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Ccio Bancoomevaa
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CERTIFICADO DE EXISTENCIA E INSCRIPCIÓN DE DOCUMENTOS
Fecha expedición: 13/02/2021 03:30:15 pm
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QUE EN LOS REGISTROS QUE SE LLEVAN EN ESTA CAMARA DE COMERCIO, FIGURAN INSCRITOS LOS
SIGUIENTES DOCUMENTOS A NOMBRE DE: BANCO COOMEVA S.A. SIGLA:BANCOOMEVA
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DOCUMENTO INSCRIPCIÓN
E.P. 0006 del 06/01/2011 de Notaria Dieciocho de Cali 253 de 11/01/2011 Libro IX
E.P. 1720 del 09/05/2011 de Notaria Dieciocho de Cali 7329 de 14/06/2011 Libro IX
E.P. 3777 del 25/10/2011 de Notaria Dieciocho de Cali 13160 de 27/10/2011 Libro IX
E.P. 0820 del 26/03/2012 de Notaria Dieciocho de Cali 4366 de 10/04/2012 Libro IX
E.P. 1068 del 21/04/2014 de Notaria Dieciocho de Cali 5730 de 24/04/2014 Libro IX
E.P. 2068 del 23/07/2015 de Notaria Dieciocho de Cali 17822 de 28/07/2015 Libro IX
E.P. 2950 del 29/09/2015 de Notaria Dieciocho de Cali 21756 de 26/10/2015 Libro IX
E.P. 1163 del 23/04/2016 de Notaria Dieciocho de Cali 7547 de 03/05/2016 Libro IX
E.P. 0842 del 21/03/2017 de Notaria Dieciocho de Cali 6417 de 26/04/2017 Libro IX
E.P. 4010 del 09/11/2017 de Notaria Dieciocho de Cali 17284 de 10/11/2017 Libro IX
E.P. 1005 del 09/04/2018 de Notaria Dieciocho de Cali 7700 de 25/04/2018 Libro IX
E.P. 931 del 11/04/2019 de Notaria Dieciocho de Cali 8106 de 30/04/2019 Libro IX
E.P. 0769 del 02/04/2020 de Notaria Dieciocho de Cali 5868 de 05/05/2020 Libro IX
E.P. 3809 del 25/11/2020 de Notaria Dieciocho de Cali 18352 de 03/12/2020 Libro IX
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los manuales y códigos de ética y de gobierno corporativo. 17. Velar por el estricto
cumplimiento de los niveles de autorización, cupos u otros límites o controles
establecidos en las diferentes actividades realizadas por la entidad, incluyendo las
adelantadas con administradores, miembros de la junta directiva la matriz, sus
subordinadas y demás vinculados económicos. 18. Presentar a la junta directiva tanto el
presupuesto anual de ingresos y gastos como los informes mensuales de gestión. 19.
Presentar a la asamblea general, conjuntamente con la junta directiva, para su
aprobación o improbación y una vez terminado cada ejercicio contable, los siguientes
documentos: Un firme de gestión que contenga una exposición fiel acerca de la evolución
de los negocios y la situación jurídica, económica y administrativa del banco así como
una indicación acerca de los acontecimientos importantes acaecidos después del
ejercicio, la evolución previsible del banco y las operaciones celebradas con los
accionistas y administradores. Este informe deberá ser aprobado por la mayoría de votos
de quienes deben presentarlo y a él se adjuntarán las explicaciones o salvedades de
quienes no lo comparten; los estados financieros de propósito general, junto con sus
correspondientes notas, cortados al final de respectivo ejercicio; los dictámenes sobre
los estados financieros y los demás informes emitidos por el revisor fiscal; los
estados financieros consolidados, cuando hubiere lugar a ellos. 20. Informar
mensualmente a la junta directiva sobre los niveles de riesgo y el desempeño del área
de tesorería y, en especial, sobre los incumplimientos en los límites, operaciones poco
convencionales o por fuera de las condiciones de mercado y las operaciones con empresas
o personas vinculadas a la entidad. 21. Informar de manera inmediata a la junta
directiva si se presentan violaciones importantes o sistemáticas a las políticas y
limites internos establecidos para el desarrollo de operaciones de tesorería. 22.
Someter a aprobación de la junta directiva, en coordinación con el oficial de
cumplimiento, el manual de procedimientos del sarlaft y sus actualizaciones y verificar
que los procedimientos establecidos en materia de sarlaft desarrollen todas las
políticas adoptadas por la junta directiva. 23. Proveer los recursos técnicos y humanos
necesarios para implementar y mantener los sistemas que se relacionan a continuación,
así como los comités necesarios para su funcionamiento: Sistema de Administración de
Riesgo de Mercado (SARM); Sistema de Administración de Riesgo Operativo (SARO); Sistema
de administración del Riesgo Crediticio (SARC); Sistema de Administración de Riesgo de
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT); Sistema de gestión integral
de la estructura de los activos, pasivos y posiciones fuera de balance, la Función de
Cumplimiento y Sistema de Atención al Consumidor Financiero (SAC). 24. Prestar
efectivo, eficiente y oportuno apoyo al oficial de cumplimiento. 25. Garantizar que los
registros utilizados en el sarlaft cumplan con los criterios de integridad,
confiabilidad, disponibilidad, cumplimiento, efectividad, eficiencia y confidencialidad
de la información allí contenida. 26. Presentar a la junta directiva el plan anual de
actividades con su correspondiente presupuesto, en concordancia con el plan general de
desarrollo adoptado por la asamblea general. 27. Velar porque los bienes y valores del
banco estén adecuadamente protegidos, y porque la contabilidad se encuentre al día
conforme con las disposiciones legales y estatutarias. 28. Ordenar los gastos
ordinarios y extraordinarios con sujeción al presupuesto aprobado por la junta
directiva o con las facultades especiales que se le otorguen para el efecto. 29.
Aplicar las sanciones disciplinarias que le correspondan como máximo director ejecutivo
y las que expresamente le determinen los reglamentos. 30. Diseñar la estructura general
administrativa de cargos y curva salarial del banco y presentarla a la junta directiva
para su aprobación. 31. Aprobar la apertura de cuentas en entidades financieras
legalmente constituidas. 32. Convocar a la junta directiva cuando lo considere
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pertinente. 33. Cumplir las demás funciones que le correspondan de acuerdo con lo
previsto en la ley y en estos estatutos. Parágrafo.- la representación legal del banco,
en juicio y extrajudicialmente, será ejercida por el presidente y los vicepresidentes,
quienes podrán actuar en forma conjunta o separada. Así mismo, tendrán la
representación legal del banco las demás personas que expresamente designe la junta
directiva. Dichos representantes tienen facultades para celebrar o ejecutar, sin otras
limitaciones que las establecidas en estos estatutos en cuanto se trate de operaciones
que deban ser previamente autorizadas por la asamblea general de accionistas o por la
junta directiva, todos los actos y contratos comprendidos dentro del objeto social o
que tengan carácter simplemente preparatorio, accesorio o complementario para la
realización de los fines que persigue el banco, y los que se relacionan directamente
con la existencia y el funcionamiento del mismo. En especial, pueden suscribir los
documentos públicos o privados necesarios para recoger los actos o contratos que
celebre la sociedad; transigir, conciliar, arbitrar y comprometer los negocios
sociales, celebrar convenciones, contratos, arreglos y acuerdos; promover y coadyuvar
acciones judiciales, administrativas o contencioso administrativas en que el banco
tenga interés o deba intervenir e interponer todos los recursos que sean procedentes
conforme a la ley; desistir de las acciones o recursos que interponga; novar
obligaciones o créditos; dar o recibir bienes en pago; constituir apoderados judiciales
o extrajudiciales; delegarles facultades, revocar mandatos y sustituciones y ejecutar
los demás actos que aseguren el cumplimiento del objeto social del banco. Los abogados
de la gerencia nacional jurídica o de la dependencia que haga sus veces tendrán la
representación legal del banco para fines judiciales, con el objeto de atender todos
los asuntos y actuaciones administrativas, judiciales, extrajudiciales y
prejudiciales, dentro de los límites que establezca la junta directiva. Los gerentes de
las sucursales tendrán la representación del banco, dentro de los limites que
establezca la junta directiva.
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Por Acta No. 1 del 05 de enero de 2011, de Asamblea General De Accionistas, inscrito en
esta Cámara de Comercio el 22 de marzo de 2016 con el No. 3907 del Libro IX, se designó
a:
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Por Acta No. 30 del 15 de febrero de 2013, de Junta Directiva, inscrito en esta Cámara
de Comercio el 22 de marzo de 2016 con el No. 3908 del Libro IX, se designó a:
Por Acta No. 16 del 24 de abril de 2012, de Junta Directiva, inscrito en esta Cámara de
Comercio el 22 de marzo de 2016 con el No. 3955 del Libro IX, se designó a:
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PRINCIPALES
NOMBRE IDENTIFICACIÓN
ALFREDO ARANA VELASCO C.C.16266958
ALFREDO EDUARDO RINCON C.C.80409649
ANGULO
LEON DARIO VILLA VILLA C.C.3599220
EDUARDO JOSE VICTORIA RUIZ C.C.14875618
DANIEL CASTELLANOS GARCIA C.C.79157300
SUPLENTES
NOMBRE IDENTIFICACIÓN
GILBERTO QUINCHE TORO C.C.19497294
LUIS MARIO GIRALDO NIÑO C.C.79158667
LUIS CARLOS LOZADA BEDOYA C.C.71688522
GIULIANO MORINI CALERO C.C.19316712
JULIAN BENAVIDES FRANCO C.C.12977135
Por Acta No. 2 del 09 de marzo de 2011, de Asamblea De Accionistas, inscrito en esta
Cámara de Comercio el 14 de junio de 2011 con el No. 7328 del Libro IX, Se designó a:
PRINCIPALES
NOMBRE IDENTIFICACIÓN
ALFREDO ARANA VELASCO C.C.16266958
SUPLENTES
NOMBRE IDENTIFICACIÓN
GIULIANO MORINI CALERO C.C.19316712
JULIAN BENAVIDES FRANCO C.C.12977135
Por Acta No. 05 del 22 de marzo de 2012, de Asamblea De Accionistas, inscrito en esta
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Cámara de Comercio el 06 de julio de 2012 con el No. 8157 del Libro IX, Se designó a:
PRINCIPALES
NOMBRE IDENTIFICACIÓN
ALFREDO EDUARDO RINCON C.C.80409649
ANGULO
SUPLENTES
NOMBRE IDENTIFICACIÓN
LUIS MARIO GIRALDO NIÑO C.C.79158667
Por Acta No. 07 del 21 de marzo de 2013, de Asamblea General De Accionistas, inscrito
en esta Cámara de Comercio el 20 de mayo de 2013 con el No. 5768 del Libro IX, Se
designó a:
PRINCIPALES
NOMBRE IDENTIFICACIÓN
EDUARDO JOSE VICTORIA RUIZ C.C.14875618
Por Acta No. 102 del 25 de marzo de 2014, de Asamblea De Accionistas, inscrito en esta
Cámara de Comercio el 05 de agosto de 2014 con el No. 10422 del Libro IX, Se designó a:
SUPLENTES
NOMBRE IDENTIFICACIÓN
LUIS CARLOS LOZADA BEDOYA C.C.71688522
Por Acta No. 19 del 22 de junio de 2017, de Asamblea General De Accionistas, inscrito
en esta Cámara de Comercio el 29 de agosto de 2017 con el No. 13852 del Libro IX, Se
designó a:
PRINCIPALES
NOMBRE IDENTIFICACIÓN
LEON DARIO VILLA VILLA C.C.3599220
DANIEL CASTELLANOS GARCIA C.C.79157300
Por Acta No. 21 del 02 de enero de 2018, de Asamblea De Accionistas, inscrito en esta
Cámara de Comercio el 07 de febrero de 2018 con el No. 1855 del Libro IX, Se designó a:
SUPLENTES
NOMBRE IDENTIFICACIÓN
GILBERTO QUINCHE TORO C.C.19497294
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Fecha expedición: 13/02/2021 03:30:15 pm
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Por Acta No. 07 del 21 de marzo de 2013, de Asamblea General De Accionistas, inscrito
en esta Cámara de Comercio el 20 de mayo de 2013 con el No. 5767 del Libro IX, se
designó a:
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Por Escritura Pública No. 1182 del 31 de marzo de 2011 Notaria Dieciocho de Cali
,inscrito en esta Cámara de Comercio el 26 de agosto de 2011 con el No. 125 del Libro V
, SE CONFIERE PODER GENERAL, AMPLIO Y SUFICIENTE A LA DOCTORA LUZ STELLA VILLA VALENCIA
IDENTIFICADA CON LA CEDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 43.094.257 EXPEDIDA EN MEDELLÍN, MAYOR
DE EDAD, VECINA DE LA CIUDAD DE ITAGÜÍ, PARA QUE, ACTUANDO POR CUENTA Y RIESGO DE
BANCOOMEVA, EN SU CALIDAD DE FACTOR (ART. 1332 C.COD), DE LA AGENCIA ITAGUI EJECUTE LOS
SIGUIENTES ACTOS Y NEGOCIOS JURÍDICOS EN NOMBRE DE LA ENTIDAD QUE REPRESENTA LOS CUALES
DEBEN ENTENDERSE PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES, COMO TAXATIVOS. 1. EMITIR, ACEPTAR Y
NEGOCIAR CONFORME A SU LEY DE CIRCULACION CUALQUIER CLASE DE TÍTULOS VALORES DE
CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 640 Y663 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.
TRATÁNDOSE DE TÍTULOS VALORES A LA ORDEN Y NOMINATIVOS, SU NEGOCIACIÓN IMPLICA LA
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QUE LAS FACULTADES CONFERIDAS MEDIANTE ESTE PODER GENERAL NO REDUNDAN EN DETRIMENTO DE
LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 264 DEL CÓDIGO DE COMERCIO EN LA MEDIDA EN QUE NO
CONLLEVAN LA REPRESENTACIÓN LEGAL PROPIA DEL GERENTE GENERAL DE BANCOOMEVA, EXCEPTO EN
LOS CASOS Y PARA LOS EFECTOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 49 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO
CIVIL.
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Fecha expedición: 13/02/2021 03:30:15 pm
Por Escritura Pública No. 2142 del 30 de julio de 2019 Notaria Dieciocho de Cali
,inscrito en esta Cámara de Comercio el 04 de diciembre de 2019 con el No. 151 del
Libro V HANS JUERGEN THEILKUHL OCHOA, con cedula de ciudadanía número 6316249, hábil
para contratar y obligarse, quien manifestó.
PRIMERO: Que en el otorgamiento de este instrumento actúa en su condición de Presidente
y por lo tanto, en nombre y representación de BANCO COOMEVA S.A. BANCOCOOMEVA,
establecimiento de crédito con domicilio principal en Cali.
SEGUNDO: Que por este instrumento público , confiere poder general amplio y suficiente
a SILVANA KARINA SANTANA ZULETA, identificada con cedula de ciudadanía numero 38461291
expedida en Cali (V), mayor de edad, para que actuando por cuenta y riesgo de
BANCOOMEVA, en su calidad de COORDINADOR REGIONAL DE CONSTITUCI¿¿ON DE GARANTIAS,
acepte sin limitación alguna en la cuantía, la constitución de cualquier caución y/o
seguridad que se constituya para garantizar el cumplimiento de obligaciones a favor de
BANCOMEVA. En cumplimiento de la facultad aquí conferida el apoderado podrá ejecutar
los siguientes actos y/o negocios jurídicos en nombre de la entidad que represento,
los cuales deben entenderse para los efectos legales como enunciativos mas no
taxativos . Aceptar la constitución¿¿on de hipotecas. 2. Aceptar la constitución de
prendas si tenencia sobre vehículos. 3. Suscribir contratos de prenda sobre: a)
acciones, b) cuotas sociales, c) partes de interés. D) títulos valores. E)
establecimiento de comercio. F) activos circulantes, g) maquinaria y equipos , h)
inventarios, i) derechos fiduciarios, j) derechos de crédito, k) rentas de contratos,
i) cánones de arrendamientos, m) aportes voluntarios en fondos de pensiones
voluntarias, n) aportes en cooperativas, o) las contribuciones efectuadas al fondo
mutual de solidaridad. P) signos distintos, q) matriculas y/o recaudos de colegios o
universidades. 4. Suscribir contratos de cesión de derechos económicos, pignoración de
rentas y descuentos de nómina.5. Solitar y aceptar bonos de prenda y certificados de
depósito de almacenes generales de depósito. 6, Celebrar contratos de empresario con
pignoración de rentas.7. Celebrar contratos de fiducia en los que BANCOOMEVA los
certificados de fiducia en los que BANCOOMEVA sea fideicomiso.9. Celebrar contratos de
depósito en garantías a favor de BANCOOMEVA .10 . Aceptar garantías bancarias tales
como avales y cartas de crédito Stand-by.11. Aceptar certificados de garantía
expedidos por el Fondo Nacional de Garantías. 12. Aceptar garantías otorgadas por
entidades financieras extranjeras calificadas como solvencia adecuada por la
Superintendencia Financiera de Colombia.13. Aceptar fianzas o avales de personas
jurídicas que tengan en circulación en el mercado de valores papeles no avalados como
de primera clase por las entidades calificadores de riesgo inscritas en la
Superintendencia Financiera de Colombia.14. Cancelar cualquier caución y/o seguridad de
acuerdo a los establecido en los reglamentos de BANCOOMEVA, que se haya constituido
para garantizar el cumplimiento de la obligaciones a favor de BANCOOMEVA, previo el
cumplimiento de los requisitos establecidos en el procesamiento de garantías para
las cancelaciones .PARAGRAFO: Las facultades para inscribir contratos y aceptar
garantías contiene también la facultad para aclarar las escrituras y firmar otro si es
modificatorios.
TERCERO: Que las facultades conferidas mediante este poder general no con lleva la
representación legal de BANCOOMEVA.
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Fecha expedición: 13/02/2021 03:30:15 pm
CUARTO: Que el apoderado en cumplimiento de las facultades que le han sido otorgada no
percibirá ninguna retribución o emolumento diferente al derivado de su vinculación
laboral con BANCOOMEVA , toda vez que la remuneración o pago de las actividades que
desarrolle en ejercicio del poder, queden comprendidas dentro de sí retribución
laboral.
QUINTO: Que el presente poder confiere por termino indefinido o hasta cuando BANCOOMEVA
decida revocarlo.
SEXTO: El presente poder solo podrá ejercerse en el área geográfica correspondiente a
la Regional o Sucursal Cali y los municipios anexos que la conforman según los
estatutos de BANCOOMEVA y los acuerdos de la junta Directiva.
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*CAPITAL AUTORIZADO*
Valor: $474,000,000,000
No. de acciones: 47,400,000
Valor nominal: $10,000
*CAPITAL SUSCRITO*
Valor: $468,824,860,000
No. de acciones: 46,882,486
Valor nominal: $10,000
*CAPITAL PAGADO*
Valor: $468,824,860,000
No. de acciones: 46,882,486
Valor nominal: $10,000
CERTIFICA
Proceso:ORDINARIO
Documento: Oficio No.J3CCS-1077 del 15 de junio de 2015
Origen: Juzgado Tercero Civil Del Circuito de Pasto
Inscripción: 26 de junio de 2015 No. 1381 del libro VIII
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Fecha expedición: 13/02/2021 03:30:15 pm
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Fecha expedición: 13/02/2021 03:30:15 pm
Página: 15 de 18
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Fecha expedición: 13/02/2021 03:30:15 pm
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Fecha expedición: 13/02/2021 03:30:15 pm
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Este certificado refleja la situación jurídica del inscrito hasta la fecha y hora de su
expedición.
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Fecha expedición: 13/02/2021 03:30:15 pm
Dado en Cali a los 13 días del mes de febrero del año 2021 hora: 03:30:15 PM
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