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Apelacion Carlito Ureñaz
Apelacion Carlito Ureñaz
Apelacion Carlito Ureñaz
Honorables Magistrados:
RESUELVE:
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE la solicitud de revisión de
medida de coerción, presentada por los licdos, Abraham sims de la rosa y
Oseas o. peña piña, en favor de los ciudadanos OMAR DEL RASORIO
GERMAN Y JUAN ANEUDYS DIAZ FRANCO, investigados por
presunta violación a los artículos 309 del cp, 1 y 2 de la le y 583 y 66 y 67
de la ley 631 para el contro y regulación de armas municiones y materiales
relacionados, en perjuicio del ciudadano RAMON ANT, DE LOS
SANTOS MEJIA, por no contener una fijación precisa de hechos que
determinen la variación de las condiciones que justificaron
A que, la resolución de marras, a pesar de que cumple con los requisitos
básicos de una decisión judicial, sin embargo, los vicios que contiene en
sus dos planos facticos hechos y derechos, hacen que esa honorable corte
de apelación revoque la misma, razón por la cual el ciudadano CARLOS
MANUEL UREÑAZ, recurre dicha resolución vasado en los errores en
que incurrió el tribunal A quo a SABER:
PRIMER MOTIVO:
VIOLACION A AL DEVIDO PROCESO.
Como puede apreciarse en la misma resolución que hoy se recurre, el
señor CARLOS MANUEL UREÑA, fue arrestado en fecha siete (7) de
agosto y no fue hasta el 18 de del mismo mes cuando se le conoció medida
de coerción. Resulta que en dicha audiencia ocurrieron unas series de
situaciones que trajeron consigo la violación a principios rectores del
divido proceso dentro de los cuales podíamos tenemos:
DESNATURALIZACION DE LOS HECHO:
En su resolución el tribunal A quo, da como un hecho que la víctima se
encontraba presente en sala de audiencia, cosa que no es cierto y es tan
fácil de comprobar que solo bastaría con que se observe la misma
resolución pagina 3 de 8 donde el imputado solicita al tribunal “Quiero que
se le dé la oportunidad a ella porque ella viene”. Esto quiere decir que el
imputado negó que los hechos ocurrieran como lo narro el ministerio
publico pero él quería que sea ella misma que niegue o confirme lo
sucedido. Pues al dar como un hecho cosas que no ocurrieron en audiencia
el tribunal para dictar su decisión incurrió en una franca desnaturalización
de los hechos en violación al divido proceso.
OFERTA DE PRESUPUESTOS:
ATENDIDO: A que en el momento del conocimiento de la medida, por la
prontitud de la misma y la negativa del juzgador a ceder un turno posterior,
el señor CARLOS MANUEL no pudo presentar presupuestos. En este
momento y por conducto de su abogado, presenta a ese honorable tribunal a
fin de que tome las consideraciones del lugar y hacer desaparecer los
motivos que dieron origen a dicha medida, los presupuestos que se detallan
a continuación:
PRESUPUESTOS:
1. Resolución no. NO.0670-2021-SMDC-01118 DE FECHA, 18/ 08/2021
dictada por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del
distrito nacional.
2. CERTIFICACION DE NO APELACION, demostraremos que la resolución
que impuso la medida de coerción de prisión preventiva no fue apelada.
3. acto de desistimiento con la que la señora LETICIA ALCANTARA,
desiste desde ahora y para siempre de cualquier acción penal en
contra del señor Carlos Manuel.
4. Declaración Jurada de Domicilio: Con la que le indicamos al tribunal que
el encartado vivirá con su madre de crianza en la calle maría de Toledo no
77 del sector villa consuelo D.N. Con el que le demostraremos al tribunal
que el justiciable tiene un domicilio fijo de fácil ubicación.
5. Carta de Garantía Laboral: En la que el señor RAFAEL VALENTÍN
BATISTA PÉREZ se hace garante del justiciable CARLOS MANUEL
UREÑAZ, con el fin de presentarlo a todos los actos procesales. Con dicho
presupuesto demostraremos el firme compromiso del encartado y sus
familiares de que el mismo se presente a todos los requerimientos del
proceso.
6. Certificación laboral: En la que la empresa DISEÑOS Y
CONSTRUCCIONES DE LINEAS S.R.L, manifiesta que CARLOS
MANUEL UREÑAZ, labora como MECANICO y que es una persona
honesta. Con este presupuesto demostramos que el interno posee arraigo
laboral.
7. CARTA SOLEMNE, CON LA CUAL el imputado CARLOS MANUEL
UREÑAZ se compromete a presentarse a todos los actos del
procedimiento.
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Abogado