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Actividad 2/ Evidencias / Actividad 2 - Evidencia 3: Taller “Estudio de caso”.

GUÍA DE APRENDIZAJE SARLAFT

Análisis del sistema de administración del riesgo y lavado de activos


y financiación del terrorismo SARLAFT (2636689)

Actividad 2 - Evidencia 3: Taller “Estudio de caso”

Instructor: Cielo Rocio Polania Andrade

Presentado por: Rosalba Puerto Gaitan

Villavicencio 20 de septiembre de 2022

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Actividad 2/ Evidencias / Actividad 2 - Evidencia 3: Taller “Estudio de caso”.

TABLA DE CONTENIDO

Página

1. Introducción 3
2. Taller de verificación 4
2.1 Estudio de caso 4
2.2 Desarrollo 5
3. Análisis de resultados 6
4. Conclusiones 7
5. Recomendaciones 8

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Actividad 2/ Evidencias / Actividad 2 - Evidencia 3: Taller “Estudio de caso”.

1. INTRODUCCION

Con el desarrollo de este taller, abordo varios componentes y autores en


materia del Código de Conducta; que señala que cualquier incumplimiento al
sistema de prevención del lavado de activos y del financiamiento del
terrorismo; debe ser notificado a los entes gubernamentales de acuerdo a la
competencia.

Permite visualizar la problemática que se presenta con el lavado ilícito o licito


de activos y el terrorismo que se ha generado a nivel nacional por los
diferentes grupos subversivos o por los clientes que se prestan o tienen
incidencia en este flagelo.

Son las entidades financieras entre otras que deben implementar programas
de capacitación anual; con temas específicos para sus colaboradores sobre las
normas vigentes en materia de prevención de lavado de activos y de
financiamiento del terrorismo, así como sobre las políticas y procedimientos
establecidos por los mismos sujetos obligados para el cumplimiento de sus
funciones como parte del citado sistema de prevención.

El Código de Conducta debe señalar que cualquier incumplimiento al sistema


de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo se
considerará falta muy grave, grave o leve, lo cual será determinado
previamente por los sujetos obligados según el tipo de falta de que se trate,
aplicando las sanciones que correspondan de acuerdo con las disposiciones y
procedimientos determinados por los sujetos obligados.

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Actividad 2/ Evidencias / Actividad 2 - Evidencia 3: Taller “Estudio de caso”.

2. TALLER VERIFICACIÓN

Taller SG-SST. AA1-EV01

2.1 Estudio de caso

Armando Paredes Segura es un cliente del Banco Coralina de Mar,


propietario de la droguería de la región, la cual, es la única que funciona en
la zona influencia de la sucursal donde labora; se encuentra vinculado desde
hace aproximadamente cinco años al banco, durante este tiempo ha
mantenido un promedio en su cuenta corriente de dos millones de pesos
mensuales y el volumen de consignaciones no supera los 20 millones por
mes. A partir de ese tiempo, el señor Paredes Segura empieza a incrementar
sustancialmente los recursos consignados en su cuenta corriente llegando a
cifras de más de cien millones de pesos semanales y a recibir consignaciones
considerables de otras ciudades en las cuales no tienen ninguna actividad
económica conocida. El aprendiz en su rol de funcionario deberá tomar el
lugar del gerente por un tiempo, ya que el gerente en propiedad sufrió un
accidente y lo incapacitaron por 180 días, tiempo que tendrá que asumir y
resolver la situación de Armando Paredes. En su nuevo cargo de gerente
encargado, deberá indicar las acciones que va a tomar, argumentando las
decisiones a través de los siguientes interrogantes:

● ¿Es prudente cancelar la cuenta bancaria al señor Paredes inmediatamente?


● ¿Se aseguraría antes sobre la procedencia en el aumento de los ingresos del
cliente sin que él sospeche nada?
●¿Cómo tomaría medidas para que el cliente no se entere?
● ¿Llamaría al señor Paredes y lo enfrentaría directamente?
● ¿Considera necesario avisar a las autoridades?

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Actividad 2/ Evidencias / Actividad 2 - Evidencia 3: Taller “Estudio de caso”.

2.2 Desarrollo

¿Es prudente cancelar la cuenta bancaria al señor Paredes inmediatamente?

Rta: No se debe cancelar la cuenta bancaria al Señor Paredes; Se debe


proceder a reportar inmediatamente a la UIAF, mediante el registrado como
usuario del sistema on-line (Con la clave de acceso al sistema de reportes).
Con el objeto de que se investigue la procedencia de los recursos y verificar
su legalidad y se tomen las medidas pertinentes al respecto.

¿Se aseguraría antes sobre la procedencia en el aumento de los ingresos del


cliente sin que él sospeche nada?

Rta: Si, me aseguro antes de la procedencia en el aumento de los ingresos


sin que el cliente sospeche; lo cual se consuma cuando se informa a la
UIAF (Sistema on line). Al ser catalogada la actividad como sospechosa e
inusual.

¿Cómo tomaría medidas para que el cliente no se entere?

Rta: Revisando la información que tiene el banco del cliente; Haciendo un


cotejo de los documentos del cliente que reposan en el folder de la entidad;
Indagando por la actividad y origen de los recursos que generaron el hecho
inusual (Verificar la procedencia dichos dineros); Y Reportando de tal
situación a los entes encargados del control de lavado de activos y
financiación de terrorismo.

¿Llamaría al señor Paredes y lo enfrentaría directamente?

Rta. No lo llamaría; al informar a la UIAF, esta entidad se encargaría de la


investigación y tomaría las medidas pertinentes de la confrontación de
operación sospechosa y se procede a realizar las investigaciones respectivas
en su debido momento (Atacar el lavado de activos como táctica para
debilitar las estructuras financieras de las organizaciones delincuenciales).

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Actividad 2/ Evidencias / Actividad 2 - Evidencia 3: Taller “Estudio de caso”.

Así tomaría inmediatamente las medidas cautelares mediante los mecanismos


de control.

¿Considera necesario avisar a las autoridades?

Rta: Si considero necesario avisar a las autoridades; Dando cumplimiento al


Código de Conducta; que señala que cualquier incumplimiento al sistema de
prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo se
considerará falta muy grave, grave o leve, lo cual será determinado
previamente por los sujetos obligados según el tipo de falta de que se trate,
donde se aplique las sanciones que correspondan por el ente de control.

3 Análisis de resultados

Con el aprendizaje del Análisis del sistema de administración del riesgo


y lavado de activos y financiación del terrorismo – SARLAFT; se
adquiere conocimientos en la temática importantes; que se deben tener
en cuenta para analizar al cliente como principal actor en las actividades
financieras. Teniendo en cuenta el ámbito legal todas las sociedades,
entidades, instituciones de compensación y liquidación de valores,
empresas administradoras de fondos colectivos; así como a cualquier
otro sujeto, están obligadas a la implementación del Sistema de lavado
de activos y del financiamiento del terrorismo - Código de conducta;
para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del
Terrorismo.

Es el cliente quien prima en el desarrollo de las entidades financieras;


para lo cual debe implementar y aplicar estrategias, para vincular
clientes nuevos y mantener la fidelidad de los clientes antiguos; con el
único propósito de mantener la estabilidad del mercado, generando cada
vez mayores ingresos.

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Actividad 2/ Evidencias / Actividad 2 - Evidencia 3: Taller “Estudio de caso”.

4 Conclusiones

• Las Operaciones de manejo de activos o pasivos u otros recursos,


cuya cuantía o características no guarden relación con la actividad
económica de sus clientes, o transacciones de sus usuarios que, por
su número, por las cantidades transadas se consideran sospechosas.
• Las Operaciones realizadas o que se pretendan realizar, cuya
cuantía, características particulares y periodicidad no guardan
relación con la actividad económica del cliente o salen de los
parámetros de normalidad se consideran inusuales.

• Las Sociedades: Agentes de bolsa, intermediarias de valores,


administradoras de fondos mutuos de inversión en valores,
administradoras de fondos de inversión, titulizadoras, bolsas de
valores, Instituciones de compensación y liquidación de valores,
empresas administradoras de fondos colectivos; así como a
cualquier otro sujeto, están obligadas a la implementación del
Sistema de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo -
Código de conducta; para la Prevención del Lavado de Activos y
Financiamiento del Terrorismo; Deben desarrollar una Programa
de identificación y evaluación de riesgos acorde con la naturaleza
y dimensión de su actividad comercial, que tome en cuenta como
mínimo, entre otros, los siguientes factores: Tipo de clientes,
Productos y servicios, Canales de distribución y Ubicación
geográfica.

• Las personas naturales nacionales o extranjeras que en los últimos


dos (2) años cumplen o hayan cumplido funciones públicas
destacadas o funciones prominentes en una organización
internacional, sea en el territorio nacional o extranjero, y cuyas
circunstancias financieras puedan ser objeto de interés público son
personas expuestas políticamente.

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Actividad 2/ Evidencias / Actividad 2 - Evidencia 3: Taller “Estudio de caso”.

5 Recomendaciones

• Hacer seguimiento al cumplimiento de las normas del Sistema de


lavado de activos y del financiamiento del terrorismo - Código de
conducta.

• Hacer auditorías internas y seguimiento a los resultados que se


hayan derivado de esta.
• Continuar capacitando a las diferentes partes interesadas
(Clientes, usuarios, personal directo o indirecto que realice
actividades para la organización.

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