geométrica compuesta por la Se establece en el artículo No. 62 del Reglamento de la
mitad de un círculo. Ley General de Minería, que el procedimiento para la toma
de muestras se regula bajo las Guías Técnicas de Muestreo
SUBMUESTRA: Es la cantidad de producto minero de Minerales implementadas por la Autoridad Minera.
compuesta de un número de porciones tomadas del mismo,
en la cual se ha realizado un proceso de reducción. 5. DISPOSICIONES GENERALES
TRONCO DE CONO: Cuerpo geométrico que resulta al De conformidad con la normativa minera vigente y para la
cortar un cono por un plano paralelo a la base y separar la aplicación de la presente guía, se debe considerar lo
parte que contiene al vértice central o punta. siguiente:
1. El campo de aplicación de la presente guía es en
VIRUTA: Tira fina y enrollada en espiral o forma helicoidal función de la presentación de los metales preciosos
que sale un metal precioso al perforar con un instrumento a exportar, pudiendo ser compactas, de forma
cortante. fragmentada (láminas, virutas), pepitas y polvo.
5. Las Unidades de Laboratorio y Minas y Geología de 9. Las Unidades de Laboratorio, Minas y Geología y
la Autoridad Minera, son las dependencias designadas Fiscalización Minera, determinarán los análisis
y autorizadas para realizar los análisis cualitativos y requeridos.
6. La aplicación de los análisis requeridos y muestreos, compacta, fragmentada (láminas, virutas), pepita y
polvo, serán realizados únicamente previo a la
podrán ser realizados por compañías especializadas
movilización del producto a la aduana.
en inspección y laboratorios autorizados. Las
entidades interesadas en ser autorizadas, deben ser
11. Los costos por los análisis realizados en el laboratorio
evaluadas y posteriormente registradas por la
autorizado, serán cubiertos en su totalidad por el
Autoridad Minera, los requisitos para la aplicación
exportador minero.
serán definidos por las Unidades de Laboratorio y
Minas y Geología. En ningún momento la compañía
12. El exportador de un producto minero podrá realizar
propuesta podrá tener algún nexo con el exportador.
análisis en sus laboratorios, para controles internos,
sin la opción de utilizar los mismos para los efectos
7. La toma de muestras debe ser realizada por personal
de aplicación de la presente guía.
técnico adecuadamente entrenado, capacitado y
autorizado para esta labor. 13. La Unidad de Minas y Geología, realizará auditorías
periódicas a los exportadores mineros para asegurar
8. El exportador minero debe presentar a la Autoridad la correcta aplicación de las guías técnicas de
Minera, un documento firmado y sellado por su muestreo de productos mineros.
representante legal, conteniendo el listado de la(s)
persona(s) designada(s) para realizar los muestreos, 14. La Autoridad Minera en conjunto con la Autoridad
cuando éstos sean empleados del exportador minero; Aduanera podrán realizar muestreos de los productos
dicho documento debe ser presentado físicamente en mineros en las aduanas del país.
Fiscalización Minera, quienes registrarán y verificarán corresponde a las descritas en la presente guía, para
los datos durante los procesos de muestreo. Si tal efecto la Autoridad Minera definirá el respectivo
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y los avances tecnológicos en los procesos de características de la masa completa. El procedimiento para
muestreo. lograr esto recibe el nombre de muestreo.
de Minería y artículos No. 63, 64, 65, 66, 67, 68, 84, ser igual a la composición de todo el lote a exportar.
85 y 86 del Reglamento de la Ley General de Minería. En general, el muestreo consta de tres etapas:
1. Las medidas necesarias para asegurar que la muestra cuando existe una considerable variación de composición
seleccionada sea representativa. y el tamaño de la partícula va desde trazas de gran tamaño
hasta granos finos.
2. El tamaño y el número de elementos individuales que
constituyen la muestra tomada del lote.
6.1.2 PESO Y CÓDIGO DEL LOTE
3. Los procedimientos que han de seguirse para Se debe asignar un número del lote con su respectivo peso,
extracción, manipulación y registro de las muestras. dichos datos serán requeridos previos a la autorización de
la exportación. El personal capacitado, encargado de
4. El procedimiento para el traslado de la muestra al
realizar el muestreo, debe hacer el respectivo
laboratorio para su análisis.
reconocimiento del lote de producto minero que se va a
muestrear.
de la presente guía, el tamaño de la muestra, será descrito 4. Para utilizar equipo mecánico se deben aplicar las
en la sección de procedimientos de muestreo de cada caso normas de seguridad de la legislación nacional vigente
particular. y otras que tengan por objeto garantizar la seguridad
de quienes lo utilicen. Estas operaciones sólo puede
6.2 REDUCCIÓN DE LA MUESTRA REPRESENTATIVA realizarlas personal capacitado con los elementos de
Procedimiento mediante el cual la muestra representativa protección personal adecuados.
es disminuida utilizando diferentes métodos de reducción,
con el objetivo de obtener una submuestra para realizar 5. En todo momento la muestra debe conservarse de tal
los análisis cuantitativos correspondientes. forma que se reduzcan al mínimo los riesgos de
alteraciones que ésta pueda experimentar antes del
6.3 REGISTRO DE LA MUESTRA análisis, considerando el traslado de la misma al
Proceso mediante el cual se realiza la debida identificación laboratorio.
de la submuestra, debiendo contener la máxima
6. Tratándose de muestreos en planta, la fecha de
información posible, asegurando su conservación durante
la manipulación y transporte. Para la aplicación de la muestreo debe realizarse considerando como mínimo
presente guía este procedimiento será descrito en la quince días hábiles de antelación a la exportación, con
sección de envasado y etiquetado de las muestras de cada el objetivo de proporcionar un margen de tiempo
caso particular. adecuado para la realización del análisis. El exportador
minero debe remitir vía electrónica a las Unidades
7. PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA TOMA de Laboratorio, Minas y Geología y Fiscalización
DE MUESTRAS Minera, una notificación utilizando el formato número
001 anexo a esta guía. En caso de existir un cambio
De conformidad con el proceso de exportación y para la de fecha del muestreo esta debe ser informada vía
aplicación de la presente guía, se debe considerar lo
electrónica, para efectos de las auditorías periódicas
siguiente:
que realizará la Autoridad Minera.
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siendo una para el exportador, una para la Autoridad 15. En el caso de un muestreo en planta siendo la muestra
Minera y una para el laboratorio autorizado. rechazada por la Unidad de Laboratorio de la Autoridad
Minera, el exportador minero debe remitir la
9. Al finalizar el proceso de muestreo se debe completar
contramuestra en custodia, del lote correspondiente.
el registro de la muestra e informe de remisión de
las muestras, utilizando el formato No. 002 anexo a 16. En caso de realizarse el análisis de la muestra en un
esta guía, el cual debe ser remitido física y/o vía laboratorio autorizado, el exportador minero será el
electrónica a la Unidad de Fiscalización Minera, responsable de remitir el informe de resultados
coincidiendo con la fecha de remisión de la muestra original a la Unidad de Laboratorio de la Autoridad
representativa o submuestra a la Unidad de Minera. A fin de cumplir con los tiempos previstos
Laboratorio de la Autoridad Minera. del proceso de exportación, el laboratorio autorizado
10. Una vez obtenidas las muestras en planta, el debe remitir copia del informe de resultados vía
11. Toda muestra representativa o submuestra debe ser 17. La Unidad de Laboratorio de la Autoridad Minera y el
remitida usando un precinto. exportador minero conservarán el remanente y
contramuestra respectivamente, en tanto la Unidad de
12. El envío de la muestra representativa o submuestra,
Fiscalización Minera emita el informe de la
debe realizarse de manera inmediata, en recipientes
exportación y en caso de controversia el tiempo de
adecuados para el tipo de producto muestreado, según
resguardo de las muestras se prolongará hasta que el
la sección de Instrumentos y Materiales descritos en
procedimiento correspondiente concluya.
cada procedimiento. Se debe garantizar que el
recipiente esté completamente sellado con el fin de 18. Si como resultado del informe de exportación, se
evitar que la muestra sea alterada o contaminada. concluye que el exportador minero declaró
13. La Unidad de Laboratorio de la Autoridad Minera, correctamente el producto minero, se dará por
podrá rechazar cualquier muestra si durante el proceso concluida la operación. La Unidad de Laboratorio
de recepción se verifique que no cumple con lo informará vía electrónica al exportador minero, que
dictado en la presente guía o cuando se trate de el remanente en resguardo, debe ser retirado en un
muestras equivocadas, alteradas o contaminadas. periodo no mayor de un trimestre, una vez vencido
este tiempo la Unidad de Laboratorio desechará dichas
14. Si la Unidad de Laboratorio de la Autoridad Minera,
muestras.
determina que la muestra remitida se encuentra
equivocada, alterada y/o contaminada, ésta será 19. Si como resultado del informe de exportación, se
rechazada y entregada al momento de la recepción y concluye que el exportador minero no declaró
el exportador minero será notificado vía correo correctamente el producto minero, la Unidad de
electrónico. Fiscalización Minera remitirá el informe a la
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Secretaría General de la Autoridad Minera, para el 8.4 TAMAÑO DE LA MUESTRA PARA CUARTEO:
bullón Minera.
permita sostener el producto minero compacto que las Tablas I y II, en el caso de triplicados; de los cuales 5
gramos son para el exportador, 5 para la Autoridad Minera
se está muestreando.
y el restante para el laboratorio Autorizado.
b. Broca: de metal de forma helicoidal
8.6 PROCEDIMIENTO PARA MUESTREO DE
c. Bandeja de acero inoxidable LINGOTES
d. Papel glaseado
8.6.1 TOMA DE MUESTRA
e. Balanza que permita pesar asegurando el 0,01
gramos. El método de muestreo debe ser tal que los lingotes
tomados como muestras, sean aquellos representativos de
f. Imán
la calidad promedio de una misma colada, tanto como sea
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Antes de proceder al taladrado de los lingotes se debe remover polvo, aceite, grasa, u otros contaminantes, con un agente de limpieza
que no deje residuos al secarse. Si queda algún agente de limpieza en exceso se debe eliminar antes del muestreo.
Se taladra el lingote en puntos equidistantes situados como distancia mínima entre 20 mm de los bordes del lingote.
Con el fin de obtener una muestra homogénea, se debe aplicar una mínima presión al taladro, para producir virutas. Las virutas obtenidas
se deben cortar en pedazos pequeños de aproximadamente 1 mm, con cualquier elemento adecuado.
Figura 1
8.7.3 El procedimiento de ubicación de los puntos de perforación debe hacerse hacia adentro de las dos esquinas diagonalmente
opuestas. Dos de los puntos serán colocados en la superficie superior y los restantes en la superficie inferior del lingote (ver figura 2).
Figura 2
8.7.4 La profundidad a taladrar estará definida por la mitad de la altura (h/2) del lingote (ver figura 3).
A. 40
Figura 3
8.7.5 Las virutas de tamaño 1 mm, obtenidas de los cuatro agujeros, se esparcen sobre un papel glaseado. Se pasa sobre la muestra un
imán de modo tal que asegure la remoción de cualquier viruta de acero originada por la broca.
8.7.6 Se reúnen las virutas procedentes de todos los lingotes muestreados, pertenecientes a una misma colada, que constituyen de esta
manera una sola muestra de acuerdo con la tabla I. Reunir dichas virutas sobre uno de los papeles glaseado utilizado en las perforaciones.
8.7.7 La masa de estas virutas debe ser como mínimo, de 30 g (para muestras duplicadas) o 50 g (para muestras triplicadas). En caso
contrario, se repite el proceso utilizando las mismas perforaciones y una broca de mayor diámetro hasta alcanzar la masa especificada.
(Ver referencia en Anexo A).
8.7.8 Se homogeneiza la muestra y se cuartea utilizando un método manual (ver figura 4). En caso de haber material excedente de los
cuarteos, quedará en custodia del exportador minero.
Figura 4
8.8 PROCESO DE TALADRADO PARA LINGOTES EN FORMA SEMICILÍNDRICA
8.8.1 Se limpia la bandeja, se reinserta la broca y se taladra nuevamente.
8.8.2 La cantidad de perforaciones a realizar será de 7 por lingote (ver figura 5 y figura 6).
A. 41
Figura 5
Figura 6
8.8.3.1 Dos perforaciones en la cara curva sobre el helicoide más corto que resulta de la unión de los puntos extremos de muestreo.
Estos dos puntos quedan determinados por la intersección de planos paralelos a las caras planas semicirculares, ambos ubicados a
una distancia igual a (2b+a) de cada extremo, sobre la cara curva (ver figura 7).
A. 42
Figura 7
8.8.3.2 Dos perforaciones en cada cara lateral, en dirección paralela a la cara plana superior (ver figura 8).
Figura 8
Figura 9
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8.8.4 Ninguna de las perforaciones debe coincidir si se indican en una vista superior del lingote. Además, en cada cara, las perforaciones
deben localizarse a la distancia mínima establecida (ver figura 10).
Figura 10
8.8.5 La profundidad a taladrar estará definida por la mitad del radio (r/2) del lingote (ver figura 11).
Figura 11
8.8.6 Las virutas de tamaño 1 mm, obtenidas de los cuatro agujeros, se esparcen sobre un papel glaseado. Se pasa sobre la muestra un
imán de modo tal que asegure la remoción de cualquier viruta de acero originada por la broca.
8.8.7 Se reúnen las virutas procedentes de todos los lingotes muestreados, pertenecientes a una misma colada, que constituyen de esta
manera una sola muestra de acuerdo con la tabla I. Reunir dichas virutas sobre uno de los papeles glaseado utilizado en las perforaciones.
8.8.8 La masa de estas virutas debe ser como mínimo, de 30 g (para muestras duplicadas) o 50 g (para muestras triplicadas). En caso
contrario, se repite el proceso de utilizando las mismas perforaciones y una broca de mayor diámetro hasta alcanzar la masa especificada
(ver referencia en Anexo A).
8.8.9 Se homogeneiza la muestra y se la cuartea utilizando un método manual (ver figura 12). En caso de haber material excedente de
los cuarteos, quedará en custodia del exportador minero.
Figura 12
A. 44
Figura 13
Figura 14
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8.9.3.2 Tres perforaciones en la base inferior a una distancia equivalente a la cuarta parte del diámetro (d/4) (ver figura 15).
Figura 15
8.9.3.3 Dos perforaciones en cada cara lateral a una distancia equivalente a la altura media (h/2) (figura 16).
Figura 16
8.9.4 Ninguna de las perforaciones debe coincidir si se indican en una vista superior del lingote. Además, en cada cara, las perforaciones
deben localizarse a la distancia mínima establecida. (ver figura 17).
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Figura 17
8.9.7 Se reúnen las virutas procedentes de todos los lingotes muestreados, pertenecientes a una misma colada, que constituyen de esta
manera una sola muestra de acuerdo con la tabla I. Reunir dichas virutas sobre uno de los papeles glaseado utilizado en las perforaciones.
8.9.8 La masa de estas virutas debe ser como mínimo, de 30 g (para muestras duplicadas) o 50 g (para muestras triplicadas). En caso
contrario, se repite el proceso de utilizando las mismas perforaciones y una broca de mayor diámetro hasta alcanzar la masa especificada.
(Ver referencia en Anexo A).
8.9.9 Se homogeneiza la muestra y se la cuartea utilizando un método manual (ver figura 18)
En caso de haber material excedente de los cuarteos, quedará en custodia del exportador minero.
Figura 18
A. 47
8.10 ENVASADO Y ETIQUETADO DE LAS c. Balanza que permita pesar asegurando el 0,01 g.
MUESTRAS
d. Bolsa polietileno (espesor 4 milésimas)
a. Nombre del exportador minero duplicado. Para tal efecto, el exportador debe presentarse en las
instalaciones de la Unidad de Laboratorio con el lote completo a
b. Producto Minero exportar. El método de muestreo a utilizar será el de cuarteo
manual, a fin de que las muestras sean representativas de la calidad
c. Código de lote
promedio del lote.
d. Peso
Para el análisis de las muestras en Laboratorios autorizados por
e. Número de precinto la Autoridad Minera, se debe realizar un cuarteo para obtener
una muestra en triplicado y el mismo será realizado en las
8.10.3 El rótulo debe ubicarse entre las dos bolsas.
instalaciones del laboratorio autorizado.
8.10.4 Las bolsas deben ser selladas con un precinto codificado
con el fin de asegurar la inviolabilidad de la muestra. 9.4 ENVASADO Y ETIQUETADO DE LAS MUESTRAS
(para análisis de muestras en triplicado)
8.11 REGISTRO DE LA MUESTRA
9.4.1 Las muestras destinadas al análisis se deben envasar en
Al finalizar el proceso de muestreo se debe completar el doble bolsa de polietileno (espesor 4 milésimas).
9.4.2 La muestra debe llevar un rótulo legible que contenga, la
registro utilizando el formato No. 002 anexo a esta guía.
información siguiente:
a. Nombre del exportador minero
9. PROCEDIMIENTO DE MUESTREO DE PRO-
DUCTOS MINEROS EN FORMA FRAGMENTADA b. Producto Minero
d. Peso
9.1 OBJETIVO
e. Número de precinto
Definir el proceso mediante el cual se extrae una muestra 9.4.3 El rótulo debe ubicarse entre las dos bolsas.
representativa del total del lote para su análisis. 9.4.4 Las bolsas deben ser selladas con un precinto codificado
con el fin de asegurar la inviolabilidad de la muestra.
9.2 INSTRUMENTOS Y MATERIALES
a. Bandeja de acero inoxidable 9.5 REGISTRO DE LA MUESTRA
Al finalizar el proceso de muestreo se debe completar el
b. Papel glaseado registro utilizando el formato No. 003 anexo a esta guía.
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ANEXO A
Figuras de referencia para masas de 30 gramos (muestras duplicadas) o 50 gramos (muestras triplicadas)
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A. 50
A. 51
A. 52
A. 53
A. 54
OBSERVACIONES: Cualquier información sobre situaciones presentadas durante el muestreo que puedan incidir en los resultados
analíticos y en general toda observación que se considere relevante.
ANEXOS:
Fotografías: En caso de lingotes, deben ser fotografías que permitan visualizar el número o código y evidencia de las perforaciones.
Nombre y firma de
Encargado del Muestreo
A. 55
FORMATO 003
OBSERVACIONES: Cualquier información sobre situaciones presentadas durante el muestreo que puedan incidir en los resultados
analíticos y en general toda observación que consideré relevante.
ANEXOS:
Fotografías: Deben ser fotografías que permitan visualizar el producto minero a exportar.
A. 56
SEGUNDO: Que una vez publicado el presente Acuerdo, será vigente después de transcurridos 90 días, plazo en
el cual el personal técnico de las unidades del Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, y
personal técnico de las empresas mineras exportadoras deberán de capacitarse respectivamente, para conocimiento
CUARTO: El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”, Diario Oficial de la República.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE:
DIRECTOR EJECUTIVO
SECRETARIA GENERAL
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