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Bases As 01 20220407 175905 228
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Nº Símbolo Descripción
La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser
1 [ABC] / […….] completada por la Entidad durante la elaboración de las bases.
Es una indicación, o información que deberá ser completada por la Entidad
con posterioridad al otorgamiento de la buena pro para el caso específico
2 [ABC] / […….] de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los
proveedores, en el caso de los ANEXOS de la oferta.
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el órgano
3 encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda
y por los proveedores.
Se refiere a advertencias a tener en cuenta por el órgano encargado de
4 las contrataciones o comité de selección, según corresponda y por los
proveedores.
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el órgano
5 encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda
y deben ser eliminadas una vez culminada la elaboración de las bases.
Las bases estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características:
Nº Características Parámetros
Superior : 2.5 cm Inferior: 2.5 cm
1 Márgenes
Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm
2 Fuente Arial
Normal: Para el contenido en general
3 Estilo de Fuente Cursiva: Para el encabezado y pie de página
Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)
INSTRUCCIONES DE USO:
1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá
quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.
2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección
Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota.
PRIMERA CONVOCATORIA
1
INSTITUTO VIAL PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO
AS-SM- 001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante,
postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley
de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y a la Secretaría
Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI, en todo momento
según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión
y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y
demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Secretaría Técnica de la
Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas
anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del
Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la
sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante,
postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o a la Secretaría
Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI el acceso a la
información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o
absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
2
INSTITUTO VIAL PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO
AS-SM- 001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
SECCIÓN GENERAL
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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INSTITUTO VIAL PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO
AS-SM- 001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. REFERENCIAS
1.2. CONVOCATORIA
Importante
• Para registrarse como participante en un procedimiento de selección convocado por
las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con
inscripción vigente y estar habilitados ante el Registro Nacional de Proveedores
(RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
(OSCE). Para obtener mayor información, se puede ingresar a la siguiente dirección
electrónica: www.rnp.gob.pe.
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INSTITUTO VIAL PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO
AS-SM- 001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
Importante
• No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten en forma
física.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la
oferta deben estar debidamente firmados por el postor (firma manuscrita). Los demás
documentos deben ser visados por el postor. En el caso de persona jurídica, por su
representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de
persona natural, por este o su apoderado. No se acepta el pegado de la imagen de una firma
o visto. Las ofertas se presentan foliadas.
Importante
El participante presentará su oferta de manera electrónica a través del SEACE, desde las
00:01 horas hasta las 23:59 horas del día establecido para el efecto en el cronograma del
procedimiento; adjuntando el archivo digitalizado que contenga los documentos que
conforman la oferta de acuerdo a lo requerido en las bases.
El participante debe verificar antes de su envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda
ser descargado y su contenido sea legible.
Importante
5
INSTITUTO VIAL PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO
AS-SM- 001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de
prelación de las ofertas empatadas se efectúa siguiendo estrictamente el orden establecido
en el numeral 91.1 del artículo 91 del Reglamento.
Importante
En el caso de contratación de servicios en general que se presten fuera de la provincia
de Lima y Callao, cuyo valor referencial no supere los doscientos mil Soles (S/
200,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por
ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido por los postores con domicilio en la
provincia donde prestará el servicio, o en las provincias colindantes, sean o no
pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la
constancia de inscripción ante el RNP 1. Lo mismo aplica en el caso de procedimientos de
selección por relación de ítems, cuando algún ítem no supera el monto señalado
anteriormente.
1
La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:
www.rnp.gob.pe
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INSTITUTO VIAL PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO
AS-SM- 001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se
produce a los cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento, sin que
los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se
produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
Importante
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AS-SM- 001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el
desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
En los procedimientos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del
procedimiento determina ante quién se presenta el recurso de apelación.
Los actos que declaren la nulidad de oficio, la cancelación del procedimiento de selección y
otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad de este, se
impugnan ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Importante
• Una vez otorgada la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el comité
de selección, según corresponda, está en la obligación de permitir el acceso de los
participantes y postores al expediente de contratación, salvo la información calificada
como secreta, confidencial o reservada por la normativa de la materia, a más tardar
dentro del día siguiente de haberse solicitado por escrito.
• El recurso de apelación se presenta ante la Mesa de Partes del Tribunal o ante las
oficinas desconcentradas del OSCE, o en la Unidad de Trámite Documentario de la
Entidad, según corresponda.
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con
anterioridad a ella se interpone dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse
notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro,
contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, se
interpone dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del
acto que se desea impugnar.
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AS-SM- 001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
CAPÍTULO III
DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene, salvo en los
contratos cuyo monto del valor referencial no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), en
los que se puede perfeccionar con la recepción de la orden de servicios, conforme a lo previsto
en la sección específica de las bases.
Importante
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos
señalados en el artículo 139 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las
bases.
3.2. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel
cumplimiento del contrato y por los adelantos.
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AS-SM- 001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
Importante
• En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a doscientos mil Soles (S/
200,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni
garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también
aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems,
cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems
adjudicados no superen el monto señalado anteriormente, conforme a lo dispuesto en el
literal a) del artículo 152 del Reglamento.
Importante
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la
buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su
aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades
funcionales que correspondan.
Advertencia
Los funcionarios de las Entidades no deben aceptar garantías emitidas bajo
condiciones distintas a las establecidas en el presente numeral, debiendo tener en
cuenta lo siguiente:
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AS-SM- 001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
4. Si la empresa que otorga la garantía cuenta con más de una clasificación de riesgo
emitida por distintas empresas listadas en el portal web de la SBS, bastará que en
una de ellas cumpla con la clasificación mínima establecida en el Reglamento.
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados
en el artículo 155 del Reglamento.
3.5. ADELANTOS
La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en
conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido
previsto en la sección específica de las bases.
3.6. PENALIDADES
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36
de la Ley y 164 del Reglamento.
3.8. PAGOS
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AS-SM- 001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
La Entidad paga las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los diez (10)
días calendario siguientes de otorgada la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen
las condiciones establecidas en el contrato para ello, bajo responsabilidad del funcionario
competente. La conformidad se emite en un plazo máximo de veinte (20) días de producida la
recepción.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo
que se indique en el contrato de consorcio.
Advertencia
En caso de retraso en los pagos a cuenta o pago final por parte de la Entidad, salvo
que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, esta reconoce al contratista los intereses
legales correspondientes, de conformidad con el artículo 39 de la Ley y 171 del
Reglamento, debiendo repetir contra los responsables de la demora injustificada.
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán
supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS
INSTRUCCIONES INDICADAS)
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AS-SM- 001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
Importante
El precio de las ofertas no puede exceder los límites del valor referencial de conformidad
con la Decimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento.
2
El monto del valor referencial indicado en esta sección de las bases no debe diferir del monto del valor referencial
consignado en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el
monto del valor referencial indicado en las bases aprobadas.
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DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
Importante
El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo
efecto deben cancelar S/.20 SOLES (Veinte y 00/100 soles) en LA CUENTA DEL BANCO DE
LA NACION N° 00490020284 Y RECABAR LAS BASES EN LA ENTIDAD.
Importante
El costo de entrega de un ejemplar de las bases no puede exceder el costo de su
reproducción.
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brote del COVID-19, dicho periodo rigiera por trece (13) días calendarios, entre el 31 de
marzo hasta el 12 de abril del 2020.
- Decreto Supremo N° 064-2020-PCM, que declara Prorrogar el Estado de Emergencia
Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del
brote del COVID-19, dicho periodo rigiera por catorce (14) días calendarios, a partir del 13 al
26 de abril del 2020.
- Decreto Supremo N° 075-2020-PCM, que declara Prorrogar el Estado de Emergencia
Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del
brote del COVID-19, dicho periodo rigiera por catorce (14) días calendarios, a partir del 27 de
abril al 10 de mayo del 2020.
- Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA, que aprueba el Documento Técnico
"Lineamientos para a vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a
COVID-19", que dispone entre otros la obligación de aprobar el “Plan para la vigilancia,
prevención y control del COVID-19 en el lugar de trabajo”.
- Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, que aprueba “Reanudación de Actividades”, la cual
consta de cuatro (04) fases para su implementación, que dispone entre otros la obligación de
aprobar la reanudación de actividades económicas de la Fase 1.
- Decreto Supremo N° 101-2020-PCM, que aprueba la Fase 2 de la Reanudación de
Actividades Económicas dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria
Nacional.
- Decreto Supremo N° 117-2020-PCM, que aprueba la Fase 3 de la Reanudación de
Actividades Económicas dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria nacional
por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Importante
De conformidad con la vigesimosegunda Disposición Complementaria Final del
Reglamento, en caso la Entidad (Ministerios y sus organismos públicos, programas o
proyectos adscritos) haya difundido el requerimiento a través del SEACE siguiendo el
procedimiento establecido en dicha disposición, no procede formular consultas u
observaciones al requerimiento.
En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de
los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según
corresponda.
Advertencia
3
La omisión del índice no determina la no admisión de la oferta.
4 Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del
Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/
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El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen son expresados con
dos (2) decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos
decimales.
Importante
• El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según
corresponda, verifica la presentación de los documentos requeridos. De no
cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
5
En caso de considerar como factor de evaluación la mejora del plazo de prestación del servicio, el plazo ofertado en dicho
anexo servirá también para acreditar este factor.
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d) Los postores que apliquen el beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley
Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, deben presentar la
Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la
exoneración del IGV (Anexo Nº 7).
Advertencia
El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda,
no podrá exigir al postor la presentación de documentos que no hayan sido indicados en
los acápites “Documentos para la admisión de la oferta”, “Requisitos de calificación” y
“Factores de evaluación”.
En caso el participante o postor opte por presentar recurso de apelación y por otorgar la
garantía mediante depósito en cuenta bancaria, se debe realizar el abono en:
N ° de Cuenta : 00490020284
Banco : Nación
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar
el contrato:
6
Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento.
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Advertencia
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están
prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener
directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho
Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de
Interoperabilidad del Estado – PIDE 7 y siempre que el servicio web se encuentre activo
en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir los
documentos previstos en los literales e) y f).
Importante
• En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que
presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución
contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el
artículo 33 de la Ley y en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar
expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes
del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por
las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la
denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva Participación de
Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
• En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a doscientos mil Soles (S/
200,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni
garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también
aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems,
cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems
adjudicados no supere el monto señalado anteriormente, conforme a lo dispuesto en
el literal a) del artículo 152 del Reglamento.
Importante
• Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador
de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación
y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades
funcionales que correspondan.
7 Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del
Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/
8
Incluir solo en caso de la contratación bajo el sistema a suma alzada.
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El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto
el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el artículo 141 del Reglamento,
debe presentar la documentación requerida en el Instituto Vial Provincial Leoncio Prado en la
Av. Ucayali N°881 – Tingo María – Huánuco.
2.6. ADELANTOS
La Entidad realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en, PAGOS
PERIÓDICOS (MENSUALES), luego de recibido el desembolso respectivo y ante la
presentación formal, oportuna y sin observaciones del Informe Mensual y que se resumen en:
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe
contar con la siguiente documentación:
Dicha documentación se debe presentar en MESA DE PARTES, sitio en, Av. Ucayali N°881
Tingo María.
No habrá reajustes.
9
Según lo previsto en la Opinión N° 009-2016/DTN.
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CAPÍTULO III
REQUERIMIENTO
Importante
De conformidad con el numeral 29.8 del artículo 29 del Reglamento, el área usuaria es
responsable de la adecuada formulación del requerimiento, debiendo asegurar la calidad
técnica y reducir la necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que
repercutan en el proceso de contratación.
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A CAPACIDAD LEGAL
HABILITACIÓN
Requisitos:
Importante
De conformidad con la Opinión N° 186-2016/DTN, la habilitación de un postor, está
relacionada con cierta atribución con la cual debe contar el proveedor para poder llevar
a cabo la actividad materia de contratación, este es el caso de las actividades
reguladas por normas en las cuales se establecen determinados requisitos que las
empresas deben cumplir a efectos de estar habilitadas para la ejecución de
determinado servicio o estar autorizadas para la comercialización de ciertos bienes en
el mercado.
Acreditación:
Importante
• El Postor debe acreditar la posesión de las herramientas indispensables para ejecutar la prestación de
servicio objeto de la convocatoria, de acuerdo al requerimiento de los Términos de Referencia
establecidos en las bases.
• El Postor debe acreditar la posesión del vestuario y equipo de protección personal para ejecutar la
prestación de servicio objeto de la convocatoria, de acuerdo al requerimiento de los Términos de
Referencia establecidos en las bases.
Acreditación:
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Importante
Acreditación:
Importante
Jefe de Mantenimiento:
• Personal Natural.
• Experiencia mínima de 01 año en labores como jefe de mantenimiento en vías vecinales con un
coeficiente de participación de 1.00 dentro de las actividades desarrolladas durante la ejecución de
sus labores en mención.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Acreditación:
Otro Personal:
Personal de Mantenimiento
• Relación de 07 personas, quienes ejecutaran los trabajos de Mantenimiento Vial Rutinario del camino
vecinal, mínimo un personal femenino. Asimismo, en el marco del fomento y desarrollo económico del
ámbito de intervención, el personal a contratar deberá pertenecer a dicha zona de intervención.
• Experiencia mínima de 06 meses en labores de mantenimiento vial rutinario de caminos vecinales y/o
departamentales de cada personal.
Acreditación:
• Declaración jurada de cada personal a contratar indicado que pertenece a la zona de intervención del
servicio del mantenimiento vial rutinario, adjuntando copia simple del DNI.
• La experiencia de otro personal se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia
simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier
otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.
Importante
• Los documentos que acreditan la experiencia deben incluir los nombres y apellidos del
personal clave, el cargo desempeñado, el plazo de la prestación indicando el día, mes y
año de inicio y culminación, el nombre de la Entidad u organización que emite el
documento, la fecha de emisión y nombres y apellidos de quien suscribe el documento
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En el caso de postores que declaren en el Anexo N° 1 tener la condición de micro y pequeña empresa,
se acredita una experiencia de S/ 31,214.75 (Treinta y un Mil Doscientos Catorce Con 75/100
soles), por la venta de servicios iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante los ocho (8)
años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la fecha de la
conformidad o emisión del comprobante de pago, según corresponda. En el caso de consorcios, todos
los integrantes deben contar con la condición de micro y pequeña empresa.
Acreditación:
La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) contratos u órdenes de
servicios, y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii) comprobantes de pago cuya
cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, nota de abono, reporte
de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el
abono o mediante cancelación en el mismo comprobante de pago 10, correspondientes a un máximo de
veinte (20) contrataciones.
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se
debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes
acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las
veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la
Especialidad
En el caso de servicios de ejecución periódica o continuada, solo se considera como experiencia la parte
del contrato que haya sido ejecutada durante los ocho (8) años anteriores a la fecha de presentación de
ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos
comprobantes de pago cancelados.
10 Cabe precisar que, de acuerdo con la Resolución N° 0065-2018-TCE-S1 del Tribunal de Contrataciones del Estado:
“… el solo sello de cancelado en el comprobante, cuando ha sido colocado por el propio postor, no puede ser
considerado como una acreditación que produzca fehaciencia en relación a que se encuentra cancelado. Admitir ello
equivaldría a considerar como válida la sola declaración del postor afirmando que el comprobante de pago ha sido
cancelado”
(…)
“Situación diferente se suscita ante el sello colocado por el cliente del postor [sea utilizando el término “cancelado” o
“pagado”] supuesto en el cual sí se contaría con la declaración de un tercero que brinde certeza, ante la cual debiera
reconocerse la validez de la experiencia”.
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En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de
consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las
obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia
proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del
20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores
en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las
obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de
consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se
presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Si el postor acredita experiencia de otra persona jurídica como consecuencia de una reorganización
societaria, debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9.
Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre
expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de
emisión de la orden de servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia
del Postor en la Especialidad.
Importante
• Al calificar la experiencia del postor, se debe valorar de manera integral los
documentos presentados por el postor para acreditar dicha experiencia. En tal
sentido, aun cuando en los documentos presentados la denominación del objeto
contractual no coincida literalmente con el previsto en las bases, se deberá validar
la experiencia si las actividades que ejecutó el postor corresponden a la
experiencia requerida.
Importante
• Si como resultado de una consulta u observación corresponde precisarse o ajustarse el
requerimiento, se solicita la autorización del área usuaria y se pone de conocimiento de tal
hecho a la dependencia que aprobó el expediente de contratación, de conformidad con el
numeral 72.3 del artículo 72 del Reglamento.
• Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades
necesarias para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente, y no
mediante declaración jurada.
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CAPÍTULO IV
FACTORES DE EVALUACIÓN
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se
considera lo siguiente:
PUNTAJE / METODOLOGÍA
FACTOR DE EVALUACIÓN
PARA SU ASIGNACIÓN
A. PRECIO
Evaluación: La evaluación consistirá en
otorgar el máximo puntaje a la
Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. oferta de precio más bajo y
otorgar a las demás ofertas
Acreditación: puntajes inversamente
proporcionales a sus
Se acreditará mediante registro en el SEACE o el documento que respectivos precios, según la
contiene el precio de la oferta (Anexo Nº 6), según corresponda. siguiente fórmula:
Pi = Om x PMP
Oi
i= Oferta
Pi= Puntaje de la oferta a evaluar
Oi=Precio i
Om= Precio de la oferta más baja
PMP=Puntaje máximo del precio
65 puntos
Por tanto, el postor deberá presentar como mejoras a los términos Mejora 1 : 05 puntos
de referencia: Mejora 2 : 05 puntos
Mejora 1.- El Postor podrá proponer algunas mejoras para los
servicios de Mantenimiento Vial Rutinario. Esta mejora deberá
estar relacionado a conservación de señalización y seguridad vial.
Acreditación:
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• El postor que oferte esta capacitación, se obliga a entregar los Más de 24 horas lectivas:
certificados o constancias del personal capacitado a la Entidad. 25 puntos
Acreditación:
11
Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación.
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CAPÍTULO V
PROFORMA DEL CONTRATO
Importante
Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, puede incluirse cláusulas
adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún
caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en
este capítulo.
Este monto comprende el costo del servicio, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones,
pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como
cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución del servicio materia del
presente contrato.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los diez (10) días calendario siguientes de otorgada
la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el
contrato para ello, bajo responsabilidad del funcionario competente.
12
En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente
a efectos de generar el pago.
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En caso de retraso en el pago por parte de LA ENTIDAD, salvo que se deba a caso fortuito o
fuerza mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo
establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 171 de su
Reglamento, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
13
De conformidad con la Directiva sobre prestaciones accesorias, los contratos relativos al cumplimiento de la(s)
prestación(es) principal(es) y de la(s) prestación(es) accesoria(s), pueden estar contenidos en uno o dos documentos. En
el supuesto que ambas prestaciones estén contenidas en un mismo documento, estas deben estar claramente
diferenciadas, debiendo indicarse entre otros aspectos, el precio y plazo de cada prestación.
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Importante
Al amparo de lo dispuesto en el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento de la Ley
de Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de prestación de
servicios en general, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención del diez
por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de
contrato, debe consignarse lo siguiente:
Importante
Al amparo de lo dispuesto en el numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento de la Ley
de Contrataciones del Estado, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención
del diez por ciento (10%) del monto del contrato de la prestación accesoria como garantía
de fiel cumplimiento de prestaciones accesorias, debe consignarse lo siguiente:
• “De fiel cumplimiento por prestaciones accesorias: [CONSIGNAR EL MONTO], a
través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del
número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a
la finalización del mismo.”
Importante
De conformidad con el artículo 152 del Reglamento, no se constituirá garantía de fiel
cumplimiento del contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en
contratos cuyos montos sean iguales o menores a doscientos mil Soles (S/ 200,000.00). Dicha
excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por
relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los
ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente.
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Sólo en el caso que la Entidad hubiese previsto otorgar adelanto, se debe incluir la siguiente
cláusula:
Este procedimiento no resulta aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las
características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad,
debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose la penalidad que
corresponda por cada día de atraso.
Donde:
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Importante
De haberse previsto establecer penalidades distintas a la penalidad por mora, incluir dichas
penalidades, los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad
para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar,
conforme el artículo 163 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si
fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
Estos dos (2) tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al
diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió
ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para
otras penalidades, de ser el caso, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás
obligaciones previstas en el presente contrato.
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La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra
parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las
partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al
[CONSIGNAR FECHA].
14
De acuerdo con el numeral 225.3 del artículo 225 del Reglamento, las partes pueden recurrir al arbitraje ad hoc cuando las
controversias deriven de procedimientos de selección cuyo valor referencial sea menor o igual a cinco millones con 00/100
soles (S/ 5 000 000,00).
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ANEXOS
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ANEXO Nº 1
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE 15 Sí No
Correo electrónico :
… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes
actuaciones:
Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días
hábiles de recibida la comunicación.
Importante
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá
válidamente efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción.
15 Esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la
sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se
tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del monto
del contrato, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, en los contratos periódicos de prestación de servicios, según lo
señalado en el numeral 149.4 del artículo 149 y numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento. Asimismo, dicha
información se tendrá en cuenta en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento.
16 Cuando el monto del valor referencial del procedimiento o del ítem no supere los doscientos mil Soles (S/ 200 000.00), en
caso se haya optado por perfeccionar el contrato con una orden de servicios.
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ANEXO Nº 1
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes
actuaciones:
17 En los contratos periódicos de prestación de servicios, esta información será verificada por la Entidad en la página web del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link
http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se tendrá en consideración, en caso el consorcio ganador de la buena
pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según
lo señalado en el numeral 149.4 del artículo 149 y numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento. Asimismo, dicha
información se tendrá en cuenta en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento. Para dichos
efectos, todos los integrantes del consorcio deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.
18 Ibídem.
19 Ibídem.
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Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días
hábiles de recibida la comunicación.
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del representante
común del consorcio
Importante
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá
válidamente efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción.
20 Cuando el monto del valor referencial del procedimiento o del ítem no supere los doscientos mil Soles (S/ 200 000.00), en
caso se haya optado por perfeccionar el contrato con una orden de servicios.
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 52 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
ii. No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el
Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
iii. Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento,
así como las disposiciones aplicables de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General.
iv. Participar en el presente proceso de contratación en forma independiente sin mediar consulta,
comunicación, acuerdo, arreglo o convenio con ningún proveedor; y, conocer las disposiciones
del Decreto Legislativo Nº 1034, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Represión de
Conductas Anticompetitivas.
vi. Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente
procedimiento de selección.
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo
que sea presentada por el representante común del consorcio.
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ANEXO Nº 3
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y
demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las
condiciones detalladas en dichos documentos, el postor que suscribe ofrece el servicio de
[CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con los Términos de
Referencia que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y
los documentos del procedimiento.
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
Adicionalmente, puede requerirse la presentación de documentación que acredite el
cumplimiento de los términos de referencia, conforme a lo indicado en el acápite
relacionado al contenido de las ofertas de la presente sección de las bases.
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ANEXO Nº 4
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del
procedimiento de la referencia, me comprometo a prestar el servicio objeto del presente
procedimiento de selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO].
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 5
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso
que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la ADJUDICACIÓN
SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las
siguientes:
21
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
22
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
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..…………………………………………. ..…………………………………………..
Consorciado 1 Consorciado 2
Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2
o de su Representante Legal o de su Representante Legal
Tipo y N° de Documento de Identidad Tipo y N° de Documento de Identidad
Importante
De conformidad con el artículo 52 del Reglamento, las firmas de los integrantes del
consorcio deben ser legalizadas.
23
Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del
consorcio.
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ANEXO Nº 6
PRECIO DE LA OFERTA
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es
la siguiente:
TOTAL
El precio de la oferta [CONSIGNAR LA MONEDA DE LA CONVOCATORIA] incluye todos los
tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme
a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo
del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no
incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
• El postor debe consignar el precio total de la oferta, sin perjuicio que, de resultar
favorecido con la buena pro, presente el detalle de precios unitarios para el
perfeccionamiento del contrato.
• El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye
el tributo materia de la exoneración, debiendo incluir el siguiente texto:
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ANEXO Nº 7
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA
APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL IGV
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
1.- Que el domicilio fiscal de la empresa 24 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el
lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);
2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso
de personas jurídicas);
3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la
Amazonía; y
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de
los integrantes del consorcio, salvo que se trate de consorcios con contabilidad
independiente, en cuyo caso debe ser suscrita por el representante común, debiendo
indicar su condición de consorcio con contabilidad independiente y el número de RUC del
consorcio.
24
En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la
Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas
consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras de rentas de tercera categoría, ubicadas en la
Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto
a la Renta.”
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ANEXO Nº 8
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN, SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
1
2
3
25
Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
26
Únicamente, cuando la fecha del perfeccionamiento del contrato, sea previa a los ocho (8) años anteriores a la fecha de presentación de ofertas, caso en el cual el postor debe acreditar que la
conformidad se emitió dentro de dicho periodo.
27
Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo
acompañar la documentación sustentatoria correspondiente. Al respecto, según la Opinión N° 216-2017/DTN “Considerando que la sociedad matriz y la sucursal constituyen la misma persona
jurídica, la sucursal puede acreditar como suya la experiencia de su matriz”. Del mismo modo, según lo previsto en la Opinión N° 010-2013/DTN, “… en una operación de reorganización societaria
que comprende tanto una fusión como una escisión, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad incorporada o absorbida, que se extingue producto de la fusión;
asimismo, si en virtud de la escisión se transfiere un bloque patrimonial consistente en una línea de negocio completa, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la
sociedad escindida, correspondiente a la línea de negocio transmitida. De esta manera, la sociedad resultante podrá emplear la experiencia transmitida, como consecuencia de la reorganización
societaria antes descrita, en los futuros procesos de selección en los que participe”.
28
Se refiere al monto del contrato ejecutado incluido adicionales y reducciones, de ser el caso.
29
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante
de pago, según corresponda.
30
Consignar en la moneda establecida en las bases.
66
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4
5
6
7
8
9
10
…
20
TOTAL
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
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INSTITUTO VIAL PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO
AS-SM-001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
ANEXO Nº 9
DECLARACIÓN JURADA
(NUMERAL 49.4 DEL ARTÍCULO 49 DEL REGLAMENTO)
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE
SELECCIÓN, SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
A efectos de cautelar la veracidad de esta declaración, el postor puede verificar la
información de la Relación de Proveedores Sancionados por el Tribunal de Contrataciones
del Estado con Sanción Vigente en http://portal.osce.gob.pe/rnp/content/relación-de-
proveedores-sancionados.
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INSTITUTO VIAL PROVINCIAL DE LEONCIO PRADO
AS-SM-001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
ANEXO Nº 10
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS PRESTADOS
FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [CONSIGNAR EL N°
DEL ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL NO SUPERA LOS DOSCIENTOS MIL
SOLES (S/ 200,000.00])
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE
SELECCIÓN, SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
• Para asignar la bonificación, el órgano encargado de las contrataciones o comité
de selección, según corresponda, verifica el domicilio consignado por el postor en
el Registro Nacional de Proveedores (RNP).
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• Para que el postor pueda acceder a la bonificación, debe cumplir con las
condiciones establecidas en el literal f) del artículo 50 del Reglamento.
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AS-SM-001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
Importante
ANEXO Nº 10
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS PRESTADOS
FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [CONSIGNAR EL N°
DEL ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL NO SUPERA LOS DOSCIENTOS MIL
SOLES (S/ 200,000.00])
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE
SELECCIÓN, SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del representante
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común del consorcio
Importante
• Para asignar la bonificación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de
selección, verifica el domicilio consignado de los integrantes del consorcio, en el
Registro Nacional de Proveedores (RNP).
• Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes
debe cumplir con las condiciones establecidas en el literal f) del artículo 50 del
Reglamento.
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AS-SM-001-2022-IVP-LP/CS-1 PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO – PRIMERA CONVOCATORIA
ANEXO Nº 11
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL CINCO POR CIENTO (5%) POR TENER LA CONDICIÓN
DE MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE
SELECCIÓN, SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
• Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes
debe cumplir con la condición de micro y pequeña empresa.
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