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Contrato de Prestacion de Servicio

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

PROCESO DE RECURSOS HUMANOS

ESCUELA DE ARTES ADMINISTRACION FINANZAS Y SALUD


Aprobación oficial por la Secretaria de Educación Departamental de Cesar
Resolución 001108 DEL 24 DE AGOSTO 2009 Nit. 804.002 275 -4

Contratante: ESCUELA DE ARTES, ADMINISTRACION, FINANZAS Y


SALUD (EAFYS)

Contratista: YENNIFER DAMARA ARIAS VILLAMIL


C.C 1.065.915.495 de Aguachica - Cesar

Objetivo: AUXILIAR ADMINISTRATIVA SEDE SAN MARTIN

Valor: CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS


($4.800.000)

Plazo: 6 meses
Fecha Inicio 14 de Abril de 2019
Fecha Término 15 de octubre de 2019

Entre los suscritos RAFAEL DIAZ CHACON mayor de edad identificado con
cedula de ciudadanía No 13.849.675 expedida en Bucaramanga – Santander
quien actúa como representante legal de la institución Escuela De Artes
Administración Finanzas Y Salud EAFYS debidamente facultada para celebrar
este tipo de contrato de conformidad con lo establecido en la ley 100 de 1993 y el
código Sustantivo de trabajo, la señora YENNIFER DAMARA ARIAS VILLAMIL
identificado con la ciudadanía No 1.065.915.495 de Aguachica - Cesar, quien se
denominara CONTRATISTA. Hemos convenido en celebrar el presente
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO: que se regirá por las siguientes
cláusulas:
PRIMERA: OBJETIVO – EL CONTRATISTA se compromete con LA
INSTITUCION PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO ADMINISTRATIVO Y
SOSTENIBLE, prestar los servicios de Auxiliar Administrativo Sede San Martin.
SEGUNDO: VALOR Y FORMA DE PAGO. El valor de presente contrato se fija en
la suma de: CUATRO MILLONES OCHICIENTOS MIL PESOS ($4.800.000), y se
pagara de la siguiente manera 1 cuota mensual por valor de OCHOCIENTOS MIL
PESOS ($800.000) y que se cancelaran al finalizar la fecha de dicho contrato.

Técnico $20.000 VEINTE MIL PESOS


Cursos $10.000 DIEZ MIL PESOS

R-TH-06 Versión: 02 Fecha de aprobación: 26-01-19


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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
PROCESO DE RECURSOS HUMANOS

ESCUELA DE ARTES ADMINISTRACION FINANZAS Y SALUD


Aprobación oficial por la Secretaria de Educación Departamental de Cesar
Resolución 001108 DEL 24 DE AGOSTO 2009 Nit. 804.002 275 -4

Diplomados 5% del valor total


Las Comisiones serán canceladas el 50% al pago de la matrícula del estudiante y
el 50% restante al pago de la primera cuota.

TERCERA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA – EL CONTRATISTA se


obliga a prestar los servicios de Coordinador Administrativo sede Gamarra y que
es parte fundamental del presente contrato de prestación de servicio.
CUARTA: OBLIGACIONES: El CONTRATANTE deberá facilitar acceso a la
información y elementos que sean necesarios, de manera oportuna, para la debida
ejecución del objeto del contrato, y, estará obligado a cumplir con lo estipulado en
las demás cláusulas y condiciones previstas en este documento. El
CONTRATISTA deberá cumplir en forma eficiente y oportuna los trabajos
encomendados y aquellas obligaciones que se generen de acuerdo con la
naturaleza del servicio, además se compromete a afiliarse a una empresa
promotora de salud –EPS–, y cotizar igualmente al sistema de seguridad social en
pensiones, tal como lo indica el artículo 15 de la Ley 100 de 1993, para lo cual se
dará un término de (10) días contados a partir de la fecha de iniciación del
contrato. De no hacerlo en el término fijado el contrato se dará por terminado.
QUINTA. – SUPERVISIÓN: El CONTRATANTE o su representante supervisará la
ejecución del servicio encomendado, y podrá formular las observaciones del caso,
para ser analizadas conjuntamente con El CONTRATISTA.
OBLIGACIONES DE LA INSTITUCION– 1. Recibir el objetivo del presente
contrato siempre que ofrezca las condiciones, características y especificado de la
propuesta 2. Pagar al CONTRATISTA el precio del contrato, en la forma y
condiciones que se estipulan en la cláusula tercera.
SEXTA: DURACION – EL CONTRATISTA se compromete a cumplir con el
objetivo del presente contrato en términos de Seis (06) MESES. SEPTIMA:
MULTAS Y SANCIONES – LA INSTITUCION, durante el desarrollo del presente
contrato podrá imponer multas y sanciones sucesivas por mora o incumplimiento
de alguna de las obligaciones.
OCTAVO: CLAUSULA PENAL PECUNIARIA – En caso de incumplimiento total o
parcial del contrato de prestación de servicio independiente de la multa. Parágrafo:
si el incumplimiento fuere parcial LA INSTITUCION aplicara las sanciones

R-TH-06 Versión: 02 Fecha de aprobación: 26-01-19


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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
PROCESO DE RECURSOS HUMANOS

ESCUELA DE ARTES ADMINISTRACION FINANZAS Y SALUD


Aprobación oficial por la Secretaria de Educación Departamental de Cesar
Resolución 001108 DEL 24 DE AGOSTO 2009 Nit. 804.002 275 -4

correspondientes y descontara de la parte que le corresponde al contratista el


valor de multas o sanciones impuestas al contratista
NOVENA: CESION DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO - EL
CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato sin expresa autorización por
escrito que de ello otorgue LA INSTITUCION pudiéndose esta reserva las razones
que haya tenido al negar la petición formulada.
DECIMA: TERMINACION Y MODIFICACION - las partes acuerdan que el
contenido de este contrato se entiende incorporado a favor de la INSTITUCION,
los principios de terminación modificada establecidos por la ley, los cuales serán
aplicados en los casos y en la forma indicada por las disposiciones legales
pertinentes.
DECIMA PRIMERA: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO DE
PRESTACION DE SERVICIO
– ESTE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO requiere para su
perfeccionamiento: 1. La firma de las partes. DECIMA SEGUNDA: DOMICILO
– las partes declaran que, para efectos de cualquier asunto relacionado con este
contrato, acepta la ciudad de San Martin – Cesar, como domicilio.
Para constancia se firma al (14) días del mes de Abril de 2019

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RAFAEL DIAZ CHACON YENNIFER DAMARA ARIAS VILLAMIL
Representante Legal Contratista

R-TH-06 Versión: 02 Fecha de aprobación: 26-01-19


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